Convocan a abogados para el proceso de selección de

16 feb. 2019 - JR-LA-04/ Clemente Sánchez Espinoza/ oficina de normalización previsional/ ... JR-LA-03/ Roberto Rogelio Carrasco. Ballona/ ONP/ Proceso ...
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N° 6424

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CRÓNICA

JUDICIAL

CRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, sábado 16 de febrero de 2019

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE

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OSCAR MANUEL BURGA ZAMORA Presidente Chiclayo, sábado 16 de febrero del 2019

Convocan a abogados para el proceso de selección de jueces supernumerarios La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (CSJLA), mediante Resolución Administrativa N° 079-2019, conformó la

comisión encargada del Proceso de Selección de Jueces Supernumerarios para este distrito judicial, teniendo la responsabilidad de convocar

a todos los abogados a nivel regional y nacional para ocupar las plazas disponibles. La comisión está a cargo del presidente de la Primera Sala

Laboral, juez superior Enrique Rodas Ramírez, y la integran las juezas superiores, Cecilia Tutaya Gonzales, miembro de la Segunda Sala Laboral, y Ana Salés del Castillo, presidenta de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Chiclayo. Además de los magistrados, René Zelada Flores, juez del Octavo Juzgado Unipersonal Penal de Chiclayo, y Miguel Angel Peralta Lui, Juez de Paz Letrado de Chiclayo CONVOCATORIA En virtud a las facultades conferidas, el magistrado Enrique Rodas Ramírez invita a los abogados a presentarse a esta convocatoria a efectos de ser considerados en la nómina de jueces supernumerarios, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 29277 de la Carrera Judicial y los requisitos especiales establecidos para cada una de las plazas convocadas, según el nivel y especialidad. Entre las etapas del proceso de selección (con carácter eliminatorio) se encuentra: examen de conocimientos., cali¿FDFLyQ FXUULFXODU HQWUHYLVWD personal, entre otros. Para conocer las fechas del proceso de selección e información adicional a esta convocatoria, puede ingresar a la página web institucional: www.csjla.pe o acceder directamente mediante al enlace https://goo.gl/HmXfqC.

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. OSCAR MANUEL BURGA ZAMORA PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV

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5. CRÓNICA JUDICIAL CRÓNICA JUDICIAL DÍA 22 DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO CON EL SEÑOR FIGUEROA GUTARRA, ARMAZA GALDÓS Y HUAMÁN VERA SE VIO LAS SIGUIENTES CAUSAS 226. Expediente N° 01983-2015-0-1706JR-LA-05/ Virgilio Burga Marín/ ONP/ Proceso Contenciosa Administrativa/ CONFIRMA la sentencia que declara infundada la demanda. 227. Expediente N° 05653-2014-0-1706JR-LA-04/ Damián García Llanos/ ONP/ CONFIRMA la sentencia que declara infundada la demanda. 228. Expediente N° 04342-2015-0-1706JR-LA-02/ Luis Felipe Chong Plaza/ ONP/ Proceso Contencioso Administrativa/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada en parte la demanda. 229. Expediente N° 04113-2013-1706-JRLA-04/ Oscar Ely Díaz Castro/ Gerencia Regional De Educación De Lambayeque/ Proceso Contencioso Administrativa/ CONFIRMA la sentencia que declara infundada la demanda. 230. Expediente N° 00033-200627-1706-JR-LA-01/ JOSÉ Manuel Martínez Tolentino/ Gobierno Provincial De Chiclayo/ Proceso Contencioso Administrativo/ DECLARA NULA la resolución número cincuenta que resuelve declarar improcedente de plano la oposición, disponiendo que el juez de la causa proceda a emitir nueva resolución en la forma establecida en la presente. CON EL SEÑOR FIGUEROA GUTARRA, ARMAZA GALDÓS Y HUAMÁN VERA SE VIO LAS SIGUIENTES CAUSAS 231. Expediente N° 01258-2010-0-1706JR-LA-03/ Ricardo Ernesto Antonio Vargas Zapata / COFOPRI/ Pago De Beneficios Sociales/ CONFIRMA la sentencia contenida que resuelve declarar infundada la demanda.

Telf: 481030 - 239182

DÍA 23 DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO CON EL SEÑOR RODAS RAMÍREZ, FIGUEROA GUTARRA Y PINEDA RÍOS SE VIO LAS SIGUIENTES CAUSAS 232. Expediente N° 02437-2010-0-1706JR-LA-03/ Santos Estanislao Torres Mena/ Municipalidad Provincial De Chiclayo/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declaró fundada la demanda. 233. Expediente N° 04910-2015-0-1706JR-LA-06/ Lidia Miranda Guarniz/ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declaró infundada la demanda. 234. Expediente N° 05113-2012-0-1706JR-LA-04/ Amelia Garrido Azañero/ ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada en parte la demanda. 235. Expediente N° 03022-2015-0-1706JR-LA-06/ CÉSAR Augusto Chirinos Capuñay/ Municipalidad Provincial De Chiclayo/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la resolución número nueve que declara fundada en parte la demanda. 236. Expediente N° 02251-2009-391706-JR-LA-03/ Isac Larrea Romero/ ONP/ Impugnación De Resolución Administrativa/ CONFIRMA el auto contenida en la resolución número treinta y dos que resuelve requerir a la demandada realizar una nueva liquidación de devengados e intereses legales en estricto cumplimiento de lo dispuesto en sentencia, es decir, desde la fecha, desde la fecha de contingencia de la causante, o en todo caso acreditar o justificar razones fácticas o contables que hacen imposible que se haga la liquidación desde la fecha

