2016 - "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia
Ministerio
Nacional"
de Salud
Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos
DJS?OSICIÚ'; N°
ANMAT
BUENOSAIRES,
VISTO las Disposiciones AN'MAT N° Expediente NO 1-47-0000-83-16-0
1 9 FES, 2016
5042/15
Y N°
6054/15
Y el
del Registro de esta Administración Nacional
de Medicamentosl Alimentos y Tecnología Médica; y
CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 1490/92 se creó esta Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos
y Tecnología
descentralizado
de la Administración
autarquía económica y financieral
Médica (ANMAT) como
organismo
Pública Nacional con un régimen
con jurisdicción en todo el territorio
de
de la
Nación. Que el aludido decreto declaró de interés nacional las acCiones dirigidas a la prevención,
resguardo y atención de la salud de la población que se
desarrollen a través del control y fiscalización de la calidad y sanidad, entre otros, de los productos, sustancias, elementos y materiales que se consumen o utilizan en la medicina humana, y del contralor de las actividades, procesos y tecnologías que mediaren o estuvieren comprendidos en dichas materias. Que el artículo 30 del referido decreto establece que esta Administración Nacional tendrá competencia en todo lo referido al control y la fiscalización sobre la sanidad y calidad, entre otros productos, de los reactivos, elementos de diagnóstico, materiales y tecnología biomédicos y todo otro producto de uso y
l~
1
2016 - "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia
ff
Nacional
D!S?OSICIÚ~N°
Ministerio de Salud Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos
ANMAT aplicación en la medicina humana. Que por otra parte el artículo 8° inciso m) del Decreto N° 1490/92 otorga a esta Administración
Nacional la atribución
de determinar
y percibir
los
aranceles y tasas retributivas correspondientes a los trámites y registros que se efectúen, como así también por los servicios que se presten. Que asimismo de conformidad a lo establecido en el artículo 11 del referido
cuerpo
normativo,
esta Administración
Nacional dispone
para el
desarrollo de sus acciones de los recursos allí enumerados, entre los que se encuentran incluidos los provenientes de las tasas y aranceles que aplique conforme a las disposiciones adoptadas, los recargos establecidos por la mora en el pago de las tasas, multas y aranceles que perciba y todo otro tipo de recurso que se determine a través de las leyes y disposiciones que se establezcan con tal nnalldad. Que los aranceles que esta Administración Nacional percibe actualmente por los servicios que presta respecto de los trámites relacionados con productos médicos; productos para diagnóstico de uso "in vitro" (Disposición ANMAT N° 2674/99 Y Disposición ANMAT N° 2275/06);
Certificados duplicados/tripíicados
correspondientes a productos médicos clase 1, II, III Y IV Y productos para diagnóstico de uso "in vitro" . ANMAT N° 2275/06); prácticas
Autorización de funcionamiento,
de fabricación
correspondientes
(Disposición ANMAT N° 2674/99 Y Disposición
(BPF) y
al cumplimiento
modificaciones
renovación de buenas
(habilitaciones);
Trámites
de BPF para empresas radicadas en el
extranjero o mercosur; Trámites correspondientes a productos médicos usados; 2
2016 - "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia
Nac,onal"
DIS?OSICIÚN N.
Ministerio de Salud Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos
ANMAT Certificaciones y autenticación; Trámites correspondientes a habilitaciones de productos médicos clase I, vitro",
n,
!II y IV, productos para diagnóstico de uso "in
productos higiénicos, absorbentes y descartables y distribuidoras de
productos médicos; Estudios de investigación en tecnología médica y despathos de importación se encuentran previstos en la Disposición ANMAT N° 5042~15, rectificada por Disposición ANMAT N° 6054/15, Que los referidos montos han devenido insuficientes para llevar a cabp de , manera eficiente las tareas correspondientes, cuya complejidad y especifiC:idad se incrementan con el permanente avance científico y tecnológico producido en
I
el sector.
Que en virtud de todo lo expuesto deviene necesario modificar los montos de
los aranceles vigentes
respecto
de
los servicios
prestados
por esta
Administración Nacional, fjjándolos en un valor acorde con la excelencia en la calidad que requiere la fiscalización de las industrias involucradas. Que la Dirección General de Administración ha tomado la intervención de su competencia. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° " 1490/92 Y el Decreto N° 101 de fecha 16 de diciembre de 2015.
\ Por ello,
3
2016 - "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia
D1SPOSICION N° Ministerio
de Salud
Nacional"
1 6 Q .6,
Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos
ANMAT EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN
NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA DISPONE: ARTÍCULO 1°_ Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las I
tramitaciones que se realicen ante la Administración Nacional de Medicamentos, , Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) correspondientes a productos médi~os; productos para diagnóstico de uso "in vitro" (Disposición ANMAT N° 2674/49 Y Disposición
ANMAT
N°
2275/06);
Certificados
dUPlicados/triPlicldOS
correspondientes a productos médicos Clase I, II, III Y IV Y productos bara diagnóstico de uso "in vitro" ANMAT N° 2275/06);
I
(Disposición ANMAT N° 2674/99 Y Disposición I I
Autorización de funcionamiento, renovación de buenas
prácticas de fabricación
(BPF) y
modificaciones
(habilitaciones);
Trámites
, correspondientes al cumplimiento
de BPF para empresas radicadas en el
extranjero o mercosur; Trámites correspondientes a productos médicos usa10s; Certificaciones y Autenticación; Trámites correspondientes a habilitaciones de productos médicos clase 1, II, III Y IV, productos para diagnóstico de uso "in vitro",
productos higiénicos, absorbentes y descartables y distribuidoras de
productos médicos; Estudios de investigación en tecnología médica y ¡despachos de importación, conforme el detalle que, como Anexo, forma parte integrante de
,I~ presente disposición. ARTÍCULO
2°_
Derógase
el Anexo
de la Disposición
ANMAT
N°
5042/15,
rectificada por Disposición ANMAT N° 6054/15. ARTÍCULO3°_ La presente disposición entrará en vigencia a partir del primer día
\~
4
2016 - "Año del Bicentenario
de la Declaración de la Independencia
Nac anal"
16 O 6
DlSPOSIClúN N° Ministerio de Salud Secretaría de Políticas, Regulación
e Institutos
ANMAT hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 40_ Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a las Cámaras y Entidades Profesionales dJ los sectores involucrados. Dése a la Dirección Nacional de Productos Médicos'la la Dirección de Gestión de la Información Técnica, a la Dirección de Relaci nes Institucionales
y
Regulación
Publicitaria
y
a
la
Dirección
Administración. Cumplido, archívese.
EXPEDIENTE N° 1-47-0000-83-16-0 DISPOSICIÓN
N°
Dr. CA LOS CHIALE Admlnia rlldor
Nacional
A,J'i.M.A~T.
5
General
de
2016 - "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional-
Ministerio de Salud Secretaria de Políticas, Regulación e Institutos
~16O 6
ANMAT
ANEXO ..
A) PRODUCTOS
__
'o
1
MEDICOS
I I "
1,- REGISTRO,
!
MODIFICACIONES Y TRANSFERENCIAS MÉDICOS, CLASE 1 NACIONAL
DE PRODUCTOS
REGISTRO DE FAMILIA CLASE I NACIONAL MODIFICACION DE NOMBRE DESCRIPTIVO, PRODUCTOS MEDICOS CLASE I NACIONAL MODIFICACION DE CLASE DE RIESGO, PRODUCTOS MEDICOS CLASE I NACIONAL
.
'
.
MODIFICACIÓN DE INDICACIÓN/ES AUTORI2ADA/S. FINALIDAD . DE USO PRODUCTOS MEDICOS CLASE I NACIONAL MODIFICACIÓN PERÍODO DE VIDA ÚTIL, PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I NACIONAL MODIFICACION CONDICIÓN DE USO, PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I NACIONAL MODIFICACION DE MARCA, PRODUCTOS MEDICOS CLASE I NACIONAL MODIFICACION DE MODELOS, PRODUCTOS MEDICOS CLASE I NACIONAL MODIFICACION FORMA DE PRESENTACION, PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I NACIONAL CAMBIOS O AGREGADOS EN LA COMPOSICIÓN, PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I NACIONAL
$ 2.100
!
IOb
$ 1.200 00
i
,
$ 1.20000
$ 1.20000 $ 1.550
00
• 1.20000
I I 1 I
• 1.550 Ob
I $ 1.S50 00
I • 1.200 00 $ 1.S50
00
I
MODIFICACIÓN FUENTE DE OBTENCIÓN DE LA/S MATERIA/S PRIMA/S UTlLlZADA/S PARA PRODUCTOS DE ORIGEN BIOLÓGICO O BIOTECNOLÓGICO, PRODUCTOS MÉDICOS CLASE • 1.20000 I NACIONAL TRANSFERENCIA DE REGISTRO, PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I $ 4.300 00 NACIONAL 2,- REGISTRO, MODIFICACIONES Y TRANSFERENCIAS DE PRODUCTOS MÉDICOS, CLASE 1 IMPORTADO 1
.,
\
6
I
2016 - ~Aflo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Naclonal~
, ,
MInisterio de Salud SecretarIa de Políticas, Regulación e Institutos
i1~6O 6
ANMAT
I
REGISTRO DE FAMILIA, PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I IMPORTADO
" 2.950 00
M9DIFICACIÓN DE NOMBRE DESCRIPTIVO, PRODUCTOS MEDICOS CLASE I IMPORTADO
" 1.650 od
MODIFICACiÓN DE CLASE DE RIESGO, PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I IMPORTADO
;; 1.650 od
I
MODIFICACiÓN DE INDI;MBIOS O AGREGADOS EN LA COMPOSICION, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2674/99 NACIONAL MODIFICACION CONTRAINDICACIONES Y/O EFECTOS ADVERSOS, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2674/99 NACIONAL
,
TRANSFERENCIA DE REGISTRO, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 26Ú/99 NACIONAL 2.- PRODUCTOS PARA DIAGNOSTICO DE USO "IN VITRO"
,
I I I
$ 2.700
~
,
.~ ,
.
14
.
I
I
$ 1.55000
$ 2.100
$ 1.550
~ 4.300 IMPORTADO
Jo Jo
I
00
,,
2016 - "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional"
160,6
Ministerio de Salud Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos
ANMAT REGISTRO DE FAMILIA, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO
,, ,,
MODIFICACIÓN DE INDICACIÓN/ES AUTORIZADA/S. FINALIDAD DE USO, PRODUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO MODIFICACION PERIODO DE VIDA UTIL, PROPUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICION ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO MODIFICACION CONDICION DE USO, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO MODIFICACION DE DATOS DEL FABRICANTE (INCLUYE NOMBRE/LUGAR DE ELABORACION), PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO
$ 2.950,00
MODIFICACIÓN DE CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO, CONSERVACIÓN Y/O M,ANIPULACIÓN DEL PRODUCTO, , PRODUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICION ANMAT NO 2674/99 IMPORTADO
$ 2,150
MODIFICACIÓN ADVE~TENCIA Y/O PRECAUCIONES, PRODUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO
$ 2,1S0,ob
MODIFICACIÓN DE MARCA, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO
$ 2,950 00
MODIFICACIÓN DE MODELOS, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO MODIFIC~CION FORMA DE PRESENTACION, P)'ODUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICION ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO MODIFICACION DE INSTRUCCIONES DE USO',PRODUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICION ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO CAMBIOS O AGREGADOS EN LA COMPOSICION, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO
\\ MODIFICACIÓN CONTRAINDICACIONES Y/O EFECTOS \~ ~DVERSOS" PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICION ANMAT N° 2674/99 IMPORTADO
15
-
$ 3.800,00
~
$ 2.150
00
$ 2.950
00
$ 2.150,00
!
$ 2,950
00
00
$ 2,150,00
$ 2,150,00
$ 2.950
00
$ 2,150,00
2016 - "Año del BicentenarIo de la Declaración de la Independencia
Ministerio
1 6 O. 6
de Salud
Secretaria de Políticas, Regulación
Na.clonal-
e Institutos
ANMAT
TRANSFERENCIA DE REGISTRO, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO t 6.000 USO "IN VITRO" DISPOSICiÓN ANMAT N° 267,iJ99 IMPORTADO C) PRODUCTOS PARA DIAGNOSTICO DE USO "IN VITRO" (DISPOSICION ANMAT N° 2275/06) l.-PRODUCTOS
PARA DIAGNOSTICO
DE USO "IN VITRO"
REGISTRO DE FAMIUA, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO VITRO" DISPOSICiÓN ANMAT N° 2275i06 NACIONAL
NACIONAL
USO "IN
t 2.100
MODIFICACIÓN DE INDICACiÓN/ES AUTORIZADA/S. FINALIDAD DE USO, PRODUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICiÓN ANMAT NO 2275/06 NACIONAL MODIFIC~CION PERIODO DE VIDA UTlL, PROPUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DlSPOSICION ANMAT N° 2275/06 NACIONAL MODIFICACION CONDICION DE USO, PRODUCTOS P/DlAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICiÓN ANMAT N° 2275/06 NACIONAL MODIFICACION DE CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO, CONSERVACiÓN Y/O M.ANIPULACIÓN DEL PRODUCTO, PRODUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICiÓN ANMAT N° 2275/06 NACIONAL MODIFICACiÓN DE MARCA, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTlCO "IN VITRO" DISPOSICiÓN ANMAT N° 2275i06 NACIONAL
TRANSFERENCIA DE REGISTRO, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICiÓN ANMAT N° 2275/06 NACIONAL _.
-
DE USO "IN VITRO"
16
-
~
I Jo
• 1.20000
" 1.550
Jo
" 1.20000
1
• 1.20000
1
• 1.550 0 0
I
t 1.550 00
.
PARA DIAGNOSTICO
I
USO
MODIFICACiÓN DE MODELOS, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTlCO USO "IN VITRO" DlSPÓSICIÓN ANMAT N° 2275/06 NACIONAL MODIFICACION FORMA DE PRESENTACION, PRODUCTOS ' P/DIAGNOSTlCO USO "IN VITRO" DISPOSICION ANMAT N° 2275/06 NACIONAL CAMBIOS O AGREGADOS EN LA COMPOSICION, PRODUCTOS P/DlAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICiÓN ANMAT N° 275/06 NACIONAL MODIFICACION CONTRAINDICACIONES Y/O EFECTOS ADVERSOS, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTlCO USO "IN VITRO" DISPOSICiÓN ANMAT N° 2275/06 NACIONAL
2,-PRODUCTOS
I
00 ;
. "1.200
ot
• 1.55000
I 1
• 1.200 0 0 .4.3000'0 IMPORTADO
2016 - "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional"
I
~t60 6
Ministerio de Salud Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos
ANMAT .
REGISTRO DE FAMIpA, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN Vi'TRO" DISPOSICION ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO
I
$ 2.950,00
MODIFICACIÓN DE INDICACIÓN/ES AUTORIZADA/S. FINALIDAD DE USO, PRODUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO MODIFICACION PERIODO DE VIDA UTIL, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO MODIFICACION CONDICION DE USO, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO MODIFICACION DE DATOS DEL FABRICANTE (INCLUYE NOMBRE/,LUGAR DE ELABORACION), PRODUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICION ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO
$ 2.150,00
MODIFICACIÓN DE CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO, CONSERVACIÓN Y/O MANIPULACIÓN DEL PRODUCTO, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO
• 1.650,00
MODIFICACIÓN ADVER,TENCIA Y/O PRECAUCIONES, PRODUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO
$ 1.650 00
$ 1.650 00
$ 2'150,L
$ 1.650 L
I
MODIFICACIÓN DE MARCA, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO 1 MODIFICACIÓN DE MODELO:;, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICION ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO MODIFICACION FORMA DE PRESENTACION, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO MODIFICACION DE INSTRUCCIONES DE USO, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO CAMBIOS, O AGREGADOS EN LA COMPOSICIÓ,N, PRODUCTOS P/DIAGNOSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICION ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO Mo'DIFICACIÓN CONTRAINDICACIONES Y/O EFECTOS ADVERSOS, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO
"-
,
I
I •
~
17
$ 2.150,00 .2.1S0,do
$ 1.650,00
I
$ 1.650
1
00
$ 2.150 ol
$ 1.650
00
,
2016 - -Afio del Bicentenario de la Declaracl6n de la Independencia
Ministerio
Nacional'"
.l6.0J6.
de Salud
Secretaría de Políticas, Regulaci6n e Institutos
ANMAT TRANSFERENCIA DE REGISTRO, PRODUCTOS P/DIAGNÓSTICO ~ 6.000 00 USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT N° 2275/06 IMPORTADO D) CERTIFICADOS DUPLICADOS / TRIPLICADOS CORRESPONDIENTES A . PRODUCTOS MEDICOS CLASE 1, II, III Y IV, PRODUCTOS PARA DIAGNÓSTI,CO DE USO "IN VITRO" DISPOSICIÓN ANMAT 2674/99 Y DISPOSICION ANMAT N°227S/06
.
I
EXTENSIÓN DE DUPLICADO DE PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I
~ 1.35006
EXTENSION DE TRIPLICADO DE PRODUCTOS MEDICOS CLASE I EXTENSIÓN DE DUPLICADO DE PRODUCTOS MÉDICOS CLASE 11 EXTENSIÓN 11 EXTENSION III EXTEN510N III EXTENSION IV EXTENSION IV
ob o~,
~ 2.650 ~ 1.350
DE TRIPLICADO DE PRODUCTOS MÉDICOS CLASE j;
2.650,00
DE DUPLICADO DE PRODUCTOS MEDICOS CLASE ~ 1.35000 DE TRIPLICADO DE PRODUCTOS MÉDICOS CLASE
.
i
j;
2.650
00
j;
1.350
ob
DE DUPLICADO DE PRODUCTOS MEDICOS CLASE DE TRIPLICADO DE PRODUCTOS MEDICOS CLASE
i
~2.65000 I
EXTENSIÓN DE DUPLICADO DE CERTIFICADO DE PR~/~UCTOS PARA DIAGNOSTICO DE USO "IN VITRO" DISPO 2674 99
j;
EXTENSIÓN DE TRIPLICADO DE CERTIFICADO DE PRODUCTOS PARA DIAGNOSTICO DE USO "IN VITRO" DISPO 2674/99
~ 2.650
EXTENSIÓN DE DUPLICADO DE CERTIFICADO DE PRODUCTOS PARA DIAGNOSTICO DE USO "IN VITRO" DISPO 2275/06
j;
1.350
ol I 00
I
1.350 00
¡
EXTENSIÓN DE TRIPLICADO DE CERTIFICADO DE PRODUCTOS j; 2.650 00 PARA DIAGNOSTICO DE USO "IN VITRO" DISPO 2275/06 . _. , .. E) AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO, RENOVACION DE B;P,F. y MODIFICACIONES (HABILITACIONES) l.-DISTRIBUIDORAS DE PRODUCTOS DIAGNÓSTICO DE USO "IN VITRO"
I~
MEDICOS
18
Y/O PRODUCTOS
PARA
2016 - "Año del Bicentenario de la Declaración de la In'dependencla N~cional~
16.0.6
Ministerio de Salud Secretaria de Polltlcas, Regulación e Institutos
ANMAT
I
HABILITACiÓN PARA DISTRIBUIDORAS DE PRODUCTOS MÉDICOS Y/O PRODUCTOS PARA DIAGNÓSTICO DE USO IN VITRO (INCLUYE EL OTORGAMIENTO DEL PRIMER CERTIFICADO DE BPF Y LA DESIGNACIÓN DE D.T. \ CA'MBIO O AGREGI\DO DE NUEVO DEPÓSITO, DISTRIBUIDORAS DE PROPUCTOs MEDICOs Y/O PRODUCTOS PARA DIAGNOSTICO DE USO IN VITRO MODIFICACION DE ESTRUCTURA, DISTRIBUIDORAS DE PRODUCTOS MÉDICOS Y/O PRODUCTOS PARA DIAGNÓSTICO DE USO IN VITRO
I
" B.200 00
;; 4.000
1
, "2.7000 0
RENOVACiÓN DE CUMPLIMIENTO BUSNAs PRÁCTICAS, DISTRIBUIDORAS DE PRODUCTOS MEDICOs Y/O PRODUCTOS PARA DIAGNÓSTICO DE USO IN VITRO 2.-PRODUCTOS HIGIENICOS, ABSORBENTES y DESCARTABLES HABILlTACION DE PLANTA ELABORADORA/ FRACCIONAD ORA DE PRODUCTOS HIGIÉNICOS, ABSORBENTES Y DEsCARTABLEs (INCLUYE EL OTORGA,MIENTO DEL PRIMER CERTIFICADO DE BPF Y LA DEslGNACION DE D.T.) HABILlTAClON COMO IMPORTADOR DE PRODUCTOS HIGIÉNICOS, ABSORBENTES Y DEsCARTABLEs CAM~IO O AGREGADO DE NUEVO DEPÓSITO, PRODUCTOS HIGIENICOs, ABSORBENTES Y DEsCARTABLEs .
CAM~IO O AGREGADO DE PLANTA ELABORADORA, PRODUCTOS HIGIENICOs ABSORBENTES Y DEsCARTABLEs
00
"4.0000P
$ 20.250,00
!
;; 20.250
01
" 5.150
00
;; 5.150
00
I
.
MODI.FICACION DE ESTRUCTURA PLANTAS, PRODUCTOS HIGIENICOs ABSORBENTES Y DEsCARTABLEs 3.-PRODUCTOS MEDICOS y PRODUCTOS MEDICOS " IN VITRO" AUTORIZACiÓN DE FUNCIONAMIENTO DE EMPRESA FABRICANTE Y/O IMPORTADORA DE PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I (INCLUYE EL OTORGAMIENTO DEL PRIMER CERTIFICADO DE BPF Y LA DESIGNACiÓN DE D.T) AUTORIZACiÓN DE FUNCIONAMIENTO DE EMPRESA FABRICANTE Y/O IMPORTADORA DE PRODUCTOS MÉDICOS CLASE 11 (INCLUYE EL OTORGAMIENTO DEL PRIMER CERTIFICADO DE BPF Y LA DESIGNACiÓN DE D.T)
19 ~,
. ."
5.15000 1.
" 9.050
00,
I
I $ 15.400,00'
•
2016-
".00 d,' .''''''''''0
d, l. 0,01",,16, d, ,. ',d,poodoo,l.
I
N10OOI' 1
160 6
Ministerio de Salud Secretada de PoHticas, Regulaci6n e Institutos
ANMAT AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE EMPRESA FABRICANTE Y/O IMPORTADORA DE PRODUCTOS MÉDICOS CLASE 111 (INCLUYE EL OTORGAMIENTq DEL PRIMER CERTIFICADO DE BPF Y LA DESIGNACION DE D.T) AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE EMPRESA FABRICANTE Y/O IMPORTADORA DE PRODUCTOS MÉDICOS CLASE IV (INCLUYE EL OTORGAMIENTO DEL PRIMER CERTIFICADO DE BPF Y LA DESIGNACION DE D.T) AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE EMPRESA FABRICANTE Y/O IMPORTADORA DE PRODUCTOS MÉDICOS" VITRO" (INCLUYE EL OTORGAMIENTO DEL PRIMER CERTIFICADO DE BPF Y LA DESIGNACiÓN DE D.T)
$
15.500
00
$
15.500
00
$
15.500
O
.
IN
$
4.000,00
I
$
4.000
00
I
MODIFICACiÓN DE ESTRUCTURA PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I 11 111 IV E "IN VITRO"
$
2.700
00
AMPLIACIÓN DE RUBRO, PRODUCTOS MÉDICOS CLASE 1, 11, 111, IV E "IN VITRO"
$
7.650
CJ\MBIO O AGREGADO DE NUEVO DEPÓSITO, PRODUCTOS MEDICOS CLASE 1,11, 111, IV E "IN VITRO" .
CJ\MBIO O AGREGADO DE PLANTA ELABORADORA, PRODUCTOS MEDICOS CLASE 1, 11, 111, IV E "IN VITRO"
I
oJ oJ
CERTIFICADO DE BUENAS PRACTICAS DE FABRICACiÓN CLASE I 11 111 IV E "IN VITRO" " 15.500 RENOVACION/OTORGAMIENTO DE CUMPLIMIENTO BUENAS $ 7.950,00 PRACTICAS, PRODUCTOS MEDICOS CLASE 1, 11, 111, IV, E "IN VITRO". , F) TRAMITES CORRESPONDIENTES AL CUMPLIMIENTO DE BPF PARA EMPRESAS RADICADAS EN EL EXTRANJERO O MERCOSUR.
I I
I ,
1. EMPRESAS RADICADAS EN EL EXTRANJERO
VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE BUENAS PRACTICAS DE FABRICACiÓN PLANTAS EXTRANJERO PRODUCTOS MÉDICOS CLASE 1, 11, 111, IV E "IN VITRO" (MONTO F1JO+PLANTA ADICIONAL+MONTO VARIABLE)
I~
20
$96.400,00+' planta adicional $38.450,00 + monto variable
por pasajes
vi
viáticos
2016 - "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional"
l1i6 O 6
Ministerio de Salud Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos
ANMAT $96.400,00+ planta adicional $38.450,00 + RENOVACiÓN DE CUMPLIMIENTO BUENAS PRACTICAS DE monto variijble FABRICACiÓN EXTRANJERO PRODUCTOS MÉDICOS CLASE 1, I1, por pasajes y m, IV E "IN VITRO" (MONTO FIJO+PLANTA ADICIONAL+MONTO viáticos VARIABLE) $96.400,00+ planta adiciónal $38.450,Ob + monto variable MODIFICACiÓN DE ESTRUCTURA PLANTAS EXTRANJERO por pasajés y PRODUCTOS MÉDICOS CLASE 1, I1, m Y/O IV E "IN VITRO" viáticos MONTO FIJO+PLANTA ADICIONAL+MONTO VARIABLE) $96.400,QO+ planta adicional $38.450,00 + AMPLIACIÓN DE RUBRO EXTRANJERO PRODUCTOS MÉDICOS monto variable CLASE 1, I1, m, IV E "IN VITRO". (MONTO FIJO+PLANTA por pasajes y ADICIONAL+MONTO VARIABLE) viáticos ,2," EMPRESAS RADICADAS EN PAISES INTEGRANTES DEL MERCOSUR 't, {{{,
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VERIFICACiÓN DE CUMPLIMIENTO DE BUENAS PRACTICAS DE FABRICACION PLANTAS MERCOSUR, PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I II m IV E "IN VITRO"
$ 3.050
00
MODIFICACION DE ESTRUCTURA PLANTAS MERCOSUR, PRODUCTOS MÉDICOS CLASE I II m, IV E "IN VITRO"
$ 6.100
00
AMPLIACIÓN DE RUBRO MERCOSUR PRODUCTOS MÉDICOS 1 CLASE I II m IV E "IN VITRO" $ 7.650:00 G) TRAMITES CORRESPONDIENTES A PRODUCTOS MEDICOS USADOS
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•
..
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4'
CERTIFICADO BUENAS PRACTICAS DE REACONDICIONAMIENTO
'~
$ 5.200
loo I
CERTIFICADO BUENAS PRÁCTICAS DE REACONDICIONAMIENTO POR CADA FAMILIA DE PRODUCTOS CLASE I II m
$ 2.700,00
RENOVACiÓN DE CERTIFICADO DE BUENAS PRÁCTICAS DE REACONDICIONAMIENTO DE PRODUCTOS CLASE 1, II m
S; 4.600
INCORPORACiÓN DE ANEXO DE CERTIFICADO POR FAMILIA DE PRODUCTOS 1, I1, m.
$ 3.900,00
21
I
00
I
2016 - "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional"
6
lll6 O 6
Ministerio de Salud Secretaria de Políticas, Regulación e Institutos
ANMAT .
H) CERTIFICACIONES
Y AUTENTICACION
CERTIFICADO DE LIBRE VENTA PARA PRODUCTOS REGISTRADOS EN LA ARGENTINA POR PAIS AUTENTICACIONES DE COPIA DE REGISTRO / AUTORIZACION PARA SER PRESENTADA ANTE ORGANISMOS OFICIALES (POR DOCUMENTO)
_ ..-
$ 7SJ 00
$ 37J 00
1
• 1.250 00 CERTIFICADOS DE LIBRE SANCIÓN 1) TRAMITES CORRESPONDIENTES A HABILITACIONES DE PRODUCTOS , , , I MEDICOS 1, 11, 111, IV, PRODUCTOS PARA DIAGNOSTICO DE USO "IN VITRO", PRODUCTOS HIGIÉNICOS, ABSORBENTES Y DESCARTABLES, DISTRIBUIDORAS DE PRODUCTOS MÉDICOS. .
:v
l.
1
• 2.350 00
DESIGNACIÓN DE DIRECTOR O CO-DIRECTOR TÉCNICO CIERRE POR VACACIONES
$ 610 00 CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL PARA DISTRIBUIOORAS DE PRODUCTOS MÉDICOS Y/O PRODUCTOS PARA DIAGNÓSTICO DE USO "IN VITRO" $ 2.800
00
CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL PARA PRODUCTOS MÉDICOS CLASE 1,11,111 IV E "IN VITRO", PRODUCTOS HIGIÉNICOS, ABSOR8ENTES Y DESCARTABLES (POR CADA REGISTRO)
$ 130 00 CAM810 DE DOMICILIO LEGAL .2.800100 EXTENSIÓN DE DUPLICADO DE CERTIFICADO DE HABILITACIÓN • 1.350 00
"
EXTENSIÓN DE TRIPLICADO DE CERTIFICADO DE HABILITACIÓN $ 2.000
J) ESTUDIOS
DE INVESTIGACION
EN TECNOLOGIA
MEDICA
1
,
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ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN DE TECNOLOGÍA MÉDICA
l}
22
00
.20.750
loo
2016 - "Año del BIcentenarIo de la Declaración de la Independencia rNacional~
•
t
MInIsterio de Salud Secretaria de Polftlcas, Regulación e Institutos
ANMAT K) DESPACHOS
DE IMPORTACION
1
,
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.
INTERVENCIÓN DE DESPACHO A PLAZA DE PRODUCTO IMPORTADO
Monto de Imnortad6n en (; Desde Hasta
"
50,00000 500,00000
O más de 50,000,00 más de 500.000 00
1.000.000 00
más de 1.000.000
--
Aranceles en nesos Productos Médicos
~
1.55000
2.20000 4.30000
6.75000
00
EXPEDIENTE N° 1-47-0000-83-16-0 DISPOSICIÓN
N°
16:0 6
I~( Dr. CARLOS CHIALE Admlnistrllldor NaoJooaI
I
A,It..td •.&.T.
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23