DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
Lunes, 26 de Marzo del 2018
JUEZ SUPREMO HÉCTOR LAMA INVOCA A MAGISTRADOS CAJAMARQUINOS A REALIZAR UN TRABAJO EN EQUIPO
• Durante Primera Visita de Monitoreo del Proceso de Implementación de la NLPT en la Corte de Cajamarca
E
l Juez Supremo Titular Héctor Lama More en su calidad de Presidente del Equipo Técnico de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), invocó a los Magistrados del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca a trabajar en equipo para lograr los objetivos trazados durante el presente año, expresiones que ofreció durante la primera jornada de trabajo que tuvo por finalidad evaluar el proceso de implementación de la NLPT en dicha Corte.
A primeras horas de la mañana en la sede judicial del Jirón el Comercio, se dio a conocer los resultados obtenidos por los indicadores de desempeño del PP0099; verificación del funcionamiento de los órganos jurisdiccionales que tramitan procesos laborales al amparo de la NLPT, entre otros. Asimismo, la comisión de trabajo pudo recoger sugerencias y observaciones de los Jueces Superiores Titulares y de los señores Jueces de las dependencias que tramitan la NLPT y la Administración del Módulo Corporativo Laboral. En la reunión que se realizó en la sede central se trataron los siguientes temas: “Produc-
ción, celeridad, programación de audiencias, nulidades e improcedencias en los procesos tramitados en los órganos jurisdiccionales que aplican la NLPT en la CSJC”, con la participación -además- del Jefe de la ODECMA Cajamarca. Asimismo, se desarrollaron los temas: “Uniformización de criterios jurisdiccionales, uso de figuras procesales que coadyuven a la celeridad de los procesos laborales y buenas prácticas en la aplicación de la NLPT”, a cargo de al jueza coordinadora del MCL; “Estructura, funcionamiento y problemática del MCL” y “Seguimiento del presupuesto otorgado por el PP0099: Celeridad en los procesos judiciales laborales para el fortalecimiento de la implementación
de la NLPT”, a cargo del secretario técnico del ETI Laboral Distrital. Por la tarde, el Presidente del ETI de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Héctor Lama More, acompañado de su equipo técnico y magistrados Cajamarquinos, realizarón una visita a los despachos y a las áreas de apoyo de las Salas y del Módulo Corporativo Laboral que se ubican en la Sede Judicial de Buganvillas. Finalmente, el Equipo Técnico Distrital de la Nueva Ley Procesal de Trabajo y el ETIINLP, suscribieron un acta de compromisos cuya ejecución se realizará el año 2018. OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca, 23 de marzo de 2018
AVISOS JUDICIALES DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
1. REMATES
REMATE BIENES INMUEBLES
PRIMER
REMATE PÚBLICO JUDICIAL El 17.04.2018 a horas 11.30 a.m. REMATARÉ EN PRIMERA CONVOCATORIA bajo el Expediente N° 00052-2016, por orden y en el local del Juzgado Mixto de HualgayocBambamarca de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, que despacha la Señora Juez Dra. Gisella Maritza Coronado Castro, Secretaria Judicial Dra. Luzmila Calua Zambrano, sito en Jirón Francisco Bolognesi No. 910-Tercer piso Bambamarca, UN INMUEBLE ubicado en la Manzana 68, Lote 7, del Centro Poblado de Bambamarca, Distrito de Bambamarca, Provincia de Hualgayoc, Departamento de Cajamarca, cuyas características, área, dominio, linderos y medidas perimétrica se encuentran inscritas en la Partida Registral No. P36005356 del Registro de Predios de la Zona Registral No. II- Sede ChiclayoOficina Registral de Chota, en la Base de S/140.000.00 Soles que son las 2/3 partes de su Valorización Convencional de S/210.000.00 Soles. GRAVÁMENES: 00004.-Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por la suma de US $. 39,341.72 Dólares Americanos, según Escritura Pública No. 137 del 19/03/2014 otorgado ante Notario Cubas Tejada René Antonio en la ciudad de Bambamarca, inscrito el 28/03/2014; 00005.-Hipoteca a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuestra Señora del Rosario Ltda. No. 222 hasta por la suma de S/. 210,000.00 Nuevos Soles, según Escritura Pública No. 145 del 03/02/2015 otorgado ante Notario Luis Jorge Castañeda Cervantes en la ciudad de Cajamarca, inscrito el 10/02/2015; 00006.- Por Resolución No. 01 del 03/07/2017 expedido por el Juez del Primer Juzgado Mixto de Jaén, Secretario Judicial John Cayatopa Calderón, se ha resuelto Trabar Embargo en Forma de Inscripción a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A., sobre el bien inmueble inscrito en la presente Partida, hasta por la suma de S/. 48,000.00 (Cuarenta y ocho mil y 00/100 soles), Exp. 417-2017-0-1703- JR-CI-01, seguido por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. sobre Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción, inscrito el 26/07/2017. En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO LTDA: No. 222 contra ALCIBIADES CRUZADO SILVA y LUZ CELINA RUIZ ESPINOZA sobre Ejecución de Garantías Reales. Los postores oblarán ante el suscrito Martillero 10% de la Valorización Convencional (S/ 21,000.00 Soles) en efectivo o cheque de gerencia negociable girado a su nombre más Tasa Judicial de Participación. A
