ata da reunião bilateral brasil – argentina dos - Dinatran

Los controles a los medios de transporte extranjeros habilitados bajo la modalidad de “Excursiones en Circuito Cerrado” a ser implementados por la. Dirección ...
63KB Größe 4 Downloads 65 vistas
ACTA DE LA REUNIÓN MULTILATERAL EXTRAORDINARIA DE ORGANISMOS DE APLICACIÓN DEL ATIT SOBRE LA VISITA DEL PAPA FRANCISO AL PAREGUAY. Ciudad del Este, 25 y 26 de junio de 2015

Documentos de Porte Obligatorio de Buses Afectados a Viajes Ocasionales en Circuito Cerrado Los controles a los medios de transporte extranjeros habilitados bajo la modalidad de “Excursiones en Circuito Cerrado” a ser implementados por la Dirección Nacional de Transporte, se ajustan a las normas de aplicación emergentes del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (Art. 27 Apéndice 4 - ATIT) y normas complementarias del MERCOSUR, que contemplan los siguientes requisitos de porte obligatorio: -Autorización o Habilitación del vehículo para el transporte internacional emitido por el Organismo de Aplicación del ATIT del país de origen, conteniendo: Nombre o razón social del la empresa propietaria del vehículo Individualización del vehículo: Tipo, marca y n° de patente o placa. Itinerario del viaje: Origen, destino y puntos intermedios. Pasos fronterizos a ser utilizados, ida y vuelta. Fechas aproximadas entre las que se efectuará el viaje, ida y vuelta. -Lista de Pasajeros. -Original o copia autenticada de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil del Transportador Carretero en Viaje Internacional (Carta Azul) -Certificado de Inspección Técnica Vehicular expedido por cualquier país signatario del ATIT (Comprobante de aptitud técnica de la unidad vehicular) Estos documentos deberán ser llevados durante todo el recorrido. Los permisos bajo la modalidade de servicios ocasionales en circuito cerrado no requieren la complentación por parte de los países de destinos y/o transitados.