MINISTERIO DE HACIENDA 1 9 MAY 2015

8 sept. 2015 - MINISTERIO DE HACIENDA. Ministerio de. HecierIda. 1 9 MAY 2015. TOTALMENTE TRAMITADO. DOCUMENTO OFICIAL. Gotheene de Chile.
8MB Größe 8 Downloads 118 vistas
MINISTERIO DE HACIENDA Ministerio de HecierIda

1 9 MAY 2015 TOTALMENTE TRAMITADO DOCUMENTO OFICIAL

Gotheene de Chile

Programa de Modernización del Estado

JIL/RLW/JCE/CAM

E3662/2015 AUTORIZA PROCEDER MEDIANTE TRATO DIRECTO CON ENRIQUE RAJEVIC MOSLER PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES ESPECIALIZADOS EN MATERIAS DE EMPLEO PÚBLICO.

RESOLUCIÓN EXENTA N° 1

35

SANTIAGO, 30 ABRIL 2015

VISTOS: Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado; y en la Resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Ley N° 20.798, de Presupuestos del sector público para el año 2015; Términos de Referencia para el "Estudios y Asesoría Técnica en Materias Referidas a Empleo Público para el Cumplimiento del Protocolo de Acuerdo entre la Mesa del Sector Público y el Gobierno de Chile arm 2015"; y CONSIDERANDO: 1°.- Que la Subsecretaría de Hacienda, en el marco del Programa de Mejora de la Gestión Pública y de los Servicios al Ciudadano, requiere contratar a un profesional altamente especializado en materias de empleo público para que asesore a las autoridades y realice diversos informes sobre materias específicas, en el marco de la agenda contenida en el Protocolo de Acuerdo, de fecha 25 de noviembre de 2014, suscrito entre el Gobierno de Chile y las asociaciones gremiales reunidas en la Mesa del Sector Público. sentido, esta este 2°.- Que, en que en la materia, la Subsecretaría requiere contratar una asesoría especializada supondrá la elaboración de diversos informes sobre materias específicas relacionadas con el empleo público, entre los cuales se cuentan una recopilación de propuestas de mejora de redacción de la Ley N° 20.305 e identificación de situaciones de traslapes administrativos para la aplicación del bono post-laboral en distintos subsectores públicos;

términos de referencia para un estudio sobre situación de contratos a honorarios del sector descentralizado; un estudio de posibles modificaciones legales para asegurar que los contratos a honorarios se restrinjan a funciones no permanentes; un estudio de posibles modificaciones legales al código de buenas prácticas laborales del año 2006, incluyendo materias de igualdad de oportunidades y de igualdad salarial; un estudio comparado de sistemas de contratación y modelos de empleo público OCDE; un estudio de la legislación vigente que permita unificar criterios en el derecho de tutela laboral en el sector público e identificar mecanismos que permitan hacer efectivo este aspecto de la libertad sindical; y un estudio comparado acerca de la institucionalización de modalidades eficaces de negociación colectiva en el sector público. 3°.- Que los servicios que se pretende contratar son evidentemente servicios personales especializados, en virtud de la definición reglamentaria contenida en el articulo 105 número 2, del Reglamento de la Ley N° 19.886. 4°.- Que los referidos servicios no pueden ser prestados por el personal de la Subsecretaria, ya que ésta no cuenta con la formación académica ni la experiencia profesional necesaria para la realización de los estudios y asesorias requeridos. 5°.- Que el articulo 107, inciso segundo, del Reglamento de la Ley N° 19.886, en conformidad con su articulo 10, número 7, literal m), prescribe que tratándose, como es del caso, de servicios personales especializados de un monto inferior a 1.000 Unidades Tributarias Mensuales, las entidades podrán efectuar una contratación directa con un determinado proveedor, previa verificación de su idoneidad. citada norma la 6°.- Que trato directo deberá este resolución fundada que autorice la precedentemente agrega que señalar la naturaleza especial del servicio requerido, la justificación de la idoneidad técnica del proveedor y la conveniencia de recurrir a este tipo de procedimiento, 7°.- Que ha quedado demostrado, según lo expuesto en el considerando segundo, que el servicio requerido tiene una naturaleza especial, toda vez que para su realización se necesitan competencias técnicas en ámbitos especificos del derecho administrativo y del derecho laboral aplicable al sector público. 8°.- Que, en conformidad con lo indicado en el articulo 107, inciso segundo del Reglamento de la Ley N° 19.886, se procedió, mediante la cotización ID 619-18-CT15, a invitar a través del Sistema de Información a un proveedor que se estimó pudiera contar con las competencias necesarias para ejecutar el servicio especial requerido. 9°.- Que, don Enrique Rajevic Mosier, Carlos III de Madrid, cuenta con una destacada Universidad la Derecho por Doctor en con diversas exposiciones, articulos y público y en el sector trayectoria laboral empleo público, referidas, entre otras materias publicaciones relacionadas con el de personas en la Administración del especificas, a la implementación de una politica Estado, la aplicaciem de la normativa de tutela laboral del Código del Trabajo en el sector público, la precarización del empleo público en Chile, la carrera funcionaria, los puestos directivos en el Estado chileno y el Código del Trabajo como estatuto del empleo público, por lo que por la presente resolución se autorizará proceder mediante trato directo. 10°.- Que, en virtud de los antecedentes consignados en el considerando precedente y la solicitud de cotización ID 619-18-CT15 antes mencionada, se encuentra ostensiblemente justificada la idoneidad técnica del proveedor, sin perjuicio de otros antecedentes que este pudiere agregar en su oferta respectiva.

2

11 0 .- Que, evaluada la oferta económica y técnica del proveedor seleccionado, ésta cumple con las especificaciones técnicas establecidas en los términos de referencia y con el presupuesto señalado. 12°.- Que, proceder mediante trato directo para la contratación de este servicio es conveniente para el Estado de Chile, permitiéndole una mejor administración de recursos humanos, ahorro en términos de tiempo y, en definitiva, una utilización más eficiente de los recursos públicos. RESUELVO: 1°.- AUTORÍZASE proceder mediante trato directo con Enrique Rajevic Mosler, cédula nacional de identidad N° 10.852.355-7, la prestación del servicio denominado "Estudios y Asesoría Técnica en Materias Referidas a Empleo Público para el Cumplimiento del Protocolo de Acuerdo entre la Mesa del Sector Público y el Gobierno de Chile año 2015", por hasta un monto de $24.000.000 (veinticuatro millones de pesos), pagaderos en ocho cuotas iguales de $3.000.000, contra entrega del producto correspondiente a cada una de las etapas que a continuación se detalla: Informe/Hito

Contenido

Plazo Entrega

de pago 1

-Recopilación de Propuestas de mejora de redacción de la Ley 20.305 y situaciones de traslapes administrativos para la aplicación del bono post laboral en distintos subsectores públicos

31 mayo 2015

-Términos de referencia estudio situación de contratos a honorarios sector descentralizado -1° estado de avance del Estudio de posibles modificaciones legales para asegurar que los contratos a honorarios se restrinjan a funciones no 2

3 4 5

6

7

permanentes -1° estado de avance Estudio comparado de sistemas de contratación y modelos de empleo público OCDE -Informe final Estudio de posibles modificaciones legales para asegurar que los contratos a honorarios se restrinjan a funciones no permanentes -Estudio de posibles modificaciones legales al código de buenas prácticas laborales del año 2006, incluyendo materias de igualdad de oportunidades y de igualdad salarial -Informe final Estudio comparado de sistemas de contratación y modelos lico OCDE de empleo púb -1° estado de avance estudio de la legislación vigente que permita unificar criterios en el derecho de Tutela laboral en el sector público e identificar mecanismos que permitan hacer efectivo este aspecto de la libertad sindical -Informe final estudio de la legislación vigente que permita unificar criterios en el derecho de Tutela laboral en el sector público e identificar mecanismos que permitan hacer efectivo este aspecto de la libertad

30 junio 2015

31 julio 2015 31 agosto 2015 30 septiembre 2015

31 octubre 2015

30 noviembre 2015

sindical

8

-Estudio comparado acerca de la institucionalización de modalidades eficaces de negociación colectiva en el sector público haciéndose cargo de sus especiales particularidades

31 diciembre 2015

2°.- SUSCRÍBASE el respectivo Contrato entre la Subsecretaria de Hacienda y Enrique Rajevic Mosler, cuya fecha de vigencia es hasta el 31 de diciembre de 2015.

3

3°.- PUBLÍQUESE la presente resolución exenta en el Portal de la Dirección de Compras y Contratación Pública, Portal www.mercadopublico.cl , junto con los términos de referencia de los servicios a contratar.

ANOTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.

ottcA

ck„

o

* SUBSECREFA ANDAO MICCO AGUAYO

tilistretario de Hacienda

Distri ución:

- Unida de Abastecimiento y Contratos - Unidad Coordinadora del Programa de Modernización del Estado-BID

4