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Nestor Julio Angles Caceres, Melissa. Ellinor Codova Cordova, Ediza Alarcon. Peralta ... Dr. Rafael Bartolome. Copaja Mamani - Juez del Tercer Juz- gado de ...
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Jueves, 12 de octubre del 2017

Avisos Judiciales EDICTO EDICTO Ante el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto que despacha el Juez Fredy Fernández Sánchez, Especialista Gaby Nina Escobar, Expediente 285-2017-0-2801-JM-CI-02. Se ha emitido la Resolución N° 2 y 3, de fechas veintiséis de Julio y once de Setiembre del dos mil diecisiete, que RESUELVE: Admitir la solicitud de Cambio de Nombre interpuesta por Teodora Dionicia Mamani Mamani, para que en su partida de nacimiento se cambie su nombre y apellido debiendo ser YENIFER por los nombres de TEODORA DIONICIA, y su apellido paterno debe ser ALVARADO por MAMANI, para que figure como Yenifer Alvarado Mamani, debiendo tramitarse en la vía de Proceso No Contencioso. Se fija fecha de Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día 20 de Octubre del 2017 a las 11:30 horas. Moquegua, 06 de Octubre del 2017. Aldo F. Choquehuanca Revilla – Abogado CAM. 176; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (12 Octubre) EDICTO JUDICIAL EXP. N° 452-2016-0-2801-JP-FC-02; LA JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO – FAMILIA CIVIL – DEL DISTRITO JUDICIAL DE MOQUEGUA, QUE DESPACHA LA DRA. JUEZ TITULAR DRA. LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA; ESPECIALISTA, DARÍO PANIAGUA PARIHUANA, CON RESOLUCIÓN N°01 DE FECHA 17 DE JUNIO DE 2016, QUE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE, LA DEMANDA “DECLARACIÓN JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL”, INTERPUESTA POR ROXANA VILLCA SACACA EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJA, CONSIGUIENTEMENTE SE DISPONE QUE EL DEMANDADO EDUARDO LAVILLA HUANTO CUMPLA CON RECONOCER A HILARY SHARON VILLCA SACACA COMO SU HIJA TENIENDO COMO PLAZO ESPECIAL 15 DÍAS BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL PUBLÍQUESE EL EDICTO POR TRES DÍAS HÁBILES EN EL DIARIO LA REPÚBLICA TENIENDOSE POR NOTIFICADO AL TERCER DÍA. CONMTADO DESDE LA ULTIMA PUBLICACIÓN, SEGÚN RESOLUCIÓN N° 07 DE FECHA 21 DE SETIEMBRE DE 2017. MOQUEGUA 05 DE OCTUBRE DEL 2017. Marisol R. Quintanilla Elizardo – Abogada. C.A.I. 2111, Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de

Paz Letrado Familia Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (12-13-16 Octubre) EDICTOS Exp N°0155-2017, ante el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacha el Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, Especialista: Dra. Gaby Nina Escobar, seguido por BRAIAM SELSO MAMANI AGUADO, ha dispuesto la publicación edictal del extracto de la SENTENCIA Nro. 057-2017-JMMN: fecha 26 Setiembre 2017, que FALLO: 1) Declarando FUNDADA la demanda interpuesto por BRAIAM SELSO MAMANI AGUADO, sobre Cambio y Rectificación de Nombre en su partida de nacimiento Nro. 056694 que obra en la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto – Moquegua. 2) DISPONGO: Que, ante la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto – Moquegua, en la Partida de Nacimiento Nro. 056694 – Folio Nro. 566 del año 1994, se proceda a cambiar los apellidos paterno y materno del solicitante de MAMANI a CORDOVA y AGUADO a SALAZAR, así como se proceda a rectificar el segundo nombre de SELSO a ZELSO, debiendo quedar en lo sucesivo los datos del titular de la partida como BRAIAM ZELSO CORDOVA SALAZAR, sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación. 3) Publíquese la presente sentencia en el diario de La Republica y consentida quede la misma REMITASE las partes dobles para que procedan a la anotación respectiva, previo pago de los aranceles judiciales pertinentes. Moquegua, 06 de Octubre 2017. Nélida Maquera Cuayla – Abogado. Reg. N° 353 C.A.M.; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (12-13-16 Octubre) EDICTOS Expediente Nro. 00557-2013-0-2801-JM-CI-02 seguido por MARTIRES ANGELICA CANCHO RONDON, sobre DIVISION Y PARTICIÓN DE BIENES en contra de NESTOR ALBERTO CUELLAR CARDENAS Y OTROS, el Juez del Segundo Juzgado Mixto en lo Civil de Moquegua, Dr. Fredy Fernández Sánchez y especialista Gaby Nina Escobar…, expiden la RESOLUCIÓN Nro. 23, Moquegua, 2209-2017… RESUELVE: 1.- SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO, por el plazo de treinta días, ´para que comparezcan al proceso los SUCESORES de quien en vida fueron ADRIAN RAMOS RAMOS, LINO MAYTA MENDOZA, NEL-

SON EDGAR MANCHEGO CUELLAR Y SEBASTIAN CONDORI ADCO. Bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. 2. Agréguese a los autos la ficha de RENIEC extraídas del Sistema Integrado Judicial. 3. SE DISPONE notificar con la presente resolución a la SUCESIÓN DE ADRIAN RAMOS RAMOS, LINO MAYTA MENDOZA, NELSON EDGAR MANCHEGO CUELLAR Y SEBASTIAN CONDORI ADCO, por edictos, debiendo la parte demandante cumplir con adjuntar las publicaciones, bajo responsabilidad de demora en el trámite del proceso, sin perjuicio de que PRECISE si conoce o no a los sucesores de Adrian Ramos Ramos, Lino Mayta Mendoza, Nelson Edgar Manchego Cuellar y Sebastián Condori Adco; de ser el caso, acredite con documento idóneo lo requerido. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Moquegua, 06 de Octubre del 2017 David A. Calizaya Pinto Abogado REG. N° 0005 C.A.M.; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (12-16-18 Octubre) EDICTO (Exp. N° 00650-2010-0-2801-JM-CI-02) Ante Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, despacha el señor Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, secretaria Dra. Gaby Nina Escobar, MIURY ZARELLA TEJERINA RIVERA, solicita PRESCRIPCION ADQUISITIVA, de inmueble urbano, con fecha 16 de Noviembre del 2010 se admite a trámite la demanda interpuesta por Miury Zarella Tejerina Rivera, con conocimiento de los colindantes Domitila Blanca Flor Chulque, Guillermo Benigno Ramírez Jiménez, Inés Jiménez Manchego, respecto a la prescripción adquisitiva de dominio del lote urbano ubicado en la calle Ayacucho 1041 del distrito de Moquegua provincia de Mariscal Nieto con una extensión superficial de 149.1182m2 encontrándose encerrado dentro de los siguientes linderos: por el frente con la calle Ayacucho con 8.42 ml, por el costado derecho entrando con propiedad de Domitila Blanca Flor Chulque con 19.22ml; por el costado izquierdo entrando con propiedad de Guillermo Benigno Ramírez Jiménez en tres tramos y consecutivos, con 15.75; 4.37 y 2.57ml, y por el fondo con propiedad de Inés Jiménez Manchego con 4.25ml, indica que la posesión la tiene hace más de 15 años. Asimismo dicho proceso se sigue con intervención del Procurador Publico Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto. Por resolución

45 se ha dispuesto notificar mediante edictos a la sucesión de doña Domitila Blanca Flor Chulque, a fin de que comparezcan al proceso los sucesores, bajo apercibimiento de nombrarle curador procesal, de conformidad con lo dispuesto en el art 108 inc 1 del C.P.C, para cuyo efecto cúmplase con las publicaciones en el Diario Oficial “El Peruano” y en la “La Republica”, por el termino de tres días hábiles. Moquegua, 27 de Setiembre del 2017. Esperanza Catacora de Cornejo – Abogada. Reg. C.A.M. N°010, Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (09-11-13 Octubre) REMATE JUDICIAL SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, Tercero: Financiera Confianza SAA. Acreedores no ejecutantes: Banco de Materiales SAC; Caja Municipal de Tacna y Caja Rural de Ahorro y Crédito Nuestra Gente S.A.A; contra NICOLASA JILAPA CONDORI y RAUL CHURA MENDOZA sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 00364-2011-0-2802-JP-CI-02, el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención del especialista Legal Dr. Eber Colque Valdivia, ha dispuesto que el suscrito Martillero Publico con Matricula Nro. 209, saque a remate en SEGUNDA CONVOCATORIA, un bien inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA (PROMUVI) V, SECTOR B, LOTE 09 DE LA MZ. 65, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, CUYA AREA (163.51 M2.), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE CON EL PASAJE 39 CON 8.20 ML; POR LA IZQUIERDA ENTRANDO CON EL LOTE N° 10 CON 20.06 ML; POR LA DERECHA ENTRANDO CON EL PASAJE N° 34 CON 20.05 ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 08 CON 8.10 ML. EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° P08013580 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA REGISTRAL NRO. XIII, SEDE TACNA. VALOR DE TASACION (Comercial): US$ 12,421.62 (Doce Mil cuatrocientos veinte y uno con 62/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 7,038.92 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación, menos el quince por ciento. AFECTACIONES: HIPO-

TECA en el Asiento 00004, a favor de Banco de Materiales, hasta la suma de S/. 9,160.00. EMBARGO en el Asiento 00005, a favor de Elena Elvira Sota Valdez hasta por la suma de S/. 4,532.21. EMBARGO en el Asiento 00006, a favor de Caja Municipal Tacna, hasta por la suma de S/. 2,500.00. EMBARGO en el Asiento 00007, a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A.A, hasta por la suma de S/. 23,000.00. EMBARGO en el Asiento 00008, a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103 hasta por la suma de S/. 23,000.00. EMBARGO en el Asiento 00009, a favor de Banco de la Nación, hasta por la suma de S/. 650.00 Todos en la Partida Registral N° P08013580 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: martes 05 de diciembre de 2017, a horas 08:45 am. En el Hall del Local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, ubicado en Calle Matara Nro.325-ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz, a cargo del Martillero Publico Dr. Asdel Vega Tirado. Teléfono 999098701, correo: [email protected]. LOS POSTORES: Oblarán no menos de diez por ciento del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia, endosable, girado a nombre del Postor . Deben presentar Original y copia de Tasa Judicial por derecho de participación, indicando DNI, número de Expediente y Juzgado. El adjudicatario abonara el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta Pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario mas el IGV., de común acuerdo y de conformidad con la Ley 27728 “Ley del Martillero Publico” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nro. 008-2005JUS. Ilo, 11 de Septiembre del 2017. (11, 12, 13 Octubre). AVISO DE REMATE PÚBLICO EN 1RA CONVOCATORIA DE BIEN INMUEBLE En el Expediente N° 00030-2015-0-2802-JP-CI-02 en los autos seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA No 103 contra GUIDO EMILIO CORNEJO GUILLEN y LUCILA LINA HERRERA DE CORNEJO , Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 2DO Juzgado de Paz Letrado de Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, a cargo del

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Señor Juez Dr. JULIO MARTIN PINAZO QUISPE , Especialista Legal Dr. EBER COLQUE VALDIVIA, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO, EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente Bien: 1.-Inmueble Ubicado del Asentamiento Humano Bello Horizonte Mz I Lt 6, del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, Inscrita en la Partida Electrónica N° P08017327 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo –Zona Registral XIII-Sede Tacna. TASACION: En la Suma de S/.108,113.00. SOLES. BASE DE TEMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que asciende a la Suma de S/.72,075.33 SOLES. AFECTACIONES: 1.- EMBARGO JUDICIAL: A Favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA Hasta por la Suma de S/.10,000.00. SOLES, Inscrito en el Asiento 00008 el 1403-2014. 2.- EMBARGO JUDICIAL: A Favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA No 103 Hasta por la Suma de S/.3,000.00.SOLES, Inscrito en el Asiento 00009 el 31-03-2016. 3.- EMBARGO JUDICIAL: A Favor de LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO Hasta por la Suma de S/.10,000.00. SOLES, Inscrito en el Asiento 00010 el 08-03-2017. FECHA Y HORA DEL REMATE: El Día 05 de Diciembre del Año 2017, a Horas 16.30.p.m. LUGAR DE REMATE: En la Calle Matara 325 -3ER Piso, del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de la Tasación, mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el arancel y su DNI. La presente Diligencia de Remate estará a cargo del Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional No. 226, con Tlfs. #942089706 - #945010777, E-mail: [email protected]. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV serán cancelado al finalizar el Acto de Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Ilo, 08 de Agosto del Año 2017. (05, 06, 09, 10, 11, 12 Octubre). PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos en el Exp. 21-2015-0-2802-JP-CI-02, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO que sigue la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA N° 103, en contra de GONZALES VALDIVIA LOURDES MARIBEL. HERRERA PACOTICONA JOSE SAUL; El señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Dr. JULIO MARTIN PINAZO QUISPE, con intervención del especialista Legal Dra. UMELDA VALDIVIA FLORES, ha dispuesto sacar a remate público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el

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Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda PROMUVI VII, Manzana 11, Lote 4, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, cuyos Linderos y medidas perimétricas se hallan detalladas debidamente en la partida Nro. 11002591, Zona Registral Nro. XIII, Sede Tacna. VALOR DE TASACION DEL BIEN: ha sido valorizado en S/. 24,000.00 (VEINTICUATRO MIL CON 00/100 SOLES) PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: Es sobre la BASE de las dos terceras partes del Valor de Tasación, y es S/.16,000.00 (DIECISEIS MIL CON 00/100 SOLES). AFECTACIONES Y GRAVAMENES, EMBARGO: Se dicta medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre esta partida, hasta por la suma de S/. 6,000.00 nuevos soles, a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, en merito a la Resolución Judicial Nro. 01, de fecha 22/01/2015, del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero. EMBARGO: Se dicta Medida Cautelar de embargo en forma de inscripción sobre esta partida, hasta por la suma de S/. 21,000.00 (soles), a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, en merito a la resolución Judicial Nro. 01, de fecha 12/01/2016, Exp 09-2016, Del segundo Juzgado de Paz Letrado DE Ilo, en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero. FECHA DE REMATE: El 30 de Octubre del 2017, a las 12.30 m. (Del medio Día). LUGAR REMATE PÚBLICO: En el local del segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, sito en la Calle Matara Nro. 325, Ilo-Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua. POSTORES: Para ser postor se depositara en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación, además deberán presentar el D.N.I. y el arancel Judicial indicando el número del D.N.I. del postor, Juzgado y número de Expediente, Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732° del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por Renee Salomón Díaz Coaquira-Martillero Publico Registro Nro. 267. Moquegua 18 de Septiembre del 2017. (05, 06, 09, 10, 11, 12 Octubre). EDICTO PENAL EDICTO PENAL Expediente N° 571-2016-5-2801-JRPE-2. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 571-2016-5-2801-JR-PE-02 , seguida en contra de HILARIO ASIS RAMOS RAMOS, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio

de Lourdes Silviana Ramos Quispe; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a HILARIO ASIS RAMOS RAMOS, con el acta de audiencia de Proceso inmediato de fecha 29/09/17, mediante la cual se dispuso REPROGRAMAR la audiencia para el día 19/10/2017, a las 10:00 am en la SALA DE AUDIENCIAS N° 02 DE LA CORTE SUPRIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.Extracto del REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA DEL RÉGIMEN DE PRUEBA de fecha 31/08/17. De conformidad con el artículo 488, inciso 3, del Código Procesal Penal, corresponde al Ministerio Público el control de la ejecución de las sanciones penales en general, instando las medidas de supervisión y control que correspondan, y formulando al Juez de Investigación Preparatoria los requerimientos que fueren necesarios, para la correcta aplicación de la ley. En el caso de autos, mediante Resolución N° 05 (Sentencia N° 100-2016) de fecha veintitrés de noviembre de 2016 se dispuso la Reserva de Fallo Condenatorio contra Hilario Asis Ramos Ramos, por delito de omisión a la asistencia familiar, en agravio de Lourdes Silvana Ramos Quispe, y fijó como periodo de prueba para el sentenciado el plazo de un año, periodo dentro del cual deberá observarse las reglas de conducta, y el pago de la reparación civil que asciende a S/.2,220.62 para ser pagados en dos cuotas de S/. 1,110.31 cada una, el último día hábil de cada mes, empezando por el mes de diciembre de 2016. Sin embargo, revisado el cuaderno de ejecución de sentencia, se verifica que el sentenciado no está cumpliendo con efectuar el pago de la reparación civil de S/.2,220.62 de las pensiones alimenticias devengadas. De lo expuesto, resulta evidente que el sentenciado no está cumpliendo con reparar el daño ocasionado con el delito; por lo que, al amparo del artículo 65, inciso 3, del Código Penal, solicito señor Juez se sirva señalar fecha para la AUDIENCIA DE REVOCACIÓN DEL RÉGIMEN DE PRUEBA del sentenciado Hilario Asis Ramos Ramos. FIRMADO. DR. JENRRY DEYVI CORRALES ARANIBAR. JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 09 de octubre del 2017. (10-11-12 Octubre) EDICTO PENAL Expediente Nro. Juzgado: 00086-2016-68-2801-JR-PE-03. Juzgado: Tercer Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Tercer

Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Al acusado ILARIO ABRAN PACHECO RAMOS, con el requerimiento de Acusación presentado por el Fiscal Provincial Emilio Ernesto Salas Apaza - Primer Despacho Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Moquegua, en contra de los imputados Julio cesar Cuayla Mamani, Samuel Vidal Medina Vizcarraz, Fidel Raul Copacondori Cuayla, Gregorio Huaraya Jincuna, Marino Esteban Pacheco Cordova, Robbins Herbert Falcon Falcon, Juan de La Cruz Casillas Mamani, Nestor Julio Angles Caceres, Melissa Ellinor Codova Cordova, Ediza Alarcon Peralta, Max Helder Contreras Quispe, Hilario Apaza Condori, Jorge Percy Paredes Choquehuanca, e Mario Abran Pacheco Ramos, por el delito Contra la Administración Publica en la modalidad de Peculado, en agravio de la Municipalidad Distrital de Carumas, solicitando la pena de 06 años de pena privativa de libertad e inhabilitación por el mismo plazo, ofreciendo como medios de prueba testigos, peritos y otras diligencias, y con la Resolución número dos, por la cual se corre traslado a los sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días útiles, a efectos de que puedan presentar por escrito y en lo que fuera pertinente, cumplir con lo establecido en el artículo 350° del Código Procesal Penal y sea debatido en audiencia preliminar de control de acusación, así mismo se le requiere a Mario Abran Pacheco Ramos para que el plazo de 24 horas cumpla con señalar abogado defensor de su libre elección para que asuma su defensa en el presente proceso, bajo apercibimiento de incumplimiento designarle defensor público. Dr. Rafael Bartolome Copaja Mamani - Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Yeny Mendoza Condori, Especialista Legal - Modulo Penal. Moquegua, 04 de Octubre de 2017. (10-10-12 Octubre) EDICTO PENAL EXP: 00018-2017-3-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a JORGE RAMOS CHINGA, con la RESOLUCION N° 02 de fecha veintinueve de septiembre de dos mil siete, que RESUELVE: 1) DECLARAR CONTUMAZ al ACUSADO JORGE RAMOS CHINGA, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 15713656, nacido el 25 de diciembre de 1956, de 60 años de edad, soltero, nacido en Caleta de Carquin, Huaura, Lima, pescador, con domicilio en Tarata 350, distrito de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima, hijo de Alejandro y Mercedes. 2) CURSAR OFICIO a la Policía Nacional del Perú a efecto de que proceda

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a la ubicación y captura del acusado declarado contumaz y sea puesto a disposición ante la autoridad judicial sin perjuicio de que cada sesenta días informe las actividades tendientes a la búsqueda y ubicación del acusado. 3) DISPONER LA NOTIFICACION del acusado en su dirección domiciliaria y a través de edictos a efecto de que tenga conocimiento de su situación y se ponga a disposición de la autoridad judicial correspondiente, sin perjuicio de que la Especialista Legal verifique en el Sistema Integrado Judicial en interconexión con Reniec a efecto de verificar si la dirección que se consigna es el mismo domicilio o si ha variado, y de ser el caso se disponga la notificación también en el mismo. 4) DISPONER EL ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso hasta que el acusado declarado contumaz sea puesto a disposición del juzgado. 5) PONER EN CONOCIMIENTO del requerimiento efectuado a efecto de que se pueda realizar la videoconferencia con el perito Nicolás Rivera Villcas, y se precise la ubicación del mismo para efectuar la videoconferencia en la oportunidad que corresponda.- REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.- (10, 11, 12 Octubre). EDICTO PENAL EXP: 00432-2017-23-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a PERCY ZENON LAQUISE GALARZA, con la RESOLUCION N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, PARA LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA DEL DIA 13 DE OCTUBRE DEL 2017, EN LA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor; bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cedulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley; bajo apercibimiento de remi-

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tirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Mabel Gómez Peñaloza se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogada antes referido, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señorita Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones y en el caso de inasistencia de la abogada del actor civil se procederá conforme a ley. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (10, 11, 12 Octubre). EDICTO PENAL Expediente N° 00716-2017-90-2801 -JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don EDUARDO MARCIAL TORRES GUTIERREZ, identificado con DNI N° 80441866, natural de Mariscal Nieto, Moquegua, hijo de Valerio y Aurora, estado civil soltero, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución N° 02 de fecha 22 de setiembre de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado dentro del horario de Jornada laboral a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Alberto Bonifacio Castillo, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque Especialista Legal.- Moquegua, 04 de octubre de 2017. (09-10-11 Octubre)

EXP:

EDICTO PENAL 00218-2016-77-2802-JR-PE-02,

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Se emplaza, notifica y cita a JORGE GERARDO CCAMAPAZA AGUILAR, con la RESOLUCION N° 03 de fecha veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete, que RESUELVE: 1) DECLARAR CONTUMAZ AL ACUSADO JORGE GERARDO CCAMAPAZA AGUILAR, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 04646181, natural del distrito de Acora, provincia y departamento de Puno, nacido el 28 de junio de 1971, hijo de Gerardo y Adela, estado civil casado, con domicilio real ubicado en Villa El Edén Mz. C Lote 12 del distrito y provincia de llo, departamento de Moquegua; 2) DISPONER LA CONDUCCION COMPULSIVA del acusado Jorge Gerardo Ccamapaza Aguilar por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá de proceder a su ubicación y captura a nivel nacional y una vez realizado, deberá de ponerlo a disposición del juzgado, sin perjuicio de que se informe cada sesenta días las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial. 3) DISPONER LA NOTIFICACION del acusado declarado contumaz, además de la dirección señalada en el escrito de acusación mediante edictos, debiendo la Especialista Legal verificar en el Sistema Integrado Judicial que tiene interconexión con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, si el acusado consigna en su documento de identidad un domicilio distinto o si ha variado de domicilio a efecto de que también se efectúe la notificación en el mismo, ello a efecto de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar el juzgamiento en su contra. 4) DISPONER EL ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso respecto del acusado declarado contumaz, hasta que sea puesto a disposición al juzgado por la autoridad competente. 5) DISPONER LA CONTINUACION del juicio respecto de la acusada asistente al presente juicio.- REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.(09, 10, 11 Octubre). EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00090-2015-0-2801-JR-PE-02. Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: A los imputados QUIÑONEZ CRUZ ISRAEL; SANTUSA CRUZ LIDIA, MARGRITA TICONA DE LA CRUZ con el extracto de la Resolución N° 11: El Segundo Despacho de Decisión Temprana de Mariscal Nieto, Resolución N° 11: Dado cuenta en la fecha por las recargadas labores, y habiendo vencido el término de ley preceptuado en el artículo 350 inciso 1° del Código Procesal Penal; teniendo en cuenta el rol de audiencias de éste despa-

cho, la disponibilidad de las Salas de Audiencias: SE DISPONE: 1) SEÑALAR fecha y hora para la REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO MIXTO, para el día VEINTITRES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIEICISIETE, A LAS QUINCE HORAS (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 07 del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicado en el Malecón Ribereño, con la asistencia obligatoria del representante del Ministerio Público y el abogado del acusado, con cuya asistencia se instalará la audiencia; 2) SE DISPONE: La concurrencia obligatoria del fiscal, bajo apercibimiento de comunicar a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público; del abogado defensor privado, bajo apercibimiento de imponer multa de dos unidades de referencia procesal (2 URP) y ser excluidos de la defensa; 3) Teniendo la presente audiencia la calidad de inaplazable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.1 del Código Procesal Penal, regula el procedimiento en caso de inasistencia de los sujetos procesales a las audiencias: ”1. Si el abogado defensor no concurre a la diligencia para la que es citado, y ésta es de carácter inaplazable, será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado, o por un defensor público, llevándose adelante la diligencia.(…) Son audiencias inaplazables las previstas en los artículos 271, 345, 351, 367, 447 y 448” , en tal sentido SE DISPONE: CURSAR oficio a la Defensoría Pública para que designe abogado o que asuma la defensa del imputado en el presente proceso en caso de inconcurrencia de alguna defensa privada; 4) REQUERIR, a los sujetos procesales concurran a la audiencia de control de Acusación con sus respectivos medio probatorios ofrecidos de cargo y de descargo, en cuadernillo aparte en el orden presentado en su escrito, bajo apercibimiento de incumplimiento en el caso del representante del Ministerio Público poner de conocimiento de su Órgano de Control Interno y del abogado defensor tenerse por no ofrecido su medio de prueba; Interviene el señor Juez que suscribe por Disposición de la Resolución Administrativa No. 593-2017-P/CSJMO-PJ. JUEZ: JENRRY CORRALES ARANIBAR. ESPECIALISTA LEGAL: IRMA LIPA FIGUEROA. Moquegua, 03 de octubre del 2017. (09-10-11 Octubre) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00181-2016-23-2801-JR-PE-02. Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al imputado CLEMENTE CONDORI CA-

Jueves, 12 de octubre del 2017

BANA con el extracto de la Resolución N° 13: Resolución N° 13. SE RESUELVE: PRIMERO: Declarar CONSENTIDA la resolución número doce de fecha veinte de septiembre del dos mil diecisiete, que resuelve declarar fundado el requerimiento de sobreseimiento solicitado por el representante del Ministerio Público en el extremo seguido contra CLEMENTE CONDORI CABANA por el delito de Actos contra el pudor en agravio del menor de iniciales B.D.R.C, se dispone el cese de medias de coerción personal o real que se hayan dictado en contra de la procesado o sus bienes en este extremo. SEGUNDO: CÚRSESE los oficios a efecto de que se inscriba la cancelación de los antecedentes generados respecto a este extremo y para los fines de ley. DEVUELVASE la Carpeta Fiscal al representante del Ministerio Público. REGÍSTRESE.- Siendo el estado de la causa y habiendo vencido el término de ley preceptuado en el artículo 350 inciso 1° del Código Procesal Penal; teniendo en cuenta el rol de audiencias de éste despacho, la disponibilidad de las Salas de Audiencias: SE DISPONE: 1) SEÑALAR fecha y hora para la REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día VEINTITRES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIEICISIETE A LAS NUEVE HORAS DEL DIA (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 07 del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicado en el Malecón Ribereño, con la asistencia obligatoria representante del Ministerio Público y el abogado del acusado, con cuya asistencia se instalará la audiencia; 2) SE DISPONE: La concurrencia obligatoria del fiscal, bajo apercibimiento de comunicar a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público; del abogado defensor privado, bajo apercibimiento de imponer multa de dos unidades de referencia procesal (2 URP) y ser excluidos de la defensa; 3) Teniendo la presente audiencia la calidad de inaplazable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.1 del Código Procesal Penal, regula el procedimiento en caso de inasistencia de los sujetos procesales a las audiencias: ”1. Si el abogado defensor no concurre a la diligencia para la que es citado, y ésta es de carácter inaplazable, será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado, o por un defensor público, llevándose adelante la diligencia.(…) Son audiencias inaplazables las previstas en los artículos 271, 345, 351, 367, 447 y 448” , en tal sentido SE DISPONE: CURSAR oficio a la Defensoría Pública para que designe abogado o que asuma la defensa del imputado en el presente proceso en caso de inconcurrencia de alguna defensa privada; 4) REQUERIR, a los sujetos procesales

concurran a la audiencia de control de Acusación con sus respectivos medio probatorios ofrecidos de cargo y de descargo, en cuadernillo aparte en el orden presentado en su escrito, bajo apercibimiento de incumplimiento en el caso del representante del Ministerio Público poner de conocimiento de su Órgano de Control Interno y del abogado defensor tenerse por no ofrecido su medio de prueba; Interviene el señor Juez que suscribe por Disposición de la Resolución Administrativa No. 593-2017-P/CSJMO-PJ. REGÍSTRESE. Juez: JENRRY CORRALES ARANIBAR. Especialista Legal: IRMA LIPA FIGUEROA.- Moquegua, 03 de octubre del 2017. (09-10-11 Octubre) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00012-2016-85-2801-JR-PE-03. Juzgado: Tercer Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza : Al acusado ILARIO ABRAN PACHECO RAMOS, con el requerimiento de Acusación presentado por el Fiscal Provincial Roberto Miguel Giraldo Cadillo – Quinto Despacho Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Moquegua, en contra de los imputados Roman Aguilar Quispe, Julio Paxi Castro, Oclides Néstor Escobar Laque, Oscar Martín Centeno Córdova, Isabel Marina Choqueña Ccallata, Roberto Rene Mamani Flores, Ilario Abran Pacheco Ramos y Nelly Nelida Vilca Venegas, por el delito Contra la Administración Pública en la modalidad de Colusión Agravada, en agravio de la Municipalidad Distrital de Carumas, solicitando la pena de 10 años de pena privativa de libertad, ofreciendo como medios de prueba testigos, peritos y otras diligencias, y con la Resolución número uno, por la cual se corre traslado a los sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días útiles, a efectos de que puedan presentar por escrito y en lo que fuera pertinente, cumplir con lo establecido en el artículo 350° del Código Procesal Penal y sea debatido en audiencia preliminar de control de acusación, así mismo se le requiere para que el plazo de 24 horas cumpla con señalar abogado defensor de su libre elección para que asuma su defensa en el presente proceso, bajo apercibimiento de incumplimiento designarle defensor público. Dr. Rafael Bartolomé Copaja Mamani - Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Yeny Mendoza Condori, Especialista Legal - Módulo Penal. Moquegua, 03 de Octubre de 2017. (09-10-11 Octubre)

Jueves, 12 de octubre del 2017

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA "UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJA E INVESTIGACION Y VISITAS"

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

EDICTO

Moquegua, 05 de Octubre del 2017 Moquegua, 05 de octubre de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de octubre del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria: Organo Jurisdiccional Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto

Fecha Viernes 31 de Octubre del 2017

Hora de Inicio 08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

Firmado digitalmente por SALINAS LINARES Cesar Augusto (FAU20159981216 Motivo Soy el autor del Documento Fecha: 05/10/2017 13:05:53 -0500

PODER JUDICIAL DEL PERU CORTE SUPERIROR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA

Moquegua, 09 de Octubre del 2017

Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, por Resolución Administrativa N5 009-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ de fecha 06 de octubre del 2015, ha dispuesto realizar itinerancias en la ciudad de Ilo, a fin de dirigir la función de control, razón por la cual los días 12 y 13 de Octubre del 2017 se realizara en la ciudad de llo la itinerancia respectiva, lo que se pone a conocimiento de los justiciables.

DR. RODOLFO SOCRATES NAJAR PINEDA JEFE DE LA ODECMA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, reprograma la VISITA JUDICIAL ORDINARIA fijada para el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación, para la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional

Día

Hora de Inicio

Primer Juzgado de Paz Letrado de llo

Jueves 26

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas. Firmado digitalmente por SALINAS LINARES Cesar Augusto (FAU20159981216) Motivo: Soy el autor del Documento Fecha: 06/10/2017 10:28:08 -0500

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES QUEJAS Y VISISTAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Jueves, 12 de octubre del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO

EDICTO Ilo, 18 de setiembre de 2017 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-JODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional

Día

Hora de Inicio

Juzgado de Familia de Ilo

Miércoles 18

08:00

Moquegua, 18 de setiembre de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

Día

Hora de Inicio

Viernes 20

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES, QUEJAS Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES, QUEJAS Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

YOHEL WUILVER CORNEJO CHAVEZ MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO EDICTO Moquegua, 18 de setiembre de 2017

Moquegua, 18 de Setiembre de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-JODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional

Día

Juzgado de Trabajo de Mariscal Nieto

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional

Día

Hora de Inicio

Juzgado Mixto de llo

Viernes 27

08:00

Hora de inicio

Martes 24

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE QUEJAS, INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES, QUEJAS Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Jueves, 12 de octubre del 2017

PODER JUDICIAL DEL PERU

PODER JUDICIAL DEL PERU CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “Unidad Desconcentrada de Quejas E Investigaciones y Visitas”

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “Unidad Desconcentrada de Quejas E Investigaciones y Visitas”

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

“Año del Buen Servicio al Ciudadano" Moquegua, 12 de Septiembre del 2017

Moquegua, 19 de Septiembre del 2017

La Oficina Desconcetrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de octubre del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Organo Jurisdiccional

Fecha

Hora de Inicio

Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto

Viernes 13 de Octubre del 2017

08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de septiembre del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Organo Jurisdiccional

Fecha

Hora de Inicio

Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto

Viernes 29 de Septiembre del 2017

08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

Firmado Digitalmente por FERNANDEZ SANCHEZ Fredy LINARES, Cesar Augusto (FAU20159981216) Motivo: Soy el autor del Documento Fecha : 12/09/2017 09:02:120 -0500

Firmado Digitalmente por SALINAS LINARES, Cesar Augusto (FAU20159981216 Motivo: Soy el autor del Documento Fecha : 20/09/2017 15:36:00 -0500

PODER JUDICIAL DE PERU CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “Unidad Desconcentrada de Quejas e Investigación y Visitas”

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “Unidad Desconcentrada de Quejas e Investigación y Visitas”

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

"Año del Buen Servicio al Ciudadano" Moquegua, 29 de Septiembre del 2017

Moquegua, 26 de Septiembre del 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de octubre del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Organo Jurisdiccional

Fecha

Hora de Inicio

Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto

Martes 17 de Octubre del 2017

08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas. Firmando digitalmente por FERNANDEZ SANCHEZ Fredy (FAU20159981216) Motivo: Soy el autor del documento Fecha 26/09/2017 08:5814 -0500

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de octubre del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria: Organo Jurisdiccional

Fecha

Hora de Inicio

Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Ichuña- Ubinas

Viernes 03 de Noviembre del 2017

08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

Firmado digitalmente por FERNANDEZ SANCHEZ Fredy (FAU2015998 1216 Motivo: Soy el autor del Documento Fecha: 29/09/2017 16:26:54 -0500

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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Jueves, 12 de octubre del 2017