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Boletín Informativo
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Lunes, 20 de julio de 2015
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Avisos Judiciales EDICTO JUDICIAL Por ante el Tercer Juzgado Civil Comercial de Tacna, que despacho el Señor Juez Dr. Luis Escalante Medina y la Especialista Legal Dra. Patricia Albarracín Palacios; Exp. Nro. 1264-2013, sobre Delimitación de Linderos, en la que conforme a la Resolución Nro. 57 SE RESUELVE: SUSPENDER el presente proceso por el termino de treinta días a efectos’ que comparezcan los sucesores procesales de doña Nelly Basilia Mamani Cano a quienes se les deberá notificar mediante edictos para que comparezcan al Proceso, en los seguidos por EELIX GUMERCINDO TELLEZ YUFRA en contra de la SUCESION FAUSTO MAMANI RIVERA bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal. Tómese razón y hágase saber.Tacna. 15 de Julio del año 2015. PATRICIA ALBARRACIN PALACIOS Especialista legal del 3er juzgado civil de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.(3V/20-24-03 JULIO)
EDICTO PENAL REQUERIMIENTO ACUSACIÓN FISCAL En el proceso N° 02050-2014-6-2301-JR-PE-03, seguido contra CARMEN MARÍA BARAHONA Y LUDEÑA, por el delito de ESTELIONATO Y OTRO en agravio de MARÍA VICTORIA LÓPEZ CARI, el señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, ha dispuesto, SE NOTIFIQUE por Edictos a CARMEN MARÍA BARAHONA Y LUDEÑA con la resolución numero 05 de fecha veintiséis de junio del año dos mil quince, mediante la cual SE DISPONE: Admitir a trámite y córrase traslado con la presente acusación a los demás sujetos procesales por el plazo de diez días hábiles, para efectos de que puedan ejercer el derecho de defensa que estimen por conveniente para su posterior debate en la audiencia correspondiente de ser el caso. Al Primer y Segundo Otrosí: Téngase por recibido la Carpeta Fiscal en I Tomo a folios 102. Asimismo, se dispone la notificación por edictos a la acusada Carmen María Barahona y Ludeña, y requerir a la indicada acusada a fin que en el plazo de tres días de notificada cumpla con designar defensa técnica, bajo apercibimiento de designarse defensor público. FIRMADO YURI ORLANDO MAQUERA RIVERA - JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.-FIRMADO WILSON ARHUATA TUCO - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.Tacna 06 de julio del 2015. YURI ORLANDO MAQUERA RIVERA Juez (T) del Juzgado de investigación Preparatoria y Juzgado Penal de la Provincia de y Distrito Judicial de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/20-21-22 JULIO)
EDICTO DE PUBLICACION EN PROCESO DE DIVORCIO POR CAUSAL Ante el Segundo Juzgado de Familia de Tacna, que despacha el Juez Rene Julio Aguilar Lasteros con actuación de la Especialista legal Buroncle Rueda Mónica, en el Expediente signado con el NQ 532 - 2015; por Resolución N° 05 del dieciséis de junio del años dos mil quince, se ha resuelto admitir a trámite la demanda de Divorcio por causal de SEPARACION DE HECHO y acumulativamente las pretensiones de alimentos, tenencia, suspensión o privación de la patria potestad seguida por David Adrián Veliz Amado en contra de Rosa Esther Humire Pacaje, tramitándose en la vía de proceso de CONOCIMIENTO, corriéndose traslado de la misma vía edictos, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, debiendo publicarse la presente por tres ( 03 ) días hábiles con espacio de tres días de cada publicación en el diario forreode Tacna y el diario Oficial el peruano.- Especialista legal Buroncle Rueda Mónica.Tacna 16 de julio del 2015 MONICA E. BOURONCLE RUEDA Secretario Judicial del 2do Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.(3V/20-21-22 JULIO) EDICTO Exp. 2270-2014-0-2301-JP-CI-03.- EDICTO.- El Sr. Juez
Dr. Rogelio Alberto Zea Catacora del 3 J.P.L. Tacna, ha dispuesto se mande publicar lo siguiente: RES. N 06 del 19-06-2015.- I.-DECISION: 1.- ADMITIR la demanda de Obligación de Dar Suma de Dinero interpuesta por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A. representado por su representante Brenda Gabriela Sanga Coarite en en contra de la SUCESION DE GABINO ARCE CONDOR! en la vía del PROCESO UNICO DE EJECUCION 2.- En consecuencia, se emite MANDATO EJECUTIVO disponiendo a la SUCESIÓN DE GABINO ARCE CONDORI cumpla con pagar a la ejecutante la suma de S/. 32.077.28 (Treinta y dos mil setenta y siete con 28/100 nuevos soles), en el plazo de cinco días, mas los intereses pactados, costas y costos del proceso; bajo apercibimiento de iniciarse ejecución forzada. 3.- Notifiquese a la SUCESIÓN DE GABINO ARCE CONDORI mediante edictos, bajo apercibimiento de nombrarse un curador procesal, por lo que publiquese tres avisos en el Diario la República y el Diario el Peruano elaborándose previamente el edicto judicial. Publicación que deberá de ser a costo del ejecutante. 4.- DISPONER, que de no presentarse contradicción dentro del plazo de ley; se ponga a despacho para emitir auto final. Tacna, 19 de Junio del 2,015.- PODER JUDICIAL - HECTOR VARGAS PINEDA-SECRETARIO JUDICIAL - Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.HECTOR VARGAS PINEDA Secretario Judicial (e) 3er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/20-21-22 JULIO) EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, que despacha el Juez NAZARIO ERNESTO TURPO COAPAZA, con intervención de la Secretaria Judicial Margot Liendo Moscoso, se viene tramitando el Expediente N° 796-2015-0-2301-JP-CI-03, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, a efecto de que se rectifique en el rubro de datos del padre y declarante, quien aparece como JORGE VEGA ARREDONDO para que en lo sucesivo aparezca como JORGE HUGO VEGA ARREDONDO. Habiéndose expedido la Resolución N° 01 de fecha uno de julio del año dos mil quince que ha resuelto: Admitir a trámite la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, interpuesta por doña CAROLINA DORA VEGA ROSSI DE PORTUGAL, disponiendo llevar adelante la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día TREINTA DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en el local de este Juzgado, lo que se notifica para los fines de ley.- Tacna, 13 de julio del 2015. MARGOT NADIA LIENDO MOSCOSO Secretaria Judicial (e) del Segundo JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA.(1V/20 JULIO) EDICTO JUDICIAL En el JUZGADO DE PAZ LETRADO DESCARGA PROCESAL - MBJ Albarracín, que despacha el Magistrado Erasmo Castro Valdivia, bajo la actuación de la secretaria encargada que suscribe, se tramita el proceso 00576-2015-0-2301 -JP-FC-02, se dispuso SENTENCIA de fecha 24.06.2015. Resolución Nro. 04: DECISIÓN: 1.- Declarando FUNDADA la Solicitud formulada por doña ELENA DEL PINO PAREDES, sobre Rectificación de Partida de Defunción. 2.- AUTORIZO para que se RECTIFIQUE el Acta de Defunción, expedida por el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Calaña, correspondiente a la extinta JULIANA MAMANI en lo sucesivo esta figure en el rubro de estado conyugal como SOLTERA. Debiendo cursarse el oficio, una vez que quede consentida la expedida. Previa publicación. TR, Y HS.-Tacna, 17 de julio del 2015 MARIA GRISELDA TAPIA TITO Secretaria Judicial (e) del juzgado de Paz Letrado Transitorio de Gregorio Albarracín CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (1V/20 JULIO)
EDICTO PENAL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PRE-
PARATORIA DE TARATA En el proceso N° 2013-22-7-PE, seguido por Alfredo Caballero López y otro contra Eudes Pilco Mayta y otros, por la comisión del delito de Lesiones Graves y otro, la señora Juez del Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Tarata, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos al agraviado ALFREDO CABALLERO LOPEZ, la reprogramación de la audiencia de Requerimiento de Sobreseimiento, solicitada por el Ministerio Público, a fin de llevarla a cabo para el día TRECE DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, A HORA ONCE DE LA MAÑANA. FDO. MILAGROS IVONNE PARIHUANA SERRANO - JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACION PREPARATORIA TARATA. FDO. PAOLA RAMOS CONDORI - ESPECIALISTA LEGAL-Tarata, 07 de julio del 2015. PAOLA ESMERALDA RAMOS CONDORI Secretaria Judicial Juzgado de Paz Letrado de Tarata CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-17-20 JULIO) EDICTO PENAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE TACNA: En el proceso N° 02162-2013-6-2301 -JR-PE-3, seguido en contra MIGUEL LAYME ALFEREZ Y FREDDY EDISSON CONTRERAS MACHACA por el delito Contra el Patrimonio en la modalidad de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA en agravio de TANG KIYAZAKI TIKZO KENG o PEDRO WALTER MEINGGS CAMPOS, con lo dispuesto en audiencia de fecha 13 de julio del 2015, la misma que DISPONE: Reprogramar fecha y hora para el Inicio de Juicio Oral para el día DOCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS 10:00 A.M. (12-08-2015), a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Tacna, manteniéndose los apercibimientos dispuestos en la referida audiencia.- .- FIRMA EL ESPECIALISTA DE JUZGADO ABOG. JORGE SOTELO CORONADO Tacna, 13 de julio del 2015 MANUEL GUIDO VICENTE AGUILAR Juez (P) Presidente del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. JUAN JORGE SOTELO CORONADO Especialista Judicial de Audiencias Modulo Corporativo Penal CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/16-1720 JULIO) NOTIFICACION POR EDICTOS JUZGADO MIXTO DE JORGE BASADRE: Juez Rafael Bartolome Copaja Mamani; EXPEDIENTE N° 000622013-CI, ha dispuesto notificar mediante EDICTOS la Resolución N°10 de fecha veintinueve de mayo del dos mil quince, que SE RESUELVE: NOTIFICAR A LA SUCESIÓN DE DOÑA LUCIANA SEVERINA LOPEZ DE VILCA MEDIANTE EDICTOS en el diario oficial el “Peruano” y “la Republica” para que los herederos o quienes se sientan con derecho a la sucesión del demandante Luciana Severina Lopez de Vilca se apersonen al presente proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal para la demandada Luciana Severina Lopez de Vilca. La publicación se hará por tres días hábiles, la resolución se tendrá por notificada el tercer día contado desde la última publicación. T.R y H.S. Hilda Chambe Colque Secretaria Judicial del Juzgado Mixto de Jorge Basadre CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.Locumba, diecinueve de junio del dos mil quince. (3V/20-21-22 JULIO)
NOTIFICACION POR EDICTOS AL DEMANDADO B&N S.R.L.: Ante el Segundo Juzgado especializado en lo Civil de Tacna, a cargo de la señorita Juez Rosalynn Mercado Díaz, con intervención de la especialista legal(e) Carla Jakeline Dávila Cáceres, viene tramitándose el Expediente N° 1942-2013-0-2301-JR-CI-02 en los seguidos por la ASOCIACION DE COMERCIANTES TACNA CENTRO representada por Pedro Augusto López Espinoza, en contra de B & N S.R.L. y BANCO DE CREDITO DEL PERU representado por su administrador
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Jesús Cervantes Vega, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE: TIENDA B-7, UBICADA EN LA AV. AUGUSTO B. LEGUÍA N° 918-926 Y AV. DOS DE MAYO N° 834 DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, emitiéndose la RESOLUCIÓN N° 03 de fecha cuatro de noviembre del dos mil trece, que RESUELVE: “ADMITIR LA PRESENTE DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, en la vía de proceso ABREVIADO,/ interpuesta por la ASOCIACION DE COMERCIANTES TACNA CENTRO, en contra de B & N S.R.L., BANCO DE CREDITO DEL PERU debidamente representado por su administrador don Jesús Cervantes Vega, con citación del ocupante del predio colindante RODOLFO CARLOS JOYO DE LA CRUZ. NOTIFIQUESE MEDIANTE EDICTOS AL DEMANDADO B&N S.R.L., quien se deberá apersonar en el plazo de ley, BAJO PERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL. Téngase por ofrecidos los medios probatorios señalados en la demanda y a los autos los anexos. De conformidad con el artículo 506 del Código Procesal Civil, cumpla la demandante con/publicar el extracto de la demanda en el diario oficial el peruano y el diario correo de Tacna, por tres veces con intervalo de tres días”. TR Y HS.Tacna, 03 de julio de 2015. CARLA DAVILA CACERES Especialista Legal (e) del 2do Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/08-14-20 JULIO)
POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE) una cantidad no menor del 10% del valor de tasación; esto es no menor de US $. 1,553.14 (un mil quinientos cincuenta y tres con 14/100 dólares americanos), suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados; además deberán presentar el original y dos copias del arancel judicial por derecho de participación en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/. 192.50, que será adquirido en el Banco de la Nación, donde conste el nombre del Juzgado, el número del expediente, y el número de DNI del postor, asimismo deberá adjuntar el original de su DNI y dos fotocopias; tratándose de personas jurídicas deberán además entregar la vigencia de poderes correspondientes. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 732 del Código Procesal Civil, concordante con la ley 28371 y D.S. N° 008-2005; más el IGV. Tacna, 06 de julio del 2015. Dr.PEDRO GONZALES VILLANUEVA DRA. DR. MARIA CECILIA GÓMEZ CAYRO Secrataria Judicial del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Gregorio Albarracin CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (6V/16 AL 23 DE JULIO)
PRIMER REMATE PUBLICO En los seguidos por el Banco de Crédito del Perú,debidamente representado por su apoderado Abogado Femando Eddy Acevedo Velasquez, en contra Luis Jesús Vizcarra Cornejo, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 1272-2013-02301-JP- CI-03; por orden del Juzgado de Paz Letrado de Descarga Procesal del Modulo Básico de Justicia Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, a cargo del Dr. Erasmo Castro Valdivia, con la intervención de la Especialista Legal Dra. María Gómez Cayro, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA de las acciones y derechos correspondientes a Luis Jesús Vizcarra Cornejo, del inmueble ubicado en el Conjunto Habitacional Coronel Justo Arias y Araguez Block “B” departamento 104 primer piso del distrito, provincia y departamento de Tacna, con un área de 76,83 m2; cuyos antecedentes, colindancias, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N°P20032547 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registra! N° XIII Sede Tacna, VALOR DE TASACIÓN: USA $, 46,594.32 (cuarenta y seis mil quinientos noventa y cuatro con 32/100 dólares americanos) le corresponde como acciones y derechos a Luis Jesús Vizcarra Cornejo, el 33.3333% sobre el valor comercial del inmueble equivalente USA $. 15,531.44 (quince mil quinientos treinta y uno con 44/100 dólares americanos). PRECIO BASE DEL REMATE: USA $. 10,354.29 (diez mil trescientos cincuenta y cuatro con 29/100 dólares americanos), equivalente a las 2/3 partes de la valorización del bien; (valor del 33,3333 % de las acciones y derechos de! ejecutado) DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: El día 11 de agosto del 2015 a horas 11.00 de la mañana, a realizarse en el patio del frontis de la puerta del Juzgado de Paz Letrado de Descarga Procesal del Modulo Básico de Justicia Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, sito en la Avenida Municipal S/N del distrito Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa FUNCIONARIO QUE EFECTUA EL REMATE: Dr. Pedro N. Gonzáles Villanueva, Martiliero Publico, con Registro Nacional N° 261; domicilio procesal Agrup. Jorge Basadre G. Block “C” 101 Of.01 frente al local del Poder Judicial de la ciudad de Tacna (CEL. 952685901 - RPM *585430) GRAVAMENES y CARGAS: 1.- Asiento 00005 Inscripción de Embargo en forma de inscripción, sobre los derechos y acciones que tiene el demandado en el predio inscrito en esta Partida, hasta por la suma de S/. 18,000.00 nuevos soles, a favor del demandante Banco de Crédito del Perú, en mérito a la Resolución Judicial 1SP 01 de fecha 31-072013 suscrita por la Juez del Segundo juzgado de Paz Letrado de Tacna, Dra. Paola Lourdes Castillo Vicente en el Expediente n° 1272-2013-84-2301-JPCI-03, cuya fecha de inscripción es el 15-08- 2013; no se conoce otros gravámenes
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL En los seguidos por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, representado por su Apoderado Judicial Abogado Fernando Eddy Acevedo Velásquez, contra REPRESENTACIONES MEDINA E.I.R.Ltda. y Javier Ignacio MEDINA ROMERO representado por su Curador Procesal Víctor APAZA MORANTE, sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS en vía de PROCESO UNICO DE EJECUCIÓN, (Expediente N° 00021 -2013-0-2301 -JR-CO-03), el Señor Juez del Tercer Juzgado Especializado Civil de Tacna, Doctor Luis Escalante Medina, con intervención de la Especialista Legal Abog. Karina Leonor Romero Calderón, ha dispuesto se saque en Primera Convocatoria a Remate Público el inmueble de propiedad de Diego Armando Pacha Yana, nombrando como Martiliero Público a don José Angelo Canales Gallegos, quien ha señalado para el remate el día 10 de Agosto del 2015 a horas 09:00 antes el meridiano (09:00 HORAS), en el local del Tercer Juzgado Especializado Civil de Tacna de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en calle Inclán s/n, esquina con calle Presbítero Andía de la ciudad de Tacna. El bien inmueble objeto de remate se encuentra ubicado en el Sector con Frente a la Avenida Augusto B. Leguía N° 1726-A del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, el cual tiene un área total de 839.10 m2, y cuyos linderos y medidas perimétricas se encuentran detalladas en la Ficha N° 2289, continuada en la Partida Electrónica N° 11007141 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral XIII - Sede Tacna y ha sido valorizado en US$ 917,664.12 (NOVECIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 12/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) y será sacado a Primer Remate Público sobre la BASE de las dos terceras partes del Valor de Tasación equivalente a US$ 611,776.08 (SEISCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS CON 08/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA ). Para ser postor deberá depositarse en el Local del Juzgado en efectivo o con cheque de Gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al diez por ciento del Valor de Tasación (US$ 91,766.41) y presentar arancel judicial por derecho de participación en remate por SI. 770.00. GRAVÁMENES: 1) Primera y Preferente Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por US$ 184,703.44, inscrito en el Asiento D00006; 2) Ampliación de Primera y Preferente Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por US$ 229,188.76, inscrito en el Asiento D00007; 3) Embargo en Forma de Inscripción a favor de Hernán Flores Zenteno, hasta por US$ 1000,000.00; 4) Anotación de Demanda sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00021-2013-42-2301-JR-CI-03 inscrita en el Asiento D00009. Los honorarios del Martiliero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732° del Código Procesal Civil.Tacna, 2015 Julio 15 KARINA LEONOR ROMERO CALDERON Secretaria Judicial del 3er Juzgado Civil Con sub especialidad en Comercial CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TAC-
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PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO Expediente N° 04068-2014-01817-JR-CO-17, en los seguidos por BASF PERUANA SA contra MONTEAGRO EIRL, PRIMITIVO FELICIANO CAHUANA GUTIERREZ y VICTORIA FRANCISCA MAMANI MAQUERA DE CAHUANA, sobre Ejecución de Garantías, el Décimo Séptimo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Lima a cargo del Juez Dr. Ricardo Luis Calle Taguche, Especialista Legal: Jaime Walter Díaz Vallejos, ha autorizado mediante Resolución N° 05, del 30.04.15 al Martiliero Público César Luis Gálvez Vera con Reg. N° 234, sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble constituido por el Predio Urbano ubicado en la Mz. E, Lote 2, Calle Perú N° 855, Urbanización Los Cipreses, Distrito de Tacna, Provincia y Departamento de Tacna, inscrito en la Ficha N° 12754 continuada en la Partida Electrónica N° 05004194 del Registro de Propiedad Inmueble de Tacna TASACIÓN: US$. 81,000.00 (Ochenta y un mil y 00/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US$. 54,000.00 (Cincuenta y cuatro mil y 00/100 dólares americanos) que son las dos terceras partes del valor de la tasación.-AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: hasta por la suma de US $ 25,000.00 (Veinticinco mil dolares y 00/100 Dolares Americanos), constituida por MONTEAGRO EIRL a favor de BASF PERUANA S.A, participando como garantes PRIMITIVO FELICIANO CAHUANA GUTIERREZ y VICTORIA FRANCISCA MAMANI MAQUERA, según Escritura Pública de fecha 29.05.08 otorgada ante Notario Manuel Galvez Succar registrada en el asiento D00001 de la Partida N° 05004194 del Registro de Propiedad Inmueble de Tacna. DÍA Y HORA DE REMATE: 14 DE AGOSTO DE 2015 a las 03:30 p.m. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates ubicada en el Sotano 2 de la Sede de Los Juzgados Comerciales de Lima, sito en Av. Petit Thouars N° 4979, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima POSTORES: Deberán oblar en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, sin sello no negociable, una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, así como adjuntar el arancel judicial por concepto de participación en remate judicial consignando el número del expediente, juzgado, el número del DNI o RUC del postor y firma, (con copia del arancel y del DNI y/o RUC- Lima. 08 de julio de 2015 CESAR LUIS GALVEZ VERA MARTILLERO PUBLICO Registro N°234 JAIME WALTER DIAZ VALLEJO ESPECIALISTA LEGAL 17 Juzgado Civil Subespecialidad comercial CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA (6V/20 AL 27 JULIO) SUCESION INTESTADA Ante el 3er JPLT Exp Nro 00605-2015 Don: FRANCISCO EUSEBIO CRUZ ACOSTUPA Y JOSE PORFIRIO CRUZ ACOSTUPA, solicitaron la Sucesión Intestada de quien en vida fue JUAN CRUZ URURI, fallecido el 24 de Abril 2,015 en Tacna, por resolución 02 del 22 Mayo 2,015, se admite la demanda y se ordena se hagan las publicaciones de ley Fdo. Juez Dr. ROGELIO ALBERTO ZEA CATACORA, ESP. HECTOR VARGAS PINEDA, lo que se publica con Fines de Ley.Tacna, 16 de julio 2,015.HECTOR VARGAS PINEDA Secretario Judicial (e)Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/20 JULIO)
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Gaceta Judicial AUTOS DE VISTA DESPACHO TREINTA DE DICIEMBRE DEL 2014 1. Expediente Nº 517-2010-7 NULA la resolución número 20 del 10/09/2014. que declara improcedente la solicitud formulada por la demandante Silvia Carmen Alay del Piélago De Alcazar. DISPUSIERON que el señor juez de la causa emita nueva resolución. COLEGIADO AG BC LAG 2. Expediente Nº 441-2011-18 CONFIRMARON la resolución número 02 del 02/05/2014. COLEGIADO AG BC LAG 3. Expediente Nº 1704-2005-CI-01 NULA la resolución número 52 del 21/08/2014. SE MANDE al señor juez pronunciar nueva decisión fundamentando la resolución en el extremo indicado. COLEGIADO AG BC LAG 4. Expediente Nº 46-2014-1 REVOCARON la resolución número 12 del 28/04/2014 que declara improcedente la nulidad planteada por la Municipalidad Distrital de Ilabaya, en los seguidos por Richard Emilio Villavicencio Flores. REFORMANDOLA declararon fundada la nulidad deducida, en consecuencia nulo todo lo actuado COLEGIADO AG BC LAG 5. Expediente Nº 2487-2010-14 NULA la resolución número 34 del 02/19/2014/2014 que resuelve requerir a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann para que en un plazo de treinta días cumpla con lo ordenado en sentencia. COLEGIADO AG BC RC DESPACHO DIECISEIS DE ENERO DEL 2015 6. Expediente Nº 1744-2006-18 NULA la resolución número 57 del 21/03/2014. que declara improcedente la solicitud de hacer efectivo el requerimiento dispuesto mediante resolución 54 a la entidad demandada Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO VEINTIUNO DE ENERO DEL 2015 7. Expediente Nº 887-2013-70 NULA la resolución número 15 del 10/11/2014. que declara improcedente el pedido de la parte demandante DISPUSIERON que el señor juez de la causa emita nueva resolución con arreglo a Ley. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO DIECISEIS DE ENERO DEL 2015 8. Expediente Nº 886-2013-73 NULA la resolución número 15 del 10/11/2014. que declara improcedente el pedido de la parte demandante DISPUSIERON que el señor juez de la causa emita nueva resolución con arreglo a Ley. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO DEL VEINTITRES DE MARZO DEL 2015 9. Expediente Nº 1313-2012-6 REVOCARON la resolución número 13 del 24/11/2014 que declara infundada la nulidad del acto procesal de la notificación de la sentencia. REFORMANDOLA declararon fundada la nulidad planteada por Armando Edmundo Aguirre Lagos. MANDARON se renueve la notificación. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO SEIS DE ABRIL DEL 2015 10. Expediente Nº 39-2007-JM-CI-01 DESAPROBARON la resolución Nº 53 del 16/01/2015, por la que el Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza dispone la remisión de la causa al Segundo Juzgado Especializado Permanente de Trabajo de Tacna, al considerarse incompetente. DECLARARON competente al Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza. COLEGIADO GC LAG RC DESPACHO DIECISIETE DE ABRIL DEL 2015
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11. Expediente Nº 252-2009-JM-CI-01 DESAPROBARON la resolución Nº 29 del 20/01/2015, por la que el Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza dispone la remisión de la causa al Segundo Juzgado Especializado Permanente de Trabajo de Tacna, al considerarse incompetente. DECLARARON competente al Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO VEINTINUEVE DE ABRIL DEL 2015 12. Expediente Nº 78-2005-JM-CI-01 DESAPROBARON la resolución Nº 93 del 20/01/2015, por la que el Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza dispone la remisión de la causa al Segundo Juzgado Especializado Permanente de Trabajo de Tacna, al considerarse incompetente. DECLARARON competente al Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza. COLEGIADO GC LAG RC DESPACHO CUATRO DE MAYO DEL 2015 13. Expediente Nº 84-2004-JM-CI-01 DESAPROBARON la resolución Nº 70 del 20/01/2015, por la que el Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza dispone la remisión de la causa al Segundo Juzgado Especializado Permanente de Trabajo de Tacna, al considerarse incompetente. DECLARARON competente al Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza. COLEGIADO GC LAG RC 14. Expediente Nº 1578-2014 CONFIRMARON la resolución Nº 01 del 14/10/2014.que resuelve remitir los actuados al señor Juez del Primer Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Tacna para el avocamiento y tramite. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO CINCO DE MAYO DEL 2015 15. Expediente Nº 34-2005-49 CONFIRMARON la resolución número 79 del 19/12/2014. que declara infundada la observación al informe pericial planteada por el demandante. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO SEIS DE MAYO DEL 2015 16. Expediente Nº 220-2009-JM-CI-01 DESAPROBARON la resolución Nº 28 del 20/01/2015, por la que el Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza dispone la remisión de la causa al Segundo Juzgado Especializado Permanente de Trabajo de Tacna, al considerarse incompetente. DECLARARON competente al Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO SIETE DE MAYO DEL 2015 17. Expediente Nº 48-2004 DESAPROBARON la resolución Nº 48 del 23/01/2015, por la que el Juzgado Mixto de Alto de Alianza dispone la remisión de la causa al Segundo Juzgado Especializado Permanente de Trabajo de Tacna, al considerarse incompetente. DECLARARON competente al Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza. COLEGIADO GC LAG RC 18. Expediente Nº 58-2007 DESAPROBARON la resolución Nº 66 del 15/01/2015, por la que el Juzgado Mixto de Alto de Alianza dispone la remisión de la causa al Segundo Juzgado Especializado de Trabajo de Tacna, al considerarse incompetente. DECLARARON competente al Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza. COLEGIADO GC LAG RC DESPACHO VEINTE DE MAYO DEL 2015
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19. Expediente Nº 17-2004 DESAPROBARON la resolución Nº 66 del 12/03/2015, por la que el Juzgado Mixto de Alto de Alianza dispone la remisión de la causa al Segundo Juzgado Especializado de Trabajo de Tacna, al considerarse incompetente. DECLARARON competente al Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza. COLEGIADO GC LAG RC DESPACHO VEINTICINCO DE MAYO DEL 2015 20. Expediente Nº 1022-2014-89 IMPROCEDENTE el recurso de apelación de la resolución numero uno del 20/11/2014. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO VEINTIOCHO DE MAYO DEL 2015 21. Expediente Nº 1842-2014 NULO la resolución numero dos del 14/01/2015 que resuelve efectivizar el apercibimiento decretado por resolución Nro.01. MANDARON que el señor Juez emita nueva resolución. COLEGIADO GC BC LAG 22. Expediente Nº 66-2010-JM-CI-01 DESAPROBARON la resolución Nº 23 del 15/01/2015, por la que el Juzgado Mixto de Alto de Alianza dispone la remisión de la causa al Segundo Juzgado Especializado de Trabajo, al considerarse incompetente. DECLARARON competente al Juzgado Mixto del módulo Básico de Justicia de Alto de Alianza. COLEGIADO GC BC LAG 23. Expediente Nº 65-2008-98 CONFIRMARON la resolución Nº 47, del 03/12/2014, que resuelve declarar improcedente el pedido de nulidad formulado por el Instituto Tecnológico Guillermo Almenara. COLEGIADO GC BC LAG 24. Expediente Nº 382-2013-41 CONFIRMARON la resolución Nº 30, del 02/12/2014, que resuelve declarar improcedente el pedido de nulidad formulado por la Procuraduría Publica a cargo del Ministerio Publico. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO VEINTINUEVE DE MAYO DEL 2015 25. Expediente Nº 376-2009-72 CONFIRMARON la resolución numero 74, del 10/10/2014, que resuelve efectivizar el apercibimiento decretado por resolución Nro.63. COLEGIADO GC BC RC 26. Expediente Nº 1846-2014 DESAPROBARON la resolución Nº 01 del 15/12/2014, por la que el Primer Juzgado Especializado de Trabajo dispone la remisión de la causa al Segundo Juzgado Especializado Permanente de Trabajo de Tacna, al considerarse incompetente. DECLARARON competente al Primer Juzgado Especializado de Trabajo. COLEGIADO GC BC LAG 27. Expediente Nº 2142-2013-LA-02 DESAPROBARON la resolución Nº 13 del 06/01/2015, expedida por el Juez del Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio. DECLARARON competente al Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Tacna. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO UNO DE JUNIO DEL 2015 28. Expediente Nº 2041-2014-61 NULA la resolución numero 01, del 26/01/2015, que resuelve declarar improcedente la solicitud de medida cautelar solicitada por Javier Teofilo Cutida Ninaja. MANDARON al señor juez a expedir nueva resolución. COLEGIADO BC LAG RC 29. Expediente Nº 2279-2013-39 CONFIRMARON la resolución numero 10, del 16/10/2014, que declara improcedente la nulidad de la resolución Nº 09. Declarar infundada la nulidad del acto de notificación de la cedula de notificación de la resolución Nº 08. COLEGIADO GC BC LAG
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30. Expediente Nº 240-2014-LA-02 CONFIRMARON la resolución numero 11, del 15/01/2015, que declara improcedente la demanda interpuesta por Fondo de Fomento para la Ganadería Lechera de Tacna. COLEGIADO GC BC LAG 31. Expediente Nº 293-2007-13 CONFIRMARON la resolución numero 40, del 29/10/2013, que impone multa de 3URP a la demandada; que convierta la reincorporación provisional de Juana Francisca Quispe Paulino en reincorporación definitiva y se dispone el Archivo definitivo. COLEGIADO GC BC LAG 32. Expediente Nº 269-2007-53 NULA la resolución Nº 40, del 13/10/2014. MANDARON al señor juez a expedir nueva resolución. COLEGIADO GC BC LAG 33. Expediente Nº 95-2002-66 NULA la resolución Nº 73, del 31/12/2014. que requiere a la empresa Polleria Parrilladas Bavaria SCRL, cumpla con cancelar la suma de S/.6,240.28. DISPUSIERON que el a quo emita nueva resolución con arreglo a Ley. COLEGIADO BC LAG RC DESPACHO DOS DE JUNIO DEL 2015 34. Expediente Nº 373-2015 NULA la resolución Nº 01, del 13/01/2015, que resuelve remitir el presente proceso entablado por Hugo Hernán Aduviri Soto en contra de la Contraloría General de la Republica del Perú, al Juzgado Especializado Contencioso Administrativo de la Ciudad de Lima. DISPUSIERON que el señor juez emita nueva resolución. COLEGIADO GC BC LAG 35. Expediente Nº 16-2014-1 CONFIRMARON la resolución Nº 08, del 20/01/2015, que declara improcedente la medida cautelar solicitada por Percy Medina Rufran. COLEGIADO BC LAG SD 36. Expediente Nº 1624-2014-99 NULA la resolución Nº 03, del 13/01/2015, que resuelve declarar infundada la oposición formulada por la parte demandada Banco de la Nación, contra la medida cautelar dictada en autos. MANDARON al señor juez expedir nueva resolución. COLEGIADO GC BC LAG 37. Expediente Nº 1573-2014-3 NULA la resolución Nº 03, del 13/01/2015, que resuelve declarar infundada la oposición formulada por la parte demandada Banco de la Nación, contra la medida cautelar dictada en autos. MANDARON al señor juez expedir nueva resolución. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO TRES DE JUNIO DEL 2015 38. Expediente Nº 1133-2004-23 NULA la resolución numero 64, del 12/11/2014, MANDARON a la señora jueza emitir nuevo pronunciamiento. Y remítase los actuados judiciales al Archivo Definitivo.. COLEGIADO GC BC LAG DESPACHO CUATRO DE JUNIO DEL 2015 39. Expediente Nº 293-2007-69 CONFIRMARON la resolución numero 53, del 24/06/2014. COLEGIADO BC LAG RC DESPACHO QUINCE DE JUNIO DEL 2015 40. Expediente Nº 1523-2014-27 CONFIRMARON la resolución numero 06, del 16/03/2015, que declara infundada la nulidad deducida por la parte demandada, en los seguidos por Anastasio Maquera Vilca contra la Municipalidad de Ciudad nueva. COLEGIADO GC BC LAG
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d públ ica el Perú Re
AVISO DE CONVOCATORIA PROCESO CAS N° 094-2015-TACNA I. FINALIDAD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE CONTRATACION Contratar los servicios de: CÓDIGO
PRESTACIÓN
DEPENDENCIA
S/.
CANTIDAD
01417
Secretario Judicial
Oficina de Administración Distrital – TACNA
2,972.00
01
00846
Apoyo en Peritajes
Oficina de Administración Distrital – TACNA
2,500.00
01
01422
Asistente Jurisdiccional de CGE
Oficina de Administración Distrital – TACNA
2,500.00
01
00429
Resguardo, Custodia y Vigilancia
Oficina de Administración Distrital – TACNA
950.00
03
01106
Apoyo en las Áreas de Notificaciones
Oficina de Administración Distrital – TACNA
900.00
05
00037
Apoyo Administrativo
Oficina de Administración Distrital – TACNA
750.00
01
00345
Apoyo Administrativo en la Oficina de Personal
Oficina de Administración Distrital – TACNA
750.00
01
II. REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE No encontrarse comprendido en la Ley N° 27588, ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos así como las personas que prestan sus servicios al estado bajo cualquier modalidad contractual. En caso de ser ex trabajador de alguna entidad de la administración pública, no haber extinguido vínculo por causa de despido, destitución o renuncia con incentivos. No encontrarse registrado en el registro Nacional de Sanciones y Destituciones del Estado.
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III. ASPECTOS DE INTERES La presente convocatoria, se efectuará a través del Aplicativo de Selección de Personal, el cual se encuentra en la dirección del enlace Oportunidad Laboral de la página web institucional (www.pj.gob.pe), CONCURSOS CAS – CONVOCATORIA CAS N° 094-2015-TACNA, en el cual se encuentran colgadas las Bases, los Perfiles y el Cronograma del Concurso. Para acreditar su inscripción al concurso, el postulante debe obtener el reporte impreso de la información registrada del Aplicativo de Selección de Personal, el mismo que deberá ser presentado en un sobre cerrado, conjuntamente con la información sustentatoria (hoja de vida documentada). El detalle de los perfiles estará disponible vía web desde el 20 de julio del 2015 y la postulación desde el 20 al 24 de julio del 2015. Los postulantes que registraron su inscripción a través de la página web presentarán sus documentos en la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Tacna, ubicada en la Tercera cuadra de la calle Inclán s/n esquina con Presbítero Andía-Cercado de Tacna (4to Piso), en las fechas señaladas en el cronograma. Los documentos presentados no se devolverán al postulante por ningún motivo, ya que formarán parte del acervo documentario del proceso. Las consultas se efectuarán a través del correo electrónico
[email protected] o al (052) 583200 anexo 52224. La Comisión
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PODER JUDICIAL
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CONCEPTOS
CÓDIGO 03670
(*) 07080
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES
(Expedido por el Poder Judicial)
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES (Expedido en Agencia o Sucursal Autorizada del Banco de la Nación) EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS: - Corte Suprema (por cada folio) - Consejo Ejecutivo, Corte Superior, OCMA (de Resolución final), ODECMA (de Resolución final), Gerencia General (por Cada Folio) EXPEDICIÓN DE COPIAS SIMPLES DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS: - Corte Suprema, Corte Superior, Consejo Ejecutivo, OCMA (de Resolución final) (por cada folio)
% UIT
IMPORTE S/.
1.3715
52.80
1.3013
50.10
0.1910
7.35
0.1910
7.35
0.0962
3.70
3.0104
115.90
3.2858
126.50
07006
CERTIFICACIÓN DE FIRMAS DE JUECES SUPREMOS (por firma) CERTIFICACIÓN DE FIRMAS DE JUECES SUPERIORES Y JUECES PARA USO NACIONAL O EN EL EXTRANJERO (por firma) EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE DEUDOR ALIMENTARIO MOROSO
0.1910
7.35
07007
EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE HOMONIMIA
0.2598
10.00
07110
REGISTRO DE TITULO DE ABOGADO
0.9273
35.70
REGISTRO DE ESTUDIOS COLECTIVOS DE ABOGADOS E INSCRIPCIÓN DE NUEVOS INTEGRANTES - Registro de Estudios
2.7429
105.60
2.4962
96.10
INSCRIPCIÓN Y REINSCRIPCIÓN DE MARTILLEROS PÚBLICOS
0.7819
30.10
CERTIFICACIÓN DE LIBROS DE LOS MARTILLEROS PÚBLICOS
1.4234
54.80
EXPEDIENTES CON MANDATO JUDICIAL DE ARCHIVO : - Búsqueda y Lectura (por expediente)
07099
07129
- Inscripción de nuevos integrantes (por integrante). 07277 07285
0.3793
14.60
- Expedición de Copias Simples : De 1 a 3 copias ( S/. 1,80 por copia adicional)
0.0988
3.80
- Expedición de Copias Certificadas (por cada folio).
0.1909
7.35
- Expedición de Copias Certificadas de Expedientes con Mandato Judicial de Archivo para Estudiantes de Derecho expeditos para obtener el grado académico (por expediente). Por c/adicinal S/.0.20 - Desarchivamiento (por expediente)
4.1065 0.9117
158.10 35.10
- Devolución de Anexos de Expedientes con Mandato Judicial de Archivo (por expediente)
0.9299
35.80
- Expedición de Constancia de no ubicación de expediente en el Archivo Central (por expediente)
0.9221
35.50
TRÁMITE DONDE NO HAY NOTARIO: - Legalización de Firmas por Juez de Paz Letrado (por firma)
0.1195
4.60
- Legalización de Documentos por Juez Paz Letrado (por folio)
0.1195
4.60
- Otorgamiento de Carta Poder con Firmas Legalizadas
0.1559
6.00
Tributarios, Libros de las Juntas Directivas, de las Comisiones de Regantes y Juntas de Usuarios. por c/ 100 folios (libro u hojas sueltas). - Protesto de Títulos Valores
0.6130 0.6208
23.60 23.90
- Inscripción de Escrituras Imperfectas
0.7299
28.10
- Certificado de Constatación de Supervivencia
0.3832
14.75
07102
PROCESO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LOS PERITOS JUDICIALES
4.0338
155.30
07323
GASTOS ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS DE PERITAJE - Constancia de Inscripción del Perito Judicial
0.5039
19.40
- Expedición de Listados de Peritos Judiciales
0.4494
17.30
- Antecedentes del Perito Judicial (por folio)
0.2156
8.30
- Expedición de Carnet de Perito Judicial
0.8806
33.90
07331
INSCRIPCIÓN DE PERITO JUDICIAL (Validez 01 año)
5.9091
227.50
07358 08230
REVALIDAR LA INSCRIPCIÓN DEL PERITO JUDICIAL SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN - En Copia Simple : De 1 a 5 Copias (S/.0.20 por copia adicional)
3.9793
153.20
0.0260
1.00
- En Copia Certificada : De 1 a 5 Copias
0.0650
2.50
- En Disco Compacto (CD).
0.0312
1.20
- En Disco Compacto (DVD).
0.0390
1.50
SOLICITUD DE HABILITACIÓN DE ARANCELES JUDICIALES
0.0962
3.70
07307
- Legalización de Libros de Sociedades, Libros de Actas, Registros y Libros Contables para Asuntos
08000
( S/.0.50 por copia adicional)
(*): Más comisión del Banco de la Nación S/. 10.00 Nota: El Abono del Valor Neto de la Pericia, Retención Automática del 8% en el Banco de la Nación, continuará emitiéndose en el Código 07021, de acuerdo a lo precisado en el Articulo 23º de la RA Nº 351-98-SE-T-CME-PJ.
GERENCIA GENERAL GERENCIA DE SERVICIOS JUDICIALES Y RECAUDACIÓN SUBGERENCIA DE RECAUDACIÓN JUDICIAL
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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Lunes, 20 de julio de 2015
Corte Superior de sticia de Tacna RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 578-2015-P-CSJT-PJ Tacna, 14 de Julio del 2015.VISTO: El Acuerdo de Sala Plena de fecha trece de Julio del presente año, así como el Inf. N° 021-2015-CP-OA/CSJTPJ, a través del cual el Encargado de Servicios Judiciales de esta Corte Superior remite las solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros para el Año Judicial 2015; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante Ley N° 27728 se crea la Ley del Martillero Público, la misma que establece las funciones, obligaciones, derechos y prohibiciones de tal actividad, dicha Ley fue modificada mediante Ley N° 28371 y Reglamentada a través del D.S. N° 005-2008-JUS, base legal a través de la cual se regula la actividad de los Martilleros Públicos para todos los remates o subastas públicas de carácter administrativo y privado o particular; SEGUNDO: Asimismo, de acuerdo a lo establecido en los Arts. 731° y 732° del Código Procesal Civil, modificados por la citada Ley N° 28371, procede la intervención de los Martilleros Públicos en los remates judiciales por designación del Juez respectivo en orden correlativo del Registro de Martilleros Judiciales que cada Corte Elabora para el efecto; disposición que resulta concordante con lo establecido en el Art. 281° de la Ley Orgánica del Poder Judicial que señala a los martilleros Públicos como un Organo de Auxilio Judicial; en tal sentido, corresponde aprobar el Registro de Martilleros Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Tacna; TERCERO: De acuerdo al informe evacuado por el responsable de Servicios Judiciales de esta Corte Superior y a la opinión vertida en el Inf. N° 025-2015-AL-CSJT-PJ de fecha tres de Julio del presente año por la Asesora Legal, se ha determinado que de las diez solicitudes de inscripción han cumplido cuatro con todos los requisitos establecidos en el TUPA institucional; asimismo, de las veinticuatro solicitudes de reinscripción han cumplido trece con los requisitos exigidos en el TUPA para la reinscripción, consecuentemente debe aprobarse el Registro de Martilleros Judiciales con aquellos que, habiendo reunido los requisitos de Ley, puedan apoyar el servicio de justicia como órganos de Auxilio Judicial de esta Corte Superior; CUARTO: La propuesta de aprobación ha sido presentada a Sala Plena que, en reunión de fecha trece de Julio del presente año conforme al Acta respectiva, opina por la aprobación del Registro de Martilleros Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Tacna con las diecisiete solicitudes de inscripción y reinscripción que han cumplido los requisitos formales y de procedibilidad para el año 2015, debiendo formalizarse la decisión adoptada en Sala Plena a través del acto administrativo correspondiente; Por lo que, de conformidad con el artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: PRIMERO.- APROBAR el Registro de Martilleros Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Tacna para el Año Judicial 2015 el mismo que se encuentra integrado por los siguientes Martilleros:
Lunes, 20 de julio de 2015
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
Por inscripción Patricia Victoria Vásquez Zubiate Norma Reveca Rojas Alania Martín Ventura González Juan Pablo Kong Eyzaguirre Por reinscripción Víctor Orlando Apaza Morante Angel Rubén Arias Gallegos José Angelo Canales Gallegos Frany Heber Díaz Díaz Rudy Oscar Ramos Romaní Aldo Martín Zamora Millones Germán José Casapía Soto Percy Luis Cornejo Barragán Pedro Nolasco Gonzales Villanueva Luis Beltrán Ramos Ortega Alberto Oscar Ramos Wong Flavio Alberto Villanelo Ninapaytan María Angela Zeballos Alva SEGUNDO.- DISPONER que el responsable del Registro de Martilleros Judiciales de esta Corte Superior ingrese al sistema informático respectivo la nómina de Martilleros aprobada y que los requerimientos de los órganos jurisdiccionales para la designación de Martilleros se realice en orden correlativo. TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institucional la publicación de la presente resolución en el portal institucional y en el Boletín Judicial para conocimiento del público en general. CUARTO.- COMUNIQUESE la presente resolución a la Oficina de Administración Distrital, al responsable de Servicios Judiciales y a los interesados. Regístrese y Comuníquese.
Jorge Antonio Armaza Galdos Presidente Corte Superior de Justicia de Tacna
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
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