N.
3l 06
-20r0{rNcEruR/vrr/Dc.,clr
Lim., f t SI.2¡¡ Expediento N' 975939-2016-MINCETUR, de fecha 14.06.2016, presentado por la empresa TENIENTE BROTHERS S.A.C. en 6l que sol¡c¡ta aulorización expresa para la explotac¡ón de de máqu¡nas tragamonedas sn la sala de juegos "EL DORADO'd€l Hotel Tres Estrcllas: "EL DORADO , ub¡cada en Jr. Semuol P¡¡tor Nc l'14, D¡strito y Prov¡nc¡a ds Cü¡.ná, Departamento do Arsqu¡pa; Visto,
el
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N'27153, y normas modif¡catorias, y su Rsglamento aprobado mediante Decreto Supremo N" 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotac¡ón de los juegos de casino y máqu¡nas tragamonedas en el país, estableciéndose en el adlculo 24'del citado cuerpo legal que coresponde a la D¡recc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas las facultades administrat¡vas de autorizac¡ón, fiscal¡zac¡ón, superv¡sión, evaluación y sanc¡ón vinculedas a las explotac¡ones anles rebridas; Que, de acuedo con lo dispuesto en el art¡culo 13" de la Ley N" 27153 y normas modificatorias, para la de ju€gos de máquinas tragamonedas se requiere de auiorización spresa emitida por la Direcc¡ón Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas;
Que, el artículo 14'de la Ley antes mencionada asi como el afliculo 7" de su Reglamento, aprobado Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, establecen los requisitos que los soliciiantes deben cumpl¡r pa€ acceder a la menc¡onada autorizac¡ón: Que, mediante Eped¡ente N' 975939-201&MINCETUR, de fecha 14.06.2016, la empresa IMVERSIONES BROTHERS S.A.C. solicita autodzación expresa para la e)elolac¡ón de juegos de máqu¡nas rs en la sala d6 juegos "EL DORADO" del Holel Tres Estrellas: 'EL DORADO INN', ubicada en Pastor N' 114, o¡st¡ito y Provincia de Camaná, Departamsnto ds Arequ¡pa;
Que, al giro princ¡pal a que se refiere el afticulo 60 de la Ley No 27153 y normas modificadoras, el €stablec¡m¡ento donde se encuEntra instalada la sala de juegos de máquinas tragamonedas de la sol¡citante denominado 'EL DORADO INN' ha sido califcado como Hotel Tres Estrellas, según consta en el Certifcado con Número de Reg¡stro N' 102C22170274o1, de techa 22.07.2016, oe€d¡do por la Gerencia Rég¡onal de Comercio Eferior y Turismo del Gobiemo Regional de Arequ¡pa, as¡mismo, presenta copia de la L¡cenc¡a de Funcionam¡ento N" 1885, de fecha 04.08.2016, por el g¡ro de Hotel, por el inmueble ubicado en Jr. Samuel Pastor N' 114, D¡sfito y Prov¡nc¡a de Camaná, Departamento de Arequipa;
'--.'..;,i" :l
Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 50 de la Ley No 27153 y normas modifcatorias los establecim¡ento dest¡nados a la explotación de máqu¡nas tragamonedas no pueden encont?rse a menos de ciento cincuenta ('150) metros, med¡dos de puerta a puerta siguiendo el mínimo tráns¡to peatonal pos¡ble de templos y/o centros de esiud¡os donde se imparte educación in¡cial, primaria y secundaria; Que de conformidad con el artísulo 15o de la Directiva N" 001-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobada
6
med¡ante Resolución oirecforat No 38-2007-MINCEÍUR /MI/DGJCMT, de fecha 29.01.2007 'Normas complementarias al procedimiento de reordenamiento y fomalización previsto en la Ley No 28945" d¡spone: "Oa acuetdo con lo establec¡do en el artfculo 50 de la Ley, entiéndase por centrcs de educac¡ón inicial, prímaria o
secundaria a aquellos ¿€nflos de asfudios que ¡mpadan educación básica ragular de acuetdo con la Ley No 28U4 "Ley General d€ Educac¡ón" que cuenten cs1 el cal¡ñcativo exped¡do por el M¡nisterio de Educación y la licencia munic¡pal de funcionamiento conesponctiente. (...f r^itfrada con el art¡culo 2' de la D¡rect¡va N" 002-2008MTNCETUR /MT/DGJCMT, aprobada mediante Resoluc¡ón O¡recloral N" 349200&MINCETUR /MT/DGJCMT, Disposiciones Ad¡c¡onales, relac¡onadas con la d¡stanc¡a mínima;
Que, según consta on los Informes Técnicos N" 627, 578-2016-MINCETURA/MT/DGJCMT/DCS-MESL y fechas 02.09.2016, 't7.O8.20't6 12.07.2016, respectivamente, al amparo de lo establec¡do en la D¡rectiva No 001-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobada mediante Resolución Directoral No 038-2007-MINCETUR¡r'MT/DGJCMT, de fecha 29.0'1.2007, se ver¡ficó que ¡a sala de iuegos cumple con lo establecido en el añiculo 50 de la Ley No 27153 y norma modilicatorias, toda vez que no se €ncuentra ubicada a menos de ciento cincuenta (150) melros contados sigu¡endo el mlnimo tránsito peatonal de iemplos y/o centros de estudios de educación iniciá|, primaria y/o secundaria; y que asim¡smo cumple con los requ¡sitos técn¡cos exigibles para lá iristalación y funcionamiento de una sala de juegos de máquinas tragamonedas, encontrándose las máquinás tragamonedas autorizadas y registradas (homologadas) por la ¿181-201&Mf NCETUR¡r'MT/DGJCMT/DCS-JLBC,
de
y
General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas;
Que, la empresa cumple con adjuntar copia de: li) Informe de Inspección Técn¡ca de Seguridad en - Anexo 12 N' 7393 - 2016 y l0 copia del Certificado de Inspección Técn¡ca de Seguridad en Edifcaciones de Detalle, de fecha 17.06.2016, con vigencia Indeterminada, exped¡dos por la Mun¡cipal¡dad Provincial de Camaná, en el que de acuerdo con lo establec¡do en el Decreto Supremo N' 058-2014-PCM y normas modificatorias, se deja constancia que la sala de juegos de la sol¡citante cumple con las cond¡c¡ones de seguridad exigibles a esle t¡po de establecim¡entos para la explotación de hasta cinco (05) máquinas Ed¡ficaciones de Detalle
tragamonedas: Que, de la evaluación de la solvenc¡a económ¡c€ de la sol¡c¡tante y de los socios, directores, gerentes y apoderados con facultád6 inscrilas, segtln consta en el Infome Económ¡co - Financiero N' 140-2016 de Autorización Expresa, de fecha 02.08.2010, la sol¡citante y las personas antes ¡nd¡cadas cumplen con los criterios de evaluación establecidos en la Directiva No 001-2007-MINCETUR /MT/DGJCMT, aprobada med¡ante Resolución Oirectoral No 38-2007-MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, debiéndose prec¡sar de conformidad con : '.:,_¡;,¡,-. lo dispuesto en el artículo 15" de ta Ley N" 27'153 y normas modiñcatorias que dicha evaluación es permanente en
.,.f)f