DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO

radio urbano de esta ciudad, bajo apercibimiento de nom- brárseles curador procesal en ...... de iniciales B.M.CL. Suscribe la señora Juez: Ana Mardely Pa-.
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Lunes, 13 de julio del 2015

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AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

1. REMATES REMATE BIENES INMUEBLES

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO JUDICIAL.Expediente Nº 192-2012.- Por disposición del Sr. Juez del Primer Juagado Civil de Cajamarca- Sede Qhapaq Ñan: Dr. ROGER MENDOZA HERRERA y Secretario Judicial JOSE ANDRES CARRASCO HUACCHA, en los Autos seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO RONDESA con SEGUNDO MEDINA CULQUI y TEODOLINDA DURAN VERA, con intervención del Martillero Publico Don JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS de Registro Profesional Nacional Noventa y cinco, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, del: Predio denominado “SIERRA MORENA», Parcela N° 21361, con un Área de 4.10 Hectáreas, del Distrito de La Encañada, Provincia y Departamento de Cajamarca.- El Inmueble colinda por el NORTE con la Parcela Nº 21356 de Julio Manuel Duran Vera, por el SUR con la Parcela N° 412, de Rogelio Culqui Sánchez, por el ESTE, con los Terrenos privados de Segundo Medina Culqui y con la propiedad de Julio Manuel Duran Vera, teniendo de por medio un camino de Herradura y un cerco natural, por el OESTE con la Parcela N° 21360, de Alejandro Duran Vera y con la Parcela N° 21357 de María Angélica Duran Vera).- El Inmueble descrito se encuentra debidamente inscrito en la Partida N° 02280795 (Que continua de la Ficha N° 23528)- Zona Registral N° II, Sede ChiclayoOficina Registral CajamarcaSUNARP.Con una VALORIZACION CONVENCIONAL (Tasación) de US$ 24,000.00 (Veinticuatro mil y 00/100 Dólares Americanos y con un PRECIO BASE de REMATE (deducido conforme a ley) de: US$ 16,000.00 (Dieciséis mil y 00/100 Dólares Americanos) GRAVAMENES y CARGAS: 1) HIPOTECA.- Primera y Preferencial por tiempo indefinido, a favor de RONDESA (Asiento d

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PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

2 de la Ficha N° 23528- Partida N° 02280795).DIA y HORA DEL REMATE: El de 17 Julio del 2015, a las 12.00 del mediodía.LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado, sito en Av. La Cantuta S/N, Lote 2, de la Urbanización Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapaq Ñan - Cajamarca.POSTORES: Oblarán (Garantía) el 10 % de la Tasación en efectivo o Cheque de Gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de expediente, Juzgado y DNI/RUC),- Los honorarios del Martillero Público serán por cuenta del Adjudicatario, Arancel vigente más 18 % dé I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.)Int.: # 998084468-994892295.JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS- Martillero Publico- Registro Nacional N° 95JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS MARTILLERO PÚBLICO TELF. 998084468 JOSE ANDRES CARRASCO HUACCHA SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA P. 4828810 F.P. 06-07-08-09-10-13 Julio S/. 30.00 PRIMER REMATE JUDICIAL (Exp. 546-2011-0-1706-JR-CO-08) Proceso seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. contra Elias Barboza Gonzales, sobre ejecución de garantías, el Juez, doctor Sandro Omar Aguilar Gaitán que despacha en el OCTAVO JUZGADO CIVIL SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL de CHICLAYO, con intervención del Especialista Legal, doctor Fabricio Carbajal Bravo, ha convocado a PRIMER remate de: BIEN A REMATAR: Inmueble ubicado en urbanización Santa Eulalia, jirón Inocencio Consanchillon 125, manzana 62, lote 5, departamento de Cajamarca, provincia y distrito de Chota, inscrito en la partida electrónica N° P36000421 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II, SUNARP sede Chiclayo, inscrito en la actualidad a nombre de César

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Augusto Rubio Barboza. TASACIÓN: US$ 33,094.20 BASE DE REMATE: US$ 22,062.80 GRAVÁMENES: 1) Hipoteca a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C, hasta por la suma de US$ 21,251.81 (Asiento 00004); 2) Hipoteca a favor de Bánco de Crédito del Perú, hasta por la suma de US$ 60,540.96 (Asiento 00007); 3) Embargo a favor de Caja Rural de Ahorro y Crédito Cajamarca, hasta por la suma de S/ 30,000.00, ordenado en el expediente 2019-2011 del segundo juzgado de paz letrado de Cajamarca (Asiento 00008). MARTILLERO PÚBLICO DESIGNADO: Roderick Hudson Galdos Ojeda con registro N° 117 quien en mérito a la facultad concedida por el Juzgado ha señalado lugar día y hora para el remate en PRIMER convocatoria. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en calle San José N° 1052, Cercado, Chiclayo. DÍA DEL REMATE: Veintitrés de julio del 2015. HORA DEL REMATE: Quince horas. REQUISITOS PARA SER POSTOR: Entregar al Martillero Público, antes del remate: 1) No menos del 10% del valor de tasación en efectivo o en cheque de gerencia negociable girado a nombre del postor, en calidad de depósito. 2) Arancel por derecho a participar en remate judicial, adquirido o habilitado con el número de expediente y de D.N.I. o RUC del postor. 3) Las personas jurídicas, por medio de sus representantes presentarán copia del RUC y vigencia de poder de quien la representará en el acto de remate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con lo previsto por el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Chiclayo 13 de mayo del 2015. Roderick Hudson Galdos Ojeda Martillero Público, registro Nº 117 Telf. 958 166858, 958 442736 & *850245 Fabrizio Carbajal Bravo ESPECIALIZTA LEGAL

8º Juzgado Civil – Sub Especializado Comercial PODER JUDICIAL P. 4832159 F.P. 8-9-10-13-14-15 Julio. S/. 36.00

2.EDICTOS CLASIFICADOS

INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS EDICTO JUDICIAL Exp. N° 047-2015 -C, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de San Marcos, por JORGE HUGO OSPINO QUIROZ, quien solicita la rectificación de su partida de Nacimiento; en el cual se resuelve lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.San Marcos, cuatro de junio del dos mil quince, se RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía de proceso no contencioso la solicitud de rectificación de partida de Nacimiento interpuesta por JORGE HUGO OSPINO QUIROZ, quien solicita: a),- Que en la parte principal y marginal de partida se rectifique los datos del padre del titular, apreciándose de manera incorrecta como “Pedro Gilberto Ospino”, siendo lo correcto “Pedro Gilberto Ospino Novoa”; b).- En la parte principal de la partida se aclare el segundo prenombre de la madre del titular, siendo lo correcto “Nazaria”, c) En la parte principal se aclare el año de nacimiento del titular, al haberse consignado ilegiblemente, debiendo ser lo correcto “mil novecientos treinta y cuatro”. Quedando subsistente los demás datos; habiéndose dispuesto la publicación del edicto en el diario “La República” por una sola vez, así como en la emisora radial “Chasqui Llacta” de esta ciudad, prescindiéndose de la audiencia de Actuación y Declaración Judicial. Lo que se pone a conocimiento para los fines de Ley.- Firmado. CABRERA.- Juez.- Firmado. LEZAMASecretario. ABSALON CABRERA RODRIGUEZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS LUNDER LEONCIO LEZAMA ACUÑA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO SAN MARCOS P. 4833995 F.P. 13 Julio S/. 4.00

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EDICTO JUDICIAL Exp. N° 053-2015 -C, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de San Marcos, por NOEMÍ MUÑOZ JARA, quien solicita la rectificación de su partida de Nacimiento; en el cual se resuelve lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.San Marcos, dieciocho de junio del dos mil quince, se RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía de proceso no contencioso la solicitud de rectificación de partida de Nacimiento interpuesta por NOEMÍ MUÑOZ JARA, quien solicita: a).- Que en la parte principal y marginal de partida se rectifique el primer prenombre de titular, apreciándose de manera incorrecta como “Neomí”, siendo lo correcto “Noemí”; b).- En la parte principal de la partida se aclare los datos del padre de la titular por haberse consignado con borrón y/o enmendadura, siendo lo correcto “José Emilio Muñoz Rodríguez”, c) En la parte principal se aclare el domicilio de los padres de la titula, al haberse consignado ilegiblemente, debiendo ser lo correcto “Caruaconga”. Quedando subsistente los demás datos; habiéndose dispuesto la publicación del edicto en el diario “La República” por una sola vez, así como en la emisora radial “Chasqui Llacta” de esta ciudad, prescindiéndose de la audiencia de Actuación y Declaración Judicial. Lo que se pone a conocimiento para los fines de Ley.- Firmado. CABRERA-Juez.- Firmado. LEZAMASecretario. ABSALON CABRERA RODRIGUEZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS LUNDER LEONCIO LEZAMA ACUÑA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO SAN MARCOS P. 4833995 F.P. 13 Julio S/. 4.00 Prescripción Adquisitiva EDICTO JUDICIAL PROCESO CIVIL N° 00629-20150-0601-2015. seguido por LIDIA MARIA AQUINO PEREZ, por derecho propio y en representación de sus hermanos Amelia Aquino de Soria, Serafín Wilfredo Aquino Pérez y Segundo Antonio Aquino Pérez, contra LA DIRECCIÓN REGIONAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, sobre PRESCRIPCION AD-

QUISITIVA DE DOMINIO CON RECTIFICACIÓN DE ÁREAS Y LINDEROS, en la vía Proceso Abreviado, ante el Primer Juzgado Civil de Cajamarca, en el cual se ha dispuesto mediante Resolución N° UNO de fecha quince de junio del dos mil quince, se publique un extracto de la presente demanda, auto que resuelve lo siguiente: ADMITIR a trámite la presente demanda interpuesta por LIDIA MARÍA AQUINO PÉREZ, quien actúa en derecho propio y en representación de sus hermanos Amelia Aquino de Soria, Serafín Wilfredo Aquino Pérez y Segundo Antonio Aquino Pérez sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CON RECTIFICACIÓN DE AREAS Y LINDEROS, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO; en consecuencia TRASLADO de la demanda y sus anexos a LA DIRECCIÓN REGIONAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA; por el plazo de DIEZ DIAS para que contesta la demanda, bajo apercibimiento de declarárseles rebelde, y PUBLIQUESE un extracto de la demanda por tres veces en el diario Oficial El Peruano y en el Diario “La República” de esta ciudad, con un intervalo de tres días cada uno, conforme lo dispone el Artículo 506 del Código Procesal Civil; NOTIFIQUESE conforme a ley. Roger Mendoza Herrera, Juez del Primer Juzgado Especializado Civil de Cajamarca. Silvia Marianela Jara Sánchez, Secretaria Judicial. Cajamarca, 01 de Julio del 2015. ROGER MENDOZA HERRERA JUEZ PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA SILVIA MARIANELA JARA SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P. 4829320 F.P. 07-13-17 Julio S/. 15.00 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 2015-198-C Juzgado Especializado Civil Permanente de la Provincia de Chota. En solicitud de JOSÉ TEODORO CARRANZA ESTELA; RESOLUCION NÚMERO UNO.- Chota, veintiuno de abril del dos mil quince. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JOSÉ

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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TEODORO CARRANZA ESTELA contra SUCESIÓN DE CARLOS SIMÓN OREZZOLI REVOREDO y SEGUNDO PEDRO VÁSQUEZ LINARES sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO en la vía de proceso Abreviado. (...) TRASLADOO a la parte demandada por el término improrrogable de DIEZ DÍAS ( ..) PUBLIQUESE una síntesis de la solicitud por tres veces con intervalo de tres días en los diarios El Peruano y La República. Chota, 21 de Mayo del 2015. Segundo J. Huaman Carrasco JUEZ JUZGADO CIVIL PERMANENTE CHOTA Abg. DELMER ANTONIO JONDEC MEJIA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CHOTA P.4833387 F.P. 13-17-23 Julio S/. 9.00 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA JUZGADO MIXTO BAÑOS DEL INCA PROCESO ABREVIADO Expediente Civil N° 00110-2015-0-0601-JM-CI-01, seguido por MARIN DE LA CRUZ PATRICIA MARGARITA Y MENDOZA TRIGOSO LESTER contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BAÑOS DEL INCA, NOVOA QUISPE MOISES, CORPUS CERQUI MANUELA, CABANILLAS QUISPE JORGE LUIS Y GALLARDO TORREL MIRIAN CAROLINA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ante el JUZGADO MIXTO DE BAÑOS DEL INCA, ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION N° UNO.- Baños del Inca, 15 de mayo del año dos mil quince, RESUELVE: A) DECLARAR FUNDADA LA SUCESION PROCESAL solicitada por la parte demandante, entendiéndose de hoy en adelante como demandados a ROSA MORONIZATO HIJA DE VIGO Y HECTOR HERMANDO VIGO ZEVALLOS, B) NOTIFIQUESE mediante EDICTOS a los demandados, los mismos que contendrán una síntesis del admisorio de demanda y se publicara en los diarios Oficial “El Peruano” y “La República”, por espacio de tres veces con intervalo de tres días, en la tablilla del Juzgado, para que en el plazo de CUARENTA Y CINCO DIAS se apersonen al proceso acreditando su condición y hagan valer sus derecho que de ella emanen, señalando además

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domicilio procesal dentro del radio urbano de esta ciudad, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal en caso de no apersonarse al proceso, C) REQUIERASE a 1 parte demandante prestar las facilidades para 1 publicación de los edictos correspondientes, D) EXCLUYASE del proceso a la demandada gallardo Torrel Miriam Carolina. E) al escrito del demandante, ESTESE a los resuelto en autos. PUBLIQUESE mediante edictos. JUEZ: Dra. Torees SECRETARIO: MALCA P.4833820 F.P. 13-17-23 Julio. S/. 15.00 EDICTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca, que despacha la Dra. FANNY ZULETTY TORRES VILLVICENCIO, se viene tramitando el Proceso N° 00037-2015-0-0605-JP-CI-01, en donde se ha resuelto lo siguiente: Bambamarca, seis de julio del año dos mil quince, RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: ADMITIR a trámite en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO la demanda interpuesta por EMMA ISABEL PAREDES VILLANUEVA, sobre SUCESIÓN INTESTADA del causante VILIO ANTONIO RUÍZ DÍAZ, cuyo fallecimiento ha ocurrido el día 26 de noviembre del dos mil catorce, en el Jr. Miguel Grau N° 402 - Bambamarca; en consecuencia, PUBLIQUESE extracto de la demanda mediante Edicto en el Diario judicial “La República” y en el Diario Oficial “El Peruano”, así también en el cartel de avisos de este Juzgado y en la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, por el plazo de tres días en forma interdiaria. a fin de que aquellos que se consideran herederos del causante se apersonen al presente proceso dentro de los treinta días contados a partir de la última publicación; TENGASE por ofrecidos los medios probatorios ofrecidos, debiendo ser agregados a los autos para su merituación oportuna. REALÍCESE la anotación preventiva de la presente solicitud en las Oficinas de Registros Públicos de la ciudad de Chota; Asimismo, TENGASE por señalado su domicilio procesal en el Jr. 28 de Julio N° 265 de esta ciudad, lugar donde se lo notificará en adelante conforme a Ley. Lo que se hace de conocimiento público para los fines de Ley.

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LUIS ALBERTO AGUILAR VILLANUEVA - Secretario Judicial. FANNY Z. TORRES VILLAVICENCIO JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO HUALGAYOC – BAMBAMARCA Luis A. Aguilar Villanueva SECRETARIO JUDICIAL – JUZGADO PAZ LETRADO HUALGAYOC – BAMBAMARCA P. 4833872 F.P. 13-15-17 Julio. Sucesion Intestada EDICTO NO CONTENCIOSO Exp. N°. 504 - 2014, Ante El Juzgado de Paz Letrado de Celendín, en Solicitud de Francisco Javier Merino Abanto, sobre Sucesión intestada, se ha resuelto lo siguiente: Resolución UNO, de fecha cinco de junio del año dos mil quince, Admite demanda sobre Sucesión Intestada, de la que en vida fue: María Pascuala Abanto Rocha, fallecida el uno de octubre del año dos mil novecientos noventa y siete, teniendo como último domicilio en la ciudad de Celendín, SOLICITANDO se declaren Herederos conforme a la solicitud, a fin de que se apersonen, quienes crean tener vocación sucesoria del mencionado causante, Vía No Contencioso: Ordenándose: PUBLIQUESE, los edictos por el término de tres días hábiles, en los diarios: oficial El Peruano y la República, NOTIFIQUESE. JOSE MANUEL E. CORREA DIAZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN HELEN V. MARIÑAS SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – CELENDIN CAJAMARCA P.4833960 F.P. 13-14-15 Julio. S/.12.00

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NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la Doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2015-0425, seguido por Octavio Ríos Caruanambo, contra SAVINA SAUCEDO VASQUEZ, sobre Divorcio por Causal; el señor Juez ha expedido la Resolución número dos: Cajamarca, doce de junio de dos mil catorce: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la pretensión interpuesta por OCTAVIO RIOS CARUANAMBO, sobre Divorcio por

causal de Separación de Hecho por mas de cuatro años, debiendo sustanciarse en la via procedimental correspondiente al proceso de conocimiento, en consecuencia CONFIERASE traslado a la demandada SAVINA SAUCEDO VASQUEZ, y al representante del Ministerio Público, NOTIFIQUESE ala demandada SABINA SAUCEDO VASQUEZ mediante edictos; PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en los diarios “El Peruano” y “La República Publicaciones S.A”. CECILIA MONICA VELEZ CALDERON JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA GINO E. SALDAÑA CALDERON SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA P.4834192 F.P. 13-14-15 S/. 12.00

4.EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL Exp. N° 855-2013-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: TULECINDO QUISQUICHE ALVARADO, para que tome conocimiento del contenido de la resolución número diez, de fecha treinta de junio del dos mil quince, que cita a audiencia de requerimiento mixto en la investigación seguida contra Percy Tapia López y otro, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en su modalidad de extorsión en agravio de Tulecindo Quisquiche Alvarado; la misma que se realizará el día DIECISESEIS DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE, a horas ocho y treinta minutos de la mañana, en la sala de audiencias número dos- segundo piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca- Sede Qapac Ñac. Precísese que las partes procesales deberán concurrir con quince minutos de anticipación a la sala de audiencias. Cajamarca, 02 de julio del 2015. F.P. 10-13-14 Julio

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

EDICTO PENAL Exp. N° 01088-2005 -0-0601 -JRPE-01 JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE CAJAMARCA Secretario: José Luis Cerdán Vásquez Se cita y emplaza a: MARIA DIONICIA SIGUAS MANTILLA , para que se ponga a derecho y se defienda del cargo formulado en su contra en el Proceso Penal que se le sigue por el delito contra la Seguridad Pública en su modalidad de Atentado contra los Servicios Públicos en agravio de la Junta de Regantes del Canal de Riego “Caramayo”. Cajamarca, 25 de Junio del 2015 F.P. 09-10-13 Julio EDICTO PENAL Exd. N° 1978-2014 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: JOSÉ GILMER MOSQUEIRA PERALTA AUTO DE ENJUICIAMIENTO RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ: Cajamarca, veintiséis de Junio Del año dos mil quince. AUTOS, VISTOS Y OIDOS: Habiéndose llevado a cabo la audiencia de conformidad con lo que señala el artículo 351° y 352° del Código Procesal Penal, habiéndose identificado plenamente al autor, existiendo elementos de convicción suficientes a efectos de que el presente proceso pase a juicio oral, y la acción penal no ha prescrito, en consecuencia de conformidad con el artículo 353° del código ante mencionado, se RESUELVE:DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO contra la persona de JOSÉ GILMER MOSQUEIRA PERALTA, identificado con DNI N° 26733561, nacido el 14 de Enero de 1976, natural del distrito, provincia y departamento de Cajamarca, estado civil: soltero, grado de instrucción: primaria completa, hijo de Segundo y Esther, con domicilio real(Según requerimiento acusatorio) en Jr. Huayrapongo Grande, Lote 2, Interior FCPM, Distrito de Llacanora - Provincia y Departamento de Cajamarca. Acusado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, como presunto autor del Delito contra la Familia - Omisión a la Asistencia Familiar, en su

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modalidad de Incumplimiento de la Obligación Alimentaria, delito previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de sus hijas Gloria Vanessa, María de los Ángeles y Elizabeth Mosqueira Ramírez, representadas por su señora madre María Paula Ramírez Tanta; solicitándose la imposición en su contra de UN AÑO DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD; asimismo se señala como pago de Reparación Civil, la suma de S/. 600.00 (SEISCIENTOS NUEVOS SOLES), a razón de SI. 200.00 nuevos soles para cada uno de los agraviados; sin perjuicio de pagar el íntegro de las pensiones alimenticias devengadas ascendente a la suma de S/. 9, 087.50 (nueve mil ochenta y siete con 50/100 nuevos soles). EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 09-10-13 Julio. EDICTO PENAL Exp. N° 1373-2014 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Solazar Campos Se cita y emplaza a: DURAN GALLARDO NOÉ RESOLUCIÓN NÚMERO: DOCE.- Cajamarca, veintiséis de junio Del año dos mil quince.- DADO CUENTA: Con el escrito de fecha 23-06-2015, presentado por la Defensora Pública, mediante el cual, absuelve el traslado de la acusación fiscal y solicita la aplicación de un principio de oportunidad, dentro del plazo de ley; AGRÉGUESE a los autos, y CÓRRASE TRASLADO para su absolución en audiencia. AL OTRO SÍ DICE: TÉNGASE POR SEÑALADO EL DOMICILIO PROCESAL ubicado en el Jr. Los Sauces N° 508; y estando al estado del proceso, este Despacho. DISPONE: CÍTESE a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día VEINTE DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE, a las OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NÚMERO CUATRO de esta Corte de Justicia, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y la abogada Defensora del acusado. PRECÍSESE que las partes deberán estar

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presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 09-10-13 Julio. EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 108-2015-1-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.  CITAR A JUICIO ORAL al acusado NESTOR RUMAY MUÑOZ  en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado,    ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca,  en el proceso seguido contra NESTOR RUMAY MUÑOZ  como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar, bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva en caso de inasistencia injustificada. Suscribe el señor Juez:  German Merino Vigo. F.P. 09-10-13 Julio EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 1904-2014-1-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.  CITAR A JUICIO ORAL    al acusado  PAULINO ACUÑA TOCAS  en el presente proceso, que se realizará en  ACTO PÚBLICO  el día  VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en EL Juzga-

do Colegiado,    ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca,  en el proceso seguido contra  PAULINO ACUÑA TOCAS como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar, bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva en caso de inasistencia injustificada. Suscribe el señor Juez:  German Merino Vigo. F.P. 09-10-13 Julio EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 1194-2013-3-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.  CITAR A JUICIO ORAL  al acusado  ELVIS HENRY MORI SOTO  en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día DOCE DE AGOSTO DOS MIL QUINCE, A LAS DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentra con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en el Despacho del Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal, ubicado en la Avenida la Cantuta Cuadra doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca,  en el proceso seguido contra  ELVIS HENRY MORI SOTO  como presunto autor del delito contra la Confianza y la Buena en los Negocios, en su modalidad de Libramiento Indebido, bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva en caso de inasistencia injustificada.Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 09-10-13 Julio EDICTO PENAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CHOTA ESPECIALISTA JUDICIAL: YESHENIA ANGIE REYES VASQUEZ EXPEDIENTE N° : 152-2015-89-0610-JR-PE-01 Se notifica, cita y emplaza a JARA CASTILLO ARTIDORO, con la resolución número tres de fecha treinta de junio del año dos mil quince, por el Delito contra la Libertad Sexual en su modalidad de Violación Sexual, en agravio de D.T.R.B.; seguido por la Fiscalía Provincial Mixta de Huambos; la cual RESUELVE: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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EL DÍA VIERNES CATORCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA), la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencia número uno de este Órgano Jurisdiccional, ubicado en el Jr. 27 de noviembre N° 440 - segundo Piso, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado REO CONTUMAZ O AUSENTE según correspondí— y ordenarse su ubicación y captura en caso de inasistencia. Se requiere su asistencia con quince minutos de anticipación para su acreditación correspondiente NOTIFIQUESE.- Autoriza el Señor Juez Aurelio Barboza Rimarachin. AURELIO BARBOZA RIMARACHIN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CHOTA YESHENIA ANGIE REYES VASQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO MODULO PENAL CHOTA F.P. 10-13-14 Julio 2015 EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHOTA ESPECIALISTA JUDICIAL: YESHENIA ANGIE REYES VASQUEZ EXPEDIENTE Nº: 200-2014-64-0610-JR-PE-01 Se notifica a BARBOZA BUSTAMANTE HULBIO, con la resolución número tres de fecha dos de julio del año dos mil quince, por el Delito contra la Familia en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Jhon Jahakson Barboza García, seguido por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chota; la cual RESUELVE: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA MARTES CUATRO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencia número tres de este Órgano Jurisdiccional, ubicado en el Jr. 27 de noviembre N° 440 - Cuarto Piso, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado REO CONTUMAZ O AUSENTE según corresponda y ordenarse su ubicación y captura en caso de inasistencia Se requiere su asistencia con quince minutos de anticipación para su acreditación

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correspondiente. NOTIFIQUESE.- Autoriza el Señor Juez Aurelio Barboza Rimarachin. AURELIO BARBOZA RIMARACHIN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CHOTA YESHENIA ANGIE REYES VASQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO MODULO PENAL CHOTA F.P. 10-13-14 Julio 2015 EDICTO PENAL Exp. N° 1046-2015 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: MELENDEZ CASTAÑEDA WILLIAM OMAR RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.Cajamarca, dos de julio del año dos mil quince.- DADO CUENTA: Con la revisión de autos y estando a que en el requerimiento de acusación directa incoado por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra MELENDEZ CASTAÑEDA, WILLIAM OMAR, por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar en agravio de Meléndez Álvarez, Marjhurit Bricney, no se ha señalado el domicilio procesal correspondiente; PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BATO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio, sin perjuicio de notificársele por edictos. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 10-13-14 Julio

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EDICTO PENAL Exp. N° 560-2015 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: LORENZO CUEVA LULAYCO RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO.- Cajamarca. tres de julio Del año dos mil quince.- DADO CUENTA: Con el escrito de fecha 26-06-2015, presentado por la Defensora Pública del acusado, mediante el cual, absuelve el traslado de la acusación fiscal, dentro del plazo de ley; AGRÉGUESE a los autos, y CÓRRASE TRASLADO para su absolución en audiencia. Y siendo el estado del proceso, este Despacho. DISPONE: CÍTESE a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día VEINTE DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE, a las DOCE HORAS Y DIEZ MINUTOS DEL MEDIODÍA, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NÚMERO CUATRO de esta Corte de Justicia, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y la abogada Defensora del acusado, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal, de poner en conocimiento su conducta a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones, y para el abogado defensor público de poner en conocimiento su conducta a la Defensoría Pública para que proceda conforme a sus atribuciones^ PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 10-13-14 Julio EDICTO PENAL Exp. N° 00925-2015-0-0601-JRPE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: JUAN CAR-

LOS RAMOS CHAVEZ Para que tomen conocimiento y se pongan a derecho, que mediante Resolución N° 02, de fecha 25/06/2015. se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS al IMPUTADO JUAN CARLOS RAMOS CHAVEZ con el contenido de la resolución número dos que señala: “DADO CUENTA con el requerimiento acusatorio presentado por la Fiscal Adjunta Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, y, siendo que de la revisión del requerimiento acusatorio y de la carpeta fiscal que se acompaña, se puede advertir que se desconoce el lugar donde se encuentra el acusado Juan Carlos Ramos Chávez; y, que asimismo, éste no contaría con un abogado defensor que ejerza su defensa técnica en el presente proceso, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento acusatorio, REQUIÉRASE al mencionado acusado para que cumpla en el plazo de tres días hábiles con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público a fin de que ejerza su defensa técnica; debiendo para tal efecto, ser notificado VÍA EDICTOS en el Diario Oficial de esta Corte Superior de Justicia, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto de la presente resolución. NOTIFÍQUESE. Cajamarca, 24 de Marzo del 2014 JUAN DE DIOS COJAL MENA ESPECIALISTA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA CAJAMARCA SANDRA MILAGROS SOSA ALARCON JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJAMARCA F.P. 10-13-14 Julio. EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 000492015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: MARÍA ROSALÍA SÁNCHEZ CARMONA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° TRES de fecha 16-06- 2015, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audien-

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cia, la misma que se llevará a cabo el día martes 11 de agosto del año 2015 a las 09:00 de la mañana, en el local del Cuarto Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el piso nueve del edificio de la Av. La Cantuta n° 12241228 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00049-2015-0-0601-JPPE-04, seguido contra María Rosalía Sánchez Carmona, por falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de María Carmen Huatay Caja. Cajamarca, 02 de julio de 2015. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 10-13-14 Julio EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJABAMBA, Juez: Cesar Salaverry Pajares: Cita y emplaza a los agraviados Henrry Guevara Valderrama, Apolinar Oruna Salvatierra, Yolanda Gonzáles Rodríguez, Yanira Italia Sevillano Saldaña y Rober Luciano Santilla Flores con la resolución número cuatro que resuelve notificar la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de diez días hábiles, a efectos de que de creer conveniente puedan pronunciarse sobre el requerimiento fiscal en la cual solicita se le imponga a la parte imputada CATORCE años ocho meses de pena privativa de la libertad efectiva, más el pago de NUEVE MIL nuevos soles, por concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada Exp. N° 84-2014 0-JIP, contra Wilmer Gregorio Huaccha Sevillano, Jeremías Armando Briceño Gema y Juan Carlos Gracia Pastor, como presunto autor del Delito Contra el Patrimonio, en su modalidad de roba Gravado, en agravio de Henrry Guevara Valderrama, Apolinar Oruna Salvatierra, Yolanda Gonzáles Rodríguez, Yanira Italia Sevillano Saldaña y Rober Luciano Santilla Flores y otros. Cajabamba, 05 de junio del 2015. Especialista Judicial: Pilar Marcelo T. CESAR MARTIN SALAVERRY PAJARES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJABAMBA

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J. PILAR MARCELO TANTAMANGO ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJABAMBA F.P. 10-13-14 Julio EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJABAMBA, Juez: SALAVERRY: Cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en la acusación formulada en su contra, en la cual solicita se le imponga dos años y seis meses de pena privativa de la libertad, más el pago de seiscientos cincuenta y 37 nuevos soles, por concepto de reparación civil, asimismo REQUIERASE cumpla con NOMBRAR SU ABOGADO DEFENSOR DE SU LIBRE ELECCIÓN EN EL PLAZO DE 24 HORAS, bajo apercibimiento de nombrarse a un integrante de la Defensoría Pública de esta ciudad, en caso de incumplimiento, en el proceso que se le sigue mediante: Exp. N° 084-2013-JIP, contra HECTOR GOMEZ QUISPE, como presunto autor de Delito Contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Carmen y Estefany Gómez Santos Especialista Judicial: Pilar Marcelo T. Cajabamba, 29 de abril del 2015. CESAR MARTIN SALAVERRY PAJARES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJABAMBA J.PILAR MARCELO TANTAMANGO ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJABAMBA F.P. 10-13-14 Julio. EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMBAMBA, Juez: Cesar Salaverry Pajares: Cita y emplazá al imputado José Orlando Guerra Lu; con la resolución número siete que resuelve requerirle al imputado que nombre su abogado defensor de su libre elección dentro del plazo de veinticuatro horas; bajo apercibimiento en caso de incumplimiento

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de nombrarle un abogado defensor de oficio por estar así ordenado dentro del Exp N° 96-2011-C-JIP, seguido contra JOSE ORLANDO GUERRA LU, como presunto autor de! Delito Contra La Administración Publica, en su modalidad de Peculado Doloso, en agravio de El Estado y, Otro. Cajabamba, 18 de junio del 2015. Especialista Judicial: Pilar Marcelo T. CESAR MARTIN SALAVERRY PAJARES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPATORIA CAJABAMBA J.PILAR MARCELO TANTAMANGO ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJABAMBA F.P. 10-13-14 Julio. EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 003692014. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: ABEL HUMBERTO CHAVARRI VARGAS E ISABEL QUISPE MINCHÁN Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° TRES de fecha 22-06-2015, SE RESUELVE: DECLARAR el desistimiento tácito de la acción incoada por el querellante particular Abel Humberto Chavarri Vargas, en contra de la ciudadana Isabel Quispe Minchán, por falta contra el patrimonio, en la modalidad de daño, en el Proceso Penal n° 00369-2014-0-0601-JP-PE-04. Cajamarca, 02 de Julio de 2015 JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 10-13-14 Julio. EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 003122014. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: EDSGAR BRIONES CARMONA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° CUATRO de fecha 24- 06-2015, SE RESUELVE: DECLARAR el de-

sistimiento tácito de la acción incoada por el querellante particular Edsgar Briones Carmona, en contra de la ciudadana Flormira Díaz Díaz, por falta contra la persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en el Proceso Penal n° 00312-2014-00601 -JP-PE-04 . Cajamarca, 03 de julio de 2015. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 10-13-14 Julio. EDICTO PENAL Exp. N° 992-2014 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: Imputado FLORES CHAMAY JOSÉ NOÉ Agraviados yordhy esmitt flores sangay y erick omar RESOLUCIÓN NÚMERO: ONCE.- Cajamarca, tres de julio Del año dos mil quince.DADO CUENTA: Con el escrito de fecha 25-05-2015, presentado por la Defensora Pública del acusado, mediante el cual, absuelve el traslado de la acusación fiscal, dentro del plazo de ley; AGRÉGUESE a los autos, y CÓRRASE TRASLADO para su absolución en audiencia. Y siendo el estado del proceso, este Despacho. DISPONE: CÍTESE a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día VEINTIUNO DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE, a las DOCE HORAS Y DIEZ MINUTOS, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NÚMERO CUATRO de esta Corte de Justicia, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y la abogada Defensora del acusado, PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 10-13-14 Julio

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EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: EVER LUIS CHÁVEZ VÁSQUEZ Exp. N° 1500-2014-2-0601-JRPE-05 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará, en ACTO PÚBLICO el día TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE, a las TRES Y MEDIA DE LA TARDE (3:30 pm), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 04 (5to piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicada en la Avenida La cantuta cuadra 12, Urbanización Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado SAAVEDRA CARRASCO, LOT ISAAC concurrir obligatoriamente bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito Contra la Familia, en su modalidad de Conducción en Estado de Ebriedad: en agravio de La Sociedad Cajamarquina. NOTIFÍQUESE.- Suscribe el Señor Juez Domingo Alvarado Luis y Especialista Judicial Ever Luis Chávez Vásquez. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 10-13-14 Julio EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 000322015 CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO – PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: SEBASTIÁN PAICO BUSTAMANTE Y FAUSTA CUBAS MENDOZA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° TRES de fecha 16-06-2015, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día martes 11 de agosto del año 2015 a las 12:00 del mediodía, en el local del Cuarto Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el piso nueve del edificio de la

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Av. La Cantuta n° 1224-1228 de esta ciudad (Complejo Qhapac Ñan), en el Proceso Penal n° 00032-2015-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Sebastián Paico Bustamante, por falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones culposas, en agravio de Fausta Cubas Mendoza. Cajamarca, 02 de Julio de 2015 JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P/03 veces: 10,13 y 14 julio EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 003412014 CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO – PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: RAQUEL BAZÁN VERA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° CINCO de fecha 18-06-2015, SE RESUELVE: DECLARAR el desistimiento tácito de la acción penal incoada por la querellante particular, representante legal de la empresa agraviada Hipermercados Metro – Cencosud Retail Perú S.A., EN CONTRA DE LA CIUDADANA Raquel Bazán Vera, por falta contras el patrimonio, en la modalidad de tentativa de hurto, en el Proceso Penal n° 00341-2014-0-0601-JP-PE-04. Cajamarca, 02 de Julio de 2015 JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P/03 veces: 10,13 y 14 julio EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 000552015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: FLORINDA IZQUIERDO VILLANUEVA REPRESENTANTE Y MADRE DE LAS MENORES DE EDAD: ARACELY DEL CARMEN Y ROSMERY JUSTINA SOTO IZQUIERDO Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° TRES de fecha 30-06- 2015, SE RESUELVE: DECLARAR el desistimiento tácito de la acción penal incoada por las querellantes particulares las

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menores de edad Aracely del Carmen y Rosmery Justina Soto Izquierdo, representadas por su madre la señora Florinda Izquierdo Villanueva, en contra de la ciudadana Yanina Magaly Alvarado Bardales, por falta contra la persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en el Proceso Penal n° 00055-2015-0-0601-JP-PE-04. Cajamarca, 03 de julio de 2015 JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 13-14-15 Julio EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 003652014. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: DAVID ALFREDO CABOS CAMPOS Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° TRES de fecha 25-06- 2015, SE RESUELVE: DECLARAR el desistimiento tácito de la acción penal incoada por los querellantes particulares David Alfredo Cabos Campos y Walter Lozano Salazar, por falta contra la persona, en la modalidad de lesiones dolosas mutuas, en agravio mutuo, en el Proceso Penal n° 00365-2014-0-0601-JPPE-04. Cajamarca, 03 de julio de 2015. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 13-14-15 Julio EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 60-2014-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día DOCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO Y TREINTA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala número cinco (05), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan

(edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado CHUQUIVIGEL MENDOZA ALAMIRO concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintirnilla. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 13-14-15 Julio EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 515-2015-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias del colegiado (octavo piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado CORTEZ AGUILAR JOSE RAMON concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR

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SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 13-14-15 Julio EDICTO PENAL Exp. N° 18-2014-0—JIPLF-SMCSJC-PJ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL DISTRITO DE LA FLORIDA ESPECIALISTA DE JUZGADO: MARVIN IVAN ESPINOZA MURILLO Se cita y emplaza a: ROSA AMALIA VENTURA LOZANO, para que tome conocimiento de la resolución numero: OCHO: de fecha dos de julio del dos mil quince, QUE RESUELVE: 1- DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia. 2.- REPROGRAMAR la audiencia de sobreseimiento para el día martes once de agosto del dos mil quince a horas diez de la mañana. 3.NOTIFIQUESE a la investigada Rosa Amalia Ventura Lozano mediante edictos conforme al artículo 128 del NCPP. 4.- NOTIFIQUESE a los demás sujetos procesales conforme se venía realizando. WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ SEGUNDO JUZGADO MIXTO “LA FLORIDA” SAN MIGUEL MARVIN IVAN ESPINOZA MURILLO SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO MIXTO – SAN MIGUEL LA FLORIDA F.P. 13 Julio. EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARIA LUISA MONTENEGRO ALCANTARA Exp. 00039-2015-35-0607-JRPE-01 SE RESUELVE: 1.- NO INSTALAR La audiencia de juicio oral en el presente proceso este día y hora 2.- DECLARAR REO CONTUMAZ, al acusado THONSON ROBINSON CUEVA ROJAS cuyas generales de Ley obran en el presente proceso penal. OFICIESE en el día a las distintas dependencias policiales de esta ciudad y a nivel nacional; a fin de que dispongan su aprehensión y conducción compulsiva para la concurrencia de dicha persona a juicio oral, debiendo consignarse en el oficio los datos que obran

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en el expediente y los que obren en su ficha de RENIEC a efectos de evitar casos de Homonimia sin perjuicio de ello, se dispone se NOTIFIQUE mediante EDICTOS, los mismos que deberán ser publicados en el Diario Oficial “La República” y en la página Web del Poder Judicial tal como lo dispone la última modificatoria del Código Procesal Civil aplicables supletoriamente a este caso conforme a su segunda disposición final y complementaria del código acotado. RESERVESE el juicio hasta que sea puesto a disposición de este juzgado. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión De Asistencia Familiar, en agravio de menor de iniciales B.M.CL. Suscribe la señora Juez: Ana Mardely Pacheco Aguilar, y la Especialista judicial: María Luisa Montenegro Alcántara. Aprovecho la oportunidad para reiterarle las muestras de mi consideración y estima personal. Atentamente. ANA M. PACHECO AGUILAR JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO MIXTO SAN MIGUEL F.P. 13-14-15 Julio EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARIA LUISA MONTENEGRO ALCANTARA Exp. 00048-2013-31-0607-JRPE-01 SE RESUELVE: 1.- NO INSTALAR La audiencia de juicio oral en el presente proceso este día y hora 2.- DECLARAR REO CONTUMAZ, al acusado GRABIEL ANTONIO CIENFUEGOS HERNANDEZ cuyas generales de Ley obran en el presente proceso penal. OFICIESE en el día a las distintas dependencias policiales de esta ciudad y a nivel nacional; a fin de que dispongan su aprehensión y conducción compulsiva para la concurrencia de dicha persona a juicio oral, debiendo consignarse en el oficio los datos que obran en el expediente y los que obren en su ficha de RENIEC a efectos de evitar casos de Homonimia sin perjuicio de ello, se dispone se NOTIFIQUE mediante EDICTOS, los mismos que deberán ser publicados en el Diario Oficial “La República” y en la

Lunes, 13 de julio del 2015 

página Web del Poder Judicial tal como lo dispone la última modificatoria del Código Procesal Civil aplicables supletoriamente a este caso conforme a su segunda disposición final y complementaria del código acotado. RESERVESE el juicio hasta que sea puesto a disposición de este juzgado. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión De Asistencia Familiar, en agravio de Jefferson Jaren Cienfuegos Llanos. Suscribe la señora Juez: Ana Mardely Pacheco Aguilar, y la Especialista judicial: María Luisa Montenegro Alcántara. Aprovecho la oportunidad para reiterarle las muestras de mi consideración y estima personal. ANA M. PACHECO AGUILAR JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO MIXTO SAN MIGUEL F.P. 13-14-15 Julio EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: EVER LUIS CHÁVEZ VÁSQUEZ Exp. N° 1627-2013-1-0601-JRPE-01 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará, en ACTO PÚBLICO el día TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE, a las CUATRO Y MEDIA DE LA TARDE (4:30 pm), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 04 (5to piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicada en la Avenida La cantuta cuadra 12, Urbanización Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado SOTO MALCA, ELGAR concurrir obligatoriamente bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito Contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar; en agravio de SOTO TORRES, VIVIAN GRISEL. NOTIFÍQUESE.- Suscribe el Señor Juez Domingo Alvarado Luis y Especialista Judicial Ever Luis Chávez Vásquez. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNI-

PERSONAL DOMINGO CELESTINO ALAVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 13-14-15 Julio. EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: EVER LUIS CHÁVEZ VÁSQUEZ Exp. N° 681-2013-1-0601-JRPE-02 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará, en ACTO PÚBLICO el día TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE, a las CUATRO DE LA TARDE (4:00 pm), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 04 (5to piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicada en la Avenida La cantuta cuadra 12, Urbanización Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado CABANILLAS YSLA, VÍCTOR MANUEL concurrir obligatoriamente bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito Contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar: en agravio de Cabanillas Chugnas, Ángel Manuel y otros. NOTIFÍQUESE.- Suscribe el Señor Juez Domingo Alvarado Luis y Especialista Judicial Ever Luis Chávez Vásquez. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DOMINGO CELESTINO ALAVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 13-14-15 Julio. EDICTO EL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CHOTA, que despacha los señores Jueces Aurelio Barboza Rimarachín, Jorge Luis Gregorio de la Cruz Medina y Edgar Marín Pando; CITA Y EMPLAZA a NEISER DÍAZ PÉREZ: para que se ponga a derecho y se defienda del cargo formulado en su contra dentro del Cuaderno de Debates N° 311-2014-6-0610-JRPE-JPC-CH, aperturado dentro del proceso que se le sigue por el por el presunto delito de

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Violación Sexual de Menor de Edad, en agravio de la menor de iniciales Y.E.S.P., a fin de que tome conocimiento de la siguiente resolución: RES.07: De fecha 22-06-2015, haciéndose saber a los acusados que se ha señalado fecha de audiencia de juicio oral el día 16 de julio del año 2015 a horas 10:30 AM, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado de Chota; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el presente proceso. Chota, 09 de julio del 2015. Especialista Judicial Huaccha Ramírez Alicia. F.P. 13-14-15 Julio EDICTO PENAL  TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 745-2014-1-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.  CITAR A JUICIO ORAL    al acusado,  WILMER BERNAL VARGAS LLANO  en el presente proceso, que se realizará enACTO PÚBLICO  el día  VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS TRES DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en el Despacho del Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal, ubicado en la Avenida la Cantuta Cuadra doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra  WILMER BERNAL VARGAS LLANO  como presunto autor del delito contra la Seguridad Pública- Peligro Común, en su figura Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad drogadicción, bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva en caso de inasistencia injustificada.  Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 13-14-15 Julio

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HASTA EL 15 DE JULIO

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2015 S/. 0.01 INC. Lunes, 13 de julio Ldel unes, 13 de julio del 2015  PRECIO POR PALABRA:PRECIO POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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13 de del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes, L13unes, de julio deljulio 2015 

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DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

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2015 S/. 0.01 INC. Lunes, 13 de julio Ldel unes, 13 de julio del 2015  PRECIO POR PALABRA:PRECIO POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

HASTA EL 17 DE JULIO

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13 de del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes, L13unes, de julio deljulio 2015 

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TE AMO, DIOS MÍO

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2015 S/. 0.01 INC. Lunes, 13 de julio Ldel unes, 13 de julio del 2015  PRECIO POR PALABRA:PRECIO POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

¿QUIÉNES MUEREN EN CADA ABORTO? Mons. Ángel Ortega Trinidad

Mons. Ángel Ortega Trinidad

Capellán de la Corte Suprema de la República

Capellán de la Corte Suprema de la República

Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana Es el Amor con mayúscula. Dios es Amor. La Belleza misma la Santidad -el tres veces santo- el todopoderoso, creador de los cielos y la tierra. Cuando uno ve a una persona buena, santa, poderosa, amorosa, muy bella se entusiasma con ella, se enamora de ella. El que conoce a Dios no puede menos de enloquecer de amor por Él. “Tarde te amé, Oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé”. San Agustín. Esta frase de San Agustín dice muchas cosas: Primera que Dios es de una belleza inmarcesible. A veces uno se enamora de un ostro de una persona que no quisiera que envejeciese, que mantuviese siempre la misma frescura, la misma juventud, idéntica sonrisa. Pero, por desgracia, las personas avanzan en edad, salen canas, arrugas, obesidad, arrugas en la frente y en el alma. Algunos podría n decir: Esta no es la persona de la que yo me enamoré. Ha cambiado demasiado. Segundo, que uno es un pobre cuando se enamora de todo menos de Dios. Por eso dice dos veces la palabra triste tarde, demasiado tarde. Y realmente es cierto. Los minutos, los años en que uno no ama a Dios son perdidos miserablemente. Si no he amado a Dios ¿qué he estado haciendo? Lo mínimo es perder tiempo y vida. Cuántos de nosotros deberíamos decir como el santo: Tarde te amé, oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé. Y, tal vez, algunos tengan que decir: Nunca te amé, nunca te conocí. !Qué triste es esto! Y porque a ti sólo debo amarte con todo mi corazón, con toda mi alma y con todas mis fuerzas. Por ser mi Creador, mi Redentor, y por haberme destinado al cielo.

En todo aborto muere más de un ser humano. Sí: en el aborto, aunque muchos cierren los ojos, no sólo muere el hijo (pequeñito, quizá minúsculo) que vivía en un lugar caliente y seguro. Muere un poco, y no sólo un poco, el corazón de una madre. Muere, o queda gravemente herida, la vocación de un médico o de algún enfermero. Estaban llamados a servir y proteger a los débiles y un día, quién sabe por qué, empezaron a practicar abortos. Muere también la conciencia de la sociedad, que quizá permite legalmente el que inocentes, embriones o fetos indefensos, puedan ser eliminados. Lo mejor que podemos hacer para ayudar a una mujer que ha abortado es ayudarle a decir abiertamente lo que siente, sin miedo. Ha permitido, ha provocado, la muerte del hijo. ¿Todo termina ahí? No: todo comienza ahí. El inicio de una purificación de la conciencia, de un cambio radical, se produce cuando llamamos a las cosas por su nombre, cuando reconocemos nuestras responsabilidades, nuestros defectos, nuestros delitos. El mundo está lleno de ladrones que no sólo creen que son inocentes, sino que incluso presumen de sus grandes «hazañas». El mundo está lleno de políticos que no dudan en hacer trampas para ocupar un cargo público, y que incluso consideran que esto es parte del «sistema». Pero cuando un ladrón, un día de sol o de lluvia, reconoce abiertamente, con sencillez, que ha cometido un robo, que ha sido injusto, puede rescatarse para la sociedad, puede empezar a cambiar a fondo. En la actualidad, nos encontramos con países y gobiernos que han cerrado los ojos al drama del aborto, a su condición de crimen de seres inocentes. En algunos lugares se ha establecido todo un sistema de leyes, de procedimientos médicos, incluso de asistencias psicológicas, para que el aborto pueda ser llevado adelante sin grandes traumas. Mientras, su verdad dramática queda oculta, incluso con toda una terminología que llega a convertir al hijo en «producto de la concepción», un «pre embrión» o un conjunto de células sin mayor valor que el que pueda tener una verruga en la cara... Lo que nos está pasando ha ocurrido en otros tiempos. Ha habido sociedades enteras que han aceptado y practicado delitos que hoy nos llenan de dolor. La esclavitud es un botón de muestra: millares de esclavos han sido vendidos y usados como objetos, han visto humillada su dignidad, han muerto como animales en barcos de transporte. Todo un sistema legal «regulaba» una estructura de violencia, en la que hasta existían normas que, si eran incumplidas, se convertían en un delito dentro del delito... Con el aborto pasa algo parecido: en algunos países «civilizados» se establecen normas legales, módulos de inscripción, consultorios. Las leyes dictaminan si el aborto se puede hacer antes o después de los tres primeros meses de embarazo, bajo qué condiciones, con qué equipo médico.

Te amo porque me has amado Tú primero.

Mientras, detrás de las sábanas y de los bisturís esterilizados, se consuma silenciosamente, injustamente, la eliminación de los más pequeños miembros de nuestra especie humana...

Te amo porque me has redimido del pecado.

Pero mil leyes no pueden convertir en derecho (algo recto, algo justo) lo que es un delito. Ni pueden acallar esa voz interior que susurra, a veces que grita, que ese niño, que ese hijo, tenía derecho a vivir.

Te amo porque me has abierto las puertas de tu Reino Te amo porque me has hecho hijo de Dios Te amo porque me has enriquecido con el Espíritu Santo Te amo, porque me has entregado a tu Madre al pie de la cruz. Te amo por el don de la fe Te amo porque te has quedado conmigo en el sagrario. Te amo porque me has enviado como a los apóstoles, a extender tu Reino entre los hombres. Te amo porque eres mi Dios y mi Señor.

Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana. Aprovechemos esta maravillosa gracia y amemos, amemos a la persona más digna de nuestro amor.

Es tortura psicológica ignorar el sufrimiento de la madre que ha abortado. Es injusticia no permitirle el desahogo de las lágrimas y el consuelo de la verdad. Porque la verdad no está solamente en declarar su culpa, sino en iniciar su victoria. Si, además, tiene fe, podrá descubrir que Dios no la condena, sino que la comprende y la acoge como nadie puede hacerlo. Sólo Dios es capaz de limpiar las heridas más profundas del corazón humano. También la sociedad de algunos países necesita quitarse escamas y descubrir un sistema de muerte y de injusticia que ha sido «reglamentado». Es urgente hacerlo, ya, para que nuestros hijos no nos acusen de cobardes ni lleguen a pensar en que fueron «afortunados», pues pudieron escapar a un sistema criminal que admitió la muerte, quizá, de alguno de sus hermanos... Los mismos médicos necesitan limpiar sus conciencias y construir, como lo han hecho millares de colegas, un mundo de justicia y de salud, donde nadie, aunque tenga defectos genéticos graves, pueda ser excluido de la sociedad. La lucha contra la discriminación no termina con la supresión del racismo. Hay discriminación cuando niños no nacidos, tal vez marcados por alguna enfermedad o defecto genético, o simplemente hijos de familias pobres o de mujeres solteras, son excluidos del mundo de los vivos, precisamente por quienes podrían ayudarles a un nacimiento digno e higiénicamente seguro. Hay discriminación cuando una pareja decide abortar al feto porque es niño (y querían una niña), o porque es niña (y querían un niño). Las feministas no pueden callar ante los abortos discriminatorios. Los machistas tampoco... Se habla mucho de «salud reproductiva». Por desgracia, detrás de esa fórmula muchos defienden un presunto y falso «derecho al aborto» cuando un embarazo no es querido o no es conveniente. La verdadera «salud reproductiva» es la que respeta a todos los vivientes. También al que no ha nacido. Lo contrario es, simplemente, discriminación e injusticia. Y no la queremos para nadie, aunque sólo tenga unos pocos milímetros en el seno de su madre... Mons. Ángel Ortega Trinidad Capellán de la Corte Suprema de la República

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13 de del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes, L13unes, de julio deljulio 2015 

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Cuatro características corresponden al juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.