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diligencia miento. Artículo 4°.- Notificar la present acuerdo a ley. esolución Secreta I al interesado, de. Registres y comuniques. DANILO ESPEDES MEDRANO.
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MINISTERIO DE SALUD

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Visto, el Expediente N° 13-086035-027, que contiene el Informe N° 043-2014CPPAD/MINSA, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, CPPAD, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Secretarial N° 302-2014/MINSA, de fecha 24 de julio de 2014, se instaura proceso administrativo disciplinario, entre otros, al médico Jorge Manuel Leyva Beráun, ex Coordinador Nacional del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre — PRONAHEBAS de la Dirección de Servicios de la Salud de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; de acuerdo a los fundamentos, conclusiones y recomendaciones expuestos por la CPPAD, en su Informe N° 038-2014-CPPAD/MINSA; Que, con Informe N° 043-2014-CPPAD/MINSA, de fecha 13 de julio de 2013, la CPPAD amplía el Informe N° 038-2014-CPPAD/MINSA, a efectos de tipificar adecuadamente la falta de carácter disciplinario en la que habría incurrido el médico Jorge Manuel Leyva Beráun, la cual podría estar incursa en los alcances de los literales a) y d) del articulo 28 del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, a efectos de garantizar el debido proceso y derecho de defensa del médico Jorge Manuel Leyva Beráun, resulta necesario hacer algunas precisiones respecto a la tipificación de su conducta descrita en el Sexto Considerando de la Resolución Secretarial N° 302-2014/MINSA, según a lo señalado en el Informe N° 0432014-CPPAD/MINSA, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; Estando a lo recomendado en el Informe N° 043-2014-CPPAD/MINSA, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, y;

.43.11

Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo 005-90-PCM, la Resolución Ministerial 198-2005/MINSA, que aprueba el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud y la Resolución Ministerial 0212014/MINSA que delega en el Secretario General del Ministerio de Salud, la facultad para instaurar procesos administrativos disciplinarios; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Precisar que la conducta del médico Jorge Manuel.Leyva Beráun, ex Coordinador Nacional del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre — PRONAHEBAS de la Dirección de Servicios de la Salud de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, descrita en el Sexto Considerando de la Resolución Secretarial N° 302-2014/MINSA, ha sido tipificada según las consideraciones expuestas en la presente Resolución Secretarial, y a lo recomendado en el Informe N° 043-2014-CPPAD/MINSA, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Artículo 2°.- La instauración del Proceso Administrativo Disciplinario del médico Jorge Manuel Leyva Beráun, ex Coordinador Nacional del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre — PRONAHEBAS de la Dirección de Servicios de la Salud de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, mediante Resolución Secretarial N° 302-2014/MINSA, surte efectos desde la notificación de la presente Resolución Secretarial. Artículo 3°.- Remitir los antecedentes administrativos a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para su respectivo diligencia miento. Artículo 4°.- Notificar la present acuerdo a ley.

esolución Secreta I al interesado, de

Registres y comuniques

DANILO ESPEDES MEDRANO cretario General