Lunes, 26 de Marzo del 2018
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
cargo del Adjudicatario los honorarios del Martillero.- Bambamarca, 23 de Enero del 2018.- Funcionario que efectuará el Remate: Dr. CARLOS ALFONSO NAVARRETE ROLDÁN.ABOGADO.MARTILLERO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL.REG. PROF. N° 105.- Celular 949363626.LUZMILA CALUA ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA P.6588926 F.P. 21-22-23-26-27-28 Mar. S/.32.00 REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA En el Expediente N° 01254-20150-0601- JR-CI 02, seguido por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA SAC contra MARÍA TRINIDAD FUSTAMANTE RODRÍGUEZ y MANUEL ENGELBERTO RODRÍGUEZ DELGADO, sobre Ejecución de Garantías, tramitado ante el Segundo Juzgado especializado Civil de Cajamarca, que despacha el Dr. Marco Eloy Aquino Cruzado, Especialista Legal Dra. Patricia Mestas Medina, se ha dispuesto sacar A REMATE PÚBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA, los siguientes bienes inmuebles: 1. INMUEBLE UBICADO EN EL CENTRO POBLADO PACCHA, MANZANA 20, LOTE 1 DEL DISTRITO DE PACCHA, PROVINCIA DE CHOTA, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, inscrito en la Partida Registral N° P36020480, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral ll-Sede Chiclayo, Oficina de Chota. TASACIÓN: Catorce mil doscientos dieciocho con 00/100 dólares americanos (US$ 14,218.00); PRECIO BASE DEL REMATE: SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 34/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 6,848.34) equivalente a las dos terceras partes de la tasación menos dos veces el 15%. CARGAS Y GRAVAMENES: 1. HIPOTECA a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura SAC, hasta por la suma de US$ 11,546.56 dólares americanos, tal como consta en la escritura Pública N° 239 del 15.06.2013 otorgada ante el Notario René Cubas Tejada. REQUISITOS PARA POSTORES: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo, depósito judicial o en cheque de gerencia (no consignar el término: NO NEGOCIABLE) a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 1,421.80 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberán de presentar la tasa judicial por Participación en Remate y su DNI. 2. INMUEBLE UBICADO EN EL CENTRO POBLADO PACCHA, MANZANA 20, LOTE 2 DEL DISTRITO DE PACCHA, PROVINCIA DE CHOTA, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, inscrito en la Partida Registral N° P36020481, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral ll-Sede Chiclayo, Oficina de Chota. TASACIÓN: Diecinueve
B
mil novecientos ochenta y seis con 00/100 dólares americanos (US$ 19,986.00); PRECIO BASE DEL REMATE: NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS CON 59/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 9,626.59) equivalente a las dos terceras partes de la tasación menos dos veces el 15%. CARGAS Y GRAVAMENES: 1. HIPOTECA a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura SAC, hasta por la suma de US$ 15,640.64 dólares americanos, tal como consta en la escritura Pública N° 239 del 15.06.2013 otorgada ante el Notario René Cubas Tejada. REQUISITOS PARA POSTORES: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo, depósito judicial o en cheque de gerencia (no consignar el término: NO NEGOCIABLE) a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 1,998.60 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberán de presentarla tasa judicial por Participación en Remate y su DNI. 3. INMUEBLE UBICADO EN EL CENTRO POBLADO PACCHA, MANZANA 20, LOTE 3 DEL DISTRITO DE PACCHA, PROVINCIA DE CHOTA, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, inscrito en la Partida Registral N° P36020482, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral ll-Sede Chiclayo, Oficina de Chota. TASACIÓN: Cincuenta y tres mil ochocientos ochenta y seis con 00/100 dólares americanos (US$ 53.886.00); PRECIO BASE DEL REMATE: VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 09/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 25,955.09) equivalente a las dos terceras partes de la tasación menos dos veces el 15%. CARGAS Y GRAVAMENES: 1. HIPOTECA a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura SAC, hasta por la suma de US$ 47,132.00 dólares americanos, tal como consta en la escritura Pública N° 239 del 15.06.2013 otorgada ante el Notario René Cubas Tejada. REQUISITOS PARA POSTORES: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo, depósito judicial o en cheque de gerencia (no consignar el término: NO NEGOCIABLE) a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 5,388.60 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberán de presentar la tasa judicial por Participación en Remate por la suma de S/. 405.00 y su DNI. DIA Y HORA DEL REMATE: SEIS (06) DE ABRIL DEL 2018, A HORAS 09:45 am.- LUGAR DEL REMATE: Local del Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Cajamarca, sito en el quinto piso del Jirón Cumbe Mayo N° 329-Cajamarca. MARTILLERO PÚBLICO A CARGO: Wilder Quintana Chuquizuta.HONORARIOS DEL MARTILLERO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS+IGV, debiendo ser cancelados al finalizar
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE el acto de remate. Informes: Celular 94700375, e_mail: wilqabog@ hotmail.com. Wilder Quintana Chuquizuta ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO Reg. N° 274 JANET DILAS SAUCEDO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P.6599143 F.P. 23-26-27 Marzo S/.24.00
2. EDICTOS CLASIFICADOS
CONSEJO DE FAMILIA
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de San Marcos, se viene tramitando el expediente signado con el N° 501-2017- FC, seguido por MIRIAM EMPERATRIZ LUCANO CHAVEZ contra SUCESIÓN DE JULIO OSWALDO CHOQUE TRILLO sobre RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, en el cual se RESUELVE: RESOLUCION NUMERO UNO, de fecha veintinueve de diciembre del año dos mil diecisiete. ADMITIR a trámite en VÍA DE PROCESO DE CONOCIMIENTO, la demanda interpuesta por MIRIAM EMPERATRIZ LUCANO CHAVEZ contra SUCESIÓN DE JULIO OSWALDO CHOQUE TRILLO sobre RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO. TENGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica en su escrito de demanda. NOTIFIQUESE a la demandada, SUCESIÓN DE JULIO OSWALDO CHOQUE TRILLO en el presente proceso, mediante EDICTOS, los mismos que se publicarán en el Diario Oficial “La República”, a fin de que dentro del plazo de SESENTA DIAS de realizada la última publicación, se APERSONEN al proceso y contesten la presente demanda, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo, de nombrársele curador procesal, con tal fin PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES días con intervalo de TRES días cada publicación. NOTIFIQUESE. Suscribe Juez: James Joel Camacho Vílchez. Secretario Judicial: Valeria Milagros Fiestas Bornaz. San Marcos, 05 de Marzo de 2018. JAMES JOEL CAMACHO VILCHEZ JUEZ JUZGADO MIXTO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA SAN MARCOS VALERIA
MILAGROS FIESTAS BORNAZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE SAN MARCOS P.6599141 F.P. 23-26-27 Marzo EDICTO EXP: 274-2017-F, ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAJABAMBA, DOCTORA LIDIA GUTIERREZ CATACORA, SE PUBLICA LO SIGUIENTE: Resolución número uno, ADMITE a trámite la demanda interpuesta por JESÚS NATIVIDAD VERA VARGAS, contra WILMER LINDER VILLANUEVA GARCIA sobre Alimentos, en la vía del proceso único, a fin de que se efectúe la publicación de la demanda, anexos y admisorio de la demanda, por un período de tres días consecutivos en el diario "la República" y en las tablillas del
Lunes, 26 de Marzo del 2018
Juzgado conforme al artículo 167 del Código Procesal Civil, Para tal efecto, CUMPLA el demandado con contestar la demanda en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, en caso de incumplimiento. Cajabamba, 08 de marzo de 2018. LIDIA GUTIERREZ CATACORA JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA F.P.26-27-28 – Auxilio Judicial
INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS AVISO JUIDICIAL EXPEDIENTE N° 00001 -2018-00610-JP-CI-01, Ante el Juzgado de Paz Letrado de ChotaCajamarca ABDON GAMONAL AGIP, LUCRECIA GAMONAL AGIP, HONORATO GAMONAL AGIP, CLEMIRA GAMONAL AGIP, MARIA ZULEMA GAMONAL AGIP, y CAYO GAMONAL AGIP, solicitan la RECTIFICACION DE SUS PARTIDAS DE NACIMIENTO por ante la Oficina del Registros del Estado Civil de la MUNICIPALAIDAD DISTRITAL DE LAJAS, al haberse CONSIGNADO en la partida de nacimiento de ABDON el pre nombre de su madre como CONCEPCION; y en las partidas de nacimiento de LUCRECIA, HONORATO, CLEMIRA, MARIA ZULEMA Y CAYO, el prenombre de su madre como PRESENTACION; siendo lo correcto en todas las partidas el de MARIA PRESENTACION; y quedar su nombre correcto de su señora madre el de MARIA PRESENTACION AGIP GONZALES,.- Solicitud admitida a trámite mediante Resolución número Uno en la Vía de Proceso no Contencioso.- Fdo. Abg. Elda M. Machuca Aliaga-Juez(S) del Juzgado de Paz Letrado de Chota; Fdo. José A, Ramírez Delgado-Secretario Judicial.- Chota, 31 de marzo del año 2018. ELDA MADAHITH MACHUCA ALIAGA JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO CHOTA José A. Ramírez Delgado SECRETARIO JUDICIAL Juzgado de Paz Letrado CHOTA P.6599515 F.P. 26 Marzo S/.2.50
