~so{uci6n :Ministeria{
N°
1 0 4 -2011-DE/SG
Lima,
07 FEB. 2011
CONSIDERANDO:
Que, con Facsimiles (DSD) N°s F- 062 de fecha 02 de febrero de 2011, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, sollcita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la "XXIV Ronda de Conversaciones entre Altos Mandos Militares de Peru y Chile", se acord6 lIevar a cabo la "I Reunion Tecnlca para activacion de Entendimientos entre el Estado Mayor Conjunto de Chile yel Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru", en la ciudad de Tacna; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unlco de la Ley N° 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para reallzar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de mstruccion 0 entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas 0 para realizar visitas de coordinacion 0 protocolares con autoridades militares ylo del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocirnianto del Presidente del Consejo de Ministros, qulen da cuenta aJ Congreso de la Republica per escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de ta resolucion, bajo responsabilidad. La Resolution Ministerial de autorizaci6n debe especificar los motives, la relaci6n del personal militar, la relaci6n de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinion favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisites para [a autorizaclon y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de ta Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica;
SE RESUELVE: Articulo 10 . _ Autorizar el ingreso a territorio peruano , sin armas de guerra , personal rnilitar de la Republica de Chile, detallado a contlnuacion, del 09 al 10 de febrero de 2011, para participar en la I Reunion Tecnica para activaci6n de Entendimientos entre el Estado Mayor Conjunto de Chile y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru": U
1. GENERAL DE DIVISI6N 2. GENERAL DE SRIGADA 3. GENERAL DE SRIGADA 4. CORONEL 5. CORONEL 6. CORONEL
HERNAN MARDONES RIOS MIGUEL ANGEL MUNOZ FARIAS GUIDO'MONTINI GOMEZ MAURICIO VALDIVIESO CASTRO ALFONSO CORTES ALBORNOZ PEDRO ALTAMIRANO GUZMAN
Articulo 2°._ Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 50 de la Ley Nro. 27856 , modificado par Ley Nrc. 28899.
\. Registrese, comunlquese
p
JAIME
H RNE LE6N
Ministro de Defensa