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4 sept. 2018 - ... por el Concejo Distrital de la Victoria, con io que acredita su condición de ... Que, a través del Informe Legal No 524-2012-SERVIR/GPGSC, ...
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MlNlSTERIO DE SALUD

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Visto, el Informe N° 704-2015-ERP-ByP, de fecha 08 de mayo de 201 5, contenido en el Expediente N" 15-037856-001, sobre los subsidios por fallecimiento y gastos de sepelio, solicitados por doña LUPE PEREYRA CUBAS VDA. DE APOLO; CONSIDERANDO: Que, con escrito de fecha 15 de abril del 2015, doña LU PE PEREYRA CUBAS VDA. DE APOLO, identificada con D.N.I. N° 08104737, solicita se le conceda los subsidios por fall ecimi ento y gastos de sepelio de su cónyuge don CELESTINO APO LO MARCHAN, presentando para tal efecto, copia fedateada del Acta de Defunción , que obra a fojas 09, expedido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC , de la Oficina Registra! de Lima , donde se señala como fecha de fallecimiento el día 23 de enero del 2015, y copia fedateada del Acta de Matrimonio N° 0036 1568, que obra a fojas 1O, expedido por el Concejo Distrital de la Victoria, con io que acredita su condición de cónyuge del causante;

~--~~;~.s-1( •J. ~ Que, mediante Boleta de Venta N" 001102, emitida por el Fondo del Servicio Funerario de !os ~.

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.., · /; rabajadores y Familiares del Ministerio de Salud "FONSERFUTS", qu e obra a fojas 06, se acredita que la solicitante sufragó los respectivos gastos de sepelio de su cónyuge;

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~~'"' Que, de acuerdo al Informe Situaciona l Actual N" 1223-2015-SERL-EIE-OARH-OGGRH , exped ido con fecha 27 de abril del 2015, por el Equipo de Ingreso y Escalafón, que obra a fojas 0 1, la solicita nte es pensionista de la Administración Central del Ministerio de Salud , con el cargo de Técn ico Administrativo 111, Nivel STA;

Que, el inciso j) del artículo 142° del Reglamento del Decreto Legis lativo N" 276, aprobado por Decreto Supremo N" 005-90-PCM, dispone el otorgam iento de los subsidios por fallecimiento del servidor y sus familiares directos, así como los gastos de sepelio, y el artícu!o 144°, establece el otorgam iento de tres 1 •.• ••e- .s-~ emu neraciones totales en caso de fallecimiento del servidor y de dos remune raciones totales en caso ·- c. e fallecimien to del cónyuge, hijo o padres del servidor; asimismo, el artículo 145° dispone el to rgam iento de dos remuneraciones totales por gastos de sepelio , a quien haya efectuado los mismos;

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Que, no obstante de la lectura de los precitados artículos, se coiige que estos solo se aplican a los serv idores CH activos de la Administración Públ ica, de tal manera que el artículo 149° del mismo dispositivo legal, ha extendido los alcances de dicho subsidios a los cesantes. a! señalar que "Los funcionarios, serv idores contratados y personal cesante de la entidad tendrán acceso a !os programas de bien;:,star y/o incentivos en aspectos que correspondan"; Que, mediante Resolución de Sala Plena N" 001-2001-SERViR/TSC , publicada el 18 de junio del 2011 en el Diario Oficial ·'El Peruano", el Tribunal del Se1 vicio Civil acordó esrab!ecer, como precedente adm inistrativo de observancia obligatoria, la aplicaciófJ cie la Remunera ción Tota l, par