dina, 19 hi4Ouiehei2e-- del 2E15 - Minsa

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MINISTERIO DE SALUD

No

2-20 15 ruNerA

dina, 19 hi4Ouiehei2e-- del 2E15 . Visto, el Expediente N° 15-056157-003, que contiene el Informe N° 308-2015-OGPPOP/MINSA, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se expidió la Resolución Ministerial N° 1000-2014/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2014 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2015 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el artículo 38 del Texto Único Ordenado de la citada Ley N° 28411, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público;

A.Velásquel

Que, asimismo, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 de la norma referida en el considerando precedente, señala que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobadas mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen de las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal; Que, el literal ii. del numeral 19.2 del artículo 19° de la Directiva N° 005-2010-EF/76,01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N°_030-2010EF/76.01 y sus modificatorias, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, proceden cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias; Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la mencionada Directiva, señala que dado el carácter financiero del presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos serán registrados en números enteros; Que, mediante Resolución Ministerial N° 401-2015/MINSA, se aceptó la donación de S/. 925 494,00, efectuada por el Fondo Mundial, destinada a financiar la ejecución de las actividades programadas en el Proyecto "Haciendo la Diferencia: Promoviendo una respuesta

amplia e integral contra la Tuberculosis en el Perú", consignando como receptor principal al Ministerio de Salud a través de la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del

___LASCatua

Sector Salud —PARSALUD II, y se autorizó la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de S/. 710 775,00; , Que, mediante Oficio N° 1108-2015-PARSALUD/CG, el Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud — PARSALUD II, solicita incorporar el saldo de la donación a la que se ha hecho mención en el considerando precedente, en el marco presupuestal de la referida Unidad Ejecutora, por el monto de DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 262 252,00), en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencia; • Que, a través del documento de Visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que el saldo actualizado de la donación antes citada, que se encuentra en cuenta en el Banco de la Nación, ha sufrido una variación en su valor financiero y contable en el transcurso del tiempo, en beneficio de la institución, ascendiendo el mismo a S/. 262 252,00, considerando pertinente incorporar los mayores fondos públicos de acuerdo a lo solicitado por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud — PARSALUD II; Que, mediante Nota Informativa N° 1236-2015-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable sobre la propuesta formulada por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, como consecuencia de lo antes mencionado, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando que los mayores fondos públicos a incorporar corresponden a la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Secretario General (e); y, De conformidad con lo previsto en el artículo 38 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: A. veiásquez Artículo 1- Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 262 252,00), de acuerdo al detalle siguiente: INGRESOS: 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Rubro: 13 Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles)

1.4 1.4.1 1.4.1.2 1.4.1 2.2 1.4.1 2.2 99

Ingresos Presupuestarios Donaciones y Transferencias Donaciones y Transferencias Corrientes De Organismos Internacionales Otros Organismos Otros Organismos Internacionales TOTAL INGRESOS:

262 252,00 262 252,00 262 252,00 262 252,00 262 252,00 262 252,00 262 252,00

MINISTERIO DE SALUD

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EGRESOS: (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA PLIEGO

GOBIERNO CENTRAL 011 Ministerio de Salud

UNIDAD EJECUTORA

123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud — PARSALUD

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : PROGRAMA PRESUPUESTAL :

4

Donaciones y Transferencias

0016 TBC-VIH/SIDA

PRODUCTO

3000001 Acciones Comunes

ACTIVIDAD

5004433 Monitoreo, supervisión, evaluación y control de VIH/SIDA tuberculosis

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

262 252,00 TOTAL EGRESOS:

262 252,00

Artículo 2.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de lé Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, instruirá a la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud — PARSALUD II para que elabore las correspondientes "Notas para modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4.- Copia . de la presente Resolución Ministerial, se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese y comuníquese.

(019-ale VALDIVIA ANÍBAL VELÁSQU Ministro de Salud