El Peruano / Miércoles 12 de octubre de 2016
NORMAS LEGALES
VISTOS: El Oficio Nº 1366-2016-GG-PJ, del Gerente General del Poder Judicial; y el Memorando Nº 17140-2016-GAFGG/PJ, de la Gerente de Administración y Finanzas de la Gerencia General. CONSIDERANDO: Primero. Que en el marco del Convenio Interinstitucional suscrito entre el Poder Judicial del Perú y la Universidad de Girona-España, mediante resolución de fecha 22 de setiembre del presente año, se autorizó la realización del curso de especialización denominado “Teoría del proceso, principios y razonamiento probatorio”, el cual consta de tres etapas: i) Fase Lima, ii) Fase Bolonia; y iii) Fase trabajo o práctica; así como la visita institucional a la Corte Suprema de Casación y a la Corte Constitucional de Italia, Roma, las mencionadas actividades están dirigidas a los Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú. Segundo. Que el mencionado curso tiene como objetivo ofrecer una comprensión integral, de acuerdo con las modernas teorías, del razonamiento probatorio; los impactos que esta teoría, hoy mayoritaria, debería tener en la aplicación del derecho. Se estudiará la teoría racional de la prueba y sus desarrollos prácticos, la cual es de aplicación en todo tipo de procesos, sean penales, civiles, laborales, etc. En ese sentido, el objetivo es la búsqueda de la verdad a través de la prueba en el proceso, tanto para la fase de admisión, como para la práctica y la valoración de la prueba. También se ofrecerá un análisis del impacto que tiene la globalización en el diseño del proceso; debido a que los conflictos ya no son muchas veces nacionales, y la implicancia jurídica de las soluciones que se adopten tampoco, por lo que es conveniente comprender adecuadamente el efecto que tiene en el proceso ese fenómeno; así como también se hace necesaria la colaboración procesal internacional. Tercero. Que, al respecto, en el curso de especialización “Teoría del proceso, principios y razonamiento probatorio”, fase ciudad de Bolonia, se analizarán temas como proceso judicial y globalización, proceso transfronterizo, proceso transnacional; la prueba y verdad en el proceso, la relación entre prueba y verdad, la concepción racional de la prueba y la admisibilidad probatoria, poderes probatorios del juez, la valoración de la prueba y estándares de la prueba, cargas de la prueba, motivación probatoria; entre otros temas que se encuentran vinculados directamente a la labor jurisdiccional que ejercen los jueces titulares que conforman la Corte Suprema de Justicia de la República; quienes en el desempeño diario tienen que tratar conflictos de envergadura compleja. Por lo que, resulta necesario este espacio académico que permitirá el intercambio de experiencias con la realidad jurídica e institucional italiana, lo que contribuirá a mejorar e innovar el sistema judicial peruano, lo cual redundará en un mejor servicio de impartición de justicia. En tal sentido, resulta importante que Jueces Supremos Titulares participen en el mencionado certamen. Cuarto.- Que el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM concordado con la Ley Nº 27619, regula los gastos por concepto de viáticos de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; por lo que resulta pertinente otorgar la escala de viáticos aprobada por la citada normativa. En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de facultades delegadas mediante Resolución Administrativa Nº 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Javier Villa Stein, Jacinto Julio Rodríguez Mendoza y Josué Pariona Pastrana, Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia, del 7 al 18 de octubre del año en curso, para que participen en el curso de especialización denominado “Teoría del proceso, principios y razonamiento probatorio”, que llevará a cabo en la Universidad de Girona-España, en la Scuola Superior di Studi Giuridici-Universidad di
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Bologna, Italia; así como en la visita institucional a la Corte Suprema de Casación y a la Corte Constitucional de Italia, Roma, concediéndoseles licencia con goce de haber por las referidas fechas. Artículo Segundo.- Los gastos de instalación y viáticos, así como los de pasajes aéreos, pasajes de tren y assist card, estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: Doctor Javier Villa Stein Gastos de instalación y viáticos Pasajes aéreos Pasajes en tren Assist Card
US$
: 5,940.00 : 2,949.57 : 155.00 : 84.00
Doctor Jacinto Julio Rodríguez Mendoza Gastos de instalación y viáticos Pasajes aéreos Pasajes en tren Assist Card
US$
: 5,940.00 : 3,378.90 : 155.00 : 84.00
Doctor Josué Pariona Pastrana US$ Gastos de instalación y viáticos Pasajes aéreos Pasajes en tren Assist Card
: 5,940.00 : 3,387.35 : 155.00 : 84.00
Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo; Jueces supremos participantes; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1439812-1
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Precisan alcances de la Res. Adm. N° 25-2014-P-CSJLI/PJ, de la Corte Superior de Justicia de Lima Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 605-2016-P-CSJLI/PJ Lima, 5 de octubre de 2016 VISTA: La Resolución Administrativa N° 25-2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 21 de agosto de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, a través de los artículos primero y segundo de la Resolución Administrativa N° 25-2014-P-CSJLI/ PJ, la Presidencia de esta Corte Superior estableció disposiciones aplicables en caso de presentarse impedimento, recusación, inhibición o discordia de uno o más jueces superiores de la 2°, 3°, 4° y 6° Salas Penales para Procesos con Reos Libres.
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Que, en la citada resolución se indica el Juez y la Sala Penal que deben ser considerados para atender los supuestos de impedimento, recusación, inhibición o discordia de uno o más jueces superiores; sin embargo, no se ha precisado el procedimiento que debe seguirse cuando dichos supuestos persistan no obstante haberse llamado a la totalidad de los miembros de la Sala Penal predeterminada. En tal sentido, resulta necesario dictar el acto administrativo que precise los alcances de la Resolución Administrativa N° 25-2014-P-CSJLI/PJ. Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRECISAR los alcances de la Resolución Administrativa N° 25-2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 21 de agosto de 2014, en los siguientes términos: En el supuesto que la 2° Sala Penal para Procesos con Reos Libres esté imposibilitada de completar su colegiado tras la aplicación del procedimiento establecido en los artículos primero y segundo de la Resolución Administrativa N° 25-2014-P-CSJLI/PJ, por presentarse impedimento, recusación, inhibición o discordia de uno o más de sus integrantes, el Presidente del Colegiado procederá a llamar al Juez Superior menos antiguo de la 4° Sala Penal para Procesos con Reos Libres hasta agotar el íntegro de su colegiado; de persistir tal situación se aplicará el mismo procedimiento para llamar al Juez Superior menos antiguo de la 6° Sala Penal con Procesos para Reos Libres. La misma regla se aplicará cuando estén imposibilitados de completar sus colegiados la 3°, 4° y 6° Sala Penal con Procesos con Reos Libres tras la aplicación del procedimiento establecido en los artículos primero y segundo de la Resolución Administrativa N° 25-2014-P-CSJLI/PJ. Artículo Segundo.- Poner la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, Fiscalía Superior Decana del Distrito Fiscal de Lima, Salas Penales con Procesos con Reos Libres, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSWALDO ALBERTO ORDÓÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1439801-1
Designan magistrados y conforman Primera Sala Civil en la Corte Superior de Justicia de Lima Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 626-2016-P-CSJLI/PJ Lima, 11 de octubre de 2016 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante las Resoluciones Administrativas N° 104 y 106-2016-P-CE-PJ de fechas 14 y 16 de setiembre del presente año expedidas por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se resolvió cesar por límite de edad al doctor Segundo Benjamin Rosas Montoya, en el cargo de Juez Especializado Civil Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima a partir del día diecisiete de octubre del presente año. Que, mediante el ingreso número 578926-2016, la doctora Mirian Catherine Vargas Chávez, Juez Titular del 9° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de
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Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del diecisiete al veintitrés de octubre del presente año. Que, mediante el ingreso número 589993-2016, la doctora Delia Graciela Flores Gallegos, Juez Titular del 6° Juzgado Penal Unipersonal y Penal Colegiado Permanente para los delitos en Flagrancia y otros que aplican el D. L. 1194 solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del diecisiete al veintitrés de octubre del presente año. Que, mediante el ingreso número 595064-2016 la doctora Ana María Valcárcel Saldaña, Presidenta de la Primera Sala Civil de Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del diecinueve al veintiuno de octubre del presente año. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de los diversos órganos jurisdiccionales adoptar las medidas administrativas pertinentes, procediéndose a la designación de los Jueces conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor JOSE CARLOS ALTAMIRANO PORTOCARRERO, Juez Titular del 1° Juzgado de Paz Letrado de Breña como Juez Provisional del 28º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, a partir del día 17 de octubre del presente año. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MARIANA ELIZABETH GIRALDO BARDALAMA, como Juez Supernumeraria del 9° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima a partir del día 17 de octubre del presente año y mientras duren las vacaciones de la doctora Vargas Chávez. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora CELIA VERONICA SAN MARTIN MONTOYA, como Juez Supernumeraria del 6° Juzgado Penal Unipersonal, a partir del día 17 de octubre del presente año y mientras duren las vacaciones de la doctora Flores Gallegos. Artículo Cuarto.- DESIGNAR al doctor CHARLES JESUS MIRANDA BONIFAZ, como Juez Supernumerario del 21° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima a partir del día 17 de octubre del presente año y mientras dure la promoción de la doctora Runzer Carrión. Artículo Quinto.- DESIGNAR a la doctora SILVIA VIOLETA LEVANO CONTRERAS, como Juez Supernumeraria del 1° Juzgado de Paz Letrado de Breña a partir del 17 de octubre del presente año y mientras dure la promoción del doctor Altamirano Portocarrero. Artículo Sexto.- DESIGNAR a la doctora OLGA LOURDES PALACIOS TEJADA, Juez Titular del 16° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Primera Sala Civil de Lima a partir del día 19 de octubre del presente año y mientras duren las vacaciones de la doctora Valcárcel Saldaña, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: PRIMERA SALA CIVIL Dr. Martín Alejandro Hurtado Reyes Dr. Néstor Fernando Paredes Flores Dra. Olga Lourdes Palacios Tejada
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Artículo Sétimo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Coordinación de Personal de esta Corte Superior, Oficina