l
c.RIso{ución !Ministerial Lima,
gvo3j'g - 2016-9A.I:N.ft9A. 07 NOV. 2016
Visto; el Oficio W 221-2016-IIAP-P de fecha 04 de noviembre de 2016 del Presidente del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, Y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO:
Que, mediante la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo W 1013 que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se dispone que el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, es un organismo público y se encuentra adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, con OF. RE (DGM-DMA) W 2-21-C/234 de 13 de octubre de 2016, de la Directora de Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, se comunica al Ministerio del Ambiente que a través de la Nota W SP/OTCA/500/2016, se invita a la Reunión Regional Preparatoria a la Décimo Tercera Reunión de la Conferencia de las Partes (COP 13) del Convenio sobre la Diversidad Biológica, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, los días 10 Y 11 de noviembre de 2016; y la Secretaría Permanente de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (SP/OTCA) con apoyo del Programa Regional Amazonía cubrirán los gastos de los representantes que asistan al evento; Que, a través del Oficio W 229-2016-MINAM/DVMDERN de 03 de noviembre de 2016, el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, comunica la asistencia del Presidente del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP al citado evento; Que, mediante Oficio W 221-2016-IIAP-P de 04 de noviembre de 2016, el Presidente del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, solicita autorización de viaje al exterior del 09 al 13 de noviembre de 2016, para participar en la Reunión Regional Preparatoria a la Décimo Tercera Reunión de la Conferencia de las Partes (COP 13) del Convenio sobre la Diversidad Biológica, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, los días 10 Y 11 de noviembre de 2016; Que, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Nairobi el año 1992, es uno de los dos instrumentos ambientales internacionales, legalmente vinculantes, abiertos para la firma de la comunidad internacional en la Cumbre de Río, celebrada el 05 de junio de 1992, siendo el Perú parte del Convenio sobre la Diversidad Biológica al haberlo ratificado mediante Resolución Legislativa W 26181, de fecha 30 de abril de 1993; Que, el citado Convenio, es un instrumento internacional equilibrado que vincula jurídicamente a las partes a la consecución de sus tres objetivos: i) Conservación de la diversidad biológica, ii) Utilización sostenible de sus componentes; y, iii) Participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos;
Que, en dicho contexto, se considera prioritaria y de interés institucional la participación del señor Luis Exequiel Campos Baca, Presidente del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, en el evento internacional antes referido; Que, conforme a lo señalado en 105 documentos que obran en el expediente alcanzado a través del documento de visto, 105 gastos que irrogue la participación del señor Luis Exequiel Campos Baca, Presidente del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, serán cubiertos por la Secretaría Permanente de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (SP/OTCA) con apoyo del Programa Regional Amazonía; Que, de acuerdo a lo previsto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, "Los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente. En el caso de titulares de Organismos Públicos Descentralizados, la autorización se efectuará por el Titular del Sector correspondiente"; Con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 0472002-PCM Y sus modificatorias; el Decreto Legislativo W 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo W 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje Campos Baca, Presidente del Instituto de Brasilia, República Federativa de expuestos en la parte considerativa de
al exterior, en comisión de servicios, del señor Luis Exequiel de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, a la ciudad Brasil, del 09 al 13 de noviembre de 2016, para 105 fines la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que dentro de 105 quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el funcionario cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente, así como entregar un ejemplar de 105 materiales de trabajo obtenidos. Artículo 3.- La presente autorización de viaje no irroga gastos con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente o del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, asimismo, no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 4- Transcribir la presente resolución al Instituto de Investigaciones Peruana - IIAP, para 105 fines correspondientes.
Regístrese y comuníquese.
de la Amazonía