CONVENIO ENTRE ENTIDADES ASEGURADORAS PARA EL ...

En su día, con el objetivo de evitar acudir a la vía judicial para resolver el ...... deben ser comunicadas al Centro Compensador por el receptor al mismo, a la.
2MB Größe 235 Downloads 149 vistas
CONVENIO ENTRE ENTIDADES ASEGURADORAS PARA EL RECOBRO DE DAÑOS DIVERSOS Y RECLAMACIÓN DE DAÑOS

Versión SEPTIEMBRE 2017 (modifica la de julio de 2016)

ÍNDICE PREÁMBULO ___________________________________________________________________5 ASPECTOS GENERALES____________________________________________________________6 ARTÍCULO 1. FINALIDAD.

6

ARTÍCULO 2. OBJETIVOS.

6

ÁMBITO DE APLICACIÓN __________________________________________________________7 ARTÍCULO 3. GENERAL.

7

ARTÍCULO 4. ALCANCE.

8

ARTÍCULO 5. LÍMITES MATERIALES.

9

OPERATIVA DEL CONVENIO _____________________________________________________ 10 ARTÍCULO 6. OBLIGACIONES GENERALES DERIVADAS DEL CONVENIO.

10

ARTÍCULO 7. IRREGULARIDAD DE EXCLUSIÓN DE LEY DE CONTRATO DE SEGURO (IE-LCS).

11

ARTÍCULO 8. SISTEMA DE LIQUIDACIÓN Y COMPENSACIÓN MULTILATERAL.

11

COMPETENCIAS Y ORGANIZACIÓN ________________________________________________ 12 ARTÍCULO 9. COMISIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO.

12

ARTÍCULO 10. COMPOSICIÓN Y DESIGNACIÓN DE MIEMBROS.

12

ARTÍCULO 11. NORMAS.

13

ARTÍCULO 12. INTERLOCUTORES

13

ARTÍCULO 13. GRUPOS DE TRABAJO.

14

ARTÍCULO 14. CENTRO COMPENSADOR (TIREA).

14

CONTROL ____________________________________________________________________ 15 ARTÍCULO 15. AUDITORÍAS.

15

ARTÍCULO 16. SUSPENSIÓN DE COMPENSACIÓN.

15

ARTÍCULO 17. PENALIZACIONES.

15

ARTÍCULO 18. REGULARIZACIONES.

16

ALTA Y BAJA DE ENTIDADES _____________________________________________________ 16 ARTÍCULO 19. PROCEDIMIENTO DE ADHESIÓN AL CONVENIO.

16

ARTÍCULO 20. DURACIÓN DE LA ADHESIÓN.

16

ARTÍCULO 21. FONDO DE GARANTÍA.

17

ARTÍCULO 22. BAJA POR REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA.

17

ARTÍCULO 23. BAJA VOLUNTARIA.

18

2

ARTÍCULO 24. COMUNICACIÓN DE ALTAS Y BAJAS.

18

TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN – MEDIDAS DE SEGURIDAD __________________________ 18 ARTÍCULO 25. TRANSMISIÓN DE LA INFORMACIÓN.

18

ARTÍCULO 26. SEGURIDAD DE LOS DATOS.

19

EFECTO Y DURACIÓN DEL CONVENIO ______________________________________________ 19 ARTÍCULO 27. EFECTO Y DURACIÓN.

19

DISPOSICIÓN TRANSITORIA. TRANSICIÓN DEL CIDA Y DEL SGR.

19

ANEXO I. NORMAS DE PROCEDIMIENTO ___________________________________________ 20 1.

PROCEDIMIENTOS.

20

2.

INTERLOCUTORES.

20

3.

COMISIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO.

21

4.

TRÁMITE DE ESPECIAL CONSIDERACIÓN.

21

5.

PROCEDIMIENTO Nº 1:

21

6.

PROCEDIMIENTO Nº 2:

23

7.

PROCEDIMIENTO Nº 3.

24

8.

PROCEDIMIENTO Nº 4 (RECLAMACIÓN DE DAÑOS).

26

ANEXO II. REGLAMENTO DE MENSAJES CODIFICADOS DE SGR __________________________ 27 1. LISTA DE COMUNICACIONES ___________________________________________________ 26 2. INICIO RECOBROS PROCEDIMIENTO 1 (R1) _______________________________________ 31 3. INICIO RECOBROS PROCEDIMIENTO 2 (R2) _______________________________________ 51 4. INICIO RECOBROS PROCEDIMIENTO 3 (R3) _______________________________________ 71 5. INICIO RECLAMACIÓN DE DAÑOS (R4) ___________________________________________ 96 ANEXO III. FORMULARIO DE ADHESIÓN ____________________________________________ 99

3

4

PREÁMBULO En su día, con el objetivo de evitar acudir a la vía judicial para resolver el recobro entre entidades aseguradoras, se desarrollaron distintos instrumentos que permitiesen el recobro de los costes de los siniestros en que hubiera incurrido el asegurador del perjudicado, por reclamaciones derivadas de siniestros de daños diversos que se hallaren cubiertos en la póliza. Estas herramientas son: el Convenio sectorial de Indemnización de Daños por Agua (CIDA), la plataforma informática del Sistema de Gestión de Recobros (en adelante, SGR), gestionada por Tecnologías de la Información y Redes para las Entidades aseguradoras S.A. (en adelante, TIREA), y los acuerdos entre Entidades aseguradoras. La significativa acumulación de procedimientos judiciales sobre reclamaciones entre entidades, especialmente en siniestros de pequeña cuantía, a pesar de la existencia de estos mecanismos, llevó a la Comisión Técnica de Patrimoniales, Responsabilidad Civil y Transportes de UNESPA (en adelante, Comisión Técnica) a plantearse la necesidad de potenciar las reclamaciones de siniestros y la gestión de recobros en los ramos de multirriesgos, e impulsar la tramitación de siniestros a través de la plataforma de gestión de recobros de siniestros de ramos diversos (en adelante, SGR). Con este objetivo, dicha Comisión Técnica convino transformar SGR en un convenio sectorial, con pautas administrativas uniformes entre las Entidades aseguradoras adheridas, que permitiese: resolver de forma automatizada las reclamaciones de siniestros, principalmente en el ámbito de seguros multirriesgo, potenciando los recobros de siniestros en que hubiera incurrido el asegurador del perjudicado como consecuencia de los daños materiales cubiertos en la póliza; y, en el caso de que los daños o perjuicios sufridos por el perjudicado no estuviesen cubiertos por su póliza, iniciar una reclamación al asegurador del causante del daño o perjuicio. De este modo, se configura así el Convenio entre Entidades aseguradoras para el recobro de daños diversos y reclamación de daños, como la única herramienta sectorial para la gestión de los recobros y reclamaciones. Así, la plataforma SGR pasará a quedar integrada en el nuevo Convenio, y los objetivos y funciones del convenio CIDA y los acuerdos entre aseguradoras pasarán a formar parte del mismo, dejando de estar operativos. No obstante, será necesario que las entidades suscriban el correspondiente boletín de adhesión, en caso de que deseen adherirse al nuevo Convenio. Al presente Convenio se integran, como parte del mismo:    

Normas de procedimiento (anexo I). Reglamento de mensajes codificados del SGR (anexo II). Formulario de adhesión (anexo III). Manual de Criterios de funcionamiento del Convenio 1, en el momento en que éste sea desarrollado.

Éste Manual se irá elaborando en función de la casuística de trámites que se generen en la práctica, al interpretar el convenio por la Comisión de Control y Seguimiento en la liquidación de siniestros.

1

5

ASPECTOS GENERALES Artículo 1. Finalidad. El presente Convenio tiene como finalidad el establecimiento de un sistema con reglas uniformes entre las Entidades aseguradoras suscritas al mismo, que permita resolver de forma automatizada el recobro de los gastos e indemnizaciones en siniestros en que hubiera incurrido el asegurador del perjudicado como consecuencia de daños materiales, estéticos o la pérdida de beneficios que se hallaren cubiertos en la póliza, así como la reclamación de daños materiales o perjuicios derivados de los mismos en nombre de su asegurado, cuando éstos no estén cubiertos en su póliza, y que se encuentre dentro de las líneas de actuación afectadas por este Convenio. El recobro dirigido al asegurador del causante del siniestro (o al asegurador concurrente cuando no hay un causante), se realizará por los importes reales satisfechos en concepto de dichos gastos e indemnizaciones, no existiendo módulos de compensación a tal efecto. Los pólizas implicadas podrán ser del ramo de Diversos o de Automóviles, pero obligatoriamente al menos una de ellas deberá ser del ramo de Diversos. La tramitación de daños personales, así como de los daños materiales entre pólizas de Automóviles, quedan expresamente excluidos de la finalidad de este Convenio.

Artículo 2. Objetivos. El Convenio establecido, dentro del marco de las relaciones internas de las Entidades aseguradoras suscritas, persigue los siguientes objetivos:   

 

Transmitir a los asegurados y al conjunto de la Sociedad una imagen sectorial moderna, ágil, eficaz y comprometida en la mejora del servicio prestado por las Entidades aseguradoras. Dar primacía a la atención al asegurado, dando por cerrados los siniestros, en el menor plazo posible. Establecimiento de métodos administrativos simplificados comunes que, mejorando el entendimiento y colaboración entre las Entidades aseguradoras, consigan reducir los gastos de la gestión de los siniestros a través de la automatización de los procesos. Evitar las reclamaciones judiciales entre las Entidades aseguradoras, suprimiendo los gastos y los retrasos inherentes a este tipo de procesos. Ofrecer una garantía en el reembolso a la entidad aseguradora del perjudicado.

A fin de aumentar ese grado de eficacia, simplificar y agilizar la gestión de los recobros y reclamaciones de daños (en adelante, “trámites”), y resolver la compensación económica entre las Entidades aseguradoras, la gestión de estos trámites entre las Entidades aseguradoras adheridas, se realizará a través del sistema SGR.

6

ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 3. General. El presente Convenio se configura para la gestión de los recobros y reclamaciones de daños entre Entidades aseguradoras, por los siniestros ocurridos en territorio nacional, incluidos los de daños por agua, enmarcados en las siguientes líneas de actuación: 

Diversos: o o o o o o o



Hogar. Comunidades. Comercio (negocio) y oficinas. Empresas e industria. Responsabilidad Civil.2 Transportes. Seguro de Defensa jurídica (sólo en reclamación de daños) 3.

Autos: o

Responsabilidad civil por daños materiales.

El Convenio afecta a los siniestros en los que al menos una de las dos pólizas implicadas (perjudicada y/o causante) pertenezca a las líneas del grupo de Diversos listadas anteriormente. Para el inicio de un procedimiento de recobro o de reclamación de daños es necesario que la póliza del causante del daño incluya una garantía de responsabilidad civil, excepto en los casos de concurrencia de seguros, en los que será necesario que la póliza de la entidad a la que se reclama incluya la garantía afectada. Del mismo modo, para el inicio de un procedimiento de reclamación de daños, la póliza del perjudicado debe incluir una cobertura de reclamación de daños o de defensa jurídica. Las Entidades adheridas al Convenio podrán iniciar trámites por siniestros de aquellas líneas de actuación con las que se hubieren incorporado en el momento de la adhesión, o con posterioridad, dirigidos a cualquiera de las líneas disponibles en la Entidad supuestamente causante. Las Entidades que se adhieran al Convenio deberán incorporar como mínimo, siempre que operen en ellas, las siguientes líneas de actuación:   

Hogar. Comunidades. Comercio (negocio) y oficinas.

Pólizas que protejan al asegurado específicamente por la responsabilidad civil en que pueda incurrir ante terceros por actos de los que sea responsable. Las garantías de responsabilidad civil dentro de un multirriesgo (hogar, comunidades, …), quedan amparadas por el seguro multirriesgo de referencia

2

Las entidades de defensa jurídica podrán realizar gestiones de reclamación de daños en nombre de su asegurado, ya sea éste un particular o una entidad aseguradora adherida al convenio.

3

7

Para el caso específico de entidades aseguradoras de defensa jurídica que deseen adherirse al Convenio para la gestión de reclamaciones en nombre de su asegurado, será suficiente con que operen en el ramo de Defensa jurídica. Se establece SGR como el único sistema sectorial para la gestión de los recobros y reclamación de daños, siendo de aplicación a los trámites, el Manual de Criterios (en el momento en que se constituya), el Reglamento de mensajes codificados de SGR y las Normas de Procedimiento.

Artículo 4. Alcance. El Convenio se aplica a los trámites de siniestros cuya fecha de ocurrencia sea posterior a la fecha de adhesión de la entidad en el convenio, con las especialidades descritas en su disposición transitoria. A los únicos efectos de este Convenio, el plazo máximo para el inicio del trámite es de un año a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro. No obstante, en el caso de los recobros en los que las dos líneas de actuación o coberturas implicadas sean de responsabilidad civil de diversos, el plazo máximo será de un año a partir de la fecha en la que se hizo efectivo el pago de indemnización que sea objeto de recobro (en adelante, toda referencia hecha en el Convenio a la fecha de siniestro o de ocurrencia del siniestro, en relación con la prescripción, se entenderá como fecha en la que se hizo efectivo el pago, para estos casos). Este plazo será el mismo en los supuestos de concurrencia de seguros y/o culpabilidades. En los casos de concurrencia de seguros, las referencias realizadas en el texto del Convenio y sus anexos, a “entidad del supuestamente causante”, “entidad del causante” y similares, se entenderán que hacen referencia a la entidad concurrente. Se definen tres tipos de gestiones que son de aplicación: 

Recobro General: recobro de la cantidad total previamente indemnizada o de la totalidad del importe reparado por la entidad al asegurado o tercero perjudicados, por coberturas de daños propios o de responsabilidad civil, respectivamente, sin reducción de ningún importe, en función de las condiciones de su póliza, por conceptos tales como, franquicia, infraseguro, límite de garantía, regla de equidad. Como presupuesto para esta gestión, es necesario que la póliza del causante incluya la cobertura de responsabilidad civil, excepto en los casos de concurrencia de seguros, en los que será necesario que la/s póliza/s de la/s entidad/es a la/s que se reclama incluyan la garantía afectada.



Recobro Mixto: recobro de la cantidad correspondiente al perjuicio total ocasionado al asegurado o tercero perjudicados, por coberturas de daños propios o de responsabilidad civil, respectivamente, en el que el asegurador que inicia el recobro detalla la aplicación de una reducción de la indemnización a su asegurado por la aplicación de las condiciones establecidas en su póliza (franquicia, infraseguro, límite de garantía, regla de equidad). El asegurador, al serle abonado el recobro por la aseguradora del causante, liquidará a su asegurado o tercero perjudicados, el importe inicialmente deducido de la indemnización. Como presupuesto para esta gestión, es necesario que la póliza del causante incluya la cobertura de responsabilidad civil, excepto en los casos de concurrencia de seguros, en los que será necesario que la/s póliza/s de la/s entidad/es a la/s que se reclama incluyan la garantía afectada.

8



Reclamación de Daños: trámite en el que el asegurador efectúa una reclamación en nombre de su asegurado-perjudicado4, cubierto por una garantía de reclamación de daños o defensa jurídica, para el resarcimiento de los daños sufridos, al asegurador del causante de los daños, que deberá estar cubierto por una garantía de responsabilidad civil. Este trámite no es un recobro al no existir una indemnización o reparación satisfecha al perjudicado.

Todas las gestiones incluyen los recobros o reclamaciones de daños en situación de concurrencia de seguros y/o culpabilidades. No existe límite de trámites a realizar por número de perjudicados, causantes del siniestro o seguros concurrentes, pudiéndose iniciar cuantos sean necesarios cuando exista más de un culpable o perjudicado. En el caso de existir más de un perjudicado y/o causante o seguro concurrente, el porcentaje de reparto del recobro o reclamación será determinado entre las entidades involucradas en el siniestro. A través de SGR sólo se podrán gestionar trámites derivados de daños materiales, daños estéticos, o pérdida de beneficios, quedando excluido cualquier daño de distinta naturaleza. Los gastos de los reparadores (visitas, viajes, gestión) sólo se podrán recobrar cuando formen parte de los trabajos realizados. En ningún caso se podrán recobrar sin que haya existido reparación posterior. La tramitación de daños personales, así como de daños materiales entre pólizas de Automóviles, quedan expresamente excluidos del alcance de este Convenio. No serán objeto de recobro, los gastos de envío de peritos y sus honorarios (serán considerados gastos de gestión interna de la aseguradora).

Artículo 5. Límites materiales. Se definen los siguientes límites de aplicación en función del tipo e importe del trámite:  

En la reclamación de daños en nombre del asegurado, se establece que no hay límite de importe en la tramitación y no se producirán aceptaciones tácitas. En la tramitación de recobros (generales o mixtos), se establece el límite genérico de 60.000 €, y se definen tres tramos en función de la cuantía del recobro, con el objetivo de dotar a cada uno de los tramos con una normas de procedimiento específicas que permitan agilizar los de menor importe (tramo 1), permitiendo la negociación, con límite de importes, en la tramitación de los de mayor cuantía (tramos 2 y 3). Los límites y tramos quedan definidos como sigue: o o

o

Tramo 1: de importe igual o menor que 1.500 € y para el que se establecen aceptaciones tácitas si la Entidad del supuestamente causante no contesta. Tramo 2: de importe mayor que 1.500 € e igual o menor que 15.000 € y para el que se establecen aceptaciones tácitas con preaviso, si la Entidad del supuestamente causante no contesta. Tramo 3: importe mayor que 15.000 € e igual o menor de 60.000 € y para el que no se establece aceptaciones tácitas.

A efectos de lectura del Convenio, y en relación a la gestión de reclamación de daños, en el caso de entidades aseguradoras de Defensa jurídica se entenderá por asegurado tanto a un particular como a una entidad aseguradora adherida al Convenio.

4

9

Para determinar el importe límite por tramo, se incluye el IVA (o IGIC), así como cualquier franquicia, infraseguro, regla de equidad o límite de garantía que pueda ser de aplicación. En la tramitación de recobros prevalecerá el criterio de valoración, del importe indemnizado o bien reparado, aplicado por la entidad del perjudicado, no pudiendo oponerse la entidad del causante argumentando la depreciación de los bienes. La entidad supuestamente causante podrá considerar un trámite de “Especial Consideración”, cuando el importe reclamado supere la cobertura, límite de garantía (de capital asegurado) o límites operativos, en la entidad causante.

OPERATIVA DEL CONVENIO Artículo 6. Obligaciones generales derivadas del Convenio. Las Entidades adheridas se someterán al texto del Convenio, a su Manual de Criterios y al Reglamento de mensajes codificados de SGR, y especialmente a las normas de procedimiento establecidas para el desarrollo práctico del Convenio, que se incluyen como Anexo I, al presente Convenio. La Entidad del asegurado perjudicado, adherida al presente Convenio, se compromete igualmente a: 







Cuando su asegurado disponga de cobertura de daños propios, y así se lo requiera a la entidad, deberá indemnizar o reparar los daños producidos en los bienes asegurados, conforme a las condiciones de la póliza suscrita entre ambos. Si el asegurado perjudicado no tiene contratada una cobertura de daños propios, pero sí de reclamación de daños y/o defensa jurídica, deberá iniciar el trámite de reclamación de daños en nombre de su asegurado (salvo que el asegurado opte por la libre elección de letrado). No modificar o ampliar los importes de recobro (generales o mixtos) una vez iniciados para incluir importes que puedan ser objeto de recobro pero aparecidos con posterioridad. En el caso de descubrir ampliaciones al importe reclamado, se dará de baja el recobro iniciado y abrirá un nuevo recobro, con el nuevo importe total. No judicializar las reaperturas de trámites finalizados. Con la finalización y cobro de un trámite, la Entidad reclamante se declara indemnizada y renuncia a toda reclamación posterior que le pudiera corresponder por el citado siniestro. Cuando la perjudicada decida interponer demanda judicial y observe que de la información disponible se deduce clara responsabilidad del causante, se podrá en contacto con el interlocutor designado para revisar de nuevo el expediente y, en su caso, ratificar o modificar su decisión.

La entidad del causante, adherida al presente Convenio, se compromete igualmente a: 



No rechazar el trámite por encontrarse el recibo pendiente. Puede rechazarse un trámite en caso de inexistencia de seguro o suspenso de la póliza, pero el hecho de encontrarse la prima pendiente de pago, no es un motivo de rechazo justificado. No rechazar un trámite por no tener abierto parte la entidad que recibe el recobro o la reclamación de los daños. El compromiso de la causante es investigar la reclamación recibida, realizando cuantas gestiones internas sean necesarias.

10





En caso de que la Entidad causante considere que la fecha de siniestro facilitada difiere, afectando a la prescripción con la que a ella le consta, puede rechazar la reclamación indicando la causa del rechazo. Iniciar, a la mayor brevedad posible, la búsqueda y reparación de la causa del siniestro al objeto de poder reparar el daño producido al perjudicado con la mayor celeridad, o instar a ello al tercero causante del daño, en el caso de que su póliza no garantice la reparación.

A efectos del Convenio, el inicio de la tramitación interrumpe prescripción, es decir, las Entidades adheridas al Convenio no alegarán prescripción del siniestro si el trámite se ha iniciado. Aunque unos de los objetivos del presente Convenio es evitar judicializar los trámites objeto del mismo, podrán presentarse en un juicio los diálogos y documentos intercambiados en el Sistema y podrán tener validez (a criterio del juez) al ser información intercambiada entre las partes y por tanto vinculante.

Artículo 7. Irregularidad de exclusión de Ley de Contrato de Seguro (IE-LCS). Irregularidad de Exclusión de la Ley de Contrato de Seguro (IE-LCS) es todo acto realizado por acción u omisión, de manera intencionada y contraria a la verdad, en la contratación del seguro, declaración del siniestro y acreditación del daño causado, con ánimo de obtener un enriquecimiento injusto de la aseguradora, siendo la característica principal, el ánimo de engaño y la actuación en contra del principio de buena fe. Las Entidades adheridas adquieren el compromiso de investigar los casos en los que existan indicios suficientes de presunción de irregularidad tanto en la ocurrencia del siniestro como en la determinación de los daños. A tal efecto, la entidad que presuma existe un supuesto de posible irregularidad debe ponerlo en conocimiento de la otra entidad aseguradora implicada en el siniestro, que vendrá obligada a aportar las pruebas documentales que obtenga, sin eximir este hecho la aplicación del Convenio.

Artículo 8. Sistema de liquidación y compensación multilateral. En todo siniestro que se tramite y liquide conforme a este Convenio, la entidad del asegurado perjudicado adquiere la condición de Entidad Acreedora (que inicia el trámite de recobro o reclamación de daños), y la entidad que asegura al responsable o causante, la de Entidad Deudora (que recibe el trámite de recobro o reclamación de daños). Para los pagos derivados de cada siniestro, se establece el sistema de compensación multilateral de saldos, que genera de forma automática mensualmente los movimientos económicos de cargo y abono para cada una de las Entidades.

11

COMPETENCIAS Y ORGANIZACIÓN Artículo 9. Comisión de Control y Seguimiento. Se constituye una Comisión de Control y Seguimiento (en adelante, Comisión de Control) para interpretar este Convenio, velar por su cumplimiento y dar solución a las cuestiones conflictivas que pudieran suscitarse entre las entidades adheridas sobre los trámites en que no se haya alcanzado un acuerdo, ni en la fase de tramitación ni de interlocución. Serán funciones y facultades de la Comisión de Control, las siguientes: 1.

Interpretar el Convenio, y los documentos que forman parte de éste, en aquellas cuestiones que les sean sometidas por las entidades adheridas, y dirimir los desacuerdos existentes entre ellas.

2.

Analizar y formar criterio de solución para todos los aspectos y supuestos que, relacionados con la finalidad del Convenio, se den en la práctica y no se hayan previsto en su regulación. También podrán adoptar cuantas medidas de carácter urgente sean imprescindibles para el buen funcionamiento del Sistema, debiendo dar cuenta a la Comisión Técnica.

3.

Responder consultas y resolver impugnaciones sometidas por las entidades aseguradoras.

4.

Proponer a la Comisión Permanente de la Comisión Técnica, las modificaciones y ampliaciones que deban incorporarse al Convenio para perfeccionar y completar su contenido, así como las medidas necesarias para la detección del incumplimiento de los mismos que conlleven una tramitación irregular por parte de cualquiera de las entidades en claro perjuicio del resto de entidades adheridas.

5.

Proponer a la Comisión Técnica la suspensión de tramitación mediante SGR en los supuestos previstos en el artículo 17 para que ésta lo ponga en conocimiento de las entidades adheridas.

6.

Proponer a la Comisión Técnica los cambios necesarios para mejorar la operativa del SGR, entre otras, la creación de grupos de trabajo y la convocatoria de asambleas informativas a las entidades adheridas.

7.

Analizar el comportamiento de cada Entidad adherida en relación con el Convenio. y, en función de la trascendencia, gravedad y reiteración de las infracciones o de los actos de obstrucción o falta de espíritu de cumplimiento que detecte, se informará a la Comisión Técnica.

8.

Actuar como árbitro en los trámites de los procedimientos 1 y 2 (detallados en el anexo I) elevados a la Comisión de Control.

9.

Tramitar las solicitudes de alta de las entidades, formalizándolas en el plazo de un mes e informando con posterioridad a la Comisión Técnica de Seguros Patrimoniales, R.C. y Transportes.

Artículo 10. Composición y designación de miembros. La Comisión de Control y Seguimiento estará formada por un representante de UNESPA que hará la función de Coordinador, un representante de TIREA y un representante por cada entidad aseguradora que esté interesada, con el límite de un representante por grupo asegurador.

12

Para el buen funcionamiento de la Comisión de Control y del Convenio en general, es necesario que los miembros de la Comisión tengan cierta continuidad en la misma, al objeto de mantener una línea de trabajo, que no se produzcan variaciones bruscas de criterios y disponer de la experiencia necesaria para proponer y decidir soluciones sobre cuestiones que afectan a todas las entidades. El coordinador de la Comisión de Control dispondrá del control de fechas de alta y baja de los miembros de la misma. Los miembros de la Comisión de Control se comprometen y obligan en el ejercicio de sus funciones a guardar y respetar las normas de defensa de la competencia y de protección de datos de carácter personal, recayendo en estos cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de su incumplimiento.

Artículo 11. Normas. La Comisión de Control actuará, según sus distintas funciones, conforme a las siguientes normas: 



  





A través de la Comisión Técnica, difundirá entre las Entidades adheridas información sobre los casos que les sean planteados y que resuelva. Hará una breve exposición de las discrepancias surgidas y explicará escuetamente el fallo adoptado. Tal información la cursará con el mismo ritmo con que celebre sus reuniones de trabajo. Las Entidades involucradas en el siniestro deberán facilitar toda la documentación justificativa de su posicionamiento, sobre la que se basará la Comisión de Control para emitir una resolución, sin que aquéllas intervengan en el dictamen final. Las reuniones de la Comisión de Control tienen periodicidad trimestral, si bien ésta puede cambiarse en función del número de casos en discusión que se le sometan a su consideración. Las decisiones de la Comisión de Control se basarán en criterios de aplicación general, inspirados en consideraciones estrictamente técnicas y/u objetivas, transparentes y revisables. Las decisiones adoptadas por la Comisión de Control, que sirven para la creación de una doctrina interna que está previsto que se recoja en el Manual de Criterios (en un futuro, figurará como anexo III a este documento), se notificarán a las partes en el plazo máximo de tres días siguientes a la celebración de la reunión, siendo vinculantes en los casos de los siniestros incluidos en los Procedimientos nº 1 y nº 2 del anexo I. Para los siniestros del Procedimiento nº 3 del anexo I, las decisiones de la Comisión de Control, aunque también forman parte de la doctrina interna aplicable a otros casos similares, se consideran como meras recomendaciones para su valoración por las Entidades implicadas. En el caso de las entidades no acepten las recomendaciones de la Comisión de Control, éstas podrán acudir a la vía judicial. Las deliberaciones de la Comisión de Control se documentarán debidamente en actas, las cuales serán remitidas a todos sus miembros.

Los plazos de ejecución de las decisiones de la Comisión de Control, para cada uno de los procedimientos, se detallan en el Reglamento de mensajes codificados del SGR (anexo II).

Artículo 12. Interlocutores Para solucionar las discrepancias que surjan en las relaciones recíprocas por aplicación del Convenio, y previamente a su sometimiento a la Comisión de Control, las entidades aseguradoras adheridas deberán

13

designar, como mínimo, y en función del volumen de siniestros tramitados, un interlocutor, al objeto de que la tramitación se realice de forma ágil y efectiva. Cada entidad comunicará a la Comisión Técnica de Patrimoniales, Responsabilidad Civil y Transportes de UNESPA los datos identificativos de los interlocutores, indicando además de los nombres y apellidos, el centro de trabajo, teléfono, fax y e-mail. La Comisión Técnica los incluirá y actualizará en una base de datos gestionada por el Centro Compensador (TIREA), teniendo únicamente acceso a la misma los interlocutores designados. En el supuesto de no alcanzarse un acuerdo entre los tramitadores, en los casos establecidos en las normas de procedimiento, las Entidades se obligan, transcurrido el plazo establecido para cada fase de tramitación, a mantener un diálogo entre los interlocutores designados por las Entidades adheridas.

Artículo 13. Grupos de trabajo. Se podrán constituir puntualmente grupos de trabajo para el estudio y desarrollo de acciones específicas que le encargue la Comisión de Control, quedando disueltos a su finalización. Los componentes que formen parte de los grupos de trabajo serán elegidos por la Comisión de Control. Cada grupo de trabajo será coordinado como mínimo por dos componentes de la Comisión de Control, que serán los responsables del desarrollo de las acciones que han motivado la constitución del mismo y del traslado a la Comisión de Control de las conclusiones finales.

Artículo 14. Centro Compensador (TIREA). El Centro Compensador (TIREA), como empresa prestadora de servicios, es garante del buen funcionamiento del Convenio. Para ello debe: 

  

Implementar en SGR las medidas de seguridad recogidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Finalizada la compensación, se bloqueará cualquier información que hayan podido transmitirse las Entidades aseguradoras, salvo la relativa a los propios movimientos de posición de las entidades aseguradoras en el sistema de compensación, conservándose únicamente a los efectos de los requerimientos que puedan formular las Administraciones Públicas, Jueces y Tribunales. Informar a la Comisión de Control de cuantas incidencias se produzcan en el sistema de compensación. Asesorar a la Comisión de Control en cuantos asuntos requieran de su colaboración. Prestar su apoyo a los profesionales que realicen auditorías en las Entidades aseguradoras aportando cuanta información les requieran, siempre que la misma no afecte al derecho a la intimidad y a la confidencialidad por estar referida a datos de los asegurados.

14

CONTROL Artículo 15. Auditorías. Al objeto de controlar el correcto funcionamiento y cumplimiento del Convenio, tramitado vía SGR, las Entidades aseguradoras vendrán obligadas a someterse a auditoría. Los parámetros, criterios y periodicidad de la auditoría se establecerán por la Comisión de Control, que deberá someterlo a aprobación de la Comisión Técnica.

Artículo 16. Suspensión de compensación. La Comisión de Control, ante un comportamiento de la Entidad Aseguradora adherida, que ponga de manifiesto la falta de tramitación mediante la transmisión y recepción de mensajes a través de SGR, adoptará con carácter urgente y como medida cautelar la suspensión de compensación a través del Centro de Compensación, la cual se comunicará por la Comisión Técnica a la entidad y al resto de adheridas en un plazo máximo de siete días desde que tomó efecto la suspensión. No obstante lo anterior, tanto la entidad suspensa como el resto de Entidades aseguradoras continuarán transmitiendo las reclamaciones, las cuales se registrarán informáticamente al objeto de que levantada la suspensión puedan tramitarse ordinariamente, o si la entidad definitivamente causa baja en el Convenio pueda procederse a la liquidación de saldos.

Artículo 17. Penalizaciones. Las entidades aseguradoras están obligadas a hacer efectivo el pago de los saldos deudores en la fecha indicada por el Centro Compensador (TIREA). El incumplimiento de esta obligación determinará la obligación de asumir todos los gastos y perjuicios derivados del retraso en el pago, incluidos los correspondientes intereses por descubierto. En el caso de que, por cualquier causa, el retraso en el pago excediera del plazo de 5 días naturales, la entidad aseguradora que incurriese en el retraso abonará adicionalmente en concepto de penalización un recargo por mora del 10 % del principal de la deuda, que se integrará en el Fondo de Garantía previsto en este Convenio. Si la Entidad no satisface la deuda, tanto el principal como la penalización, dentro del mismo mes natural en el que se produjo el impago, será suspendida cautelarmente a partir del primer día del mes siguiente, procediéndose de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este Convenio. Previamente a la sanción, la Comisión de Control informará de la irregularidad a la entidad asegurada con el fin de evitar la penalización y para que regule la situación.

15

Artículo 18. Regularizaciones. De considerarse necesario, se podrá contemplar dentro del Convenio, un procedimiento específico para las regularizaciones, considerando como regularización la acción para adecuar económicamente las resoluciones judiciales o todo aquello que siendo o no judicial debía haberse resuelto dentro del ámbito de aplicación del Convenio.

ALTA Y BAJA DE ENTIDADES Artículo 19. Procedimiento de adhesión al Convenio. Podrá solicitar su adhesión al Convenio toda Entidad aseguradora autorizada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para operar en los ramos en los que estén incluidas las líneas de actuación determinadas en el Artículo 3 del presente Convenio. Independientemente de que UNESPA sea promotora del presente Convenio, no será requisito de adhesión el hecho de que la Entidad aseguradora sea miembro de dicha Asociación. En el caso de que una Entidad aseguradora desee adherirse al Convenio, deberá: 



 

Solicitar la adhesión a través de la Comisión de Control, quien verificará los procesos de funcionamiento del Convenio y del SGR y realizará las formalizaciones correspondientes en el plazo máximo de un mes, informando con posterioridad a la Comisión Técnica. Someterse a una auditoria informática para la verificación de que existe la adecuación técnica e informática necesaria para la tramitación de recobros y reclamaciones de daños por este medio. La verificación de la idoneidad de la entidad en éste ámbito se realizará por la empresa que gestiona informáticamente el Centro Compensador (TIREA). Efectuar el depósito del importe del Fondo de Garantía. Firmar el Convenio de Adhesión y el Convenio de prestación de servicios con la empresa que gestiona informáticamente el Centro Compensador (TIREA).

Aceptada la adhesión, dicha Comisión comunicará por escrito a la Entidad aseguradora solicitante la fecha de entrada en vigor al Convenio, que será fijada con el diferimiento que permita informar previamente, a efectos operativos, al resto de las Entidades adheridas.

Artículo 20. Duración de la adhesión. La adhesión al Convenio tendrá una duración inicial desde la fecha de adhesión al 31 de diciembre del año siguiente, y se prorrogará tácitamente por períodos anuales en tanto no se notifique a la Comisión Técnica la oposición a la prórroga con una antelación mínima de dos meses antes del 31 de diciembre de la anualidad en curso.

16

Artículo 21. Fondo de garantía. El importe que debe constituir cada Entidad adherida, con naturaleza de fondo de garantía, tiene la finalidad de responder solidariamente frente al propio Sistema y, por tanto, frente al resto de entidades aseguradoras, de los saldos deudores de cualquiera de las entidades que forman parte del mismo. Cada entidad aseguradora adherida al sistema, deberá depositar 6.010,12 € en la cuenta bancaria cuya titularidad corresponde a TIREA, quien realiza la gestión informática y el tratamiento de datos de SGR. TIREA no responderá en ningún caso con su propio patrimonio frente a las deudas que se generen por el Sistema de Compensación que excedan de la cuantía que constituye el Fondo de Garantía. El Comité Ejecutivo de UNESPA, a propuesta de la Comisión Técnica, podrá disponer que se incremente el importe de la aportación cuando existan motivos fundados para ello. La modificación afectará, al mismo tiempo, a todas las Entidades adheridas. La cantidad aquí reflejada habrá de ser depositada una vez se haya formalizado su contrato con TIREA, quedando supeditada a tal requisito la efectividad de su incorporación. En caso de baja del Convenio por las causas previstas en sus artículos 22 y 23, sólo se procederá a la devolución de la aportación al Fondo de Garantía en los supuestos de baja voluntaria, cesión total de cartera o fusión por otra entidad aseguradora adherida al Convenio, sin que proceda en ningún otro caso. En caso de devolución, deberá haber transcurrido un año desde la fecha de efecto y la fecha de la baja efectiva, con el fin de que se cierren los siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de efecto y que hubiesen sido reclamados entre ambas fechas. No obstante, una vez transcurrido dicho año, se reembolsará el fondo, después de haber deducido las cuantías de las que fuere deudora la entidad.

Artículo 22. Baja por revocación de la autorización administrativa. La revocación de la autorización administrativa para operar en cualquiera de las líneas de actuación afectadas por este Convenio conllevará su baja automática parcial o total en el Sistema, desde el día de publicación en el B.O.E. de la Orden por la que se declare la misma, con los siguientes efectos, en función de cual sea la causa de revocación: 







Cesión de cartera: La entidad adquirente se subrogará en todos los derechos y obligaciones derivados del Convenio desde la fecha de otorgamiento de la escritura pública o desde aquella en la que deba tener efecto la cesión. Fusión: La nueva entidad aseguradora resultante de la fusión de dos o más entidades o, si la fusión se produce por absorción, la entidad absorbente, sustituirá legalmente a las desaparecidas o absorbidas en todos los derechos y obligaciones derivados del presente Convenio, desde la fecha de otorgamiento de la escritura pública o de aquélla en la que deba tener efecto la fusión. Escisión: La nueva entidad que se cree con motivo de la escisión o las que absorban las partes escindidas sustituirán legalmente a la escindida en todos los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos que a cada una hayan correspondido, desde la fecha del otorgamiento de la escritura pública o desde aquélla en que deba tener efecto la escisión. Declaración judicial de concurso, disolución voluntaria o administrativa sin intervención en la liquidación por el Consorcio de Compensación de Seguros. Con independencia de la baja automática de la entidad del Convenio, y la consiguiente suspensión de tramitaciones en las que ésta intervenga, antes de procederse a la desconexión definitiva, se deberá efectuar la compensación de saldos de los siniestros pendientes.

17



Liquidación encomendada al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS): La entidad será baja automática, suspendiéndose la tramitación a través de SGR, el mismo día en que se publique en el B.O.E. la Orden del Ministerio de Economía por la que se acuerda su disolución y se encomiende la liquidación al CCS. No se procederá a la desconexión de SGR, que seguirá registrando, únicamente a efectos informativos, las reclamaciones que se produzcan desde esta fecha hasta la de vencimiento de los contratos, al objeto de facilitar su liquidación por el CCS.

Artículo 23. Baja voluntaria. La Entidad adherida que desee causar baja en la totalidad de sus líneas de actuación, o sólo en algunas de ellas, lo comunicará por escrito a través de la Comisión Técnica, con un mínimo de dos meses de anticipación al vencimiento del período anual en curso. Será responsabilidad de la Comisión de Control la tramitación de la baja de las Entidades aseguradoras en el Convenio. Esta baja se tramitará de modo provisional, no permitiendo la apertura de nuevas reclamaciones de siniestros con fechas de ocurrencia anteriores a la misma en las que intervenga como Acreedora o Deudora dicha Entidad. La desconexión del SGR se efectuará con la compensación o liquidación de los siniestros pendientes.

Artículo 24. Comunicación de altas y bajas. La Comisión de Control se obliga a comunicar a las Entidades adheridas las altas y bajas que se vayan produciendo, en cada línea de actuación con indicación de las fechas de efectividad de unas y otras. La Entidad que cause baja, mantiene sus derechos y sigue obligada por las disposiciones del Convenio hasta la cancelación total, con las demás adheridas, de los siniestros comunes ocurridos hasta la fecha de efecto de la baja.

TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN – MEDIDAS DE SEGURIDAD Artículo 25. Transmisión de la información. Las Entidades aseguradoras adheridas son responsables tanto de la información transmitida, como del procedimiento informático de envío y recepción al Centro Compensador. La recepción de transmisiones incompletas o incorrectas, deben ser comunicadas al Centro Compensador por el receptor al mismo, a la mayor brevedad posible. En caso de discrepancia entre la información existente en las Entidades, prevalecerá la que conste en el Centro Compensador. Por su parte, el Centro Compensador, responsable del correcto funcionamiento del Sistema, especialmente en lo relativo al tratamiento y validación de la información recibida de las Entidades aseguradoras adheridas a este Convenio, realizará la distribución de datos y mensajes codificados, canalizándolos hacia su respectivo destino para que en tiempo y forma estén a disposición de las Entidades. El destino de la información será el del centro operativo que designe cada Entidad.

18

Artículo 26. Seguridad de los datos. Las Entidades aseguradoras adheridas adoptarán las medidas precisas para garantizar que sus transmisiones de datos sean correctas y completas, así como se comprometen a mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos intercambiados, o que se obtengan como consecuencia del procesamiento de los mismos, debiendo incorporar al Sistema estrictos controles de seguridad que eviten un uso indebido de la información o accesos no autorizados, garantizando en todo caso el cumplimiento de la legislación vigente en materia de la protección de datos de carácter personal y, en concreto de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos Personales y su Reglamento.

EFECTO Y DURACIÓN DEL CONVENIO Artículo 27. Efecto y duración. Este Convenio entrará en vigor el 01 de julio de 2016 y su duración es indefinida.

Disposición Transitoria. Transición del CIDA y del SGR. Para las Entidades que ya estaban operando en CIDA o en SGR con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo convenio, en el caso de que se adhieran voluntariamente al mismo, se establece el siguiente régimen de transición:    





Las entidades no podrán iniciar nuevos trámites en SGR y CIDA a partir de la fecha de entrada en vigor del nuevo Convenio. Se aplicarán automáticamente las normas de funcionamiento del nuevo Convenio a todos los trámites iniciados a partir de la fecha de adhesión de la Entidad al mismo. Los trámites que se hubiesen iniciado en CIDA y SGR con anterioridad a la entrada en vigor del Convenio, serán gestionados conforme a las respectivas reglas del CIDA y SGR. La entidad podrá iniciar trámites de siniestros ocurridos antes de su adhesión al nuevo Convenio, aplicándose las reglas del mismo, siempre que , cumpliendo todos los requisitos establecidos para ello, dicha adhesión se produzca en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en vigor del Convenio. Transcurrido dicho plazo sin que la Entidad se hubiese adherido al nuevo Convenio, TIREA procederá a darla de baja en SGR. Si se adhiriera posteriormente al nuevo Convenio, sólo podrá iniciar trámites de siniestros ocurridos con posterioridad a su fecha de adhesión al mismo. Aquellas entidades que no tengan trámites pendientes en CIDA anteriores a la fecha de entrada en vigor del Convenio, serán dadas de baja en CIDA en dicha fecha. Las que tengan trámites pendientes, causarán baja en CIDA una vez finalicen los mismos.

19

ANEXO I. NORMAS DE PROCEDIMIENTO 1. Procedimientos. Se definen cuatro procedimientos, que se aplicarán en función del tipo de trámite y el tramo de importe. Cada uno de estos procedimientos tiene asociadas unas normas y un reglamento de mensajes donde se detallan las comunicaciones, sus respuestas, los plazos y las acciones por caducidad. En todos los casos: 

 

Cualquiera que sea el procedimiento definido, una vez iniciado el trámite las Entidades se obligan a que los tramitadores mantengan un diálogo dentro de los plazos establecidos en el Reglamento de mensajes codificados. En la asignación de un procedimiento, el importe de referencia es la primera cantidad propuesta. La entidad que inicia el trámite se compromete a enviar la información del siniestro (lugar y fecha, los datos del asegurado o tercero perjudicados, descripción del siniestro e información que le permita a la entidad receptora localizar el siniestro) y realizar las comprobaciones y gestiones oportunas.

2. Interlocutores. Caso de no alcanzarse un acuerdo entre los tramitadores, las Entidades se obligan, transcurrido el plazo establecido en el Reglamento de mensajes codificados del SGR para la fase de tramitación, a mantener un diálogo entre los interlocutores designados por las Entidades adheridas, en los siguientes casos:  

En el supuesto de rehúse en los Procedimientos de gestión nº 1 y nº 2 establecidos y siempre que el motivo alegado permita continuar el diálogo. Específicamente en el Procedimiento nº 3, en el supuesto de no recibir contestación de la causante.

Se establece un plazo máximo de 20 días, en que la fase de interlocución debe concluir. No obstante en el caso que la Entidad a la que se dirige el trámite necesite un plazo superior para realizar determinadas averiguaciones, se prevé un diálogo para la ampliación del plazo establecido por otro periodo improrrogable de igual duración. En caso de no alcanzarse un acuerdo (aceptación de responsabilidad o abandono) en la fase de interlocución, el siniestro será sometido a la Comisión de Control y Seguimiento. Por ello, las Entidades adheridas se comprometen a que, antes de que concluya la fase de interlocución, caso de no llegarse a un acuerdo, por la Entidad reclamante se cumplimentará, a través del sistema, el mensaje que a tal efecto se establezca en el mismo, indicándose la alternativa de entre las siguientes que proceda:  

El recobro es baja. Se pasa a la Comisión Control.

El sistema comunicará al interlocutor de la Entidad a la que se dirige el recobro, la alternativa cumplimentada. En el supuesto de no haberse cumplimentado ninguna alternativa, se comunicará como baja.

20

3. Comisión de Control y Seguimiento. 



Las decisiones adoptadas por la Comisión de Control, que sirven para la creación de una doctrina interna recogida en el Manual de Criterios anexo a este documento, se notificarán a las partes en el plazo máximo de tres días siguientes, siendo vinculantes en los casos de los siniestros incluidos en los Procedimientos nº 1 y nº 2. Para los siniestros del Procedimiento nº 3, las decisiones de la Comisión de Control, aunque también forman parte de la doctrina interna aplicable a otros casos similares, se consideran como meras recomendaciones para su valoración por las Entidades implicadas. En el caso de que el siniestro no se resuelva, las entidades podrán recurrir a la vía judicial.

4. Trámite de Especial Consideración. Cuando en la tramitación de un siniestro el importe del siniestro objeto de la reclamación supere la cobertura límite de garantía (capital asegurado) o límites operativos, en la entidad causante, éste podrá ser considerado por la entidad supuestamente causante como de “Especial Consideración”, y ser enviado directamente a Interlocución, informando debidamente de las razones por las que así lo considera. De no resolverse de común acuerdo en Interlocución, el trámite será puesto en conocimiento de la Comisión de Control.

5. Procedimiento nº 1: a) Aplicación: A la tramitación de recobros generales y recobros mixtos, cuyo importe se corresponda al Tramo nº 1. b) Principios básicos: Este procedimiento tiene asociado un reglamento de mensajes (anexo II), definido en base a los siguientes principios: o o o o

o

Se establecen diálogos prefijados de gestión, mensajes y respuestas. Se establecen plazos para contestar. Se establecen aceptaciones tácitas si la Entidad supuestamente causante no contesta. Si el siniestro se encuentra prescrito o la fecha de siniestro es anterior a la adhesión efectiva de la Entidad al Servicio, no podrá iniciarse el trámite, con las especialidades descritas en la disposición transitoria del Convenio. La Entidad que recibe la reclamación del recobro puede rehusar por los motivos siguientes:   

 

Inexistencia de seguro. El asegurado no es civilmente responsable de los daños reclamados. Los daños al perjudicado ya han sido atendidos por la Entidad Aseguradora del causante (aportando el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación). No se dispone de cobertura por la póliza contratada. Presunta Irregularidad de Exclusión de Ley de Contrato de Seguro (IE-LCS).

21



o o o o o

En los supuestos de rehúse, el sistema no da por cerrado el recobro en aquellos casos en que existe base para poder continuar el diálogo. La Entidad que inicia el recobro puede en todo momento solicitar la baja del mismo. La Entidad que recibe el recobro puede solicitar más información si los documentos enviados no corresponden con el siniestro, son ilegibles o incompletos. Las Entidades pueden intercambiar documentación adicional a lo largo del diálogo. Como norma general, no existe fase de negociación de importes (la Entidad deudora no puede discutir el importe, ni si el recobro está justificado y/o documentado). No obstante, como excepción, la Entidad deudora podrá realizar una contraoferta a la Entidad acreedora en los siguientes supuestos: 



c)

La línea de actuación no está activa en SGR (siendo responsabilidad de la Entidad que recibe el recobro considerar si el mismo se encuentra dentro de las líneas de actuación incorporadas por ella en SGR).

Cuando la Entidad deudora haya abonado parcialmente los daños, directamente al asegurado perjudicado. En este caso, dicha entidad emitirá una notificación a la Entidad acreedora con una contraoferta indicando el importe del recobro recibido, descontando el importe ya atendido. Es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos. Cuando exista un límite o franquicia en la garantía de responsabilidad civil del causante. La Entidad deudora emitirá una notificación de contraoferta indicando el importe del recobro recibido descontando el importe del límite o franquicia. No es obligatorio aportar la documentación que acredite dicho límite o franquicia.

Documentación obligatoria para Inicio del Recobro: En el inicio del recobro, además de la correspondiente descripción de siniestro, la Entidad acreedora que propone importe, se le exige aportar: o

o

Documentación que ‘acredite’ la parte del importe propuesto que se corresponde con el pago realizado al asegurado: factura, la peritación, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información. Documentación que ‘acredite’ el detalle de los conceptos abonados: peritación, presupuesto, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información.

d) Documentación obligatoria para Negociación de importes: Al emitir el causante una contraoferta por daños atendidos por causante es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos. e)

Documentación obligatoria para Rehúse de recobro: o

o

Cuando el motivo del rehúse sea el abono o reparación de los daños por la Entidad deudora, el aporte de la documentación es obligatoria, debiendo incluir el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación. En el resto de casos de rehúse no existe documentación obligatoria, pero es obligatorio aportar las explicaciones adicionales que justifiquen el rechazo.

22

6. Procedimiento nº 2: a) Aplicación: De aplicación a la tramitación de recobros generales y recobros mixtos, cuyo importe sea correspondiente a Tramo nº 2. b) Principios básicos: Este procedimiento tiene asociado un reglamento de mensajes (anexo II), que se define en base a los siguientes principios: o o o

o

o

Se establecen diálogos prefijados de gestión, mensajes y respuestas. Se establecen plazos para contestar. Se establecen aceptaciones tácitas con preaviso, si la Entidad deudora no contesta. Antes de generar el mensaje de aceptación, el sistema avisa a la Entidad causante y le amplía el plazo de respuesta. Si el siniestro se encuentra prescrito o la fecha de siniestro es anterior a la adhesión efectiva de la Entidad al Servicio, no podrá iniciarse el trámite, con las especialidades descritas en la disposición transitoria del Convenio. La Entidad que recibe el recobro puede rehusar por los motivos siguientes:      

o o o o o

Inexistencia de seguro. El asegurado no es civilmente responsable de los daños reclamados. Los daños al perjudicado ya han sido atendidos por la Entidad deudora (aportando el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación). No se dispone de cobertura por la póliza contratada. Presunta Irregularidad de Exclusión de Ley de Contrato de Seguro (IE-LCS). La línea de actuación no está activa en el Sistema (siendo responsabilidad de la Entidad que recibe el recobro considerar si el mismo se encuentra dentro de las líneas de actuación incorporadas por ella en SGR).

En los supuestos de rehúse, el sistema no da por cerrado el recobro en aquellos casos en que existe base para poder continuar el diálogo. La Entidad acreedora puede en todo momento solicitar la baja del mismo. La Entidad deudora puede solicitar más información adicional del siniestro. A petición de la Entidad deudora, se habilita el intercambio datos para que dicha Entidad realice la peritación. Hay fase de negociación de importes:   



La Entidad deudora sólo puede realizar una contraoferta, si la diferencia con el importe reclamado, es superior en un 10% o mínimo 500 euros. Si la Entidad deudora no ha realizado peritación, aceptará el informe de peritación aportado por la Entidad acreedora. Cuando la Entidad deudora haya abonado parcialmente los daños, directamente al asegurado perjudicado. En este caso, dicha entidad emitirá una notificación a la Entidad acreedora con una contraoferta indicando el importe del recobro recibido, descontando el importe ya atendido. Es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos. Cuando exista límite o franquicia en la garantía de responsabilidad civil del causante. La Entidad deudora emitirá una notificación de contraoferta indicando

23

el importe del recobro recibido descontando el importe del límite o franquicia. No es obligatorio aportar la documentación que acredite dicho límite o franquicia. o c)

Las Entidades pueden intercambiar documentación adicional a lo largo del diálogo.

Documentación obligatoria para Inicio de recobro: En el inicio del recobro, además de la correspondiente descripción de siniestro, la Entidad acreedora que propone importe, se le exige aportar: o

o o

Documentación que acredite la parte del importe propuesto que se corresponde con el pago realizado al asegurado: factura, la peritación, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información. Documentación que acredite el detalle de los conceptos abonados: peritación, presupuesto, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información. La peritación, siempre que se disponga de ella, y en los casos en los que no se disponga de este documento, debe enviarse la factura y/o copia del comprobante de pago, así como cualquier otro documento que aporte información sobre el siniestro.

d) Documentación obligatoria para Negociación de importes: o o o

e)

Cuando la Entidad acreedora propone primer importe, la documentación obligatoria para el inicio de recobro, indicada en el epígrafe c) anterior. Cuando la Entidad deudora contraoferta importe, la documentación obligatoria para el inicio de recobro, indicada en el epígrafe c) anterior. Cuando la Entidad deudora emita una contraoferta por haber atendido los daños causados al perjudicado, es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos.

Documentación obligatoria para Rehúse de recobro: o

o

Cuando el motivo del rehúse sea el abono o reparación de los daños por la Entidad deudora, el aporte de la documentación es obligatoria, debiendo incluir el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación. En el resto de casos de rehúse no existe documentación obligatoria, pero es obligatorio aportar explicaciones adicionales que justifiquen el rechazo.

7. Procedimiento nº 3. a) Aplicación: De aplicación a la tramitación de recobros generales y recobros mixtos, cuyo importe sea correspondiente a Tramo nº 3. b) Principios básicos: Este procedimiento tiene asociado un reglamento de mensajes (anexo II), que se define en base a los siguientes principios: o o

Se establecen diálogos prefijados de gestión, mensajes y respuestas. Se establecen plazos para contestar.

24

o

o

o

Se establece que no hay aceptaciones tácitas. No obstante, si la Entidad acreedora no contesta, el sistema envía el recobro a Interlocutores, y si en fase de interlocución tampoco obtuviese contestación la perjudicada, el sistema envía el recobro a la Comisión de Control. Si el siniestro se encuentra prescrito o la fecha de siniestro es anterior a la adhesión efectiva de la Entidad al Servicio, no podrá iniciarse el trámite, con las especialidades descritas en la disposición transitoria del Convenio. La Entidad deudora puede rehusar por los motivos siguientes:      

o o o o o

En los supuestos de rehúse el Sistema no da por cerrado el recobro en aquellos casos en que existe base para poder continuar el diálogo. La Entidad acreedora puede en todo momento solicitar la baja, del mismo. La Entidad deudora puede solicitar más información adicional del siniestro. A petición de la Entidad deudora, se habilita el intercambio datos para que dicha Entidad realice la peritación. Hay fase de negociación de importes:  



o

c)

Inexistencia de seguro. El asegurado no es civilmente responsable de los daños reclamados Los daños al perjudicado ya han sido atendidos por la Entidad deudora (aportando el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación). No se dispone de cobertura por la póliza contratada. Presunta Irregularidad de Exclusión de Ley de Contrato de Seguro (IE-LCS). La línea de actuación no está activa en el Sistema (siendo responsabilidad de la Entidad que recibe el recobro considerar si el mismo se encuentra dentro de las líneas de actuación incorporadas por ella en SGR).

La Entidad deudora puede realizar hasta dos contraofertas, si la diferencia con el importe propuesto, es superior en un 5% o mínimo 1.000 euros. Cuando la Entidad deudora haya abonado parcialmente los daños, directamente al perjudicado. En este caso, dicha entidad emitirá una notificación a la Entidad acreedora con una contraoferta indicando el importe del recobro recibido, descontando el importe ya atendido. Es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos. Cuando Exista límite o franquicia en la garantía de responsabilidad civil del causante. La Entidad deudora emitirá una notificación de contraoferta indicando el importe del recobro recibido descontando el importe del límite o franquicia. No es obligatorio aportar la documentación que acredite dicho límite o franquicia.

Las Entidades pueden intercambiar documentación adicional a lo largo del diálogo. Ç

Documentación obligatoria para Inicio de recobro: En el inicio del recobro, además de la correspondiente descripción de siniestro, la Entidad acreedora que propone importe, se le exige aportar: o

o

Documentación que acredite’ la parte del importe reclamado que se corresponde con el pago realizado al asegurado: factura, la peritación, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información. Documentación que acredite el detalle de los conceptos abonados: peritación, presupuesto, ‘print’ de pantalla donde se recoja la información.

25

o

La peritación y la factura y/o copia del comprobante de pago, así como cualquier otro documento que aporte información sobre el siniestro.

d) Documentación obligatoria para Negociación de importes: o o o

e)

Cuando la Entidad acreedora propone el primer o segundo importe, la documentación obligatoria para el inicio de recobro, indicada en el epígrafe c) anterior. Cuando la Entidad deudora contraoferta (primera o segunda contraoferta), la documentación obligatoria para el inicio de recobro, indicada en el epígrafe c) anterior. Al emitir la Entidad deudora una contraoferta por haber atendido los daños del perjudicado es obligatorio aportar los justificantes de pago y el desglose de los conceptos atendidos.

Documentación obligatoria para Rehúse de recobro: o

o

Cuando el motivo del rehúse sea el abono o reparación de los daños por la Entidad deudora, el aporte de la documentación es obligatoria, debiendo incluir el desglose de los conceptos pagados o la factura de la reparación. En el resto de casos de rehúse no existe documentación obligatoria, pero es obligatorio aportar explicaciones adicionales que justifiquen el rechazo.

8. Procedimiento nº 4 (reclamación de daños). a) Aplicación: De aplicación a la tramitación de todas las gestiones derivadas de reclamación de daños, con independencia de la cuantía del importe. b) Principios básicos: Este procedimiento tiene asociado un reglamento de mensajes (anexo II), que se define en base a los siguientes principios: o o o

o o

Se establecen diálogos prefijados de gestión, mensajes y respuestas. No se establecen aceptaciones tácitas. Si el siniestro se encuentra prescrito o la fecha de siniestro es anterior a la adhesión efectiva de la Entidad al Servicio, no podrá iniciarse el trámite, con las especialidades descritas en la disposición transitoria del Convenio. En el inicio de la reclamación se puede indicar un importe estimado. Una vez iniciada la reclamación por la entidad acreedora:     

Se establece un plazo para notificar que se están realizando las gestiones oportunas para atender la reclamación. Durante el diálogo, la reclamación permanecerá abierta mientras las Entidades sigan enviando comunicaciones. Debe realizarse una propuesta de importe por una Entidad que debe ser aceptada por la otra Entidad implicada. Ambas Entidades pueden en todo momento solicitar la baja de la gestión de reclamación. El sistema permite adjuntar documentación en todo momento.

26

ANEXO II. REGLAMENTO DE MENSAJES CODIFICADOS DE SGR 1. Lista de comunicaciones

 Tipo contenido

 Tipo dialogo

 Peso de la respuesta:

 Origen (OR) ó Destino (DE)

-

‘T’ texto

-

‘I’ Imagen

-

‘D’ Dialogo especifico

-

‘G’ Dialogo general (amplía la caducidad del mensaje)

-

‘A’ Diálogo adicional (no amplía caducidad del mensaje)

-

‘EI’ Entidad perjudicada

-

‘ER’ Entidad causante

-

‘PC’ ‘Ambas

-

‘EI’ Entidad que Inicia la Reclamación

-

‘ER’ Entidad que Recibe la Reclamación

-

‘PC’ ‘Ambas

-

‘CS’ Centro Servicio

-

‘CC’ Comisión Control



27

Comunicación

Descripción

Texto imagen

Dialogo

Peso

R1

R2

R3

R4

111

EI Inicio recobro procedimiento 1

T

D

EI

X

112

EI Inicio recobro procedimiento 2

T

D

EI

113

EI Inicio recobro procedimiento 3

T

D

EI

114

EI Inicio Reclamación de Daños

T

D

PC

130

ER Interlocución Comunica no procede rehúse

T

D

PC

X

131

ER Interlocutor comunica procede tramitación

T

D

ER

X

132

CC Resuelve Procede la tramitación

T

D

ER

X

133

ER Interlocutor comunica procede tramitación

T

D

ER

X

134

ER Interlocución Comunica no procede rehúse

T

D

ER

X

135

ER Interlocución Comunica no procede rehúse

T

D

ER

X

136

ER Interlocutor comunica procede tramitación

T

D

ER

X

137

CC Resuelve Procede Interlocutores

T

D

PC

X

199

ER Notifica oferta descontada la franquicia

T

D

EI

200

CS Aviso de aceptación por caducidad

T

G

ER

210

ER acepta importe por caducidad

T

D

PC

X

X

211

ER Acepta importe

T

D

EI

X

X

X

X

212

EI Acepta importe

T

D

ER

X

X

X

284

CC Resuelve procede el recobro

T

D

PC

X

X

285

CC Resuelve No procede el recobro

T

D

PC

X

X

305

ER Contraoferta segundo importe

T

D

ER

302

ER solicita datos del causante

T

D

EI

X

303

EI aporta datos del causante

T

D

ER

X

304

ER solicita datos del causante

T

D

EI

X

X

306

EI aporta datos del causante

T

D

ER

X

X

X X X

X

X

X X

X

28

Comunicación

Descripción

Texto imagen

Dialogo

Peso

R1

R2

R3 X

R4

321

ER contraoferta importe

T

D

ER

X

322

EI propone último importe

T

D

ER

X

332

EI propone segundo importe

T

D

EI

342

ER solicita documentación adicional

T

D

EI

352

EI propone último importe

T

D

ER

X

372

ER Propone importe Interlocución

T

G

EI

X

374

ER Propone importe Interlocución

T

G

EI

381

ER solicita documentación

T

G

PC

X

382

EI solicita documentación

T

G

PC

X

383

ER continuamos realizando gestiones

T

G

PC

X

384

EI propone importe

T

G

PC

X

385

ER propone importe

T

G

PC

X

386

EI Interlocutor sugiere importe

T

G

ER

X

X

387

ER Interlocutor sugiere importe

T

G

EI

X

X

410

ER rechaza no aseguramiento

T

D

CS

X

X

X

411

ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta

T

D

EI

X

412

ER rechaza reclamación no responsable

T

D

EI

X

413

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

T

D

EI

X

414

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

T

D

ER

X

415

ER Ratifica rehúse

T

D

EI

X

416

ER Desestima Interlocución

T

D

EI

X

417

ER Ratifica rehúse

T

D

EI

418

ER Ratifica rehúse

T

D

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

T

D

EI

X

X

X

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

T

D

CS

X

X

X

422

ER rechaza reclamación no responsable

T

D

EI

X

X

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

T

D

EI

X

X

X X

X

X

X X

29

Comunicación

Descripción

Texto imagen

Dialogo

Peso

R1

R2

R3

X

X

R4

424

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

T

D

ER

426

ER Desestima Interlocución

T

D

EI

504

EI Solicita Comisión Control

T

D

PC

X

X

510

CS Baja por caducidad

T

A

NA

X

X

X

X

511

EI solicita baja

T

D

CS

X

X

X

X

512

ER solicita baja

T

D

CS

540

CS Baja de reclamación por rechazo

T

A

NA

X

X

X

541

CS Baja solicitada EI

T

A

NA

X

X

X

542

CS Baja solicitada ER

T

A

NA

581

EI Comunica Vía Judicial

T

D

ER

X

611

EI solicita interlocutores

T

D

PC

X

612

EI solicita interlocutores

T

D

PC

613

EI solicita interlocutores

T

D

PC

660

ER Solicita plazo adicional

T

D

ER

661

ER Interlocución Siniestro de especial Consideración

T

G

PC

662

ER Interlocución Siniestro de especial Consideración

T

G

PC

663

ER Interlocución Siniestro de especial Consideración

T

G

PC

664

ER Solicita plazo adicional Interlocución

T

D

PC

682

EI solicita interlocutores primera instancia

T

D

ER

683

EI solicita interlocutores primera instancia

T

G

PC

X

685

EI Solicita Comisión Control

T

D

PC

X

690

CC resuelve procede el recobro

T

D

PC

X

691

CC resuelve No procede el recobro

T

D

PC

X

811

EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 1

I

D

ER

812

EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 2

I

D

ER

813

EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 3

I

D

ER

821

ER Documentación obligatoria contraoferta importe

I

D

EI

X

X

X X

X

X

X X X

X

X X X X

X

X

X

X X X X

X

30

Comunicación

Descripción

Texto imagen

Dialogo

Peso

R1

R2

R3

R4

822

EI Documentación obligatoria propuesta segundo importe

I

D

ER

X

831

ER Documentación obligatoria segunda contraoferta

I

D

EI

X

835

ER Doc. Contraoferta daños atendidos por causante

I

D

EI

836

ER Doc. Contraoferta daños atendidos por causante

I

D

EI

837

ER Documentación rechazo daños atendidos por causante

I

D

EI

838

ER Documentación rechazo daños atendidos por causante

I

D

EI

843

EI envía documentación por no legible o incompleta

I

D

ER

X

844

EI envía documentación adicional

I

A

NA

845

ER envía documentación adicional

I

A

NA

846

EI envía documentación solicitada

I

D

ER

881

ER envía documentación

I

G

PC

X

882

EI envía documentación

I

G

PC

X

964

ER Notifica oferta descontada la franquicia

T

D

EI

965

ER Notifica oferta descontada la franquicia

T

D

EI

X

966

ER Contraoferta daños

T

D

ER

X

X X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

atendidos por causante 983

ER notifica atendiendo reclamación

T

D

PC

X

988

ER envía observaciones

T

A

NA

X

X

X

X

989

EI envía observaciones

T

A

NA

X

X

X

X

991

ER Notifica oferta descontada la franquicia

T

D

EI

X

992

ER Contraoferta daños atendidos por causante

T

D

ER

X

993

ER envía observaciones

T

G

PC

X

994

EI envía observaciones

T

G

PC

X

31

2. Inicio recobros procedimiento 1 (R1)

COMUNICACIONES (R1) OR

DE

CAD **

111

EI Inicio recobro procedimiento 1

EI

ER

811

EI Documentación EI obligatoria recobro procedimiento 1

ER

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

** La EI tiene un plazo de 20 días naturales para emitir el 811, en su defecto en este plazo se emitirá el 510.

COMUNICACIONES (R1)

811

EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 1

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

20N

210

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

ER acepta imp. por caducidad

211

ER acepta importe

ER

EI

302

ER solicita datos del causante

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

411

ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta

ER

EI

412

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

413

ER Rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

32

COMUNICACIONES (R1) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

414

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

661

ER Interlocución Siniestro de especial Consideración

ER

EI

991

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

992

ER Contraoferta daños atendidos por causante

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES

COMUNICACIONES (R1)

302

ER solicita datos del causante

844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

30N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

33

COMUNICACIONES (R1) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

303

Aporto datos causante tramo 1

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

411

ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta

ER

EI

412

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

413

ER rechaza no cobertura

ER

EI

414

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

34

COMUNICACIONES (R1)

303

Aporto datos causante tramo 1

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

20N

210

ER acepta importe por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

411

ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta

ER

EI

412

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

413

ER rechaza no cobertura

ER

EI

414

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

**410

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

35

COMUNICACIONES (R1)

410

ER rechaza no aseguramiento

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

0N

540

Descripción

ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja de reclamaci ón por rechazo

COMUNICACIONES (R1)

411

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

15N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

843

EI envía documentación por no legible o incompleta

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía documentación adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

36

COMUNICACIONES (R1)

412

ER Rechaza reclamación no responsable

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

611

EI solicita interlocutores

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES

COMUNICACIONES (R1)

413

ER Rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

0N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad

COMUNICACIONES (R1)

414

844

OR

DE

CAD

ER

EI

**

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

37

COMUNICACIONES (R1)

837

ER Documentación rechazo daños atendidos por causante

OR

DE

ER

EI

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

(**) Caducidad del mensaje previo

COMUNICACIONES (R1)

837

ER Documentación rechazo daños atendidos por causante

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

611

EI solicita interlocutores

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

38

COMUNICACIONES (R1)

417

ER Ratifica rehúse

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

540

Descripción

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja de reclamaci ón por rechazo 581

EI Comunica Vía Judicial

EI

ER

504

EI Solicita Comisión Control

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

COMUNICACIONES (R1)

419

OR

ER rechaza por presunta irregularidad

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

540

Baja por rechazo

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

611

EI solicita interlocutores

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

39

COMUNICACIONES (R1)

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

0N

540

Descripción

EI Solicita Comisión Control

Baja de reclamaci ón por rechazo

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

NA

NA

Descripción

CC resuelve procede la tramitación

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

132

CC Resuelve Procede la tramitación

CC

ER

284

CC resuelve Procede el recobro

CC

PC

285

CC Resuelve No procede el recobro

CC

PC

COMUNICACIONES (R1)

132

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

COMUNICACIONES (R1)

504

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

CC

ER

20N

210

ER acepta imp. por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

199

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

40

COMUNICACIONES (R1) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

ER Notifica oferta descontada la franquicia

DS

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R1)

199

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

212

EI acepta importe

EI

ER

581

EI Comunica Vía Judicial

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

41

COMUNICACIONES (R1)

284

CC resuelve procede el recobro

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

CS

ER

0N

210

Descripción

ER acepta importe por caducidad

CC Resuelve No procede el recobro

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

CS

ER

0N

510

Descripción

EI Comunica Vía Judicial

ER Notifica oferta descontada la franquicia

DS

Baja por caducidad

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

0N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad

COMUNICACIONES (R1)

991

OR

RESPUESTAS ESPECIFICAS

COMUNICACIONES (R1)

581

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

COMUNICACIONES (R1)

285

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

212

EI acepta importe

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

42

COMUNICACIONES (R1) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R1) OR

DE

CAD **

992

ER Contraoferta daños atendidos por causante

ER

EI

835

ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante

ER

EI

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

** La ER tiene un plazo de 20 días naturales para emitir el 835, en su defecto en este plazo se emitirá el 210 (ER acepta importe por caducidad)

835

ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

212

EI acepta importe

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

43

OR

DE

CAD

Acción

Descripción

EI solicita baja

DS

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R1)

511

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

0N

541

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja solicitada EI

COMUNICACIONES (R1)

611

EI solicita interlocutores

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

10N

210 ER acepta importe por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

130

ER Interlocución Comunica no procede rehúse

ER

EI

211

ER acepta importe

ER

EI

417

ER Ratifica rehúse

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

44

COMUNICACIONES (R1) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción (*) 664

Descripción

OR

DS

ER Solicita plazo adicional Interlocución

ER

EI

* El mensaje 664 amplia la caducidad en 10 días.

COMUNICACIONES (R1)

130

ER Interlocución Comunica no procede rehúse

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

210

ER acepta imp. por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

991

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

45

COMUNICACIONES (R1)

661

ER Interlocución Siniestro de especial Consideración

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

131

ER Interlocutor comunica procede tramitación

ER

EI

211

ER acepta importe

ER

EI

504

EI Solicita Comisión Control

EI

ER

581

EI Comunica Vía Judicial

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R1)

131

ER Interlocutor comunica procede tramitación

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

210

ER acepta imp. por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

302

ER solicita datos del causante

ER

EI

46

COMUNICACIONES (R1) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

411

ER Solicitamos nueva documentación por ilegible y/o incompleta

ER

EI

412

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

413

ER Rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

414

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

991

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

992

ER Contraoferta daños atendidos por causante

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

47

COMUNICACIONES (R1) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

COMUNICACIONES (R1)

843

EI envía documentación por no legible o incompleta

OR

DS

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

20N

210

ER acepta importe por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

412

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

413

ER Rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

414

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

417

ER Ratifica rehúse

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

991

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

992

ER contraoferta daños atendidos por el causante

ER

RI

511

EI solicita baja

EI

ER

48

COMUNICACIONES (R1) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ADICIONALES

3.

844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

Inicio recobros Procedimiento 2 (R2)

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD **

112

EI Inicio recobro procedimiento 2

EI

ER

812

EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 2

EI

ER

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

** La EI tiene un plazo de 20 días naturales para emitir el 812, en su defecto en este plazo se emitirá el 510.

49

COMUNICACIONES (R2)

812

EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 2

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

40N

200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducida d

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

210

211

ER acepta importe

ER

EI

ER acepta importe por caducida d Si el mensaje de dialogo anterior es un 200

304

ER solicita datos del causante

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

342

ER solicita documentación adicional

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

422

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

662

ER Interlocución Siniestro de especial Consideración

ER

EI

965

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

966

ER contraoferta daños atendidos por causante

ER

EI

660

ER Solicita plazo adicional

ER

EI

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

50

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

424

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

COMUNICACIONES (R2)

660

ER solicita plazo adicional

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducida d

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

210

211

ER acepta importe

ER

EI

ER acepta importe por caducida d Si el mensaje de dialogo anterior es un 200

304

ER solicita datos del causante

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

342

ER solicita documentación adicional

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

51

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

422

ER Rechaza reclamación no responsable

ER

EI

965

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

966

ER contraoferta daños atendidos por causante

ER

EI

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

424

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

52

COMUNICACIONES (R2)

662

ER Interlocución Siniestro de especial Consideración

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad

133

ER Interlocutor comunica procede tramitación

ER

EI

211

ER acepta importe

ER

EI

581

EI Comunica Vía Judicial

EI

ER

504

EI Solicita Comisión Control

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R2)

133

ER Interlocutor comunica procede tramitación

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

40N

200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducida d 210

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

53

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción ER acepta importe por caducida d Si el mensaje de dialogo anterior es un 200

Descripción

OR

DS

304

ER solicita datos del causante

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

342

ER solicita documentación adicional

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

422

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

965

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

966

ER contraoferta daños atendidos por causante

ER

EI

660

ER Solicita plazo adicional

ER

EI

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

424

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

54

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

COMUNICACIONES (R2)

965

ER Notifica oferta descontada la franquicia

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

30N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

212

EI acepta importe

EI

ER

322

EI propone último importe

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES

COMUNICACIONES (R2)

966

ER Contraoferta daños atendidos por causante

OR

DE

CAD

ER

EI

**

844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

55

COMUNICACIONES (R2)

836

ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante

OR

DE

ER

EI

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

(**) Caducidad del mensaje previo

COMUNICACIONES (R2)

836

ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

90N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

212

EI acepta importe

EI

ER

322

EI propone último importe

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES

COMUNICACIONES (R2)

304

ER solicita datos del causante

844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

30N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

56

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

306

EI aporta datos del causante

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

321

ER contraoferta importe

ER

EI

342

ER solicita documentación adicional

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

422

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

424

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

57

COMUNICACIONES (R2)

306

EI aporta datos del causante

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

40N

200 (*) CS Aviso de aceptación por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

210

211

ER acepta importe

ER

EI

ER acepta importe por caducidad Si el mensaje de dialogo anterior es un 200

321

ER contraoferta importe

ER

EI

342

ER solicita documentación adicional

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

422

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

424

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

58

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción 989

EI envía observaciones

OR

DS

EI

ER

(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD **

321

ER contraoferta importe

ER

EI

821

ER Documentación obligatoria contraoferta importe

ER

EI

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

(**) Caducidad del mensaje previo

59

COMUNICACIONES (R2)

821

ER Documentación obligatoria contraoferta importe

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

90N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

212

EI acepta importe

EI

ER

322

EI propone último importe

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R2)

322

EI propone último importe

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

20N

200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

210

211

ER acepta importe

ER

EI

ER acepta importe por caducidad Si el mensaje de dialogo anterior es un 200

415

ER Ratifica rehúse

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES

60

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

(*) Mensaje tipo Respuesta General que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

COMUNICACIONES (R2)

342

ER solicita documentación adicional

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

40N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

846

EI envía documentación solicitada

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

61

COMUNICACIONES (R2)

410

ER rechaza no aseguramiento

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

0N

540

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja de reclamaci ón por rechazo

COMUNICACIONES (R2)

415

ER Ratifica rehúse

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

540

Descripción

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja de reclamaci ón por rechazo 612

EI solicita interlocutores

EI

ER

511

EI Solicita Baja

EI

ER

COMUNICACIONES (R2)

416

OR

ER Desestima Interlocución

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

540 Baja de reclamaci ón por rechazo

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

581

EI Comunica Vía Judicial

EI

ER

504

EI Solicita Comisión Control

EI

ER

511

EI Solicita Baja

EI

ER

62

COMUNICACIONES (R2)

284

CC resuelve procede el recobro

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

CS

ER

0N

210

Descripción

ER acepta importe por caducidad

CC Resuelve No procede el recobro

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

CS

ER

0N

510

Descripción

ER rechaza por presunta irregularidad

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad

COMUNICACIONES (R2)

419

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

COMUNICACIONES (R2)

285

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

540

Baja por rechazo

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

682

EI solicita interlocutores primera instancia

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

63

COMUNICACIONES (R2)

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

0N

540

Descripción

EI Solicita Comisión Control

Baja de reclamaci ón por rechazo

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

NA

NA

Descripción

CC resuelve procede la tramitación

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

132

CC resuelve procede la tramitación

CC

ER

284

CC resuelve Procede el recobro

CC

ER

285

CC resuelve No procede el recobro

CC

PC

COMUNICACIONES (R2)

132

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

COMUNICACIONES (R2)

504

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

CC

ER

20N

210

ER acepta imp. por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

199

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES

64

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

ER Notifica oferta descontada la franquicia

DS

844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R2)

199

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

212

EI acepta importe

EI

ER

581

EI Comunica Vía Judicial

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

65

COMUNICACIONES (R2)

422

ER rechaza reclamación no responsable

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

682

EI solicita interlocutores primera instancia

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES

COMUNICACIONES (R2)

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

0N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad

66

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD **

424

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

838

Doc. Rechazo Daños Atendidos causante

ER

EI

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

(**) Caducidad del mensaje previo

COMUNICACIONES (R2)

838

Doc. Rechazo Daños Atendidos causante

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

682

EI solicita interlocutores primera instancia

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

67

COMUNICACIONES (R2)

511

EI solicita baja

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

0N

541

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja solicitada EI

COMUNICACIONES (R2)

612

EI solicita interlocutores por tramo 2

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

10N

200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducida d

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

210 ER acepta importe por caducida d Si el mensaje de dialogo anterior es un 200

374

ER Propone importe Interlocución

ER

EI

416

ER Desestima Interlocución

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS GENERALES 386

EI Interlocutor sugiere importe

EI

ER

387

ER Interlocutor sugiere importe

ER

EI

(*)

ER Solicita plazo adicional Interlocución

ER

EI

664

RESPUESTAS ADICIONALES

68

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

844

EI envía documentación adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

COMUNICACIONES (R2)

374

ER Propone importe Interlocución

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

510

Baja por caducidad

COMUNICACIONES (R2)

682

EI solicita interlocutores primera instancia

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

212

EI Acepta Importe

EI

ER

581

EI Comunica Vía Judicial

EI

ER

504

EI Solicita Comisión Control

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

10N

200 (*) CS Aviso de aceptación por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

69

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción 210 ER acepta importe por caducidad Si el mensaje de dialogo anterior es un 200

Descripción

OR

DS

134

ER Interlocución comunica no procede rehúse

ER

EI

416

ER Desestima Interlocución

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS GENERALES (*) 664

ER Solicita plazo adicional Interlocución

ER

EI

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía documentación adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

COMUNICACIONES (R2)

134

ER Interlocución Comunica no procede rehúse

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

40N

200 (*) CS Aviso de aceptació n por caducida d

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

210

211

ER acepta importe

ER

EI

ER acepta importe

321

ER contraoferta importe

ER

EI

70

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción por caducida d Si el mensaje de dialogo anterior es un 200

Descripción

OR

DS

965

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

COMUNICACIONES (R2)

846

EI envía documentaci ón solicitada

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

40N

200 (*) CS Aviso de aceptación por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

210

422

ER

EI

ER acepta importe por caducidad Si el mensaje de

ER rechaza reclamación no responsable

423

ER Rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

71

COMUNICACIONES (R2) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción dialogo anterior es un 200

Descripción

OR

DS

424

ER rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

4. Inicio recobros Procedimiento 3 (R3)

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD **

113

EI Inicio recobro procedimiento 3

EI

ER

813

EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 3

EI

ER

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

** La EI tiene un plazo de 20 días naturales para emitir el 813, en su defecto en este plazo se emitirá el 510.

72

COMUNICACIONES (R3)

813

EI Documentación obligatoria recobro procedimiento 3

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

40N

613

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

EI Solicita Interlocut ores

211

ER acepta importe

ER

EI

304

ER solicita datos del causante

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

342

ER solicita documentación adicional

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

422

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

663

ER Interlocución Siniestro de especial Consideración

ER

EI

964

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

966

ER contraoferta daños atendidos por causante

ER

EI

660

ER Solicita plazo adicional

ER

EI

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

73

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

424

ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R3)

660

ER solicita plazo adicional

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

613 EI Solicita Interlocut ores

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

304

ER solicita datos del causante

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

342

ER solicita documentación adicional

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

74

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

422

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

964

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

966

ER contraoferta daños atendidos por causante

ER

EI

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

424

ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

75

COMUNICACIONES (R3)

663

ER Interlocución Siniestro de especial Consideración

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad

136

ER Interlocutor Comunica procede tramitación

ER

EI

211

ER acepta importe

ER

EI

581

EI Comunica Vía Judicial

EI

ER

685

EI Solicita Comisión Control

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R3)

136

ER Interlocutor Comunica procede tramitación

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

40N

613

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

EI Solicita Interlocut ores 211

ER acepta importe

ER

EI

304

ER solicita datos del causante

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

76

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

342

ER solicita documentación adicional

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

422

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

964

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

966

ER contraoferta daños atendidos por causante

ER

EI

660

ER Solicita plazo adicional

ER

EI

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

424

ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

77

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

COMUNICACIONES (R3)

964

ER Notifica oferta descontada la franquicia

OR

DS

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

30N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad 212

EI acepta importe

EI

ER

332

EI propone Segundo importe

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD **

966

ER Contraoferta daños atendidos por causante

ER

EI

836

ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante

ER

EI

844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

78

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

(**) Caducidad del mensaje previo

COMUNICACIONES (R3)

836

ER Doc. Contraoferta daños atendidos causante

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

90N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad

212

EI acepta importe

EI

ER

332

EI propone Segundo importe

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R3)

304

ER solicita datos del causante

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

30N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

306

EI aporta datos del causante

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

79

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

321

ER contraoferta importe

ER

EI

342

ER solicita documentación adicional

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

422

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

424

ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

80

COMUNICACIONES (R3)

306

EI aporta datos del causante

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

40N

613 EI Solicita Interlocut ores

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

342

ER solicita documentación adicional

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

419

ER rechaza por presunta irregularidad

ER

EI

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

ER

EI

422

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

424

ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

81

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD **

321

ER contraoferta importe

ER

EI

821

ER Documentación obligatoria contraoferta importe

ER

EI

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

(**) Caducidad del mensaje previo

COMUNICACIONES (R3)

821

ER Documentación obligatoria contraoferta importe

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

90N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad

212

EI acepta importe

EI

ER

332

EI propone Segundo importe

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

82

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD **

332

EI propone segundo importe

EI

ER

822

EI documentación obligatoria segundo importe

EI

ER

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

(**) Caducidad del mensaje previo

COMUNICACIONES (R3)

822

EI documentación obligatoria segundo importe

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

20N

613

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

EI Solicita Interloc utores 211

ER acepta importe

ER

EI

305

ER Contraoferta segundo importe

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

83

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD **

305

ER Contraoferta segundo importe

ER

EI

831

ER Documentación obligatoria segunda contraoferta

ER

EI

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

(**) Caducidad del mensaje previo

COMUNICACIONES (R3)

831

ER Documentación obligatoria segunda contraoferta

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

90N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

212

EI acepta importe

EI

ER

352

EI propone último importe

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

84

COMUNICACIONES (R3)

352

EI propone último importe

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

20N

613

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

EI Solicita Interloc utores 211

ER acepta importe

ER

EI

418

ER Ratifica rehúse

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R3)

342

ER solicita documentación adicional

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

40N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

846

EI envía documentación solicitada

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

85

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R3)

410

ER rechaza no aseguramiento

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

0N

540

Descripción

ER Ratifica rehúse

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja de reclamaci ón por rechazo

COMUNICACIONES (R3)

418

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

540 Baja de reclamaci ón por rechazo

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

613

EI solicita interlocutores

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

86

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

ER Desestima Interlocución

DS

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R3)

426

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

540 Baja de reclamaci ón por rechazo

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

581

EI Comunica Vía Judicial

EI

ER

685

EI Solicita Comisión Control

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES

COMUNICACIONES (R3)

372

ER Propone importe Interlocución

844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

87

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

212

EI Acepta Importe

EI

ER

581

EI Comunica Vía Judicial

EI

ER

685

EI Solicita Comisión Control

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R3)

690

CC resuelve procede el recobro

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

CS

ER

40N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducida d 211

ER acepta importe

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

88

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción 989

EI envía observaciones

COMUNICACIONES (R3)

691

CC resuelve No procede el recobro

ER rechaza por presunta irregularidad

DS

EI

ER

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

CS

ER

0

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad

COMUNICACIONES (R3)

419

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

10N

540

Baja por rechazo

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

683

EI solicita interlocutores primera instancia

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

89

COMUNICACIONES (R3)

420

ER Rechaza Línea de actuación no activa

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

0N

540 Baja de reclamaci ón por rechazo

Descripción

EI Solicita Comisión Control

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

NA

NA

Descripción

ER rechaza reclamación no responsable

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

137

CC Resuelve Procede Interlocutores

CC

PC

690

CC Resuelve Procede el recobro

CC

PC

691

CC Resuelve No procede el recobro

CC

PC

COMUNICACIONES (R3)

422

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

COMUNICACIONES (R3)

685

OR

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

683

EI solicita interlocutores primera instancia

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES

90

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

COMUNICACIONES (R3)

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

Descripción

OR

DS

844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

0N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad

OR

DE

CAD **

424

ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

838

Doc. Rechazo Daños Atendidos causante

ER

EI

Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

(**) Caducidad del mensaje previo

91

COMUNICACIONES (R3)

838

Doc. Rechazo Daños Atendidos causante

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

20N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

211

ER acepta importe

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

683

EI solicita interlocutores primera instancia

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES

COMUNICACIONES (R3)

511

EI solicita baja

844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

0N

541

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja solicitada EI

92

COMUNICACIONES (R3)

613

EI solicita interlocutores

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

10N

685

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

EI Solicita Comisión Control 372

ER propone importe interlocución

ER

EI

426

ER Desestima Interlocución

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía documentación adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

386

EI Interlocutor sugiere importe

EI

ER

387

ER Interlocutor sugiere importe

ER

EI

(*)

ER Solicita plazo adicional Interlocución

ER

EI

664

(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

COMUNICACIONES (R3)

683

EI solicita interlocutores primera instancia

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

10N

685

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

93

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción EI Solicita Comisión Control

Descripción

OR

DS

135

ER Interlocución comunica no procede rehúse

ER

EI

426

ER Desestima Interlocución

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía documentación adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

(*)

ER Solicita plazo adicional Interlocución

ER

EI

664

(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

COMUNICACIONES (R3)

135

ER Interlocución comunica no procede rehúse

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

40N

613

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

EI Solicita Interlocut ores 211

ER acepta importe

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

964

ER Notifica oferta descontada la franquicia

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

94

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

COMUNICACIONES (R3)

137

CC Resuelve procede interlocutores

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

CC

PC

10N

510

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja por caducidad 372

ER propone importe ER interlocución

EI

511

EI solicita baja

ER

EI

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía documentación adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

386

EI Interlocutor sugiere importe

EI

ER

95

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción 387

ER Interlocutor sugiere importe

OR ER

DS EI

(*) Mensaje tipo respuesta general que amplía la caducidad en 10 días del mensaje en curso

COMUNICACIONES (R3)

846

EI envía documentaci ón solicitada

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

40N

613

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

EI Solicita Interlocuto res 211

ER acepta importe

ER

EI

321

ER contraoferta importe

ER

EI

422

ER rechaza reclamación no responsable

ER

EI

423

ER rechaza reclamación no se dispone de cobertura

ER

EI

424

ER Rechaza reclamación daños atendidos por causante

ER

EI

410

ER rechaza no aseguramiento

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

RESPUESTAS ADICIONALES 844

EI envía doc adicional

EI

ER

845

ER envía documentación adicional

ER

EI

988

ER envía observaciones

ER

EI

989

EI envía observaciones

EI

ER

96

COMUNICACIONES (R3) OR

DE

CAD

RESPUESTAS Acción

Descripción

OR

DS

5. Inicio Reclamación de Daños (R4)

COMUNICACIONES (R4)

114

Inicia reclamación de daños

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

20N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

* 211

ER acepta importe

ER

EI

** 212

EI acepta importe

EI

ER

983

ER notifica atendiendo reclamación

ER

EI

511

EI solicita baja

EI

ER

512

ER solicita baja

ER

EI

RESPUESTAS GENERALES*** 381

ER solicita documentación

ER

EI

382

EI solicita documentación

EI

ER

384

EI propone importe

EI

ER

385

ER propone importe

ER

EI

881

ER envía documentación

ER

EI

882

EI envía documentación

EI

ER

993

ER envía observaciones

ER

EI

994

EI envía observaciones

EI

ER

* La ER podrá emitir 211 (acepta importe) si EI ha emitido 384 (propone importe). ** La EI puede emitir 212 (acepta importe), si ER ha enviado 385 (propone importe). *** Las Respuestas Generales aumentan en 30 días Naturales la caducidad a la fecha de envío del mensaje

97

COMUNICACIONES (R4)

983

ER notifica atendiendo reclamación

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

30N

510

Baja por caducidad

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

* 211

ER acepta importe

ER

EI

** 212

EI acepta importe

EI

ER

511

EI solicita baja

EI

ER

512

ER solicita baja

ER

EI

RESPUESTAS GENERALES*** 381

ER solicita documentación

ER

EI

382

EI solicita documentación

EI

ER

383

ER continuamos realizando gestiones

ER

EI

384

EI propone importe

EI

ER

385

ER propone importe

ER

EI

881

ER envía documentación

ER

EI

882

EI envía documentación

EI

ER

993

ER envía observaciones

ER

EI

994

EI envía observaciones

EI

ER

* La ER podrá emitir 211 (acepta importe) si EI ha emitido 384 (propone importe). ** La EI puede emitir 212 (acepta importe), si ER ha enviado 385 (propone importe). *** Las Respuestas Generales aumentan en 30 días Naturales la caducidad a la fecha de envío del mensaje

98

COMUNICACIONES (R4)

511

EI solicita baja

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

EI

ER

0N

541

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja solicitada EI

COMUNICACIONES (R4)

512

ER solicita baja

RESPUESTAS

OR

DE

CAD

Acción

ER

EI

0N

542

Descripción

OR

DS

RESPUESTAS ESPECIFICAS

Baja solicitada ER

99

ANEXO III. FORMULARIO DE ADHESIÓN CONVENIO ENTRE ENTIDADES ASEGURADORAS PARA EL RECOBRO DE DAÑOS DIVERSOS Y RECLAMACIÓN DE DAÑOS FORMULARIO DE ADHESIÓN

Responsable de la entidad que formula la adhesión: ___________________________________________________________________________ Cargo: ___________________________________________________________________ Teléfono: _____________________ Correo electrónico: ______________________________

Señale el Código DGSFP y nombre de la Entidad por las que responde el siguiente formulario:

Código: _______________ Entidad: ________________________________________________

La persona arriba indicada, con poder de representación de la entidad cuyo código DGSFP es recogido en este documento, manifiesta la adhesión al Convenio entre entidades aseguradoras para el recobro de daños diversos y reclamación de daños, en todas las líneas de actuación definidas en el art. 3, en las que opere la entidad. En caso de no querer adherirse a la totalidad de las líneas de actuación, márquense aquéllas que no desee incluir: Empresas e industria. Responsabilidad Civil. Transportes. Autos: Responsabilidad civil por daños materiales (según se establece en el art. 1). Seguro de Defensa jurídica. Se designa como interlocutor de la entidad a: Nombre: Cargo: Teléfono:

Fax:

Correo electrónico: ______________, a ___ de __________ del 201__

Firma y sello de la entidad

Remitir un boletín por entidad al correo electrónico [email protected] o al fax nº 91 745 15 35

100