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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Lunes, 15 de junio de 2015
SECCIÓN B Avisos Judiciales EDICTO EXP. Nº 00191-2015-0-2801-JP-CI-02. SUCESION INTESTADA. ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA, QUE DESPACHA LA DOCTORA LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, ESPECIALISTA DARIO PANIAGUA PARIHUANA, DON EDGAR JUAN MAMANI FLORES, SOLCIITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE SU PADRE JOSÉ MAMANI FLORES, FALLECIDO EL 10 DE OCTUBRE DEL 2014, EN LA CIUDAD DE TACNA Y MEDIANTE RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, SU FECHA DIECIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL QUINCE, RESUELVE: ADMITIR LA DEMANDA CON CITACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO, CON CONOCIMIENTO DE LOS PRESUNTOS HEREDEROS QUE TENGAN DERECHO. MOQUEGUA, 04 DE JUNIO DEL 2015. Dr. BENITO VALVERDE CEDANO – ABOGADO CAM: 021; DARIO PANIAGUA PARIHUANA – SECRETARIO DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (09-11-15 JUNIO) EDICTO Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto – Moquegua, que despacha el juez Dr. Heiner Rivera Rodriguez, actuando como Especialista Legal la Abog. Yossely L. Delgado Aquino; en el Exp. Nº 00617-2011-0-2801-JP-FC-01 doña RAQUEL VILCA MOLLOCONDO, viene siguiendo su proceso sobre AUMETNTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA, en la que se ha emitido la Resolución Nº28 de fecha 27.05.2015, mediante el cual SE REQUIERE al demandando MATIAS ISIDRO EUGENIO PATINA, para que dentro del tercer día de notificado, cumpla con pagar la liquidación de pensiones devengadas aprobada mediante resolución Nº 26 del período octubre 2013 a diciembre 2014 ascendente a la suma de S/3,698.63, bajo apercibimiento de remitir copias al Ministerio Publico, en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE LA PRESENTE DEMANDADO VIA EDICTO CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN. Fdo. Juez y Secretaria. Moquegua, 2015 Junio 11. Julian Felix Gomez Jahuira – Abogado. CAT. Reg. 0591(15 Junio) EDICTO El Juez del Primer Juzgado Mixto – Mariscal Nieto, Dr. Juan Paredes, Secretario Dra. Karina Pantos, Exp. 136-2015, mediante Resolución Nº 01 RESUELVE: Admitir la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA interpuesta por CARMELO LAYME MAQUERA, en contra de ALEJANDRO MANUEL MAMANI ARANA traslado de la demanda al demandado y colindantes RAUL CACERES ROQUE, HIGINIO ALEJANDRO JORGE CHOQUE y ASOCIACIÓN DE VIVIENDA NUEVO HORIZONTE representada por su presidente Marco Antonio Chipayo Tito, por el plazo de DIEZ DÍAS bajo apercibimiento de declararse su rebeldía y nombrársele curador procesal. Corresponde la vía de PROCESO DE ABREVIADO. Moquegua, 02 de Junio del 2015. Marcos Noel Calizaya Pinto, Abogado C.A.M Nº 20; Abog. Karina Pantos Linares – Secretaria Judicial – Primer Juzga-
do Mixto Mcal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua(15-17-19 Junio) EDICTO PRESCRIPCION ADQUISITIVA Expediente Nº00219-2012-0-2801-JM-CI-02. Que, por ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacha el Dr. Fredy Fernandez Sanchez, Especialista: Dr. Raul Angel Ccallo Calli, se ha admitido la demanda presentada por don JOSE MENDOZA ROJAS Y MARIA ESTELA DAMIANA GONZALES DE MENDOZA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, a fin de que se declare judicialmente la propiedad del inmueble ubicado en la Calle Moquegua Nro. 211 inscrito en la ficha Nro. 4316, Mediante Resolución Nro. 02 de fecha 17-09-12, se resuelve admitir a trámite la demanda en contra de doña Juana Paula Vilca Vda. De Moron, habiéndose notificado a los colindantes, entre ellos el Sr. Eliseo Flores Ramos, quien en el desarrollo del juicio ha fallecido, por lo que el Juzgado mediante Resolución Nro. 31 del 10-06-15 ha dispuesto Suspender el proceso por 30 días y se notifique mediante edictos a los Sucesores de don ELISEO FLORES RAMOS para que comparezcan en el presente proceso y ejerzan sus derechos, bajo apercibimiento de designarles Curador Procesal, Moquegua 2015 Junio 11. Angel Valdivia Tejada Abogado CAM Reg. Nro. 251, Abog. Raul Ccallo Calli Secretario Judicial, segundo Juzgado Mixto Mariscal Nieto. Dr. Angel O. Valdivia Tejada – Abogado. Reg. CAM 251; Abog. Raul Angel Ccallo Calli – Secretario Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (12-15-16 Junio) RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE EL JUZGADO MIXTO DE ILO, EXP. NRO. 167-2015-MARCO CACERES, SECRETARIO, ADOLFO CORNEJO POLANCO, JUEZ, SHARMELLY PIZARRO ALCAZAR, Solicita la de su menor Hija: FIGURA SU PARTIDA COMO “SAYDA SHARMELLY CALLE PIZARRO”, DEBE FIGURAR COMO: SHARMELLY ANTUANETH CALLE PIZARRO; SE SUPRIME EL NOMBRE DE “SAYDA” por el de SHARMELLY y ADICIONAR ANTUANETH, AUDIENCIA: 08 de JULIO-2015, HORA 11 AM. Ilo, 12 de JUNIO DEL 2015. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (15, 16, 17 Junio). REMATE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO DE BIEN INMUEBLE Expediente Nº 00146-2013-0-2801-JP-CI-02 en los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA en contra de JAEL EMILIANA AQUINO ROMANy JORGE YVANHOE DELGADO TORRES y como TERCERO COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CUAJONE LTDA No 60, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el señor Juez del 3er Juzgado de Paz Letrado de Moquegua Dr. SAUL FELIPE ARENAS PEREZ, Especialista Legal Dra. YENY AYDE ANCALLA ROMERO, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN 2DA CONVOCATORIA, el siguiente Bien Inmueble: 1.- Ubicado en la Mz. R Lote 7 Sector A-3 Chen Chen, del
Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, cuyas medidas perimétricas y colindancias se encuentran Inscritas en la Partida Electrónica Nº 11003439 de la Zona Registral XIII – Sede Tacna - Oficina Registral Moquegua. El inmueble se encuentra en una zona Residencial de Densidad Media, según Plan Director, este consta de 02 pisos, según consta informe pericial que obra en autos. VALOR DE TASACIÓN: El Valor de tasación asciende a la suma de S/.176,657.20. Nuevos Soles. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, menos un 15% por tratarse de una 2DA Convocatoria, lo que asciende a la suma de S/.100,105.75 Nuevos Soles. AFECTACIONES: El bien inmueble tiene las siguientes afectaciones: 1.- CONSTITUCION DE HIPOTECA: A favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CUAJONE LIMITADA N° 60 hasta por la suma de US$19,199.52. Dólares Americanos, inscrito en el Asiento D00002, inscrita el 05 de Setiembre del 2011. 2.- HIPOTECA: A favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL SUR – PRESTASUR, AGENCIA MOQUEGUA hasta por la suma de US$25,000.00. Dólares Americanos, inscrito en el Asiento D00003, inscrita el 08 de Mayo del 2012. 3.- MEDIDA CAUTELAR: A favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA hasta por la suma de S/.24,000.00. Nuevos Soles, dictado en el proceso N° 00162-2013-27-2801-JP-CI-02, por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, inscrito en el Asiento D00004, inscrita el 18 de Abril del 2013. 4.- MEDIDA CAUTELAR: A favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A. hasta por la suma de S/.10,000.00. Nuevos Soles, dictado en el proceso N° 00146-2013-48-2801-JP-CI-02, por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, inscrito en el Asiento D00005, inscrita el 23 de Abril del 2013. FECHA Y HORA DEL REMATE: El bien será Rematado el día 14 de Julio del 2015, a horas 16:15. PM. Y será llevado a cabo por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional Nº 226, con Telf.: 942089706 – RPM: *0074114 / #945010777 - E-mail: albertooscarramos@ hotmail.com. LUGAR DE REMATE: El Bien se rematará en el Local del Juzgado que ordena el Remate, Sito en la Av. Malecón Ribereño S/N, del Distrito, Provincia y Departamento de Moquegua. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de la Tasación del bien a rematarse, mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y presentarán el arancel y su DNI.Los Honorarios del Martillero Público más el IGV se cancelaran al finalizar el Remate y será por cuenta del Adjudicatario. Moquegua, 21 de Mayo del 2015.(09-10-11-12-15-16) REMATE PÚBLICO – JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso judicial con expediente Nº00442-2011-0-2801-JP-CI-01 que sobre Obligación de Dar suma de dinero sigue EDGAR ALONSO LIRA RODRIGUEZ, endosata-
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rio en procuración de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, en contra de YANET ESTELA TICONA LIMA DE TIRADO, RODOLFO RAFAEL TIRADO RIVERA, ANGEL RAMOS TORRES, y YENY LUISA VENTURA FLORES, el TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO - MOQUEGUA - SEDE NUEVO PALACIO de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, a cargo del Señor Juez Saul Felipe Arenas Perez, con intervención de la Especialista Legal Srta. Yeny Ayde Ancalla Romero, ha ordenado convocar a REMATE PÚBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble que a continuación se detalla: Inmueble de propiedad de DENY RUTH QUISPE CUAYLA ubicado en Subsector 1A-2 de las Pampas de San Francisco, Distrito Moquegua, provincia Mcal. Nieto, departamento de Moquegua, signado con Lote 09 de la Mz “W” cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Registral Nº 11020718 de la Oficina Registral de Moquegua – Zona Registral NºXIII – Sede Tacna de la SUNARP. Según la partida registral premencionada el inmueble cuenta con una extensión superficial de 140.625 m2 (metros cuadrados); PRECIO BASE.- El inmueble se encuentra valorizado en S/. 23,625.00 (veintitrés mil seiscientos veinticinco) nuevos soles y SERÁ REMATADO SOBRE LA BASE DE S/ 15,750.00 (quince mil setecientos cincuenta) nuevos soles, equivalentes a las dos terceras partes del valor por el cual ha sido valorizado. AFECTACIONES DE ESTE BIEN.- Según la Partida Registral premencionada: ASIENTO Nº D00002 CARGA: Prohibición de enajenar o abandonar y obligación de construcción de obras de habilitación y edificación con la consecuencia de caducidad y reversión, respecto de los anteriores propietarios (Asiento C002 de la referida partida registral) a favor de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. ASIENTO NºD00003 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de Edgar Alonzo Lira Rodríguez en su calidad de Endosatario en procuración de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de S/. 30,500.00 (treinta mil quinientos) nuevos soles. Medida cautelar recaída en el expediente Nº00442-2011-0-2801-JP-CI-01. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre con Registro Nº 227 el día VEINTIDÓS DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE A LAS DOCE HORAS en el local del Juzgado ubicado en la sede del nuevo palacio de justicia de Moquegua, sito en Malecón Rivereño S/N ciudad de Moquegua. POSTORES: Las personas que deseen participar en el remate deberán depositar en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del valor de tasación del inmueble es decir S/. 2,362.50 (dos mil trescientos sesenta y dos con 50/100) nuevos soles, presentándolo al Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, los postores deberán de presentar el pago del arancel judicial correspondiente por participar en remate de bien inmueble, suscribiéndolo con indicación del juzgado y número de expediente, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Có-
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digo Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Moquegua, 04 de junio del año 2015. Abog. Yeny Ayde Ancalla Romero – Secretaria Judicial – Tercer Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto; Corte Superior de Justicia de Moquegua; Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Martillero Público Reg. Nº 227 – Abogado (08-09-10-11-12-15 Junio) EDICTO PENAL Exp. Nº 0139-2004-P(117-2009-0-2802-SPPE-01), SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO. Secretaria: Abog, María Luz Mercedes Pino Quispe. El Señor Presidente de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, que suscribe, cita llama y emplaza a BAUTISTO MAMANI CUTIPA, a fin de que se ponga a derecho ante esta Sala y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales G.R.M.L. Ilo, 08 de Junio del 2015 Judith Alegre Valdivia, Juez Superior (p) Sala Mixta Descentralizada de Ilo. (15, 16, 17 Junio). EDICTO PENAL Expediente N° 0286-2012-23-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 0286-2012-23-2301-JR-PE-02, seguido contra Jorge Esfrein Ore Aguilar y otros, por el delito de usurpación agravada, en agravio de Julio Rodolfo Mamani Mamani y otros; el señor Juez encargado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a JORGE ESFREIN ORE AGUILAR, con la resolución numero diecinueve de fecha ocho de junio del dos mil quince; SE RESUELVE: PRIMERO: CORREGIR la resolución número trece (Auto de Sobreseimiento) de fecha veinticinco de junio del dos mil catorce, tanto en la parte expositiva, considerativa y resolutiva que consigna el primer nombre de la imputada como RANIRA, siendo lo correcto el nombre y apellidos de la imputada YANIRA ESTHER TICONA CUAYLA; subsistiendo en lo demás el contenido de las referidas resoluciones. SEGUNDO: NOTIFIQUESE por edictos la referida resolución.- FIRMADO. DR. ERLY ALEJO CRUZ JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 08 de junio del 2015. (12-15-16 Junio) EDICTO PENAL Expediente N° 0286-2012-83-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 0286-2012-83-2301-JR-PE-02, seguido contra Jorge Esfrein Ore Aguilar y otros, por el delito de usurpación agravada, en agravio de Julio Rodolfo Mamani Mamani y otros; el señor Juez encargado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a JORGE ESFREIN ORE AGUILAR, con la resolución numero uno de fecha cuatro de junio del dos mil quince, mediante la cual se REQUIERE al acusado JORGE ESFREIN ORE AGUILAR y otros, nombren su abogado particular de su elección, dentro del termino
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de tres días de notificados, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de designarse un abogado defensor público y asuma su defensa en el presente proceso. Requerimiento de Acusación: De conformidad con las facultades conferidas por el artículo 159 incisos 1) y 5) de la Constitución Política del Estado, concordante con los artículos 1 y 11 del Decreto Legislativo N° 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, dentro de los alcances previstos en los artículos 60 inciso 1) y 349 del Código Procesal Penal, formulo ACUSACIÓN en contra de JORGE ESFREIN ORE AGUILAR y otros, por el presunto delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación Agravada mediante la violencia, supuesto típico previsto en el articulo 202° numeral 2) concordado con los incisos 2), 3) y 4) del articulo 204° del Código Penal, en supuesto agravio de JULIO RODOLFO MAMANI MAMANI, Q.E.V.F. JUANA ROSA ZAPATA PONCE y la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO representada por el Procurador Público Municipal.