PRESCRIPCION ADQUISITIVA EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 803-2017-00601-JR-CI-02, ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, a cargo del señor Juez Dr: Marco Eloy Cruzado Aquino y secretaria judicial, se está tramitando el expediente seguido por Esperanza Rasco Cerquin contra la Comunidad Campesina de Yanamango, sobre prescripción adquisitiva de dominio de bien inmueble, en la vía de proceso abreviado, PUBLIQUESE VIA EDICTOS, a fin que se declare a la demandante Esperanza Rasco Cerquin propietaria respecto al predio rural del sector Yanamango, distrito de Jesús, Provincia y Departamento de Cajamarca y cuenta con los linderos y medidas siguientes: Por el Nort Oeste. Colinda: con la propiedad de Antonieta Villacorta Ticona, mediante una l'inea quebrada de tres tramos: 0.62m., 58.99m. y 38.18m., que hacen una medida total
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
de 97.78m, desde el vértice V-35 al V-1) Por el Nor Este: colinda con el camino a Huacraruco, mediante una línea quebrada de dieciséis tramos: 4.26m., 12.13m., 9.64m., 18.01m., 21.03m., 14.29m., 19.361m., 11.354m., 10.68m., 11.334m., 8.35m., 16.16m., 16.63m., y 14.319m., que hacen una medida total de 204.37m., (desde vértice V-1 al V-17), Por el Sur Oeste: colinda mediante una línea quebrada de síes tramos: 75.60.m., 34.67m., 19.72m., 46.10m., 59.46m., estos cinco tramos colindan con la propiedad de Teodelinda Zelada Villacorta y 19.46m., colinda con la propiedad de Luis Alberto Vásquez Cachi, que hacen una medida total de 255.01m., (desde el vértice V-29 al V-35), y Por el Sur Este: colinda con la propiedad de Esperanza Rasco Cerquin, mediante una línea quebrada de doce tramos: 22.28m., 6.00m., 8.84m., 3.69m., 10.76m., 13.05m., 11.01m., 11.01m., 10.45m., 17.24m., y 4.11m., que hacen una medida total de 122.59m., (desde el vértice V-17 al V-29), cuya extensión superficial es de 17,546.57 m2, pretensión que invoco por haberse cumplido todos los requisitos para que opere la prescripción adquisitiva de dominio.-Y En tal sentido NOTIFIQUESE VIA EDICTOS un extracto de la demanda por tres veces con intervalo de tres días; PUBLIQUESE el referido edicto en el diario local "La República. Cajamarca, 22 de marzo del 2018 MARCO ELOY AQUINO CRUZADO JUEZ SEGUNDO JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P.6599747 F.P. 26 Marzo 03-09 Abril S/.12.50
SUCESIÓN INTESTADA EDICTO EXP. N° 25-2018-C, JUZGADO PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE CAJABAMBA, EN SOLICITUD DE LUZ CONSUELO RODRIGUEZ RODRIGUEZ; SE HA RESUELTO: ADMITIR A TRAMITE LA SOLICITUD QUE SE INTERPONE SOBRE SUCESIÓN INTESTADA DE SUS ABUELITOS PADRE, EL SR. LORENZO RODRIGUEZ CRUZ Y LA SRA JUANA AGUILAR GUEVARA, DEBIENDO DECLARARSE COMO UNICAS HEREDERAS UNIVERSALES; A SU HIJA LA SRA. PAULINA RODRIGUEZ AGUILAR Y SUS NIETAS, LA RECURRENTE, LUZ CONSUELO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y ANGELA VIOLETA RODRIGUEZ RODRIGUEZ ; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PUBLICO PARA LOS FINES PERTINENTES, TENGASE; AGREGUESE; PUBLIQUESE; CURSELE.- DRA LIDIA GUTIERREZ CATACORA JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAJABAMBA.- SR MANUEL LOZANO TAYO-SECRETARIO JUDICIAL. Cajabamba, 19 de Marzo del 2018 LIDIA GUTIERREZ CATACORA JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA MANUEL LOZANO TAYO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA P.6600448 F.P. 26 Marzo S/.2.60
3
EDICTO CIVIL EXPEDIENTE N° 46-2017.- Juzgado Paz Letrado Celendín.- En los seguidos por Norma Machuca Cruz de Vílchez sobre Sucesión Intestada, se ha expedido: RESOLUCION DOS: Celendín, veinte de noviembre de 2017.ADMITIR a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA incoada por Rosalía Silva Araujo, sobre Sucesión Intestada, de los Causantes, Miguel de los Santos Silva Rodríguez y María Olinda Araujo Cachay, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. NOTIFIQUESE, con la presente resolución a la Sociedad de Beneficencia Pública, y al representante del Ministerio Público de ésta ciudad para los efectos de ley; a cuenta y costo del solicitante, b. ANOTESE, la solicitud en la oficina Registral de ésta ciudad, debiéndose remitir los partes correspondientes. Notifíquese.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN - CAJAMARCA MAURO A. CASTRI ALFARO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN CAJAMARCA P. 6598179 F.P. 26-27-28 Marzo S/.7.50
