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Visto, el Informe N° 983-2015-ERP-ByP, de fecha 30 de junio del 2015, contenido en el Expediente W 15-033189-003, sobre la rectificación del artículo 2° de la Resolución Directora! W 0473-2015-0GGRH/SA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directora! W 0473-2015-0GGRH/SA, de fecha 20 de mayo del 2015, se reconoció a favor de doña TERESA JESÚS ORTlZ FLORES, la suma de UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 99/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 ,391.99), por concepto de intereses legales, generado del reconocimiento de 25 y 30 años de servicios prestados al Estado, en cumplimiento a lo ordenado por el 18° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, de la revisión de la Resolución Directora! W 0473-20 15-0GGRH/SA, se observa que en el :c~rculc '2° se consignó la Meta 0063, debiendo ser lo correcto !.~ Me~:; 0064, vigente a partir del 2015; Que, el numeral201.1 del artículo 201 ° de la Ley W 27444 , Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los errores materiales o aritméticos en ios actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualqu ier momento, de oficio o a pedido de los interesados administrativos, siempre que no altere en lo sustancial el contenido ni el sentido de la decisión; Que, en este contexto, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, luego de la evaluación correspondiente, considera pertinente rectificar el error materia! advertido en el artículo 2° de la Resolución Directora! No 0473-2015 .. 0GGRH/SA, solamente en lo que respecta a la Meta que corresponde, quedando subsistente en sus demás extremos; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto 1de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, y; De conformidad con lo establecido en el numeral 20 1.1 del artículo 201 °, de ia Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:
"DICE: Artículo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución, estará supeditado a la disponibilidad presupuesta/ existente en la Específica de Gasto: 25.51 .11, de la Meta: 0063 de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11- Ministerio de Salud". , • 0
"DEBE DECIR: Artículo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución,
~ • ~~ estará supeditado a la disponibilidad presupuesta/ existente en la Específica de Gasto: 25.51 .11,
,..,.. . __.,.,....._. ~ de la Meta: 0064 de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11- Ministerio de Salud".
ARTICULO 2°.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Economía de la Oficina '· MEHooz.u. General de Administración, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese y Comuníquese,