1
2
"Es el deber de todo ciudadano vigilar sobre la legítima inversión de las rentas públicas en beneficio de la sociedad, y para el gobierno nada será más útil ni más satisfactorio que corregir los abusos de la administración" Simón Bolívar Congreso de Angostura 15-02-1819
002
Presupuesto
Contabilida d
Situación actual en muchas entidades públicas…
Tesorería
OCI, SOC.AUD., CGR
SUNAT, CONGRESO, AFP
LEY MARCO DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO LEY Nº 28112 (VIGENTE 29 DE NOVIEMBRE DEL 2003) OBJETIVO Modernizar la Administración Financiera del Sector Público, estableciendo las normas básicas para una gestión integral y eficiente relacionado con la captación y utilización de los fondos públicos, así como el registro y presentación de la información correspondiente, contribuyendo a los deberes y funciones del Estado en un contexto de responsabilidad y transparencia fiscal.
ORIENTACIÓN Viabilizar la gestión de los fondos públicos conforme a las disposiciones de ordenamiento jurídico, promoviendo el adecuado funcionamiento de sus sistemas conformantes según las medidas políticas, económicas establecidas en concordancia con la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal.
019
Ley Nº 28112 – Marco de la Administración Financiera del Sector Público Artículo 10º Registro Único de Información
•10.1 El registro de la información es único y de uso obligatorio por parte de todas las entidades y organismos del Sector Público, a nivel Nacional, Regional y Local y se efectúa a través del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) que administra el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Comité de Coordinación. •10.2 EL SIAF-SP constituye el medio oficial para el registro, procesamiento y generación de la información relacionada con la Administración Financiera del Sector Público, cuyo funcionamiento y operatividad se desarrolla en el marco de la normatividad aprobada por los Órganos Rectores.
LEY Nº 28708 LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD (Vigencia: 13 de Abril del 2006)
El Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de órganos, políticas, principios, normas y procedimientos de contabilidad de los sectores público y privado, de aceptación general y aplicados a las entidades y órganos que lo conforman y que contribuyen al cumplimiento de sus fines y objetivos. En lo correspondiente al Sector Público, tiene por finalidad establecer las condiciones para la rendición de cuentas y la elaboración de la Cuenta General de la República. Se rige por los principios regulatorios de Uniformidad Integridad Oportunidad Transparencia, y Legalidad. 022
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad Artículo I.- Uniformidad Establecer normas y procedimientos contables para el tratamiento homogéneo del registro, procesamiento y presentación de la información contable.
Principios Regulatorios (Titulo Preliminar)
Artículo II.- Integridad Registro sistemático de la totalidad de los hechos financieros y económicos. Artículo III.- Oportunidad Registro, procesamiento y presentación de la información contable en el momento y circunstancias debidas.
Artículo IV.- Transparencia Libre acceso a la información, participación y control ciudadano sobre la contabilidad del Estado. Artículo V.- Legalidad Primacía de la legislación respecto a las normas contables.
LEY Nº 28708 LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD (Vigencia: 13 de Abril del 2006)
OBJETO Establecer el marco legal para dictar y aprobar normas y procedimientos que permitan armonizar la información contable de las entidades del sector público y del sector privado, así como elaborar la Cuenta General de la República, las cuentas nacionales, las cuentas fiscales y efectuar el planeamiento que corresponda. OBJETIVOS
Armonizar y homogeneizar la contabilidad en los sectores público y privado mediante la aprobación de la normatividad contable. Elaborar la Cuenta General de la República a partir de las rendiciones de cuentas en las entidades del sector público. Elaborar y proporcionar a las entidades responsables, la información necesaria para la formulación de las cuentas nacionales, cuentas fiscales y al planeamiento. Proporcionar información oportuna para la toma de decisiones en las entidades del sector público y del sector privado. 09
Ámbito del SNC
Sector Privado (DGCP en lo que corresponda)
Sector Público Dirección General de Contabilidad Pública • Armoniza, homogeniza la contabilidad en los sectores público y privado. • Elabora la Cuenta General de la República. Superintendencia de Bancas, Seguros y AFP • Dicta normas para registro, elaboración, presentación y publicación de estados financieros auditados.
Ámbito del Sistema Nacional de Contabilidad
Consejo Normativo de Contabilidad • Establece, interpreta normas contables empresariales. CONASEV • Regula empresas que cotizan en bolsa, agentes de bolsa o intermediarios financieros. Superintendencia de Bancas, Seguros y AFP • Dicta normas para registro, elaboración, presentación y publicación de estados financieros auditados.
10
El Sistema Nacional de Contabilidad
Políticas
Procedimientos contables
Orientados a los sectores público y privado.
Principios
Normas
11
Principales normas del SNC Leyes
Instructivos Contables
• Ley N° 28708. Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad • Ley Nº 29401. Reforma de los Artículos 80º y 81º de la Constitución Política del Perú. • Ley N° 29537. Adecua la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad al Artículo 81º de la Constitución Política del Perú. • Ley N° 29608. Ley que aprueba la Cuenta General de la República del 2009 y dispone el saneamiento de la información contable.
• 1. Documentos y Libros Contables • 2. Valuación de los bienes del activo fijo, método y porcentajes de depreciación y amortización de los bienes del activo fijo • 3. Provisión y castigo de las cuentas incobrables • 4. Criterios de valuación de recursos naturales • 5. Estado de flujos de efectivo • 8. Documentos Cancelatorios TP • 11. Diversas Normas • 12. Reestructuración de información y documentación contable • 16. Contabilización del endeudamiento • 17. Contabilización de la construcción de nichos, administración de cementerios • 18. Recursos públicos por encargos • 20. Registro de las obligaciones previsionales a cargo del estado • 21. Registro de las transacciones del proceso de promoción de la inversión privada
Normas Internacionales de Contabilidad del SP
12
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad Artículo 16º Registro Contable Numeral 16.4: En el registro sistemático de la totalidad de los hechos financieros y económicos, los responsables del registro NO PUEDEN dejar de registrar, procesar y presentar la información contable por insuficiencia o inexistencia de la legislación. En tales casos se debe aplicar en forma supletoria los Principios Contables Generalmente Aceptados y de preferencia los aceptados en la Contabilidad Peruana.
Artículo 17º Registro Contable en el SIAF-SP El registro contable que se efectúa utilizando el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP), tiene como sustento la Tabla de Operaciones cuya elaboración y actualización permanente es responsabilidad de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública.
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad Artículo 20º Integración y Consolidación 20.1 Las entidades del sector público efectúan la integración y consolidación de los estados financieros y presupuestarios de su ámbito de competencia funcional, aplicando las normas y procedimientos contables emitidos por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública. 20.2 La Dirección Nacional de Contabilidad Pública integra y consolida los estados financieros de las entidades del sector público.
Artículo 22º La Contabilidad del Sector Público La contabilidad del sector público se configura como un sistema de información económica, financiera y presupuestaria de cada una de las entidades que lo conforman. Tiene por objeto mostrar la imagen fiel del patrimonio, la situación financiera, los resultados y la ejecución del presupuesto.
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad Sistema Nacional de Presupuesto (Ingresos/Gasto s)
Otros sistemas (recursos humanos, abastecimiento, rentas)
Sistema Nacional de Contabilidad (Sistema Integrador) Ente Rector: Dirección Nacional de Contabilidad Pública Sistema Nacional de Endeudamient o (Contratos, pago deuda)
Sistema Nacional de Tesorería (Recaudación/Pago s)
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad Dirección General de Contabilida d Pública
Oficinas de contabilidad de las entidades del sector privado Proponer normas contables. Proponer el manual de procedimientos contables de la entidad. Registrar y procesar las transacciones. Elaborar los estados financieros y otros.
Sistema Nacional de Contabilidad
Oficinas de contabilida d de las entidades del sector público
Dictar normas contables. Elaborar Cuenta General de la República. Evaluar aplicación de normas contables. Opinar en materia contable. Efectuar acciones de capacitación.
El Consejo Normativo de Contabilida d Estudiar, analizar y opinar sobre las propuestas de normas relativas a la contabilidad Emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad Absolver consultas en materia de su competencia.
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad Artículo 23º Definición La Cuenta General de la República, es el instrumento de gestión pública que contiene información y análisis de los resultados presupuestarios, financieros, económicos, patrimoniales y de cumplimiento de metas e indicadores de gestión financiera, en la actuación de las entidades del sector público durante un ejercicio fiscal.