3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 1018-2017-00601 -JR-CI-01, ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, a cargo del Señor Juez Dr. Marco Eloy Aquino Cruzado y Secretaria Judicial, se está tramitando el expediente seguido por Edgar Manuel Castillo Castañeda, contra Lorenzo Vásquez Quiroz y otros, sobre mejor derecho a la propiedad, en el que a su vez mediante resolución número cuatro de fecha 19-01-2017 se ha dispuesto: EMPLACESE VÍA EDICTOS a Juan Edilberto Vásquez Moreno, fin de que en el plazo de SESENTA DÍAS de realizada la última publicación se apersone al proceso acreditando su condición y haga valer sus derechos que le correspondan, bajo apercibimiento de nombrar curador procesal en caso de incumplimiento; PUBLÍQUESE los referidos edictos en el Diario Judicial "La República", y en el diario Oficial "El Peruano" por un periodo de tres días consecutivos. Cajamarca, 09 de marzo de 2018 MARCO ELOY AQUINO CRUZADO JUEZ SEGUNDO JUZGADO CIVIL CAJAMARCA JANET DILAS SAUCEDO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P.6576591 F.P. 14-20-26 Marzo S/.9.00 EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de Contumazá, Juez Osorio, Sec. Mogollon en el Exp. N° 206-024C seguido por SANTOS LUIS MENDOZA PEREZ Y EMILIA ALVAREZ LEIVA DE MENDOZA contra la SUCECIÓN DE MARTIN MENOZA PORTILLA sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA, mediante resolución
4
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
número tres de fecha veintiséis de agosto del dos mil dieciséis, ha resuelto lo siguiente:ADMITASE a trámite la demanda de OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA interpuesta por SANTOS LUIS MENDOZA PEREZ Y EMILIA ALVAREZ LEIVA DE MENDOZA contra la SUCECIÓN DE MARTIN MENDOZA PORTILLA, en la vía del proceso SUMARISIMO, CORRASE traslado al demandado para que EN EL término de VEINTICINCO DIAS cumpla con absolver la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; NOTIFIQUESE a los demandados indeterminados- vía EDICTOS en el diario "La República" por el lapso de TRES DÍAS HABILES, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; lo que hace de su conocimiento Público, a fin de que las personas que creyeran con derecho a oposición lo hagan dentro el termino de Ley. Firmado: Juez. OSORIO MONTOYA. y Sec. MOGOLLON CORREA. Pedro A. Osorio Montoya JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CONTUMAZA MARLON F. MOGOLLON CORREA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CONTUMAZA P.6597314 F.P. 22-23-26 Marzo S/.9.30
4.
EDICTOS PENALES
EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA ESPECIALISTA JUDICIAL: YESHENIA REYES VÁSQUEZ EXPEDIENTE N°: 00367-20170-0610-JRPE-01 Se notifica, cita y emplaza a PEPE RAMOS GONZALES, identificado con D.N.I. N° 42076304, con la Resolución número tres de fecha veintiuno de marzo del año dos mil dieciocho, en el proceso seguido en su contra por el Delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en su modalidad de Incumplimiento de Obligación Alimentaria,en agravio de su menor hijo Antony Carlos Ramos Gonzales; la cual RESUELVE: NOTIFIQUESE mediante EDICTOS al imputado PEPE RAMOS GONZALES, a fin de que dentro de las veinticuatro horas designe abogado de su libre elección; bajo apercibimiento de designarle Defensor Público, sin perjuicio de ello NOTIFIQUESELE también en el Jr. Héctor Saldaña Alavedra N° 272 – Chota (dirección proporcionada por la representante legal del menor agraviado.- Autoriza el Señor Juez: Cristhian Barrantes Díaz CRISTHIAN BARRANTES DIAZ JUEZ Primer Juzgado Investigación Preparatoria CHOTA F.P. 22-23-26 Marzo EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA ESPECIALISTA JUDICIAL: YESHENIA REYES VÁSQUEZ EXPEDIENTE N°: 195-2017-0-0610JRPE-01. Se notifica, cita y emplaza a
Lunes, 26 de Marzo del 2018
PISCOYA SANTAMARIA LISANDRA PAOLA, identificada con D.N.I. N° 46968387, con la Resolución número cinco de fecha doce de marzo del año dos mil dieciocho, en el proceso seguido en su contra por el Delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Estafa Agravada, en agravio de César Rosmer Colunche Fustamente; la cual RESUELVE: NOTIFÍQUESE por EDICTOS a la imputada Lisandra Paola Piscoya Santa María, a fin de que dentro de las veinticuatro horas, CUMPLA con designar abogado de su libre elección en la presente causa, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de designarle Defensor Público para tal efecto CURSESE los oficios correspondientes al diario oficial haciendo la precisión que la publicación deberá hacerse por tres días consecutivos; NOTIFIÁNDOSE.Autoriza el Señor Juez: Cristhian Barrantes Díaz CRISTHIAN BARRANTES DIAZ JUEZ Primer Juzgado Investigación Preparatoria CHOTA F.P. 22-23-26 Marzo EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista Judicial : MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Expediente N°: 3952018-0-0601-JR-PE-02 Procesado: HUAMAN HUAMAN EDGAR I.DECISIÓN: Por las consideraciones antes esbozadas; SE RESUELVE: 1.DECLARAR que el requerimiento de incoación contiene el nombre del imputado los hechos, la tipificación especifica correspondiente y el nombre del agraviado. 