Gaceta Judicial 6759 jud moq 11 jun


2MB Größe 7 Downloads 9 vistas
2

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Jueves, 11 de junio de 2015

SECCIÓN B Avisos Judiciales EDICTO EDICTO EXP. Nº 00191-2015-0-2801-JP-CI-02. SUCESION INTESTADA. ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA, QUE DESPACHA LA DOCTORA LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, ESPECIALISTA DARIO PANIAGUA PARIHUANA, DON EDGAR JUAN MAMANI FLORES, SOLCIITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE SU PADRE JOSÉ MAMANI FLORES, FALLECIDO EL 10 DE OCTUBRE DEL 2014, EN LA CIUDAD DE TACNA Y MEDIANTE RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, SU FECHA DIECIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL QUINCE, RESUELVE: ADMITIR LA DEMANDA CON CITACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO, CON CONOCIMIENTO DE LOS PRESUNTOS HEREDEROS QUE TENGAN DERECHO. MOQUEGUA, 04 DE JUNIO DEL 2015. Dr. BENITO VALVERDE CEDANO – ABOGADO CAM: 021; DARIO PANIAGUA PARIHUANA – SECRETARIO DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (09-11-15 JUNIO) REMATE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO DE BIEN INMUEBLE Expediente Nº 00146-2013-0-2801-JP-CI-02 en los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA en contra de JAEL EMILIANA AQUINO ROMANy JORGE YVANHOE DELGADO TORRES y como TERCERO COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CUAJONE LTDA No 60, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el señor Juez del 3er Juzgado de Paz Letrado de Moquegua Dr. SAUL FELIPE ARENAS PEREZ, Especialista Legal Dra. YENY AYDE ANCALLA ROMERO, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN 2DA CONVOCATORIA, el siguiente Bien Inmueble: 1.Ubicado en la Mz. R Lote 7 Sector A-3 ChenChen, del Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, cuyas medidas perimétricas y colindancias se encuentran Inscritas en la Partida Electrónica Nº 11003439 de la Zona Registral XIII – Sede Tacna - Oficina Registral Moquegua. El inmueble se encuentra en una zona Residencial de Densidad Media, según Plan Director, este consta de 02 pisos, según consta informe pericial que obra en autos. VALOR DE TASACIÓN: El Valor de tasación asciende a la suma de S/.176,657.20. Nuevos Soles. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, menos un 15% por tratarse de una 2DA Convocatoria, lo que asciende a la suma de S/.100,105.75 Nuevos Soles. AFECTACIONES: El bien inmueble tiene las siguientes afectaciones: 1.- CONSTITUCION DE HIPOTECA: A favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CUAJONE LIMITADA N° 60 hasta por la suma de US$19,199.52.Dólares Americanos, inscrito en el Asiento D00002, inscrita el 05 de Setiembre del 2011. 2.- HIPOTECA: A favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL SUR – PRESTASUR, AGENCIA MOQUEGUA hasta por la suma de US$25,000.00. Dólares Americanos, inscrito en el Asiento D00003, inscrita el 08 de Mayo del 2012. 3.- MEDIDA CAUTELAR: A favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA

hasta por la suma de S/.24,000.00. Nuevos Soles, dictado en el proceso N° 00162-2013-27-2801-JPCI-02, por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, inscrito en el Asiento D00004, inscrita el 18 de Abril del 2013. 4.- MEDIDA CAUTELAR: A favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A. hasta por la suma de S/.10,000.00. Nuevos Soles, dictado en el proceso N° 00146-2013-48-2801-JP-CI-02, por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, inscrito en el Asiento D00005, inscrita el 23 de Abril del 2013. FECHA Y HORA DEL REMATE: El bien será Rematado el día 14 de Julio del 2015, a horas 16:15. PM. Y será llevado a cabo por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional Nº 226, con Telf.: 942089706 – RPM: *0074114 / #945010777 E-mail: [email protected]. LUGAR DE REMATE: El Bien se rematará en el Local del Juzgado que ordena el Remate, Sito en la Av. Malecón Ribereño S/N, del Distrito, Provincia y Departamento de Moquegua. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de la Tasación del bien a rematarse, mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y presentarán el arancel y su DNI.Los Honorarios del Martillero Público más el IGV se cancelaran al finalizar el Remate y será por cuenta del Adjudicatario. Moquegua, 21 de Mayo del 2015.(09-10-11-12-15-16) REMATE PÚBLICO – JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso judicial con expediente Nº004422011-0-2801-JP-CI-01 que sobre Obligación de Dar suma de dinero sigue EDGAR ALONSO LIRA RODRIGUEZ, endosatario en procuración de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, en contra de YANET ESTELA TICONA LIMA DE TIRADO, RODOLFO RAFAEL TIRADO RIVERA, ANGEL RAMOS TORRES, y YENY LUISA VENTURA FLORES, el TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO - MOQUEGUA - SEDE NUEVO PALACIO de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, a cargo del Señor Juez Saul Felipe Arenas Perez, con intervención de la Especialista Legal Srta. Yeny Ayde Ancalla Romero, ha ordenado convocar a REMATE PÚBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble que a continuación se detalla: Inmueble de propiedad de DENY RUTH QUISPE CUAYLA ubicado en Subsector 1A-2 de las Pampas de San Francisco, Distrito Moquegua, provincia Mcal. Nieto, departamento de Moquegua, signado con Lote 09 de la Mz “W” cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Registral Nº 11020718 de la Oficina Registral de Moquegua – Zona Registral NºXIII – Sede Tacna de la SUNARP. Según la partida registral premencionada el inmueble cuenta con una extensión superficial de 140.625 m2 (metros cuadrados); PRECIO BASE.- El inmueble se encuentra valorizado en S/. 23,625.00 (veintitrés mil seiscientos veinticinco) nuevos soles y SERÁ REMATADO SOBRE LA BASE DE S/ 15,750.00 (quince mil setecientos cincuenta) nuevos soles, equivalentes a las dos terceras partes del valor por el cual ha sido valorizado. AFECTACIONES DE ESTE BIEN.- Según la Partida Registral premencionada: ASIENTO Nº D00002 CARGA: Prohibición de enajenar o abandonar y obligación de construcción

de obras de habilitación y edificación con la consecuencia de caducidad y reversión, respecto de los anteriores propietarios (Asiento C002 de la referida partida registral) a favor de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. ASIENTO NºD00003 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de Edgar Alonzo Lira Rodríguez en su calidad de Endosatario en procuración de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de S/. 30,500.00 (treinta mil quinientos) nuevos soles. Medida cautelar recaída en el expediente Nº00442-2011-0-2801-JP-CI-01. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre con Registro Nº 227 el día VEINTIDÓS DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE A LAS DOCE HORAS en el local del Juzgado ubicado en la sede del nuevo palacio de justicia de Moquegua, sito en Malecón Rivereño S/N ciudad de Moquegua. POSTORES: Las personas que deseen participar en el remate deberán depositar en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del valor de tasación del inmueble es decir S/. 2,362.50 (dos mil trescientos sesenta y dos con 50/100) nuevos soles, presentándolo al Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, los postores deberán de presentar el pago del arancel judicial correspondiente por participar en remate de bien inmueble, suscribiéndolo con indicación del juzgado y número de expediente, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Moquegua, 04 de junio del año 2015. Abog. Yeny Ayde Ancalla Romero – Secretaria Judicial – Tercer Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto; Corte Superior de Justicia de Moquegua; Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Martillero Público Reg. Nº 227 – Abogado (08-09-10-11-12-15 Junio) RECTIFICACION DE PARTIDA RECTIFICACION DE PARTIDA En el Expediente Nro. 0004-2015-0-2801-JM-CI-02 del 2do. Juzgado Mixto de Moquegua, el Juez Dr. Fredy Fernandez Sanchez y especialista Raul Ccallo Calli, y estando a lo ordenado mediante SENTENCIA de fecha 08-06-2015, se dispone: RESOLUCIÓN NRO 06: SENTENCIA, FALLO: Declarando FUNDADA la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA interpuesta por DEYBY ANGELO FLORES FLORES Y MAYERLIN BRENDA LUNA BERROA, y dispongo que la Municipalidad Distrital de Sachaca – Arequipa, se proceda a cambiar en la partida de nacimiento Nro. 65742103 del año 2008, del menor DEYVID MATHIAS QUISPE LUNA, en el rubro datos del padre se debe consignar como DEYBY ANGELO FLORES FLORES, asimismo el nombre del menor debe quedar en lo sucesivo como DEYVID MATHIAS FLORES LUNA, publíquese la presente sentencia y remítase los partes judiciales previa las publicaciones conforme a ley. Moquegua, 08 de Junio del 2015. David A. Calizaya Pinto – Abogado. Reg. Nº005 CAM; Abog. Raul

Jueves, 11 de junio de 2015

Angel Ccallo Calli – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (11 Junio) EDICTO PENAL EDICTO PENAL Exp. Nº 00216-2015-0-2802-JR-PE-02, SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ: Abog. MARIO MANUEL TACURI, ESPECIALISTA, Abog. Mercedes Ynes Aquije Yarasca. Se emplaza y Notifica a DAVID LENIN ANGLES BEJAR con la siguiente resolución: Al requerimiento fiscal de Acusación Directa del Primer Despacho Temprana de la Fiscalía Provincial Corporativa de Ilo y conforme a los previsto en el artículo 350º del CPP; CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio d 10 días UTILES, a efectos de que puedan POR ESCRITO y debidamente fundamentado puedan, 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicita imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio: todo ello con el objeto d ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Advirtiéndose que el imputado DAVID LENIN ANGLES BEJAR, no cuenta con abogado defensor se le requiere para que en el plazo de DOS DIAS cumpla con designar abogado de libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele abogado de oficio en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales en los domicilios indicados por el Ministerio Publico. Asimismo conforme a lo solicitado por la representante del Ministerio Publico, notifíquese VIA EDICTO al acusado DAVID LENIN ANGLES BEJAR, para tal efecto cúrsese los oficios correspondientes. Abog. MARIO MANUEL TACURI, JUEZ, 2do Juzgado de Investigación Preparatoria, Modulo Penal de Ilo, Corte Superior de Justicia de Moquegua. (11, 12, 15 Junio). EDICTO PENAL Expediente Nº 00229-2006-0-2802-JR-PE-01, JUZGADO MIXTO DE ILO, Secretario: Abog. Marco Cáceres Ninaja. El Señor Juez del Juzgado Mixto de Ilo, en el Expediente Nº 00229-2006-0-2802-JRPE-01, seguido en contra de Edgar Atencio Arias, por el delito de Lesiones Graves, en agravio de Gabriela Chura Chipana, ha dictado la Resolución N° 28 de fecha 29 de Mayo del 2015, cuya parte resolutiva es la siguiente: “SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR para el día UNO DE SETIEMBRE del año en curso a horas ONCE de la mañana a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para tal efecto, CÍTESE al Señor Representante del MINISTERIO PÚBLICO, a la agraviada Gabriela Chura Chipana y a su ABOGADO DEFENSOR. 2.- Disponer que el procesado EDGAR ATENCIO ARIAS asista a la referida diligencia acompañado de un Abogado Defensor de su elección, bajo apercibimiento de designarse Abogado Defensor

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

de Oficio, haciéndose presente que dicho acto se realizará de manera pública e inaplazable, con los que concurran al mismo, aún sin la presencia del acusado. 3.- NOTIFÍQUESE la presente resolución al procesado EDGAR ATENCIO ARIAS en su domicilio real señalado en su declaración instructiva, como en Asentamiento Humano Las Gardenias Manzana U, Lote 29- Pampa Inalámbrica -Ilo, así como también en Caserio Quimpichari- Puerto Inca – Huanuco, según su ficha de RENIEC. Sin defecto de ello, notifíquesele además por EDICTOS. 4.- NOTIFÍQUESE a la DEFENSORÍA DE OFICIO con copia de la presente resolución a fin que designe a un Abogado Defensor de oficio a fin que asista al acusado antes mencionado, en caso sea necesario. TÓMESE RAZÓN y HÁGASE SABER.-“ Ilo, 09 de Junio del 2015. Adolfo Cornejo Polanco, Juez (T), Juzgado Mixto de Ilo, Corte Superior de Justicia de Moquegua. (11, 12, 15 Junio). EDICTO PENAL Expediente Nº0286-2012-23-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso Nº0286-2012-83-2801-JR-PE-02, seguido contra Jorfe Esfrein Ore Aguilar y otros, por el delito de usurpación agravada, en agravio de Julio Rodolfo Mamani Mamani y otros; el señor Juez encargado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a JORGE ESFREIN ORE AGUILAR, con la resolución numero uno de fecha cuatro de junio del dos mil quince, mediante la cual se REQUIERE al acusado JORGE ESFREIN ORE AGUILAR y otros, nombren su abogado particular de su elección, dentro del término de tres días de notificados, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de designarse un abogado defensor público y asuma su defensa en el presente proceso. Requerimiento de Acusación: De conformidad con las facultades conferidas por el artículo 159 incisos 1) y 5) de la Constitución Política del Estado, concordante con los artículos 1 y 11 del Decreto Legislativo Nº 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público, dentro de los alcances previstos en los artículos 60 inciso 1) y 349 del Código Procesal Penal, formulo ACUSACIÓN en contra de JORGE ESFREIN ORE AGUILAR y otros, por el presunto delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación Agravada mediante la violencia, supuesto típico previsto en el artículo 202º numeral 2) concordado con los incisos 2), 3) y 4) del artículo 204º del Código Penal, en supuesto agravio de JULIO RODOLFO MAMANI MAMANI, Q.E.VF. JUANA ROSA ZAPATA PONCE y la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO representada por el Procurador Público Municipal.- FIRMADO, DR. ERLY ALEJO CRUZ JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO, ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL. Moquegua, 08 de Junio del 2015 (11-12-15 Junio) EDICTO PENAL Expediente Nº167-2014-87-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. Se CITA Y EMPLAZA a JUAN MANUEL QUISPE, con el índice de Audiencia de Control de Acusación de fecha 08 de Junio de 2015, que Reprograma la audiencia para el día VIERNES DIEICINUEVE DE JUNIO DE 2015 A HORAS TRES DE LA TARDE EN LA SALA DE AUDIENCIAS Nº 07, dispone se notifique mediante edictos al

La República

3

señor Juan Manuel Quispe, en el diario oficial de los avisos judiciales de esta Corte Superior de Justicia de Moquegua. Fdo. Dr. Erly Alejo Cruz – Juez; Abog. Tom Ricardo Palao Villasante Especialista Legal – Módulo Penal. Moquegua, 08 de Junio del 2015.(11-12-15 Junio) EDICTO PENAL Exp. Nº 00380-2005-0-2802-JR-PE-01, JUZGADO MIXTO DE ILO, Secretaria: Abog. Judith Magali Gallegos Ramos. El Señor Juez del Juzgado Mixto de Ilo, que suscribe, ha dictado sentencia absolutoria con fecha once de mayo del dos mil quince, conteniendo siguiente parte resolutiva: FALLO: 1.- ABSOLVIENDO de los cargos formulados en la acusación fiscal a Ruth Vita Catacora Chávez, Jesús Alberto Huaco Fernández y Luis Zanabria Huanca, por la comisión del delito contra la fe pública en la modalidad de Falsificación de Documentos, en agravio del Estado representado por el Gobierno Regional de Moquegua, Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Moquegua y José Esteban Isique Urdiales; 2.- ABSOLVIENDO de los cargos formulados en la acusación fiscal a Ruth Vita Catacora Chávez, Jesús Alberto Huaco Fernández y Luis Zanabria Huanca por el delito contra el orden financiero y monetario en la modalidad de Obtención Fraudulento de Créditos; 3.- ABSOLVIENDO de los cargos formulados en la acusación fiscal a Ruth Vita Catacora Chávez, Jesús Alberto Huaco Fernández y Luis Zanabria Huanca por el delito contra el Patrimonio en la modalidad de Estafa; en consecuencia: una vez que la presente quede firme anúlense los antecedentes que la instrucción haya podido generarles, para lo que se cursara los oficios correspondientes. TOMESE RAZON y HAGASE SABER.- Disponiéndose la notificación mediante Edictos de la sentenciada Ruth Vita Catacora Chávez. Dr. Adolfo Eduardo Cornejo Polanco, Juez, Juzgado Mixto de Ilo, Corte Superior de Justicia de Moquegua. (10, 11, 12 Junio). EDICTO PENAL Expediente Nro: 267-2013-51-2801-JR-PE-02. Juzgado: Juzgado Penal Colegiado de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Especialista Legal: Abog. Darlyn Dennis Valencia Llamoca. Se hace saber y emplaza: Al acusado VALENTIN MOISES MAQUERA RAMOS, con la Resolución Nº 05 en la cual SE RESUELVE: PRIMERO: Tener Presente la condición de REO AUSENTE quien tiene el señor Valentín Maquera Ramos, el mismo que ha sido declarado mediante Resolución Nº 02, de fecha 2 de agosto del 2014 en el cuaderno 2672013-15. En consecuencia, se dispone que dicha resolución sea agregado en copias certificadas al cuaderno de debates. SEGUNDO: En consecuencia SE DISPONE, oficiar a la Polícia Nacional del Perú, para la ubicación y captura del ausente antes señalado, y su puesta a disposición para efectos de afrontar el juicio oral, lo cual deberá realizarse en día y hora hábil, sin perjuicio que la Policia Nacional del Perú, informe cada 60 días respecto a las gestiones realizadas para ubicación y captura del mismo. TERCERO: SE RATIFICA como abogado defensor del ausente al defensor público Jaime Henrique Chirinos. CUARTO: Se dispone EL ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta que sea habido el ausente. QUINTO: SE DISPONE NOTIFICAR la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el diario judicial de la localidad, esto mediante edictos. SECTO: En consecuencia, se declara INFUNDADO el pedido de suspensión de

