Costa Rica es uno de los países menos transparentes

y representantes de sus cámaras afirmaron a UNIVERSIDAD contar con estos siste- mas de votación de forma ordinaria. En el caso de Uruguay el sistema par-.
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Semanario Universidad • 22 de octubre del 2014

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Semanario Universidad • 22 de octubre del 2014

Nueve proyectos en los últimos 15 años intentaron remediar carencia

¿Cómo votan los diputados? Un secreto bien guardado Asamblea cuenta desde 1985 con sistema electrónico para registrar voto legislativo, pero no se utiliza.

revocatoria de Óscar González como magistrado de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, el pasado 28 de julio. PROPUESTAS

DANIEL SALAZAR Y DIEGO ARGUEDAS [email protected] [email protected]

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esde 1961, los costarricenses eligen a 57 diputados para que sean su voz ante el resto del país. Antes de hacerlo, cualquier ciudadano preocupado por un tema específico, como el narcotráfico o la seguridad social, puede comparar las propuestas de cada agrupación política y votar por el partido político que mejor represente su posición. Si cuatro años después, el mismo ciudadano quiere ver si sus diputados realmente lo representaron con votos negativos o afirmativos, cumpliendo sus propuestas o programas de campaña, no puede hacerlo ya que no tiene cómo reconstruir la manera en que su diputado votó en cada caso. A diferencia de lo que ocurre en la mayoría de sistemas parlamentarios de América Latina, Costa Rica no deja registro sobre el voto individual de cada diputado en las votaciones ordinarias. En las actas del Plenario Legislativo, solamente queda anotado cuántos votos a favor y cuántos en contra tiene cada proyecto, pero no identifican a quienes votaron en cada sentido. Por ello, si un ciudadano desea saber si una fracción legislativa realmente lo representó en la votación de un proyecto de ley, tiene tres opciones: visitar la Asamblea en el momento en que se vota, estar atento al canal que transmite las sesiones en ese mismo instante o superar un calvario burocrático para acceder al video que graba esas votaciones (vea recuadro). En países como Colombia, Argentina, Guatemala o El Salvador, el sitio web del Congreso deja ver cómo votó cada legislador. Algunos de ellos hasta permiten conocer el historial de cada Esta es una revisión de las propuestas para modificar la votación. Texto actual Artículo 100

“En la votación ordinaria los diputados expresarán su voto afirmativo poniéndose de pie, y el negativo, permaneciendo sentados; mientras la Secretaría cuenta los votos, conservarán los votantes su respectiva posición”.

Cada diputado tiene asignada una curul equipada con un botón para votar electrónicamente. Esta funcionalidad está incluida en el sistema de audio del plenario que fue adquirido en 1985, pero nunca fue utilizado. (Foto: David Bolaños).

congresista sobre ciertos temas. En Costa Rica, la grabación que hace el sistema de video es el único registro sobre el voto de cada diputado, pero cuenta con fallas: algunos legisladores están de espalda, otros votan desde curules que no son las suyas, o los rostros de algunos diputados pueden verse borrosos por el movimiento de la cámara. Esto a pesar de que, desde 1985, el Plenario Legislativo cuenta con un sistema electrónico que permite a los diputados registrar su voto (a favor o en contra) con solo usar una serie de botones instalados en cada curul. De acuerdo con el subdirector del Departamento de Servicios Generales de la Asamblea Legislativa, Elián Salas, el sistema no se ha implementado porque el Reglamento Legislativo dice explícitamente que el mecanismo para

equipo solo tardaría una semana en tener listo el viejo sistema para contabilizar electrónicamente los votos. PARA VOTAR ejercer el voto es poniéndose de pie (en caso de votar a favor) o permanecer sentado (si está en contra). “Se instaló el sistema en su totalidad, pero nunca se puso en uso el voto, porque había que reformar el reglamento para hacerlo”, explicó Salas, quien en 1985 ayudó a trabajar en la licitación que finalmente adquirió el sistema de audio que actualmente funciona en el Congreso. El sistema puede enlazarse a cualquier computadora o monitor, aunque las pantallas originales para contabilizar los votos fueron donadas a otra institución en la década de los noventa. Aun así, Salas calcula que su

La Asamblea Legislativa tiene su propio reglamento interno. Este define todo lo relativo a la administración y consecución de acuerdos en el parlamento: desde los parámetros para conceder una ciudadanía honorífica, hasta las condiciones para que un legislador pierda su dieta. En esta normativa también están los tres mecanismos para tomar decisiones: el voto ordinario, el nominal y el secreto. Actualmente es imposible modificar el mecanismo de votos ordinarios para incluir dispositivos electrónicos (como el que tiene la Asamblea) sin que pase por la aprobación del Plenario, pues el reglamento es tajante con

el método. “En la votación ordinaria los diputados expresarán su voto afirmativo poniéndose de pie, y el negativo, permaneciendo sentados; mientras la Secretaría cuenta los votos, conservarán los votantes su respectiva posición”, señala el artículo 100 del Reglamento Interno de la Asamblea, y solamente el Plenario Legislativo puede cambiar su redacción. El voto secreto se aplica a casos específicos y todas las demás votaciones seguirán el criterio de ponerse de pie, a menos de que un diputado solicite un voto nominal. En ese caso, el presidente debe preguntar a cada legislador si está a favor o en contra de la propuesta. En las 93 sesiones de la actual legislatura, solamente se ha utilizado una vez este mecanismo y fue para la

Propuestas para cambiar 14 de mayo de 2002 Proyecto 14.729

“Artículo 100.- Votación ordinaria En la votación ordinaria los diputados expresarán en su respectiva curul su voto afirmativo poniéndose de pie, o en los casos de diputados con alguna discapacidad física levantando la mano, y el negativo, permaneciendo sentados. La Secretaría consignará en el acta junto al nombre de los diputados presentes los votos afirmativos y negativos, según corresponda a cada caso”.

9 de marzo de 2004 Proyecto 15.552

“Artículo 100.- Votación ordinaria En la votación ordinaria los diputados expresarán en su respectiva curul su voto afirmativo en la forma que el presidente acuerde. La secretaría consignará en el acta junto al nombre de los diputados presentes los votos afirmativos y negativos según corresponda en cada caso”.

23 de setiembre de 2014 Proyecto 19.328

“Artículo 100.- Votación ordinaria En la votación ordinaria, los diputados expresarán su voto afirmativo poniéndose de pie, y el negativo, permaneciendo sentados; mientras la Secretaría cuenta los votos, los votantes conservarán su respectiva posición.

En el caso especial de los asuntos definitivos que se sometan a votación, será necesario, para efectos del acta, que se consigne la aprobación o el rechazo del asunto en virtud del total de votos obtenidos, tanto a favor como en contra, y se registrará el nombre completo de cada legislador y legisladora junto con su respectiva votación individual”.

El 23 de setiembre, la Comisión de Reglamento compuesta por diputados de todas las fracciones políticas, aprobó un proyecto de Ley para reformar ciertos artículos del reglamento, entre ellos los que regulan la votación legislativa. UNIVERSIDAD hizo una revisión de los proyectos de Ley presentados ante la Asamblea Legislativa en los últimos 15 años: hay al menos otras ocho iniciativas que buscan modificar el sistema para que se registre el criterio de cada diputado. Algunas propuestas incorporan también el voto electrónico. La propuesta original (el expediente 19.328) pretende que solo en el “caso especial de los asuntos definitivos que se sometan a votación” será registrado el voto individual por cada diputado. De ese modo, las votaciones por mociones de fondo y de forma seguirán rigiéndose con el sistema actual. Los jefes de fracción ahora deben valorar si envían el expediente al Plenario para su aprobación. Sin embargo, ni las Comisiones plenas, ni las Comisiones ordinarias fueron contempladas en el proyecto de ley, por lo que el voto de cada diputado en estas instancias no queda registrado al público. Además, el proyecto señala que el registro de votos para el Plenario quedará suspendido “hasta que la Asamblea Legislativa cuente con los mecanismos necesarios que permitan un procedimiento ágil y expedito”. De acuerdo con el diputado Otto Guevara, uno de los impulsores del proyecto, no utilizarán el sistema electrónico actual porque carece de mecanismos de seguridad, como una revisión de la huella dactilar de cada legislador.

EL CLUB DE COSTA RICA Mientras la mayoría de los países en América Latina tienen un registro público de cómo vota cada congresista, Costa Rica forma parte de un club minoritario que carece de información sobre el voto de los legisladores. Ahí están Panamá, Bolivia, Belice, Venezuela y Cuba . Esto impacta en el seguimiento que pueden hacer los ciudadanos a los diputados.

1. Investigue en qué sesión de la Asamblea se votó el proyecto de ley que le interesa conocer. 2. Llame al departamento de Archivo o Transmisión Televisiva, solicite el video de la actividad que le interesa. Espere a que la institución busque el archivo y lo prepare.

Solo en Haití, Bolivia, Belice, Panamá, Cuba, Venezuela y Costa Rica el voto de los legisladores en cada tema no queda registrado al público. DANIEL SALAZAR [email protected]

L Votación nominal ordinaria Sin votación nominal ordinaria

Votación nominal ordinaria 1) México 2) Guatemala 3) Honduras 4) El Salvador 5) Nicaragua

6) Colombia 7) Ecuador 8) Perú 9) Brasil 10) Chile

11) Paraguay 12) Argentina 13) Uruguay * 14) República Dominicana

* Uruguay no respondió al cierre de esta edición, sin embargo sus Páginas Web permiten el acceso detallado a votaciones de plenario. Fuente: Consulta directa a Poderes Legislativos

Sin votación nominal ordinaria 1) Haití 2) Costa Rica 3) Panamá

4) Bolivia 5) Venezuela * 6) Cuba *

* Venezuela y Cuba no respondieron al cierre de esta edición, sin embargo sus Reglamentos Internos no catalogan a la votación nominal como la ordinaria. Fuente: Consulta directa a Poderes Legislativos

Visualización: Daniel Salazar M

os costarricenses los eligen por cuatro años, pero no pueden saber cómo votan. A diferencia de, al menos, 13 sistemas parlamentarios en Latinoamérica, la votación ordinaria de la Asamblea Legislativa de Costa Rica no registra el nombre y postura de cada diputado ante un proyecto de ley o moción. Costa Rica comparte la misma opacidad en sus registros legislativos de países latinoamericanos como Bolivia, Haití y Panamá, quienes no disponen del voto nominal como metodología ordinaria para la contabilización de votos. Así se desprende de un sondeo realizado por UNIVERSIDAD en los sistemas parlamentarios de los 20 países que conforman la región latinoamericana. El estudio separa a Costa Rica de regiones como México, Guatemala, El Salvador, Colombia, Ecuador o Perú, quienes sí disponen de esta metodología. También se incluyen en la lista de países transparentes: Brasil, Paraguay, Argentina, Chile, Honduras, Nicaragua y República Dominicana, donde voceros y representantes de sus cámaras afirmaron a UNIVERSIDAD contar con estos sistemas de votación de forma ordinaria. En el caso de Uruguay el sistema parlamentario no respondió las consultas de UNIVERSIDAD. Sin embargo, en la página de internet de la cámara baja de ese país se detallan las votaciones de los legisladores. La mayoría de estos países cuentan con plataformas digitales que registran el voto de cada legislador o senador por medio de una huella digital. El sistema genera un detalle del voto de cada congresista presente en la votación, que se habilita posteriormente para su libre acceso en las plataformas web.

NOVEDAD ANTIGUA

La ponen difícil ¿Quiere conocer el historial de votos de cada diputado en la Asamblea Legislativa?

Costa Rica es uno de los países menos transparentes en votación legislativa

3. Una vez que el departamento tenga el archivo listo, visite la Asamblea Legislativa con una memoria portátil. Descárguelo en su computadora. 4. Consiga un croquis con la distribución de los asientos de los diputados en el hemiciclo de la Asamblea Legislativa. 5. Reproduzca el video. Si tiene suerte y el video no se desenfoca, reconozca al diputado por su rostro. Usualmente no tienen un cartel para

identificarlos. 6. Si logra ver el diputado de frente siéntase satisfecho: en ocasiones solo puede observarse la espalda de un legislador. Eso hace difícil identificarlo: aún más si cambian de curul. 7. Si quiere efectuar un estudio sobre la trayectoria de un legislador durante todo un año, repita el paso anterior cuantas veces sea necesario. Fuente: Asamblea Legislativa

Algunos de los países de la región tienen este tipo de registros desde hace décadas, en el caso México tiene un sistema de votación electrónica desde 1998. “En el salón existe un sistema electrónico con huella digital” −detalla Roberto Morales, del Departamento de Estadística Parlamentaria de la Cámara de Diputados de México− “ En el momento en que se presenta una ley se activa el sistema electrónico de las curules, donde los diputados presionan su voto o elección. Tienen tres opciones: votar a favor, en contra o abstenerse y todo eso queda registrado para los 500 diputados”, agrega.

Por regla general este sistema se aplica incluso para la contabilización de mociones y no se toma en cuenta para la elección de personas, donde se utiliza el voto secreto. Un sistema similar se aplica para los 128 senadores de la Cámara Alta. Todas estas votaciones están disponibles en las páginas web de la institución. En Guatemala, de sistema unicameral, existe un registro similar desde el 2006 y se aplica obligatoriamente desde el 2011. “Aquí en Guatemala contamos con un sistema electrónico de impresión dactilar, de manera que se registran absolutamente todas las votaciones y se adjuntan como anexos al acta. Esto fue instalado desde el 2006, pero en el 2011 se incluyó una reforma al reglamento para que fuera obligatorio”, explica Ana Isabel Antillón, Directora Legislativa de la Cámara de Diputados de Guatemala. El voto nominal es obligatorio para los 158 diputados y solamente se exceptúa en las votaciones secretas que se contienen en el Reglamento de ese país. “(En Ecuador) aún la votación de mociones para modificar el orden del día se registran en el sistema y de manera inmediata se publica en el portal web de la institución, de modo que la ciudadanía puede conocer cómo votan sus representantes. Este sistema funciona desde la Asamblea Constituyente del 2007”, explica Patricio Vindas, de la Asamblea Nacional del país sudamericano. En Nicaragua, donde las votaciones de los diputados no están disponibles en la página web, existe un sistema similar. “La votación es individual por cada Legislador y se emite un detalle de cómo se dio la votación de cada norma jurídica. En este sentido, también existe la votación secreta, y esta se daría en caso de que el Plenario lo decidiera, a la fecha no ha ocurrido una votación de esta índole”, dice Jessenia Urroz, responsable de la oficina de Acceso a la Información Pública. El detalle de la votación de cada norma jurídica contiene el nombre de cada diputado y cómo votó.

SIMILARES A COSTA RICA

Los sistemas parlamentarios de Haití, Bolivia, Panamá y Belice aplican consideraciones similares a las de Costa Rica para la contabilización de votaciones. En todos ellos la votación nominal debe solicitarse por los diputados, el Directorio o Junta Directiva de la Asamblea, el Reglamento Legislativo o la Constitución Nacional. UNIVERSIDAD consultó a los sistemas legislativos de Cuba y Venezuela sin recibir respuesta al cierre de esta edición. Pese a ello, de acuerdo con el reglamento de estos países, la votación nominal no es ordinaria y solo se realiza si son requeridos por el reglamento, un legislador o la Constitución del país.