2.FIJAR fecha para la audiencia única de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato, para el día MIERCOLES VEINTIOCHO DE MARZO del año en curso a las 09:00 horas, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número tres, ubicada en el 1er Piso del Módulo Penal de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca (Av. Cantuta N° 1244). 3. NOTIFIQUESE VIA EDICTOS al procesado HUAMAN HUAMAN EDGAR, en el diario judicial “La Republica” por el lapso de tres días consecutivos, con el extracto del requerimiento fiscal y la presente resolución. COMUNICAR a las partes, que en la referida audiencia, pueden instar la aplicación del Principio de oportunidad, de un acuerdo Reparatorio o la Terminación Anticipada, según corresponda. REGISTRESE Y COMUNÍQUESE JOSÉ HIPOLITO PASIHUAN RIVERA Juez del 2do Juzgado de Investigación Preparatoria - Flagrancia F.P. 22-23-26 Marzo EDICTO PENAL Exp. N° 01716-2014-1-0601-JRPE-02 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: PATRICIA MESTAS MEDINA Se Cita, Notifica y Emplaza a: LORENZA ELSA ATALAYA CASTREJÓN y JAIME CLODOVEDO YUPANQUI GARCÍA; con la resolución N° 10 de fecha 17/10/2017; mediante la cual se les REQUIÉRASE a los sentenciados antes mencionados, cumplan de manera oportuna con lo dispuesto en la sentencia emitida en autos; ello bajo apercibimiento, de
proceder conforme a lo indicado en la misma; en tal sentido; debiendo para ello, notificarse mediante edictos en el diario oficial de esta sede de Corte, Diario “la República” por el lapso de tres días. Cajamarca, 19 de Marzo del 2018. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ F.P. 22-23-26 Marzo EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CELENDIN. Especialista Judicial: Nolasco Chávez Goicochea. Se cita y se emplaza al siguiente procesado WILDER MARÍN VASQUEZ, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, para la audiencia de Revocatoria de pena para el día NUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA; NOMBRANDO SU ABOGADO DEFENSOR EN EL PLAZO DE 24 HORAS, bajo Apercibimiento de nombrase a un integrante de la Defensa Pública de esta Ciudad, dentro del Exp N° 121-2016-1-060301-JIPCEL, en los seguidos contra: WILDER MARÍN VÁSQUEZ, por el presunto delito de LESIONES GRAVES, en agravio de WALTER VILLOSLADA ESPINOZA; y continuar con la secuela procesal. Celendín, 20 de marzo del 2018. EDWIN SERGIO CHACON NUÑEZ JUEZ TITULAR JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA CELENDIN F.P. 23-26-27 Marzo EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: JUAN BRIONES ALVAREZ. Exp. N° 1830-2016-1-0601-JR-PE01. SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa, que se realizará en acto público el día SIETE DE MAYO DEL DOSMILDIECIOCHO, a horas ONCE DE LA MAÑANA (11:00. a.m.), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número SEIS (06) ubicado en el 8 octavo Piso, del nuevo local de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicado en la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb. Villa Universitaria frente del Complejo Gran Qhapac Ñan. (Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos), debiendo concurrir los acusados EDILBERTO CORREA CARDENAS con DNI N° 09830659 y LALITO JHONEL SÁNCHEZ ACUÑA con DNI N° 47368966, en los seguidos en su contra por el delito de Fraude Procesal, en agravio del Estado. BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia, DE DISPONER SU CONDUCCIÓN EN FORMA COMPULSIVA,.- Suscribe el Señor Juez José Francisco León Izquierdo y el especialista Judicial Juan Briones Álvarez. F.P. 23-26-27 Marzo EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CELENDIN Se cita y emplaza al imputado LINDER RODRIGUEZ VILLANUEVA para que concurra a la Audiencia de
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV Juicio Oral que se llevara a cabo el día Lunes 28 de Mayo de 2018, a horas 11:00 am, en el Jr. Pardo N° 6652° Piso - Celendín, dentro del Exp. N°005-2018-22-06030-JR-PE-01, por el Delito contra la Seguridad Publica, en su modalidad de Conducción en estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad- Ministerio de Trasportes y Comunicaciones de Cajamarca, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarada reo contumaz. Celendín, 21 de Marzo de 2018. Mcs. EDITH CABANILLAS PALOMINO JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CELENDIN F.P. 26-27-28 Marzo EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CELENDIN. Especialista Judicial: Nolasco Chávez Goicochea. Se cita y se emplaza al siguiente procesado LENIN EDINSON ACOSTA ZELADA. para la audiencia de Revocatoria de pena para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA v se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, NOMBRANDO SU ABOGADO DEFENSOR EN EL PLAZO DE 24 HORAS, bajo Apercibimiento de nombrase a un integrante de la Defensa Pública de esta Ciudad, presente los fines que estime pertinente! dentro del Exp N° 46-2013-61-060301-JIP-CEL, en los seguidos contra LENIN EDINSON ACOSTA ZELADA, por el presunto delito de HURTO AGRAVADO, en agravio DE DANTE ALIGHERY DÍAZ CUBAS; y continuar con la secuela procesal. Celendín, 22 de marzo del 2018. EDWIN SERGIO CHACON NUÑEZ JUEZ TITULAR JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA CELENDIN F.P. 26-27-28 Marzo EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA ESPECIALISTA JUDICIAL : YESHENIA REYES VÁSQUEZ EXPEDIENTE N°: 00367-2017-00610-JR-PE-01 Se notifica, cita y emplaza a PEPE RAMOS GONZALES, identificado con D.N.I. N° 42076304, con la Resolución número tres de fecha veintiuno de marzo del año dos mil dieciocho, en el proceso seguido en su contra por el Delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en su modalidad de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de su menor hijo Antony Carlos Ramos Gonzales; la cual RESUELVE: NOTIFIQUESE mediante EDICTOS al imputado PEPE RAMOS GONZALES, a fin de que dentro de las veinticuatro horas designe abogado de su libre elección; bajo apercibimiento de designarle Defensor Público, sin perjuicio de ello NOTIFIQUESELE también en el Jr. Héctor Saldaña Alavedra N° 272 – Chota (dirección proporcionada por la representante legal del menor agraviado.- Autoriza el Señor Juez: Cristhian Barrantes Díaz F.P. 26-27-28 Marzo
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2017-45-0-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra José Edilberto Rodríguez Rodríguez, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Pamela Lizeth Guevara Tello, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES, que RESUELVE: se NOTIFIQUE vía edictos a la parte denunciada José Edilberto Rodríguez Rodríguez y agraviada Pamela Lizeth Guevara Tello, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la menor agraviada PAMELA LIZETH GUEVARA TELLO, las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado JOSÉ EDILBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de PAMELA LIZETH GUEVARA TELLO. b) Se prohíbe al denunciado JOSÉ EDILBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de PAMELA LIZETH GUEVARA TELLO. c) Se prohíbe al denunciado JOSÉ EDILBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a PAMELA LIZETH GUEVARA TELLO. d) Se prohíbe al denunciado JOSÉ EDILBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, tomar represalias en forma directa o indirecta contra PAMELA LIZETH GUEVARA TELLO. e) HAGASE saber al denunciado JOSÉ EDILBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de CELENDIN para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 26-27-28 Marzo EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-69-0-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra
Lunes, 26 de Marzo del 2018
Yginio Zambrano Burga, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de María Agustina Sánchez Chacón, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: ONCE, que RESUELVE: se NOTIFIQUE vía edictos a las partes procesales, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° NUEVE (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NÚMERO: NUEVE (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la agraviada MARÍA AGUSTINA SÁNCHEZ CHACON, las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado HIGINIO ZAMBRANO BURGA, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de MARÍA AGUSTINA SÁNCHEZ CHACON. b) Se prohíbe al denunciado HIGINIO ZAMBRANO BURGA, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de MARÍA AGUSTINA SÁNCHEZ CHACON. c) Se prohíbe al denunciado HIGINIO ZAMBRANO BURGA, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a MARÍA AGUSTINA SÁNCHEZ CHACON. d) Se prohíbe al denunciado HIGINIO ZAMBRANO BURGA, tomar represalias en forma directa o indirecta contra MARÍA AGUSTINA SÁNCHEZ CHACON. e) HAGASE saber al denunciado HIGINIO ZAMBRANO BURGA, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de SOROCHUCO para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 16 de la ley N° 30364, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 26-27-28 Marzo EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE Nº 2011-147-0-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra Jhon Denilson Vásquez Chávez y Jesús Vásquez Malca, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de Luz Marina Guevara Guevara, se ha emitido la resolución N° VEINTIOCHO, que RESUELVE: TÉNGASE por consignado los depósitos judiciales N° 2017076300743 y 2017076300744 por