4

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

audiencia efectuado por la defensa técnica. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- Refrendado por el magistrado Erwin Rodriguez Barreda – Presidente del Juzgado Penal Colegiado de Mariscal Nieto. Moquegua, 05 de Junio de 2014. (09-10-11 Junio) EDICTO PENAL Exp. 256-2014-75-2802-JR-PE-01. PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ILO. JUEZ. Abog. José Antonio Achoma Tito. ESPECIALISTA LEGAL: Abog. Geovanna Montoya Tejerina. Se emplaza, notifica y cita a los acusados LUIS MIGUEL AGUILAR LÓPEZ, JOSÉ LUIS HERRERA TAPIA, PASCUAL RUBIO VERA Y JESÚS JHONATAN RUBIO LÉVANO, con la RESOLUCIÓN Nº03 que SE RESUELVE: 3. RESOLUTIVA: SE RESUELVE: 3. RESOLUTIVA: SE RESUELVE: NOTIFICAR a los Acusados LUIS MIGUEL AGUILAR LÓPEZ, JOSÉ LUIS HERRERA TAPIA, PASCUAL RUBIO VERA Y JESÚS JHONATAN RUBIO LÉVANO, en el domicilio consignado en autos, en el domicilio de su ficha RENIEC y mediante Edicto, conforme a ley. TENGASE POR NOTIFICADO los acusados RAFAEL ANTONIO PASTOR ESPINOZA Y TONY ROMARIO CRUCES RAMIREZ, la reprogramación de la audiencia de Juicio Oral, para el día CINCO DE AGOSTO del Año en curso a las DOS DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS horas en salas de Audiencias ubicado en Jr. Junín Nº301 Segundo Piso de esta sede, quedando subsistente los apercibimientos dictados en el auto de citación a juicio oral. SE DISPONE que se notifique a todos los peritos y testigos en su domicilio reales conforme a ley. SE DISPONE que las partes coadyuven en la notificación de sus medios probatorios (Peritos y Testigos) SE DISPONES, en caso de inasistencia injustificada de la Abogada Miriam Mendoza Pacori, se procederá conforme a ley; asimismo a la Abogada Miriam Mendoza Pacori, se procederá conforme a ley; asimismo a la Abogada antes señalada se le impondrá una multa de Dos Unidades de Referencia Procesal y se comunicara a a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la Abogada defensora de los acusados, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones. Tómese Razón y Hágase Saber. (09-10-12 Junio) EDICTO PENAL EXP. 00026-2014-56-2802-JR-PE-02, SEGUNGO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO, JUEZ; ABOG. MARIO MANUEL TACURI, ESPECIALISTA: ABOG. MERCEDES YNES AQUIJE YARASCA. Se emplaza, notifica y cita a ISABEL MARLY DOROTEO RETIS, CITESE para el día VEINTITRES DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE a horas NUEVE DE LA MAÑANA(hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria del Modulo Penal de la Provincia de Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua sito en Jirón Junín 301 – Ilo; siendo obligatoria la presencia del Fiscal, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de comunicar a su superior y en caso de inconcurrencia del abogado Defensor Publico de la acusada, de excluirlo de la defensa y designar a nuevo abogado de oficio como lo autoriza en el articulo 85º 1º del Código Procesal Penal, así como de imponérsele una multa de 3URP y de poner en conocimiento de Presidencia de esta Corte Superior de Justicia y del Colegio de Abogados respectivo. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios señalados en autos, incluida a la parte agraviada. NOTIFIQUESE la presente por edicto a la imputada Isabel Marly Doroteo Retis, para cual

Jueves, 11 de junio de 2015

cúrsese los oficios respectivos. Abog. JAVIER RICARDO RAMOS CRUZ, Especialista Legal, Modulo Penal de Ilo, Corte Superior de Justicia de Moquegua. (08, 09, 10 Junio). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 714-2009-0-2802-SP-PE-01, SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO. Secretaria: Abog. María luz Mercedes Pino Quispe. La Señora Presidente de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, que suscribe, cita, llama y emplaza a ROSA ELENA VELASQUEZ BARRETO, a fin de que se ponga a derecho ante esta Sala y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de JORGE CORNEJO CENTENO.- Ilo, 01 de Junio del 2015. (08, 09, 10 Junio). EDICTO PENAL Exp. N° 05-006-P(00701- 2009 -0-2802-SP-PE-01). SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO. Secretaria: Abog. María Luz Mercedes Pino Quispe. La Señora Presidente de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, que suscribe, cita, llama y emplaza a EMILIO HUANCA HUANCA, a fin de que se ponga a derecho ante esta Sala y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de CEFERINO MAQUERA TICONA. Ilo, 01 de junio del 2015. (08, 09, 10 Junio). EDICTO PENAL Exp. N°038-2006-P(00706 - 2009 – 0 - 2802-SPPE-01). SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO. Secretaria: Abog. María Luz Mercedes Pino Quispe. El Señor Presidente de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, que suscribe, cita, llama y emplaza a PAOLA CRISTINA PAZ TANTALEAN DE VALERIO, a fin de que se ponga a derecho ante esta Sala y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de PECULADO, en agravio del ESTADO. Ilo, 01 de Junio del 2015. (08, 09, 10 Junio). EDICTO PENAL Exp. N° 193-2008-P(0019 - 2010 – 0 - 2802-SPPE-01). SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO. Secretaria: Abog. María Luz Mercedes Pino Quispe. El Señor Presidente de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, que suscribe, cita, llama y emplaza a MILTON JESUS BALDARRAGO PALACO, a fin de que se ponga a derecho ante esta Sala y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL, en agravio de K.L.G.L.. Ilo, 01 de Junio del 2015.- (08, 09, 10 Junio). EDICTO PENAL Exp. N° 139-2004-P(00717 - 2009 – 0 - 2802-SPPE-01). SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO. Secretaria: Abog. María Luz Mercedes Pino Quispe. El Señor Presidente de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, que suscribe, cita, llama y emplaza a BAUTISTO MAMANI CUTIPA, a fin de que se ponga a derecho ante esta Sala y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales G.R.M.L. Ilo, 01 de Junio del 2015.- (08, 09, 10 Junio). EDICTO PENAL SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO MOQUEGUA. EN EL EXPEDIENTE Nº 00608-2007-0-2801-JR-PE-01

(149-2008), SE HA DISPUESTO LA BUSQUEDA, UBICACIÓN Y CAPTURA DEL ACUSADO REQUISITORIADO QUE A CONTINUACION SE DETALLA: PROCESADO: ABRAHAM GUZMAN CASO APAZA; SEXO: MASCULINO; EDAD: 28 AÑOS; FECHA DE NACIMIENTO: 11-03-1987; LUGAR DE NACIMIENTO: TACNA, CANDARAVE, CAIRANI; NACIONALIDAD; PERUANO; DNI: 47821192; DOMICILIO: AH. DON JOSÉ DE SAN MARTÍN B-3, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO; ESTADO CIVIL: SOLTERO; GRADO DE ISNTRUCCIÓN: TERCERO DE SECUNDARIA; PROFESIÓN U OCUPACIÓN: AGRICULTOR; CENTRO DE TRABAJO: SE DESCONOCE; PADRES: ROBERTO JUAN CASO Y CELIA CARMEN APAZA; CARACTERSITICAS FISICAS: 1.62 M, PESO 58 KG., CABELLOS NEGRSO, CEJAS RECTAS, FRENTE PEQUEÑA, BOCA AGUILEÑA, OREJAS REGULARES, PÓMULOS NORMALES, BARBILLA REDONDA Y TEZ TRIGUEÑA; SEÑAS PARTICULARES: NINGUNA; DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL A MEJOR DE EDAD; AGRAVIADA: E.E.R.F; MAGISTRADOS: DR. GONZALEZ AGUILAR, DR. NAJAR PINEDA; DR. COAGUILA MITA; SECRETARIO: ABOG. RONALD MOISES CHACON HURTADO. Moquegua, 27 de Mayo del 2015. (08,09 y 10 Junio) EDICTO PENAL SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO MOQUEGUA. EN EL EXPEDIENTE Nº 00019-2010-0-2801-SP-PE-01 (2006-346-P), SE HA DISPUESTO LA BUSQUEDA, UBICACIÓN Y CAPTURA DEL PROCESADO REQUISITORIADO QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLA: NOMBRES Y APELLIDOS: JORGE GUIDO QUISPE QUIROZ, EDAD: 60 AÑOS, FECHA DE NACIMIENTO: 29-03-1955; LUGAR DE NACIMIENTO: DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACANA, DNI Nº 00472974; DOMICILIO: MODESTO BASADRE NRO. 695 – TACNA; ESTADO CIVIL: DIVORCIADO; GRADO DE INSTRUCCIÓN: SECUNDARIA COMPLETA; CENTRO DE TRABAJO: SE DESCONOCE; PADRES: CIRILO QUISPE Y PETRONILA QUIROZ; CARACTERISTICAS FISICAS: 1.78 M; SEÑAS PARTICULARES: SE DESCONOCE; DELITO: COLUSIÓN Y OTRO: AGRAVIADO: ESTADO PERUANO; ESTADO DEL PROCESO: PENDIENTE DE JUICIO ORAL; MAGISTRADOS: DR. GONZALEZ AGUILAR, DR. NAJAR PINEDA, DR. COAGUILA MITA; SECRETARIO: ABOG. RONALD MOISÉS CHACON HURTADO. Moquegua, 27 de Mayo del 2015. (08-09 y 10 Junio) EDICTO PENAL Expediente Nº141-2014-85-2801-JR-PE-02. TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica a la imputada TANIA LIBERTAD RAMOS INUMA, con la RESOLUCIÓN Nro. 01 Que CITA A LA AUDIENCIA DE INICIO DE JUICIO ORAL INCOADA EN SU CONTRA por el delito de HURTO AGRAVADO en agravio de Gabriela Alejandra Vargas Carreño; PARA EL DÍA OCHO DE JULIO DEL DOS MIL QINCE A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (HORA EXACTA) , la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 04 del Modulo Penal, sito en el Malecón Ribereño s/n (sede del nuevo Palacio de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADA REO CONTUMAZ O AUSENTE Y DISPONERSE SU CAPTURA A NIVEL NACIONAL. Tómese Razón y Hágase Saber.; Abog. Rosario Vizconde Rojas. Especialista Legal – Módulo Penal. Moquegua, 26 de Mayo de 2015. (08-09 y 10 Junio)

Lunes, 11 8 de Jueves, dejunio juniode de2015 2015

SUPLEMENTOJUDICIAL JUDICIALMOQUEGUA MOQUEGUA SUPLEMENTO

LaRepública República La



                ______________________________________________________________________________________________ AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA

Resolución N° 01 Ilo, uno de Junio Del dos mil quince.VISTOS y CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial, establecen que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como delos procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal. RESOLVIERON: Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día TREINTA DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Segundo Trimestre del año Judicial dos mil quince en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo; ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 03 numeral 02 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias; MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar cuenta en el acto dela audiencia. DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley. S.S. ALEGRE VALDIVIA. PARI TABOADA. MARIN CACERES

53

64

La LaRepública República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Jueves, 11 de junio de 2015 Lunes, 8 de junio de 2015

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA MOQUEGUA Audiencia Pública Extraordinaria – SegundoTrimestre Resolución Nº 01 Moquegua, cuatro de Juniodel dos mil quince.VISTOS Y CONSIDERANDO:----------------------------------------------------------------PRIMERO:Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien a ser puesta en libertad.--------------------------------------------------SEGUNDO:Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa Nº 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia dela Fiscalía Superior; por lo que:------------------------------------------------------------------------------RESOLVIERON:1) Conforme al Rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día martesTREINTA DE JUNIOdel año dos mil quince, a las NUEVE horas de la mañana, la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al SegundoTrimestre del año judicial dos mil quince, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Moquegua, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número 10 de la Sede Moquegua. 2)ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de losprocesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega. 3)MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro–Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación, para dar cuenta en el acto de la audiencia.4)DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro – Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario “La Republica” por el término de ley.Asume competencia el señor Juez Superior Jenrry Deyvi Corrales Araníbar, en mérito a la Resolución de Presidencia Nro. 3552015-P-CSJMO-PJ.REGISTRESE Y HÁGASE SABER.S.S. GONZALEZ AGUILAR NAJAR PINEDA CORRALES ARANIBAR _________________________________ RONALD MOISÉS CHACÓN HURTADO SECRETARIO (E) SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO

Lunes, 11 8 de Jueves, dejunio juniode de2015 2015

SUPLEMENTOJUDICIAL JUDICIALMOQUEGUA MOQUEGUA SUPLEMENTO

LaRepública República La



                ______________________________________________________________________________________________ AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA

Resolución N° 01 Ilo, uno de Junio Del dos mil quince.VISTOS y CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial, establecen que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como delos procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal. RESOLVIERON: Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día TREINTA DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Segundo Trimestre del año Judicial dos mil quince en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo; ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 03 numeral 02 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias; MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar cuenta en el acto dela audiencia. DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley. S.S. ALEGRE VALDIVIA. PARI TABOADA. MARIN CACERES

73

84

La LaRepública República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Jueves, 11 de junio de 2015 Lunes, 8 de junio de 2015

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA MOQUEGUA Audiencia Pública Extraordinaria – SegundoTrimestre Resolución Nº 01 Moquegua, cuatro de Juniodel dos mil quince.VISTOS Y CONSIDERANDO:----------------------------------------------------------------PRIMERO:Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien a ser puesta en libertad.--------------------------------------------------SEGUNDO:Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa Nº 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia dela Fiscalía Superior; por lo que:------------------------------------------------------------------------------RESOLVIERON:1) Conforme al Rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día martesTREINTA DE JUNIOdel año dos mil quince, a las NUEVE horas de la mañana, la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al SegundoTrimestre del año judicial dos mil quince, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Moquegua, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número 10 de la Sede Moquegua. 2)ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de losprocesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega. 3)MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro–Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación, para dar cuenta en el acto de la audiencia.4)DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro – Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario “La Republica” por el término de ley.Asume competencia el señor Juez Superior Jenrry Deyvi Corrales Araníbar, en mérito a la Resolución de Presidencia Nro. 3552015-P-CSJMO-PJ.REGISTRESE Y HÁGASE SABER.S.S. GONZALEZ AGUILAR NAJAR PINEDA CORRALES ARANIBAR _________________________________ RONALD MOISÉS CHACÓN HURTADO SECRETARIO (E) SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO