Importancia y propuesta de protección de los alrededores ... - Oceana

4. Convenio de Barcelona para la protección del medio ambiente marino y la región costera del mar Mediterráneo. Establece, en su Protocolo sobre Áreas Especialmente Protegidas, la necesidad de crear áreas protegidas para la conservación de especies y hábitats de importancia para la conservación del. Mediterráneo ...
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Octubre 2012

Importancia y propuesta de protección de los alrededores del  Parque Nacional Marítimo‐Terrestre del Archipiélago de  Cabrera  La presente propuesta de protección de los alrededores del Parque Nacional marítimo-terrestre del Archipiélago de Cabrera se fundamenta en el hallazgo de hábitats y especies de interés especial. Estos hábitats y especies de elevada importancia ecológica han sido documentados fuera de los límites de protección que actualmente se corresponden con la figura de “Parque Naciona”l y “Lugar de Importancia Comunitaria” (LIC). La propuesta para ampliar el espacio protegido y así conservar tales hábitats y especies, quedaría avalada por estar contempladas en diferentes instrumentos legales de carácter ambiental y pesquero. El presente documento se estructura del siguiente modo: A. B. C. D. E.

Descripción de las zonas propuestas para su protección Normativa ambiental y pesquera, nacional e internacional, de aplicación. Hábitats y especies de interés especial hallados en la zona Recomendaciones principales para todo el ámbito de ampliación Alternativas para la protección de la zona propuesta: a. Propuesta 1: Ampliación del Parque Nacional b. Propuesta 2: Ampliación del LIC Arxipèlag de Cabrera/Propuesta de nuevo LIC F. Consideraciones finales G. Anexo fotográfico

A. Descripción de las zonas de importancia para su protección Localización de los hábitats y especies de interés especial hallados por fuera de los límites actuales de protección: 



Hacia el E: Campo de Leptometra phallangium, sustrato rocoso con corales árbol amarillo Dendrophyllia cornigera, robustas formaciones de coralígeno, bosques de Paramuricea clavata, bosque de Laminaria rodriguezii, facies de maërl y Peyssonnelia sp. y campo de gorgonias de profundidad. De forma menos abundante también está presente Spongia agaricina. Presencia común de especies comerciales como la langosta (Palinurus elephas) y la esponja Axinella polypoides. Se han localizado de forma puntual algunas colonias de coral rojo (Corallium rubrum). En los fondos detríticos cercanos al coralígeno e incluso en fondos coralígenos se ha localizado Antipathes sp. Hacia el SE: rango batimétrico amplio hasta alcanzar la base del escarpe de Emile Baudot que supera los 2000m de profundidad. Se trata de uno de los escarpes más significativos de la cuenca mediterránea.

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Hacia el S y SW: lajas con empedrado coralígeno y comunidades de gorgonias, facies de Ophiopsila aranea e importante campo de Ophiothrix quinquemaculata. Presencia de Palinurus elephas y localización de ejemplares de Tethya sp., de presencia general en toda la zona estudiada pero aquí mantienen su máximo nivel de representación. De forma aislada se localizaron individuos de caracola tritón (Charonia lampas). Hacia el N-NW: campo de nidos de chuclas Spicara sp. y áreas con acúmulos importantes de hojas de Posidonia oceanica y fondos de Peyssonnelia sp. Presencia de Spongia agaricina, nunca de forma abundante y siempre en fondos duros.

Para ampliar esta información, se puede consultar el Estudio Bionómico de Cabrera (2007) en el que Oceana describe detalladamente la biodiversidad localizada en los alrededores del Parque Nacional (http://eu.oceana.org/es/eu/prensa-e-informes/informes/estudio-bionomico-decabrera).

B. Normativa nacional e internacional relativa a la conservación del medio ambiente y los recursos pesqueros Las herramientas legales de aplicación para la conservación de estos fondos, que contemplan los hábitats y especies hallados son las siguientes:

1. Ley 5/2007 de Parques Nacionales Lista una serie de 13 sistemas naturales marinos a representar en la red de parques nacionales. De todos ellos 9 se hallan en la zona propuesta:         

Fondos detríticos y sedimentarios. Bancos de corales profundos. Fondos de maërl. Comunidades coralígenas. Grandes montañas, cuevas, túneles y cañones submarinos Comunidades singulares de grandes filtradores: Esponjas, ascidias y briozoos. Comunidades de sustrato duro con poblamientos algares fotófilos o esciáfilos. Veriles y escarpes de pendiente pronunciada. Bajos rocosos.

La representación actual de ecosistemas marinos en la Red de Parques Nacionales es muy deficiente ya que sólo 3, de los 14 parques nacionales contienen zona marina protegida. Por tanto, la ampliación del Parque Nacional a los fondos aledaños ayudaría a subsanar esta deficiencia, mejorando la representatividad de los sistemas naturales marinos anteriormente mencionados y equilibrando la protección marina frente a la terrestre en la actual red de parques, dando así cumplimiento a la Ley 5/2007.

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2. Ley 41/2010 de Protección del Medio Marino La protección de la zona propuesta ayudaría a dar cumplimiento al principal objetivo de la Directiva Marco sobre Estrategia Marina para alcanzar el “Buen Estado Medioambiental” a través de la aplicación de medidas de protección espacial y completando a su vez, la “Red de Áreas Marinas Protegidas de España”. De hecho, la zona ha quedado reflejada en la estrategia marina española para la demarcación marina levantino-balear, como área de alto interés de conservación.

3. Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad Transpone en sus anexos hábitats y especies contempladas en la Directiva 92/43/CEE de Hábitats, para cuya conservación es necesario, entre otras medidas, establecer áreas protegidas. De los hábitats establecidos por dicha Directiva, en la zona propuesta está principalmente representado el hábitat tipo 1170 Arrecifes en forma de sustratos rocosos y concreciones biogénicas. El escarpe de Emile Baudot, también considerado de este tipo de hábitat representa una zona de importancia para cetáceos y otras especies pelágicas y de profundidad, aumentando la biodiversidad de la zona propuesta [ver: 1170 Arrecifes. Templado et al, 2009. En VV.AA. Bases ecológicas preliminares para la conservación de los tipo de hábitat de interés comunitario en España].

4. Convenio de Barcelona para la protección del medio ambiente marino y la región costera del mar Mediterráneo Establece, en su Protocolo sobre Áreas Especialmente Protegidas, la necesidad de crear áreas protegidas para la conservación de especies y hábitats de importancia para la conservación del Mediterráneo, como las especies Laminaria rodriguezii, endémica del Mediterráneo, y Lithophyllum lichenoides, (ambas bajo el Anexo II del Protocolo, sobre especies en peligro o amenazadas) o facies de Ophiotrix quinquemaculata entre otros muchos.

5. Reglamento (CE) Nº 1967/2006 relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo Este reglamento destaca la importancia de la conservación de los recursos pesqueros mediterráneos y considera “hábitats protegidos” el coralígeno, el maërl y las praderas de fanerógamas marinas. En la zona propuesta están presentes toscas formaciones de coralígeno, así como fondos de maërl, para los que la pesca con artes de arrastre de fondo, como evidencian los datos VMS de las embarcaciones que faenan en la zona, suponen una amenaza que debería ser gestionada de forma inmediata.

C. Hábitats y especies relevantes hallados en la zona HABITATS de interés protegidos por legislación ambiental y pesquera, presentes en la zona propuesta para su protección. En la zona se han hallado numerosos hábitats y especies listados por diferentes normativas ambientales y pesqueras, para los que se deben establecer medidas de protección y gestión adecuadas (ver Tabla 1).

