DECALOGO DEL BUEN PROVEEDOR

No incurrir en conductas anticompetitivas, tales como competencia desleal, colusión con otros proveedores, reparto del mercado, manipulación de ofertas o ...
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DECÁLOGO DEL BUEN PROVEEDOR DEL ESTADO El OSCE a fin de promover mayor competitividad, eficiencia y transparencia en la contratación pública, ha formulado el Decálogo del Buen Proveedor del Estado, a través del cual busca cimentar la generación de buenas prácticas en la actuación de las personas naturales o jurídicas que se inscriban en el Registro Nacional de Proveedores, con el propósito de minimizar los riesgos de corrupción y verificar las situaciones de impedimento que podrían afectar su participación en los procesos de contratación , el cual se fundamenta en los siguientes aspectos relevantes: 1

Mantener permanentemente actualizada la información en el Registro Nacional de Proveedores.

2 Ser diligente en la custodia y uso de la cuenta de usuario y la clave que le proporciona el RNP. 3 Revisar permanentemente la bandeja de mensajes que le ha sido asignada, y a atender

oportunamente los requerimientos que se le formulen a través de ella. 4 Verificar que no se encuentre inmerso en alguno de los supuestos de impedimentos establecidos en

la Ley Contrataciones del Estado, antes de registrarse como participante, ser postor, ser contratista o subcontratista.

5 Conocer toda la información relevante de los co-consorciados en caso de conformar un Consorcio y

verificar la veracidad de la documentación que ellos presentan.

6 Actuar con probidad e integridad en los procedimientos de contratación pública en los que participe,

para lo cual debe: Verificar la idoneidad de la información y documentación que proveen terceros, antes de presentarla a un procedimiento de selección. No incurrir en conductas anticompetitivas, tales como competencia desleal, colusión con otros proveedores, reparto del mercado, manipulación de ofertas o abuso de posición de dominio, entre otras prácticas restrictivas y desviaciones que afectan el buen funcionamiento del mercado de las compras públicas en el Perú. No ofrecer sobornos, dádivas o incentivos de ninguna clase a funcionarios públicos o intermediarios, para ser favorecido con un contrato u obra pública. Denunciar prácticas corruptas ante la autoridad competente, de manera directa y oportuna. Conocer que toda mala práctica contrae responsabilidades de tipo penal, administrativa y/o civil, e inhabilitación temporal o definitiva para contratar con el Estado. No incurrir en ninguna de las infracciones administrativas establecidas en el artículo 50.1 de la Ley de Contrataciones del Estado. 7 Conducir sus actuaciones sobre la base de los principios que inspiran las contrataciones del Estado. 8 Tener siempre presente que a través de la contratación pública se invierten recursos y dinero de todos

los peruanos, buscando tener un impacto positivo y mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos.

9 Participar activamente ofertando los mejores bienes, servicios y obras, en términos de precio, calidad

y oportunidad, promoviendo además responsabilidad social y cuidado del medioambiente. 1 0 Difundir el decálogo entre los socios, accionistas, directores, trabajadores, gestores, apoderados y

colaboradores de la empresa.