Dejan sin efecto designación de funciones de servidor

12 nov. 2018 - Ángel Abel Medina Vásquez, para que realice las funciones de verificador en la Oficina de Seguros y. Prestaciones Económicas de Ancash;.
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Dejan sin efecto designación de funciones de servidor como verificador de la Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas de Áncash RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS N° 60-GCSPE-ESSALUD-2018 Lima, 12 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de noviembre de 2007, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 29135, Ley que establece el porcentaje que deben pagar EsSalud y la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), por la recaudación de sus aportaciones, y medidas para mejorar la administración de tales aportes; Que, el artículo 1° de la referida norma faculta a EsSalud para ejercer, de oficio, las funciones de verificación de la condición de asegurados del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud y de otros regímenes administrados por EsSalud, así como de la condición de entidades empleadoras de los trabajadores del hogar; Que, el artículo 6° del Reglamento de la Ley N° 29135, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-TR, establece que la función de verificación será desempeñada por servidores públicos, ingresados por concurso público, los cuales deberán acreditar capacitación en las labores de fiscalización; Que, con Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 61-GCSPE-ESSALUD2016, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de noviembre de 2016, entre otros, se designó al señor Ángel Abel Medina Vásquez, para que realice las funciones de verificador en la Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas de Ancash; Que, mediante Carta N° 2652-OSPEANCASH-GCSPE-ESSALUD-2018 la Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas de Ancash, solicita se deje sin efecto la designación del mencionado empleado público, por haber concluido el 31 de julio de 2018 su Contrato de Trabajo Sujeto a Modalidad de Suplencia N° 040-GRAANESSALUD-2013 conforme a lo dispuesto en la Carta N° 859-GRAAN-ESSALUD-2018; Que, por otro lado, la Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la Autoridad podrá disponer la eficacia anticipada del acto administrativo, cuando concurren las condiciones previstas en el artículo 17° de la citada Ley; Que, en la fecha a la que se retrotrae la eficacia de dicha medida, existe el supuesto de hecho justificativo para su adopción; por lo que resulta necesario brindar publicidad a la medida adoptada a través de la resolución en mención; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal m) del artículo 139° del Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas aprobado por Resolución Presidencia Ejecutiva N° 656- PE-ESSALUD-2014; y modificado por Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 767-PEESSALUD-2015, N° 141-PE-ESSALUD-2016, N° 310-PE-ESSALUD-2016, N° 328-PE-ESSALUD-2016, N° 394-PE-ESSALUD-2016, N° 055, 142, 347 y 539-PE-ESSALUD-2017 y N° 125-PE-ESSALUD-2018; SE RESUELVE Artículo Primero.– DEJAR SIN EFECTO con eficacia anticipada desde el 01 de agosto 2018 la designación de funciones del servidor Ángel Abel Medina Vásquez como verificador de la Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas de Ancash; Artículo Segundo.– ENCARGAR, a la Oficina de Apoyo y Seguimiento la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la realización de acciones de difusión de su contenido y alcances. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN FRANCISCO RAMOS ROMERO

Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas ESSALUD 1713762-1