- FIRMADO. DR. ERLY ALEJO CRUZ JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 08 de junio del 2015. (12-15-16 Junio) EDICTO PENAL Expediente Nº 167-2014-87-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. Se CITA Y EMPLAZA a JUAN MANUEL QUISPE, con índice de Audiencia de Control de Acusación de fecha 08 de Junio de 2015, que Reprograma la audiencia para el día VIERNES DIECINUEVE DE JUNIO DE 2015 A HORAS TRES DE LA TARDE EN LA SALA DE AUDIENCIAS nº07, dispone se notifique mediante edictos al señor Juan Manuel Quispe, en el diario oficial de los avisos judiciales de esta Corte Superior de Justicia de Moquegua. Fdo. Dr. Erly Alejo Cruz – Juez; Abog. Tom Ricardo Palao Villasante Especialista Legal – Módulo Penal. Moquegua, 08 de Junio del 2015. (12-15-16 Junio) EDICTO PENAL SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO MOQUEGUA. EN EL EXPEDIENTE Nº 140-2009-0-2801-SP-PE-01(2008-143-P) SE HA DISPEUSTO LA BUSQUEDA, UBICACIÓN Y CAPTURA DEL ACUSADO REQUISITORIADO QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLA: NOMBRE Y APELLIDOS: ALEJANDRO RONAL QUISPE CHOQUE: EDAD: 39 AÑOS; SEXO: MASCULINO; FECHA DE NACIMIENTO: 1703-1976, LUGAR DE NACIMIENTO: PUQUINA, GENERAL SANCHEZ CERRO, MOQUEGUA; NACIONALIDAD: PERUANO; DNI Nº 80468930; DOMICILIO, MOQUEGUA; ESTADO CIVIL: SOLTERO; GRADO DE INSTRUCCIÓN: CUARTO DE SECUNDARIA; CENTRO DE TRABAJO; SE DESCONOCE; PROFESIÓN U OCUPACION; OBRERO: NOMBRE DE LOS PADRES: PABLO QUISPE E ISODORA CHOQUE; CARACTERISTICAS FISICAS: 1.65 CM, 71 KG, RAZA MESTIZA PIEL COBRIZA, OJOS NEGROS; DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD; AGRAVIADO: R.M.A.P; MAGISTRADOS: DR. GONZALES AGUILAR, DR. NAJAR PINEDA, DR. CORRALES ARANÍBAR; SECRETARIO: ABOG. RONALD MOISES CHACON HURTADO. Moquegua, 10 de Junio del 2015. (12-15-16
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Junio) EDICTO PENAL SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO MOQUEGUA. EN EL EXPEDIETNE Nº00690-2009-02801-SP-01(2000-62-P), SE HA DISPUESTO LA BUSQUEDA, UBICACIÓN Y CAPTURA DE LOS ACUSADOS QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLA: 1)NOMBRES Y APELLIDOS : MILAGROS CATALINA OLAVARRIA UCHPA; EDAD: 49 AÑOS; SEXO: FEMENINO, FECHA DE NACIMIENTO: 18-10-1965; LUGAR DE NACIMIENTO: LIMA; NACIONALIDAD: PERUANA; DNI Nº 0693479; DOMICILIO: ASOCIACIÓN CIUDAD NUEVA MZ X-8 LOTE 1 CPM SAN ANTONIO; ESTADO CIVIL: SOLTERA; GRADO DE INSTRUCCIÓN: SUPERIOR; CENTRO DE TRABAJO: SE DESCONOCE; PROFESION U OCUPACIÓN: SE DESCONOCE; NOMBRE DE LOS PADRES: JULIO OLAVARRIA Y JUANA UCHPA; CARACTERISTICAS FISICAS: ESTATURA 1.71 M. OJOS PARDOS, NARIZ CHICA, BOCA CHICA, LABIOS SEMI GRUESOS, MENTON OVALADO, OREJAS CHICAS, FRENTE REFULAR, CEJAS RALAS, CABELLOS CASTAÑOS, CONTEXTURA REGULAR TRIGUEÑA; SEÑAS PARTICULARES: MANCHA LUNAR EN ARTICULAIONES DE ANTEBRAZO Y MANO DERECHO; DELITO: ROBO CALIFICADO Y OTROS; AGRAVIADO: DANIEL URBANO ANTAHURCO Y OTRO; ESTADO DEL PROCESO: JUICIO ORAL, MAGISTRADOS: DR. WILBERT GONZALEZ AGUILAR, DR. NAJAR PINEDA, DR. CORRALES ARANIBAR; SECRETARIO: ABOG. RONALD MOISES CHACON HURTADO. 2) NOMBRES Y APELLIDOS JULIO CORBETTO PERALTA; EDAD: 51 AÑOS; SEXO: MASCULINO; FECHA DE NACIMIENTO: 16-091963, LUGAR DE NACIMIENTO: BELLA VISTA – CALLAO – LIMA , NACIONALIDAD: PERUANO; DNI Nº25483682; DOMICILIO: CALLE JORGFE CHAVEZ B-14 CPM SAN FRANCISCO MOQUEGUA; ESTADO CIVIL, SOLTERO: GRADO DE INSTRUCCIÓN: SUPERIOR COMPLETA, CENTRO DE TRABAJO : SE DESCONOCE; PROFESIÓN U OCUPACIÓN: CHOFER, NOMBRES DE LOS PADRES: GUILLERMO CORBETTO Y CARMEN PERALTA, CARACTERISTICAS FÍSICAS: 1.72 M. OJOS PARDOS, NARIZ RECTA, BOCA CHICA, LABIOS DELGADOS, MENTON CUADRADO, OREJAS CHICAS, FRENTE REGULAR, CEJAS POBLADAS, CABELLOS NEGRSO Y LACIOS, CONTEXTURA DELGADA, TRIGUEÑO, DELITO: ROBO CALIFICADO; AGRAVIADO DANIEL URBANO ANTAHURCO Y OTRO; ESTADO DEL PROCESO: JUICIO ORAL, MAGISTRADOS DR. GONZALEZ AGUILAR DR. NAJAR PINEDA, DR. CORRALES ARANÍBAR, SECRETARIO; ABOG. RONALD MOISES CHACON HURTADO. Moquegua, 10 de Junio del 2015. (12-15-16 Junio) EDICTO PENAL Exp. Nº 00216-2015-0-2802-JR-PE-02, SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ: Abog. MARIO MANUEL TACURI, ESPECIALISTA, Abog. Mercedes Ynes Aquije Yarasca. Se emplaza y Notifica a DAVID LENIN ANGLES BEJAR con la siguiente resolución: Al requerimiento fiscal de Acusación Directa del Primer Despacho Temprana de la Fiscalía Provincial Corporativa de Ilo y conforme a los previsto en el artículo 350º del CPP; CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio d 10 días UTILES, a efectos de que puedan POR ESCRITO y debidamente fundamentado puedan, 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros
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medios de defensa, 3) solicita imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio: todo ello con el objeto d ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Advirtiéndose que el imputado DAVID LENIN ANGLES BEJAR, no cuenta con abogado defensor se le requiere para que en el plazo de DOS DIAS cumpla con designar abogado de libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele abogado de oficio en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales en los domicilios indicados por el Ministerio Publico. Asimismo conforme a lo solicitado por la representante del Ministerio Publico, notifíquese VIA EDICTO al acusado DAVID LENIN ANGLES BEJAR, para tal efecto cúrsese los oficios correspondientes. Abog. MARIO MANUEL TACURI, JUEZ, 2do Juzgado de Investigación Preparatoria, Modulo Penal de Ilo, Corte Superior de Justicia de Moquegua. (11, 12, 15 Junio). EDICTO PENAL Expediente Nº 00229-2006-0-2802-JR-PE-01, JUZGADO MIXTO DE ILO, Secretario: Abog. Marco Cáceres Ninaja. El Señor Juez del Juzgado Mixto de Ilo, en el Expediente Nº 00229-2006-0-2802-JR-PE-01, seguido en contra de Edgar Atencio Arias, por el delito de Lesiones Graves, en agravio de Gabriela Chura Chipana, ha dictado la Resolución N° 28 de fecha 29 de Mayo del 2015, cuya parte resolutiva es la siguiente: “SE RESUELVE: 1.SEÑALAR para el día UNO DE SETIEMBRE del año en curso a horas ONCE de la mañana a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para tal efecto, CÍTESE al Señor Representante del MINISTERIO PÚBLICO, a la agraviada Gabriela Chura Chipana y a su ABOGADO DEFENSOR. 2.- Disponer que el procesado EDGAR ATENCIO ARIAS asista a la referida diligencia acompañado de un Abogado Defensor de su elección, bajo apercibimiento de designarse Abogado Defensor de Oficio, haciéndose presente que dicho acto se realizará de manera pública e inaplazable, con los que concurran al mismo, aún sin la presencia del acusado. 3.- NOTIFÍQUESE la presente resolución al procesado EDGAR ATENCIO ARIAS en su domicilio real señalado en su declaración instructiva, como en Asentamiento Humano Las Gardenias Manzana U, Lote 29- Pampa Inalámbrica -Ilo, así como también en Caserio Quimpichari- Puerto Inca – Huanuco, según su ficha de RENIEC. Sin defecto de ello, notifíquesele además por EDICTOS. 4.- NOTIFÍQUESE a la DEFENSORÍA DE OFICIO con copia de la presente resolución a fin que designe a un Abogado Defensor de oficio a fin que asista al acusado antes mencionado, en caso sea necesario. TÓMESE RAZÓN y HÁGASE SABER.-“ Ilo, 09 de Junio del 2015. Adolfo Cornejo Polanco, Juez (T), Juzgado Mixto de Ilo, Corte
Superior de Justicia de Moquegua. (11, 12, 15 Junio). EDICTO PENAL Expediente Nº0286-2012-23-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso Nº0286-2012-83-2801-JR-PE-02, seguido contra Jorfe Esfrein Ore Aguilar y otros, por el delito de usurpación agravada, en agravio de Julio Rodolfo Mamani Mamani y otros; el señor Juez encargado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a JORGE ESFREIN ORE AGUILAR, con la resolución numero uno de fecha cuatro de junio del dos mil quince, mediante la cual se REQUIERE al acusado JORGE ESFREIN ORE AGUILAR y otros, nombren su abogado particular de su elección, dentro del término de tres días de notificados, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de designarse un abogado defensor público y asuma su defensa en el presente proceso. Requerimiento de Acusación: De conformidad con las facultades conferidas por el artículo 159 incisos 1) y 5) de la Constitución Política del Estado, concordante con los artículos 1 y 11 del Decreto Legislativo Nº 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público, dentro de los alcances previstos en los artículos 60 inciso 1) y 349 del Código Procesal Penal, formulo ACUSACIÓN en contra de JORGE ESFREIN ORE AGUILAR y otros, por el presunto delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación Agravada mediante la violencia, supuesto típico previsto en el artículo 202º numeral 2) concordado con los incisos 2), 3) y 4) del artículo 204º del Código Penal, en supuesto agravio de JULIO RODOLFO MAMANI MAMANI, Q.E.VF. JUANA ROSA ZAPATA PONCE y la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO representada por el Procurador Público Municipal.- FIRMADO, DR. ERLY ALEJO CRUZ JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO, ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL. Moquegua, 08 de Junio del 2015 (11-12-15 Junio) EDICTO PENAL Expediente Nº167-2014-87-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. Se CITA Y EMPLAZA a JUAN MANUEL QUISPE, con el índice de Audiencia de Control de Acusación de fecha 08 de Junio de 2015, que Reprograma la audiencia para el día VIERNES DIEICINUEVE DE JUNIO DE 2015 A HORAS TRES DE LA TARDE EN LA SALA DE AUDIENCIAS Nº 07, dispone se notifique mediante edictos al señor Juan Manuel Quispe, en el diario oficial de los avisos judiciales de esta Corte Superior de Justicia de Moquegua. Fdo. Dr. Erly Alejo Cruz – Juez; Abog. Tom Ricardo Palao Villasante Especialista Legal – Módulo Penal. Moquegua, 08 de Junio del 2015.(11-12-15 Junio)
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______________________________________________________________________________________________ AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
Resolución N° 01 Ilo, uno de Junio Del dos mil quince.VISTOS y CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial, establecen que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como delos procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal. RESOLVIERON: Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día TREINTA DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Segundo Trimestre del año Judicial dos mil quince en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo; ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 03 numeral 02 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias; MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar cuenta en el acto dela audiencia. DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley. S.S. ALEGRE VALDIVIA. PARI TABOADA. MARIN CACERES
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA MOQUEGUA Audiencia Pública Extraordinaria – SegundoTrimestre Resolución Nº 01 Moquegua, cuatro de Juniodel dos mil quince.VISTOS Y CONSIDERANDO:----------------------------------------------------------------PRIMERO:Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien a ser puesta en libertad.--------------------------------------------------SEGUNDO:Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa Nº 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia dela Fiscalía Superior; por lo que:------------------------------------------------------------------------------RESOLVIERON:1) Conforme al Rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día martesTREINTA DE JUNIOdel año dos mil quince, a las NUEVE horas de la mañana, la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al SegundoTrimestre del año judicial dos mil quince, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Moquegua, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número 10 de la Sede Moquegua. 