fernanda bazan realiza labor de control preventivo en

14 jul. 2016 - Yvan Carranza Mejia, adquiere la propiedad del presente inmueble, debidamente inscrito en el As. C00007 Partida Registrai N°. 04007988 ...
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Jueves, 14 de julio del 2016

FERNANDA BAZAN REALIZA LABOR DE CONTROL PREVENTIVO EN LOS JUZGADOS DE LA PROVINCIA DE BAMBAMARCA

L

a Jefa de la ODECMA, Fernanda Eliza Bazán Sánchez, acompañada de un magistrado de la Unidad de Visitas, viene realizando la Visita Judicial Ordinaria a los diferentes órganos jurisdiccionales de la provincia de Hualgayoc – Bambamarca hasta el viernes 15 de julio. Durante la labor contralora, se procedió a realizar el registro de asistencia-puntualidad y permanencia de magistrados y personal jurisdiccional; con la nueva aplicación de “Trámite Célere de la Visita Judicial”, que permite el ahorro de tiempo y costos, optimización de los recursos humanos y

logísticos, mejora de producción y mayor funcionalidad del equipo disciplinario del órgano contralor durante la visita judicial respectiva. Asimismo, la ODECMA instaló ayer la mesa de trabajo con autoridades y ciudadanía en general, en la sede judicial OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca, 13 de julio 2016

bambamarquina, ubicado en la cuadra 9 del Jr. Francisco Bolognesi - en el que los representante de la Sociedad Civil hicieron llegar apreciaciones y consultas ante el órgano contralor, que atendió los reclamos de los usuarios del servicio de justicia.

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

1. REMATES Remates Bienes Inmuebles SEGUNDO REMATE JUDICIAL (EXP. N°. 04592-2013-0-200l-JRCI-03) En los autos seguidos por el BBVA BANCO CONTINENTAL contra JOSÉ GILMER CARRANZA MEJÍA, SANTOS AGUSTÍN CARRANZA GUEVARA, MARÍA BERENIS MEJÍA DE CARRANZA e YVAN CARRANZA MEJÍA sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS (Exp. N°. 04592-2013-0-200l-JR-CI-03), el Martiliero Público Frany Heber Díaz Díaz con Reg. 278, por orden de la Juez del Tercer Juzgado de Civil del Distrito Judicial de Piura, Ingrid Díaz Valverde, Especialista Legal Percy Reynaldo Erazo Hidalgo, ha. dispuesto sacar a Remate Público en SEGUNDA CONVOCATORIA los siguientes predios: - PREDIO: CN 9289007/CE 754921 UBIC. RUR. SECTOR TUGUZA/ PREDIO CRUZCUCHO, COD.PRED. 7_7509285_78603. ÁREA Ha.2.2170 U.C. 78603, CHIGUIRIP, DEL DISTRITO DE CHIGUIRIP, PROVINCIA DE CHOTA, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, inscrita en la Partida Registrai N° 02078616, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registrai N°. II Sede Chiclayo - Oficina Registral Chota. VALOR DE TASACIÓN: US$ 61,189.20 DÓLARES AMERICANOS. BASE DE REMATE: US$ 34,673.88 (treinta y cuatro mil seiscientos setenta y tres con 88/100 Dólares Americanos); que son las dos terceras partes menos el 15% de la tasación por tratarse en segunda convocatoria. GRAVÁMENES: HIPOTECA, a favor de la entidad ejecutante, hasta por la suma ele US$ 61,189.20 dólares americanos, debidamente inscrito en el As. D00001 Partida Registrai N° 02078616, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registrai N°. II Sede Chiclayo - Oficina Registrai Chota. DÍA Y HORA: 22 DE JULIO 2016 A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA - PREDIO: UBIC.RUR. PREDIO R.C. 13017 TG-10.4.22 - TAMBOGRANDE C.P/PARC.TG-10.4.22 U.C. 13017, TAMBOGRANDE, DEL DISTRITO DE TAMBOGRANDE PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE PIURA, inscrita en la Partida Registrai N° 04007988, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral / - Sede Piura - Oficina Registrai Piura. VALOR DE TASACIÓN: US$ 141,087.60 DÓLARES AMERICANOS. BASE DE REMATE: US$ 79,949.64 (setenta y nueve mil novecientos cuarenta y nueve con 64/100 Dólares Americanos); que son las dos terceras partes menos el 15% de la tasación por tratarse en segunda convocatoria.GRAVÁMENES: * HIPOTECA, a favor de la entidad, ejecutante, hasta por la suma de US$100.000.00 dólares americanos, debidamente inscrito en el as. D00004 partida registral n°04007988, del registro de propiedad inmueble de la zona registral i- sede Piura- oficina registral Piura. COMPRA VENTA. Yvan Carranza Mejia, adquiere la propiedad del presente inmueble, debidamente inscrito en el As. C00007 Partida Registrai N°.

Jueves, 14 de julio del 2016

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

04007988, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registrai I – SedePiura - Oficina Registral Piura. DÍA Y HORA: 22 DE JULIO 2016 A LAS 10:30 HORAS DE LA MAÑANA III.- PREDIO: UBIC.RUR PARCELA TJ.19.B(2) - LAS LOMAS C.P./PARC. TJ.19.B(2) U.C 13555, LAS LOMAS, DEL DISTRITO DE LAS LOMAS, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE PIURA, inscrita en la Partida Registral N° 04008797, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral I - Sede Piura - Oficina Registral Piura. VALOR DE TASACIÓN: US$ 300,260.00 DÓLARES AMERICANOS.-.-.BASE DE REMATE: US$ 1 70,147.33 (ciento setenta mil ciento cuarenta y siete con 33/100 Dólares Americanos); que son las dos terceras partes menos el 15% de la tasación por tratarse en segunda convocatoria. GRAVÁMENES: HIPOTECA, a favor de la entidad ejecutante, hasta por la suma de US$ 256.000.00 dólares americanos, debidamente inscrito en El As. D00007 Partida Registral N° 04008797, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral I- Sede Piura - Oficina Registral Piura. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN. Por resolución Numero 2 de fecha 23 de Diciembre de 2013, suscrita por el Juez del Juzgado de Paz Letrado de Chulucanas Rolando Sicha Navarro y por la Secretaria Judicial, Yolanda Cecilia Rodríguez Seminario, se resuelve TRABAR EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, hasta por la suma de S/. 40,000.00 Nuevos Soles, sobre el predio de la presente partida de propiedad José Gilmer Carranza Mejía. Asi se ha dispuesto en el proceso seguido por Carlos Rafael Calle Zavala, contra José Gilmer Carranza Mejía, sobre obligación de dar suma de dinero, debidamente inscrito en el As. D00008 Partida Registral N° 04008797, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral I - Sede Piura - Oficina Registral Piura. DÍA Y HORA: 22 DE JULIO 2016 A LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA LUGAR DE REMATE: En el Local de Tercer Juzgado Civil del distrito Judicial de Piura sito en la calle Lima 997 - Piura - Segundo Piso Piura, Distrito, Provincia y Departamento Piura. LOS POSTORES: Adjuntar tasa judicial con indicación del juzgado numero del D.N.I. y monto por derecho a participar en el remate, copia del DNI, copia del RUC y poderes; asimismo, entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia. De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo de precio,’ dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martiliero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate. (Art. 732° del C.P.C, Ley 27728 y Art. 18° del Reglam. aprobado por D.S. 008-2005JUS) y están afectos al IGV.Frany H. Díaz Díaz Martillero Público Reg. 278, Celular 995738170 correo: [email protected]. Piura, 31 De Marzo Del 2016 FRANY H. DÍAZ DÍAZ MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 278 PERCY REYNALDO ERAZO HIDALGO SECRCETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA P.5396394 F.P. 12-13-14 JULIO

B

S/. 29.50

2.EDICTOS CLASIFICADOS

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS

EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 2016 -456-00601 -JR-CI-02, en los seguidos por Levindes Biligram Bustamante Irigoin contra el Ministerio Publico, sobre supresión de nombre, el Tercer Juzgado Especializado de Familia ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO: DOS Cajamarca veintitrés de junio del año dos mil dieciséis: SE RESUELVE: ADMITASE a trámite la demanda postulada por Levindes Biligram Bustamante Irigoin contra el Ministerio Publico, en la vía procedimental asignada al proceso abreviado, en razón de que el demandante solicita la supresión de las letras “N.D.E.S” de su primer prenombre y quede como “LEVI”, además solicita la supresión del segundo prenombre “BILIGRAM” de tal manera que quede como sigue: “LEVI BUSTAMANTE IRIGOIN” LILIAM MERCADO CALDERON JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA P. 5398149 F.P. 14 JUL S/.2.00

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

EDICTO JUDICIAL Exp. 004-2016-C-JPLCTZA, Juzgado de Paz Letrado Contumazá; en los seguidos por ERWIN ROMMEL CASTILLO LOPEZ contra el MINISTERIO PÚBLICO sobre SUCESIÓN INTESTADA: Mediante solicitud de fecha dieciséis de junio del presente año: ERWIN ROMMEL CASTILLO LOPEZ solicita se inicie el presente proceso sobre Sucesión Intestada a fin de que se declare como legítimo heredero a su hijo Dayron Adriano Castillo Plasencia. RESOLUCION NUMERO UNO: Contumaza veintiuno de junio del dos mil dieciséis. SE RESUELVE: 1.- ADMITIR A TRAMITE la solicitud interpuesta por ERWIN ROMMEL CASTILLO LOPEZ, sobre la Declaración de Sucesión Intestada de quien en vida fue su conviviente Ada Cecilia Plasencia Alva, a fin de que se declare como heredero a su hijo Dayron Adriano Castillo Plasencia, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. 2.- NOTIFÍQUESE con la presente a los representantes del Ministerio Público y Beneficencia Pública de esta ciudad, para los efectos de ley. 3.- ANÓTESE la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada de la Oficina Registral de Cajamarca. 4.- PUBLÍQUESE por tres veces consecutivas, un extracto de la presente en el Diario “La República” y en el diario “El Peruano”, a efectos de que en el plazo de treinta días se apersonen y acrediten su vocación sucesoria quienes se consideren herederos de la causante. 5.- TÉNGASE por señalado el Domicilio Procesal de la recurrente sita en la Av. Fidel Zárate Plasencia Mz: B -Jot: 10 - Urb. San Mateo- Contumazá, lugar donde se le harán llegar las

resoluciones expedidas en el presente proceso. Notifiquese.RONY ALEX MEJÍA PORTAL JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO CONTUMAZA ROXANA ALVAN ZAMORA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CONTUMAZA P. 5393295 F.P. 12-13-14 JULIO S/12.00

RECTIFICACIÓN DE AREA Y LINDEROS

EXPEDIENTE:00235-2016-0-0601JR-CI-03 JUEZ: DR. WILLIMAS VENTURA PADILLA. SECRETARIO: ABOGADO. CESAR JOEL ESTRADA JULON. MATERIA: RECTIFICACIÓN DE ÁREAS Y LINDEROS. Ante el Tercer Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, Juez titular Williams Ventura Padilla, se viene tramitando el Proceso sobre rectificación de áreas o linderos. Se publica lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO Y CINCO, del diecisiete de marzo y veintisiete de junio del año dos mil dieciséis, respectivamente, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA DE RECTIFICACIÓN DE ÁREAS O LINDEROS; interpuesta por Ocas De Mantilla María Consuelo respecto de un predio Rustico denominado la Cahuiña Ubicado en el Caserío Bella Unión Del Distrito Provincia Y Departamento de Cajamarca, debiendo sustanciarse en la vía procedimental asignada al proceso ABREVIADO; en consecuencia, córrase TRASLADO DE LA DEMANDADA la demanda, anexos y la resolución UNO Y CINCO debiendo notificarse en el domicilio señalado, con conocimiento del Procurador Publico del Gobierno Regional, PUBLIQUESE edictos en el diario oficial “La República”, por TRES VECES, con intervalo de tres días a fin de que dentro del plazo de TREINTA días cualquier persona, se apersone al proceso invocando algún derecho sobre el bien inmueble, materia de demandada conforme a los Artículos 435° y 492° del Código Procesal Civil. Cajamarca, 06 de Julio del 2016 WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA CESAR JOEL ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P. 5390772 F.P. 08-14-20 JULIO S/. 12.00 EDICTO EXPEDIENTE: 00366-2016 0-0601 -JR-CI-03 JUEZ: DR. WILLIMAS VENTURA PADILLA. SECRETARIO: ABOGADO. CESAR JOEL ESTRADA JULON. MATERIA : RECTIFICACIÓN DE ÁREAS Y LINDEROS. Ante el Tercer Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, Juez titular Williams Ventura Padilla, se viene tramitando el Proceso sobre rectificación de áreas o linderos. Se publica lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO; DOS Y TRES, del dieciséis de mayo y veintisiete de junio del año dos mil dieciséis, respectivamente, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA DE RECTIFICACIÓN DE ÁREAS O LINDEROS; interpuesta por Zavaleta García Percy Paul,

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respecto de un predio Rustico denominado ubicado en Huacariz Chico Del Distrito Provincia Y Departamento de Cajamarca, debiendo sustanciarse en la vía procedimental asignada al proceso ABREVIADO; en consecuencia, córrase TRASLADO DE LA DEMANDA y anexos y la resolución dos y tres a la demandada, debiendo notificarse en el domicilio señalado, con conocimiento del Procurador Público del Gobierno Regional, PUBLÍQUESE edictos en el diario “La República”, por TRES VECES, con intervalo de tres dias a fin de que dentro del plazo de TREINTA días cualquier persona, se apersone al proceso invocando algún derecho sobre el bien inmueble, materia de demanda conforme a los Artículos 435° y 492° del Código Procesal Civil. Cajamarca, 06 de Julio del 2016 WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA CESAR JOEL ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P. 5390928 F.P. 08-14-20 JULIO S/. 12.00

SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO JUDICIAL Exp. N° 086-2016-C, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de San Marcos, solicitado por EDY ALEXANDER DIAZ TORRES, sobre Sucesión Intestada de quien en vida fuera su difunto padre el señor Francisco Díaz Uriarte; se resuelve lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO DOS.- San Marcos, siete de julio del dos mil dieciséis, se RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del proceso no contencioso la solicitud de Sucesión Intestada de quien en vida fuera don Francisco Díaz Uriarte, a fin de que se declare como sus únicos y universales herederos al recurrente Edy Alexander Díaz Torres, sus hermanos: Aldo Iván, Sandy, Paola Maricela, Arnaldo y Luigui Amold Díaz Torres, y a su madre Manuela Torres Machuca, en calidad de cónyuge supérstite; PUBLÍQUESE un extracto de la solicitud por una vez en los Diarios Oficiales “La República” y “El Peruano”; ANÓTESE de manera preventiva la solicitud en los registros correspondientes, y para tal efecto, CÚRSESE los partes al jefe de la Oficina Registral de Cajamarca; NOTIFÍQUESE con la presente resolución a los presuntos herederos indicados en la solicitud, así como a la Sociedad de Beneficencia Pública y al representante del Ministerio Publico de esta Ciudad. Lo que se hace de conocimiento a aquellos que se crean con derecho se apersonan al proceso y hagan valer los mismos conforme a ley.- firmado. ABSALÓN CABRERA RODRIGUEZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS ABG. LINDER L. LEZAMA ACUÑA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS P. 5393284 F.P. 14 JULIO S/.4.00 PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO EXP. 656-2016.- Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en solicitud de CARLOS CUEVA VILLANUEVA sobre SUCESION INTESTADA de SEGUNDO RUPERTO CUEVA AHUMADA se ha resuelto lo siguiente:

