directiva que norma las labores de sobretiempo y

Administración para el V°B° del caso. 3.4 Posteriormente, la división de Recursos Humanos efectuara el control del desarrollo del sobretiempo u horas extras ...
238KB Größe 5 Downloads 24 vistas
UNIDAD DE GESTIÓN GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

DIRECTIVA QUE NORMA LAS LABORES DE SOBRETIEMPO Y HORAS EXTRAS DEL PERSONAL NO DOCENTE

Código: D-1-C-R-06 Versión: 00 / XXXXXX División: RRHH Página 1 de 4

DIRECTIVA QUE NORMA LAS LABORES DE SOBRETIEMPO Y HORAS EXTRAS DEL PERSONAL NO DOCENTE (Código: D1CR06) I.

GENERALIDADES 1.1

Finalidad La presente directiva tiene como finalidad establecer la normatividad vigente en la UPCH para la concesión de sobretiempo u horas extras, en concordancia con los dispositivos legales vigentes y la normatividad institucional.

1.2

Alcance La aplicación de la presente directiva comprende al personal no docente de la UPCH. No aplica para el personal No docente a medio tiempo.

1.3 II.

Base legal TUO Decreto Legislativo 854 Decreto Legislativo n° 713 Decreto Supremo 008-2002-TR Sala de Derecho Constitucional- Expediente 2149-2003 Decreto Supremo 012-2002-TR Decreto Supremo 004-2006-TR Reglamento Interno de Trabajo de la UPCH

DISPOSICIONES GENERALES 2.1 El trabajo en sobretiempo u horas extras es voluntario tanto en su otorgamiento como en su prestación. 2.2 Se considerará labor de sobretiempo u horas extras aquella que exceda o antecede a la jornada ordinaria de trabajo. 2.3 Para el cómputo de sobretiempo u hora extras se considera la labor que sobrepase la hora de trabajo ordinaria. 2.4 Sólo se podrá efectuar labores de sobretiempo u horas extras, si éstas previamente han sido autorizadas por escrito por la autoridad universitaria competente (Formato DR-02) 2.5 Se considerara falta laboral el efectuar labores fuera de la jornada de trabajo, sin la autorización correspondiente. 2.6 La prestación de sobretiempo u horas extras puede compensarse con el otorgamiento de periodos equivalente de descanso, debiendo constar dicha acción por escrito (Anexo N° 1) y otorgarse obligatoriamente dentro del mes calendario siguiente a aquel en que se realizo dicho trabajo. 2.7 Las labores de sobretiempo u horas extras también podrán ser compensadas en forma económica, solo en los casos que hayan sido aprobados por la autoridad universitaria competente y de acuerdo a ley. 2.8 El cálculo de la compensación económica por el sobretiempo u horas extras se calculara empleando los criterios siguientes:

UNIDAD DE GESTIÓN GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

DIRECTIVA QUE NORMA LAS LABORES DE SOBRETIEMPO Y HORAS EXTRAS DEL PERSONAL NO DOCENTE

Código: D-1-C-R-06 Versión: 00 / XXXXXX División: RRHH Página 2 de 4

 Las dos primeras horas se abonaran con un recargo del 25%  Las siguientes horas se abonaran con un recargo del 35% 2.9 El trabajo efectuado los días feriados no laborales sin descanso sustitutorio dar a lugar al pago de una sobretasa del 100% III. PROCEDIMIENTO 3.1 Cuando la Unidad de Gestión /Proyecto/Convenio, por necesidades objetivas, imperativas e impostergables requiera que determinado trabajador desarrolle sobretiempo u horas extras, deberá llenar el formato (Anexo N° 1), consignando los datos del trabajador, su horario ordinario, días y horas en las que se requiera labores extraordinarias, la actividad a desarrollar y los productos finales a entregar, debidamente firmado por la jefatura solicitante y con la firma de aceptación por el trabajador. Deberá, asimismo, indicar el tipo de compensación acordada, especificando si la compensación será con descanso sustitutorio los días y/u horas de compensación. Este formulario deberá ser entregado a la División de Recursos Humanos con 72 horas de anticipación al inicio de las, labores extraordinaria. 3.2 La División de Recursos Humanos recibido el formato procederá a su verificación y en el caso de que la compensación sea de tipo económico efectuara el cálculo del monto del egreso, siguiendo los criterios establecidos en los numerales 2.8 y 2.9 de esta directiva a los cuales se añadirá el 9% de aporte a EsSalud correspondiente al empleador, remitiendo luego el formato respectivo a la Unidad de Gestión /Proyecto/ Convenio solicitante; en el caso de que la compensación sea con descanso sustitutorio verificara los datos y lo remitirá a la dependencia solicitante. 3.3 Con la información recibida la Unidad de Gestión/Proyecto/Convenio emitirá la aprobación correspondiente, y remitirá lo actuado a la Dirección General de Administración para el V°B° del caso. 3.4 Posteriormente, la división de Recursos Humanos efectuara el control del desarrollo del sobretiempo u horas extras solicitadas, verificando que las mismas no excedan de la autorización emitida y de ser el caso se comunicará al trabajador y al responsable de la Unidad de Gestión/Proyecto/Convenio de lo ocurrido, puntualizando que el trabajador ha quedado incurso en falta laboral, de acuerdo a lo preceptuado en el Artículo 15 del Reglamento Interno de Trabajo. 3.5 Luego se controlara la compensación económica o descanso correspondiente llevando controles de estas acciones para poner en consideración de la Autoridad Administrativa de Trabajo cuando ésta lo solicite.

IV.

ANEXO Anexo N° 1: Formato Solicitud de Sobretiempo y Horas Extras

UNIDAD DE GESTIÓN GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

DIRECTIVA QUE NORMA LAS LABORES DE SOBRETIEMPO Y HORAS EXTRAS DEL PERSONAL NO DOCENTE

Código: D-1-C-R-06 Versión: 00 / XXXXXX División: RRHH Página 3 de 4

Anexo N° 1: Formato Solicitud de Sobretiempo y Horas Extras UNIDAD DE GESTIÓN GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

Código: F-1-C-R-11 Versión: 00 /10.11.2010

SOLICITUD DE SOBRETIEMPO Y HORAS EXTRAS

División: Recursos Humanos Página : 1 de 1

I. DATOS GENERALES Unidad de Gestión/Proyecto/Convenio…………………………………………………………….. Nombre trabajador………………………………………………Código…………………………… - Horario de trabajo:……………………………………………………………………………………. - Firma de aceptación del trabajador…………………………………………………………………. - Jefatura solicitante Cargo…………………………………Nombre:………………………………………………………. Firma……………………………….Fecha:……………… II. PROGRAMACION DE SOBRETIEMPO Y HORAS EXTRAS Día

Horas De:

A:

Actividades a desarrollar

III. TIPO DE COMPENSACION a) Descanso sustitutorio: Día……….Hora …………… Día………Hora…………….. Día……… Hora…………… Día………Hora…………….. b) Compensación económica: (Información elaborada por la Div. De Recursos Humanos). - Sobretiempo: S/. ...……………… - Horas extras: S/. .....……………. - Aporte empleador (9%): S/. .………………. Total S/. ……………..…

Producto

……………………………………. Firma División de Recursos Humanos Fecha…………………………………….

IV. APROBACIÓN Directivo responsable de la Unidad de Gestión/Proyecto/Convenio : Nombre:

Firma:

Fecha:

Firma:

Fecha

V º B º de la Dirección General de Administración: Nombre:

UNIDAD DE GESTIÓN GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

DIRECTIVA QUE NORMA LAS LABORES DE SOBRETIEMPO Y HORAS EXTRAS DEL PERSONAL NO DOCENTE

Código: D-1-C-R-06 Versión: 00 / XXXXXX División: RRHH Página 4 de 4

V. DIVISION DE RECURSOS HUMANOS a) Verifica datos generales y calcula montos del egreso antes de la aprobación. b) Verifica que horas laboradas no sobrepasen horas solicitadas. De ser el caso, informa la ocurrencia a la dependencia solicitante, paga u otorga descanso únicamente por las horas aprobadas y aplica al trabajador lo establecido en el artículo 15 del Reglamento Interno de Trabajo. c) Archiva la documentación y la presenta ante la Autoridad Administrativa de trabajo cuando lo requieran. Firma …………………………………………

Fecha ………………………..…………….