Reglamento para la votación a distancia de las ... - Vistalegre II

9 feb. 2017 - Para que no se discrimine a las personas que no puedan asistir a «Vistalegre II», cualquier miembro de un Círculo activo o en trámite de ...
364KB Größe 14 Downloads 70 vistas
VISTALEGRE II Segunda Asamblea Ciudadana Estatal

Reglamento para la votación a distancia de las candidaturas a representantes de los Círculos en el Consejo Ciudadano Estatal

Órgano de control El Equipo Técnico tendrá la última palabra sobre todos los elementos del proceso.

¿Qué se elige?  

Dos representantes de los Círculos sectoriales en el Consejo Ciudadano Estatal. Dos representantes de los Círculos territoriales en el Consejo Ciudadano Estatal.

¿Quién puede votar? Para que no se discrimine a las personas que no puedan asistir a «Vistalegre II», cualquier miembro de un Círculo activo o en trámite de activación podrá votar a un candidato o una candidata de una categoría. Los miembros de un Círculo sectorial solo podrán votar una candidatura a representante de los Círculos sectoriales. Los miembros de un Círculo territorial solo podrán votar una candidatura a representante de los Círculos territoriales.

Proceso de votación Se convocará una asamblea del Círculo con al menos 24 horas de antelación de manera pública (como siempre debe hacerse). En la convocatoria debe incluirse que se votarán a los y las representantes de los Círculos territoriales o sectoriales (en función del Círculo convocante). Al comienzo de la asamblea, si el Círculo no ha nombrado aún un Enlace de Organización, lo nombrará por mayoría simple (en este caso, este punto también deberá incluirse en el orden del día de la convocatoria). El Enlace de Organización será el responsable de que la votación se lleve a cabo con las máximas garantías democráticas y será el único encargado de rellenar el formulario con los resultados de la votación en su Círculo. El acta, que se pedirá en el formulario, deberá contener el nombre completo y número de DNI de cada persona que ha emitido su voto, así como los resultados agregados de las candidaturas que han sido votadas, incluyendo los votos en blanco y nulos. Cada votante deberá además firmar la política de privacidad adjunta. El Enlace de Organización pondrá a disposición un número de copias suficiente para que todos los miembros de su Círculo puedan firmar el documento. En caso de no haber Enlace de Organización, los miembros del Círculo deberán coordinarse para que alguien se responsabilice de llevar esas copias. El acta deberá incluir la política de privacidad firmada por cada persona (indicando su nombre y su DNI).

Las Secretarías de Organización Autonómicas serán las encargadas de ayudar, resolver dudas en este proceso y tomar las máximas precauciones para garantizar que dicho proceso sea garantista y democrático. En ese sentido, si se detectasen personas que han votado a distancia en dos Círculos distintos ambos votos serían anulados; además, aquellos Círculos que no estén activos o en trámite de activación e intenten votar serán excluidos del proceso.

Plazo de votación La fecha límite para rellenar el formulario con los resultados de la votación será el 9 de febrero a las 23.59 horas. Los días 11 y 12 de febrero se habilitarán espacios para votar en el Palacio de Vistalegre (Madrid) destinados a las personas que no hayan votado a distancia. Una vez sumados los votos a distancia y los votos emitidos presencialmente en Vistalegre, resultarán elegidas las dos personas más votadas en la categoría territorial y las dos personas más votadas en la categoría sectorial, previa aplicación en ambas categorías del criterio de paridad (un mínimo del 50% de mujeres). Además, con el fin de garantizar más pluralidad, se aplicará la corrección según la cual los dos representantes de los Círculos territoriales no podrán ser de la misma comunidad autónoma, mientras que en el caso de los Círculos sectoriales sus dos representantes no podrán ser de la misma área sectorial ni de la misma comunidad autónoma. El domingo 12 de febrero se darán a conocer los resultados.