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Visto, el expediente N° 15-71922-001 que contiene la Nota Informativa N° 4242015-DIGEMID-DG-EA/MINSA, emitida por el Director General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: A. Velásquez

Que, en la ciudad de Cebú, República de Filipinas, se llevará a cabo el Programa de Entrenamiento APEC — LSIF sobre "Integridad Global de Productos Médicos y Seguridad en la Cadena de Suministros", del 24 al 28 de agosto de 2015; Que, mediante comunicaciones de fechas 16 y 17 de julio de 2015, el Director del Centro de Armonización APEC del Ministerio de Salud de Alimentos y Medicamentos de la República de Corea, invita a las Químicas Farmacéuticas Rosario del Pilar Hurtado Castillo, María Jesús Elías Falcón y Paola Geraldine Gavilán Massa, como representantes del Ministerio de Salud, a participar en el mencionado evento; Que, el citado evento tiene como objetivo promover la participación global en el desarrollo de prácticas regulatorias que mitigarán el movimiento en el comercio internacional de productos médicos de calidad subestándar, espurios, de etiquetado engañoso, falsificados o de imitación; Que, con el documento de visto, el Director General de Medicamentos, Insumos y Drogas solicita se autorice el viaje de las Químicas Farmacéuticas Rosario del Pilar Hurtado Castillo, María Jesús Elías Falcón y Paola Geraldine Gavilán Massa, profesionales de la citada Dirección General, para participar en el evento antes indicado, señalando que el Centro de Armonización APEC asumirá los gastos de participación correspondientes; Que, mediante Informe N° 254-2015-EGCODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, señala que la participación de las citadas profesionales se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasionará gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección del Ministerio de Salud;

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Que, el artículo 11° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarlos públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los objetivos del evento antes señalado, resulta de interés institucional autorizar el viaje de las citadas servidoras; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Secretaria General, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de las Químicas Farmacéuticas Rosario del Pilar Hurtado Castillo, María Jesús Elías Falcón y Paola Geraldine Gavilán Massa, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad de Cebú, República de Filipinas, del 22 al 30 de agosto de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2- Disponer que las Químicas Farmacéuticas Rosario del Pilar Hurtado Castillo, María Jesús Elías Falcón y Paola Geraldine Gavilán Massa, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno, remitan a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirán. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. 'S. RU17 Z.

Regístrese y comuníquese.

ANÍBAL VELÁSQ EZ • LDIVIA MINISTRO DE SALUD