Desde la Plataforma de Interinos Docentes Andaluces no ... - Ustea

Educación Pública de Andalucía desde el curso 2012-2013, a la que se le han aplicado .... desde el mismo centro se gestione su alta y su baja como docente.
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Desde la Plataforma de Interinos Docentes Andaluces no hemos permanecido impasibles ante los continuos ataques que ha sufrido la Educación Pública de Andalucía desde el curso 2012-2013, a la que se le han aplicado graves recortes de presupuesto y disminución de personal. Tras dos años de reivindicaciones y propuestas a la Consejería de Educación, queremos dar un paso más y sentar las bases para garantizar la estabilidad de nuestro trabajo y la mejora de nuestras condiciones laborales, ya que somos un colectivo de empleados de la Junta de Andalucía que, aún teniendo las mismas responsabilidades que los funcionarios y funcionarias de carrera, no goza de los mismos derechos. La disminución de la oferta de empleo público, insuficiente para cubrir las necesidades del sistema educativo andaluz, la arbitrariedad en los criterios de la fase de concurso-oposición, la paralización de las bolsas de trabajo debido al retraso de más de diez días en la cobertura de las bajas del profesorado, y la peculiar geografía andaluza, han convertido a más de 15.000 docentes andaluces en trabajadores y trabajadoras precarias y ha impedido la contratación de miles de aspirantes a interinidad, que no pueden acceder a un puesto de trabajo, a pesar de superar con excelentes calificaciones más de un proceso selectivo, en algunos casos. En el presente documento se recogen las propuestas, consensuadas en asamblea del colectivo de interinos e interinas andaluces, para la aprobación de un Plan de Estabilidad del profesorado interino en Andalucía que suponga la equiparación con el personal funcionario de carrera y reconozca nuestra profesionalidad y nuestro derecho a desarrollar una vida laboral de manera estable y continuada, sin perjuicio de la conciliación con nuestra vida personal y familiar.

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  1. DERECHOS GENERALES.

El artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. (BOE n. 89 de 13/4/2007) define al funcionario interino como una clase de personal al servicio de las Administraciones públicas y, por lo tanto, les “será aplicable, en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera”. ⎯ Garantizar a todo el profesorado interino que haya adquirido

dos años de tiempo de servicio la estabilidad laboral indefinida, entendida como vacante informatizada a partir del curso 2015-2016. ⎯ Compromiso de mantener la colocación en las bolsas por orden

riguroso de tiempo de servicio en cada especialidad y, a continuación, por nota del proceso de oposición por el que se accede. ⎯ No obligatoriedad de concurrir a procesos selectivos para

el personal interino que lo haya superado en alguna ocasión para permanecer en las bolsas de trabajo. ⎯ Equiparar el funcionariado interino al funcionariado de carrera

en el acceso y las condiciones laborales y salariales y reconocer los méritos en los cargos directivos, jefaturas de departamento, coordinación de equipos educativos, coordinación de proyectos y programas. ⎯ Tener las mismas posibilidades de asistencia a cursos de formación que funcionarios y funcionarias de carrera. ⎯ Reconocimiento del tiempo de servicio como funcionario/a

interino/a para el concurso de traslados una vez adquirida la condición de funcionario/a de carrera, así como los méritos correspondientes a la labor realizada en centros de difícil desempeño y/o de compensación educativa.

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  2. VACANTES Y SUSTITUCIONES.

Petición de destinos: ⎯ Posibilidad de realizar la petición de destinos provisionales,

tanto para sustituciones como para vacantes, en base a comarcas, con la opción de solicitar una única comarca. ⎯ Ampliar la petición de códigos de centros a 300, como en el

actual concurso general de traslados. ⎯ Posibilidad de cambiar la petición de destinos provisionales en

cualquier momento interino en quien se propia que dificulte cónyuge o pareja de consanguinidad.

del curso, para el personal funcionario dé la circunstancia de enfermedad grave llevar a cabo su labor docente, de su hecho o de familiares en primer grado de

Vacantes informatizadas: ⎯ Las vacantes informatizadas deben tener un ciclo de renovación

cada 9 de septiembre, de esa forma se ajustarán al funcionamiento de los centros educativos. ⎯ Realizar la adjudicación de las vacantes informatizadas para dos

cursos completos como se venía haciendo hasta el curso 20102011. ⎯ Posibilidad de realizar permutas con cualquier tipo de

vacante. ⎯ El sistema de adjudicación de destinos provisionales

debe ser mediante un acto público presencial o virtual, para garantizar su transparencia. ⎯ Las

vacantes telefónicas de inicio de curso deben ser adjudicadas a nivel andaluz, antes del proceso de adjudicación de sustituciones a nivel provincial, también en acto público que garantice la transparencia.

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Cobertura de sustituciones: ⎯ El

sistema de adjudicación debe ser público y transparente, publicándose la fecha en la que se produce una baja en un centro, la fecha de cobertura, el nombre del o la aspirante que ocupará ese puesto, con su orden en las bolsas de trabajo, así como el cuerpo del que forma parte.

⎯ Cobertura de rodas las sustituciones desde el momento en el

que se producen. ⎯ Que

el profesorado interino al que se le adjudique una sustitución se dirija directamente al centro adjudicado, sin pasar por la delegación territorial correspondiente, y desde el mismo centro se gestione su alta y su baja como docente.

⎯ Eliminar la

obligatoriedad de presentar el certificado médico en cada sustitución, con hacerlo la primera vez será suficiente.

⎯ Supresión de los cupos de horas para sustituciones a los

centros de forma rotunda y oficial.

3. PERMISOS.

Exigimos el derecho al disfrute de todos los permisos de los que goza el funcionariado de carrera, ya que existe discriminación de nuestro colectivo en este sentido, especialmente en los permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

⎯ Permiso por parto de dieciséis semanas ininterrumpidas

también para las funcionarias interinas en bolsa que una vez que han dado a luz son llamadas para una sustitución, computándose este tiempo a efectos de bolsa y oposición, así como cobrar la retribución correspondiente. ⎯ Permiso retribuido de cuatro semanas adicionales por

parto, adopción o acogimiento, sin diferenciar entre funcionarias interinas en régimen de vacante o sustitución.

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⎯ Derecho de todas las funcionarias interinas sin excepción

a la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido de cuatro semanas. ⎯ Permiso por asuntos particulares sin retribución de hasta

tres meses. ⎯ Otros permisos no retribuidos:

- Permiso de 7 días a 3 meses. - Permiso de hasta seis meses para tratamientos rehabilitadores de alcoholismo, toxicomanía u otras adicciones. - Permiso de hasta un año, prorrogable, por enfermedad grave o irreversible del cónyuge que requiera cuidados paliativos.

En definitiva, todas estas medidas para la defensa de la estabilidad y dignidad del profesorado interino en Andalucía, no vienen más que a completar las reivindicaciones que nuestra plataforma lleva defendiendo desde la supresión de 4502 plazas docentes en el curso 2012/2013. Por eso, continuamos exigiendo a la Junta de Andalucía que se asuma el aumento de dos horas lectivas para actividades relacionadas con guardias, atención individualizada, apoyos y refuerzos. Consideramos que a día de hoy, el sistema no sólo necesita 4502 profesores y profesoras más en las aulas, sino que con el aumento de alumnado que se produce cada año en los centros, la necesidad de profesorado es a día de hoy mucho mayor. En este sentido, instamos a la Junta de Andalucía al aumento de las partidas destinadas a contratación de profesorado y una oferta de empleo digna y coherente con las necesidades del sistema educativo andaluz, con procesos selectivos anunciados con la suficiente antelación, claridad y transparencia. Por último, solicitamos a la Junta de Andalucía que exija al Gobierno Central que se modifiquen los criterios de acceso a la función pública docente para garantizar a todo el profesorado interino que haya superado un proceso de oposición y adquirido dos años de tiempo de servicio obtener la plaza de funcionario/a de carrera.

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