Artículo 24º Alcance Se encuentran sujetas a la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República todas las entidades del sector público sin excepción, conforme a lo siguiente: 1. Las Entidades del Gobierno General comprendidas por el Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ……..
Cuenta General de la República Objetivos Presentar análisis cuantitativo de la actuación de las entidades del sector público incluyendo los indicadores de gestión financiera.
Informar resultados de gestión pública en aspectos financieros, presupuestarios, económicos, patrimon. y de metas.
Proveer información para el planeamiento y la toma de decisiones.
Instrumento de gestión pública. Contiene resultados presupuestarios, financieros, económicos, otros.
Facilitar el control y la fiscalización de la gestión pública.
18
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad El titular del pliego
Los Directores de Presupuesto
Tienen responsabilidad administrativa y están obligados a presentar la rendición de cuentas de la entidad.
Los Directores de Contabilidad
Los Directores Generales de Administración
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS El titular del pliego, los directores generales de administración, los directores de contabilidad y de presupuesto tienen responsabilidad administrativa y están obligados a: 1.- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la presente Ley. 2.- Presentar las rendiciones de cuenta a la Dirección General de Contabilidad Pública. 3.- Suscribir y remitir la información requerida para la elaboración de la Cuenta General de la República hasta el 31 de marzo del año siguiente. 4.- En los casos de extinción o disolución de entidades presentan a la DGCP las rendiciones de cuenta debidamente refrendadas por el periodo contable que le corresponde.
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Al cesar en sus funciones entregan bajo responsabilidad al funcionario que asuma el cargo los estados financieros, los libros contables y toda documentación que sustenta las operaciones realizadas comunicando tal acción a la DNCP en un plazo de 10 días hábiles. 5.- Implementar las recomendaciones y subsanar las observaciones de la Contraloría General de la República.
021
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad Son faltas graves administrativas las siguientes:
a
b c
• La omisión de la presentación de las rendiciones de cuentas, requerida para la elaboración de la Cuenta General de la República. • La falta de implementación de las recomendaciones y la no subsanación por periodos mayores a un ejercicio fiscal.
• La ausencia de documentación o no conservación de la documentación que sustente las transacciones ejecutadas, por tiempo no menor de diez (10) años. • La presentación de rendiciones de cuentas inconsistentes o sin el sustento requerido.
• La ejecución del gasto presupuestal sin el financiamiento correspondiente. • No entregar los libros contables y documentación que sustenten las operaciones realizadas en su gestión.
Cuenta General de la República Fases del Proceso Fase 01. Presentación y recepción de la Rendición de Cuentas. (Información documentada)
Fase 02. Análisis y procesamiento de la información (por parte de la Dirección General de Contabilidad Publica).
Fase 03. Elaboración (remisión de la Cuenta General de la República a la Contraloría).
Fase 05. Presentación (por el Ministro de Economía al Presidente de la República para su remisión al Congreso de la República).
Fase 04. Informe de auditoría (por la Contraloría General de la Republica).
Hasta el 31 de Marzo
Fase 06. Examen y Dictamen (por la comisión revisora del Congreso de la República). *Hasta el 15 de Octubre
Fase 07. Aprobación (por el Pleno del Congreso de la Republica). *Hasta el 30 de Octubre
*Hasta el 15 de Agosto
Fase 08. Difusión de la Cuenta General de la República por la DGCP (Omisos, EEFF, EEPP, información complem.)
*Hasta el 20 de Junio
*Hasta el 10 de Agosto
*Ley Nº 29537, Ley que adecua la Ley Nº 28708 al articulo 81 de la CPP. 23
Cuenta General de la República
Elaboración y remisión de la Cuenta General de la República a la Contraloría. Informe de auditoría por la Contraloría General de la Republica. Presentación por el Ministro de Economía al Presidente para su remisión al Congreso.
Examen y Dictamen por la comisión revisora del Congreso de la República. Aprobación por el Pleno del Congreso de la Republica.
Nuevo Plazo
Plazo anterior
Ley N° 29537
Ley N° 28708
Hasta el 20 de junio del año siguiente
Vencía el 30 de Junio
Hasta el 10 de agosto del año siguiente
Vencía el 31 de agosto
Hasta el 15 de agosto del año siguiente
Vencía el 15 de noviembre
Hasta el 15 de octubre del año siguiente
Vencía a los 90 días calendario siguientes a su presentación
Hasta el 30 de octubre del año siguiente
Vencía a los 30 días calendario de recibido el dictamen de la Comisión Revisora
24
Ley Nº 28708 Sistema Nacional de Contabilidad PROCESOS Investigación contable. Normatividad contable.
Difusión y capacitación. Registro contable. Elaboración de los estados contables. Evaluación de aplicación de normas contables. Integración y consolidación. Interpretación de las normas contables. Determinar la contabilidad del sector público.
025
Registro de contadores
Registro de Contadores del Sector Público La DGCP, implementa un registro de Contadores de las entidades públicas
La separación del contador debe ser comunicada a la DGCP y a la Junta de Decanos CCPP, en un plazo no mayor a los diez días hábiles.
26
Procesos del Sistema Nacional de Contabilidad • Se anotan los datos de una transacción en las cuentas del plan contable y de acuerdo a la documentación.
Registro contable
Elaboración de estados contables • Las transacciones son clasificadas y ordenadas para la elaboración de la información contable.
• Las entidades integran los estados contables de su ámbito de competencia funcional.
Integración
Módulo Contable del SIAF-SP
Consolidación • La Dirección General de Contabilidad Pública consolida los estados contables de las entidades.
Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Publico
28
NICSP
NICSP
NICSP
NICSP
NICSP
NICSP
Contabilidad Pública insumo para medir y evaluar las Estadísticas Fiscales, Las Estadísticas de Finanzas Públicas son un sistema de información que miden las actividades financieras del gobierno, que tiene por objeto principal el de apoyar el análisis fiscal del gobierno. Conocer la deuda neta Conocer la presión tributaria
IPSAS Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público
MEFP
Establecer la viabilidad de las políticas fiscales Conocer los pasivos contingentes del gobierno, incluidas las obligaciones por pensiones de seguridad social.
Manual de Estadísticas de las Finanzas Públicas
Conocer la Variación del Patrimonio Neto Otros
FMI
Clasificadoras Riesgo
Bancos de Inversión
IFAC
Federación Internacional de Contadores Públicos
Consejos Emisores de Normas IAASB
Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y de Aseguramiento
Auditoría
IAESB
Consejo de Normas Internacionales de Formación en Contaduría
Formación/Educación
IESBA
Consejo de Normas Internacionales de ética para Contadores
Ética
IPSASB
Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público
Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público International Public Sector Accounting Standard
oficializa emite
R.D. N°011-2013-EF/51.01
“Un gobierno popular, sin información popular o los medios de adquirirla, no es, sino un prólogo de una farsa o una tragedia o, tal vez, de ambas a la vez”. James Madison – Pdte. EE.UU.
34
¿Quién garantiza la aplicación de las normas? Garantizar la aplicación de las normas contables requiere que éstas, al igual que los dispositivos legales, tengan “carácter vinculante”. No deben constituir sólo enunciados, información, propuesta, etc. Deben tener carácter obligatorio e impositivo, determinando responsabilidades y sanciones por incumplimiento, tal como en los contratos, que "vinculan" a las partes y, por tanto, las partes se comprometen a cumplirlo y, de no ser así, se sujetan a sanciones y penalidades.
35
La normativa contable peruana Reconocimiento Medición
NICSP y NIIF
Registro y Procesamiento
Reconocimiento HECHOS ECONÓMICOS
RESPONDABILIDAD
ENTIDADES PÚBLICAS
Medición
MEFP 2001 - FMI
Registro y Procesamiento
PRESENTACIÓN CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA
“Todos somos afectados por las decisiones de gestión financiera de un gobierno, y una fuerte información financiera tiene el potencial de mejorar la toma de decisiones en el sector público, así como para hacer al gobierno más responsable ante sus ciudadanos” Andreas Bergmann - Presidente de la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público IFAC: “Futuro de la contabilidad: Normas de contabilidad del sector público” 36
Las Normas Internacionales de Contabilidad Globalidad de las Normas Internacionales de Contabilidad
Adoptar normas internacionales tiene su correlato en el entorno país y se mensuran implicancias legales, fiscales, empresariales, económicas, sociales e –inclusive- políticas, entre otras. La aplicación es plena en el caso de las NIIF, que incluyen a las empresas públicas y a las PYME, entidades que pueden asumir los costos de implementación. En el caso de las NICSP el proceso es gradual por concomitancias económicas y operativas que conllevan a un proceso complicado de cumplimiento que no signifique menoscabo de recursos, necesarios para el proceso de desarrollo país. 37
Las Normas Internacionales de Contabilidad Globalidad de las Normas Internacionales de Contabilidad Las NICSP se basan en la investigación de hechos económicos propios de economías de mayor nivel de desarrollo y sus implicancias, respecto a países de menor nivel de desarrollo y, en algunos casos, con bases y sistemas contables diferentes a las propuestas en las NICSP y con distinto entorno para aplicarlas, lo que conlleva a preguntarse si su estudio incluye la realidad de los hechos económicos de los países de menor desarrollo.
38
MARCO CONCEPTUAL NECESIDADES DE
HIPÓTESIS BÁSICAS
LOS USUARIOS
DEFINICIÓN DE OBJETIVOS
ELEMENTOS
RELEVANCIA CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO DE ELEMENTOS
CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS FIABILIDAD
ESTADOS FINANCIEROS VALORACIÓN
CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS
RELEVANCIA
FIABILIDAD
UTILIDAD DECISIONES
RIGOR EN LA VALORACIÓN
IMAGEN FIEL
COMPRENSIBILIDAD
COMPARABILIDAD
PRESENTACIÓN RAZONABLE Presentación RAZONABLE de la situación financiera y económica de la entidad
Características Cualitativas de EE.FF
Aplicación de todas las NICSP
ACTIVO Recurso controlado por la entidad Como resultado de servicios pasados Se espera obtener en el futuro Un potencial de servicios
Beneficios económicos
NICSP 01 Presentación de Estados Financieros Base para la presentación de los estados financieros con propósito de información general, para poder asegurar su razonabilidad y comparabilidad. Directrices para determinar la estructura de los Estados Financieros. CORRIENTE – NO CORRIENTE
Estado de Situación Financiera Estado de Gestión. Estado de Cambios Ptarimonio Neto
en
Estado de Flujos de efectivo. Notas a los Estados Financieros
Requisitos mínimos sobre el contenido de los Estados Financieros cuya preparación se hace sobre la base contable de la acumulación o devengado.
el
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA Al 31 de diciem bre de 20… y 20… (EN NUEV OS SOLES)
20…
ACTIV O ACTIV O CORRIENTE
20…
PASIV O Y PATRIM ONIO PASIV O CORRIENTE
Ef ectivo y Equivalentes al Ef ectivo
Nota 3
Inversiones Disponibles
Nota 4
Sobregiros Bancarios
Nota 17
Cuentas por Cobrar (Neto)
Nota 5
Cuentas por Pagar a Proveedores
Nota 18
Otras Cuentas por Cobrar (Neto)
Nota 6
Impuestos, Contribuciones y Otros
Nota 19
Inventarios (Neto)
Nota 7
Remuneraciones y Benef icios Sociales
Nota 20
Servicios y Otros Pagados por A nticipado
Nota 8
Obligaciones Previsionales
Nota 21
Otras Cuentas del A ctivo
Nota 9
Operaciones de Crédito
Nota 22
Parte Cte. Deudas a Largo Plazo
Nota 23
Otras Cuentas del Pasivo
Nota 24
280,000.00
280,000.00
TOTAL ACTIV O CORRIENTE
Obligaciones Tesoro Público
Nota 16
0.00
TOTAL PASIV O CORRIENTE
PASIV O NO CORRIENTE ACTIV O NO CORRIENTE
Deudas a Largo Plazo
Nota 25
Cuentas por Cobrar a Largo Plazo
Nota 10
Cuentas por Pagar a Proveedores
Nota 26
Otras Ctas. por Cobrar a Largo Plazo
Nota 11
Benef icios Sociales
Nota 27
Inversiones (Neto)
Nota 12
Obligaciones Previsionales
Nota 28
Propiedades de Inversión
Nota 13
Provisiones
Nota 29
Propiedades, Planta y Equipo (Neto)
Nota 14
Otras Cuentas del Pasivo
Nota 30
Otras Cuentas del A ctivo (Neto)
Nota 15
Ingresos Dif eridos
Nota 31
TOTAL ACTIV O NO CORRIENTE
10,000,000.00
10,000,000.00
9,930,000.00
TOTAL PASIV O NO CORRIENTE
9,930,000.00
TOTAL PASIV O
9,930,000.00
PATRIM ONIO Hacienda Nacional
Nota 32
Hacienda Nacional A dicional
Nota 33
Resultados No Realizados
Nota 34
Resultados A cumulados
Nota 35
350,000.00
TOTAL PATRIM ONIO
10,280,000.00
TOTAL ACTIV O
Cuentas de Orden
Nota 36
20,000,000.00
10,280,000.00
TOTAL PASIV O Y PATRIM ONIO
Cuentas de Orden
350,000.00
Nota 36
20,000,000.00
ESTADO DE GESTIÓN Por los años term inados al 31 de diciem bre de 20… y 20… (EN NUEV OS SOLES) Se ctor : Entidad:
20…
INGRESOS Ingres os Tributarios Netos
Nota 37
Ingres os No Tributarios
Nota 38
Tras pas os y Rem es as Recibidas
Nota 39
Donaciones y Trans ferencias Recibidas
Nota 40
Ingres os Financieros
Nota 41
Otros Ingres os
Nota 42
TOTAL INGRESOS
350,000.00
350,000.00
COSTOS Y GASTOS Cos to de Ventas
Nota 43
Gas tos en Bienes y Servicios
Nota 44
Gas tos de Pers onal
Nota 45
Gas tos por Pens .Pres t.y As is tencia Social
Nota 46
Donaciones y Trans ferencias Otorgadas
Nota 47
Tras pas os y Rem es as Otorgadas
Nota 48
Es tim aciones y Provis iones del Ejercicio
Nota 49
Gas tos Financieros
Nota 50
Otros Gas tos
Nota 51
TOTAL COSTOS Y GASTOS
RESULTADO DEL EJERCICIO SUPERAVIT (DEFICIT)
0.00
350,000.00
NICSP 02 Estado de Flujos de Efectivo Establece las pautas para que las entidades gubernamentales suministren la información de los movimientos históricos del efectivo y sus equivalentes, mediante la presentación de este Estado Financiero, clasificado según procedan las actividades de operación, de inversión y de financiación.
Clasificación de los Flujos de efectivo Actividad de Operación. oMétodo Directo oMétodo Indirecto Actividad de Inversión. Actividad de Financiación.
Predecir las necesidades futuras de efectivo. Identificar la capacidad para generar efectivo en el futuro. Sustentar la rendición de cuenta por lo flujos de entrada y salida de efectivo.
NICSP 03 POLÍTICAS CONTABLES, CAMBIOS EN ESTIMACIONES CONTABLES Y ERRORES Fija los criterios de clasificación y tratamiento contable de las partidas o rubros, para que sean presentadas de manera uniforme, lo cual permitirá la comparabilidad de los estados financieros de la entidad, emitidos en distintos períodos contable, a su vez, permite la comparación con distintos estados financieros de otras entidades.
Adecuada clasificación y revelación: Impracticabilidad. Aplicaciòn retrospectiva Aplicaciòn prospecttiva. Cambios de estimaciones contables. Corrección de errores.
NIC-SP Aplicables a la Gestión de Bienes y Servicios
48
NICSP 12 - Inventarios • Objetivo: El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los inventarios y suministra una guía práctica para la determinación de costo.
• Alcance: El objetivo Una entidad que prepare y presente estados financieros según la base de acumulación (o devengo) aplicará esta Norma en la contabilidad de todos los inventarios. La presente Norma es de aplicación para todas las entidades del sector público, excepto para las Empresas Públicas (EP).
NICSP 12 - Inventarios Las existencias comprenden: 1301 Bienes y suministros. de funcionamiento. 1302 Bienes para la venta 1303 Bienes de asistencia social 1304 Materias primas 1305 Materiales .auxiliares, suministros y repuestos. 1306 Envases y embalajes 1307 Productos en proceso 1308 Productos terminados 1309 Bienes en tránsito 1310 valorización de bienes corrientes
NICSP 12 - Inventarios Métodos de Valuación (p.35 NIC-SP 12) Se utilizará los métodos de primera entrada primera salida (PEPS) o costo promedio ponderado. Una entidad utilizará la misma fórmula de costo para todos los inventarios que tengan una naturaleza y uso similares
NICSP 12 - Inventarios Medición inicial de las existencias a) Compra de existencias Cuando se adquieren o compran existencias a través de un mercado activo, se medirá al costo de adquisición, que es su valor razonable en la fecha de adquisición El costo de adquisición de las existencias comprenderá el precio de compra, incluyendo aranceles de importación y otros impuestos (que no sean recuperables por la entidad ), los gastos de transportes, el almacenamiento y otros costos directamente atribuibles a la adquisición de las mercaderías, materiales y suministros de funcionamiento hasta ponerlos a disposición del almacén, Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se deducirán al determinar el costo de adquisición. (p.15 y 18 NIC-SP 12)
NICSP 12 - Inventarios Ejemplo 01: Compra de alimentos para el hospital nacional S/. 25,000 Flete (lugar de compra hasta las instalaciones del almacén) S/. 500 Descarga S/. 300 Otros gastos necesarios para su ubicación final S/. 200 Total costo de adquisición S/. 26,000 ---------------------------------------------------------------------------------------1301 BIENES Y SUMINISTROS DE FUNCIONAMIENTO 26,000 1301.01 Alimentos y bebidas 1301.0101 Alimentos y bebidas para Consumo Humano 2103 CUENTAS POR PAGAR 26,000 2103.01 Bienes y Servicios por pagar 2103.010101 BIENES Para registrar la compra de alimentos para abastecer el hospital..según orden de compra Nº2527 ----------------------------------------------------------------------------------------
NICSP 12 - Inventarios Medición inicial de las existencias
a) Compra de existencias Cuando se adquieren o compran existencias a través de un mercado activo, se medirá al costo de adquisición, que es su valor razonable en la fecha de adquisición El costo de adquisición de las existencias comprenderá el precio de compra, incluyendo aranceles de importación y otros impuestos (que no sean recuperables por la entidad ), los gastos de transportes, el almacenamiento y otros costos directamente atribuibles a la adquisición de las mercaderías, materiales y suministros de funcionamiento hasta ponerlos a disposición del almacén, Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se deducirán al determinar el costo de adquisición. (p.15 y 18 NIC-SP 12)
NICSP 12 - Inventarios Adquisición de existencias a título de donación u operación sin contraprestación (p.16 NIC-SP 12) Cuando se adquiere existencias a través de una operación sin Contraprestación o a título de donación, su costo se medirá a su valor razonable en la fecha de adquisición. Existencias para ser distribuidos a título gratuito o con fines benéficos (p.17 de la NIC-SP 12 Las existencias deberán medirse al menor valor entre el costo inicialmente adquirido o al costo corriente de reposición cuando se mantengan para: (i) Distribuir sin contraprestación a cambio, o por una contraprestación insignificante; o (ii) Consumirlos en el proceso de producción de bienes que van a ser distribuidos sin contraprestación a cambio, o por una contraprestación insignificante
NICSP 17 - Propiedades, Plantas y Equipos • El objetivo: es prescribir el tratamiento contable de propiedades, planta y equipo, de forma que los usuarios de los estados financieros puedan conocer la información acerca de la inversión que la entidad tiene en sus propiedades, planta y equipo, así como los cambios que se hayan producido en dicha inversión.
Los principales problemas que presenta: (a) El reconocimiento de los activos, (b) La determinación de su importe en libros, y (c) Los cargos por depreciación y pérdidas por deterioro de valor que deben reconocerse con relación a los mismos.
NICSP 17 - Propiedades, Plantas y Equipos Propiedad planta y equipo (PPE) (p.13 NIC-SP 17) Las propiedades, planta y equipo son los activos tangibles que: (a) Posee una entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos; y (b) Se espera que serán utilizados durante más de un período contable. Reconocimiento (p.14 NIC-SP 17) Un elemento de propiedades, planta y equipo se reconocerá como activo si, y sólo si: (a) es probable que la entidad reciba beneficios económicos o potenciales servicios asociados al activo; y (b) el valor razonable o el costo del activo puedan ser medidos de forma fiable.
NICSP 17 - Propiedades, Plantas y Equipos Medición en el reconocimiento (p.26 NIC-SP 17) Todo elemento de propiedades, planta y equipo, que cumpla las condiciones para ser reconocido como un activo, se medirá por su costo. Medición de activos de PPE donados o transferidos (p. 27 NIC-SP 17) Cuando se adquiere un activo a través de una transacción sin contraprestación, su costo se medirá a su valor razonable en la fecha de adquisición.
------------------------------------- NCC 020000-008 --------------------------------------------1503 VEHÍCULOS, MAQUINARIAS Y OTROS 98,732.49 1503.020303 Equipos de Telecomunicaciones 4403 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS DE CAPITAL RECIBIDAS 98,732.49 4403.02 En Bienes 4403.020103 De Países de África, Asia y Oceanía Para registrar la Donación de 01 Equipo de Posicionamiento – GPS, efectuada por el Gobierno de Japón ----------------------------------------------------------------------------------------------------
61
Registro de Baja y Alta de Activos Fijos ------------------------------------- NCC 020000-026 --------------------------------------------1508 DEPRECIACIÓN, AMORTIZ. ACUMULADA 9,600 1508.02 Depreciación Acumulada de Vehículos, Maquinaria y Otros 5506 OTROS GASTOS DIVERSOS 2,400 5506.01 Baja de bienes 1503 VEHÍCULOS, MAQUINARIA Y OTROS 12,000 1503.02 Maquinaria, equipo, mobiliario y otros Para registrar la baja bienes ------------------------------------- NCC 020000-009 --------------------------------------------1503 VEHÍCULOS, MAQUINARIA Y OTROS 12,000 1503.02 Maquinaria, equipo, mobiliario y otros 4505 INGRESOS DIVERSOS 12,000 4505.02 Alta de bienes Para registrar el alta de bienes -------------------------------------------------------------------------------------------------------
62
NICSP 17 - Propiedades, Plantas y Equipos Importe depreciable y periodo de depreciación (p.71 NIC-SP 17)
La depreciación de un activo comenzará cuando esté disponible para su uso, esto es, cuando se encuentre en la ubicación y en las condiciones necesarias para ser capaz de operar de la forma prevista por la gerencia. La depreciación de un activo cesará cuando el activo sea dado de baja. Por tanto, la depreciación no cesará cuando el activo esté sin utilizar o se haya retirado del uso activo, a menos que se encuentre depreciado por completo.
NICSP 25 Beneficios a los Empleados
64
NICSP 25 Beneficios a los Empleados El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable y la información a revelar sobre los beneficios a los empleados. La Norma requiere que una entidad reconozca: un pasivo cuando el empleado ha prestado servicios a cambio de los cuales se le crea el derecho de recibir pagos en el futuro; y un gasto cuando la entidad consume los beneficios económicos o el servicio potencial procedente del servicio prestado por un empleado a cambio de los beneficios a los empleados.
NICSP 25 Beneficios a los Empleados
ALCANCE
Esta Norma deberá aplicarse por un empleador para contabilizar todos los beneficios a los empleados, excepto las transacciones basadas en acciones (véase la normativa contable internacional o nacional aplicable a las transacciones basadas en acciones).
Requerimientos legalmente establecidos, o por acuerdos del sector industrial Planes u otro tipo de acuerdos formales celebrados entre una entidad y sus empleados
Prácticas no formalizadas que generan obligaciones implícitas.
Beneficio a los Empleados proceden de:
Beneficios post-empleo, tales como pensiones y otros beneficios por retiro, seguros de vida y atención médica post-empleo
A corto plazo, tales como sueldos, salarios y aportaciones a la seguridad social, permisos remunerados anuales, permisos remunerados por enfermedad, entre otros
Otros beneficios a los empleados a largo plazo, incluyendo los permisos remunerados después de largos periodos de servicio o sabáticos, jubileos u otros beneficios después de un largo tiempo de servicio, los beneficios por incapacidad prolongada
Los beneficios a los empleados comprenden:
Beneficios por terminación
Relación entre Presupuesto y Contabilidad Presupuesto
Estimación de Recursos
Autorización para Gastar
Contabilidad
Hechos Reales
Rendición de Cuentas
INTEGRADOS
Efecto Contable del Proceso Presupuestario Proceso Presupuestario:
Efecto Contable:
Programación Formulación Aprobación
Registro de la Aprobación del PPTO
Ejecución
Registro de la Ejecución de Ingresos y Gastos
Evaluación del presupuesto
Rendición de Cuentas y presentación de información para la CGR
MÓDULO CONTABLE DEL SIAF-SP [ Unidad Ejecutora – Pliego – DGCP ]
VISUAL
ORACLE
• Transmisión (Envío)
• Transmisión (Envío)
71 ORACLE