, BORDON MARTIN Y OTROS
el
51
ESTADO NACIONAL
ordinario. {RECURSO EXTRAORDINARIO)
S.C., S.802, L.XLVIII.
e o r t e
Suprema
-
A fa. Parana,
la
Cámara
al declarar la nulidad de
anterior, del
142/148,
1 -
hizo lugar a
personal
en
Federal
de Apelaciones
la sentencia de
de
la instancia
la demanda interpuesta por integrantes
actividad
y
retirado
de
la
Prefectura
Naval
Argentina y condenó al Estado Nacional a incorporar con carácter remunerati va
en
sus
haberes
mensuales
los
suplementos
creados
por el decreto 2769/93 y los aumentos previstos por los decretos 1246/05, 1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09 Y a pagarles las sumas retroactivas previos
a
adeudadas
la
por
el
interposición
de
periodo la
reclamado de
demanda,
cinco
años
descontando -en
el
caso del coactor retirado Cañete- las sumas percibidas con base en
los
decretos
1994/06,
1163/07,
1653/08,
753/09,
2048/09
Y
894/10. Contra el
recurso
pronunciamiento,
extraordinario
parcialmente a se
este
fs.
aparta de
la
de
175/176-,
doctrina
fs.
la
153/163
demandada
int>erpuso
-que
concedido
fue
con fundamento en que la sentencia
sentada por
la
Corte
Suprema en
los
casos "Villegas" y "Bovari de Diaz".
-
A naturaleza
ml de
,.,
modificados
por
respuesta
lo
en
modo
el
de
ver,
II
los
planteas y
compensaciones decreto
resuelto
por
suplementos
2769/93, V.E.
en
(causas "Bovari de Oiaz" y "Villegas",
-1-
referentes
la
creados
encuentran
Fallos:
a
323:1048
y
adecuada y
1061
respectivamente), a cuyas
consideraciones cabe remitir en razón de la brevedad en cuanto
fueren aplicables al presente. Con relación a los incrementos de dichos suplementos y compensaciones y a los adicionales transitorios dispuestos por los decretos 1104/05
(aplicable al personal en actividad de la
Prefectura Naval Argentina en virtud de
art.
2° del decreto 1246/05),
las
cuestiones
que
sustancialmente
se
1126106,
debaten
análogas
a
las
lo establecido por el
861/07,
en
sub
el
examinadas
por
Carlos Isidoro y otros el EN -
"Borejko,
Dto.
1246/05 1126/06
de
Seg.",
a
cuyos
brevitatis causae, lo
resue} to
términos
las
FFAA y
MO
y
conclusiones
en
la misma
Y en la causa Z.
de
Ministerio
965,
L.
Interior -GN-
también me
en lo que fuere pertinente,
Alberto el MO Defensa de
este
resultan
si personal militar y civil de las FFAA y
por V. E.
julio de 2011),
lite
in re B.
Público en el dictamen del 5 de mayo de 2010,
XLV,
884/08 Y 752/09,
115,
sin perjuicio de
(sentencia
L.XLVI,
del
12
"Zanotti,
de
Osear
871/07 51 personal militar y civil
Dto.
Seg."
causa
remito,
(pronunciamiento
del
17
de
abril
del
corriente año). Finalmente, retirado
de
corresponde
la
respecto
Prefectura
atenerse
a
del
Naval
lo
coactor
Argentina),
decidido
sentencia publicada en Fallos: 334:275
-
Ahora bien, Corte nuevas
deben
reparar
normas
configura~
que
en en
se
Cañete
por
el
(personal
considero Tribunal
que
en
la
(causa "Salas").
III -
atención a las
que
las
modificaciones
dicten
durante
el
circunstancias sobrevinientes a
-2-
sentencias
de
introducidas proceso
en
la por
tanto
la interposición del
BORDON MARTIN Y OTROS el ESTADO NACIONAL si ordinario. (RECURSO EXTRAORDINARIO)
S.C., S.B02, L.XLVIII.
cabe
331:2628},
señalar
(publicado en el
año)
Iv.
extraordinario
recurso
el
Poder
que
por
medio
Boletin Oficial
Ejecutivo
del
Nacional
320: 1653;
304:1716;
Fallos:
del
4 de
1307/12
septiembre de
el
fijó
decreto
haber
este
mensual
del
personal con estado policial en actividad de la Prefectura Naval Argentina a
los arts. decreto
partir del
4" bis,
1009/74
adicionales
ter I
1°
de agosto de
quater,
Y sus
.
.
creados
por
1104/05 -aplicable en el ámbito de
virtud del arto
,"
861/07,
(art.
el
de
las
fuerzas
3°),
arto
suprimió
SO
del
(arto
4°),
a
otorgadas de
decreto 2° y 4"
retirados
seguridad
por
los
parcialmente demandada, las
al
(art. 7°).
•
recurso
que
hacer
corresponde
extraordinario
interpuesto
lugar por
la
revocar la sentencia apelada en lo que se refiere a
cuestiones
323: 10!l8 y
tanto,
y
decretos
IV -
por
los
Y dejó sin
1994/06, 1163/07, 1653/08, 753/09, 2048/09 Y 894/10
opino,
derogó
las fuerzas de seguridad en
884/08 Y 752/09
compensaciones
pensionados
1"),
2° del decreto 1246/05- y por los arts.
de los decretos efecto
(art.
sexies y septies del
qUlnqules,
modificatorios
transitorios
2012
1061
alcanzadas por
lo
resuelto por V. E.
Y confirmarla en 10 demás
que
en Fallos:
fue materia de
aquel remedio, con la salvedad que surge del acápite 111. Buenos Aires,
G
de febrero de 2013.
LAURA M. MONTI
ES COPIA
-3-