2)ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de losprocesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega. 3)MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro–Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación, para dar cuenta en el acto de la audiencia.4)DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro – Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario “La Republica” por el término de ley.Asume competencia el señor Juez Superior Jenrry Deyvi Corrales Araníbar, en mérito a la Resolución de Presidencia Nro. 3552015-P-CSJMO-PJ.REGISTRESE Y HÁGASE SABER.S.S. GONZALEZ AGUILAR NAJAR PINEDA CORRALES ARANIBAR _________________________________ RONALD MOISÉS CHACÓN HURTADO SECRETARIO (E) SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO
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______________________________________________________________________________________________ AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
Resolución N° 01 Ilo, uno de Junio Del dos mil quince.VISTOS y CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial, establecen que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como delos procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal. RESOLVIERON: Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día TREINTA DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Segundo Trimestre del año Judicial dos mil quince en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo; ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 03 numeral 02 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias; MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar cuenta en el acto dela audiencia. DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley. S.S. ALEGRE VALDIVIA. PARI TABOADA. MARIN CACERES
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA MOQUEGUA Audiencia Pública Extraordinaria – SegundoTrimestre Resolución Nº 01 Moquegua, cuatro de Juniodel dos mil quince.VISTOS Y CONSIDERANDO:----------------------------------------------------------------PRIMERO:Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien a ser puesta en libertad.--------------------------------------------------SEGUNDO:Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa Nº 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia dela Fiscalía Superior; por lo que:------------------------------------------------------------------------------RESOLVIERON:1) Conforme al Rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día martesTREINTA DE JUNIOdel año dos mil quince, a las NUEVE horas de la mañana, la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al SegundoTrimestre del año judicial dos mil quince, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Moquegua, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número 10 de la Sede Moquegua. 2)ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de losprocesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega. 3)MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro–Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación, para dar cuenta en el acto de la audiencia.4)DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro – Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario “La Republica” por el término de ley.Asume competencia el señor Juez Superior Jenrry Deyvi Corrales Araníbar, en mérito a la Resolución de Presidencia Nro. 3552015-P-CSJMO-PJ.REGISTRESE Y HÁGASE SABER.S.S. GONZALEZ AGUILAR NAJAR PINEDA CORRALES ARANIBAR _________________________________ RONALD MOISÉS CHACÓN HURTADO SECRETARIO (E) SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO