instituto de justicia intercultural capacitó a rondas

9 mar. 2016 - Manuela del Carmen Verastegui. Pastor. Juzgado Mixto ... PACHECO AGUILAR, Proceso Civil N°. 2015-77 -CI ... ANA M. PACHECO AGUILAR.
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Miércoles, 02 de marzo del 2016

INSTITUTO DE JUSTICIA INTERCULTURAL CAPACITÓ A RONDAS CAMPESINAS EN LA PROVINCIA DE SAN PABLO

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a Corte Superior de Justicia que dirige el Dr. Feliciano Vásquez Molocho a través del Instituto de Justicia Intercultural capacitó el pasado viernes 26 de febrero a cincuenta dirigentes ronderiles de la provincia San Pablo. El objetivo es fortalecer las relaciones que tiene la Corte Superior de Justicia de Cajamarca con las Rondas Campesinas a través de capacitaciones que permitan un dialogo alturado entre la Justicia Ordinaria y la Justicia Ronderíl. La capacitación se llevó a cabo en las instalaciones del auditorio de la Municipalidad Provincial de San Pablo y conto con la presencia de bases ronderiles de Maraypampa, Pozo Seco, El Progreso, El Suro, La Capilla de Unanca y Santa Rosa. Estuvieron presentes Ronderos hombres y mujeres que demostraron su interés en seguir aprendiendo sobre las relaciones con el Pode Judicial. Los temas tratados fueron tres. El primero de ellos estuvo a cargo del Dr. Manuel Emercindo Mozo Honor, Juez de Paz Letrado de San Pablo, quien trato sobre las etapas del proceso penal. Su ponencia estuvo llena de preguntas por parte de los dirigentes ronderiles quienes expresaron su preocupación sobre los casos de violencia que se viven en la Provincia. El Dr. Mozo resaltó que las puertas del Poder Judicial siempre están abiertas. La segunda ponencia fue a cargo de la Dra. Fernanda Bazán Sánchez, Jefa de ODECMA, quien expuso sobre la importancia del dialogo entre la Justicia de Ordinaria y la Justicia Campesina en un país diverso y pluricultural como el nuestro. Finalmente el Dr. Dáel Dávila Elguera, Coordinador de ODAJUP, expuso sobre el Estado Constitucional y de De-

recho y habló sobre el reconocimiento Constitucional y Judicial de la Justicia Indígena y Campesina, así mismo puntualizó que todos los ciudadanos debemos actuar en base al respeto de las normas para una convivencia pacífica. Para futuro el Instituto de Justicia Intercultural y la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz continuará actividades de capacitación con las Rondas Campesinas en todas las provincias del Distrito Judicial, fortaleciendo el dialogo entre los diferentes sistemas de justicia que confluyen en nuestro país.

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

2.

EDICTOS CLASIFICADOS Prescripción Adquisitiva

EDICTO EXP. N° 2015-100-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por Carlos Ramón Bondhi Escobedo, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Se publica lo siguiente: Resolución Número: DOS de fecha quince de octubre del dos mil quince, se Admite a trámite la demanda interpuesto por Carlos Ramón Bondhi Escobedo, contra Persona Incierta, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, del inmueble ubicado en la Av. Víctor Raúl Haya de la Torre N° 389 del Distrito y Provincia de Cajabamba, téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda, a fin de que dentro del plazo de noventa días de realizada la última publicación, se apersonen al proceso y absuelva la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 15 de Enero del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P. 5156919 F.P. 19-25 Febrero 02 Marzo S/.10.50

RECTIFICACIÓN DE AREA Y LINDEROS EDICTO JUDICIAL Proceso Civil N° 2015-0032-06-0613X1-C, ante el Juzgado Mixto de Santa Cruz, el señor Enrique Villalobos Cortes, demanda Rectificación de Áreas y Linderos del predio urbano ubicado en el Lote 6 de la Manzana 34 del Distrito de Catache, Provincia de Santa Cruz, con un área real de 44. 300 metros cuadrados; RESOLUCIÓN N° TRES y CUATRO: Santa Cruz, veintidós de setiembre del dos mil quince y once de enero del dos mil dieciséis, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la pretensión interpuesta por ENRIQUE VILLALOBOS CORTES contra DERY SOLEDAD GONZALES SANCHEZ sobre RECTIFICACIÓN DE ÁREAS Y LINDEROS; en la vía procedimental

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asignada al PROCESO ABREVIADO; en consecuencia traslado de la demanda a la demandada Dery Soledad Gonzales Sánchez, para que dentro del plazo de DIEZ DIAS conteste la demanda bajo apercibimiento de rebeldía; PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución mediante edictos en los diarios Oficial “El Peruano” y “La República”, por tres veces consecutivas, con intervalo de tres días. El Dr. Jaime Marcelo Carrasco Tapia. Santa Cruz, 25 de Febrero de 2016. Manuela del Carmen Verastegui Pastor Juzgado Mixto Santa CruzJAIME MARCELO CARRASCO TAPIA JUEZ JUZGADO MIXTO SANTA CRUZ MANUELA DEL CARMEN VERASTEGUI PASTOR SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO SANTA CRUZ P. 5173737 F.P. 01-02-03 Marzo S/.9.00

3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS EDICTO CIVIL Ante el Primer Juzgado Mixto de la Provincia de San Miguel, que Despacha la Juez Titular ANA MARDELY PACHECO AGUILAR, Proceso Civil N° 2015-77 -CI, seguido por FLORENTINA GARRO VILLANUEVA contra MARIA CONCEPCION DE LA CRUZ ROMERO sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, se resolvió: RESOLUCION CINCO: EMPLACESE, mediante edictos por el plazo de SESENTA DIAS a quienes consideren tener algún derecho o sientan afectados con la demanda, para que se apersonen a la instancia y puedan hacer efectivo sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; PUBLIQUESE un extracto de la demanda en el diario oficial El Peruano y la República, San Miguel 09, de Febrero del 2016 ANA M. PACHECO AGUILAR JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO MIXTO SAN MIGUEL ANDERSON ROSAS ACOSTA SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO MIXTO SAN MIGUEL P.5187552 F.P.02-08-14 Marzo S/.9.00

4.EDICTOS PENALES EDICTO PENAL Exp. N° 01537-2015-0-0601-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: GABRIELA ELIZABETH RON-

B

CAL CHAVEZ Se cita y emplaza a:  SODIMAC-CAJAMARCA                         Para que tomen conocimiento y se pongan a derecho, que mediante  Resolución N° 02, de fecha 19/02/2016, se ha dispuesto  NOTIFICAR VÍA EDICTOS al AGRAVIADO SODIMACCAJAMARCA  con el contenido de la resolución número dos que señala: “    DADO CUENTA  con la cedula de notificación de la parte agraviada y estando a lo expuesto en la razón dejada por el notificador, y a fin de no dilatar innecesariamente el trámite del presente proceso,NOTIFIQUESE; por  EDICTOS  a la parte agraviada  SODIMAC-CAJAMARCA  en el Diario Oficial “La República de esta ciudad, por el lapso de tres días consecutivos,  con el extracto de la resolución número uno y requerimiento de terminación anticipada  AVOCÁNDOSE  a conocimiento de la presente causa el señor juez que suscribe por disposición Administrativa, por cuanto la señorita juez titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria se encuentra gozando de su periodo vacacional. Interviniendo la especialista que da cuenta por vacaciones del especialista Juan Cojal Mena. NOTIFICÁNDOSE”. F.P. 29 Febrero 01-02 Marzo EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MARCOS Exp. N° 80-2015-0 Juez: GUTIÉRREZ SE EMPLAZA: ALEJANDRO ROJAS OLANO, en la presente investigación seguida en su contra por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación de Aguas, en agravio de José Marcelino Muñoz Ramos, mediante resolución número dos de fecha veintiuno de diciembre del dos mil quince SE RESUELVE: CORRASE TRASLADO DE LA ACUSACIÓN por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Modulo Penal de la Provincia de San Marcos, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación; TÉNGASE presente que el acusado deberá designar abogado defensor de su libre elección, en el plazo de VEINTICUATRO HORAS de notificado con la presente bajo apercibimiento, de nombrársele Defensor Público; San Marcos, 19 de Febrero del 2016 Especialista: GÓMEZ Lidia Gutierrez Catacora JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA

MARY LUISA GOMEZ HUAMANI ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN MARCOS F.P. 01-02-03 Marzo EDICTO JUDICIAL Exp. N° 0081-2015-F JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE TACABAMBA-CHOTA SECRETARIO: KATHYA DEL M. GUEVARA AQUINO Expediente Familia: N° 081-2015-F, por ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tacabamba - Chota, en los seguidos por Marilyn Anaseli Sánchez Cadenillas sobre alimentos, se ha expedido lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: de fecha 05/02/16, en la que se ha dispuesto notificar al demandado Willan Olano Delgado mediante edictos la resolución número uno, se admite a trámite la demanda y anexos cuyo tenor es lo siguiente, SE RESUELVE: Admitir a trámite en Vía de Proceso Único, la demanda de alimentos interpuesta por Marilyn Anaseli Sánchez Cadenillas, publicándose un extracto de la resolución número uno (auto admisorio), demanda y anexos por el intervalo de TRES DIAS CONSECUTIVOS en el Diario Oficial de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca la República para que conteste la demanda en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de no contestar la demanda en el plazo legal concedido establecido en el plazo legal concedido establecido en el artículo 435° del Código Procesal Civil; así como publíquese en la tablilla del Juzgado; a fin de que se apersone al proceso dentro del plazo de ley. Tacabamba, 08 de febrero del 2016. Abg. JOSE MANUEL E. CORREA DIAZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA – CHOTA KATHYA DEL MILAGROS GUEVARA AQUINO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA – CHOTA F.P. 01-02-03 Marzo EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 1754-2014-1-0601-JR-PE-02 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MARTES DIEZ DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a las TRES CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° Cuatro (4) 6to piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado LÓPEZ TANTA MARCOS, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el

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delito contra la familia, en su modalidad de omisión de asistencia familiar, en agravio de Luis Alberto López Ortiz y Otros. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 02-03-04 Febrero EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2014-23-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señor Juez, Dr. Edwin Sergio Chacón Núñez, en el proceso seguido contra SEGUNDO LAURO RAMÍREZ TASILLA, sobre CONTRAVENCIÓN en agravio de RUTH JANETH QUINTANA CASTREJÓN, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS: QUE RESUELVE: de oficio REPROGRAMÉSE la Audiencia Única para el día miércoles 27 de abril del año 2016, a las once de la mañana, hora exacta, en el local del juzgado, ubicado en la esquina de la Avenida Tupac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín, a notificación que se realizará MEDIANTE EDICTOS, con un extracto de la presente resolución; los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo Juez.- Edwin Sergio Chacón Núñez. Secretario Judicial.- Lucieg Flores Mejía Edwin Sergio Chacón Nuñez JUEZ (T) Juzgado de Investigación Preparatoria CELENDIN EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 2011-34-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señor Juez, Dr. Edwin Sergio Chacón Núñez, en el proceso seguido contra CAMILO CRUZADO PAJARES Y OTROS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ELENA PAJARES TORRES, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTITRES, QUE RESUELVE: NOTIFIQUESE a la parte procesal agraviada ELENA PAJARES TORRES, con un extracto de la presente resolución y con la Audiencia y Sentencia, MEDIANTE EDICTOS, los mismos que se publicarán en el diario oficial la República, por el plazo de tres días consecutivos. AUDIENCIA Y SENTENCIA, que DECLARA: FUNDADA en parte la demanda de violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico interpuesta por el representante del Ministerio Público, contra CAMILO CRUZADO PAJARES Y OTROS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ELENA PAJARES TORRES, en consecuencia: ORDENO como MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor del agraviado las siguientes: 1) Abstenerse de realizar cualquier tipo de agresión física (bofetadas, lesiones con objetos, patadas u otros golpes) y/o psicológica (insultos, amenazas degradaciones, humillaciones, vejaciones, entre otros); 2) Abstenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa o indirecta en agravio del agraviado antes mencionado; bajo apercibimiento de imponer una multa progresiva y compulsiva y de remitirse copias de los actuados a la Fiscalía Provincial Penal a que proceda a investigarlo por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento; FIJO

como reparación civil a favor del agraviado ELENA PAJARES TORRES la suma de TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300.00) que deberán pagar los demandados, en el plazo de treinta días, a razón de S/. 150.00 soles cada demandado; monto que deberán cancelarlos mediante depósitos judiciales del Banco de la Nación y presentarlos con un escrito ante este Juzgado. Juez.- Edwin Sergio Chacón Núñez. Secretario Judicial.- Lucieg Flores Mejía Edwin Sergio Chacón Nuñez JUEZ (T) Juzgado de Investigación Preparatoria CELENDIN EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2013-54-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señor Juez, Dr. Edwin Sergio Chacón Núñez, en el proceso seguido contra RENE ZELADA ARAUJO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de YESSICA BANESSA GALVEZ HUAMAN, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISÉIS, QUE RESUELVE: NOTIFIQUESE a la parte procesal agraviada YESSICA BANESSA GALVEZ HUAMAN con un extracto de la presente resolución y el Acta de Audiencia y Sentencia, MEDIANTE EDICTOS, los mismos que se publicarán en el diario oficial la República, por el plazo de tres días consecutivos. RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE; que resuelve declarar SANEADO el presente proceso por la existencia de una relación jurídico procesal válida entre las partes; se fijaron puntos controvertidos, se admitieron medios probatorios y se formularon alegatos. RESOLUCIÓN NUMERO QUINCE (SENTENCIA); que FALLA: DECLARANDO FUNDADA en parte la demanda de violencia familiar en su modalidad de maltrato físico interpuesta por el representante del Ministerio Público, contra RENE ZELADA ARAUJO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de YESSICA BANESSA GALVEZ HUAMAN, en consecuencia: ORDENO como MEDIDAS DE PROTECCIÓN definitivas a favor de la agraviada las siguientes: 1) Abstenerse de realizar cualquier tipo de agresión física (bofetadas, lesiones con objetos, patadas y otros golpes) y/o psicológica (insultos, amenazas, degradaciones, humillaciones, vejaciones, entre otros); 2) Abstenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa o indirecta en agravio de la agraviada antes mencionada; bajo apercibimiento de remitirse copias a la Fiscalía Provincial Penal a que proceda a investigarlos por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento; FIJO como reparación civil a favor de la agraviada T YESSICA BANESSA GALVEZ HUAMAN la suma de CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400.00) por el maltrato físico sufrido; suma que será cancelada por el demandado en el plazo de dos meses, en la proporción de DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES cada treinta días, montos que deberá cancelarlos mediante depósitos judiciales del Banco de la Nación y presentarlos con un escrito

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ante este Juzgado. Juez.- Edwin Sergio Chacón Núñez. Secretario Judicial.- Lucieg Flores Mejía Edwin Sergio Chacón Nuñez JUEZ (T) Juzgado de Investigación Preparatoria CELENDIN EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2013-280-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señor Juez, Dr. Edwin Sergio Chacón Núñez, en el proceso seguido contra JOSE HERNAN GUEVARA ORTIZ, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARIA YSOLINA CASTREJON SAUCEDO, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE, QUE RESUELVE: NOTIFIQUESE a la parte procesal agraviada MARIA YSOLINA CASTREJON SAUCEDO con un extracto de la presente resolución y con el Acta de Audiencia Única y Sentencia, MEDIANTE EDICTOS, los mismos que se publicarán en el diario oficial la República, por el plazo de tres días consecutivos. RESOLUCIÓN ONCE ACTA DE AUDIENCIA: que resuelve declarar SANEADO el presente proceso por la existencia de una relación jurídico procesal válida entre las partes; se fijaron puntos controvertidos, se admitieron medios probatorios y se formularon alegatos. RESOLUCIÓN NUMERO DOCE SENTENCIA, que DECLARA: FUNDADA en parte la demanda de violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico interpuesta por el representante del Ministerio Público, contra JOSE HERNAN GUEVARA ORTIZ, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARIA YSOLINA CASTREJON SAUCEDO, en consecuencia: ORDENO como MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de la agraviada las siguientes: 1) Abstenerse de realizar cualquier tipo de agresión física (bofetadas, lesiones con objetos, patadas u otros golpes) y/o psicológica (insultos, amenazas degradaciones, humillaciones, vejaciones, entre otros); 2) Abstenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa o indirecta en agravio de la agraviada antes mencionada; bajo apercibimiento de imponer una multa progresiva y compulsiva y de remitirse copias de los actuados a la Fiscalía Provincial Penal a que proceda a investigarlo por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento; FIJO como reparación civil a favor de la MARIA YSOLINA CASTREJON SAUCEDO la suma de TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300.00) que deberá pagar el demandado, en la proporción de CIENTO CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150.00), cada treinta días; montos que deberán cancelarlos mediante depósitos judiciales del Banco de la Nación y presentarlos con un escrito ante este Juzgado. Juez.- Edwin Sergio Chacón Núñez. Secretario Judicial.- Lucieg Flores Mejía Edwin Sergio Chacón Nuñez JUEZ (T) Juzgado de Investigación Preparatoria CELENDIN F.P. 26-29 Febrero 01 Marzo

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02del de 2016  marzo del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles,M02iércoles, de marzo

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

Cuatro características corresponden al juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.