CONVENIO ENTRE ENTIDADES ASEGURADORAS PARA EL RECOBRO DE DAÑOS DIVERSOS Y RECLAMACIÓN DE DAÑOS
Versión SEPTIEMBRE 2017 (modifica la de julio de 2016)
ÍNDICE PREÁMBULO ___________________________________________________________________5 ASPECTOS GENERALES____________________________________________________________6 ARTÍCULO 1. FINALIDAD.
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ARTÍCULO 2. OBJETIVOS.
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ÁMBITO DE APLICACIÓN __________________________________________________________7 ARTÍCULO 3. GENERAL.
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ARTÍCULO 4. ALCANCE.
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ARTÍCULO 5. LÍMITES MATERIALES.
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OPERATIVA DEL CONVENIO _____________________________________________________ 10 ARTÍCULO 6. OBLIGACIONES GENERALES DERIVADAS DEL CONVENIO.
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ARTÍCULO 7. IRREGULARIDAD DE EXCLUSIÓN DE LEY DE CONTRATO DE SEGURO (IE-LCS).
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ARTÍCULO 8. SISTEMA DE LIQUIDACIÓN Y COMPENSACIÓN MULTILATERAL.
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COMPETENCIAS Y ORGANIZACIÓN ________________________________________________ 12 ARTÍCULO 9. COMISIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO.
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ARTÍCULO 10. COMPOSICIÓN Y DESIGNACIÓN DE MIEMBROS.
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ARTÍCULO 11. NORMAS.
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ARTÍCULO 12. INTERLOCUTORES
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ARTÍCULO 13. GRUPOS DE TRABAJO.
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ARTÍCULO 14. CENTRO COMPENSADOR (TIREA).
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CONTROL ____________________________________________________________________ 15 ARTÍCULO 15. AUDITORÍAS.
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ARTÍCULO 16. SUSPENSIÓN DE COMPENSACIÓN.
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ARTÍCULO 17. PENALIZACIONES.
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ARTÍCULO 18. REGULARIZACIONES.
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ALTA Y BAJA DE ENTIDADES _____________________________________________________ 16 ARTÍCULO 19. PROCEDIMIENTO DE ADHESIÓN AL CONVENIO.
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ARTÍCULO 20. DURACIÓN DE LA ADHESIÓN.
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ARTÍCULO 21. FONDO DE GARANTÍA.
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ARTÍCULO 22. BAJA POR REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA.
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ARTÍCULO 23. BAJA VOLUNTARIA.
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ARTÍCULO 24. COMUNICACIÓN DE ALTAS Y BAJAS.
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TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN – MEDIDAS DE SEGURIDAD __________________________ 18 ARTÍCULO 25. TRANSMISIÓN DE LA INFORMACIÓN.
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ARTÍCULO 26. SEGURIDAD DE LOS DATOS.
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EFECTO Y DURACIÓN DEL CONVENIO ______________________________________________ 19 ARTÍCULO 27. EFECTO Y DURACIÓN.
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DISPOSICIÓN TRANSITORIA. TRANSICIÓN DEL CIDA Y DEL SGR.
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ANEXO I. NORMAS DE PROCEDIMIENTO ___________________________________________ 20 1.
PROCEDIMIENTOS.
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2.
INTERLOCUTORES.
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3.
COMISIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO.
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4.
TRÁMITE DE ESPECIAL CONSIDERACIÓN.
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5.
PROCEDIMIENTO Nº 1:
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6.
PROCEDIMIENTO Nº 2:
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7.
PROCEDIMIENTO Nº 3.
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8.
PROCEDIMIENTO Nº 4 (RECLAMACIÓN DE DAÑOS).
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ANEXO II. REGLAMENTO DE MENSAJES CODIFICADOS DE SGR __________________________ 27 1. LISTA DE COMUNICACIONES ___________________________________________________ 26 2. INICIO RECOBROS PROCEDIMIENTO 1 (R1) _______________________________________ 31 3. INICIO RECOBROS PROCEDIMIENTO 2 (R2) _______________________________________ 51 4. INICIO RECOBROS PROCEDIMIENTO 3 (R3) _______________________________________ 71 5. INICIO RECLAMACIÓN DE DAÑOS (R4) ___________________________________________ 96 ANEXO III. FORMULARIO DE ADHESIÓN ____________________________________________ 99
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PREÁMBULO En su día, con el objetivo de evitar acudir a la vía judicial para resolver el recobro entre entidades aseguradoras, se desarrollaron distintos instrumentos que permitiesen el recobro de los costes de los siniestros en que hubiera incurrido el asegurador del perjudicado, por reclamaciones derivadas de siniestros de daños diversos que se hallaren cubiertos en la póliza. Estas herramientas son: el Convenio sectorial de Indemnización de Daños por Agua (CIDA), la plataforma informática del Sistema de Gestión de Recobros (en adelante, SGR), gestionada por Tecnologías de la Información y Redes para las Entidades aseguradoras S.A. (en adelante, TIREA), y los acuerdos entre Entidades aseguradoras. La significativa acumulación de procedimientos judiciales sobre reclamaciones entre entidades, especialmente en siniestros de pequeña cuantía, a pesar de la existencia de estos mecanismos, llevó a la Comisión Técnica de Patrimoniales, Responsabilidad Civil y Transportes de UNESPA (en adelante, Comisión Técnica) a plantearse la necesidad de potenciar las reclamaciones de siniestros y la gestión de recobros en los ramos de multirriesgos, e impulsar la tramitación de siniestros a través de la plataforma de gestión de recobros de siniestros de ramos diversos (en adelante, SGR). Con este objetivo, dicha Comisión Técnica convino transformar SGR en un convenio sectorial, con pautas administrativas uniformes entre las Entidades aseguradoras adheridas, que permitiese: resolver de forma automatizada las reclamaciones de siniestros, principalmente en el ámbito de seguros multirriesgo, potenciando los recobros de siniestros en que hubiera incurrido el asegurador del perjudicado como consecuencia de los daños materiales cubiertos en la póliza; y, en el caso de que los daños o perjuicios sufridos por el perjudicado no estuviesen cubiertos por su póliza, iniciar una reclamación al asegurador del causante del daño o perjuicio. De este modo, se configura así el Convenio entre Entidades aseguradoras para el recobro de daños diversos y reclamación de daños, como la única herramienta sectorial para la gestión de los recobros y reclamaciones. Así, la plataforma SGR pasará a quedar integrada en el nuevo Convenio, y los objetivos y funciones del convenio CIDA y los acuerdos entre aseguradoras pasarán a formar parte del mismo, dejando de estar operativos. No obstante, será necesario que las entidades suscriban el correspondiente boletín de adhesión, en caso de que deseen adherirse al nuevo Convenio. Al presente Convenio se integran, como parte del mismo:
Normas de procedimiento (anexo I). Reglamento de mensajes codificados del SGR (anexo II). Formulario de adhesión (anexo III). Manual de Criterios de funcionamiento del Convenio 1, en el momento en que éste sea desarrollado.
Éste Manual se irá elaborando en función de la casuística de trámites que se generen en la práctica, al interpretar el convenio por la Comisión de Control y Seguimiento en la liquidación de siniestros.
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ASPECTOS GENERALES Artículo 1. Finalidad. El presente Convenio tiene como finalidad el establecimiento de un sistema con reglas uniformes entre las Entidades aseguradoras suscritas al mismo, que permita resolver de forma automatizada el recobro de los gastos e indemnizaciones en siniestros en que hubiera incurrido el asegurador del perjudicado como consecuencia de daños materiales, estéticos o la pérdida de beneficios que se hallaren cubiertos en la póliza, así como la reclamación de daños materiales o perjuicios derivados de los mismos en nombre de su asegurado, cuando éstos no estén cubiertos en su póliza, y que se encuentre dentro de las líneas de actuación afectadas por este Convenio. El recobro dirigido al asegurador del causante del siniestro (o al asegurador concurrente cuando no hay un causante), se realizará por los importes reales satisfechos en concepto de dichos gastos e indemnizaciones, no existiendo módulos de compensación a tal efecto. Los pólizas implicadas podrán ser del ramo de Diversos o de Automóviles, pero obligatoriamente al menos una de ellas deberá ser del ramo de Diversos. La tramitación de daños personales, así como de los daños materiales entre pólizas de Automóviles, quedan expresamente excluidos de la finalidad de este Convenio.
Artículo 2. Objetivos. El Convenio establecido, dentro del marco de las relaciones internas de las Entidades aseguradoras suscritas, persigue los siguientes objetivos:
Transmitir a los asegurados y al conjunto de la Sociedad una imagen sectorial moderna, ágil, eficaz y comprometida en la mejora del servicio prestado por las Entidades aseguradoras. Dar primacía a la atención al asegurado, dando por cerrados los siniestros, en el menor plazo posible. Establecimiento de métodos administrativos simplificados comunes que, mejorando el entendimiento y colaboración entre las Entidades aseguradoras, consigan reducir los gastos de la gestión de los siniestros a través de la automatización de los procesos. Evitar las reclamaciones judiciales entre las Entidades aseguradoras, suprimiendo los gastos y los retrasos inherentes a este tipo de procesos. Ofrecer una garantía en el reembolso a la entidad aseguradora del perjudicado.
A fin de aumentar ese grado de eficacia, simplificar y agilizar la gestión de los recobros y reclamaciones de daños (en adelante, “trámites”), y resolver la compensación económica entre las Entidades aseguradoras, la gestión de estos trámites entre las Entidades aseguradoras adheridas, se realizará a través del sistema SGR.
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ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 3. General. El presente Convenio se configura para la gestión de los recobros y reclamaciones de daños entre Entidades aseguradoras, por los siniestros ocurridos en territorio nacional, incluidos los de daños por agua, enmarcados en las siguientes líneas de actuación:
Diversos: o o o o o o o
Hogar. Comunidades. Comercio (negocio) y oficinas. Empresas e industria. Responsabilidad Civil.2 Transportes. Seguro de Defensa jurídica (sólo en reclamación de daños) 3.
Autos: o
Responsabilidad civil por daños materiales.
El Convenio afecta a los siniestros en los que al menos una de las dos pólizas implicadas (perjudicada y/o causante) pertenezca a las líneas del grupo de Diversos listadas anteriormente. Para el inicio de un procedimiento de recobro o de reclamación de daños es necesario que la póliza del causante del daño incluya una garantía de responsabilidad civil, excepto en los casos de concurrencia de seguros, en los que será necesario que la póliza de la entidad a la que se reclama incluya la garantía afectada. Del mismo modo, para el inicio de un procedimiento de reclamación de daños, la póliza del perjudicado debe incluir una cobertura de reclamación de daños o de defensa jurídica. Las Entidades adheridas al Convenio podrán iniciar trámites por siniestros de aquellas líneas de actuación con las que se hubieren incorporado en el momento de la adhesión, o con posterioridad, dirigidos a cualquiera de las líneas disponibles en la Entidad supuestamente causante. Las Entidades que se adhieran al Convenio deberán incorporar como mínimo, siempre que operen en ellas, las siguientes líneas de actuación:
Hogar. Comunidades. Comercio (negocio) y oficinas.
Pólizas que protejan al asegurado específicamente por la responsabilidad civil en que pueda incurrir ante terceros por actos de los que sea responsable. Las garantías de responsabilidad civil dentro de un multirriesgo (hogar, comunidades, …), quedan amparadas por el seguro multirriesgo de referencia
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Las entidades de defensa jurídica podrán realizar gestiones de reclamación de daños en nombre de su asegurado, ya sea éste un particular o una entidad aseguradora adherida al convenio.
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Para el caso específico de entidades aseguradoras de defensa jurídica que deseen adherirse al Convenio para la gestión de reclamaciones en nombre de su asegurado, será suficiente con que operen en el ramo de Defensa jurídica. Se establece SGR como el único sistema sectorial para la gestión de los recobros y reclamación de daños, siendo de aplicación a los trámites, el Manual de Criterios (en el momento en que se constituya), el Reglamento de mensajes codificados de SGR y las Normas de Procedimiento.
Artículo 4. Alcance. El Convenio se aplica a los trámites de siniestros cuya fecha de ocurrencia sea posterior a la fecha de adhesión de la entidad en el convenio, con las especialidades descritas en su disposición transitoria. A los únicos efectos de este Convenio, el plazo máximo para el inicio del trámite es de un año a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro. No obstante, en el caso de los recobros en los que las dos líneas de actuación o coberturas implicadas sean de responsabilidad civil de diversos, el plazo máximo será de un año a partir de la fecha en la que se hizo efectivo el pago de indemnización que sea objeto de recobro (en adelante, toda referencia hecha en el Convenio a la fecha de siniestro o de ocurrencia del siniestro, en relación con la prescripción, se entenderá como fecha en la que se hizo efectivo el pago, para estos casos). Este plazo será el mismo en los supuestos de concurrencia de seguros y/o culpabilidades. En los casos de concurrencia de seguros, las referencias realizadas en el texto del Convenio y sus anexos, a “entidad del supuestamente causante”, “entidad del causante” y similares, se entenderán que hacen referencia a la entidad concurrente. Se definen tres tipos de gestiones que son de aplicación:
Recobro General: recobro de la cantidad total previamente indemnizada o de la totalidad del importe reparado por la entidad al asegurado o tercero perjudicados, por coberturas de daños propios o de responsabilidad civil, respectivamente, sin reducción de ningún importe, en función de las condiciones de su póliza, por conceptos tales como, franquicia, infraseguro, límite de garantía, regla de equidad. Como presupuesto para esta gestión, es necesario que la póliza del causante incluya la cobertura de responsabilidad civil, excepto en los casos de concurrencia de seguros, en los que será necesario que la/s póliza/s de la/s entidad/es a la/s que se reclama incluyan la garantía afectada.
Recobro Mixto: recobro de la cantidad correspondiente al perjuicio total ocasionado al asegurado o tercero perjudicados, por coberturas de daños propios o de responsabilidad civil, respectivamente, en el que el asegurador que inicia el recobro detalla la aplicación de una reducción de la indemnización a su asegurado por la aplicación de las condiciones establecidas en su póliza (franquicia, infraseguro, límite de garantía, regla de equidad). El asegurador, al serle abonado el recobro por la aseguradora del causante, liquidará a su asegurado o tercero perjudicados, el importe inicialmente deducido de la indemnización. Como presupuesto para esta gestión, es necesario que la póliza del causante incluya la cobertura de responsabilidad civil, excepto en los casos de concurrencia de seguros, en los que será necesario que la/s póliza/s de la/s entidad/es a la/s que se reclama incluyan la garantía afectada.
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Reclamación de Daños: trámite en el que el asegurador efectúa una reclamación en nombre de su asegurado-perjudicado4, cubierto por una garantía de reclamación de daños o defensa jurídica, para el resarcimiento de los daños sufridos, al asegurador del causante de los daños, que deberá estar cubierto por una garantía de responsabilidad civil. Este trámite no es un recobro al no existir una indemnización o reparación satisfecha al perjudicado.
Todas las gestiones incluyen los recobros o reclamaciones de daños en situación de concurrencia de seguros y/o culpabilidades. No existe límite de trámites a realizar por número de perjudicados, causantes del siniestro o seguros concurrentes, pudiéndose iniciar cuantos sean necesarios cuando exista más de un culpable o perjudicado. En el caso de existir más de un perjudicado y/o causante o seguro concurrente, el porcentaje de reparto del recobro o reclamación será determinado entre las entidades involucradas en el siniestro. A través de SGR sólo se podrán gestionar trámites derivados de daños materiales, daños estéticos, o pérdida de beneficios, quedando excluido cualquier daño de distinta naturaleza. Los gastos de los reparadores (visitas, viajes, gestión) sólo se podrán recobrar cuando formen parte de los trabajos realizados. En ningún caso se podrán recobrar sin que haya existido reparación posterior. La tramitación de daños personales, así como de daños materiales entre pólizas de Automóviles, quedan expresamente excluidos del alcance de este Convenio. No serán objeto de recobro, los gastos de envío de peritos y sus honorarios (serán considerados gastos de gestión interna de la aseguradora).
Artículo 5. Límites materiales. Se definen los siguientes límites de aplicación en función del tipo e importe del trámite:
En la reclamación de daños en nombre del asegurado, se establece que no hay límite de importe en la tramitación y no se producirán aceptaciones tácitas. En la tramitación de recobros (generales o mixtos), se establece el límite genérico de 60.000 €, y se definen tres tramos en función de la cuantía del recobro, con el objetivo de dotar a cada uno de los tramos con una normas de procedimiento específicas que permitan agilizar los de menor importe (tramo 1), permitiendo la negociación, con límite de importes, en la tramitación de los de mayor cuantía (tramos 2 y 3). Los límites y tramos quedan definidos como sigue: o o
o
Tramo 1: de importe igual o menor que 1.500 € y para el que se establecen aceptaciones tácitas si la Entidad del supuestamente causante no contesta. Tramo 2: de importe mayor que 1.500 € e igual o menor que 15.000 € y para el que se establecen aceptaciones tácitas con preaviso, si la Entidad del supuestamente causante no contesta. Tramo 3: importe mayor que 15.000 € e igual o menor de 60.000 € y para el que no se establece aceptaciones tácitas.
A efectos de lectura del Convenio, y en relación a la gestión de reclamación de daños, en el caso de entidades aseguradoras de Defensa jurídica se entenderá por asegurado tanto a un particular como a una entidad aseguradora adherida al Convenio.
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Para determinar el importe límite por tramo, se incluye el IVA (o IGIC), así como cualquier franquicia, infraseguro, regla de equidad o límite de garantía que pueda ser de aplicación. En la tramitación de recobros prevalecerá el criterio de valoración, del importe indemnizado o bien reparado, aplicado por la entidad del perjudicado, no pudiendo oponerse la entidad del causante argumentando la depreciación de los bienes. La entidad supuestamente causante podrá considerar un trámite de “Especial Consideración”, cuando el importe reclamado supere la cobertura, límite de garantía (de capital asegurado) o límites operativos, en la entidad causante.
OPERATIVA DEL CONVENIO Artículo 6. Obligaciones generales derivadas del Convenio. Las Entidades adheridas se someterán al texto del Convenio, a su Manual de Criterios y al Reglamento de mensajes codificados de SGR, y especialmente a las normas de procedimiento establecidas para el desarrollo práctico del Convenio, que se incluyen como Anexo I, al presente Convenio. La Entidad del asegurado perjudicado, adherida al presente Convenio, se compromete igualmente a:
Cuando su asegurado disponga de cobertura de daños propios, y así se lo requiera a la entidad, deberá indemnizar o reparar los daños producidos en los bienes asegurados, conforme a las condiciones de la póliza suscrita entre ambos. Si el asegurado perjudicado no tiene contratada una cobertura de daños propios, pero sí de reclamación de daños y/o defensa jurídica, deberá iniciar el trámite de reclamación de daños en nombre de su asegurado (salvo que el asegurado opte por la libre elección de letrado). No modificar o ampliar los importes de recobro (generales o mixtos) una vez iniciados para incluir importes que puedan ser objeto de recobro pero aparecidos con posterioridad. En el caso de descubrir ampliaciones al importe reclamado, se dará de baja el recobro iniciado y abrirá un nuevo recobro, con el nuevo importe total. No judicializar las reaperturas de trámites finalizados. Con la finalización y cobro de un trámite, la Entidad reclamante se declara indemnizada y renuncia a toda reclamación posterior que le pudiera corresponder por el citado siniestro. Cuando la perjudicada decida interponer demanda judicial y observe que de la información disponible se deduce clara responsabilidad del causante, se podrá en contacto con el interlocutor designado para revisar de nuevo el expediente y, en su caso, ratificar o modificar su decisión.
La entidad del causante, adherida al presente Convenio, se compromete igualmente a:
No rechazar el trámite por encontrarse el recibo pendiente. Puede rechazarse un trámite en caso de inexistencia de seguro o suspenso de la póliza, pero el hecho de encontrarse la prima pendiente de pago, no es un motivo de rechazo justificado. No rechazar un trámite por no tener abierto parte la entidad que recibe el recobro o la reclamación de los daños. El compromiso de la causante es investigar la reclamación recibida, realizando cuantas gestiones internas sean necesarias.
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En caso de que la Entidad causante considere que la fecha de siniestro facilitada difiere, afectando a la prescripción con la que a ella le consta, puede rechazar la reclamación indicando la causa del rechazo. Iniciar, a la mayor brevedad posible, la búsqueda y reparación de la causa del siniestro al objeto de poder reparar el daño producido al perjudicado con la mayor celeridad, o instar a ello al tercero causante del daño, en el caso de que su póliza no garantice la reparación.
A efectos del Convenio, el inicio de la tramitación interrumpe prescripción, es decir, las Entidades adheridas al Convenio no alegarán prescripción del siniestro si el trámite se ha iniciado. Aunque unos de los objetivos del presente Convenio es evitar judicializar los trámites objeto del mismo, podrán presentarse en un juicio los diálogos y documentos intercambiados en el Sistema y podrán tener validez (a criterio del juez) al ser información intercambiada entre las partes y por tanto vinculante.
Artículo 7. Irregularidad de exclusión de Ley de Contrato de Seguro (IE-LCS). Irregularidad de Exclusión de la Ley de Contrato de Seguro (IE-LCS) es todo acto realizado por acción u omisión, de manera intencionada y contraria a la verdad, en la contratación del seguro, declaración del siniestro y acreditación del daño causado, con ánimo de obtener un enriquecimiento injusto de la aseguradora, siendo la característica principal, el ánimo de engaño y la actuación en contra del principio de buena fe. Las Entidades adheridas adquieren el compromiso de investigar los casos en los que existan indicios suficientes de presunción de irregularidad tanto en la ocurrencia del siniestro como en la determinación de los daños. A tal efecto, la entidad que presuma existe un supuesto de posible irregularidad debe ponerlo en conocimiento de la otra entidad aseguradora implicada en el siniestro, que vendrá obligada a aportar las pruebas documentales que obtenga, sin eximir este hecho la aplicación del Convenio.
Artículo 8. Sistema de liquidación y compensación multilateral. En todo siniestro que se tramite y liquide conforme a este Convenio, la entidad del asegurado perjudicado adquiere la condición de Entidad Acreedora (que inicia el trámite de recobro o reclamación de daños), y la entidad que asegura al responsable o causante, la de Entidad Deudora (que recibe el trámite de recobro o reclamación de daños). Para los pagos derivados de cada siniestro, se establece el sistema de compensación multilateral de saldos, que genera de forma automática mensualmente los movimientos económicos de cargo y abono para cada una de las Entidades.
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COMPETENCIAS Y ORGANIZACIÓN Artículo 9. Comisión de Control y Seguimiento. Se constituye una Comisión de Control y Seguimiento (en adelante, Comisión de Control) para interpretar este Convenio, velar por su cumplimiento y dar solución a las cuestiones conflictivas que pudieran suscitarse entre las entidades adheridas sobre los trámites en que no se haya alcanzado un acuerdo, ni en la fase de tramitación ni de interlocución. Serán funciones y facultades de la Comisión de Control, las siguientes: 1.
Interpretar el Convenio, y los documentos que forman parte de éste, en aquellas cuestiones que les sean sometidas por las entidades adheridas, y dirimir los desacuerdos existentes entre ellas.
2.
Analizar y formar criterio de solución para todos los aspectos y supuestos que, relacionados con la finalidad del Convenio, se den en la práctica y no se hayan previsto en su regulación. También podrán adoptar cuantas medidas de carácter urgente sean imprescindibles para el buen funcionamiento del Sistema, debiendo dar cuenta a la Comisión Técnica.
3.
Responder consultas y resolver impugnaciones sometidas por las entidades aseguradoras.
4.
Proponer a la Comisión Permanente de la Comisión Técnica, las modificaciones y ampliaciones que deban incorporarse al Convenio para perfeccionar y completar su contenido, así como las medidas necesarias para la detección del incumplimiento de los mismos que conlleven una tramitación irregular por parte de cualquiera de las entidades en claro perjuicio del resto de entidades adheridas.
5.
Proponer a la Comisión Técnica la suspensión de tramitación mediante SGR en los supuestos previstos en el artículo 17 para que ésta lo ponga en conocimiento de las entidades adheridas.
6.
Proponer a la Comisión Técnica los cambios necesarios para mejorar la operativa del SGR, entre otras, la creación de grupos de trabajo y la convocatoria de asambleas informativas a las entidades adheridas.
7.
Analizar el comportamiento de cada Entidad adherida en relación con el Convenio. y, en función de la trascendencia, gravedad y reiteración de las infracciones o de los actos de obstrucción o falta de espíritu de cumplimiento que detecte, se informará a la Comisión Técnica.
8.
Actuar como árbitro en los trámites de los procedimientos 1 y 2 (detallados en el anexo I) elevados a la Comisión de Control.
9.
Tramitar las solicitudes de alta de las entidades, formalizándolas en el plazo de un mes e informando con posterioridad a la Comisión Técnica de Seguros Patrimoniales, R.C. y Transportes.
Artículo 10. Composición y designación de miembros. La Comisión de Control y Seguimiento estará formada por un representante de UNESPA que hará la función de Coordinador, un representante de TIREA y un representante por cada entidad aseguradora que esté interesada, con el límite de un representante por grupo asegurador.
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Para el buen funcionamiento de la Comisión de Control y del Convenio en general, es necesario que los miembros de la Comisión tengan cierta continuidad en la misma, al objeto de mantener una línea de trabajo, que no se produzcan variaciones bruscas de criterios y disponer de la experiencia necesaria para proponer y decidir soluciones sobre cuestiones que afectan a todas las entidades. El coordinador de la Comisión de Control dispondrá del control de fechas de alta y baja de los miembros de la misma. Los miembros de la Comisión de Control se comprometen y obligan en el ejercicio de sus funciones a guardar y respetar las normas de defensa de la competencia y de protección de datos de carácter personal, recayendo en estos cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de su incumplimiento.
Artículo 11. Normas. La Comisión de Control actuará, según sus distintas funciones, conforme a las siguientes normas:
A través de la Comisión Técnica, difundirá entre las Entidades adheridas información sobre los casos que les sean planteados y que resuelva. Hará una breve exposición de las discrepancias surgidas y explicará escuetamente el fallo adoptado. Tal información la cursará con el mismo ritmo con que celebre sus reuniones de trabajo. Las Entidades involucradas en el siniestro deberán facilitar toda la documentación justificativa de su posicionamiento, sobre la que se basará la Comisión de Control para emitir una resolución, sin que aquéllas intervengan en el dictamen final. Las reuniones de la Comisión de Control tienen periodicidad trimestral, si bien ésta puede cambiarse en función del número de casos en discusión que se le sometan a su consideración. Las decisiones de la Comisión de Control se basarán en criterios de aplicación general, inspirados en consideraciones estrictamente técnicas y/u objetivas, transparentes y revisables. Las decisiones adoptadas por la Comisión de Control, que sirven para la creación de una doctrina interna que está previsto que se recoja en el Manual de Criterios (en un futuro, figurará como anexo III a este documento), se notificarán a las partes en el plazo máximo de tres días siguientes a la celebración de la reunión, siendo vinculantes en los casos de los siniestros incluidos en los Procedimientos nº 1 y nº 2 del anexo I. Para los siniestros del Procedimiento nº 3 del anexo I, las decisiones de la Comisión de Control, aunque también forman parte de la doctrina interna aplicable a otros casos similares, se consideran como meras recomendaciones para su valoración por las Entidades implicadas. En el caso de las entidades no acepten las recomendaciones de la Comisión de Control, éstas podrán acudir a la vía judicial. Las deliberaciones de la Comisión de Control se documentarán debidamente en actas, las cuales serán remitidas a todos sus miembros.
Los plazos de ejecución de las decisiones de la Comisión de Control, para cada uno de los procedimientos, se detallan en el Reglamento de mensajes codificados del SGR (anexo II).
Artículo 12. Interlocutores Para solucionar las discrepancias que surjan en las relaciones recíprocas por aplicación del Convenio, y previamente a su sometimiento a la Comisión de Control, las entidades aseguradoras adheridas deberán
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designar, como mínimo, y en función del volumen de siniestros tramitados, un interlocutor, al objeto de que la tramitación se realice de forma ágil y efectiva. Cada entidad comunicará a la Comisión Técnica de Patrimoniales, Responsabilidad Civil y Transportes de UNESPA los datos identificativos de los interlocutores, indicando además de los nombres y apellidos, el centro de trabajo, teléfono, fax y e-mail. La Comisión Técnica los incluirá y actualizará en una base de datos gestionada por el Centro Compensador (TIREA), teniendo únicamente acceso a la misma los interlocutores designados. En el supuesto de no alcanzarse un acuerdo entre los tramitadores, en los casos establecidos en las normas de procedimiento, las Entidades se obligan, transcurrido el plazo establecido para cada fase de tramitación, a mantener un diálogo entre los interlocutores designados por las Entidades adheridas.
Artículo 13. Grupos de trabajo. Se podrán constituir puntualmente grupos de trabajo para el estudio y desarrollo de acciones específicas que le encargue la Comisión de Control, quedando disueltos a su finalización. Los componentes que formen parte de los grupos de trabajo serán elegidos por la Comisión de Control. Cada grupo de trabajo será coordinado como mínimo por dos componentes de la Comisión de Control, que serán los responsables del desarrollo de las acciones que han motivado la constitución del mismo y del traslado a la Comisión de Control de las conclusiones finales.
Artículo 14. Centro Compensador (TIREA). El Centro Compensador (TIREA), como empresa prestadora de servicios, es garante del buen funcionamiento del Convenio. Para ello debe:
Implementar en SGR las medidas de seguridad recogidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Finalizada la compensación, se bloqueará cualquier información que hayan podido transmitirse las Entidades aseguradoras, salvo la relativa a los propios movimientos de posición de las entidades aseguradoras en el sistema de compensación, conservándose únicamente a los efectos de los requerimientos que puedan formular las Administraciones Públicas, Jueces y Tribunales. Informar a la Comisión de Control de cuantas incidencias se produzcan en el sistema de compensación. Asesorar a la Comisión de Control en cuantos asuntos requieran de su colaboración. Prestar su apoyo a los profesionales que realicen auditorías en las Entidades aseguradoras aportando cuanta información les requieran, siempre que la misma no afecte al derecho a la intimidad y a la confidencialidad por estar referida a datos de los asegurados.
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CONTROL Artículo 15. Auditorías. Al objeto de controlar el correcto funcionamiento y cumplimiento del Convenio, tramitado vía SGR, las Entidades aseguradoras vendrán obligadas a someterse a auditoría. Los parámetros, criterios y periodicidad de la auditoría se establecerán por la Comisión de Control, que deberá someterlo a aprobación de la Comisión Técnica.
Artículo 16. Suspensión de compensación. La Comisión de Control, ante un comportamiento de la Entidad Aseguradora adherida, que ponga de manifiesto la falta de tramitación mediante la transmisión y recepción de mensajes a través de SGR, adoptará con carácter urgente y como medida cautelar la suspensión de compensación a través del Centro de Compensación, la cual se comunicará por la Comisión Técnica a la entidad y al resto de adheridas en un plazo máximo de siete días desde que tomó efecto la suspensión. No obstante lo anterior, tanto la entidad suspensa como el resto de Entidades aseguradoras continuarán transmitiendo las reclamaciones, las cuales se registrarán informáticamente al objeto de que levantada la suspensión puedan tramitarse ordinariamente, o si la entidad definitivamente causa baja en el Convenio pueda procederse a la liquidación de saldos.
Artículo 17. Penalizaciones. Las entidades aseguradoras están obligadas a hacer efectivo el pago de los saldos deudores en la fecha indicada por el Centro Compensador (TIREA). El incumplimiento de esta obligación determinará la obligación de asumir todos los gastos y perjuicios derivados del retraso en el pago, incluidos los correspondientes intereses por descubierto. En el caso de que, por cualquier causa, el retraso en el pago excediera del plazo de 5 días naturales, la entidad aseguradora que incurriese en el retraso abonará adicionalmente en concepto de penalización un recargo por mora del 10 % del principal de la deuda, que se integrará en el Fondo de Garantía previsto en este Convenio. Si la Entidad no satisface la deuda, tanto el principal como la penalización, dentro del mismo mes natural en el que se produjo el impago, será suspendida cautelarmente a partir del primer día del mes siguiente, procediéndose de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este Convenio. Previamente a la sanción, la Comisión de Control informará de la irregularidad a la entidad asegurada con el fin de evitar la penalización y para que regule la situación.
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Artículo 18. Regularizaciones. De considerarse necesario, se podrá contemplar dentro del Convenio, un procedimiento específico para las regularizaciones, considerando como regularización la acción para adecuar económicamente las resoluciones judiciales o todo aquello que siendo o no judicial debía haberse resuelto dentro del ámbito de aplicación del Convenio.
ALTA Y BAJA DE ENTIDADES Artículo 19. Procedimiento de adhesión al Convenio. Podrá solicitar su adhesión al Convenio toda Entidad aseguradora autorizada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para operar en los ramos en los que estén incluidas las líneas de actuación determinadas en el Artículo 3 del presente Convenio. Independientemente de que UNESPA sea promotora del presente Convenio, no será requisito de adhesión el hecho de que la Entidad aseguradora sea miembro de dicha Asociación. En el caso de que una Entidad aseguradora desee adherirse al Convenio, deberá:
Solicitar la adhesión a través de la Comisión de Control, quien verificará los procesos de funcionamiento del Convenio y del SGR y realizará las formalizaciones correspondientes en el plazo máximo de un mes, informando con posterioridad a la Comisión Técnica. Someterse a una auditoria informática para la verificación de que existe la adecuación técnica e informática necesaria para la tramitación de recobros y reclamaciones de daños por este medio. La verificación de la idoneidad de la entidad en éste ámbito se realizará por la empresa que gestiona informáticamente el Centro Compensador (TIREA). Efectuar el depósito del importe del Fondo de Garantía. Firmar el Convenio de Adhesión y el Convenio de prestación de servicios con la empresa que gestiona informáticamente el Centro Compensador (TIREA).
Aceptada la adhesión, dicha Comisión comunicará por escrito a la Entidad aseguradora solicitante la fecha de entrada en vigor al Convenio, que será fijada con el diferimiento que permita informar previamente, a efectos operativos, al resto de las Entidades adheridas.
Artículo 20. Duración de la adhesión. La adhesión al Convenio tendrá una duración inicial desde la fecha de adhesión al 31 de diciembre del año siguiente, y se prorrogará tácitamente por períodos anuales en tanto no se notifique a la Comisión Técnica la oposición a la prórroga con una antelación mínima de dos meses antes del 31 de diciembre de la anualidad en curso.
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Artículo 21. Fondo de garantía. El importe que debe constituir cada Entidad adherida, con naturaleza de fondo de garantía, tiene la finalidad de responder solidariamente frente al propio Sistema y, por tanto, frente al resto de entidades aseguradoras, de los saldos deudores de cualquiera de las entidades que forman parte del mismo. Cada entidad aseguradora adherida al sistema, deberá depositar 6.010,12 € en la cuenta bancaria cuya titularidad corresponde a TIREA, quien realiza la gestión informática y el tratamiento de datos de SGR. TIREA no responderá en ningún caso con su propio patrimonio frente a las deudas que se generen por el Sistema de Compensación que excedan de la cuantía que constituye el Fondo de Garantía. El Comité Ejecutivo de UNESPA, a propuesta de la Comisión Técnica, podrá disponer que se incremente el importe de la aportación cuando existan motivos fundados para ello. La modificación afectará, al mismo tiempo, a todas las Entidades adheridas. La cantidad aquí reflejada habrá de ser depositada una vez se haya formalizado su contrato con TIREA, quedando supeditada a tal requisito la efectividad de su incorporación. En caso de baja del Convenio por las causas previstas en sus artículos 22 y 23, sólo se procederá a la devolución de la aportación al Fondo de Garantía en los supuestos de baja voluntaria, cesión total de cartera o fusión por otra entidad aseguradora adherida al Convenio, sin que proceda en ningún otro caso. En caso de devolución, deberá haber transcurrido un año desde la fecha de efecto y la fecha de la baja efectiva, con el fin de que se cierren los siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de efecto y que hubiesen sido reclamados entre ambas fechas. No obstante, una vez transcurrido dicho año, se reembolsará el fondo, después de haber deducido las cuantías de las que fuere deudora la entidad.
Artículo 22. Baja por revocación de la autorización administrativa. La revocación de la autorización administrativa para operar en cualquiera de las líneas de actuación afectadas por este Convenio conllevará su baja automática parcial o total en el Sistema, desde el día de publicación en el B.O.E. de la Orden por la que se declare la misma, con los siguientes efectos, en función de cual sea la causa de revocación:
Cesión de cartera: La entidad adquirente se subrogará en todos los derechos y obligaciones derivados del Convenio desde la fecha de otorgamiento de la escritura pública o desde aquella en la que deba tener efecto la cesión. Fusión: La nueva entidad aseguradora resultante de la fusión de dos o más entidades o, si la fusión se produce por absorción, la entidad absorbente, sustituirá legalmente a las desaparecidas o absorbidas en todos los derechos y obligaciones derivados del presente Convenio, desde la fecha de otorgamiento de la escritura pública o de aquélla en la que deba tener efecto la fusión. Escisión: La nueva entidad que se cree con motivo de la escisión o las que absorban las partes escindidas sustituirán legalmente a la escindida en todos los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos que a cada una hayan correspondido, desde la fecha del otorgamiento de la escritura pública o desde aquélla en que deba tener efecto la escisión. Declaración judicial de concurso, disolución voluntaria o administrativa sin intervención en la liquidación por el Consorcio de Compensación de Seguros. Con independencia de la baja automática de la entidad del Convenio, y la consiguiente suspensión de tramitaciones en las que ésta intervenga, antes de procederse a la desconexión definitiva, se deberá efectuar la compensación de saldos de los siniestros pendientes.
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Liquidación encomendada al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS): La entidad será baja automática, suspendiéndose la tramitación a través de SGR, el mismo día en que se publique en el B.O.E. la Orden del Ministerio de Economía por la que se acuerda su disolución y se encomiende la liquidación al CCS. No se procederá a la desconexión de SGR, que seguirá registrando, únicamente a efectos informativos, las reclamaciones que se produzcan desde esta fecha hasta la de vencimiento de los contratos, al objeto de facilitar su liquidación por el CCS.
Artículo 23. Baja voluntaria. La Entidad adherida que desee causar baja en la totalidad de sus líneas de actuación, o sólo en algunas de ellas, lo comunicará por escrito a través de la Comisión Técnica, con un mínimo de dos meses de anticipación al vencimiento del período anual en curso. Será responsabilidad de la Comisión de Control la tramitación de la baja de las Entidades aseguradoras en el Convenio. Esta baja se tramitará de modo provisional, no permitiendo la apertura de nuevas reclamaciones de siniestros con fechas de ocurrencia anteriores a la misma en las que intervenga como Acreedora o Deudora dicha Entidad. La desconexión del SGR se efectuará con la compensación o liquidación de los siniestros pendientes.
Artículo 24. Comunicación de altas y bajas. La Comisión de Control se obliga a comunicar a las Entidades adheridas las altas y bajas que se vayan produciendo, en cada línea de actuación con indicación de las fechas de efectividad de unas y otras. La Entidad que cause baja, mantiene sus derechos y sigue obligada por las disposiciones del Convenio hasta la cancelación total, con las demás adheridas, de los siniestros comunes ocurridos hasta la fecha de efecto de la baja.
TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN – MEDIDAS DE SEGURIDAD Artículo 25. Transmisión de la información. Las Entidades aseguradoras adheridas son responsables tanto de la información transmitida, como del procedimiento informático de envío y recepción al Centro Compensador. La recepción de transmisiones incompletas o incorrectas, deben ser comunicadas al Centro Compensador por el receptor al mismo, a la mayor brevedad posible. En caso de discrepancia entre la información existente en las Entidades, prevalecerá la que conste en el Centro Compensador. Por su parte, el Centro Compensador, responsable del correcto funcionamiento del Sistema, especialmente en lo relativo al tratamiento y validación de la información recibida de las Entidades aseguradoras adheridas a este Convenio, realizará la distribución de datos y mensajes codificados, canalizándolos hacia su respectivo destino para que en tiempo y forma estén a disposición de las Entidades. El destino de la información será el del centro operativo que designe cada Entidad.
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Artículo 26. Seguridad de los datos. Las Entidades aseguradoras adheridas adoptarán las medidas precisas para garantizar que sus transmisiones de datos sean correctas y completas, así como se comprometen a mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos intercambiados, o que se obtengan como consecuencia del procesamiento de los mismos, debiendo incorporar al Sistema estrictos controles de seguridad que eviten un uso indebido de la información o accesos no autorizados, garantizando en todo caso el cumplimiento de la legislación vigente en materia de la protección de datos de carácter personal y, en concreto de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos Personales y su Reglamento.
EFECTO Y DURACIÓN DEL CONVENIO Artículo 27. Efecto y duración. Este Convenio entrará en vigor el 01 de julio de 2016 y su duración es indefinida.
Disposición Transitoria. Transición del CIDA y del SGR. Para las Entidades que ya estaban operando en CIDA o en SGR con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo convenio, en el caso de que se adhieran voluntariamente al mismo, se establece el siguiente régimen de transición:
Las entidades no podrán iniciar nuevos trámites en SGR y CIDA a partir de la fecha de entrada en vigor del nuevo Convenio. Se aplicarán automáticamente las normas de funcionamiento del nuevo Convenio a todos los trámites iniciados a partir de la fecha de adhesión de la Entidad al mismo. Los trámites que se hubiesen iniciado en CIDA y SGR con anterioridad a la entrada en vigor del Convenio, serán gestionados conforme a las respectivas reglas del CIDA y SGR. La entidad podrá iniciar trámites de siniestros ocurridos antes de su adhesión al nuevo Convenio, aplicándose las reglas del mismo, siempre que , cumpliendo todos los requisitos establecidos para ello, dicha adhesión se produzca en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en vigor del Convenio. Transcurrido dicho plazo sin que la Entidad se hubiese adherido al nuevo Convenio, TIREA procederá a darla de baja en SGR. Si se adhiriera posteriormente al nuevo Convenio, sólo podrá iniciar trámites de siniestros ocurridos con posterioridad a su fecha de adhesión al mismo. Aquellas entidades que no tengan trámites pendientes en CIDA anteriores a la fecha de entrada en vigor del Convenio, serán dadas de baja en CIDA en dicha fecha. Las que tengan trámites pendientes, causarán baja en CIDA una vez finalicen los mismos.
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ANEXO I. NORMAS DE PROCEDIMIENTO 1. Procedimientos. Se definen cuatro procedimientos, que se aplicarán en función del tipo de trámite y el tramo de importe. Cada uno de estos procedimientos tiene asociadas unas normas y un reglamento de mensajes donde se detallan las comunicaciones, sus respuestas, los plazos y las acciones por caducidad. En todos los casos:
Cualquiera que sea el procedimiento definido, una vez iniciado el trámite las Entidades se obligan a que los tramitadores mantengan un diálogo dentro de los plazos establecidos en el Reglamento de mensajes codificados. En la asignación de un procedimiento, el importe de referencia es la primera cantidad propuesta. La entidad que inicia el trámite se compromete a enviar la información del siniestro (lugar y fecha, los datos del asegurado o tercero perjudicados, descripción del siniestro e información que le permita a la entidad receptora localizar el siniestro) y realizar las comprobaciones y gestiones oportunas.
2. Interlocutores. Caso de no alcanzarse un acuerdo entre los tramitadores, las Entidades se obligan, transcurrido el plazo establecido en el Reglamento de mensajes codificados del SGR para la fase de tramitación, a mantener un diálogo entre los interlocutores designados por las Entidades adheridas, en los siguientes casos:
En el supuesto de rehúse en los Procedimientos de gestión nº 1 y nº 2 establecidos y siempre que el motivo alegado permita continuar el diálogo. Específicamente en el Procedimiento nº 3, en el supuesto de no recibir contestación de la causante.
Se establece un plazo máximo de 20 días, en que la fase de interlocución debe concluir. No obstante en el caso que la Entidad a la que se dirige el trámite necesite un plazo superior para realizar determinadas averiguaciones, se prevé un diálogo para la ampliación del plazo establecido por otro periodo improrrogable de igual duración. En caso de no alcanzarse un acuerdo (aceptación de responsabilidad o abandono) en la fase de interlocución, el siniestro será sometido a la Comisión de Control y Seguimiento. Por ello, las Entidades adheridas se comprometen a que, antes de que concluya la fase de interlocución, caso de no llegarse a un acuerdo, por la Entidad reclamante se cumplimentará, a través del sistema, el mensaje que a tal efecto se establezca en el mismo, indicándose la alternativa de entre las siguientes que proceda:
El recobro es baja. Se pasa a la Comisión Control.
El sistema comunicará al interlocutor de la Entidad a la que se dirige el recobro, la alternativa cumplimentada. En el supuesto de no haberse cumplimentado ninguna alternativa, se comunicará como baja.
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3. Comisión de Control y Seguimiento.
Las decisiones adoptadas por la Comisión de Control, que sirven para la creación de una doctrina interna recogida en el Manual de Criterios anexo a este documento, se notificarán a las partes en el plazo máximo de tres días siguientes, siendo vinculantes en los casos de los siniestros incluidos en los Procedimientos nº 1 y nº 2. Para los siniestros del Procedimiento nº 3, las decisiones de la Comisión de Control, aunque también forman parte de la doctrina interna aplicable a otros casos similares, se consideran como meras recomendaciones para su valoración por las Entidades implicadas. En el caso de que el siniestro no se resuelva, las entidades podrán recurrir a la vía judicial.
4. Trámite de Especial Consideración. Cuando en la tramitación de un siniestro el importe del siniestro objeto de la reclamación supere la cobertura límite de garantía (capital asegurado) o límites operativos, en la entidad causante, éste podrá ser considerado por la entidad supuestamente causante como de “Especial Consideración”, y ser enviado directamente a Interlocución, informando debidamente de las razones por las que así lo considera. De no resolverse de común acuerdo en Interlocución, el trámite será puesto en conocimiento de la Comisión de Control.
5. Procedimiento nº 1: a) Aplicación: A la tramitación de recobros generales y recobros mixtos, cuyo importe se corresponda al Tramo nº 1. b) Principios básicos: Este procedimiento tiene asociado un reglamento de mensajes (anexo II), definido en base a los siguientes principios: o o o o
o
Se establecen diálogos prefijados de gestión, mensajes y respuestas. Se establecen plazos para contestar. Se establecen aceptaciones tácitas si la Entidad supuestamente causante no contesta. Si el siniestro se encuentra prescrito o la fecha de siniestro es anterior a la adhesión efectiva de la Entidad al Servicio, no podrá iniciarse el trámite, con las especialidades descritas en la disposición transitoria del Convenio. La Entidad que recibe la reclamación del recobro puede rehusar por los motivos siguientes:
Inexistencia de seguro. El asegurado no es civilmente responsable de los daños reclamados. Los daños al perjudicado ya han sido atendidos por la Entidad Aseguradora del causante (aportando el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación). No se dispone de cobertura por la póliza contratada. Presunta Irregularidad de Exclusión de Ley de Contrato de Seguro (IE-LCS).
21
o o o o o
En los supuestos de rehúse, el sistema no da por cerrado el recobro en aquellos casos en que existe base para poder continuar el diálogo. La Entidad que inicia el recobro puede en todo momento solicitar la baja del mismo. La Entidad que recibe el recobro puede solicitar más información si los documentos enviados no corresponden con el siniestro, son ilegibles o incompletos. Las Entidades pueden intercambiar documentación adicional a lo largo del diálogo. Como norma general, no existe fase de negociación de importes (la Entidad deudora no puede discutir el importe, ni si el recobro está justificado y/o documentado). No obstante, como excepción, la Entidad deudora podrá realizar una contraoferta a la Entidad acreedora en los siguientes supuestos:
c)
La línea de actuación no está activa en SGR (siendo responsabilidad de la Entidad que recibe el recobro considerar si el mismo se encuentra dentro de las líneas de actuación incorporadas por ella en SGR).
Cuando la Entidad deudora haya abonado parcialmente los daños, directamente al asegurado perjudicado. En este caso, dicha entidad emitirá una notificación a la Entidad acreedora con una contraoferta indicando el importe del recobro recibido, descontando el importe ya atendido. Es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos. Cuando exista un límite o franquicia en la garantía de responsabilidad civil del causante. La Entidad deudora emitirá una notificación de contraoferta indicando el importe del recobro recibido descontando el importe del límite o franquicia. No es obligatorio aportar la documentación que acredite dicho límite o franquicia.
Documentación obligatoria para Inicio del Recobro: En el inicio del recobro, además de la correspondiente descripción de siniestro, la Entidad acreedora que propone importe, se le exige aportar: o
o
Documentación que ‘acredite’ la parte del importe propuesto que se corresponde con el pago realizado al asegurado: factura, la peritación, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información. Documentación que ‘acredite’ el detalle de los conceptos abonados: peritación, presupuesto, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información.
d) Documentación obligatoria para Negociación de importes: Al emitir el causante una contraoferta por daños atendidos por causante es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos. e)
Documentación obligatoria para Rehúse de recobro: o
o
Cuando el motivo del rehúse sea el abono o reparación de los daños por la Entidad deudora, el aporte de la documentación es obligatoria, debiendo incluir el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación. En el resto de casos de rehúse no existe documentación obligatoria, pero es obligatorio aportar las explicaciones adicionales que justifiquen el rechazo.
22
6. Procedimiento nº 2: a) Aplicación: De aplicación a la tramitación de recobros generales y recobros mixtos, cuyo importe sea correspondiente a Tramo nº 2. b) Principios básicos: Este procedimiento tiene asociado un reglamento de mensajes (anexo II), que se define en base a los siguientes principios: o o o
o
o
Se establecen diálogos prefijados de gestión, mensajes y respuestas. Se establecen plazos para contestar. Se establecen aceptaciones tácitas con preaviso, si la Entidad deudora no contesta. Antes de generar el mensaje de aceptación, el sistema avisa a la Entidad causante y le amplía el plazo de respuesta. Si el siniestro se encuentra prescrito o la fecha de siniestro es anterior a la adhesión efectiva de la Entidad al Servicio, no podrá iniciarse el trámite, con las especialidades descritas en la disposición transitoria del Convenio. La Entidad que recibe el recobro puede rehusar por los motivos siguientes:
o o o o o
Inexistencia de seguro. El asegurado no es civilmente responsable de los daños reclamados. Los daños al perjudicado ya han sido atendidos por la Entidad deudora (aportando el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación). No se dispone de cobertura por la póliza contratada. Presunta Irregularidad de Exclusión de Ley de Contrato de Seguro (IE-LCS). La línea de actuación no está activa en el Sistema (siendo responsabilidad de la Entidad que recibe el recobro considerar si el mismo se encuentra dentro de las líneas de actuación incorporadas por ella en SGR).
En los supuestos de rehúse, el sistema no da por cerrado el recobro en aquellos casos en que existe base para poder continuar el diálogo. La Entidad acreedora puede en todo momento solicitar la baja del mismo. La Entidad deudora puede solicitar más información adicional del siniestro. A petición de la Entidad deudora, se habilita el intercambio datos para que dicha Entidad realice la peritación. Hay fase de negociación de importes:
La Entidad deudora sólo puede realizar una contraoferta, si la diferencia con el importe reclamado, es superior en un 10% o mínimo 500 euros. Si la Entidad deudora no ha realizado peritación, aceptará el informe de peritación aportado por la Entidad acreedora. Cuando la Entidad deudora haya abonado parcialmente los daños, directamente al asegurado perjudicado. En este caso, dicha entidad emitirá una notificación a la Entidad acreedora con una contraoferta indicando el importe del recobro recibido, descontando el importe ya atendido. Es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos. Cuando exista límite o franquicia en la garantía de responsabilidad civil del causante. La Entidad deudora emitirá una notificación de contraoferta indicando
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el importe del recobro recibido descontando el importe del límite o franquicia. No es obligatorio aportar la documentación que acredite dicho límite o franquicia. o c)
Las Entidades pueden intercambiar documentación adicional a lo largo del diálogo.
Documentación obligatoria para Inicio de recobro: En el inicio del recobro, además de la correspondiente descripción de siniestro, la Entidad acreedora que propone importe, se le exige aportar: o
o o
Documentación que acredite la parte del importe propuesto que se corresponde con el pago realizado al asegurado: factura, la peritación, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información. Documentación que acredite el detalle de los conceptos abonados: peritación, presupuesto, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información. La peritación, siempre que se disponga de ella, y en los casos en los que no se disponga de este documento, debe enviarse la factura y/o copia del comprobante de pago, así como cualquier otro documento que aporte información sobre el siniestro.
d) Documentación obligatoria para Negociación de importes: o o o
e)
Cuando la Entidad acreedora propone primer importe, la documentación obligatoria para el inicio de recobro, indicada en el epígrafe c) anterior. Cuando la Entidad deudora contraoferta importe, la documentación obligatoria para el inicio de recobro, indicada en el epígrafe c) anterior. Cuando la Entidad deudora emita una contraoferta por haber atendido los daños causados al perjudicado, es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos.
Documentación obligatoria para Rehúse de recobro: o
o
Cuando el motivo del rehúse sea el abono o reparación de los daños por la Entidad deudora, el aporte de la documentación es obligatoria, debiendo incluir el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación. En el resto de casos de rehúse no existe documentación obligatoria, pero es obligatorio aportar explicaciones adicionales que justifiquen el rechazo.
7. Procedimiento nº 3. a) Aplicación: De aplicación a la tramitación de recobros generales y recobros mixtos, cuyo importe sea correspondiente a Tramo nº 3. b) Principios básicos: Este procedimiento tiene asociado un reglamento de mensajes (anexo II), que se define en base a los siguientes principios: o o
Se establecen diálogos prefijados de gestión, mensajes y respuestas. Se establecen plazos para contestar.
24
o
o
o
Se establece que no hay aceptaciones tácitas. No obstante, si la Entidad acreedora no contesta, el sistema envía el recobro a Interlocutores, y si en fase de interlocución tampoco obtuviese contestación la perjudicada, el sistema envía el recobro a la Comisión de Control. Si el siniestro se encuentra prescrito o la fecha de siniestro es anterior a la adhesión efectiva de la Entidad al Servicio, no podrá iniciarse el trámite, con las especialidades descritas en la disposición transitoria del Convenio. La Entidad deudora puede rehusar por los motivos siguientes:
o o o o o
En los supuestos de rehúse el Sistema no da por cerrado el recobro en aquellos casos en que existe base para poder continuar el diálogo. La Entidad acreedora puede en todo momento solicitar la baja, del mismo. La Entidad deudora puede solicitar más información adicional del siniestro. A petición de la Entidad deudora, se habilita el intercambio datos para que dicha Entidad realice la peritación. Hay fase de negociación de importes:
o
c)
Inexistencia de seguro. El asegurado no es civilmente responsable de los daños reclamados Los daños al perjudicado ya han sido atendidos por la Entidad deudora (aportando el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación). No se dispone de cobertura por la póliza contratada. Presunta Irregularidad de Exclusión de Ley de Contrato de Seguro (IE-LCS). La línea de actuación no está activa en el Sistema (siendo responsabilidad de la Entidad que recibe el recobro considerar si el mismo se encuentra dentro de las líneas de actuación incorporadas por ella en SGR).
La Entidad deudora puede realizar hasta dos contraofertas, si la diferencia con el importe propuesto, es superior en un 5% o mínimo 1.000 euros. Cuando la Entidad deudora haya abonado parcialmente los daños, directamente al perjudicado. En este caso, dicha entidad emitirá una notificación a la Entidad acreedora con una contraoferta indicando el importe del recobro recibido, descontando el importe ya atendido. Es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos. Cuando Exista límite o franquicia en la garantía de responsabilidad civil del causante. La Entidad deudora emitirá una notificación de contraoferta indicando el importe del recobro recibido descontando el importe del límite o franquicia. No es obligatorio aportar la documentación que acredite dicho límite o franquicia.
Las Entidades pueden intercambiar documentación adicional a lo largo del diálogo. Ç
Documentación obligatoria para Inicio de recobro: En el inicio del recobro, además de la correspondiente descripción de siniestro, la Entidad acreedora que propone importe, se le exige aportar: o
o
Documentación que acredite’ la parte del importe reclamado que se corresponde con el pago realizado al asegurado: factura, la peritación, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información. Documentación que acredite el detalle de los conceptos abonados: peritación, presupuesto, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información.
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o
La peritación y la factura y/o copia del comprobante de pago, así como cualquier otro documento que aporte información sobre el siniestro.
d) Documentación obligatoria para Negociación de importes: o o o
e)
Cuando la Entidad acreedora propone el primer o segundo importe, la documentación obligatoria para el inicio de recobro, indicada en el epígrafe c) anterior. Cuando la Entidad deudora contraoferta (primera o segunda contraoferta), la documentación obligatoria para el inicio de recobro, indicada en el epígrafe c) anterior. Al emitir la Entidad deudora una contraoferta por haber atendido los daños del perjudicado es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos.
Documentación obligatoria para Rehúse de recobro: o
o
Cuando el motivo del rehúse sea el abono o reparación de los daños por la Entidad deudora, el aporte de la documentación es obligatoria, debiendo incluir el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación. En el resto de casos de rehúse no existe documentación obligatoria, pero es obligatorio aportar explicaciones adicionales que justifiquen el rechazo.
8. Procedimiento nº 4 (reclamación de daños). a) Aplicación: De aplicación a la tramitación de todas las gestiones derivadas de reclamación de daños, con independencia de la cuantía del importe. b) Principios básicos: Este procedimiento tiene asociado un reglamento de mensajes (anexo II), que se define en base a los siguientes principios: o o o
o o
Se establecen diálogos prefijados de gestión, mensajes y respuestas. No se establecen aceptaciones tácitas. Si el siniestro se encuentra prescrito o la fecha de siniestro es anterior a la adhesión efectiva de la Entidad al Servicio, no podrá iniciarse el trámite, con las especialidades descritas en la disposición transitoria del Convenio. En el inicio de la reclamación se puede indicar un importe estimado. Una vez iniciada la reclamación por la entidad acreedora:
Se establece un plazo para notificar que se están realizando las gestiones oportunas para atender la reclamación. Durante el diálogo, la reclamación permanecerá abierta mientras las Entidades sigan enviando comunicaciones. Debe realizarse una propuesta de importe por una Entidad que debe ser aceptada por la otra Entidad implicada. Ambas Entidades pueden en todo momento solicitar la baja de la gestión de reclamación. El sistema permite adjuntar documentación en todo momento.
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ANEXO II. REGLAMENTO DE MENSAJES CODIFICADOS DE SGR 1. Lista de comunicaciones
Tipo contenido
Tipo dialogo
Peso de la respuesta:
Origen (OR) ó Destino (DE)
-
‘T’ texto
-
‘I’ Imagen
-
‘D’ Dialogo especifico
-
‘G’ Dialogo general (amplía la caducidad del mensaje)
-
‘A’ Diálogo adicional (no amplía caducidad del mensaje)
-
‘EI’ Entidad perjudicada
-
‘ER’ Entidad causante
-
‘PC’ ‘Ambas
-
‘EI’ Entidad que Inicia la Reclamación
-
‘ER’ Entidad que Recibe la Reclamación
-
‘PC’ ‘Ambas
-
‘CS’ Centro Servicio
-
‘CC’ Comisión Control
27
Comunicación
Descripción
Texto imagen
Dialogo
Peso
R1
R2
R3
R4
111
EI Inicio recobro procedimiento 1
T
D
EI
X
112
EI Inicio recobro procedimiento 2
T
D
EI
113
EI Inicio recobro procedimiento 3
T
D
EI
114
EI Inicio Reclamación de Daños
T
D
PC
130
ER Interlocución Comunica no procede rehúse
T
D
PC
X
131
ER Interlocutor comunica procede tramitación
T
D
ER
X
132
CC Resuelve Procede la tramitación
T
D
ER
X
133
ER Interlocutor comunica procede tramitación
T
D
ER
X
134
ER Interlocución Comunica no procede rehúse
T
D
ER
X
135
ER Interlocución Comunica no procede rehúse
T
D
ER
X
136
ER Interlocutor comunica procede tramitación
T
D
ER
X
137
CC Resuelve Procede Interlocutores
T
D
PC
X
199
ER Notifica oferta descontada la franquicia
T
D
EI
200
CS Aviso de aceptación por caducidad
T
G
ER
210
ER acepta importe por caducidad
T
D
PC
X
X
211
ER Acepta importe
T
D
EI
X
X
X
X
212
EI Acepta importe
T
D
ER
X
X
X
284
CC Resuelve procede el recobro
T
D
PC
X
X
285
CC Resuelve No procede el recobro
T
D
PC
X
X
305
ER Contraoferta segundo importe
T
D
ER
302
ER solicita datos del causante
T
D
EI
X
303
EI aporta datos del causante
T
D
ER
X
304
ER solicita datos del causante
T
D
EI
X
X
306
EI aporta datos del causante
T
D
ER
X
X
X X X
X
X
X X
X
28
Comunicación
Descripción
Texto imagen
Dialogo
Peso
R1
R2
R3 X
R4
321
ER contraoferta importe
T
D
ER
X
322
EI propone último importe
T
D
ER
X
332
EI propone segundo importe
T
D
EI
342
ER solicita documentación adicional
T
D
EI
352
EI propone último importe
T
D
ER
X
372
ER Propone importe Interlocución
T
G
EI
X
374
ER Propone importe Interlocución
T
G
EI
381
ER solicita documentación
T
G
PC
X
382
EI solicita documentación
T
G
PC
X
383
ER continuamos realizando gestiones
T
G
PC
X
384
EI propone importe
T
G
PC
X
385
ER propone importe
T
G
PC
X
386
EI Interlocutor sugiere importe
T
G
ER
X
X
387
ER Interlocutor sugiere importe
T
G
EI
X
X
410
ER rechaza no aseguramiento
T
D
CS
X
X
X
411
ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta
T
D
EI
X
412
ER rechaza reclamación no responsable
T
D
EI
X
413
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
T
D
EI
X
414
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
T
D
ER
X
415
ER Ratifica rehúse
T
D
EI
X
416
ER Desestima Interlocución
T
D
EI
X
417
ER Ratifica rehúse
T
D
EI
418
ER Ratifica rehúse
T
D
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
T
D
EI
X
X
X
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
T
D
CS
X
X
X
422
ER rechaza reclamación no responsable
T
D
EI
X
X
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
T
D
EI
X
X
X X
X
X
X X
29
Comunicación
Descripción
Texto imagen
Dialogo
Peso
R1
R2
R3
X
X
R4
424
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
T
D
ER
426
ER Desestima Interlocución
T
D
EI
504
EI Solicita Comisión Control
T
D
PC
X
X
510
CS Baja por caducidad
T
A
NA
X
X
X
X
511
EI solicita baja
T
D
CS
X
X
X
X
512
ER solicita baja
T
D
CS
540
CS Baja de reclamación por rechazo
T
A
NA
X
X
X
541
CS Baja solicitada EI
T
A
NA
X
X
X
542
CS Baja solicitada ER
T
A
NA
581
EI Comunica Vía Judicial
T
D
ER
X
611
EI solicita interlocutores
T
D
PC
X
612
EI solicita interlocutores
T
D
PC
613
EI solicita interlocutores
T
D
PC
660
ER Solicita plazo adicional
T
D
ER
661
ER Interlocución Siniestro de especial Consideración
T
G
PC
662
ER Interlocución Siniestro de especial Consideración
T
G
PC
663
ER Interlocución Siniestro de especial Consideración
T
G
PC
664
ER Solicita plazo adicional Interlocución
T
D
PC
682
EI solicita interlocutores primera instancia
T
D
ER
683
EI solicita interlocutores primera instancia
T
G
PC
X
685
EI Solicita Comisión Control
T
D
PC
X
690
CC resuelve procede el recobro
T
D
PC
X
691
CC resuelve No procede el recobro
T
D
PC
X
811
EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 1
I
D
ER
812
EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 2
I
D
ER
813
EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 3
I
D
ER
821
ER Documentación obligatoria contraoferta importe
I
D
EI
X
X
X X
X
X
X X X
X
X X X X
X
X
X
X X X X
X
30
Comunicación
Descripción
Texto imagen
Dialogo
Peso
R1
R2
R3
R4
822
EI Documentación obligatoria propuesta segundo importe
I
D
ER
X
831
ER Documentación obligatoria segunda contraoferta
I
D
EI
X
835
ER Doc. Contraoferta daños atendidos por causante
I
D
EI
836
ER Doc. Contraoferta daños atendidos por causante
I
D
EI
837
ER Documentación rechazo daños atendidos por causante
I
D
EI
838
ER Documentación rechazo daños atendidos por causante
I
D
EI
843
EI envía documentación por no legible o incompleta
I
D
ER
X
844
EI envía documentación adicional
I
A
NA
845
ER envía documentación adicional
I
A
NA
846
EI envía documentación solicitada
I
D
ER
881
ER envía documentación
I
G
PC
X
882
EI envía documentación
I
G
PC
X
964
ER Notifica oferta descontada la franquicia
T
D
EI
965
ER Notifica oferta descontada la franquicia
T
D
EI
X
966
ER Contraoferta daños
T
D
ER
X
X X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
atendidos por causante 983
ER notifica atendiendo reclamación
T
D
PC
X
988
ER envía observaciones
T
A
NA
X
X
X
X
989
EI envía observaciones
T
A
NA
X
X
X
X
991
ER Notifica oferta descontada la franquicia
T
D
EI
X
992
ER Contraoferta daños atendidos por causante
T
D
ER
X
993
ER envía observaciones
T
G
PC
X
994
EI envía observaciones
T
G
PC
X
31
2. Inicio recobros procedimiento 1 (R1)
COMUNICACIONES (R1) OR
DE
CAD **
111
EI Inicio recobro procedimiento 1
EI
ER
811
EI Documentación EI obligatoria recobro procedimiento 1
ER
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
** La EI tiene un plazo de 20 días naturales para emitir el 811, en su defecto en este plazo se emitirá el 510.
COMUNICACIONES (R1)
811
EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 1
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
20N
210
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
ER acepta imp. por caducidad
211
ER acepta importe
ER
EI
302
ER solicita datos del causante
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
411
ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta
ER
EI
412
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
413
ER Rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
32
COMUNICACIONES (R1) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
414
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
661
ER Interlocución Siniestro de especial Consideración
ER
EI
991
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
992
ER Contraoferta daños atendidos por causante
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES
COMUNICACIONES (R1)
302
ER solicita datos del causante
844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
30N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
33
COMUNICACIONES (R1) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
303
Aporto datos causante tramo 1
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
411
ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta
ER
EI
412
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
413
ER rechaza no cobertura
ER
EI
414
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
34
COMUNICACIONES (R1)
303
Aporto datos causante tramo 1
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
20N
210
ER acepta importe por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
411
ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta
ER
EI
412
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
413
ER rechaza no cobertura
ER
EI
414
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
**410
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
35
COMUNICACIONES (R1)
410
ER rechaza no aseguramiento
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
0N
540
Descripción
ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja de reclamaci ón por rechazo
COMUNICACIONES (R1)
411
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
15N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
843
EI envía documentación por no legible o incompleta
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía documentación adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
36
COMUNICACIONES (R1)
412
ER Rechaza reclamación no responsable
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
611
EI solicita interlocutores
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES
COMUNICACIONES (R1)
413
ER Rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
0N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad
COMUNICACIONES (R1)
414
844
OR
DE
CAD
ER
EI
**
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
37
COMUNICACIONES (R1)
837
ER Documentación rechazo daños atendidos por causante
OR
DE
ER
EI
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
(**) Caducidad del mensaje previo
COMUNICACIONES (R1)
837
ER Documentación rechazo daños atendidos por causante
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
611
EI solicita interlocutores
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
38
COMUNICACIONES (R1)
417
ER Ratifica rehúse
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
540
Descripción
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja de reclamaci ón por rechazo 581
EI Comunica Vía Judicial
EI
ER
504
EI Solicita Comisión Control
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
COMUNICACIONES (R1)
419
OR
ER rechaza por presunta irregularidad
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
540
Baja por rechazo
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
611
EI solicita interlocutores
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
39
COMUNICACIONES (R1)
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
0N
540
Descripción
EI Solicita Comisión Control
Baja de reclamaci ón por rechazo
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
NA
NA
Descripción
CC resuelve procede la tramitación
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
132
CC Resuelve Procede la tramitación
CC
ER
284
CC resuelve Procede el recobro
CC
PC
285
CC Resuelve No procede el recobro
CC
PC
COMUNICACIONES (R1)
132
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
COMUNICACIONES (R1)
504
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
CC
ER
20N
210
ER acepta imp. por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
199
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
40
COMUNICACIONES (R1) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
ER Notifica oferta descontada la franquicia
DS
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R1)
199
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
212
EI acepta importe
EI
ER
581
EI Comunica Vía Judicial
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
41
COMUNICACIONES (R1)
284
CC resuelve procede el recobro
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
CS
ER
0N
210
Descripción
ER acepta importe por caducidad
CC Resuelve No procede el recobro
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
CS
ER
0N
510
Descripción
EI Comunica Vía Judicial
ER Notifica oferta descontada la franquicia
DS
Baja por caducidad
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
0N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad
COMUNICACIONES (R1)
991
OR
RESPUESTAS ESPECIFICAS
COMUNICACIONES (R1)
581
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
COMUNICACIONES (R1)
285
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
212
EI acepta importe
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
42
COMUNICACIONES (R1) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R1) OR
DE
CAD **
992
ER Contraoferta daños atendidos por causante
ER
EI
835
ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante
ER
EI
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
** La ER tiene un plazo de 20 días naturales para emitir el 835, en su defecto en este plazo se emitirá el 210 (ER acepta importe por caducidad)
835
ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
212
EI acepta importe
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
43
OR
DE
CAD
Acción
Descripción
EI solicita baja
DS
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R1)
511
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
0N
541
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja solicitada EI
COMUNICACIONES (R1)
611
EI solicita interlocutores
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
10N
210 ER acepta importe por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
130
ER Interlocución Comunica no procede rehúse
ER
EI
211
ER acepta importe
ER
EI
417
ER Ratifica rehúse
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
44
COMUNICACIONES (R1) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción (*) 664
Descripción
OR
DS
ER Solicita plazo adicional Interlocución
ER
EI
* El mensaje 664 amplia la caducidad en 10 días.
COMUNICACIONES (R1)
130
ER Interlocución Comunica no procede rehúse
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
210
ER acepta imp. por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
991
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
45
COMUNICACIONES (R1)
661
ER Interlocución Siniestro de especial Consideración
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
131
ER Interlocutor comunica procede tramitación
ER
EI
211
ER acepta importe
ER
EI
504
EI Solicita Comisión Control
EI
ER
581
EI Comunica Vía Judicial
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R1)
131
ER Interlocutor comunica procede tramitación
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
210
ER acepta imp. por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
302
ER solicita datos del causante
ER
EI
46
COMUNICACIONES (R1) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
411
ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta
ER
EI
412
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
413
ER Rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
414
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
991
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
992
ER Contraoferta daños atendidos por causante
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
47
COMUNICACIONES (R1) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
COMUNICACIONES (R1)
843
EI envía documentación por no legible o incompleta
OR
DS
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
20N
210
ER acepta importe por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
412
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
413
ER Rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
414
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
417
ER Ratifica rehúse
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
991
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
992
ER contraoferta daños atendidos por el causante
ER
RI
511
EI solicita baja
EI
ER
48
COMUNICACIONES (R1) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ADICIONALES
3.
844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
Inicio recobros Procedimiento 2 (R2)
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD **
112
EI Inicio recobro procedimiento 2
EI
ER
812
EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 2
EI
ER
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
** La EI tiene un plazo de 20 días naturales para emitir el 812, en su defecto en este plazo se emitirá el 510.
49
COMUNICACIONES (R2)
812
EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 2
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
40N
200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducida d
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
210
211
ER acepta importe
ER
EI
ER acepta importe por caducida d Si el mensaje de dialogo anterior es un 200
304
ER solicita datos del causante
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
342
ER solicita documentación adicional
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
422
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
662
ER Interlocución Siniestro de especial Consideración
ER
EI
965
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
966
ER contraoferta daños atendidos por causante
ER
EI
660
ER Solicita plazo adicional
ER
EI
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
50
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
424
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
COMUNICACIONES (R2)
660
ER solicita plazo adicional
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducida d
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
210
211
ER acepta importe
ER
EI
ER acepta importe por caducida d Si el mensaje de dialogo anterior es un 200
304
ER solicita datos del causante
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
342
ER solicita documentación adicional
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
51
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
422
ER Rechaza reclamación no responsable
ER
EI
965
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
966
ER contraoferta daños atendidos por causante
ER
EI
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
424
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
52
COMUNICACIONES (R2)
662
ER Interlocución Siniestro de especial Consideración
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad
133
ER Interlocutor comunica procede tramitación
ER
EI
211
ER acepta importe
ER
EI
581
EI Comunica Vía Judicial
EI
ER
504
EI Solicita Comisión Control
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R2)
133
ER Interlocutor comunica procede tramitación
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
40N
200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducida d 210
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
53
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción ER acepta importe por caducida d Si el mensaje de dialogo anterior es un 200
Descripción
OR
DS
304
ER solicita datos del causante
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
342
ER solicita documentación adicional
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
422
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
965
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
966
ER contraoferta daños atendidos por causante
ER
EI
660
ER Solicita plazo adicional
ER
EI
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
424
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
54
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
COMUNICACIONES (R2)
965
ER Notifica oferta descontada la franquicia
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
30N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
212
EI acepta importe
EI
ER
322
EI propone último importe
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES
COMUNICACIONES (R2)
966
ER Contraoferta daños atendidos por causante
OR
DE
CAD
ER
EI
**
844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
55
COMUNICACIONES (R2)
836
ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante
OR
DE
ER
EI
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
(**) Caducidad del mensaje previo
COMUNICACIONES (R2)
836
ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
90N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
212
EI acepta importe
EI
ER
322
EI propone último importe
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES
COMUNICACIONES (R2)
304
ER solicita datos del causante
844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
30N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
56
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
306
EI aporta datos del causante
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
321
ER contraoferta importe
ER
EI
342
ER solicita documentación adicional
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
422
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
424
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
57
COMUNICACIONES (R2)
306
EI aporta datos del causante
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
40N
200 (*) CS Aviso de aceptación por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
210
211
ER acepta importe
ER
EI
ER acepta importe por caducidad Si el mensaje de dialogo anterior es un 200
321
ER contraoferta importe
ER
EI
342
ER solicita documentación adicional
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
422
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
424
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
58
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción 989
EI envía observaciones
OR
DS
EI
ER
(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD **
321
ER contraoferta importe
ER
EI
821
ER Documentación obligatoria contraoferta importe
ER
EI
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
(**) Caducidad del mensaje previo
59
COMUNICACIONES (R2)
821
ER Documentación obligatoria contraoferta importe
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
90N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
212
EI acepta importe
EI
ER
322
EI propone último importe
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R2)
322
EI propone último importe
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
20N
200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
210
211
ER acepta importe
ER
EI
ER acepta importe por caducidad Si el mensaje de dialogo anterior es un 200
415
ER Ratifica rehúse
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES
60
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
(*) Mensaje tipo Respuesta General que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
COMUNICACIONES (R2)
342
ER solicita documentación adicional
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
40N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
846
EI envía documentación solicitada
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
61
COMUNICACIONES (R2)
410
ER rechaza no aseguramiento
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
0N
540
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja de reclamaci ón por rechazo
COMUNICACIONES (R2)
415
ER Ratifica rehúse
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
540
Descripción
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja de reclamaci ón por rechazo 612
EI solicita interlocutores
EI
ER
511
EI Solicita Baja
EI
ER
COMUNICACIONES (R2)
416
OR
ER Desestima Interlocución
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
540 Baja de reclamaci ón por rechazo
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
581
EI Comunica Vía Judicial
EI
ER
504
EI Solicita Comisión Control
EI
ER
511
EI Solicita Baja
EI
ER
62
COMUNICACIONES (R2)
284
CC resuelve procede el recobro
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
CS
ER
0N
210
Descripción
ER acepta importe por caducidad
CC Resuelve No procede el recobro
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
CS
ER
0N
510
Descripción
ER rechaza por presunta irregularidad
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad
COMUNICACIONES (R2)
419
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
COMUNICACIONES (R2)
285
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
540
Baja por rechazo
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
682
EI solicita interlocutores primera instancia
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
63
COMUNICACIONES (R2)
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
0N
540
Descripción
EI Solicita Comisión Control
Baja de reclamaci ón por rechazo
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
NA
NA
Descripción
CC resuelve procede la tramitación
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
132
CC resuelve procede la tramitación
CC
ER
284
CC resuelve Procede el recobro
CC
ER
285
CC resuelve No procede el recobro
CC
PC
COMUNICACIONES (R2)
132
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
COMUNICACIONES (R2)
504
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
CC
ER
20N
210
ER acepta imp. por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
199
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES
64
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
ER Notifica oferta descontada la franquicia
DS
844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R2)
199
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
212
EI acepta importe
EI
ER
581
EI Comunica Vía Judicial
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
65
COMUNICACIONES (R2)
422
ER rechaza reclamación no responsable
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
682
EI solicita interlocutores primera instancia
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES
COMUNICACIONES (R2)
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
0N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad
66
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD **
424
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
838
Doc. Rechazo Daños Atendidos causante
ER
EI
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
(**) Caducidad del mensaje previo
COMUNICACIONES (R2)
838
Doc. Rechazo Daños Atendidos causante
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
682
EI solicita interlocutores primera instancia
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
67
COMUNICACIONES (R2)
511
EI solicita baja
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
0N
541
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja solicitada EI
COMUNICACIONES (R2)
612
EI solicita interlocutores por tramo 2
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
10N
200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducida d
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
210 ER acepta importe por caducida d Si el mensaje de dialogo anterior es un 200
374
ER Propone importe Interlocución
ER
EI
416
ER Desestima Interlocución
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS GENERALES 386
EI Interlocutor sugiere importe
EI
ER
387
ER Interlocutor sugiere importe
ER
EI
(*)
ER Solicita plazo adicional Interlocución
ER
EI
664
RESPUESTAS ADICIONALES
68
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
844
EI envía documentación adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
COMUNICACIONES (R2)
374
ER Propone importe Interlocución
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
510
Baja por caducidad
COMUNICACIONES (R2)
682
EI solicita interlocutores primera instancia
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
212
EI Acepta Importe
EI
ER
581
EI Comunica Vía Judicial
EI
ER
504
EI Solicita Comisión Control
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
10N
200 (*) CS Aviso de aceptación por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
69
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción 210 ER acepta importe por caducidad Si el mensaje de dialogo anterior es un 200
Descripción
OR
DS
134
ER Interlocución comunica no procede rehúse
ER
EI
416
ER Desestima Interlocución
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS GENERALES (*) 664
ER Solicita plazo adicional Interlocución
ER
EI
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía documentación adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
COMUNICACIONES (R2)
134
ER Interlocución Comunica no procede rehúse
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
40N
200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducida d
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
210
211
ER acepta importe
ER
EI
ER acepta importe
321
ER contraoferta importe
ER
EI
70
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción por caducida d Si el mensaje de dialogo anterior es un 200
Descripción
OR
DS
965
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
COMUNICACIONES (R2)
846
EI envía documentaci ón solicitada
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
40N
200 (*) CS Aviso de aceptación por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
210
422
ER
EI
ER acepta importe por caducidad Si el mensaje de
ER rechaza reclamación no responsable
423
ER Rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
71
COMUNICACIONES (R2) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción dialogo anterior es un 200
Descripción
OR
DS
424
ER rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
4. Inicio recobros Procedimiento 3 (R3)
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD **
113
EI Inicio recobro procedimiento 3
EI
ER
813
EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 3
EI
ER
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
** La EI tiene un plazo de 20 días naturales para emitir el 813, en su defecto en este plazo se emitirá el 510.
72
COMUNICACIONES (R3)
813
EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 3
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
40N
613
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
EI Solicita Interlocut ores
211
ER acepta importe
ER
EI
304
ER solicita datos del causante
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
342
ER solicita documentación adicional
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
422
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
663
ER Interlocución Siniestro de especial Consideración
ER
EI
964
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
966
ER contraoferta daños atendidos por causante
ER
EI
660
ER Solicita plazo adicional
ER
EI
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
73
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
424
ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R3)
660
ER solicita plazo adicional
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
613 EI Solicita Interlocut ores
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
304
ER solicita datos del causante
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
342
ER solicita documentación adicional
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
74
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
422
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
964
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
966
ER contraoferta daños atendidos por causante
ER
EI
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
424
ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
75
COMUNICACIONES (R3)
663
ER Interlocución Siniestro de especial Consideración
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad
136
ER Interlocutor Comunica procede tramitación
ER
EI
211
ER acepta importe
ER
EI
581
EI Comunica Vía Judicial
EI
ER
685
EI Solicita Comisión Control
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R3)
136
ER Interlocutor Comunica procede tramitación
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
40N
613
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
EI Solicita Interlocut ores 211
ER acepta importe
ER
EI
304
ER solicita datos del causante
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
76
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
342
ER solicita documentación adicional
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
422
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
964
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
966
ER contraoferta daños atendidos por causante
ER
EI
660
ER Solicita plazo adicional
ER
EI
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
424
ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
77
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
COMUNICACIONES (R3)
964
ER Notifica oferta descontada la franquicia
OR
DS
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
30N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad 212
EI acepta importe
EI
ER
332
EI propone Segundo importe
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD **
966
ER Contraoferta daños atendidos por causante
ER
EI
836
ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante
ER
EI
844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
78
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
(**) Caducidad del mensaje previo
COMUNICACIONES (R3)
836
ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
90N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad
212
EI acepta importe
EI
ER
332
EI propone Segundo importe
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R3)
304
ER solicita datos del causante
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
30N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
306
EI aporta datos del causante
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
79
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
321
ER contraoferta importe
ER
EI
342
ER solicita documentación adicional
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
422
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
424
ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
80
COMUNICACIONES (R3)
306
EI aporta datos del causante
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
40N
613 EI Solicita Interlocut ores
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
342
ER solicita documentación adicional
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
419
ER rechaza por presunta irregularidad
ER
EI
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
ER
EI
422
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
424
ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
81
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD **
321
ER contraoferta importe
ER
EI
821
ER Documentación obligatoria contraoferta importe
ER
EI
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
(**) Caducidad del mensaje previo
COMUNICACIONES (R3)
821
ER Documentación obligatoria contraoferta importe
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
90N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad
212
EI acepta importe
EI
ER
332
EI propone Segundo importe
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
82
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD **
332
EI propone segundo importe
EI
ER
822
EI documentación obligatoria segundo importe
EI
ER
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
(**) Caducidad del mensaje previo
COMUNICACIONES (R3)
822
EI documentación obligatoria segundo importe
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
20N
613
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
EI Solicita Interloc utores 211
ER acepta importe
ER
EI
305
ER Contraoferta segundo importe
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
83
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD **
305
ER Contraoferta segundo importe
ER
EI
831
ER Documentación obligatoria segunda contraoferta
ER
EI
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
(**) Caducidad del mensaje previo
COMUNICACIONES (R3)
831
ER Documentación obligatoria segunda contraoferta
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
90N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
212
EI acepta importe
EI
ER
352
EI propone último importe
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
84
COMUNICACIONES (R3)
352
EI propone último importe
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
20N
613
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
EI Solicita Interloc utores 211
ER acepta importe
ER
EI
418
ER Ratifica rehúse
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R3)
342
ER solicita documentación adicional
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
40N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
846
EI envía documentación solicitada
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
85
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R3)
410
ER rechaza no aseguramiento
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
0N
540
Descripción
ER Ratifica rehúse
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja de reclamaci ón por rechazo
COMUNICACIONES (R3)
418
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
540 Baja de reclamaci ón por rechazo
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
613
EI solicita interlocutores
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
86
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
ER Desestima Interlocución
DS
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R3)
426
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
540 Baja de reclamaci ón por rechazo
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
581
EI Comunica Vía Judicial
EI
ER
685
EI Solicita Comisión Control
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES
COMUNICACIONES (R3)
372
ER Propone importe Interlocución
844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
87
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
212
EI Acepta Importe
EI
ER
581
EI Comunica Vía Judicial
EI
ER
685
EI Solicita Comisión Control
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R3)
690
CC resuelve procede el recobro
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
CS
ER
40N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducida d 211
ER acepta importe
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
88
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción 989
EI envía observaciones
COMUNICACIONES (R3)
691
CC resuelve No procede el recobro
ER rechaza por presunta irregularidad
DS
EI
ER
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
CS
ER
0
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad
COMUNICACIONES (R3)
419
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
10N
540
Baja por rechazo
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
683
EI solicita interlocutores primera instancia
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
89
COMUNICACIONES (R3)
420
ER Rechaza Línea de actuación no activa
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
0N
540 Baja de reclamaci ón por rechazo
Descripción
EI Solicita Comisión Control
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
NA
NA
Descripción
ER rechaza reclamación no responsable
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
137
CC Resuelve Procede Interlocutores
CC
PC
690
CC Resuelve Procede el recobro
CC
PC
691
CC Resuelve No procede el recobro
CC
PC
COMUNICACIONES (R3)
422
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
COMUNICACIONES (R3)
685
OR
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
683
EI solicita interlocutores primera instancia
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES
90
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
COMUNICACIONES (R3)
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
Descripción
OR
DS
844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
0N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad
OR
DE
CAD **
424
ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
838
Doc. Rechazo Daños Atendidos causante
ER
EI
Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
(**) Caducidad del mensaje previo
91
COMUNICACIONES (R3)
838
Doc. Rechazo Daños Atendidos causante
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
20N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
211
ER acepta importe
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
683
EI solicita interlocutores primera instancia
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES
COMUNICACIONES (R3)
511
EI solicita baja
844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
0N
541
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja solicitada EI
92
COMUNICACIONES (R3)
613
EI solicita interlocutores
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
10N
685
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
EI Solicita Comisión Control 372
ER propone importe interlocución
ER
EI
426
ER Desestima Interlocución
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía documentación adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
386
EI Interlocutor sugiere importe
EI
ER
387
ER Interlocutor sugiere importe
ER
EI
(*)
ER Solicita plazo adicional Interlocución
ER
EI
664
(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
COMUNICACIONES (R3)
683
EI solicita interlocutores primera instancia
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
10N
685
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
93
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción EI Solicita Comisión Control
Descripción
OR
DS
135
ER Interlocución comunica no procede rehúse
ER
EI
426
ER Desestima Interlocución
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía documentación adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
(*)
ER Solicita plazo adicional Interlocución
ER
EI
664
(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
COMUNICACIONES (R3)
135
ER Interlocución comunica no procede rehúse
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
40N
613
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
EI Solicita Interlocut ores 211
ER acepta importe
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
964
ER Notifica oferta descontada la franquicia
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
94
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
COMUNICACIONES (R3)
137
CC Resuelve procede interlocutores
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
CC
PC
10N
510
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja por caducidad 372
ER propone importe ER interlocución
EI
511
EI solicita baja
ER
EI
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía documentación adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
386
EI Interlocutor sugiere importe
EI
ER
95
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción 387
ER Interlocutor sugiere importe
OR ER
DS EI
(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso
COMUNICACIONES (R3)
846
EI envía documentaci ón solicitada
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
40N
613
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
EI Solicita Interlocuto res 211
ER acepta importe
ER
EI
321
ER contraoferta importe
ER
EI
422
ER rechaza reclamación no responsable
ER
EI
423
ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura
ER
EI
424
ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante
ER
EI
410
ER rechaza no aseguramiento
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
RESPUESTAS ADICIONALES 844
EI envía doc adicional
EI
ER
845
ER envía documentación adicional
ER
EI
988
ER envía observaciones
ER
EI
989
EI envía observaciones
EI
ER
96
COMUNICACIONES (R3) OR
DE
CAD
RESPUESTAS Acción
Descripción
OR
DS
5. Inicio Reclamación de Daños (R4)
COMUNICACIONES (R4)
114
Inicia reclamación de daños
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
20N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
* 211
ER acepta importe
ER
EI
** 212
EI acepta importe
EI
ER
983
ER notifica atendiendo reclamación
ER
EI
511
EI solicita baja
EI
ER
512
ER solicita baja
ER
EI
RESPUESTAS GENERALES*** 381
ER solicita documentación
ER
EI
382
EI solicita documentación
EI
ER
384
EI propone importe
EI
ER
385
ER propone importe
ER
EI
881
ER envía documentación
ER
EI
882
EI envía documentación
EI
ER
993
ER envía observaciones
ER
EI
994
EI envía observaciones
EI
ER
* La ER podrá emitir 211 (acepta importe) si EI ha emitido 384 (propone importe). ** La EI puede emitir 212 (acepta importe), si ER ha enviado 385 (propone importe). *** Las Respuestas Generales aumentan en 30 días Naturales la caducidad a la fecha de envío del mensaje
97
COMUNICACIONES (R4)
983
ER notifica atendiendo reclamación
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
30N
510
Baja por caducidad
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
* 211
ER acepta importe
ER
EI
** 212
EI acepta importe
EI
ER
511
EI solicita baja
EI
ER
512
ER solicita baja
ER
EI
RESPUESTAS GENERALES*** 381
ER solicita documentación
ER
EI
382
EI solicita documentación
EI
ER
383
ER continuamos realizando gestiones
ER
EI
384
EI propone importe
EI
ER
385
ER propone importe
ER
EI
881
ER envía documentación
ER
EI
882
EI envía documentación
EI
ER
993
ER envía observaciones
ER
EI
994
EI envía observaciones
EI
ER
* La ER podrá emitir 211 (acepta importe) si EI ha emitido 384 (propone importe). ** La EI puede emitir 212 (acepta importe), si ER ha enviado 385 (propone importe). *** Las Respuestas Generales aumentan en 30 días Naturales la caducidad a la fecha de envío del mensaje
98
COMUNICACIONES (R4)
511
EI solicita baja
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
EI
ER
0N
541
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja solicitada EI
COMUNICACIONES (R4)
512
ER solicita baja
RESPUESTAS
OR
DE
CAD
Acción
ER
EI
0N
542
Descripción
OR
DS
RESPUESTAS ESPECIFICAS
Baja solicitada ER
99
ANEXO III. FORMULARIO DE ADHESIÓN CONVENIO ENTRE ENTIDADES ASEGURADORAS PARA EL RECOBRO DE DAÑOS DIVERSOS Y RECLAMACIÓN DE DAÑOS FORMULARIO DE ADHESIÓN
Responsable de la entidad que formula la adhesión: ___________________________________________________________________________ Cargo: ___________________________________________________________________ Teléfono: _____________________ Correo electrónico: ______________________________
Señale el Código DGSFP y nombre de la Entidad por las que responde el siguiente formulario:
Código: _______________ Entidad: ________________________________________________
La persona arriba indicada, con poder de representación de la entidad cuyo código DGSFP es recogido en este documento, manifiesta la adhesión al Convenio entre entidades aseguradoras para el recobro de daños diversos y reclamación de daños, en todas las líneas de actuación definidas en el art. 3, en las que opere la entidad. En caso de no querer adherirse a la totalidad de las líneas de actuación, márquense aquéllas que no desee incluir: Empresas e industria. Responsabilidad Civil. Transportes. Autos: Responsabilidad civil por daños materiales (según se establece en el art. 1). Seguro de Defensa jurídica. Se designa como interlocutor de la entidad a: Nombre: Cargo: Teléfono:
Fax:
Correo electrónico: ______________, a ___ de __________ del 201__
Firma y sello de la entidad
Remitir un boletín por entidad al correo electrónico
[email protected] o al fax nº 91 745 15 35
100