FABRICA ARGENTINA DE AVIONES BRIGADIER SAN MARTIN S.A.
CI
CORDOBA, PROVINC]A DE si
amparo. S.C., F.676, L.XLVIII.
s
(JUICIOS ORIGINARIOS)
C o r t e
u p r e m a
-IFábrica Argentina de Aviones Brig. S.A.
(empresa
que
pertenece
Ministerio de Defensa, la
cual
se autorizó
opción de
Estado Nacional
y
depende
del
según lo dispuesto en la ley 26.501, por
al
compra de
al
San Martín
las
Poder Ejecutivo Nacional
a
ejercer la
acciones de Lockheed Martín Argentina
S.A.),
promovió acción de amparo,
en los términos de los arts.
43 de
la Constitución Nacional
48,
y
52
Y concordante s
de
la
Constitución de la Provincia de Córdoba-Ministerio de Trabajo, y de la ley nacional
16986,
contra dicha provincia,
ante el Juzgado Federal de Córdoba,
a fin de que se abstenga de intervenir
en el conflicto laboral suscitado con la Asociación del Personal Técnico Aeronáutico ante
el
(APTA),
Ministerio
colectivo
de
suscripto
entre
Argentina S.A.
trabajo
Trabajo
homologado
dicho
gremio
de por
y
la
la
la
denuncia efectuada
Nación
aquél
bajo
empresa
del el
N°
Lockheed
convenio 871/07, Martín
(anterior concesionaria) . A
incompetente,
de
en razón de
fs.
32,
el
juez
federal
se
declaró
de conformidad con el dictamen del fiscal de fs.
34, por considerar que la causa debe tramitar ante la instancia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. A fs.
40 se corre vista, por la competencia, a
este Ministerio Público. -II-
Previo resul ta prematura
la
a
todo,
corresponde
declaración de
señalar
incompetencia
oportunamente -a mi juicio- el Juez Federal a fs. 32.
-1-
que
que
no
efectuó
En fundamentos
in re A. del
efecto,
expuestos
373,
XLII,
ello
en el
es
así
díctamen del
Originario "A. F. 1. P.
en 20
vírtud
de
de
los
julio de
2006
cl Neuquén, Provincia
si ejecución fiscal" (Fallos: 331:793), a los que me remíto
brevitatis causae. -III-
A mi modo de ver,
en atención a
la naturaleza
de las partes que han de intervenir, el proceso corresponde a la instancia originaria del Tribunal ratione personae. En efecto,
toda vez que una entidad nacional,
Fábrica Argentina de Aviones Brigadier San Martín S.A., sociedad que
actúa baj o
Defensa
(v.
la
órbita del
ley 26.501)
Estado Nacional
-
Mínisterio de
-quíen tiene derecho al fuero federal,
según lo dispuesto en el arto 116 de la Constitución Nacíonal-, demanda
a
la
Provincia
de
Córdoba
competencia origínaria del Tribunal, 117
de
la
concilíar
Ley ambas
-a
quien
entiendo
prerrogativas
jurisdiccionales
(Fallos:
concierne
la
de conformidad con el arto
Fundamental-,
la acción en esta instancía
le
que
la
única es
forma
de
sustanciando
(Fallos: 312:1050; 317:746;
319:2073; 323:1206 y 3561; 325:1761; entre muchos otros). En tales condicíones, tramítar ante los estrados de V.E .. Buenos Aires,
ES COPIA
opino que la causa debe
~
de julio de 2013.
LAURA M. MONTI