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Tabla 1. Principales hábitats y su relación con las diferentes normativas Acúmulos de hojas Listado como hábitat de interés para su conservación del Convenio de muertas de Posidonia Barcelona oceanica Sustrato rocoso con Hábitat tipo 1170 Arrecifes de la Directiva Hábitats. Presente en hábitats Dendrophyllia listados por la ley de Parques Nacionales para su protección (Bajos rocosos y cornígera Bancos de corales profundos) Contemplado como hábitat protegido en el Reglamento relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo. Hábitat tipo 1170 Arrecifes de la Directiva Hábitats. Listado como Coralígeno hábitat de interés para su conservación del Convenio de Barcelona. Presente en hábitats listados por la ley de Parques Nacionales para su protección (Bajos rocosos y Comunidades coralígenas). Contemplado como hábitat protegido en el Reglamento relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el Mar Lechos de maërl Mediterráneo. Hábitat tipo 1170 Arrecifes de la Directiva Hábitats y listado como hábitat de interés para su conservación del Convenio de Barcelona. Hábitat listado por la ley de Parques Nacionales para su protección (Fondos de maërl) Ofiuras formadoras de facies en fondos detríticos fangosos. Listado como Facies de Ophiopsila hábitat de interés para su conservación del Convenio de Barcelona. Presentes aranea y Ophiothrix en hábitat listado por la ley de Parques Nacionales para su protección (Fondos quinquemaculata detríticos y sedimentarios) Alga roja calcárea formadora de hábitats sensibles asociados a recursos Fondos de pesqueros demersales. Listado como hábitat de interés para su conservación Peyssonnelia sp en el Convenio de Barcelona Catalogado como hábitat tipo 1170 Arrecifes de la Directiva Hábitats y Jardines de contemplado como hábitat de interés para su conservación del Convenio de gorgonias de Barcelona. También listado por la ley de Parques Nacionales para su protección profundidad (Bajos rocosos, Bancos de corales profundos y Fondos detríticos y sedimentarios) Gorgonia formadora de jardines que albergan comunidades estructuradas correspondientes al hábitat tipo 1170 Arrecifes de la Directiva Hábitats. Jardines de También es hábitat de interés para su conservación bajo el Convenio de Paramuricea clavata Barcelona y estaría presente en los sistemas marinos listados por la ley de Parques Nacionales para su protección (Bajos rocosos y Comunidades coralígenas) Macroalga que figura en el Anexo II del Convenio de Barcelona y el Listado Bosques de Español de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial. Presente Laminaria rodriguezii en los sistemas marinos listados en la ley de Parques Nacionales (Bajos rocosos, y Fondos detríticos y sedimentarios) Crinoideo formador de hábitats sensibles asociados a recursos pesqueros Campos de demersales, listado como hábitat de interés para su conservación del Convenio Leptometra de Barcelona. También estarían presentes en los sistemas marinos listados en phallangium la ley de Parques Nacionales (Bajos rocoso y Fondos detríticos y sedimentarios) Nidos de Spicara sp. Hábitats esenciales para la reproducción de estas especies de interés comercial y áreas de puesta de y listado por la ley de Parques Nacionales para su protección (Fondos detríticos calamar y sedimentarios) Hábitat tipo 1170 Arrecifes de la Directiva Hábitats y listado por la ley de Escarpe de Emile Parques Nacionales como sistemas marinos a representar (Veriles y escarpes Baudot de pendiente pronunciada) Otros hábitats Al igual que las facies de erizos, también son de importancia ecológica y deben presentes ser tenidos en cuenta para su protección y correcta gestión

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ESPECIES de interés protegidas por legislación ambiental y pesquera, presentes en la zona propuesta para su protección (ver Tabla 2) Tabla 2. Principales especies y su relación con diferentes normativas Incluida en el Anexo II del Convenio de Barcelona. Presente en hábitats listados Axinella polypoides por la ley de Parques Nacionales para su protección (Bajos rocosos) Incluida en el Anexo II del Convenio de Barcelona, el Convenio de Berna y en el Charonia lampas Listado Español de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial Incluido en el Anexo III del Convenio de Barcelona, el Convenio de Berna y en el Anexo V de la Directiva Hábitats. Presente en los sistemas marinos listados por la ley de Parques Nacionales para su protección (Bajos rocosos y Fondos Corallium rubrum detríticos y sedimentarios). Existen dos Recomendaciones específicas sobre medidas aplicables a la explotación de coral rojo en el área GFCM (Recom. GFCM/36/2012/1 y Recom. GFCM/35/2011/2) Palinurus elephas Incluida en el Anexo III del Convenio de Barcelona Spongia agaricina Incluida en el Anexo III del Convenio de Barcelona Incluida en el Anexo II del Convenio de Barcelona y en el Listado Español de Tethya sp. Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial

Otro valor añadido a tener en cuenta es la presencia de numerosas especies prioritarias de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo, para las que deben establecerse las correspondientes medidas de gestión. Las especies son las siguientes: ‐ ‐ ‐ ‐ ‐

Boops boops Eledone cirrhosa Eledone moschata Loligo vulgaris Merluccius merluccius

‐ ‐ ‐



Mullus barbatus Mullus surmuletus Octopus vulgaris Palinurus elephas 

De acuerdo a la información documentada por Oceana además de todo lo anteriormente expuesto, Oceana considera el ámbito de la propuesta de ampliación debe ser tal y como se refleja en el Mapa 1.

D. Recomendaciones principales para todo el ámbito de ampliación 





Prohibición de arrastre de fondo, cerco industrial destinado a la captura de túnidos y pesca recreativa en la totalidad del ámbito de ampliación, dada su repercusión directa sobre los ecosistemas, ya sea por destrucción directa o por modificaciones graves en la cadena trófica. Establecimiento de un censo cerrado de buques autorizados a la pesca en cada una de las áreas determinadas y para todo el ámbito de ampliación, con puerto base en la isla de Mallorca y anterioridad demostrada en la zona a proteger, mediante el diario de pesca. Todas las embarcaciones autorizadas a faenar en el área estarán dotadas de un dispositivo de localización de buques, siguiendo el modelo del sistema de cajas verdes establecido por la Junta de Andalucía para la Reserva de Pesca del Guadalquivir.

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Mapa 1. Zona de ampliación propuesta

 

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E. Alternativas de protección para la zona propuesta a. PROPUESTA 1: AMPLIACIÓN DEL PARQUE NACIONAL Zonificación y usos recomendados en base al PRUG existente para este espacio (ver mapa anexo al documento): Zona de reserva: - Hacia el E, para la protección de formaciones de coralígeno, bosque de Paramuricea clavata, bosque de Laminaria rodriguezii, facies de maërl y Peyssonnelia sp. y campo de gorgonias de profundidad]. - Usos: no permitidos, excepto actividades de gestión mínimas y justificadas. Zona de uso restringido: - Hacia el E, para la protección de campo de Leptometra phallangium y sustrato rocoso con corales árbol amarillo Dendrophyllia cornigera. Hacia el S y SW, para la protección de lajas con empedrado coralígeno y comunidades de gorgonias, facies de Ophiopsila aranea y campo de Ophiothrix quinquemaculata. Hacia el NW, para la protección de campo de nidos de chuclas Spicara sp., áreas con acúmulos importantes de hojas de Posidonia oceanica y fondos de Peyssonnelia sp. - Usos: Acceso único autorizado exclusivamente a aquellos buques de pesca artesanal ya incluidos en el censo de embarcaciones artesanales actualmente autorizados a faenar en el Parque Nacional. Zona de regeneración (subcategoría de uso restringido): - Zonas a incluir en esta categoría: Hacia el E, para la protección alrededor de la zona de reserva, a modo de área de amortiguación para la zona más frágil en términos biológicos y como medida precautoria ante la posible proliferación, crecimiento, expansión o colonización de los hábitats de alto valor ecológico en la zona de reserva. - Usos: Acceso único autorizado a aquellos buques de pesca artesanal ya incluidos en el censo de embarcaciones artesanales actualmente autorizados a faenar en el Parque Nacional, prohibiendo cualquier arte o aparejo en contacto con el fondo. Debido a la ausencia de datos para estas áreas, se debe aplicar el principio precautorio en cuanto a la gestión de actividades. - Para otras actividades como buceo, fondeo y navegación no se proponen medidas adicionales a las ya establecidas en el PRUG existente para esta categoría. Zona de uso moderado: - Protección del resto de área delimitada para su ampliación y que no han sido incluidas en las categorías anteriores. - Usos: Acceso autorizado a pesca artesanal, palangre de fondo y cerco, siempre y cuando dispongan de puerto base en Baleares y una anterioridad demostrada en estos caladeros a través del diario de pesca. - Para otras actividades como buceo, fondeo y navegación no se proponen medidas adicionales a las ya establecidas en el PRUG existente para esta categoría. Zonas de uso especial: No se proponen.

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Mapa 2. Zonificación en la zona propuesta

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b. PROPUESTA 2: AMPLIACIÓN DEL LIC ES0000083 ARXIPÈLAG DE CABRERA / PROPUESTA DE NUEVO LIC Como segunda alternativa, Oceana considera adecuada la inclusión de la zona propuesta en la Red Natura, bien mediante la ampliación del LIC existente o por creación de un nuevo LIC. Esta propuesta estaría principalmente fundamentada en la masiva presencia del hábitat tipo 1170 Arrecifes. De acuerdo con las últimas conclusiones de los seminarios biogeográficos, en España es necesario que aumente el número de LIC que contienen este tipo de hábitat. Esta opción, se podría incluso valorar como un paso previo a la ampliación del Parque Nacional. Así la protección de la zona supondría: - Mejorar la coherencia y representatividad de la Red Natura 2000 en España y la región marina mediterránea. No sólo para seguir las recomendaciones tras la evaluación de los seminarios, sino también para proteger zonas más profundas y alejadas de la costa con el objetivo de asegurar la eficacia y coherencia de la red europea de espacios protegidos. Este último aspecto, sobre la protección de zonas profundas, también fue señalado en los seminarios marinos. - Complementar la propuesta española de LIC en el marco del proyecto LIFE+ INDEMARES. Este proyecto concluirá con la inclusión de 10 áreas marinas en la red Natura 2000 marina en España. Sin embargo, Oceana considera que la superficie cubierta por estos espacios continúa siendo insuficiente para cumplir con los objetivos marcados para la Directiva Hábitats y a su vez con la Estrategia Marina. En este sentido, y por la elevada diversidad biológica e importancia ecológica de los alrededores de Cabrera, su inclusión en la red Natura complementaría la Red Natura marina Respecto a las medidas de gestión propuestas para LIC, se recomienda aplicar la zonificación de usos y gestión anteriormente propuesta para la figura de Parque Nacional, haciendo el énfasis correspondiente sobre los hábitats y especies contemplados en los anexos de la Directiva.

F. Consideraciones finales Dada la superficie de la zona ampliable, la presente propuesta pretende contribuir, de forma considerable, a la consecución de los objetivos marcados por el Convenio de Diversidad Biológica para la conservación y gestión adecuadas de al menos un 10% de las regiones marinas del planeta, y por la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina para alcanzar un buen estado medioambiental del medio marino comunitario, del siguiente modo: 1. Mejora en el cumplimiento de la normativa nacional e internacional para la conservación del medio marino, como la ley de Parques Nacionales, la ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, la ley de Protección del Medio Marino, el Convenio de Barcelona para la protección del mar Mediterráneo y el Reglamento relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros del Mediterráneo, que establecen la necesidad de proteger hábitats y especies hallados en la zona. 2. Protección de hábitats esenciales y sensibles, relevantes para la recuperación y mantenimiento de los stocks pesqueros y que actualmente están siendo

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deteriorados por técnicas agresivas de pesca como el arrastre de fondo, dando cumplimiento a las recomendaciones de Naciones Unidas para la regeneración de los recursos pesqueros mediante la conservación de los ecosistemas, entre otros, las formaciones coralígenas y agregaciones de esponjas hallados en el área. Además estaría en línea con las Resoluciones de la Asamblea General de Naciones Unidas 61/105 y 64/72 que se refieren al impacto de pesquerías en zonas profundas 3. Conservación de especies y hábitats de profundidad, hasta ahora poco o nada representados de forma muy escasa o nula en las diferentes redes de espacios marinos protegidos. 4. El Parque Nacional de Cabrera fue declarado Zona de Especial Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM) en 2003. Por tanto, y teniendo en cuenta las consideraciones que bajo el Convenio de Barcelona se han tomado para realizar la propuesta, la ampliación del Parque Nacional también podría ser remitida a largo plazo al RAC/SPA para ser considerada como ampliación de la ZEPIM

G. Anexo fotográfico Hacia el E

Fondo coralígeno y jardín de gorgonias

Facies de Leptometra phallangium y rocas con Dendrophyllia cornígera

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Hacia el S y SW

Coralígeno y comunidades de gorgonias de profundidad

Campo de ofiuras

Hacia el NW

Fondo de Peyssonnelia sp. y maerl y campos de nidos de Spicara sp.

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