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
la suma de DOSCIENTOS con 00/100 soles, cada uno; en su oportunidad DESGLÓSESE, ENDÓSESE Y ENTRÉGUESE a la parte agraviada, DEJÁNDOSE constancia de dicha entrega; al advertir de autos que la parte agraviada ha sido notificada mediante edictos; al no haber devuelto la constancia de notificación y con la finalidad de evitar retardo en la impartición de justicia se deberá notificar a la parte agraviada mediante edictos con un extracto de la presente resolución, acta de audiencia única y sentencia expedida en la resolución N° VEINTISÉIS. AUDIENCIA ÚNICA se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: VEINTICINCO: que RESUELVE: DECLARAR SANEADO el proceso; así mismo se ha emitido la RESOLUCIÓN N° VEINTISÉIS (SENTENCIA N° 0282017-FC que FALLA: DECLARO FUNDADA en parte la demanda de violencia familiar en su modalidad de maltrato Psicológico interpuesta por el representante del Ministerio Público, contra JHON DENILSON VÁSQUEZ CHÁVEZ y JESÚS VÁSQUEZ MALCA en agravio de LUZ MARINA GUEVARA GUEVARA, en consecuencia: ORDENO como MEDIDAS DE PROTECCIÓN definitivas a favor de la agraviada las siguientes: 1) Abstenerse de realizar cualquier tipo de agresión física (bofetadas, lesiones con objetos, patadas u otros golpes) y/o psicológica (insultos, amenazas, degradaciones, humillaciones, vejaciones, entre otros); 2) Abstenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa o indirecta en perjuicio de la agraviada antes mencionada bajo apercibimiento de remitirse copias de los actuados a la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias para que proceda a investigarlos por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento; FIJO como reparación civil a favor de la agraviada Luz Marina Guevara Guevara, la suma de cuatrocientos y 00/100soles (S/. 400.00) por el maltrato Psicológico sufrido a razón de S/. 200.00 cada demandado; sumas que serán canceladas en el plazo de dos meses, empezando a fines del mes de agosto del presente año y culminando a fines del mes de septiembre del año en curso; montos que deberán cancelarlos mediante depósitos judiciales del Banco de la Nación y presentarlos con un escrito ante este juzgado; improcedente fijar una pensión de alimentos a favor del menor Jhery Jhampool Vásquez Guevara, dejando a salvo el derecho para que su madre Luz Marina Guevara Guevara interponga la demanda correspondiente. OFÍCIESE al Hospital Regional de esta ciudad para que el psicólogo de dicho nosocomio brinde un tratamiento psicológico a la agraviada Luz Marina Guevara Guevara y al demandado Jhon Denilson Vásquez Chávez, por el tiempo que el especialista determine. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Manuel Salazar Salazar. F.P. 26-27-28 Marzo EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2017-402-0-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra Juan Demetrio Díaz Chávez, sobre Violencia Contra las Mujeres y los
5
Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Marilin Díaz Díaz, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES, que RESUELVE: se NOTIFIQUE vía edictos a la parte denunciada Juan Demetrio Díaz Chávez, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la agraviada MARILIN DIAZ DIAZ, las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado JUAN DEMETRIO DIAZ CHAVEZ, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de MARILIN DIAZ DIAZ. b) Se prohíbe al denunciado JUAN DEMETRIO DIAZ CHAVEZ, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de MARILIN DIAZ DIAZ. c) Se prohíbe al denunciado JUAN DEMETRIO DIAZ CHAVEZ, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a MARILIN DIAZ DIAZ. d) Se prohíbe al denunciado JUAN DEMETRIO DIAZ CHAVEZ, tomar represalias en forma directa o indirecta contra MARILIN DIAZ DIAZ. e) HAGASE saber al denunciado JUAN DEMETRIO DIAZ CHAVEZ, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de CELENDIN para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 16 de la ley N° 30364, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 26-27-28 Marzo
6
6
de agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTELunes, 26 de Marzo Lunes,del1 2018
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
7
agosto26 2016 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV Lunes, 1 deLunes, Lunes, 1del de de2016 agosto Marzo del del 2018 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
7
8
8
de agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTELunes, 26 de Marzo Lunes,del1 2018
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV