avisos judiciales

de la Provincia de Hualgayoc-. Bambamarca, que despacha la. DRA- MARIA LILIANA MAMANI. YUPANQUI .... la madre de la titular, al haberse consignado erróneamente como. “Brisaida García Abanto”, siendo ... Especialista: JUAN DE DIOS COJAL. MENA. Se cita y emplaza a: MODESTO. EUSEBIO NARRO FLORES.
6MB Größe 7 Downloads 15 vistas
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Miércoles, 30 de diciembre del 2015 

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

2.EDICTOS CLASIFICADOS CONSEJO DE FAMILIA

EDICTO Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de HualgayocBambamarca, que despacha la DRA- MARIA LILIANA MAMANI YUPANQUI, se viene tramitando el EXP. N° 241-2013 doña LEYDI CERNA CIEZA, sobre ALIMENTOS, contra ADELMO MUÑOZ EDQUEN, en el que mediante RESOLUCION NUMERO: VEINTE ,se ha ordenado se notifique con la RESOLUCION QUINCE donde se ha ordena practicar la liquidación de pensiones devengadas y ponerlo a conocimiento del demandado mediante EDICTOS.-Que secretaria ha cumplido con practicar la liquidación de pensiones hasta el ONCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, los mismos que ascienden a la suma de TRES MIL QUINIENTOS UN NUEVOS SOLES CON SETENTICINCO CENTIMOS.-Lo que se pone en conocimiento del demandado para que en el término de TRES DIAS, cumpla con cancelarlos o la observe, bajo apercibimiento de tenerse por aprobado en el monto señalado.- Lo que se comunica para los fines de ley.-Luis Aguilar Villanueva.- Secretario Judicial Bambamarca, 13 de Noviembre del 2015 Dra. Maria Liliana Mamani Yupanqui JUEZ SUPERNUMERARIO – JUEZ DE PAZ LETRADO HUALGAYOC BAMBAMARCA Luis A. Aguilar Villanueva SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO HUALGAYOC – BAMBAMARCA P. 5072065 F.P. 28-30 Diciembre 04 Enero S/.12.00 EDICTO JUDICIAL EXP. NO. 202 - 2015-F seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de San Marcos, por JOSE PEDRO ROJAS VASQUEZ contra ERICK ALEXIS ROJAS URBINA sobre Exoneración de alimentos, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO UNO: San Marcos veintidós de octubre del dos mil quince, se resuelve ADMITIR A TRAMITE, en la vía de proceso sumarísimo la demanda de Exoneración de alimentos: interpuesta por José Pedro Rojas Vásquez contra Erick Alexis Rojas Urbina, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se indica; así como

Miércoles, 30 de diciembre del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

sus domicilios real y procesal indicados, ordenándose se notifique al demandado Erick Alexis Rojas Urbina mediante edictos, en consecuencia PUBLIQUESE un extracto de la resolución uno, por tres veces consecutivas; en días hábiles en los diarios oficiales “La República a y el “ Peruano” , así como en la Emisora radial local “Chasqui Llacta”, donde el demandado dentro de cinco días de realizada la última publicación se apersone al proceso y cumpla con absolver la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal en caso de incumplimiento.-Firmado.CABRERA.- Juez .- Firmado- LEZAMA.- Secretario ABSALÓN CABRERA RODRIGUEZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS JUAN J. CAMACHO AREVALO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS P. 5072544 F.P.28-29-30 Diciembre S/. 12.00

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EDICTO EXPEDIENTE: 1182-2015-0-0601-JR-CI-03 JUEZ: DR. WILLIAMS VENTURA PADILLA. SECRETARIO: ABOGADO, CESAR JOEL ESTARDA JULON. MATERIA: CAMBIO DE NOMBRE Ante el Tercer Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, a cargo del Juez Titular Williams Ventura Padilla, y secretario judicial (Abogado) Cesar Joel Estrada Julón, se viene tramitando el Proceso seguido por Fernández Hernández Vianet, sobre cambio de nombre. Se publica lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: uno, y dos del 04 de noviembre y 14 de diciembre del dos mil quince, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Fernández Hernández Vianet, sobre CAMBIO DE NOMBRE, en vía del proceso NO CONTENCIOSO; en consecuencia SE HACE de conocimiento de la demanda al Ministerio Publico, asimismo se ha señalado fecha para la realización de la audiencia de declaración judicial para el día dieciocho de enero del año dos mil dieciséis a las nueve de la mañana; PUBLÍQUESE un extracto de la demanda por dos días hábiles en el diario oficial “El Peruano” y en el diario “La República”.

1

B

Cajamarca, 22 de diciembre de 2015. WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA CESAR JOEL ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P. 5073073 F.P. 29-30 Diciembre S/.8.00 EDICTO JUDICIAL Exp. N° 092-2015 - C, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de San Marcos, por YANET BRISAIDA MELÉNDEZ GARCIA, quien solicita la rectificación de su partida de Nacimiento; en el cual se resuelve lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.San Marcos, veintitrés de octubre del dos mil quince, se RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía de proceso no contencioso la solicitud de rectificación de partida de Nacimiento interpuesta por YANET BRISAIDA MELÉNDEZ GARCIA, quien solicita: a).- Que se rectifique el día de nacimiento de la titular, al haberse consignado ilegiblemente, siendo lo correcto “Domingo 23”, b) Se rectifique los datos de la madre de la titular, al haberse consignado erróneamente como “Brisaida García Abanto”, siendo lo correcto “María Brisaida García Abanto” y c) Se rectifique el año en que se extiende la partida de nacimiento, al haberse tarjado, siendo lo correcto “(91) noventa y uno”. Quedando subsistente los demás datos; habiéndose dispuesto la publicación del edicto en el diario “La República” por una sola vez, así como en la emisora radial “Chasqui Llacta” de esta ciudad, prescindiéndose de la audiencia de Actuación y Declaración Judicial. Lo que se pone a conocimiento para los fines de Ley.- Firmado. CABRERA - Juez.- Firmado. LEZAMASecretario. ABSALÓN CABRERA RODRIGUEZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS LINDER LEONCIO LEZAMA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO SAN MARCOS P.5076530 F.P. 30 Diciembre S/.4.00 EDICTO EXPEDIENTE: 1215-2015-0-060 1-JR-CI-03 JUEZ: DR. WILLIAMS VENTURA

2

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

PADILLA. SECRETARIO: ABOGADO, CESAR JOEL ESTARDA JULON. MATERIA: CAMBIO DE NOMBRE Ante el Tercer Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, a cargo del Juez Titular Williams Ventura Padilla, y secretario judicial (Abogado) Cesar Joel Estrada Julón, se viene tramitando el Proceso seguido por Luna Durand Dilquer sobre cambio de nombre. Se publica lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: uno, y dos del 10 de noviembre y 14 de diciembre del dos mil quince, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por DILQUER LUNA DURAN, sobre CAMBIO DE NOMBRE, en vía del proceso NO CONTENCIOSO; en consecuencia SE HACE de conocimiento de la demanda al Ministerio Publico, asimismo se ha señalado fecha para la realización de la audiencia de declaración judicial para el día veintidós de enero del año dos mil dieciséis a las nueve de la mañana; PUBLÍQUESE un extracto de la demanda por dos días hábiles en el diario oficial “El Peruano” y en el diario “La República”. Cajamarca, 21 de diciembre de 2015 WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA CESAR JOEL ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P. 5076659 F.P. 30-31 Diciembre S/.8.00

4.EDICTOS PENALES EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: LIDIA EUGENIA NARRO CUEVA EXP: 1696-2014-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día VEINTISEIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número 05 (7mo piso) de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado GALTER EDINSON QUISPE CALUA concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza

Miércoles, 30 de diciembre del 2015 

policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Lidia Eugenia Narro Cueva DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 29-30-31 Diciembre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ Exp. 1348-2012-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día 18 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS , a las 03:00 PM DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° DOS - 2DO. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo los acusados RAMON QUISPE PAISIG, CASTREJON MALCA GERARDO, SANTOS QUISPE PAISIG y PEDRO MOROCHO QUISPE, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de HURTO DE GANADO, en agravio de CUEVA CERCADO ZOLIA . Suscribe el señor Juez GERMAN ENRIQUE MERINO VIGO, y la especialista judicial: Juan Briones Alvarez. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA 3° JUZGADO UNIPERSONAL GERMAN E. MERINO VIGO JUEZ F.P. 29-30-31 Diciembre EDICTO PENAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION DE FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CONTUMAZA ESPECIALISTA JUDICIAL: ROXANA ALVAN ZAMORA EXP. N° 035-2014-0 RESOLUCION N° DIECINUEVE de fecha 16 de diciembre del 2015; SE RESUELVE: 1.- declarar CONSENTIDA la resolución número Quince de fecha diecisiete de setiembre del presente año. 2.ARCHIVARSE definitivamente la presente causa ANULANDOSE los antecedentes que se hubiera generado contra REynerio Qui-

liche Ortiz por el delito contra la vida el cuerpo y la salud en su modalidad de lesiones culposas en agravio de Felipe Antonio Briones Pompa y José Artiaga Rojas y Elida Benavides Díaz 3.NOTIFICAR VIA EDICTO a la representante de la menor agraviada señora MARIA ASUNCIONA DIAZ BENAVIDES, en los seguidos contra Reynerio Quiliche Ortiz, por el delito de Lesiones Culposas. Edictos que serán publicados en el diario Oficial “La República” de Cajamarca por el pazo de TRES DIAS. Suscribe la Señora Juez María Jesús Amaya Valderrama y Especialista Judicial Roxana Alvan Zamora. MARIA JESUS AMAYA VALDERRAMA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION A FUNCIONES DE JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTUMAZA ROXANA ALVAN ZAMORA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTUMAZA F.P. 29-30-31 Diciembre EDICTO PENAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICIÓN DE FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CONTUMAZÁ ESPECIALISTA DE CAUSAS: ROXANA ALVAN ZAMORA EXP. N° 037-2014-0 Mediante resolución número veintidós SE RESUELVE: Notificar por edictos al agraviado José Luis Alvarado Cerna con un extracto de la resolución número QUINCE esto es 1. REPROGRAMESE fecha de audiencia de sobreseimiento para el dia JUEVES SIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MANÑANA la misma que se realizara en la sala de audiencia del juzgado de investigación preparatoria de Contumazá, con la presencia y del fiscal y de los demás sujetos procesales, se precisa que las partes deberán asistir con quince minutos de anticipación. 2. Notifíquese Vía edictos al agraviado José Luis Alvarado Cerna. Suscribe la señora Juez María Jesús Amaya Valderrama y la Especialista de Causas Roxana Alván Zamora. MARIA JESUS AMAYA VALDERRAMA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION A FUNCIONES DE JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTUMAZA ROXANA ALVAN ZAMORA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTUMAZA F.P. 29-30-31 Diciembre

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 2013-122-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra SANTOS MAGNO QUIROZ COTRINA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de MELANIA MANOSALVA TASILLA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE, QUE RESUELVE: NOTIFIQUESE a la parte procesal agraviada MELANIA MANOSALVA TASILLA y demandado SANTOS MAGNO QUIROZ COTRINA con un extracto de la presente resolución y resolución número quince y dieciseis, MEDIANTE EDICTOS, los mismos que se publicarán en el diario oficial la República, por el plazo de tres días consecutivos. RESOLUCIÓN NÚMERO QUINCE: Acta de Audiencia Única, se declara Saneado el presente Proceso por la existencia de una relación jurídica procesal válida entre las partes, se fijan puntos controvertidos y se admiten los medios probatorios. RESOLUCION NUMERO DIECISEIS: SENTENCIA.- Se declara FUNDADA en parte la demanda, de violencia familiar en su modalidad de maltrato físico interpuesta por el representante del Ministerio Público, contra SANTOS MAGNO QUIROZ COTRINA en agravio de la señora MELANIA MANOSALVA TASILLA, en consecuencia: ORDENO como MEDIDAS DE PROTECCIÓN definitivas a favor de la agraviada las siguientes 1) Abstenerse de realizar cualquier tipo de agresión física (bofetadas, lesiones con objetos, patadas u otros golpes) y/o psicológica (insultos, amenazas, degradaciones, humillaciones, vejaciones, entre otros); 2) Abstenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa e indirecta en agravio de la agraviada antes mencionada; bajo apercibimiento de remitirse copias de los actuados a la Fiscalía Provincial Penal a que proceda a investigarlo por el delitos de Desobediencia a la Autoridad en caso de incumplimiento; FIJO como reparación civil a favor de la agraviada PAULA ISABEL OLIVARES MEGO la suma de QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (SI. 500.00) por el maltrato físico sufrido; suma que será cancelada por el demandado en el plazo de dos meses, en la proporción de DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES cada treinta días; montos que deberá cancelarlos mediante depósitos judiciales del Banco de la Nación y presentarlos con un escrito ante este Juzgado. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LENIN MANUEL SALAZAR SALA-

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE ZAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN F.P. 30-31 Diciembre 04 Enero. EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHOTA ESPECIALISTA JUDICIAL: YESHENIA ANGIE REYES VASQUEZ EXPEDIENTE N°: 177-2015-82-0610-JR-PE-02 Se notifica, cita y emplaza a ROJAS SANCHEZ WILMER, con la resolución número seis de fecha quince de diciembre del año dos mil quince, por el Delito contra la Familia en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Yureli Avigail Rojas Tarrillo; la cual RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA LA PRESENTE AUDIENCIA Y SEÑALA FECHA PARA INICIO DE JUICIO ORAL PARA EL DIA MARTES DIECISEIS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencia número tres de este Órgano Jurisdiccional, ubicado en el Jr. 27 de noviembre N° 440 Cuarto Piso, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado REO CONTUMAZ O, AUSENTE según corresponda y ordenarse su ubicación y captura en caso de inasistencia. Se requiere su asistencia con quince minutos de anticipación para su acreditación correspondiente. NOTIFIQUESE.Autoriza el Señor Juez Aurelio Barboza Rimarachin AURELIO BARBOZA RIMARACHIN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CHOTA YESHENIA ANGIE REYES VASQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO MODULO PENAL CHOTA F.P. 30-31 Diciembre 04 Enero. EDICTO PENAL Exp. N° 1922-2015-0-06011-JRPE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: MODESTO EUSEBIO NARRO FLORES Para que tomen conocimiento y se pongan a derecho, que mediante Resolución N° 02. de fecha 17/12/2015, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS al PROCESADO MODESTO EUSEBIO NARRO FLORES con el contenido de la resolución número DOS que señala: “DADO CUENTA con el estado del presente proceso y de la revisión de las cédulas de notificación que obran en el presente proceso, se advierte que estas han sido devueltas sin diligenciar, por cuanto el domicilio real señalado en el requerimiento acusatorio fiscal del

Miércoles, 30 de diciembre del 2015 

destinatario, no existe con lo tanto se desconoce el paradero actual del mencionado acusado, siendo ello así y a fin de no vulnerar el derecho de defensa del referido acusado, NOTIFÍQUESE vía edictos en el Diario Oficial “La República” por el lapso de tres días hábiles consecutivos, conforme a lo prescrito por el artículo 128° del Código Procesal Penal, al no conocerse su domicilio real exacto y su paradero actual, con un extracto de la presente Resolución, asimismo, REQUIERE a dicho acusado para que en el plazo de un día de notificado cumpla con designar abogado defensor de su libre elección a fin de que ejerza su defensa técnica, bajo apercibimiento de nombrarse un defensor público, en caso de incumplimiento. OFICIANDOSE con tal fin. INTERVINIENDO el Especialista Judicial que da cuenta el día de la fecha, por disposición Superior. NOTIFÍQUESE; debiendo para tal efecto, ser notificado VÍA EDICTOS en el Diario Oficial de esta Corte Superior de Justicia, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto de la presente resolución. Cajamarca, 22 de Diciembre del 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ELIZABETH VICENTA ARIAS QUISPE JUEZ F.P. 30-31 Diciembre 04 Enero. EDICTO PENAL Exp. N° 01805-2015-0-0601-JRPE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: JOSÉ NIEVES TOLEDO SANCHEZ Para que tomen conocimiento y se pongan a derecho, que mediante Resolución N° 01, de fecha 26/10/2015, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS al PROCESADO JOSÉ NIEVES TOLEDO SANCHEZ con el contenido de la resolución número UNO que señala: “DADO CUENTA: Con el Requerimiento De Acusación Directa incoado por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca contra Segundo Chuqui Huamán por la presunta comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad Cajamarquina: AGRÉGUESE a los autos. Y, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse a la acusada en

el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación dese su inicio. Avocándose al conocimiento de la presente acusa la magistrada que suscribe la presente por Disposición Administrativa. NOTIFÍQUESE.-; debiendo para tal efecto, ser notificado VÍA EDICTOS en el Diario Oficial de esta Corte Superior de Justicia, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto de la presente resolución. Cajamarca, 21 de Diciembre del 2015. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ELIZABETH VICENTA ARIAS QUISPE JUEZ F.P. 30-31 Diciembre 04 Enero. EDICTO PENAL Exp. N° 0071-2015-0-0601-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: FERNANDO ELISEO RODRIGUEZ CACHAY Para que tomen conocimiento y se pongan a derecho, que mediante Resolución N° 06, de fecha 17/12/2015, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS al PROCESADO FERNANDO ELISEO RODRIGUEZ CACHAY con el contenido de la resolución número SEIS que señala: “DADO CUENTA con el estado del presente proceso penal y estando a la razón emitida por el Notificador Judicial, mediante la cual devuelve la cédula de notificación judicial sin diligenciar dirigida al investigado Fernando Eliseo Rodríguez Cachay, con la resolución número uno de fecha nueve de junio del año en curso, por cuanto el domicilio real señalado por el representante del Ministerio Público, no existe y que los vecinos del lugar refieren no conocer al destinatario, siendo ello así y a fin de no vulnerar el derecho de defensa del referido investigado, debe notificarse vía edictos en el diario oficial de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, asimismo, antes de correr traslado con el requerimiento sobreseimiento, REQUIERASE a éste para que en el plazo de tres días hábiles de notificado cumpla con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia, de nombrársele un abogado defensor público a fin de que ejerza su defensa técnica, debiendo para tal efecto NOTIFÍCARSE vía edictos en el Diario Oficial “La República” por el lapso de tres días hábiles consecutivos, conforme a lo prescrito por el artículo 128° del Código Procesal Penal, al desconocer el domicilio real exacto y su paradero actual, con un extracto de la presente resolución. OFICIANDOSE con tal fin. NOTIFÍQUESE.-, debiendo para tal

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

3

efecto, ser notificado VÍA EDICTOS en el Diario Oficial de esta Corte Superior de Justicia, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto de la presente resolución. Cajamarca, 21 de Diciembre del 2015. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ELIZABETH VICENTA ARIAS QUISPE JUEZ F.P. 30-31 Diciembre 04 Enero. EDICTO PENAL Exp. N° 2013-2015 - 1-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin D. Vigo Portal Se cita y emplaza a: Imputado GARY SANCHEZ CHAVEZ RESOLUCIÓN NUMERO UNO.- Cajamarca, siete de julio del dos mil catorce.-SE HA DADO CUENTA con el requerimiento fiscal, siendo que éste reúne los requisitos exigidos por Ley y conforme lo prescrito por el artículo 271° del Código Procesal Penal, SEÑALASE: FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA, la que se realizará el día CINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a las DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DE LA MAÑANA (10:30 AM- hora exacta), en la Sala de Audiencias Número Tres (03), con la obligatoria presencia del Fiscal, bajo apercibimiento de informarse de su conducta al Órgano de Control Interno del Ministerio Público en caso de inconcurrencia y teniendo en cuenta que el investigado se encuentra en libertad, no contando con abogado defensor, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, REQUIERASE al investigado GARY SANCHEZ CHAVEZ para que en el plazo de un día de ser notificado, con la presente resolución, cumpla con designar abogado defensor de su libre elección, se apersone a la instancia y concurra la audiencia fijada en autos, bajo apercibimiento de designarse un abogado defensor público, en caso de incumplimiento, para lo cual se lo deberá notificar en su domicilio que figura en su ficha del RENIEC, sin perjuicio de ello notifíqueselo mediante edictos por el término de tres de TRES DÍAS en el Diario Judicial “La República” OFICIESE con tal fin; PRECISESE que las partes procesales deberán estar presentes en la referida Sala, quince minutos antes de la hora fijada para la audiencia, y en cuanto al abogado defensor éste deberá acudir con su constancia de habilidad y con las formalidades de ley. Notifíquese. – EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 30-31 Diciembre 04 Enero.

4

4

iércoles, 30 de del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTEMiércoles, 30 Mde diciembre deldiciembre 2015 

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

Cuatro características corresponden al juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.