Resolución número UNO.- Cajamarca veintiocho de junio del dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de Sucesión Intestada interpuesta por CARLOS CUEVA VILLANUEVA sobre Declaración de Sucesión Intestada del causante SEGUNDO RUPERTO CUEVA AHUMADA, fallecido en la ciudad de Cajamarca, el día diez de mayo del año dos mil quince, solicitando se declare como herederos a CARLOS CUEVA VILLANUEVA, BENJAMIN CARLOS CUEVA VILLANUEVA, OLGA CUEVA VILLANUEVA, NATIVIDAD CUEVA VILLANUEVA, FAVIOLA CUEVA VILLANUEVA, BRIGIDA CUEVA VILLANUEVA, FRANCISCO CUEVA VILLANUEVA, NEPTALI CUEVA VILLANUEVA, YDUVINA CUEVA VILLANUEVA, JORGE CUEVA VILLANUEVA y AMALIA DEL SOCORRO CUEVA VILLANUEVA. Lo que se pone en conocimiento, a efectos de quien se considere heredero pueda apersonarse al proceso dentro del plazo de treinta días. Fdo. Burga Rabanal - Juez; Arríbasplata Ygnacio - Especialista Legal. Cajamarca, 06 de julio del 2016. P. 5397366 F.P. 14 JULIO S/4.00

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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RODRÍGUEZ SALAZ sobre nulidad de Documentos-Escritura Imperfecta. RESOLUCIÓN OCHO: Bolívar, quince de Octubre del dos mil quince-mediante EDICTOS, se notifica al demandado CESAR LEONIDAS BAZAN PRIETO a fin de que cumpla con contestar la demanda dentro del término de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de NOMBRARSE curador procesal en caso de incumplimiento. Publicándose un extracto de la presente Resolución por el espacio de TRES veces intervalos por tres días en el diario Oficial el Peruano y en el Periódico “La República’’. Bolívar, 15 Octubre del 2015. LUIS ALBERTO SÁNCHEZ LÓPEZ JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO DE BOLÍVAR CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA MARÍA CHACON DIAZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO BOLIVAR P. 5397375 F.P. 14-15-18 JULIO S/10.50

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de San Marcos, se viene tramitando el expediente signado con N° 0232016-C, en el cual se RESUELVE: RESOLUCION NUMERO DOS, de fecha veinticuatro de mayo del año dos mil dieciséis. ADMITIR a trámite en la vía de PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por LUISA BETSABE LESMA ALVARADO contra EUGENIO GOMEZ MEDINA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, TENGASE por OFRECIDOS los medios probatorios que indica en el escrito de demanda. CORRASE traslado de la demanda, anexos, escrito de subsanación y auto admisorio el demandado EUGENIO GOMEZ MEDINA, por el plazo de diez días a efecto de que absuelva el traslado de demanda, bajo apercibimiento en caso de no cumplir con ello dentro del plazo de ley, de declararle rebelde y seguirse el proceso en dicha condición. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario La República por el término perentorio de TRES días con un intervalo de un TRES cada publicación a fin de que quien se considere con derecho se apersone al presente proceso. NOTIFIQUESE. JOSÉ LUIS MORALES BOÑON JUEZ JUZGADO MIXTO SAN MARCOS ERLINDA GALVEZ MEJIA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO SAN MARCOS P.5390937 F.P.08-14-20 S/.10.50

EDICTO EXPEDIENTE: 00581-2015- 0-0601 -JR-CI-03 JUEZ: DR. WILLIMAS VENTURA PADILLA. SECRETARIO: ABOGADO. CESAR JOEL ESTRADA JULON. MATERIA : OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA. Ante el Tercer Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, Juez Williams Ventura Padilla, y Secretario Judicial Cesar Joel Estrada Julón, en el Proceso seguido por El Banco Financiero del Perú, en contra de Limay Huamán Elizabeth, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero. Se publica lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO, del veinticuatro de junio del año en curso, SE RESUELVE: NOTIFICAR a los demandados Giovana Elizabeth Limay Huamán, mediante edictos, a fin de que ésta tome conocimiento de la demanda instaurada en su contra, a efectos de que en el plazo de quince días de notificado se apersone al proceso contestando la demanda bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y continuar el proceso de acuerdo a su estadio; en consecuencia PUBLÍQUESE un extracto de la presente demanda y la resolución en comento por tres días con intervalo de tres en el diario oficial “La República”. Cajamarca, 06 de Julio del 2016 WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA CESAR JOEL ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P. 5392082 F.P. 08-14-20 JULIO S/. 12.00

EDICTO Ante el Juzgado Civil, signado con el número de. N° 2015-006-1401JX01C, sobre Nulidad de Documentos -Escritura Imperfecta en contra de CESAR LEONIDAS BAZAN; se ha proveído lo siguiente; RESOLUCIÓN NUMERO TRES de fecha 26 de Junio del 2015, Admitir a trámite la presente demanda en la Vía de Proceso de Conocimiento seguida por JAVIER NAPOLEON BAZAN ALVAREZ contra MARTÍN ALEJANDRO ESPEJO IPARRAGUIRRE, CESAR LEONIDAS BAZÁN PRIETO y JOSÉ MERCEDES

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°00121-2016-0-0610JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente a la persona de: NILTON SAMUEL CABRERA ALTAMIRANO con DNI N° 27427294, mediante resolución número uno se requiere al acusado, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con designar un abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designar un abogado de la Defensoría Pública para

3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

4.EDICTOS PENALES

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

que asuma la defensa técnica del acusado, por la presunta comisión del delito de INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en agravio de ONEIDA FLOR DIAZ FERNANDEZ. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. QUIROZ: ESPECIALISTA JUDICIAL. Chota, 17 de Junio del 2 016. F.P.12-13-14 JULIO

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 0036-2016-0-0610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente a la persona de: GONZALO IRIGOIN REGALADO, con DNI N° 41611532, mediante resolución número uno se requiere al acusado, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con designar un abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designar un abogado de la Defensoría Pública para que asuma la defensa técnica del acusado, por la presunta comisión del delito de INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en agravio de DAMARIS MARICELI IRIGOIN GUEVARA. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. QUIROZ: ESPECIALISTA JUDICIAL. Chota, 17 de Junio del 2 016. F.P. 12-13-14 JULIO. EDICTO Exp. N° 1777-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza a: GREGORIO ALCANTARA MANTILLA SE HA DADO DADO CUENTA con el requerimiento acusatorio presentado por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, que dio origen a la presente carpeta; y, siendo que de la revisión del requerimiento acusatorio y de la carpeta fiscal que se acompaña, se puede advertir que se desconoce el lugar donde se encuentra el acusado GREGORIO ALCÁNTARA MANTILLA asimismo, no contaría con un abogado defensor que ejerza su defensa técnica en el presente proceso, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento acusatorio, REQUIÉRASE al acusado cumpla en el plazo de tres días hábiles con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público a fin de que ejerza su defensa técnica; debiendo para tal efecto, ser notificado VÍA EDICTOS en el diario oficial de esta Corte Superior de Justicia, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto de la presente resolución; OFÍCIESE con tal. Cajamarca, 10 de junio del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACIÓN PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 12-13-14 JULIO EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: DIANA MONTENEGRO MESONES Expediente N° 1405-2014-10601-JR-PE-02. RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día CATORCE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS

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TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número DOS (02)- ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Segundo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra LUCIO EUGENIO MENDOZA SAAVEDRA, como presunto autor del delito contra la Administración Pública, en su figura Peculado Doloso; REQUERIR a las partes asistir con quince minutos de anticipación para su acreditación correspondiente; así como se solicita a los abogados defensores presentar su certificación de habilitación profesional y sus respectivas medallas. Bajo apercibimiento para el imputado de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos contra por el delito de Peculado Doloso, Suscribe el señor Juez: Santos Luis Vásquez Plasencia, y el especialista judicial: Diana Montenegro Mesones. F.P. 12-13-14 julio

EDICTO PENAL CUATRO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA Exp. 0726-2015-1-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las TRES Y TREINTA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número uno (01), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicada en la Avenida La cantuta cuadra 12, Urbanización Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado GERARDO FLORENTINO RAMIREZ RODRIGUEZ, concurrir obligatoriamente bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito Contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar; en agravio de Rodrigo Ramirez Castrejon. NOTIFÍQUESE.- Suscribe el Señor Juez Santos Vásquez Plasencia y Especialista Judicial Diana Montenegro Mesones. F.P. 12-13-14 JULIO EDICTO PENAL -TERCER JUZGADO PENAL DE UNIPERSIONAL DE CAJAMARCA. - ESPECIALISTA DE JUDICIAL: Juan Briones Álvarez EXP: 822-2016-1. SE RESUELVE: I.- CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- Octavo Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. SE DISPONE: NOTIFICAR al acusado JOSE HECTOR GALVEZ ORTIZ; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inasistencia injustificada, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En el presente proceso seguido en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de ROYTER GALVEZ VASÜÜEZ. Suscribe el señor Juez Leoncio Cachi Ramírez y especialista judicial

Juan Briones Álvarez. F.P. 12-13-14 JULIO

EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL DE UNIPERSIONAL DE CAJAMARCA. ESPECIALISTA DE JUDICIAL: Juan Briones Álvarez EXP: 334-20I6-1. SE RESUELVE: I.- CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE CON CUARENTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado, ubicada en la Av. La Cantuta Cuadra 12- Octavo Pisa - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. SE DISPONE: NOTIFICAR al acusado HERLIN NOE SANCHEZ CHAVEZ; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inasistencia injustificada, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En el presente proceso seguido en su contra por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad en agravio de La Sociedad. Suscribe el señor Juez Leoncio Cachi Ramírez y especialista judicial Juan Briones Álvarez. F.P. 12-13-14 JULIO EDICTD PENAL TERCER JUZGADO PENAL DE UNIPERSIONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE JUDICIAL: Juan Briones Álvarez EXP: 900-20I6-1. SE RESUELVE: I.- CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DIECIOCHO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ CON VEINTE MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- Octavo Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. SE DISPONE: NOTIFICAR al acusado RAMON ÑONTOL CHAUPE; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inasistencia injustificada, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archiva provisional del proceso. En el presente proceso seguido en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Wilmer Ñontol Calderón. Suscribe el señor Juez Leoncio Cachi Ramírez y especialista judicial Juan Briones Álvarez. F.P. 12-13-14 JULIO.

EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL DE UNIPERSIONAL OE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE JUDICIAL: Juan Briones Álvarez EXP: 70B-Z0IB-I. SE RESUELVE: I.- CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DIECIOCHO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- Octavo Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca SE DISPONE: NOTIFICAR al acusado JOSE WILMER HERNANDEZ BECERRA; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inasistencia injustificada, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archiva provisional del proceso. En el presente proceso seguido en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de Jeny Hernández Becerra. Suscribe el señor Juez Leoncio Cachi Ramírez y especialista judicial Juan Briones Álvarez.

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV F.P. 12-13-14 JULIO.

EDICTO PENAL -TERCER JUZGADO PENAL DE UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE JUDICIAL: Juan Briones Álvarez EXP: 1060-2016-I. SE RESUELVE: I.- CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DIECINUEVE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgada Colegiado, ubicada en la Av. La Cantuta Cuadra IZ- Octavo Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca SE DISPONE: NOTIFICAR al acusado JORGE LUIS SALAZAR TUCTO; bajo apercibimiento de ser declarada CONTUMAZ en caso de inasistencia injustificada, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En el presente proceso seguido en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de EDWIN VASQOEZ SALAZAR. Suscribe el señor Juez Leoncio Cachi Ramírez y especialista judicial Juan Briones Álvarez. F.P. 12-13-14 JULIO. EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL DE UNIPERSIONAL OE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE JUDICIAL: Juan Briones Álvarez EXP: 706-2016-I. SE RESUELVE: I.- CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DIECIOCHO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- Octavo Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca SE DISPONE: NOTIFICAR al acusado JOSE WILMER HERNANDEZ BECERRA; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inasistencia injustificada, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archiva provisional del proceso. En el presente proceso seguido en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de Jeny Hernández Becerra. Suscribe el señor Juez Leoncio Cachi Ramírez y especialista judicial Juan Briones Álvarez. F.P. 12-13-14 JULIO.

EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 0100-2011-F JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE TACABAMBA - CHOTA SECRETARIA: KATHYA DEL MILAGROS GUEVARA AQUINO. Se emplaza a JOSE IDROGO BUSTAMANTE, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, con la resolución número DIECINUEVE, (DECLARAR DE OFICIO CONSENTIDA) en la cual SE RESUELVE: DECLARAR DE OFICIO CONSENTIDA la sentencia número DOS - DOS MIL QUINCE - F, contenida en la resolución número trece, su fecha veinte de enero del año dos mil quince, dictada en autos, que obra de folios noventa y uno a noventa y siete; por consiguiente, en ejecución de la misma, REQUIÉRASELE al demandado JOSE IDROGO BUSTAMANTE, para que dentro del plazo respectivo, CUMPLA con cancelar el porcentaje de alimentos ascendente a la suma de CUATROSCIENTOS NUEVOS SOLES, a favor de sus hijos en proporción de CIEN NUEVOS SOLES a favor de José Roñal Idrogo Paredes (17); NOVENTA NUEVOS SOLES a favor de Flor Luzveli Idrogo Paredes (13); OCHENTA NUEVOS SOLES a favor de Richar Noé Idrogo Pa-

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE redes (10); SETENTA NUEVOS SOLES a favor de Rut Idrogo Paredes (03) y SESENTA NUEVOS SOLES a favor de Roxana Idrogo Paredes (01), en forma mensual y adelantada, la misma que se computara desde el día siguiente de la notificación de la demanda, dinero que deberá depositarlo en el Banco de la Nación, a nombre de la demandante y a la orden de este Juzgado o en una cuenta de ahorros; bajo apercibimiento de ley en caso de incumplimiento, asimismo notifíquese al demandado en su domicilio real y por edictos por el plazo de tres días consecutivos en el diario la República: AVOQUESE al presente proceso al Juez de este Juzgado, quien suscribe por mandato Superior NOTIFÍQUESE a quienes corresponda. FRANCISCO J. BENAVIDES CARRANZA JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMABA- CHOTA KATHYA DEL MILAGROS GUEVARA AQUINO SECRETARIA JUDICAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMABA- CHOTA F.P. 12-13-14 JULIO. EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2016-153-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por DILEMA CHAVEZ ROJAS, contra HEYSSEN HUMBERTO ECHEVERRIA VERGARAY sobre Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar - Maltrato Psicológico, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO DOS, que RESUELVE: REPROGRAMESE la Audiencia Oral para el día 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2016, A LAS 09:45 MINUTOS DE LA MAÑANA, (HORA EXACTA) en el local del juzgado ubicado en la esquina de la Av. Túpac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín, para la emisión de la resolución correspondiente; NOTIFIQUESE a la agraviada y al denunciado con un extracto de la resolución número uno y la presente resolución; los mismos que se publicarán en el Diario Oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, que RESUELVE: TÉNGASE por RECEPCIONADO los actuados que se indican, en aplicación de la Ley N° 30364 «Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar», publicada el 23 de Noviembre del 2015, y de conformidad con los establecido en el artículo 16° de la referida Ley; SEÑALESE fecha para la Audiencia Oral, el día MARTES 21 DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS 10:45 MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en el local del juzgado ubicado en la esquina de la Av. Túpac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín. Para la emisión de la resolución correspondiente. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 12-13-14 JULIO

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 57-2014 ( 190 -2015- JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: SANTOS ANGELO MIRANDA TORRES Para hacer de su conocimiento que por resolución número siete de fecha cuatro de julio del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Santos Angelo Miranda Torres, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que la citada acusada sea ubicada y capturada; DESIGNANDOSE como

Jueves, 14 de julio del 2016 

su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición de la acusada contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones graves, en agravio de Rosendo Pizarro Encarnación.Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA F.P.12-13-14 JULIO

EDICTO PENAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION DE FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CONTUMAZA ESPECIALISTA JUDICIAL: ROXANA ALVAN ZAMORA EXP. N° 058-2015-0 RESOLUCION N° UNO de fecha diez de marzo del 2016; SE RESUELVE: 1.- declarar ADMITIR A TRAMITE la solicitud de constitución en actor civil presentada por la Procuradoria Publica Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios. RESOLUCION N° DOS de fecha 05 de abril del 2016; SE RESUELVE: 1.- CORRASE traslado del requerimiento de constitución en actor civil a los sujetos procesales apersonados a la presente causa por el plazo de tres días hábiles. 2.- REQUERASE a los investigados señalados en el presente scrito, para que en el presente plazo de DOS DIAS de notificado con la presente señalen domicilios procesal dentro del radio urbano, bajo apercibimiento de tenerse por notificadas las resoluciones que expida este Despacho. RESOLUCION N° OCHO de fecha 17 de junio del 2016; SE RESUELVE: 1.- NOTIFIQUESE VIA EDICTO al investigado FELIX ENRIQUE PRETELL RUIZ, en los seguidos contra Félix Enrique Pretell Ruiz, por el delito de Colusión Simple. Suscribe el señor Juez Rony Alex Mejía Portal y Especialista Judicial Roxana Alvan Zamora. F.P. (13,14 y 15 – Julio)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00121-2016-0-0610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente a la persona de: NILTON SAMUEL CABRERA ALTAMIRANO con DNI N° 27427294, mediante resolución número uno se requiere al acusado, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con designar un abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designar un abogado de la Defensoría Pública para que asuma la defensa técnica del acusado, por la presunta comisión del delito de INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en agravio de ONEIDA FLOR DIAZ FERNANDEZ. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. QUIROZ: ESPECIALISTA JUDICIAL. Chota, 17 de Junio del 2 016. F.P. (13,14 y 15 – Julio) EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MARCOS Exp. N° 123-2015-0 Juez: CABRERA SE EMPLAZA: ALEJANDRO ELMER JARA QUIROZ, en la presente investigación seguida en su contra por la presunta comisión del delito contra

la Familia en la modalidad de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de su menor hijo Geiser Marco Jara Vega, mediante resolución número uno de fecha veintitrés de diciembre del dos mil quince, SE RESUELVE: CÓRRER TRASLADO DE LA ACUSACIÓN, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal; TÉNGASE presente que el acusado deberá designar abogado defensor de su libre elección, en el plazo de VEINTICUATRO HORAS de notificado con la presente bajo apercibimiento, de nombrársele Defensor Público. San Marcos, 08 de Junio del 2016. Especialista: GÓMEZ F.P. 13-14-15 JULIO EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL DE UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE JUDICIAL: Juan Briones Álvarez EXP: 1161-2016-1. SE RESUELVE: I.- CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTIDOS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS. A LAS NUEVE Y VEINTE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado, ubicada en la Av. La Cantuta Cuadra 12- Octava Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca SE DISPONE: NOTIFICAR al acusado EDWAR WINER CIEZA VERASTEGUI; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inasistencia injustificada, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del procesa. En el presente proceso seguido en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de KEYLER CIEZA LOPEZ. Suscribe el señor Juez Leoncio Cachi Ramírez y especialista judicial Juan Brianes Álvarez. F.P. 14-15-18 JULIO

EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL DE UNIPERSIONAL DE CAJAMARCA. – ESPECIALISTA DE JUDICIAL: Juan Briones Álvarez EXP: 982-2016-1. SE RESUELVE: I.- CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTIDOS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- Octavo Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca SE DISPONE: NOTIFICAR al acusado ROBERTO ALEJANDRO TINGAL VERA; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inasistencia injustificada, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En el presente proceso seguido en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de RODRIGO TINGAL RAMIREZ. Suscribe el señor Juez Leoncio Cachi Ramírez y especialista judicial Juan Briones Álvarez. F.P. 14-15-18 JULIO EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 13-2016-0-JIPTEMCSJCA-PJ (Cuaderno de Acusación Directa). Se emplaza al imputado: CELSO PAREDES IZQUIERDO con la Resolución N° Uno, que resuelve: REQUIÉRASE al imputado Celso Paredes Izquierdo para que en el plazo de UN DIA DE NOTIFICADO, cumpla con designar abogado

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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defensor de su libre elección, a efectos de que ejerza su defensa técnica, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento a fin de cautelar su derecho de defensa de designarse al defensor público de la Provincia de Contumazá. Con la Resolución N° Tres, que resuelve: Atendiendo a lo requerido por la representante del Ministerio Público, y a efectos de no causar indefensión a ninguna de las partes procesales, NOTIFIQUESE al investigado Celso Paredes Izquierdo mediante EDICTOS JUDICIALES en el Diario Oficial «La República», por el lapso de TRES DIAS hábiles consecutivos, al desconocerse su domicilio actual, con todas las resoluciones que se emitan por este despacho. Rony Alex Mejía Portal Juez supernumerario JUZGADO DE INEVESTIGACIO F.P. 14-15-18 JULIO EDICTO PENAL Exp. N° 2016-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza a los agraviados: TELMO CERQUIN MARQUINA FELIPE VASQUEZ MALAVER GENARO ALVARADO VILLANUEVA SE HA DADO CUENTA con el presente proceso; y, apareciendo de autos que desde el mes de marzo de 2016 no ha sido devuelta la constancia de notificación dirigida al agraviado Genaro Alvarado Villanueva, con la resolución número CUATRO a su domicilio real consignado en el requerimiento fiscal, dado al tiempo trascurrido y conforme a su estado: REQUIÉRASE al Coordinador de la Central de Notificaciones de ésta sede Judicial cumpla en el PLAZO DE CUARENTA Y OCHO HORAS, con INFORMAR sobre el estado de la indicada cédula de notificación; así como de las medidas que su Jefatura ha tomado para el recojo y devolución de la citada cedula de notificación; bajo apercibimiento de informar tal circunstancia y/o incumplimiento del Mandato Judicial, a la Oficina de la ODECMA, la Administración de esta Corte Superior de Justicia, sin perjuicio de ello notifíquese al agraviado vía edictos a fin de no dilatar más el proceso; asimismo teniéndose en cuenta la devolución de la cedula de notificación destinada a los agraviados Telmo Cerquin Marquina y Felipe Vásquez Malaver; y advirtiéndose de la razón emitida por el señor notificador judicial quien indica lo siguiente: “(…) no se posible ubicar los domicilios de los destinatarios (…)”; en consecuencia, a fin de no dejar en estado de indefensión a los agraviados y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 128° del Código Procesal Penal, que a su tenor indica: “(…)Cuando se ignore el lugar donde se encuentra la persona que deba ser notificada, la resolución se hará saber por edicto(…)”: DISPONGASE la notificación de los agraviados TELMO CERQUIN MARQUINA, FELIPE VÁSQUEZ MALAVER y GENARO ALVARADO VILLANUEVA por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “La República” por el lapso de tres días, con el extracto de la resolución número CUATRO que corre traslado a las partes procesales por el término de diez días hábiles a efectos de que puedan presentar sus informes escritos y debidamente fundamentados, respecto al requerimiento de acusación penal en el cual el representante del Ministerio Público solicita la pena un año de pena privativa de libertad así como el pago por concepto de reparación civil; OFÍCIESE con tal Cajamarca, 20 de junio del 2016. F.P. 14-15-18 julio

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ueves, 14 de del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Jueves,J14 de julio deljulio 2016 

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

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del 2016 S/. 0.01 INC. Jueves, 14 de julioJueves, 14 de julio del 2016  PRECIO POR PALABRA:PRECIO POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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ueves, 14 de del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Jueves,J14 de julio deljulio 2016 

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

Desde el 24 de julio de 2016 hasta el 23 de febrero de 2017

JUZGADO AMPLÍA POR SIETE MESES PRISIÓN PREVENTIVA DE GREGORIO SANTOS

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agistrada valoró complejidad del proceso y el peligro de fuga y obstaculización de la investigación por parte del acusado El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, a cargo de la jueza Zaida Pérez Escalante, dispuso la prolongación de la medida de prisión preventiva por siete meses del suspendido presidente regional de Cajamarca, Gregorio Santos Guerrero. El fallo indica que esta nueva ampliación de la medida se computará desde el 24 de julio de 2016 hasta el 23 de febrero de 2017. La magistrada dispuso que se comunique la decisión al director del establecimiento penal Ancón I, donde se encuentra recluido dicho investigado, así como a la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), a fin de que cumplan con el mandato judicial. En su resolución, la doctora Pérez Escalante señala que en este caso se cumplen los requisitos para disponer la prolongación de la prisión preventiva por siete meses hasta

completar los 18 meses, que establece el artículo 274.1 del Código Procesal Penal para procesos complejos.

rar al acusado con mandato de prisión preventiva hasta que se resuelva su situación jurídica en juicio oral.

Cabe indicar que Santos Guerrero se encuentra detenido desde el 25 de junio de 2014 en cumplimiento de una orden de prisión preventiva por 14 meses que se cumplió en agosto de 2015. A partir de esta fecha se le dictó la primera prolongación por 11 meses que se cumple el 24 de julio próximo. A este plazo, se sumarán los siete meses aprobados por la magistrada.

Asimismo, considera que continúa el peligro de fuga detectado inicialmente, debido a la pena grave de 24 años de pena privativa libertad que se le impondría, de acuerdo con el requerimiento formulado por el Ministerio Público.

La jueza fundamenta su fallo en el hecho de que el proceso se encuentra en la fase intermedia de control de acusación, la cual está demandando un tiempo mayor al previsto debido a su complejidad, por lo que resulta necesario asegu-

La doctora Pérez Escalante señala, además, que aún existe el peligro de obstaculización de la actividad probatoria por parte de Santos Guerrero, porque a pesar de estar en la cárcel mantiene injerencia en el Gobierno Regional de Cajamarca. Lima, 13 de julio de 2016