so % JUliQ

4 sept. 2018 - Enfermería postule a ocupar el cargo de Director de un Hospital o ..... servicios de salud para el postulante a Director General de Hospital. 1.
3MB Größe 57 Downloads 4 vistas
MINISTERIO DE SALUD

No 4-1 6 - 2015 Iht os A y1CA DEL

0\5v

p es:a.

7-ana,

so

%

JUliQ

CU 2015

CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 559, Ley de Trabajo Médico, establece en su artículo 19 que "Las Jefaturas y Direcciones serán cubiertas únicamente por concurso; su desempeño deberá ser sometido a ratificación periódica y su ejercicio es a tiempo completo", Que, en desarrollo de dicha disposición, mediante Decreto Supremo N° 011-2002-8A se aprobaron el Reglamento de Concurso para el cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud, y el Reglamento de Concurso para el cargo de Jefaturas de Departamentos y Servicios de los Institutos Especializados, Hospitales y Centros de Salud;

S. RUIZ Z.

Que, el Sindicato de Enfermeras del Ministerio de Salud (SINEMINSA) interpuso demanda de Acción Popular a fin que se derogue parcialmente el Decreto Supremo N° 0112002-SA, aduciendo que el mismo transgrede la Ley N° 27669, Ley del Trabajo de la Enfermera (o), al impedir en el artículo 12, que el profesional de la salud de la rama de Enfermería postule a ocupar el cargo de Director de un Hospital o Instituto Especializado, puesto que los requisitos están dirigidos exclusivamente para los profesionales médicos cirujanos, lo que contraviene el artículo 9 de la Ley N° 27669; Que, mediante Sentencia emitida el 9 de junio de.2011, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de agosto de 2012, la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró fundada la demanda de Acción Popular interpuesta por el Sindicato de Enfermeras del Ministerio de Salud (SINEMINSA); Que, mediante Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, se establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo señala la Ley N° 26842, Ley General de Salud, que tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad en materia de salud. Asimismo, el articulo 5 de la citada norma, señala las funciones rectoras del Ministerio, entre las cuales se establece en su literal b), la de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 423-201S/MlNSA, se dispuso la pre publicación del Proyecto de Reglamento de Concurso para el Puesto de Director de Establecimientos de Salud del II y III nivel de atención, a efectos de recibir las sugerencias y

N

comentarios de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de cinco (5) días hábiles, considerando que el ámbito de aplicación del citado reglamento será a nivel nacional y que podrá ser utilizado referencialmente por las demás entidades públicas del Sistema de Salud; Que, sin embargo, los órganos técnicos del Ministerio de Salud han considerado que a efectos de asegurar la participación organizada de los diversos actores que intervienen en el Sector Salud, asl como la ciudadanía en general, resulta necesario disponer que los mismos cuenten con mayor tiempo para remitir sus sugerencias y comentarios; Que, dicha acción permitirá que los procedimientos contenidos en el Proyecto de Reglamento de Concurso para el Puesto de Director de Establecimientos de Salud del II y III nivel de atención observen los principios de meritocracia e igualdad de oportunidades, siendo ello concordante con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 13 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, que dispone que los proyectos de reglamento se publican en el portal electrónico de las entidades del Sector Público con un mínimo de cinco (5) días calendario para la recepción de aportes; Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, la Ley w 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo NI° 0232005•SA y sus modificatorias; SE RESUELVE:

S. RUIZ Z.

Artículo 1.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud efectúe la pre publicación del Proyecto de Reglamento de Concurso para el Puesto de Director de Establecimientos de Salud del II y III nivel de atención, en la sección de normas legales del Portal Institucional (http://www.minsa.clob.oeitransparenciafindex.aso?oo=115) y en el enlace de documentos en consulta (htto://~.minsa.gob.pefindex.a$p?op=10) a efectos de recibir /as sugerencias y comentarios de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días hábiles a través del correo webmastereminsa.00b.pe. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten.

. TRUJILLO E.

Regístrese, comuniquese y publíquese.

ANIBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud

N. Rey-

REGLAMENTO DE CONCURSO PARA EL PUESTO DE DIRECTOR DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL II Y III NIVEL DE ATENCIÓN TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO 1 DEL OBJETO, ALCANCE Y DURACIÓN Articulo 1°.- Del objeto. Es objeto del presente Reglamento, establecer los procedimientos del concurso de carácter interno para acceder al puesto de Director General de Establecimientos de Salud de II y III Nivel de Atención Artículo 2°.- Del alcance. El presente Reglamento es de aplicación en los Establecimientos de Salud del II y III Nivel de Atención, a nivel del Ministerio de Salud y de los Gobiernos Regionales o su equivalente a nivel del sector salud (Documento de referencia para las demás entidades públicas del Sistema de Salud del Perú, para los diversos Organismos Públicos y los subsectores del sistema). Artículo 3°.- De la duración del puesto. El desempeño del puesto de Director General de Establecimiento de Salud del II y III Nivel de Atención es a dedicación exclusiva y tendrá una duración de tres (03) años por período. Al culminar su periodo, el profesional regresa a su puesto de origen o podrá presentarse nuevamente a un concurso corno Director en un Establecimiento de Salud del II y III Nivel de Atención diferente. Artículo 4°.- De la ratificación y prórroga del puesto de Director General. El Director General de un Establecimiento de Salud del II y III Nivel de Atención puede ser ratificado en el puesto, en el mismo establecimiento para el que fue designado originalmente, por un período igual por única vez. Al culminar el periodo de ratificación, el profesional regresa a su puesto de origen o podrá presentarse nuevamente a un concurso como Director en un Establecimiento de Salud del II y III Nivel de Atención diferente. La ratificación y/o prórroga del ejercicio del puesto de un Director General de Establecimiento de Salud del II y III Nivel de Atención, estará condicionada a: • • •

Que el Director haya aprobado dos de las tres evaluaciones anuales del período para el cual fue designado, acorde a los estándares establecidos. La última evaluación debe estar aprobada acorde a los estándares establecidos. Esta evaluación será ejecutada por el Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGSS) o la Autoridad Sanitaria Regional correspondiente o por la instancia equivalente a nivel de los subsectores del sistema.

• La Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) pondrá a disposición del Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGSS) y de la Autoridad Sanitaria Regional o la instancia equivalente, los informes de supervisión sobre el cumplimiento normativo y gestión de riesgo alcanzados por el Establecimiento de Salud de II o III Nivel de Atención bajo conducción del Director, así como las vulneraciones de derecho y los Procesos Administrativos Sancionadores a los que hubiera sido sujeta, como elementos que contribuyan al proceso de decisión de la ratificación. Artículo 5°.- Del intervalo de ejecución. El concurso se realizará cada tres (03) años, período similar al que durará la asignación en el cargo de los profesionales de la salud que resulten ganadores del mismo. Durante este período, se realiza una evaluación al término de cada año de gestión, esta evaluación será conducida por el Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGSS) o la Autoridad Sanitaria Regional o su equivalente, en el ámbito que les corresponde. La Autoridad Sanitaria Nacional elabora y aprueba la guía de evaluación para Directores de Establecimientos de Salud del II y III Nivel de Atención y SUSALUD supervisa el desempeño del Establecimiento de Salud

TÍTULO II DEL RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE POSTULANTES CAPÍTULO I DE LAS INSTITUCIONES ENCARGADAS DE LA CONVOCATORIA Y SELECCIÓN Artículo 6°.- Responsabilidad. El Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGSS) y las Direcciones Regionales de Salud o Gerencias Regionales de Salud o su equivalente en los diversos subsectores del sistema de salud, según el ámbito de su competencia, serán los responsables de llevar a cabo la convocatoria a concurso en el marco de la política establecida por el Ministerio de Salud, cuyo objetivo es la selección de los profesionales de la salud que ocuparán los cargos de Directores en los Establecimientos de Salud del II y III Nivel de Atención. Estos profesionales seleccionados, conforman un grupo de candidatos que pueden conformar una terna para determinados establecimientos de salud, acorde al perfil requerido. La entrevista y evaluación del Plan de Gestión de los profesionales de la salud electos en la terna para Director de Establecimiento de Salud del II y III Nivel de Atención, siempre estarán a cargo de la Entidad Convocante. Artículo 7°.- De las etapas y actividades a desarrollar. El proceso tiene dos fases: FASE 01: a) b)

Etapa Preparatoria: Conformación de comisiones, aprobación de las bases del proceso, convocatoria y difusión. Etapa de Reclutamiento: Recepción de expedientes. 2

c) Etapa de Selección: Evaluación y calificación de aptos para cargos de Director General. Primera etapa de la evaluación de postulantes: Evaluación Curricular. a. Evaluación de Competencia Técnica. b. Evaluación de Competencias. c. Evaluación Psicológica. d. FASE 02: d) Etapa de Elección del Director por la Entidad Convocante. Evaluación y calificación. Segunda etapa de la evaluación de postulantes: Entrevista a. Sustentación del Plan de Gestión b. CAPITULO II DE LA ETAPA PREPARATORIA, CONVOCATORIA Y DIFUSIÓN Articulo 8°.- De la conformación de la Comisión del Concurso y quorum. El IGSS o la DIRESA o GERESA o su equivalente en el sector salud, conformará la Comisión de Concurso por resolución del Titular de la entidad, la cual está integrada por los siguientes miembros: 1. Un representante del Titular de la entidad convocante, quien la presidirá. 2. Un representante de la Oficina de Recursos Humanos de la entidad convocante quien actuará como Secretario. 3. Un representante de la Oficina de Asesoría Jurídica de la entidad convocante. 4. Un representante de la Dirección de Servicios de Salud Hospitalarios y de Investigación en el caso del IGSS o de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas en el caso de las DIRESA o GERESA, o su equivalente. Los miembros de la Comisión de Concurso deben participar obligatoriamente en todas las etapas del proceso. El quórum para las sesiones de las Comisiones, será la mitad más uno del número de sus miembros. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los asistentes y constarán en Actas numeradas correlativamente y debidamente suscritas, las que serán de acatamiento obligatorio por parte de todos sus miembros y de los trabajadores involucrados. En caso de empate el voto del Presidente es dirimente. Articulo 90: Los Veedores del Concurso. Los Veedores que pueden convocarse en el presente Concurso son: • Representante del Colegio Médico del Perú • Representante del Colegio de Enfermeras (os) del Perú • Representante de la Asociación Peruana de Hospitales • Representante de la Autoridad Sanitaria Local Su función es velar para que el proceso ocurra con total regularidad, dentro de los limites del reglamento establecido, asegurando el respeto por los derechos de los 3

postulantes y su desarrollo en un contexto de legalidad y objetividad. Todo veedor debe garantizar la igualdad de oportunidades, imparcialidad y transparencia del proceso, asegurando con ello su legitimidad. Artículo 10°.- Funciones de la Comisión de Concurso. La Comisión de Concurso tendrá las siguientes funciones: 1. 2. 3. 4.

Llevar a cabo la convocatoria, previa aprobación de bases Conducir el proceso del Concurso Actuar como Jurado del Concurso que convoca Elaborar el cronograma de Concurso conforme a lo establecido en el presente reglamento, el que deberá ser propuesto al Titular de la entidad donde se convoque el Concurso, para su aprobación 5. Publicar los resultados 6. Proclamar a los ganadores 7. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento 8. Resolver cuestiones no previstas en el presente Reglamento 9. Rectificar de oficio o a pedido de parte, errores materiales en el proceso de concurso, hasta la fecha de publicación del listado de orden de méritos, lo cual deberá constar en actas. 10. Elevar al Titular de la entidad el informe final del proceso de Concurso Artículo 11°.- De la abstención En caso que alguno de los miembros de la Comisión se encuentre dentro de las causales de abstención establecidas en el artículo 88 de la Ley No. 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, debe abstenerse de participar. La decisión de abstención es inimpugnable y debe ser comunicada inmediatamente al Titular de la entidad para que sea reemplazado por un nuevo miembro. Articulo 12°.- De los requisitos de la convocatoria para el proceso de selección o concurso Se tienen los siguientes requisitos mínimos: • • • • • • • • • •

El Perfil del puesto, aprobado por el Ministerio de Salud, según Anexo No. 01 (pendiente la RM) Condiciones del puesto: remuneración, lugar y condiciones básicas de trabajo. El cronograma detallado del proceso según Reglamento. La descripción de los medios y tipos de evaluación que se utilizarán. Contenido del Curriculum vitae Las declaraciones juradas solicitadas. La documentación sustentatoria solicitada al postulante. Los criterios de calificación. Plazos de impugnación. Otros datos que le permitan al postulante tener claridad y transparencia sobre el proceso.

Artículo 13°.- De la Convocatoria y difusión. La convocatoria deberá difundirse y publicarse mediante aviso público, como mínimo y simultáneamente, durante diez (10) días hábiles previos a la fecha fijada para el inicio de la inscripción de postulantes y recepción de expedientes de los mismos, en el portal institucional, en el Servicio Nacional de Empleo, en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de mayor circulación del lugar donde se realice la convocatoria, durante un 4

t

t

(01) día y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, así como en otros medios que promuevan el acceso a las oportunidades de trabajo y la transparencia. En caso que las entidades no cuenten con portal institucional, la convocatoria se publicará en un lugar visible de acceso público. Se utilizarán medios de difusión adicionales a los mínimos exigidos por norma, tales como: Páginas web de colegios profesionales y Sociedades, páginas web de universidades o institutos, redes sociales, periódicos murales institucionales, publicación de avisos, radio, televisión, entre otros medios disponibles. El aviso de convocatoria debe contener, como mínimo: • Los plazos de postulación. • Los medios por los cuales se puede acceder al Reglamento del proceso de selección o concurso, el cronograma y a los resultados del concurso • Una descripción básica del perfil de puesto, los requisitos básicos de la convocatoria, incluyendo la entidad para la cual se realiza la convocatoria, la compensación mensual inherente al cargo. • Que la plaza o puesto a ocupar se encuentra aprobada en documento de gestión correspondiente (especificar) y que cuenta con la respectiva certificación del crédito presupuestario. CAPÍTULO III DE LA ETAPA DE RECLUTAMIENTO Artículo 14°.- Los requisitos mínimos para postular son: Solicitud de inscripción/ presentación, de acuerdo al Anexo N°. 02 Título de Profesional de Médico Cirujano o Enfermera, y Colegiatura Resolución de haber realizado el SECIGRA o SERUMS según corresponda. Constancia vigente de Habilidad para el ejercicio de la profesión, emitida por el Colegio Profesional correspondiente. 5. Tiempo de servicio en establecimientos de salud para los profesionales de la salud postulantes al cargo de Director de Hospital, acorde a la NTS N°. 021MINSA/DGSP "Categorías de Establecimientos del Sector Salud°. • Establecimiento de salud del Segundo Nivel de Atención: 1. Hospital Categoría II — 1: 8 años 2. Hospital Categoría II — 2: 12 años 3. Hospital Categoría II — E: 12 años • Establecimiento de salud de Tercer Nivel de Atención: 1. Hospital Categoría III — 1: 18 años 2. Hospital Categoría III — 2: 18 años 3. Hospital Categoría III — E: 18 años 6. Estudios en Administración o Gestión en Salud o Administración o Gestión de Servicios de Salud o Administración o Gestión Hospitalaria • Título y Registro de Especialidad del Programa de Segunda Especialización en Administración de Salud o Gestión en Salud o Gerencia de Servicios de Salud, Administración y/o Gestión Hospitalaria o; • Grado de Maestría en Administración o Gestión en Salud / Administración o Gerencia de Hospitales o Servicios de Salud / Salud Pública / Gobernabilidad / Gestión Pública o; 1. 2. 3. 4.

t

t

• Estudios en Administración o Gestión en Salud / Administración o Gerencia de Hospitales o Servicios de Salud I Salud Pública / Gobernabilidad / Rectoria / Gestión Pública (Con un mínimo de 1,500 horas académicas) 7. Currículum vitae debidamente documentado, foliado y firmado en cada hoja, en atención al orden establecido en el artículo 18° del presente Reglamento. 8. Presentar Certificado de buena salud fisica y mental con una antigüedad no mayor de tres (03) meses desde la fecha de convocatoria del concurso, expedida por un establecimiento de salud del sector público 9. No estar inhabilitado para el ejercicio de la función administrativa. 10. No haber sido sancionado con medida disciplinaria mayor de treinta (30) días calendarios en los últimos cinco (05) años, contados desde la fecha de la convocatoria 11. No registrar Antecedentes Penales ni Judiciales. 12. No estar inscrito en el registro de deudores alimentarios morosos. 13. Copia legible del Documento Nacional de Identidad (DNI). Los requisitos consignados en los numerales 09, 10, 11 y 12 pueden ser cubiertos con una declaración jurada, debiendo presentar obligatoriamente la documentación respectiva, de ganar el concurso dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles de publicado los resultados. De no presentar dicha documentación en el plazo indicado, se procede a llamar al segundo en la lista de orden de méritos que resulte elegible. La documentación que presenta el postulante no deberá tener borraduras, manchas, enmendaduras ni ningún signo de alteración, en caso contrario la Comisión la considerará como no presentada. Las calificaciones de esta etapa son: 1. APTO: Cuando el postulante cumple con todos los requisitos mínimos establecidos en el Articulo 15° del reglamento y lo señalado en las bases de la convocatoria 2. NO APTO: Cuando el postulante no cumple con los requisitos mínimos exigidos para participar del proceso Los postulantes declarados APTOS pasarán a la etapa de evaluación y calificación. La participación de los postulantes podrá ser observada por la Comisión de Concurso o por cualquier trabajador de la institución, siempre que sea sustentada con medios que justifiquen la impugnación. Deberá presentarse por escrito ante la Comisión de Concurso, y en caso la impugnación haya sido formulada por la Comisión de Concurso deberá presentarse a la instancia responsable. El postulante observado, deberá efectuar el descargo respectivo dentro de los dos días hábiles siguientes de haber sido notificado de la impugnación, sin plazos adicionales. Luego del análisis de los documentos de descargo presentados, la Comisión determinará la descalificación o continuación del postulante como tal, como instancia final. Artículo 15°.- De la información pública de los datos proporcionados por el postulante. La información sobre el postulante es pública y está a disposición de cualquier ciudadano, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, salvo las excepciones

6

referidas a la información sobre la intimidad del postulante o a los resultados de las calificaciones antes de la publicación respectiva. Artículo 16°.- De la verificación de datos. La verificación de datos, documentos o cualquier otra información presentada o aludida por el postulante será efectuada durante o después del proceso de selección. Los datos consignados por el postulante en la Ficha de Inscripción o en cualquier documento que suscriba durante las etapas Señaladas en esta norma tienen carácter de declaración jurada, para lo cual la institución encargada de la selección tomará en cuenta la información en ella consignada. En caso se verifique que uno o más datos o documentos presentados por el postulante son falsos quedará excluido de la selección o se dará término a su elección como Director, sin perjuicio de las acciones administrativas o penales a que hubiera lugar. En el caso de falsedad de datos del Director elegido, ya ejerciendo el cargo, se procederá a las acciones pertinentes, y en caso haya cese en las funciones el cargo será asumido por el postulante que ocupó el segundo lugar en la puntuación en el proceso de selección o concurso. CAPÍTULO IV DE LA ETAPA DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN Artículo 17°.- De la evaluación de los postulantes. Se verificará y evaluará, que el postulante cumpla con las exigencias establecidas en el perfil del puesto (Anexo No. 01) y los criterios de evaluación definidos, el cual se desarrollara en dos etapas: Primera etapa: • Evaluación Curricular. • Evaluación de Competencia Técnica • Evaluación de Competencias. • Evaluación Psicológica. Como resultado de esta etapa se tiene un grupo seleccionado de profesionales de la salud, con competencias para ejercer el cargo de Director General de Establecimientos de II y III Nivel de Atención acorde a los requisitos. De este grupo se definirán las ternas para proceder a la elección de Director General en la segunda etapa, acorde al establecimiento de salud. Segunda Etapa: • Entrevista • Sustentación del Plan de Gestión Como resultado de esta etapa, se tiene la elección del Director General de determinado Establecimiento de II o III Nivel de Atención acorde al orden de mérito de la terna.

7

Artículo 18°.- De la evaluación curricular.Consiste en la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el perfil del puesto convocado, en cuanto a formación académica, capacitaciones requeridas, tiempo de servicio, experiencia laboral, docencia e investigación. Se verifica que los postulantes cumplan con los requisitos señalados en el presente reglamento y lo establecido en las bases de la convocatoria.

1. Requisitos del perfil de puesto 1.1 Sin puntaje: a. Ciudadano (a) peruano (a) b. Título de Profesional de Ciencias de la Salud, Universitario y Colegiatura según corresponda c. Resolución de haber realizado el SECIGRA o SERUMS según corresponda. d. Constancia vigente de Habilidad para el ejercicio de la profesión, emitida por el Colegio Profesional correspondiente. e. Estudios en Administración o Gestión en Salud o Administración o Gestión de Servicios de Salud o Administración o Gestión Hospitalaria • Título y Registro de Especialidad del Programa de Segunda Especialización en Administración de Salud o Gestión en Salud o Gerencia de Servicios de Salud, Administración ylo Gestión Hospitalaria o; • Grado de Maestría en Administración o Gestión en Salud / Administración o Gerencia de Hospitales o Servicios de Salud / Salud Pública / Gobernabilidad / Gestión Pública o; • Estudios en Administración o Gestión en Salud / Administración o Gerencia de Hospitales o Servicios de Salud / Salud Pública / Gobemabilidad / Rectoría / Gestión Pública (Con un mínimo de 1,500 horas académicas) f. Tiempo de Servicio en Salud para el postulante a Director de Hospital i. Acreditar años de servicio en salud como profesional de la salud, de acuerdo al cargo que postula, sea en Hospital Nivel II u Hospital Nivel III. • No se considera el tiempo de Internado • Considera el tiempo del SERUMS • Detalle: • Establecimientos de Segundo Nivel de Atención: o Hospital Categoría II — 1: 8 años o Hospital Categoría II — 2: 12 años o Hospital Categoría II — E: 12 años • Establecimientos de Tercer Nivel de Atención: o Hospital Categoría III —1: 18 años o Hospital Categoría III — 2: 18 años o Hospital Categoría III — E: 18 años g. Certificado de buena salud física y mental con una antigüedad no mayor de tres (03) meses desde la fecha de convocatoria del concurso, expedida por un establecimiento de salud del sector público h. No estar inhabilitado para el ejercicio de la función administrativa. i. No haber sido sancionado con medida disciplinaria mayor de treinta (30) días calendarios en los últimos cinco (05) años, contados desde la fecha de la convocatoria.

8

j. No registrar Antecedentes Penales ni Judiciales. k. Declaración Jurada de no estar inscrito en el registro de deudores alimentarios morosos. 1.2 Con puntaje en la evaluación curricular: I. Tiempo de Servicio en diversos cargos en gestión y administración en

servicios de salud para el postulante a Director General de Hospital 1. Acreditar como mínimo años de servicio en diversos cargos en los subsectores público, EsSalud, Fuerzas Armadas, Fuerzas Policiales, Privados; en el marco del total de años de servicio en salud. • Detalle: • Establecimientos de Segundo Nivel de Atención: • Hospital Categoría II - 1: 4 años • Hospital Categoría II - 2: 6 años • Hospital Categoría II - E: 6 años •

Establecimientos de Tercer Nivel de Atención: • Hospital Categoría III - 1: 10 años • Hospital Categoría III - 2: 10 años • Hospital Categoría III - E: 10 años

h. Experiencia laboral en el desempeño de los siguientes cargos: • Jefaturas de Áreas • Jefaturas de Unidades • Jefaturas de Oficinas • Jefaturas de Servicios • Jefaturas de Departamentos • En Direcciones de: o Hospital o Clínica o Red de Servicios de Salud o A nivel de la Autoridad Sanitaria Local o A nivel de la Autoridad Sanitaria Regional o A nivel de la Autoridad Sanitaria Nacional • Coordinador de Proyectos en Salud • Equipo técnico de Proyectos en Salud • Años de servicio en equipos administrativos iii. Formación universitaria y capacitación adicional a los requisitos considerados en el Artículo 14° del presente Reglamento: • En el caso de Establecimientos de Segundo Nivel de Atención — Establecimiento de Salud de Atención Especializada (Categoría II — E), se requiere título de especialista en disciplinas incluidas en la atención especifica en la misión de la institución • En el caso de Establecimientos de Tercer Nivel de Atención — Establecimiento de Salud de Atención Especializada (Categoría II — 2, Categoría III — E), se requiere título de especialista en disciplinas incluidas en la atención específica en la misión de la institución 9

• Capacitación en administración y/o gestión en salud, gestión de servicios de salud, gestión hospitalaria, salud pública, gestión pública, en los últimos 8 años • Segunda Especialización adicionales a lo especificado en el Artículo 14° del Reglamento • Diplomados, Especializaciones y capacitación en gestión, administración y/o gestión en salud, gestión de servicios de salud, gestión hospitalaria adicionales a lo especificado en el Artículo 14° del Reglamento • Maestría en gestión pública, gestión de servicios de salud adicionales a lo especificado en el Artículo 14° del Reglamento • Doctorados con mención en gestión pública, gestión de servicios de salud, Medicina, Enfermería iv. Pasantías en administración y/o gestión en salud, gestión de servicios de salud, gestión hospitalaria v. Participación académico docente en administración y gestión de servicios de salud, gestión clínica, gestión hospitalaria vi. Producción científica en el área de administración y gestión de servicios de salud, gestión clínica, gestión hospitalaria vii. Conferencias en Administración y Gestión en Salud, Administración y Gestión de Servicios de Salud y Salud Pública Declaración Jurada de presentación del Curriculum Vitae. Anexo No. 04. Los postulantes de acuerdo al puntaje detallado para cada rubro de evaluación, podrán obtener las siguientes calificaciones: •

Puntaje máximo de 100 puntos,



Puntaje mínimo de 70 puntos,



Con un peso ponderado de 20%

Esta evaluación es de carácter eliminatorio; no apelable, considerando los puntajes señalados en el Anexo No. 03 del presente Reglamento. A continuación el detalle de la calificación curricular.

Evaluación Curricular Puntaje máximo de: 100 puntos Puntaje mínimo aprobatorio para la siguiente fase: 70 puntos Factor a evaluar

Criterio de calificación

Puntaje

Establecimiento de Segundo Nivel de Atención: Calegoria II —1: 4 años Establecimiento de Segundo Nivel de Atención: Categoría II —1: Más de 4 altos Establecimiento de Segundo Nivel de Atención: Categoría II - 2: 5 años

3

Puntaje máximo de evaluación

5 3

10

t

Años de desempeño en cargos de gestión o administración de servicios de salud, a nivel del salud, de sistema los considerando, público, subsectores EsSalud, Fuerzas Armadas, Fuerzas Policiales, Privados; en el marco del total de años de servicio en salud.

Experiencia laboral en administración y gestión de servicios de salud, desempeño en los cargos de Jefaturas, Direcciones, Supervisión, Gestión o de Administración de Establecimientos Segundo ylo Tercer Nivel de Atención - Hospitales o Institutos, Coordinación de Proyectos (Art. 1 8 del Reglamento)

EstaNecimiento de Segundo Nivel de Atención: Categoría II - 2: Más de 5 anos Establecimiento de Segundo Nivel de Atención: Categoría II - E: 6 años Establecimiento de Segundo Nivel de Atención: Categoría II - E: Más de 6 años Establecimiento de Tercer Nivel de Atención: Categoría III — 1: 8 años Establecimiento de Tercer Nivel de Atención: Categoría III —1: Más de 13 años Establecimiento de Tercer Nivel de Atención: Categoría III —2: B años Establecimiento de Tercer Nivel de Atención: Categoria III —2: Más de 8 años Establecimiento de Tercer Nivel de Atención: Categoría III — E: 8 años Establecimiento de Tercer Nivel de Atención: Categoría III — E: Más de 8 años



Experiencia en equipos de trabajo administrativos (por periodo no menor a un año) • Experiencia en puesto directivo en el sector salud (por período no menor a un año) • Experiencia en puesto directivo F2 (una o más veces (por periodo no menor a un año) • Experiencia en puesto directivo F3 (una o más veces (por periodo no menor a un año) • Experiencia en puesto directivo F4 (una o más veces (por período no menor a un año) • Experienda en puesto directivo F5 (una o más veces (por periodo no menor a un año) Estudios concluidos de Segunda Especialización (Residentado Médico)

5 3 5 3 5 3

Máximo 1 0 puntos

5 3 5

1

2

3 20 puntos 4

5

6

3

Título de Segunda Especialización (Residentado Médico) Segunda Especialización Adicionales a lo especificado en el Art. 14 del Reglamento

En el caso de Establecimientos de Segundo y Tercer Nivel de Atención (Categoría II — E, Categoría III — 2, Categoría III—E), se requiere titulo de especialista en disciplinas incluidas en la atención especifica en la misión de la institución.

4

10 puntos

Registro de Especialista de Segunda Especialización (Residentado Médico) En el caso de Establecimientos de Segundo y Tercer N vel de Atención (Categoría II — E,

11

$

Categoría III — 2, Categoría III — E), se requiere titulo de especialista en disciplinas incluidas en la atención especifica en la misión de la institución

5

Estudios de Segunda Especialización adicionales a los requisitos del perfil.

Diplomados, Especializaciones y Capacitación en gestión, administración y/o gestión en salud, gestión de servicios de salud, gestión hospitalaria, gestión de proyectos Capacitación en gestión de la calidad, salud familiar, salud comunitaria

De 1 a 120 horas

3

De 120 a 360 horas

4

Más de 361 horas

5

Capacidad en gestión hospitalaria, gestión de servicios de salud, administración en salud, gestión de proyectos

De 1 a 120 horas

3

De 120 a 360 horas

4

Más de 361 horas

5

Capacitación en Gestión Pública, Gobernanza y Gobernabilidad, Rectoría en Salud

De 1 a 120 horas

3

De 120 a 360 horas

4

Más de 361 horas

5

15 puntos

Estudios de Diplomado o Especializaciones adicionales a los equisitos de perfil. En el caso que el Certificado o Diploma que acredita la actividad solo señale días de duración, se homologará cada día a 9 horas cronológicas, 12 horas académicas (considerando una hora académica de duración de 45 minutos)

Maestrías Maestría en gestión pública, 1 Estudios concluidos gestión de servicios de salud 1 Grado de Maestría

2

6 puntos

4

Estudios de Maestría adicionales a los requisitos del perfil.

Doctorado Doctorados con mención en

• Estudios concluidos

2

12

gestión pública, gestión de servicios de salud, Medicina, Enfermería

4 puntos

4

Grado de Doctor

0.5

en Pasantías administración ylo gestión en salud, gestión de servicios de salud, gestión hospitalaria

Tiempo 1 —3 meses

Participación académico docente en administración y gestión de servicios de salud, gestión clínica, gestión hospitalaria

Docencia Universitaria de 1 a 4 años

3

Docencia Universitaria mayor de 5 años

5

Producción científica en el área de administración y gestión de servicios de salud, gestión clínica, gestión hospitalaria

De 1 a 4 artículos

2

De 5 a 9 artículos

3

De 10 a más artículos

5

Participación en libro

5

5 puntos

Tiempo mayor de 3 meses

0.75

5 puntos

10 puntos

Producción Cientifica, enfocada al Cargo que postula

Conferencias en Administración y Gestión en Salud, Administración y Gestión de Servicios de Salud y Salud Pública

En Congresos de Gestión Hospitalaria u Hospitales

1.5

En Congresos de Administración y Gestión

1.5

En Congresos de Salud Pública

1.5

2.5 puntos

Congresos Nacionales

En Congresos médicos en general

1

En Congresos de Gestión Hospitalaria u I Hospitales I

2

13

Congresos Internacionales

Cursos Nacionales

Cursos Internacionales

En Congresos de Administración y Gestión

2

En Congresos de Salud Pública

2

En Congresos médicos en general

1

En Cursos de Gestión Hospitalaria u Hospitales

1.5

En Cursos de Administración y Gestión

1.5

En Cursos de Salud Pública

1.5

En Cursos médicos en general

1

En Cursos de Gestión Hospitalaria u Hospitales

2

En Cursos de Administración y Gestión

2

En Cursos de Salud Pública

2

En Cursos médicos en general

1

Total

5 puntos

2.5 puntos

5 puntos

100 puntos

Artículo 19°.- De la evaluación de Competencia Técnica. Los postulantes aptos en la evaluación curricular, participarán en la evaluación de competencias técnicas, que consiste en verificar el nivel de conocimientos técnicos o especializados en gestión del postulante a través de examen de conocimientos de 20 preguntas, con una calificación mínima de 85 puntos y una máxima de 100. Esta evaluación tiene puntaje, es de carácter eliminatorio y no apelable. • Puntaje máximo de 100 puntos, • Puntaje mínimo de 85 puntos, • Con un peso ponderado de 40% La evaluación de conocimientos es elaborada en base a un banco de preguntas de gestión y administración hospitalaria, las mismas que son solicitadas por la Comisión de Concurso a las Facultades formadoras de gestores y administradores en salud, en servicios de salud, de las diversas Universidades del país. El examen versará en relación a los siguientes tópicos: • Conocimientos o Marco Normativo o Laborales • Ética y Deontología • Gestión hospitalaria o Gestión de la calidad 14



• • • • • • • • • • • •

o Gestión Económica Financiera Hospitalaria o Gestión de Costos en Servicios de Salud y Política Tarifaria o Gestión de Hotelería Hospitalaria o Salud Ocupacional o Intercambio prestacional Aseguramiento Universal y Hospitales o Seguro Integral de Salud o Plan Esperanza Presupuesto por Resultados Funciones Esenciales de Salud Pública Toma de Decisiones Gestión del Talento Humano Rendición de Cuentas Evaluación de Desempeño Institucional Sistema de Control Interno Gestión de Riesgos Acuerdos de Gestión Sistemas de Información en Salud Proyectos en Salud Reforma del Sector Salud

Artículo 20°.- De la evaluación Psicológica. Los postulantes que aprobaran la evaluación de competencias técnicas (conocimientos), pasaran a la evaluación psicológica. La evaluación psicológica no tiene puntaje y no es eliminatoria, siempre que el postulante realice la evaluación, caso contrario se consignará el término de descalificado por inasistencia, eliminándolo del proceso de concurso. Esta evaluación es referencial sobre el perfil del postulante. Artículo 21°.- De la evaluación de competencias para el cargo de Director de Establecimientos de Segundo y Tercer Nivel de Atención Los postulantes luego de la evaluación de competencias técnicas y de la evaluación psicológica, se someterán a una evaluación de competencias, acorde al perfil de puesto aprobado por el Ministerio de Salud como Autoridad Sanitaria Nacional (Anexo 1), con el fin de verificar las cualidades del profesional para ejercer el cargo de Director, la cual podrá ser ejecutada por SERVIR o por una Institución Educativa, acorde al Perfil de Puesto para Director de Establecimiento de Segundo y Tercer Nivel de Atención, anexo al presente Reglamento. Los postulantes podrán obtener las siguientes calificaciones: • Puntaje máximo de 100 puntos, • Puntaje mínimo de 80 puntos • Con un ponderado de 40% Artículo 22°.- De la valoración de la Primera Etapa. La valoración se aplica de la siguiente manera: PT = (P1) + (P2) + (P3)

15

Puntaje Total (PT)

Evaluación curricular (P1)

Evaluación de competencia técnica (P2)

Evaluación de competencias (P3)

Articulo 23°.- De la declaración de los profesionales pre-seleccionados La Comisión de Concurso responsable identificará a los tres (03) postulantes aprobados que hayan alcanzado el puntaje más elevado en la primera etapa de evaluación para su pase a la segunda etapa de evaluación. La Comisión de Concurso comunicará formalmente al Titular de la institución convocante, según corresponda, la lista de los profesionales pre seleccionados de la primera etapa, para la publicación de sus nombres en el portal institucional dentro de los tres (03) días siguientes.

Segunda etapa. Elección del Director General por la Entidad Convocante.

Artículo 24°.- De la Entrevista.El Titular del Pliego o Director o Gerente Regional de Salud o su equivalente según corresponda en el sistema de salud, procederá a entrevistar a los tres (03) postulantes aprobados que hayan alcanzado el puntaje más elevado en la primera etapa de evaluación. En esta entrevista se le entregará a los postulantes los documentos sobre la problemática de la institución a la que postulan y se le otorgará un plazo máximo de diez (10) días hábiles para que éstos procedan con la sustentación del Plan de Gestión, con información complementaria que enriquecerá su propuesta entregada inicialmente. La metodología en el marco de desarrollo de la entrevista, debe ser un caso a ser resuelto mientras dure la misma. Los postulantes tendrán como calificación durante la entrevista, la sumatoria siguiente: Com í - encia técnica Habilidades de comunicación Actitud _Aptitud profesional

25 . untos 25 untos 25 'untos 25 .untos

Los postulantes podrán obtener las siguientes calificaciones: • Puntaje máximo de 100 puntos, • Puntaje mínimo de 80 puntos • Con un ponderado de 30% Artículo 25°.- De la calificación del Plan de Gestión. 25.1 Calificación de estructura del Plan de Gestión: En el Plan de Gestión, estructurado según formato adjunto al presente Reglamento (Anexo No. 05), se valorarán: • Gobernabilidad. • Humanización de la Atención. • Inserción de las tendencias internacionales en gestión hospitalaria. • Liderazgo.

16

• Planeamiento estratégico. • Presupuesto por Resultados. • Transparencia en la gestión. • Gestión Clínica con calidad, seguridad, oportunidad. • Gestión de Procesos. • Gestión de Talento Humano. • Gestión de Calidad. • Acreditación / certificaciones de calidad en los hospitales e institutos. • Gestión de proveedores. • Gestión de Aliados Estratégicos. • Gestión del Aseguramiento en Salud. • Situación del Seguro Integral de Salud en el establecimiento! IPRESS. • Responsabilidad Social. • Trabajo articulado con la red de servicios de salud. • Resultados. • Rendición de cuentas. • Evaluación de desempeño. La calificación del Plan de Gestión tendrá como calificación la sumatoria siguiente:

Estructura del Plan de Gestión

Proyecto Plan de Gestión Contenido del Proyecto de Plan de Gestión

Puntos

1. Problemática de Salud e información línea de base para el plan de gestión a. Introducción

1

b. Antecedentes históricos del Hospital o Instituto

2

c. Desafíos de la gestión en el Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención en el marco de la Reforma del Sector Salud

3

d. Perfil Socio Demográfico

2

i. Datos geográficos generales, vías de acceso y medios de comunicación II. Características de la población que acude al Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención

iii. Información estadística 1. Indicadores sociales 2. Indicadores económicos 3. Tasas e. Perfil de Salud

2

17

i. Perfil epidemiológico ii. Variables e indicadores de salud en el Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención 1. Consulta Externa 2. Emergencia 3. Hospitalización 4. Servicios de Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento 5. Infecciones Intrahospitalarias iii. Listas de espera 1. Consulta externa 2. Cirugía f.

Gestión institucional a nivel del Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención i. Situación de:



5

1. Gestión clínica 2. Gestión administrativa 3. Gestión económica financiera 4. Aseguramiento Universal en el Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención 5. Plan Esperanza en el Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención 6. Gestión intercultural ii. Gestión de Proyectos iii. Gestión de Talento Humano —Capacitación iv. En el marco de la Red Integrada de Servicios de Salud v. Función descentralizada de rectoría y normatividad en el caso de los Establecimiento de Tercer Nivel de Atención — Categoría III —2 y Categoría III - E g. Identificación de Actores en Salud involucrados en la gestión del Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención TOTAL SECCIÓN 01

15

2. Plan de Gestión

18

a. Resumen Ejecutivo

2

b. Introducción

2

c. Misión

2

d. Visión

2

e. FODA

2

f. Priorización para el Plan de Gestión

5

g. Estrategias

5

h. Objetivos

5

i. Metas e indicadores

10

i. Primer año de gestión ii. Segundo año de gestión iii. Tercer año de gestión j.

5

Propuesta de organización enfocada a resultados

5

k. Gestión de Talento Humano I.

10

Gestión económica financiera — Viabilidad del Plan de Gestión

55

TOTAL SECCIÓN 02

Total

100

Detalles: • El Plan de Gestión no debe exceder veinte (20) páginas en total, escritas a espacio y medio, debidamente foliadas. Deberá contener un Resumen Ejecutivo de una página. • El Plan de Gestión deberá entregarse en físico y en magnético en formato pdf. • 25.2 Calificación de la sustentación de Plan de Gestión. Durante la sustentación del Plan de Gestión, los postulantes presentarán y sustentarán ante el Titular del Pliego o Director/Gerente Regional de Salud según corresponda, su propuesta de Plan de Gestión para el Establecimiento al cual postulan. Esta sustentación tendrá como marco el formato de plan de gestión y contemplará la problemática de la institución, las propuestas de mejora e iniciativas de solución y los plazos de ejecución; permitiendo al Titular del Pliego seleccionar al postulante que ocupará el puesto de Director de Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención según corresponda. 19

Dichos trabajos no podrán exceder de diez (10) páginas escritas a doble espacio; los cuales serán expuestos y sustentados en fecha y lugar que será publicado. Presentación del Plan de Gestión Claridad de la Presentación Actitud, liderazgo, conducción del postulante Sustentación técnica, aplicabilidad y viabilidad de propuestas y sostenibilidad de propuestas Rendición de cuentas y evaluación del desempeño en la gestión

30 puntos

40 puntos

30 puntos

Los postulantes podrán obtener las siguientes calificaciones generales en el Plan de Gestión: • Puntaje máximo de 100 puntos • Puntaje mínimo de 80 puntos • Con un ponderado de 50% 25.3 Puntaje del Plan de Gestión • Estructura: Mínimo de 80 puntos — ponderación de 20% • Sustentación: Mínimo de 80 puntos— ponderación de 50% • Total: Mínimo de 80 puntos — ponderación de 70% Articulo 26°.- De la valoración de la Segunda Etapa. En esta segunda etapa se aplica de la siguiente manera: PF = (Pe) + (Pg)

Puntaje Final (P9 • • • •

Evaluación de la entrevista personal (Pe)

Evaluación de la sustentación del Plan de Gestión 0_ 19)

Ent evista personal; puntaje máximo de 100, puntaje mínimo de 80 Sustentación del Plan de Gestión: puntaje máximo de 100, pontaje mínimo de 80 Total de puntaje de la Segunda etapa: 200 puntos Puntaje mínimo de aprobación: 160 puntos CAPÍTULO V ESTRUCTURA DEL PUNTAJE DEL CONCURSO

Artículo 27°. De la estructura del Puntaje del Concurso: Los puntajes del Concurso son los siguientes:

20

De la Primera Etapa:

E

Peso

Puntaje Mínimo

Puntaje máximo

30%

70

100

35%

80

100

35%

80

100

100%

230

Peso

Puntaje Mínimo

Puntaje máximo

Entrevista con caso

30%

80

100

Estructura y sustentación del Plan de Gestión Total

70%

80

100

100%

160

300

Evaluaciones

Evaluación de Currículum Evaluación de Competencias Técnicas (conocimientos) Psicológica Evaluación de Competencias Total

No tiene puntaje

1

300

De la Segunda Etapa: Evaluaciones

Articulo 28°.- De la elección del postulante ganador. Con base al Puntaje Final (PF), en los casos que corresponda, se establece el Cuadro de Resultados Finales, que equivale a un cuadro de méritos, en el cual el postulante que obtenga el puntaje más alto en esta Segunda Etapa de Evaluación será considerado como "GANADOR" de la convocatoria, siempre que haya superado el acumulado de 160 puntos.

Artículo 29*.- De la igualdad en los puntajes. En caso que dos (02) o más postulantes obtengan el mismo puntaje aprobatorio, se elige al ganador en función al mayor nivel de carrera. De persistir el empate, se determina entre quien tenga mayor tiempo de servicio, con la participación de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y la Dirección General de Gestión de Desarrollo de Recursos Humanos. El postulante que obtenga el segundo mejor puntaje aprobatorio, tiene la condición de elegible por un periodo de seis (06) meses, pudiendo acceder al puesto al que concursó, en caso se produzca el término del ejercicio del cargo del ganador.

CAPÍTULO VI DE LOS RESULTADOS Artículo 300: De la publicación de resultados Los resultados del concurso expresado en la lista de orden de méritos, serán publicados en la Oficina de Recursos Humanos y en el portal electrónico de la entidad convocante, en el portal del Instituto de Gestión de Servicios de Salud y en la página web del Ministerio de Salud.

21

Artículo 31°.- Del pedido de corrección La lista de orden de méritos, excepcionalmente, puede ser objeto de pedido de corrección por parte del postulante, siempre que se presente cualquiera de los siguientes supuestos: 1. Cuando advierta errores en el puntaje asignado en su evaluación curricular y solo si es previsible que la corrección del error le permita acceder al primer lugar de la lista de orden de méritos o a la condición de elegible. 2. Cuando advierta errores en el puntaje asignado en su evaluación de conocimientos y solo si es previsible que la corrección del error le permita acceder al primer lugar de la lista de orden de méritos o a la condición de elegible. 3. Cuando la Comisión de Concurso incumplió alguna de las disposiciones del presente reglamento.

Artículo 32°.- Del plazo de presentación del pedido de corrección El pedido de corrección se presenta ante la Comisión de Concurso dentro de los dos (02) días hábiles siguientes a la publicación de la lista de orden de méritos. La Comisión de Concurso remite el pedido de corrección dentro de los dos (02) días hábiles siguientes al Titular de la entidad, respecto de la cual, la entidad convocante mantiene dependencia funcional. Para el caso de Organismos Públicos será el Titular de dicho organismo quien recibirá el pedido de corrección. Artículo 33°.- Del pronunciamiento sobre el pedido de corrección La autoridad que reciba el pedido de corrección, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes convocará al Jefe de la Oficina de Recursos Humanos, al Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica o quien haga sus veces en cada caso, así como a dos veedores según el ámbito geográfico, para que bajo su presidencia se pronuncien respecto del pedido de corrección. Artículo 34°.- Del rechazo del pedido de corrección El pedido que no se ajuste a los supuestos contenidos en el artículo 31° del presente reglamento será rechazado. Dicha decisión es inimpugnable. Artículo 35°.- De la emisión de la Resolución Finalizado el proceso de concurso, el Titular de la entidad convocante emite la resolución que designe al ganador en un plazo de diez (10) días hábiles. Articulo 36°.- Del Proceso desierto. Si ninguno de los postulantes logra obtener el puntaje mínimo, el Titular de la institución convocante, declarará el proceso desierto y realizará una nueva convocatoria dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes, que en este caso será abierta. Artículo 37°.- De la solicitud de su calificación El postulante, mediante escrito simple, puede solicitar copia de su calificación, la que es entregada por la Comisión de Concurso en un plazo máximo de tres (3) días hábiles.

22

CAPÍTULO VII DE LA EVALUACIÓN ANUAL DE GESTIÓN Artículo 380 .- Del Convenio de Gestión. El postulante que fue elegido para el cargo de Director del Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención correspondiente, deberá suscribir un CONVENIO DE GESTION cuyo contenido es de cumplimiento obligatorio y contendrá principalmente el Plan de Gestión a partir del diagnóstico situacional de la Institución y el documento que la Comisión de Concurso le hará entrega durante la entrevista, los indicadores que se planifican se deben cumplir anualmente y aquellos que se cumplirán mientras dure el periodo para el que fue elegido, permitiendo al Titular de la Entidad convocante el seguimiento, medición y evaluación. Los indicadores serán acordados por el Ministerio de Salud en coordinación con el IGSS y la Dirección de Salud de la Personas de la Dirección Regional de Salud o su equivalente y el Director elegido del Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención: los cuales pueden ser modificadas por exigencias de las políticas nacionales, en cuyo supuesto, el Convenio de Gestión contendrá una adenda, pudiendo exigirse a los Directores elegidos y en ejercicio su cumplimiento a partir de los 03 meses contados desde la fecha en que estas modificaciones fueron aprobadas y comunicadas al Director elegido. Artículo 39.- De la metodología y factores de evaluación anual de la gestión. El Ministerio de Salud en su rol de Autoridad Sanitaria Nacional, a través del Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGSS), mediante actos administrativos normará la metodología, los factores y los responsables de llevar a cabo la evaluación anual de las gestiones de los Directores elegidos de los Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención, garantizando el proceso de rendición de cuentas, evaluación de desempeño y cumplimiento de metas acordado, en un marco de gobernabilidad institucional y la gestión de las Políticas de Estado a nivel hospitalario. Articulo 40°.- De la ratificación en el cargo de Director de Hospital Nivel II y III. El Director elegido de Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención del Sector Salud podrá ser ratificado por el Titular de la Entidad convocante por un periodo similar al que fue elegido, siempre y cuando haya aprobado la última evaluación anual con el estándar establecido, acorde a la metodología normada por el Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGSS).

TÍTULO III DE LA VACANCIA O SUSPENSION Y ENCARGATURA

CAPÍTULO I DE LA VACANCIA Artículo 41°.- El puesto de Director será declarado vacante en los siguientes casos: por: • Fallecimiento • Renuncia expresa

23



Comprobarse la presentación de documentación falsa o adulterada en el proceso de concurso previo procedimiento administrativo disciplinario. • No someterse a la evaluación anual de gestión programada. • Por no superar la evaluación anual, acorde a los estándares establecidos en el presente Reglamento: • Evaluación anual primer año de gestión: puntaje mínimo de 75 • Evaluación anual segundo año de gestión: puntaje minimo de 80 • Evaluación anual tercer año de gestión: puntaje mínimo de 85 • Por sentencia judicial condenatoria consentida • Por declaración de inhabilitación para prestar servicios en el Estado o el ejercicio de la profesión. • Por haber recibido sanción administrativa, que implique suspensión igual o mayor a 60 días. • Por haber recibido sanciones administrativas consecutivas o en un año calendario, que involucren la suspensión igual o mayor a 60 días. • Por haber recibido tres o más sanciones administrativas consecutivas, independientemente de la sanción aplicada. • Por enfermedad o discapacidad comprobada, que le imposibilite el ejercicio de su función. • Ausencia por razones personales mayor de 60 días en el puesto de Director General, incluye la designación en cargo de confianza, en cuyo caso no retorna al cargo de Director General una vez terminada su función designada. • Por destitución. CAPÍTULO II DE LA SUSPENSIÓN Artículo 42°.- La imposición de la sanción de suspensión en el puesto de Director de

Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención del Sector Salud, no genera la interrupción del plazo de duración señalado en el Artículo 3° del presente Reglamento. CAPÍTULO III DE LA ENCARGATURA Artículo 43°.- El Titular del Pliego procederá a encargar temporalmente la Dirección

del Establecimiento de Segundo o Tercer Nivel de Atención del Sector Salud al Sub Director o al que haga sus veces, en los siguientes casos: 1. En el periodo de convocatoria y de selección de Director. 2. En el caso de declarado vacante el puesto. 3. En tanto dure la suspensión del Director designado. 4. Por goce de descanso vacacional. 5. Otras que se establezcan por Ley. En caso no exista un Director Adjunto, se procederá a encargar el cargo de Director a un servidor de confianza del Titular de la Entidad.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- El Ministro de Salud, mediante Resolución Ministerial, dictará disposiciones complementarias que se requieran para la implementación del presente Reglamento. 24

SEGUNDA.- El Ministro de Salud dispondrá la conformación de una Comisión Nacional con facultades para determinar si los procesos de concurso fueron conducidos de acuerdo al principio de legalidad en todas sus etapas a nivel del sector. En ningún caso tendrá facultades para constituirse como una instancia administrativa.

TERCERA.- Los directores que ejercen el cargo de Director al amparo de la vigencia del Decreto Supremo N° 011-2002-SA, culminarán indefectiblemente su gestión al finalizar el plazo para el que fueron elegidos; sin embargo pueden concursar de acuerdo a las disposiciones de este reglamento siempre que presenten su renuncia irrevocable al cargo de Director que vienen ejerciendo. CUARTA.- Los Colegios Profesionales de los médicos cirujanos y licenciadas en enfermería podrán acreditar a un representante ante las Comisiones de Concurso, acorde al Artículo 9° del presente Reglamento.

QUINTA.- Las instituciones relacionadas a gestión y administración de salud o gerencia de servicios de salud, tipo Sociedades Científicas o Federaciones podrán acreditar a un representante ante las Comisiones de Selección, acorde al artículo 9° del presente Reglamento. SEXTA: La adulteración, falsificación o falta de veracidad en los documentos y declaraciones presentadas o la no presentación de los mismos, determinará la descalificación inmediata del postulante en cualquier etapa del proceso de concurso, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales que correspondan. SÉTIMA - Los diversos subsectores de salud, en el marco de su autonomía administrativa podrán aplicar referencialmente la presente norma, para lo cual se encuentran facultados a emitir disposiciones complementarias, siempre que las mismas no modifiquen sustancialmente el procedimiento contenido en el presente Reglamento.

25

REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL PUESTO DE DIRECTOR DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE II Y III NIVEL DE ATENCIÓN DEL SECTOR SALUD

Anexo No. 01 Perfil de Puesto 1. IDENTIFICACION DEL PERFIL

1.1. Nombre del Puesto Tipo:

DIRECTOR DE ESTABLECIMIENTOS DE

SALUD DE II Y III NIVEL DE ATENCIÓN

1.2. Otras denominaciones referenciales: 1.3. Puesto al que reporta: Gobierno Nacional ó Gobierno Regional o IGSS 2. OBJETIVO DEL PUESTO

Gestionar el Establecimiento de Salud de II y III Nivel de Atención, a fin de cumplir los objetivos trazados a través de la ejecución del Plan Estratégico y Operativo en concordancia con los Lineamientos de Política Nacional, Sectorial y Regional de Salud, en beneficio de la comunidad. 3. FUNCIONES DEL PUESTO (Funciones o Responsabilidades Clave)

1) Apoyar, contribuir a la formulación, implementación y evaluación de políticas, normas, programas, planes y proyectos institucionales en concordancia con las Políticas de Salud Nacional y Regional. 2) Conducir, supervisar y evaluar el proceso productivo hospitalario en el marco de la normatividad vigente. 3) Conducir e implementar la mejora continua de los procesos organizacionales, en el marco de la norrnatividad vigente 4) Conducir y gestionar el potencial humano para el logro de los objetivos y funcionamiento del Hospital mediante la aplicación de métodos e instrumentos estandarizados y formalmente instituidos. 5) Conducir y gestionar los recursos financieros, presupuestales, materiales y tecnológicos para el logro de los objetivos y funcionamiento del Hospital, mediante

la aplicación de métodos e instrumentos estandarizados y formalmente instituidos. según la normatividad vigente. 6) Proponer y conducir la implementación de proyectos de inversión en el marco de la normatividad vigente. 7) Proponer, aprobar o suscribir documentos de gestión, convenios, acuerdos o compromisos de gestión para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, resoluciones directorales en los asuntos de su competencia, para la aprobación de acciones que le sean delegadas por norma expresa y resolver en primera instancia administrativa los reclamos interpuestos contra los actos administrativos generados por el Hospital. 8) Promover y garantizar la transparencia e información de los servicios institucionales para el ciudadano, así como los mecanismos de veeduría y protección de los pacientes. 9) Establecer relaciones interinstitucionales con el sector público y privado, para el cumplimiento de las funciones y metas bajo su responsabilidad. 10) Gestionar la obtención de cooperación técnica y financiera nacional e internacional y el apoyo de los planes del Hospital según complejidad, en el marco de la normatividad vigente. 4. COORDINACIONES EXTERNAS Oficinas, Departamentos, Comunidad, Gobierno Nacional, Gobierno Regional, Gobierno Local, Dirección Regional de Salud, Oficinas de Cooperación Técnica.

5. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO 5.1. FORMACIÓN ACADÉMICA Universitaria en Pregrado :

Profesional de Ciencias de la Salud

Grado Académico requerido :

Bachiller

Título Universitario requerido:

SI

Colegiatura requerida

SI

Especialización • Título y Registro de Especialidad del Programa de Segunda Especialización en Administración de Salud o Gestión en Salud o Gerencia de Servicios de Salud, Administración y/o Gestión Hospitalaria o

2



Grado de Maestría en Administración o Gestión en Salud / Administración o Gerencia de Hospitales o Servicios de Salud / Salud Pública / Gobernabilidad / Gestión Pública o



Estudios en Administración o Gestión en Salud / Administración o Gerencia de Hospitales o Servicios de Salud / Salud Pública / Gobernabilidad / Rectoría / Gestión Pública (Con un mínimo de 1,500 horas académicas)

Otros Estudios requeridos •

Deseable en: Salud Pública y/o Gestión Pública y/o Gobemabilidad, Gobemanza, Rectoría, Gestión en Recursos Humanos y/o Planeamiento y Presupuesto y/o Contrataciones del Estado y/o Gestión de Proyectos de Inversión y/o Gestión de Tecnologías en Salud y Control Gerencial

Principales temas que es deseable conocer para el eficiente desempeño de sus funciones: Planificación Hospitalaria, Organización y Funcionamiento de Hospitales, Proceso Productivo Hospitalario, Gestión Clínica, Gestión de Hotelería Hospitalaria, Gestión por Resultados, Gestión de la Información, Indicadores Hospitalarios, Gestión de Sistemas Administrativos Hospitalarios, Presupuesto por Resultados, Logística, Contrataciones del Estado, Proyectos de Inversión en Salud, Modelos de Asociación Público Privado, Asociación Público Pública. 5.2. REQUERIMIENTOS Experiencia Laboral A. Puesto/Nivel ( experiencia previa en algunos niveles o tipo de puestos siguientes o sus equivalentes, tanto en sector público como privado): Coordinador / Supervisor - Jefe de Área - Jefe de Unidad - Jefe de Servicio - Jefe de Departamento - Gerencia o similar Director (a nivel hospitalario y/o en el marco de la estructura del Sector Salud)

3

B. Años de experiencia profesional general (desde la obtención del grado de bachiller): en un rango de 7 a 10 años, según la complejidad de la institución a la que postula C. Años de experiencia especifica en el área de trabajo ( gestión en salud en el sector público o privado): en un rango de 4 a 8 años , según la complejidad de la institución a la que postula D. Años de experiencia prestando servicios al estado peruano (en el área de trabajo acreditada en los últimos 10 años): Desde 3 años a menos de 5 años E. Otras informaciones sobre experiencia previa para el eficiente desempeño en el puesto: El SERUMS se considera para efectos del cómputo de experiencia de servicios en el Estado

5.3. HABILIDADES TECNICAS

A. Herramientas Informáticas Nivel

Nivel

Intermedio

Avanzado

Nivel Básico Procesador de hoja de cálculo

x

Procesador de texto

x

Procesador de gráficos

x

B. Idiomas Habla

6.

OTROS REQUISITOS:



Ciudadano peruano (a)



Constancia de Habilidad Profesional

Lee X

Inglés nivel básico Idioma o dialecto local Otros

Escribe

X

7. COMPETENCIAS GENÉRICAS 1) Orientación a Resultados

Es la actitud dirigida a cumplir de manera eficaz y eficiente los objetivos y metas bajo criterios de legalidad y oportunidad.

2) Comunicación efectiva

Escuchar los diferentes puntos de vista e ideas y transmitir de forma clara, transparente, veraz y oportuna de manera verbal o escrita las ideas, prioridades y planes verificando su recepción.

3) Actitud de servicio

Identificar, entender y satisfacer las necesidades de forma oportuna de los usuarios internos y/o externos.

4) Trabajo en equipo

Es la capacidad de cohesionar un equipo y lograr que este se comprometa con los objetivos y colabore de manera coordinada para su cumplimiento.

5) Innovación y mejora continua

Identificar oportunidades de mejora para cambiar, optimizar y/o desarrollar los procesos o productos orientados al servicio del usuario interno y/o externo.

6) Liderazgo Es la capacidad para influir en otros, con base en valores, para orientar su

accionar al logro de objetivos.

7) Sentido de urgencia Reconoce la prioridad de atención de actividades y proyectos actuando de manera

consecuente para alcanzar su realización oportuna bajo criterios de legalidad. 8. COMPETENCIAS ESPECIFICAS

5

1) Conducir la planificación y organización estratégica del Instituto Especializado u Hospital en concordancia con las Políticas de Salud Nacional y Regional

Capacidad de analizar el contexto interno (infraestructura, equipamiento, recursos humanos, recursos financieros, procesos, cultura organizacional, dientes internos, resultados, productividad, etc.) y entorno externo, para direccionar a la institución en la consecución de los objetivos a mediano y largo plazo.

2) Conducir el desarrollo del proceso productivo hospitalario y realizar la gestión clínica que responda al modelo de atención definido y a las necesidades de salud de la población

Capacidad para dirigir el desarrollo de un proceso asistencial que garantice una prestación de servicios de salud de calidad. 3) Construir una cultura organizacional y mantener un clima laboral que favorezca el desempeño individual y organizacional para lograr los objetivos institucionales Capacidad para identificar y manejar situaciones de provisión y contingencias

creando un ambiente propicio para la colaboración, planificando alternativas, centrándose en el problema u objetivo y no en la persona, utilizando el pensamiento crítico, analítico y sistémico para tomar decisiones a fin de lograr soluciones estratégicas, oportunas y adecuadas; así como compromisos duraderos que fortalezcan la relación. 4) Gestionar y analizar los sistemas de información para la toma de decisiones

Gestiona y analiza sistemáticamente la información de las necesidades, riesgos y demandas de la población; así como de las condiciones de la oferta de servicios de salud mediante la supervisión, monitoreo y evaluación de los sistemas, redes, estrategias, procesos, planes e intervenciones sanitarias del hospital. 5) Gerenclar los sistemas administrativos hospitalarios en el marco de la normatividad vigente nacional

6

Capacidad para conducir y gestionar los recursos financieros, humanos, presupuestales, materiales y tecnológicos para el logro de los objetivos y funcionamiento del Hospital.

6) Negociación laboral y resolución de conflictos

Capacidad para lograr consensos y acuerdos laborales, sindicales y gremiales, mediante mecanismos de negociación laboral y colectivo en el marco de la normatividad vigente.

Perfil del puesto. Es una herramienta de gestión de recursos humanos que provee la

información estructurada acerca de la ubicación de un puesto dentro de la estructura orgánica, su objetivo y funciones principales; así como también los requisitos y exigencias como: a) formación académica, b) experiencia laboral, y c) competencias; que se demandan para que una persona pueda conducirse y desempeñarse adecuadamente dentro de la organización. "Gula Técnica para la Identificación de Competencias y Diseño de Estándares e Instrumentos de Evaluación de Competencias Específicas con el Enfoque Funcionar, R,M. 251-2014 de fecha 24 de marzo 2014

7

REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL PUESTO DE DIRECTOR DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL II o III NIVEL DE ATENCIÓN DEL SECTOR SALUD

Anexo No. 02 Solicitud de Inscripción Señor Presidente de la Comisión del Concurso para Director del Establecimiento

, identificado (a) con

Yo

de

No.

DNI

domiciliado

profesión en con

actualmente prestando servicios en

teléfono No. me presento ante usted y solicito: La inscripción como postulante al cargo siguiente: Establecimiento de Salud del II o III Nivel de Atención Cargo

DECLARO BAJO JURAMENTO, lo siguiente: •

Cumplir con todos los requisitos establecidos en el Reglamento de selección para el puesto de Director del Establecimiento



Estar hábil para el ejercicio de la profesión.



Conocer y aceptar todas las disposiciones que rigen el Concurso de Selección para el puesto de Director de Establecimientos de Salud del II o III Nivel de Atención y someterme a ellas.



Adjunto todos los documentos solicitados y establecidos en el Reglamento de selección para el puesto de Director de Establecimientos de Salud del II y III Nivel de Atención



Adjunto en

Lugar y fecha Firma del postulante DNI

folios.

REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL PUESTO DE DIRECTOR DE INSTITUTOS ESPECIALIZADOS U HOSPITALES DEL SECTOR SALUD

Anexo No. 3 Evaluación Curricular Puntaje máximo de: 100 puntos Puntaje mínimo aprobatorio para la siguiente fase: 70 puntos

Factor a evaluar

Años de desempeño en cargos de gestión o administración de servicios de salud, a nivel del sistema de salud,

considerando, los subsectores público, EsSalud, Fuerzas Aunadas, Fuerzas Policiales, Privados; en el marco del total de años de servicio en salud.

Experiencia laboral en administración y gestión de servicios de salud desempeño en los cargos de Jefaturas, Direcciones, Supervisión, Gestión o de Administración Establecimientos de Segundo ylo Tercer Nivel

Criterio de calificación

Puntaje

Establecimiento de Segundo Nivel de Atención: Categoria 11-1: 4 años Establecimiento de Segundo Nivel de Atención: Categoría II- 1: Más de 4 años Establecimiento de Segundo Nivel de Atención: Categoría II - 2. 5 años Establecimiento de Segundo Nivel de Atención: Categoría II - 2: Más de 5 años Establecimiento de Segundo Nivel de Atención: Categoría II - E: 6 años Establecimiento de Segundo Nivel de Atención: Categoría II- E: Más de 6 años Establecimiento de Tercer Nivel de Atención: Categoria III -1: 8 años Establecimiento de Tercer Nivel de Atención: Categoria III - 1: Más de 8 años Establecimiento de Tercer Nivel de Atención: 1 Categoria III -2: 8 años Establecimiento de Tercer Nivel de Atención: Categoría III -2: Más de 8 años Estable:miento de Tercer Nivel de Atenaón: Categoría III - E: 8 años Establecimiento de Tercer Nivel de Atención: Catorla III- E: Más de 8 años

3

• Experiencia en equipos de trabajo administrativos (pa periodo no menor a un año) • Experiencia en puesto directivo en el sector salud (por periodo no menor a un año) •• Experiencia en puesto directivo F2 (una o más veces) • Experiencia en puesto directivo F3 (una o más veces)

1

Puntaje máximo de evaluación

5 3

5 3 5 3 5 3

Máximo 10 puntos

5 3 5

2

3 4

20 puntos

de Atención - Hospitales o Institutos, Coordinación de Proyectos

• Experiencia en puesto directivo F4 (una o más veces) • Experiencia en puesto directivo F5 (una o más veces)

5 6

1 (Art. 18 del Reglamento) Segunda concluidos de Estudios Especialización (Residentado Médico) de Segunda Titulo (Residentado Médco) Segunda Especialización Adicionales a lo especificado en el Art. 14 del Reglamento

3

Especialización

En el caso de Establecimientos de Segundo y Tercer Nivel de Atención (Categoría II — E, Categoría III — 2, Categoría III — E), se requiere , Mulo de especialista en disciplinas incluidas en la atención especifica en la misión de la institución.

4 10 puntos

Registro de Especialista de Segunda Especialización (Residentado Médico) En el caso de Establecimientos de Segundo y Tercer Nivel de Atención (Categoría II — E, Categoría III — 2, Categoría III — E), se requiere titulo de especialista en disciplinas incluidas en la atención especifica en la misión de la institución

5

Estudios de Segunda Especialización adicionales a los requisitos del perfil.

Diplomados, Espedalizaciones y Capacitación en gestión, administración yfo gestión en salud, gestión de servicios de salud, gestión hospitalaria, gestión de proyectos De 1 a 120 horas

3

De 120 a 360 horas

4

Más de 361 horas

5

gestión Capacidad en gestión de hospitalaria. salud, de servidos administración en salud, gestión de proyectos

De 1 a 120 horas

3

De 120 a 360 horas

4

Más de 361 horas

5

Capacitación en Gestión Pública, Gobemanza y Gobemabilidad, Rectoría en

De 1 a 120 horas

3

De 120 a 360 horas

4

Capacitación en gestión de la calidad, salud faMliar, salud comunitaria

15 puntos

1 Más de 361 horas

Salud

5

Estudios de Diplomado o Especializaciones adicionales a los equisitos de perfil. En el caso que el Certificado o Diploma que acredita la actividad solo señale días de duración, se homologará cada día a 9 horas cronológicas, 12 horas académicas (considerando una hora académica de duración de 45 minutos)

Maestrías Maestría en gestión pública, gestión de servidos de salud

Estudios concluidos

2

Grado de Maestría

4

6 puntos

Estudios de Maestría adicionales a los requisitos del perfil.

Doctorado Doctorados con mandón en gestión pública, gestión de servicios de salud, Medidna, Enfermería

Estudios conduidos

2 4 puntos

Grado de Doctor

4

Pasantías en administración ylo gestión en salud, gestión de servicios de salud, gestión hospitalaria

Tiempo 1 — 3 meses

Participación académico docente en administración y gestión de servicios de salud, gestión clínica, gestión hospitalaria

Docencia Universitaria de 1 a 4 años

3

Docencia Universitaria mayor de 5 años

5

Producción científica en el área de administración y gestión de servicios de salud, gestión clínica, gestión hospitalaria

De 1 a 4 artículos

2

De 5 a 9 artículos

3

De 10 a más artículos

5

Partidpación en libro

5

0.5 5 puntos

Tiempo mayor de 3 meses

0.75

Producción Científica, enfocada al Cargo que postula

5 puntos

10 puntos

1 Conferencias en Administración y Gestión en Salud, Administración y Gestión de Servicios de Salud y Salud Pública

En Congresos de Gestión Hospitalaria u Hospitales

1.5

En Congresos de Administración y Gestión

1.5

En Congresos de Salud Pública

1.5

2,5 puntos

Congresos Nacionales

En Congresos médicos en general

1

En Congresos de Gestión Hospitalaria u Hospitales

2

En Congresos de Administración y Gestión

2

En Congresos de Salud Pública

2

En Congresos médicos en general

1

5 puntos

Congresos Internacionales

Cursos Nacionales

Cursos Internacionales

En Cursos de Gestión Hospitalaria u Hospitales

1.5

En Cursos de Administración y Gestión

1.5

En Cursos de Salud Pública

1.5

En Cursos médicos en general

1

En Cursos de Gestión Hospitalaria u Hospitales

2

En Cursos de Administración y Gestión

2

En Cursos de Salud Pública

2

En Cursos médicos en general

1

2.5 puntos

5 puntos

100 puntos

Total 1

REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL PUESTO DE DIRECTOR DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL II Y III NIVEL DE ATENCIÓN DEL SECTOR SALUD

Anexo No. 04 Curriculum Vitae del Postulante Presentación de Curriculum Vitae documentado, en original y copias legalizadas, considerando los siguientes documentos: 1. Formación profesional a. Títulos b. Grados c. Constancias de Egreso d. Otros según los requisitos 2. Capacitación, precisar cada una de las actividades, en los últimos 10 años, sean estas Curso de Especialización, Congresos, especificando la condición de participación: Asistente, Participante; así como número de horas o créditos y fecha de realización a. Especificar si están relacionadas al Cargo en lista separada b. Otras capacitaciones 3. Experiencia Laboral, precisar en cada una de ellas, institución, cargo administrativo o cargo asistencial, funciones realizadas a. Tiempo de ejercicio profesional b. Tiempo de servicio en la institución a la que postula c. Tiempo de servicios en cargos según los requisitos de presente Reglamento 4. Docencia, Investigación y Producción Científica, enfocada al Cargo que postula a. Participación académica docente b. Producción científica i. Trabajos presentados en Congresos H. Trabajos publicados 1. En Congresos 1

2. En revistas c. Conferencias, especificar en Congresos Nacionales, Congresos Internacionales, Cursos Nacionales, Cursos Internacionales i. Temas relacionados a Administración y Gestión de Servicios de Salud

a.

Salud Pública

iii. Otros

"DECLARO QUE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA ES VERDADERA, QUE LAS COPIAS LEGALIZADAS SE SUSTENTAN EN LOS ORIGINALES, QUE PRESENTARÉ A SOLICITUD DE LA COMISIÓN DE CONCURSO".

Lugar y fecha Firma del Postulante DNI

2

• Deberá contener un Resumen Ejecutivo de una página. - El Plan de Gestión deberá entregarse en físico y en magnético en formato pdf.

REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL PUESTO DE DIRECTOR DE ESTABLECIMIENTOS DEL II Y III NIVEL DE ATENCIÓN DEL SECTOR SALUD

Anexo No. 05 Proyecto Plan de Gestión Contenido del Proyecto de Plan de Gestión 1. Problemática de Salud e información línea de base para el plan de gestión a. Introducción b. Antecedentes históricos del Hospital o Instituto c. Desafíos de la gestión en el Establecimiento de Salud del II o III Nivel de Atención en el marco de la Reforma del Sector Salud d. Perfil Socio Demográfico i. Datos geográficos generales, vías de acceso y medios de comunicación ii. Características de la población que acude al Hospital o Instituto iii. Información estadística 1. Indicadores sociales 2. Indicadores económicos 3. Tasas e. Perfil de Salud i. Perfil epidemiológico ii. Variables e indicadores de salud en el Hospital o Instituto 1. Consulta Externa 2. Emergencia 3. Hospitalización 4. Servicios de Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento S. Infecciones Intrahospitalarias iii. Listas de espera 1. Consulta externa 2. Cirugía f. Gestión institucional a nivel del Hospital o Instituto i. Situación de: 1. Gestión clínica 2. Gestión administrativa 3. Gestión económica financiera 4. Aseguramiento Universal en el Hospital o Instituto S. Plan Esperanza en el Hospital o Instituto 6. Gestión intercultural ii. Gestión de Proyectos

Puntos

1 2 3

2

2

S

iii. Gestión de Talento Humano —Capacitación iv. En el marco de la Red Integrada de Servicios de Salud v. Función descentralizada de rectoría y normatividad en el caso de los Institutos g. Identificación de Actores en Salud involucrados en la gestión del Hospital o Instituto TOTAL SECCIÓN 01 2. Plan de Gestión a. Resumen Ejecutivo b. Introducción c. Misión d. Visión e. FODA f. Priorización para el Plan de Gestión g. Estrategias h. Objetivos i. Metas e indicadores i. Primer ano de gestión fi. Segundo año de gestión iii. Tercer año de gestión j. Propuesta de organización enfocada a resultados k. Gestión de Talento Humano I. Gestión económica financiera — Viabilidad del Plan de Gestión TOTAL SECCIÓN 02 Total

15

2

2 2 5 5 5 10

5 5 10 55 70

Presentación del Plan de Gestión Claridad de la Presentación Actitud, liderazgo, conducción del postulante aplicabilidad y Sustentación técnica, viabifdad de propuestas y sostenibilidad de propuestas Rendición de cuentas y evaluación del desempeño en la gestión

10 puntos

10 puntos

10 puntos

Los postulantes podrán obtener las siguientes calificaciones, en función al contenido del Plan de Gestión y presentación del mismo: • • •

Puntaje máximo de 100 puntos, Puntaje minimo de 80 puntos Con un ponderado de 40%

Detalles: •

El Plan de Gestión no debe exceder de 20 páginas en total, escritas a espacio y medio, debidamente foliadas.