~so[ución 9rt.inisteria[ :J(O 2 ~o -2016-9rt.IN.ft9rt. Lima,
2 4 A~O.~016
Vistos; el Memorando N.o 818-2016-MINAM/SG/OGA, de la Oficina General de Administración; el Memorando N.o 064-2016-MINAMIDVMDERN/DGEVFPN, de la Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural, ambos de 23 de agosto de 2016; el Memorando N.o 716-2016-MINAM/SG/OPP y el Informe Técnico N.o 010-2016MINAM/SG/OPP/UPR, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N.o 175-2016MINAM/SG-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica, documentos de fecha 24 de agosto 2016; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo N.° 1013 se creó el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ello; y constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Resolución Ministerial N.o 361-2015-MINAM de fecha 30 de diciembre de 2015, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Producto, Actividad, Categoría Presupuestal, Proyecto, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento; Que, con fecha 20 de diciembre de 2010, la Comisión Europea, y el Ministerio del Ambiente - MINAM como beneficiario, suscriben el Contrato de Subvención DCI-ENV/2010/254-800, para la ejecución de la intervención denominada "Beneficios de los Bienes y Servicios Ecosistémicos Reducen la Pobreza en Áreas de Alta Biodiversidad de la Amazonia Andina Peruana" por la cual la Unión Europea se compromete a contribuir a la financiación del Programa, siendo el costo total estimado en Un Millón Ochocientos Ochenta y Cuatro Mil Quinientos Diez y 00/100 Euros (€ 1 884510.00); y, teniendo como objetivo general la contribución a la reducción de la pobreza y la degradación ambiental en áreas de biodiversidad en la Amazonia Andina Peruana a través de la generación de capacidades y condiciones políticas, técnicas y empresariales para el desarrollo de experiencias exitosas de aprovechamiento sostenible de bienes y servicios ecosistémicos en una alianza público-privada; Que, el Director General de la Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural, mediante Memorando N.o 064-2016MINAM/DVMDERN/DGEVFPN, solicita la incorporación de recursos por la suma de Quinientos Tres Mil y Cien y 00/100 Soles (SI 503 100.00) correspondiente a la intervención denominada "Beneficios de los Bienes y Servicios Ecosistémicos Reducen la Pobreza en Áreas de Alta OEL41? Biodiversidad de la Amazonia Andina Peruana", en atención a lo indicado en el Informe N.o 013. ¡URÍIl\C~ 016-MINAMIDGEVFPN/PROYECTO-UE de 23 de agosto de 2015, formulado por el Coordinador SORI/I Z el Proyecto' ",,;:
I
'Í-
,
'MIN"'~
Que, en dicho contexto, mediante documentos de visto la Oficina de Planeamiento y Presupuesto recomienda la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional 2016 de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, hasta por la suma de Quinientos Tres Mil y Cien y 00/100 Soles (S/ 503 100.00), para continuar con la ejecución de la intervención denominada "Beneficios de los Bienes y Servicios Ecosistémicos Reducen la Pobreza en Áreas de Alta Biodiversidad de la Amazonia Andina Peruana"; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N.o 304-2012-EF, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen de las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal; Que, por su parte, el inciso ii) del numeral 19.2 del artículo 19 de la Directiva N.o 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N.o 030-2010-EF/76.01 y modificada por Resolución Directoral N.° 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral N.o 025-2013-EF/50.01 y Resolución Directoral N.o 027-2014-EF/50.01, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley General, procede, entre otros, cuando se trate de los recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias; Que, por su parte, mediante el Memorando N.o 818-2016-MINAM/SG/OGA, la Oficina General de Administración, comunica que ha ingresado a la cuenta bancaria respectiva, el importe de € 271 460.81 Euros, la cual corresponde al segundo desembolso del Contrato de Subvención DCI-ENV/2010/254-800, en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias y en la Partida Presupuestal 1.4.1.2.2.1 Unión Europea - UE, a fin de proseguir con el trámite para la incorporación de mayores fondos públicos al presupuesto institucional del Pliego 005: Ministerio del Ambiente; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de Quinientos Tres Mil y Cien y 00/100 Soles (S/ 503 100.00), para continuar con la ejecución del Programa denominado "Beneficios de los Bienes y Servicios Ecosistémicos Reducen la Pobreza en Áreas de Alta Biodiversidad de la Amazonia Andina Peruana"; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 de Texto Único Ordenado de la Ley N.o 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N.o 304-2012-EF; el inciso ii) del numeral 19.2 del artículo 19 y el artículo 25 de la Directiva N.o 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N.o 030-2010-EF/76.01, modificada por Resolución Directoral N.o 022-2011-EF/50.01, N.o 025-2013-EF/50.01; la Resolución Directoral N.o 027-2014-EF/50.01; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N.o 007-2008-MINAM. SE RESUELVE:
la
Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de QUINIENTOS CIEN Y 00/100 SOLES (S/ 503100.00), de acuerdo al siguiente detalle:
TRES MIL Y
INGRESOS:
(En Soles)
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
1.4
: 4 DONACIONES
Y TRANSFERENCIAS
Donaciones y Transferencias Donaciones y Transferencias Corrientes De Organismos Internacionales Otros Organismos Unión Europea
1.4.1 1.4.1 2 1.4.1 2.2 1.4.1.22 1
503100.00
TOTAL INGRESOS
503100.00
--------EGRESOS:
(En Soles)
SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA
ASIGNACIONES ACTIVIDAD
005 001
PRESUPUESTALES 5001108
FUENTE DE FINANCIAMIENTO CATEGORíA
Gobierno Central Ministerio del Ambiente Ministerio del Ambiente - Administración General QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS Promoción y Protección Ambiental : 4 DONACIONES
Y TRANSFERENCIAS
DEL GASTO
Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios
SI
TOTAL EGRESOS
SI
503100.00
503 100.00
-------------------
Artículo 2.- Codificación La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.
Artículo 3.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 4.- Presentación de la resolución Copia de la presente Resolución Ministerial se presenta dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el artículo 23, numeral 23.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N.o 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N.o 304-2012-EF. Regístrese y comuníquese.
()~
EJM_1lt~S
Eisa Galarza Co~treras: Ministra del AmbientE{J