RS 005-2018-MINCETUR Feria Expo Amazonica

2 ago. 2018 - Resolución Suprema que declara de interés nacional la realización de la Feria Expo. Amazónica Ucayali 2018. RESOLUCIÓN SUPREMA.
172KB Größe 10 Downloads 5 vistas
Firmado Digitalmente por: EDITORA PERU Fecha: 02/08/2018 04:40:31

24

NORMAS LEGALES

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Resolución Suprema que declara de interés nacional la realización de la Feria Expo Amazónica Ucayali 2018 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2018-MINCETUR Lima, 1 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Feria EXPO AMAZÓNICA, se realiza desde el año 2011, en atención al esfuerzo conjunto y organización del Consejo Interregional Amazónica – CIAM, conformado por los Gobiernos Regionales de Amazonas, Loreto, Madre de Dios, Huánuco, San Martín y Ucayali, siendo que también participan delegaciones comerciales de otras regiones del Perú y del extranjero; Que, para la edición del año 2018, la referida Feria se desarrollará del 09 al 12 de agosto, en la localidad de Yarinacocha, departamento de Ucayali, motivo por el cual este año se denominará EXPO AMAZÓNICA UCAYALI 2018; contará con la participación de representantes de las regiones de Puno, Junín, Pasco, Cusco, Ayacucho, Lambayeque, Piura, Tumbes, Cajamarca y Ancash; además de representantes de países invitados de Brasil, Ecuador, Colombia y Bolivia; Que, la realización de la Feria antes mencionada tiene como objetivos: impulsar la integración amazónica como un factor de competitividad al país, promover la inversión privada en oportunidades de negocio de alto valor en las regiones amazónicas, impulsar los procesos de innovación tecnológica en la Amazonía peruana, generar intercambios culturales, agrícolas, forestales, acuícolas y gastronómicos, además de priorizar la conservación del medio ambiente, y promover el turismo interno y receptivo; Que, la Feria EXPO AMAZÓNICA, constituye la plataforma de negocios más importante de la amazonia peruana, su contenido en temáticas de comercio, turismo, inversiones y competitividad, ha permitido negociaciones importantes, así como la participación de compradores internacionales y empresas peruanas de la macro región amazónica; Que, como parte de las actividades de la Feria, se realizará una rueda de negocios, que para la edición del presente año ha comprometido la participación de exportadores y compradores internacionales; Que, la organización de la Feria EXPO AMAZÓNICA UCAYALI 2018 se encuentra a cargo del Gobierno Regional de Ucayali, el Ministerio de Agricultura y Riego, mientras que la Rueda de negocios internacional será organizada por la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; Que, en virtud de lo previamente expuesto, resulta prioritario declarar de interés nacional la realización de la Feria EXPO AMAZÓNICA UCAYALI 2018 a realizarse en la ciudad de Yarinacocha del 09 al 12 de agosto del 2018, en el departamento de Ucayali, República del Perú; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 4 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -MINCETUR, es objetivo del MINCETUR obtener las mejores condiciones de acceso y competencia para una adecuada inserción del país con los mercados internacionales; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárase de Interés Nacional la realización de la Feria EXPO AMAZÓNICA UCAYALI 2018 a llevarse a cabo del

Jueves 2 de agosto de 2018 /

El Peruano

09 al 12 de agosto de 2018 en la ciudad de Yarinacocha el departamento de Ucayali, República del Perú. Artículo 2.- Financiamiento El desarrollo de la Feria EXPO AMAZÓNICA UCAYALI 2018 en el Perú, será financiado con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, en el marco de las Leyes Anuales de Presupuesto, sin demandar gastos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura y Riego, y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1676524-12

CULTURA Incorporan el literal n) en el artículo 4 del Reglamento para la Creación, Registro e Incorporación de Museos al Sistema Nacional de Museos del Estado RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 301-2018-MC Lima, 1 de agosto de 2018 VISTOS; el Memorando N° 900169-2018/SG/MC de la Secretaría General; el Informe N° 900077-2018/DGM/ VMPCIC/MC de la Dirección General de Museos; y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nacional N° 415 de fecha 13 de noviembre de 1995, el Instituto Nacional de Cultura aprobó el Reglamento para la Creación, Registro e Incorporación de Museos al Sistema Nacional de Museos del Estado; el cual tiene por finalidad normar el procedimiento para la creación, registro y/o incorporación de museos al Sistema Nacional de Museos del Estado; Que, el literal b) del artículo 2 del Decreto Ley N° 25790, que crea el Sistema Nacional de Museos del Estado, señala que dicho Sistema está integrado por los museos regionales, municipales, comunitarios u otros dependientes del Estado. En este caso la dependencia será técnica y normativa sin afectar su autonomía económica; Que, a través de la Resolución Directoral Nacional N° 683/INC de fecha 19 de julio de 2002, se modifica el artículo 4 del Reglamento para la Creación, Registro e Incorporación de Museos al Sistema Nacional de Museos del Estado; incorporando al Sistema Nacional de Museos a las Salas de Exhibición y a las Galerías, en marco a lo establecido en el literal b) del artículo 2 del precitado Decreto Ley; Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, con el Decreto Supremo N° 001-2010-MC, modificado por el Decreto Supremo N° 002-2010-MC, se aprobó la fusión por absorción del Instituto Nacional de Cultura en el Ministerio de Cultura; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones