DECLARACION PÚBLICA RESPUESTA A LOS DICHOS DEL

12 dic. 2012 - no debía votar o Basso miente porque la constancia en acta es clara y ... constancia que había... que estaba trabajando para el Ministerio de ...
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DECLARACION PÚBLICA RESPUESTA A LOS DICHOS DEL MINISTRO DE JUSTICIA DON TEODORO RIBERA NEUMANN

En el día de ayer, miércoles 12 de diciembre, el señor Ministro de Justicia, don Teodoro Ribera, en declaraciones a un medio de prensa expresó, refiriéndose a la participación de don Eugenio Díaz en la acreditación del Instituto Profesional INCACEA, que “Basso o no hizo bien la pega y permitió que votara quien no debía votar o Basso miente porque la constancia en acta es clara y manifiesta: él (Eugenio Díaz) dejó constancia que había... que estaba trabajando para el Ministerio de Justicia que lo dirijo yo y que consecuentemente no iba a votar ningún proyecto de acreditación, de ninguna institución, donde yo pudiera tener intereses”. Resulta lamentable que un Ministro de Justicia emita juicios tan tajantes sin haber tenido la precaución de, previamente, haber leído la Ley 20.129 que creó la Comisión Nacional de Acreditación, CNA. El señor Ministro se hubiese ahorrado las diatribas emitidas en mi contra si se hubiese dado el trabajo de leer el artículo 7° de dicha ley que establece que: “Todo miembro de la Comisión respecto del cual se configure algún tipo de inhabilidad o se produzca algún hecho que le reste imparcialidad deberá informarlo de inmediato al Secretario de la Comisión, quien procederá a dejar constancia en actas de las inhabilidades cuando éstas concurran. Deberá, asimismo, comunicarlo a los demás integrantes de la Comisión, absteniéndose en el acto de conocer del asunto.” De la simple lectura del texto se infiere, sin ninguna dificultad, que no corresponde –como equivocadamente afirma el señor Ministro- que el Secretario de la Comisión permita o no votar a un comisionado que se encuentre inhabilitado para hacerlo. La ley hace recaer en cada miembro de la comisión la responsabilidad de informar al Secretario de la Comisión de cualquier inhabilidad que le impida conocer algún asunto y, en ningún caso, faculta a éste para impedir a un comisionado que vote. En consecuencia, ni hice mal la “pega” -como señala en forma tan vulgar el señor Ministro- ni he mentido, acusación, esta última, en extremo agraviante para mi persona, por lo que quedo a la espera de públicas disculpas del señor Ministro don Teodoro Ribera. Si no está dispuesto a disculparse, lo emplazo a demostrar, pero esta vez con fundamento, cuándo y cómo he mentido. Reitero que don Eugenio Díaz no se abstuvo de participar en la discusión y votación de la acreditación del IP INCACEA, institución con la cual el señor Ministro tenía lazos familiares al momento de la votación. En efecto, la hermana del señor Ministro, doña Ana María Ribera Neumann, era presidenta de la Junta Directiva del IP INCACEA y su hermano, don Jaime Ribera Neumann, era Secretario General al momento de acreditarse el INCACEA. Esta información está contenida en el informe de relatoría que se incorpora como anexo al acta de la sesión N° 514, de fecha 4 de enero de 2012, la cual está publicada en el sitio web de la CNA. Asimismo reitero lo dicho en cuanto a que, en mi opinión, el Jefe de la División de Educación Superior, don Juan José Ugarte, debería haberse abstenido de participar en la acreditación del INCACEA dado el vínculo familiar de los directivos de dicha institución con un Ministro de Estado del Gobierno al cual sirve el señor Ugarte. Por cierto esta es solo una opinión personal que prueba, por una parte, que el Secretario Ejecutivo no puede impedir que un comisionado vote y, por otra, que el señor Ugarte tiene una valoración distinta a la mía de lo que es correcto o incorrecto hacer en el servicio público. Dr. Ing. Patricio Basso G. Ex Secretario Ejecutivo Comisión Nacional de Acreditación

Santiago, 14 de diciembre de 2012.