considerando - Minsa

31 dic. 2013 - Que, con Resolución Directoral N" 1552-20 12-0GGRH/SA de fecha 09 de noviembre del 2012, se reconoció a favor de doña EVA GREGORIA ...
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MIN I,:,TERIO DE SALUD



Visto, el Informe W 1471-2015-ERP-ByP de fecha 02 de octubre del 2015, contenido en el Expediente W 15-096332-001 , emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre Cumplimiento de Mandato Judicial ;

CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral N" 1552-20 12-0GGRH/SA de fecha 09 de noviembre del 2012, se reconoció a favor de doña EVA GREGORIA QU INTEROS VIVAR pensionista de la Sede Central del Ministerio de Salud , la suma de SI. 31 ,128.50 Nuevos Soles , por concepto de devengados de la bonificación especial establecida en el articulo 2° del Decreto de Urgencia N" 037-94, Y SI. 10,307.20 Nuevos Soles, de intereses legales, en cumplimiento a lo ordenado por el Sétimo Juzgado Transitorio Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima. Ex. Judicial

W Meses

Nivel

00 104-2009-1 801-JR-LA-29

198

STA

Devengados D.U . N°

Monto Pagado al

Saldo

037-94

31/12/20 13

Pendiente

Legales

3 1,128.50

30,8 19 .00

309.50

10,307.20

Intereses

Que, mediante Resolución Directoral N" 1157-2014-0GGRH/SA de fecha 26 de diciembre del 2014 se reconoció a favor de don JOSÉ MODESTO MOGOLLÓN DE LA CRUZ, la suma de SI. 309 .50 Nuevos Soles , por concepto de devengados de la bonificación especial establecida en el articulo 2° del Decreto de Urgencia N" 037-94 , Y SI. 10,307.20 Nuevos Sol es, en su condición de cónyuge supérstite como único heredero de doña EVA GREGORIA QUINTEROS VIVAR (fallecida el 26 de enero del 2014), conforme al Acta de Protocolización inscrita en el Asiento A00001 de la Partida Registra l N" 13235785 del Registro de Sucesión Intestada de la Zona Registral N" IX - Sede Lima; Que, mediante Resolución N" Once de fecha 16 de abril del 2015, expedida por el Sétimo Juzgado Transitorio Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima, se tiene por apersonado al sucesor procesal JOSÉ MODESTO MOGOLLÓN DE LA CRUZ de quien en vida fue doña EVA GREGORIA QUINTEROS VIVAR; Que , de acuerd o al Oficio Circular N" 001-2015-PPS/MINSA de fecha 10 de junio del 2015, el Procurador Público del Ministerio de Salud , hace de conocimiento que cuando se trate de un proceso judicial con sentencia en calidad de cosa juzgada y con requerimiento de cumplim iento , favorable a un demandante que ha fallecido , se deberá emitir la Resolución Directoral co rrespondiente que reconozca el derecho reclamado a favor de los herederos, que han sido debidamente incorporados al proceso judicial en calidad de sucesores procesales, de conformidad con lo establecido en el articulo 108° del Código Procesal Civil; Que, el articulo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial , aprobado por Decreto Supremo N" 017-93-JUS , dispone que "toda person a y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales de indole administrativa , emanadas de autoridad

judicial competente , en sus propios términos , sin poder calificar su contenid o o sus fundamentos , restringir sus efectos o interpretar sus alcances , bajo respo nsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley señala"; Que, en ese contexto , conforme al Informe de Visto , emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones , se ha determinado que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución N' Once de fecha 16 de abril del 2015 , expedida por el Sétimo Juzgado Transitorio Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima , corresponde reconocer a don JOSÉ MODESTO MOGOLLÓN DE LA CRUZ como sucesor procesal de la causante doña EVA GREGORIA QUINTEROS VIVAR , los montos consignados en la Resolución Directoral N° 1157-2014OGGRH/SA; Que, a razón de las obligaciones derivadas de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada , mediante Resolución Ministerial N° 210-2014/M INSA de fecha 11 de marzo del 2014, se conformó el Comité para la elaboración y aprobación del listado priorizado para la atención del pago de sentencias judiciales a efectos de reducir costos al Estado , en aplicación a lo dispuesto por el artículo 5° del Reglamento de la Ley N° 30137, aprobado por Decreto Supremo N' 001-2014-JUS ; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; De conformidad con lo previsto en el articulo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial , aprobado por Decreto Supremo N' 017 -93-JUS y el artículo 5° del Reg lamento de la Ley N' 30137, aprobado por Decreto Supremo N' 001 -2014-JUS;



SE RESUELVE: Artículo 1°._ Reconocer, a don JOSÉ MODESTO MOGOLLÓN DE LA CRUZ como sucesor procesal de la causante doña EVA GREGORIA QUINTEROS VIVAR, de acuerdo a la Resolución N' Once de fecha 16 de abril del 2015, expedida por el Sétimo Juzgado Transitorio Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima , los montos consignados en la Resolución Directoral N' 1157 -2014-0GGRH/SA, suma que asciende a SI. 309.50 Nuevos Soles, por concepto de devengados establecido en el artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 037-94, Y SI. 10,307.20 Nuevos Soles, de intereses legales , conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución . Artículo 2°._ Los montos consignados en la Resolución Directoral N' 1157-2014-0GGRH/SA, serán abonados con cargo a la Específica de Gasto 25 .51 .21 , Meta 0133, y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la Unidad Ejecutora 001 , Pliego 11, Ministerio de Salud. Artículo 3°._ Remitir copia de la presente resolución al Director General de la Oficina General de Administración, quien preside el Comité encargado del listado de priorización de obligaciones de sentencias con calidad de cosa juzgada. Artículo 4°._ Remitir copia de la presente resolución al Procurador Púb lico del Ministerio de Salud para su conocimiento y presentación ante el Sétimo Juzgado Transitorio Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima , para su aprobación. Regístrese y Comuníquese,