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ANT: Carta N° SCAP/PDS/0738/18, de 18 de abril de 2018. Ord. 1F N° .... María Aurora Sandoval Concha 154 Carta N° SCAP/PDS/699/18, de 20 de marzo.
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Santiago, 04 de mayo de 2018. v

N° SCAP/PDS/0763/18

.Zszki,5 El¿ijiz 0 1/P Señor Jorge Muñoz Hermosilla Inspector Fiscal Contrato de Concesión Embalse La Punilla. Presente

REF: "Concesión de la Obra Pública Embalse La Punilla". ANT: Carta N° SCAP/PDS/0738/18, de 18 de abril de 2018 Ord. 1F N° 674/18, de 05 de abril de 2018. Carta N° SCAP/PDS/0704/18, de 20.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0703/18, de 20.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0702/18, de 20.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0701/18, de 20.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0700/18, de 20.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0699/18, de 20.03.2018. Carta N° SCAP!PDS/0696/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0694/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAPIPDS/0693/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAPIPDS/0692/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0691/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAPIPDS/0690/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0688/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0687/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0686/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0685/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0684/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0682/18, de 19.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0681/18, de 16.03.2018. Carta N° SCAP/PDS/0680/18, de 15.03.2018. Carta N' MS/IF/SCAP10671/18, de 12.03.2018. Carta N° MS/1F/SCAP/0669/18, de 12.03.2018. Carta N° MS/IF/SCAP/0668/18, de 12.03.2018. Carta N° MS/IF/SCAP/0659/18, de 08.03.2018. Carta N' MS/1F/SCAP/0657/18, de 07.03.2018. Carta N° MS/1F/SCAP/0654/18, de 06.03.2018. Carta N° MS/IF/SCAP/0653/18, de 06.03.2018. Carta N° MS/IF/SCAP/0652/18, de 06.03.2018. Carta N° MS/1F/SCAP/0650/18, de 06.03.2018. Carta N° MS/1F/SCAP/0649/18, de 06.03.2018. Carta N° MS/1F/SCAP/0644/18, de 02.03.2018. Página 1 de 7

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CAP

6 OCIEOAD

CONCESIWIARIAR4.5 OL PUllal,

Carta MS/IF/SCAP/0643/18, de 02.03.2018. Carta N° MS/IF/SCAP/0642/18, de 02.03.2018. Carta N° MS/IF/SCAP/0632/18, de 28.02.2018. Carta N° MS/IF/SCAP/0626/18, de 26.02.2018. Carta N° MS/IF/SCAP/0616/18, de 23.02.2018. Carta N° MS/1F/SCAP/0614/18, de 23.02.2018. Carta N° MS/IF/SCAP/0597/18, de 20.02.2018. Carta N' MS/IF/SCAP/0581/18, de 19.02.2018.

MAT: Beneficiarios de la Zona A que rechazan la firma de convenio. Actuaciones de Oficina de Asistencia Ténica. Entrega por parte del Ministerio de Obras Públicas de terrenos comprendidos en la Zona A. INCL: No hay. De nuestra consideración: En respuesta a su Ord. 1F N° 674/18, de 05 de abril de 2018 y Ord. IF N° 709/18, de 26 de abril de 2018, a través del cual solicita se indique cómo se dará cumplimiento al Plan de Desarrollo Social, se informa a Ud., lo siguiente: Para los efectos de la implementación del Plan de Desarrollo Social, y en particular para la materialización de la obligación de relocalización de los beneficiarios de la Zona A, el Ministerio de Obras Públicas ha remitido importante documentación destinada a permitir el pago de los bonos asociados a la medida N° 6 y medida N° 7, incluyendo dentro de estos, los documento denominados: a) Convenios para la Implementación de Medidas del Plan de Desarrollo Social Embalse La Punilla y b) Procedimiento de Pago de Compensación por Relocalización Habitacional, estableciendo estos una serie de requisitos que deben cumplir los beneficiarios para el pago de los citados bonos. En el mismo orden de ideas, a través de Ord. 1F N° 372/17, Ord. IF N° 373/17, y Ord. IF N° 374/17, todos de 02 de noviembre de 2017, se estableció que resulta indispensable para que la Sociedad Concesionaria pueda efectuar el pago de los bonos antes señalados, se proceda en forma previa a la firma del convenio por parte de cada beneficiario. En dicho convenio, se dispone en la cláusula séptima, el compromiso del beneficiario de abandonar la propiedad fiscal. A través de Ord. IF N° 0401/17, de 21 de noviembre de 2017, se autorizó al Concesionario a condicionar la entrega del vale vista para el pago de las medidas N° 6 y N° 7, a condición que en el mismo convenio o en el acta de entrega del respectivo vale vista, se establezca, de común acuerdo, la fecha máxima, en que el beneficiario y su familia desocuparán, en favor del Ministerio de Obras Públicas, el respectivo lote expropiado. Todo ello con el objeto de favorecer la firma del convenio.

