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Miércoles, 08 de julio de 2015

EL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS Y UN NUEVO JUEZ ECUATORIANO

Los Estados miembros de la OEA, al depositar el instrumento de ratificación de la Convención Americana de Derechos Humanos, adquirieron las obligaciones de respetar y garantizar los derechos humanos. En este ámbito, los Estados deben prevenir cualquier vulneración de derechos y en el caso de que esta se haya producido, deben investigar, sancionar y reparar los daños producto de esta vulneración, conforme a su derecho interno. Sin embargo, si el ordenamiento jurídico interno no ofrece mecanismos adecuados y eficaces, o si en efecto la reparación no se ha producido, se activa el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos, es actualmente la única alternativa supranacional dentro de la región, que permite la efectiva de protección de derechos fundamentales frente a cualquier tipo de vulneración, lo que denota su importancia. Este sistema se sostiene por dos pilares: La Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Corte tiene competencia para conocer cualquier caso contencioso en donde se discuta sobre la violación o vulneración de derechos humanos, y se encarga de verificar el cumplimiento de estos derechos y de los deberes exigidos por la Convención, por parte de los Estados que han declarado reconocer la competencia de la Corte. Es necesario recordar que previamente a que un caso se discuta dentro de la Corte, este debe pasar por una fase previa de admisibilidad ante la Comisión, que comprende dos etapas. En un primer plano, se analiza si las peticiones cumplen esencialmente con los requisitos de forma establecidos en el artículo 46 de la Convención y de ser admisible se pasa a una nueva etapa de análisis de fondo, en donde la Comisión buscará una solución amistosa del conflicto y de no ser posible, elabora un informe que contiene recomendaciones a los Estados y del cual se desprenden dos posibilidades: 1. Si el Estado acata las recomendaciones, se elabora un nuevo informe definitivo en donde constan las conclusiones y opinión de la Comisión; ó, 2. El caso pasa a jurisdicción y decisión de la Corte. Debido a la importancia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Convención ha establecido dentro del artículo 52.1, los requisitos que deben ser cumplidos por los miembros de esta magistratura, misma que estará conformada por siete jueces “…de la más alta autoridad moral, de reconocida competencia en materia de derechos humanos, que reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio de las más elevadas funciones judiciales conforme a la ley del país del cual sean nacionales o del Estado que los proponga como candidatos.”, que son seleccionados por los Estados Parte en la Convención, en votación secreta y por mayoría absoluta de un banco de elegibles propuesto por los mismos Estados. En este marco, el único ecuatoriano electo juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos era el eminente jurista Hernán Salgado Pesantes, quien fue electo por dos periodos e incluso fue Presidente de la misma, esto hasta que el pasado 16 de junio, Patricio Pazmiño, actual presidente de nuestra Corte Constitucional, fue electo como uno de los nuevos cuatro jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La elección de Patricio Pazmiño generó controversia a nivel nacional e internacional, ya que existían fuertes críticas realizadas principalmente por parte de los estudiosos de los Derechos Humanos en el Ecuador e incluso por el mismo Hernán Salgado que consideraban a Pazmiño como un candidato no idóneo, al no cumplir a cabalidad con los requisitos establecidos en el artículo 52 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Cuestionando el trabajo realizado por Pazmiño dentro de la Corte Constitucional, así como su falta de independencia, principalmente por fallos que nunca fueron en contra de los intereses del gobierno, en casos de renombre como el de la Ley de Comunicación, las reformas constitucionales por vía legislativa, los dictámenes que obstaculizan la celebración de consultas populares, e incluso el caso de la Cervecería Nacional, en donde también se acusó a Pazmiño por presunto cohecho. Si bien, un juez de la Corte Interamericana no puede actuar en casos de su Estado originario, la crítica se basa en que la falta de independencia y el apego político podrían influenciar las decisiones de otros magistrados e incluso sus fallos podrían estar conducidos a favorecer a los Estados aliados dentro de la región. A pesar de las críticas, nunca existió objeción alguna a la candidatura de Pazmiño en el seno de la OEA, siendo elegido de forma contundente, casi por unanimidad, con 22 de los 23 votos posibles, logrando ser el candidato más votado de los cinco elegibles, incluso por encima del connotado jurista argentino Eugenio Raúl Zaffaroni. Es por esto que ahora el propio Patricio Pazmiño en su rol como juez, será el encargado de probar su independencia y probidad; y, de legitimar su elección con cada uno de sus fallos dentro de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esperemos por el bien del Ecuador y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos que Pazmiño logre desvirtuar todas las críticas y sepa validar cada una de sus actuaciones, continuando de esta manera con el gran legado que dejo para todos los ecuatorianos Hernán Salgado Pesantes, como juez y Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ¡Sin duda, una dura tarea!

Abg. Cristian Álvarez. Analista Legal LEXIS S.A. [email protected]