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CAP

SOCIEDAD COMESIOMIIIA AGUAS DF MOLLA

En ese contexto, a través de carta N° MS/IF/SCAP/497/18, de 26 de enero de 2018, se informó que, a partir del 11 de diciembre de 2017, en cumplimiento de lo comunicado en Comité de Gestión de 12 de diciembre de 2017 y con la finalidad de facilitar la firma de los convenios por parte de los beneficiarios de la Zona A, estos se dejarán debidamente firmados por el Gerente General, en la Oficina de Asistencia Técnica. A través de carta N° MS/IF/SCAP/558/17, de 07 de febrero de 2018 y carta MS/IF/SCAP/600/18, de 22 de febrero de 2018, se informó que los convenios se encuentran a partir del 15 de febrero de 2018 en la Primera Notaría de San Carlos, debidamente firmado por el Gerente General, lo cual ha sido comunicado a los respectivos beneficiarios, tal como se da cuenta en la siguiente tabla.

Tabla N° 1. Beneficiario Héctor Aliro López Benavídes

Rosa Hortensia Marabolí Valverde Silvia Mónica Valenzuela Marabolí Yéxica del Pilar Valenzuela Marabolí Miriam de Lourdes Fuentes Contreras María Aurora Sandoval Concha Lorena Navarrete Sandoval Tomás Iván Labrín Villalobos

Hernán de la Cruz Lara Méndez Rodrigo Andrés Lara Méndez José Sebastián Lara Méndez

Pedro Jesús Lara Méndez

Lote Calla SC N° 34 Carta N° SCAP/PDS/682/18, de 16 de marzo de 2018 y Carta N° SCAP/PDS/688/18, de 19 de marzo de 2018. 35 Carta N° SCAP/PDS/687/18, de 19 de marzo de 2018. 35 Carta N° SCAP/PDS/690/18, de 19 de marzo de 2018. 35 Carta N° SCAP/PDS/691/18, de 19 de marzo de 2018. 67Carta N° SCAP/PDS/700/18, de 20 de marzo 68 de 2018 y carta N° MS!IF/SCAP/652/18, de 06 de marzo de 2018. 154 Carta N° SCAP/PDS/699/18, de 20 de marzo de 2018. 154 Carta N° MS/IF/SCAP/725/18, de 06 abril de 2018. 23 Carta N° MS/IF/SCAP/PDS/657/18, de 07 de marzo de 2018. Carta N° SCAP/PDS/703/18, de 20 de marzo de 2018. . 1 Carta N° SCAP/PDS/ 760/18, de 04 de mayo de 2018. 1 Carta N SCAP/PDS/755/18, de 03 de mayo de 2018. 1 Carta N° MS/PDS/SCAP/680/18, de 15 de marzo de 2018. Carta N° MS/IFISCAP/702/18, de 20 de marzo de 2018. 1 Carta N° SCAP/PDS/681/18, de 15 de febrero de 2018. Página 3 de 7

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PAD COUCES,DPIAR/,.1.11.51.1. Pl1,111.1 A

Carta SC

Lote N°

Beneficiario

Manuel Antonio Concha Sandoval Juan Ramón Hermosilla Lara

142 1

Carta N° SCAP/PDS/704/18, de 20 de marzo de 2018. Carta N° SCAP/PDS/746/18, de 23 de abril de 2018. Carta N° SCAP/PDS/701/18, de 20 de marzo de 2018. Carta N° MS/IF/SCAP7/671/18, de 12 de marzo de 2018.

Pues bien, tal como se ha expresado en las comunicaciones antes individualizadas y corno se explicó además en nuestra carta N° SCAP/PDS/0720/18, de 03 de abril de 2018, por la cual se solicitó de confoluddad a lo consensuado en el Acuerdo Marco de 02 de febrero de 2018 la ampliación del plazo individualizado para el traslado de las familias que habitan los terrenos identificados como Zona A, esta Sociedad Concesionaria ha realizado, a través de su Oficina de Asistencia Técnica, todas las gestiones y actividades que le competen y que han sido requeridas por la Inspección Fiscal, existiendo sin embargo, un número significativo de beneficiarios que se han negado a suscribir el convenio ofrecido, por lo que no es posible al Concesionario efectuar el pago requerido para la implementación de las medidas de los N° 6 y 7° del Plan de Desarrollo Social y con ello proceder a la relocalización de los beneficiarios, para, en definitiva, obtener la entrega de los terrenos necesarios para las obras en dicho sector por parte del Ministerio de Obras Públicas. De igual forma, a través de las cartas que se individualizan a continuación, junto con informar al Inspector Fiscal del rechazo a suscribir el convenio por parte de los beneficiarios, se solicitó el ejercicio de sus atribuciones reiterándose la solicitud de pronunciamiento.

Tabla N° 2.



Beneficiario Elector Aliro López Benavides

2

Rosa Hortensia Marabolí Valverde

Carta SC Lote N° a) Carta N° MS/IF/SCAP/374/17, de 27 noviembre de 34 2017. b) Carta N° MS/IF/SCAP/436/18, de 02 de enero de 2018; c) Carta N° MS/IFISCAP/487/18, de 22 de enero de 2018; 35

a) Carta N° MS/IF/SCAP/547/18, de 31 de enero de 2018; (complementa carta 371). b) Carta N° MS/1F/SCAP1438/1 8, de 02 de enero de 2018; c) Carta N° MS/IF/SCAP/371/17, de 27 de noviembre de 2017;

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SOCF0A0 OIICE$10t/ARIAAGLIAS DE r111411,

Beneficiario

Lote N° 35

3

Silvia Mónica Valenzuela Marabolí

4

Yéxica del Pilar Valenzuela Marabolí

35

5

Miriam de Lourdes Fuentes Contreras

6768

6

María Aurora Sandoval Concha

154

7

Lorena Navarrete Sandoval

154

8

Tomás Iván Labrín Villalobos

23

9

Hernán de la Cruz Lara Méndez.

1

Carta SC a) Carta N° MS/IF/SCAP/485/18, de 22 de enero de 2018; b) Carta N° MS/IF/SCAP/434/18, de 02 de enero de 2018. c) Carta N° MS/IF/SCAP/370/17, de 27 noviembre de 2017; d) Carta N° MS/IF/SCAP/347/17, de 14 noviembre de 2017; a) Carta N° MS/IF/SCAP/483/18, de 22 de enero de 2018; b) Carta N° MS/IF/SCAP/433/18, de 02 de enero de 2018 e) Carta N° MS/IF/SCAP/373/17, de 27 noviembre de 2017; a) Carta N° MS/IF/SCAP/475/18, de 18 de enero de 2018; b) Carta N° MS/IF/SCAP/432/17, de 02 de enero de 2018; c) Carta N° MS/IF/SCAP/388/17, de 04 diciembre de 2017; a) Carta N° MS/IF/SCAP/474/18, de 17 de enero de 2018; b) Carta N° MS/IF/SCAP/435/18, de 02 de enero de 2018; e) Carta N° MS/IF/SCAP/387/17, de 04 diciembre de 2017; a) Carta N° MS/IF/S CAP/486/18, de 22 de enero de 2018; b) Carta N° MS/IF/SCAP/437/18, de 02 de enero de 2018; e) Carta N' IvIS/IF/SCAP/372/17, de 27 noviembre de 2017; a) Carta N° SCAP/PDS/0749/18, de 25 de abril de 2018; b) Carta N° MS/IF/SCAP/654/1, de 06 de marzo de 2018; e) Carta N° MS/IF/SCAP/632/18, de 28 de febrero de 2018; d) Carta N° MSIIF/SCAP/616/18, de 23 de febrero de 2018 e) Carta N° MS/IF/SCAP/581/18, de 19 de febrero de 2018. a) Carta N° MS/1F/SCAP/669/18, de 12 de marzo de 2018; b) Carta N° MS/IF/SCAP/597/18, de 20 de febrero de 2018; Página 5 de 7

CAP N° 10

Beneficia rio Rodrigo Andrés Lara Méndez

11

José Sebastián Lara Méndez

12

Pedro Jesús Lara Méndez

13

Manuel Antonio Concha Sandoval Juan Ramón Hermosilla Lara

14

Lote Carta SC N° a) Carta N' MS/IF/SCAP/669/18, de 12 de marzo de 1 2018; h) Carta N° MS/1F/SCAP/644/18, de 02 de marzo de 2018; a) Carta N° MS/W/SCAP/614/18, de 23 de febrero de 1 2018; b) Carta N° MS/IF/SCAP/603/18, de 22 de febrero de 2018; e) Carta N° MS/IF/SCAP/650/18, de 08 de febrero de 2018; 1 a) Carta N° MS/IF/SCAP/668/18, de 12 de marzo de 2018; b) Carta N° MS/IF/SCAP/659/18, de 08 de marzo de 2018; c) Carta N° MS/IF/SCAP/649/18, de 06 de marzo de 2018; d) Carta N° MS/1F/SCAP/643/18, de 02 de marzo de 2018; a) Carta N° MS/IF/SCAP/642/18, de 02 de marzo de 142 2018; 1 a) Carta N° MS/IF/SCAP/653/18, de 06 de marzo de 2018; b) Carta N' MS/IF/SCAP/626/18, de 26 de febrero de 2018; c) Carta N° MS/IF/SCAP/616/18, de 23 de febrero de 2018;

Frente a esta situación, la Sociedad Concesionaria carece de facultades para obtener de los beneficiarios la firma de los convenios y poder así proceder al pago en cumplimiento de su obligación contractual. La obligación de entrega de los terrenos necesarios para las obras es una obligación que corresponde cumplir al IVIinisterio de Obras Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.8.8.3 de las Bases de Licitación y lo establecido en el artículo 15 inciso 2° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, referido a las expropiaciones necesarias para la obra. La entrega de los terrenos y la expropiación por declaración de utilidad pública es una potestad del Estado. Tratándose de la implementación de las medidas del Plan de Desarrollo Social, la Sociedad Concesionaria tiene obligaciones que cumplir de acuerdo al contrato de concesión. Como se ha señalado anteriormente, obligaciones que han sido cumplidas, realizándose a través de su Oficina de Asistencia Técnica todas las actividades posibles para tal objeto, pero atendido que los pagos a beneficiarios están sujetos a la suscripción por éstos de los respectivos

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DAD CONLE6101.111pAGUAS oc ;111111.1.A

convenios, la negativa de algunos de ellos a dicha suscripción, produce como consecuencia, que no se pueda avanzarse en la implementación de tales medidas. En este contexto, la Sociedad Concesionaria no tiene ni atribuciones ni herramientas compulsivas para poder forzar la firma de los convenios por parte de los beneficiarios y el traslado de estos, y de esa forma permitir al Ministerio de Obras Públicas el cumplimiento de su obligación de entrega de los terrenos necesarios para la obra. Razón por la cual reiteramos que es el Ministerio de Obras Públicas quien, de conformidad con lo establecido en el DFL N° 850, Ley Orgánica del MOP, en especial su Título III, de los Caminos Públicos, y con el procedimiento establecido en el Decreto Ley N° 2.186, de 1978, quien tiene las atribuciones legales para poder obtener en definitiva la entrega de los terrenos comprendidos en la denominada Zona A. Por todo lo anterior, los atrasos que se generen en el traslado de los beneficiarios, en la implementación del Plan de Desarrollo Social respecto de los beneficiarios que no acceden a firmar el convenio y el atraso en la entrega de lotes por parte del Ministerio de Obras Públicas al Concesionario, no son atribuibles a la Sociedad Concesionaria.

Saluda atentamente,

Manue José aenz G rente Gene' Sociedad Concesionaria Aguas de Punilla S.A.

Distribución: Destinatario_ Archivo SCAP. Oficina de Asistencia Técnica y Profesional.

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CHILE LO HACEMOS TODOS

REC

ORD N°

001336

118

07 Die 2018

SANTIAGO, 07 de Diciembre de 2018

SOCIEDAD CONCESIONARIA AGUAS DE PUNILLA S.A.

DE : INSPECTOR FISCAL CONCESIÓN EMBALSE LA PUNILLA A

: SR. GERENTE GENERAL S.C. AGUAS DE PUNILLA S.A.

REF. : "Concesión de la Obra Pública Embalse La Punilla" ANT. : Carta MS/IF/SCAP/0995/18, 29.11.2018 ORD. IF N° 1224/18, 09.11.2018 Carta MS/IF/SCAP/0978/18, 14.11.2018 Carta MS/IF/SCAP/0976/18, 12.11.2018 ORD. IF N° 1204118, del 05.11.2018 Información sobre lotes con Toma de Posesión de Material con fuerza pública.

MAT.

ADJ. : N/E. A partir de lo solicitado en su Carta N° MS/IF/SCAP/0995/18, informo a Usted que los nombres de los Jefes de Hogar que, como resultado de la Toma de Posesión Material con fuerza pública, debieron hacer abandono de los predios, son los siguientes: N' de LOTE

FECHA de TPM

ROL CAUSA

JUZGADO

23

23-11-2018

1° CHILLÁN

18 - 2014

Tomas I. Labrín Villalobos Héctor A. López Benavides

53

22-11-2018

1° CHILLAN

28 - 2014

29

23-11-2018

1° CHILLAN

21 - 2014

NOMBRE DEL JEFE HOGAR

Sin Habitantes

35

23-11-2018

2° CHILLAN

24 - 2015

36

23-11-2018

2° CHILLAN

23 - 2015

Rosa H. Marabolí Valverde Silvia M. Valenzuela Marabolí Yexica dP. Valenzuela Marabolí SIN HABITANTES EN EL PREDIO

41

23-11-2018

2° CHILLAN

26 - 2015

SIN HABITANTES EN EL PREDIO

65

23-11-2018

1° CHILLÁN

147- 2017

Miriam de L. Fuentes Contreras

Con respecto a la solicitud del Inventario, una vez que esta Inspección Fiscal reciba dicho documento, será remita a su representada. Saluda Atentamente a Ud.,

Jorg Munoz Hermosil I SPECT Dirección eneral de Concesiones. MOP

PVH/KSQ/psv DISTRIBUCIÓN: - Destinatario - Archivo IF Punilla

Inspección Fiscal Embalse La Puniila Avda. Andrés Bello 2777 Piso 8, Las Condes I Chile Teléfono r56-9), 94387170 I

p/Sk