de la contingencia. 237. Expediente N° 02470-2016-0-1706JR-LA-06/ Wigberto Olano Provisional/ ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la resolución número seis que declara fundada en parte la demanda. 238. Expediente N° 05093-2012-0-1706JR-LA-03/ María Clementina Bances Vidaurre/ gerencia regional de educación de Lambayeque y otros/ proceso contencioso administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada en parte la demanda. 239. Expediente N° 03344-2013-0-1706JR-LA-05/ Julio César Villanueva Ángeles/ Essalud Lambayeque Y Otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declaró fundada en parte la demanda. 240. Expediente N° 00368-2017-0-1708JR-LA-01/Rosa Paulina De La Cruz Timaná De Rufino/ Gerencia Regional De Lambayeque Y Otros/ Proceso Contenciosos Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declaró fundada la demanda. 241. Expediente N° 5511-2015-29-1706JR-LA-04/ Juan Francisco Figueroa Vidarte / ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA el auto contenido en la resolución número nueve en el extremo que impone multa ascendente a dos unidades de referencia procesal a la demandada oficina de normalización previsional. 242. Expediente N° 04937-2015-0-1706JR-LA-04/Palermo Jiménez Córdova/ ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ DECLARA NULA la sentencia contenida en la resolución número siete, que declara infundada la demanda. 243. Expediente N° 02585-2015- 1706JR-LA-03/ Melanio Delgado Peralta/ ONP /Proceso Contencioso Administrativo/ declara NULA la sentencia contenida en la resolución número ocho que declara fundada la demanda. 244. Expediente N° 02950-2016-0-1706JR-LA-06/ Genaro Hernández Gil/ ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ REVOCA la sentencia contenida en la resolución número seis que declara fundada la demanda y REFORMÁNDOLA declara infundada la demanda. 245. Expediente N° 03665-2016-0-1706JR-LA-05/ Blanca Isabel Falen Acosta / Gerencia Regional De Educación De Lambayeque Y Otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia contenida en la resolución número cinco que declara fundada en parte la demanda. 246. Expediente N° 04039-2016-01706-JR-LA-01/ Lilia Edesvita Cholán Zañarta/ Hospital Provincial Docente Belén De Lambayeque Y Otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada la demanda. DÍA 28 DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO CON EL SEÑOR RODAS RAMÍREZ, FIGUEROA GUTARRA Y PINEDA RÍOS SE VIO LAS SIGUIENTES CAUSAS 247. Expediente N° 03273-2016- 1706JR-LA-02/ Mario Rodríguez Solaruz/ Red Asistencial De Lambayeque-Essalud/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada en parte la demanda. 248. Expediente N° 02369-2016-0-1706JR-LA-02/ Eleuterio López Cumpén/ ONP / Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declaró declarar fundada la demanda 249. Expediente N° 03145-2016-01706-JR-LA-03/ María Isabel Córdova / Dirección Regional De Educación De Lambayeque Y Otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declaró infundada la demanda.

250. Expediente N° 00175-2015-20-1707JM-CI-01/ Juan Chanamé Piscoya/ ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA el auto contenido en la resolución número uno, que declaró improcedente la demanda. 251. Expediente N° 02731-2017-20-1707JR-LA-05/ Eduardo Zambrano Flores/ Red Asistencial De Salud De Lambayeque/ Proceso Contencioso Administrativo/ REVOCA el auto contenido en la resolución número uno que declaró improcedente la demanda y REFORMÁNDOLA dispone que el juez de primera instancia califique nuevamente la demanda. 252. Expediente N° 01362-2017-0-1708JR-LA-01/ Goldy Maribel Barreto Gamarra/ Gerencia Regional De Educación De Lambayeque Y Otro/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada la demanda. 253. Expediente N° 00022-2017-0-1708JR-LA-01/ Orfila Estela Dávila/ Unidad De Gestión Educativa Local De Lambayeque Y Otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada la demanda. 254. Expediente N° 00762-2008-301706-JR-LA-01/ Pedro Chavesta Reluz / Electronorte S.A/ incumplimiento de normas laborales/ CONFIRMA la resolución número noventa y cuatro que fija los costos del proceso. 255. Expediente N° 01454-2017-1706JR-LA-02/ Pedro Martín López Aguilar/ Red Asistencial De Lambayeque-Essalud/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada la demanda. 256. Expediente N° 04766-2015-JRLA-02/ Juan Bautista Torres Fernández/ Gerencia De La Red Asistencial De Lambayeque-Esalud/ Proceso Contenciosos Administrativo/ CONFIRMA la sentencia mediante la cual se declara fundada en parte la demanda. 257. Expediente N° 00632-2009-801706-JR-LA-01/ Manuel Artemio Coello García / COFOPRI/ Beneficios Sociales/ CONFIRMA la resolución número treinta y cinco que declara infundada la nulidad propuesta por la demandada. 258. Expediente N° 02091-2016-01706-JR-LA-02/ María Estela Masquez Sipión/ Gerencia Regional De Salud De Lambayeque Y Otros/Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada en parte la demanda. 259. Expediente N° 0253-2004-151706-JR-LA-01/José Monteza Padilla/ Electronorte S.A. / Incumplimiento De Disposiciones Y Normas Laborales/ REVOCA el auto contenido en la resolución número noventa y nueve que rechazó la deducción solicitada por la demandada, respecto al monto ordenado a pagar y le requiere que se abstenga de efectuar deducciones no ordenadas en autos y REFORMÁNDOLA deja sin efecto el requerimiento precisado a la demanda. 260. Expediente N° 04548-2012-0-1706JR-LA-03/ César Augusto Núñez Sánchez/ Gerencia Regional De Educación De Lambayeque Y Otros/ Impugnación De Resolución Administrativa/ CONFIRMA la sentencia contenida en la resolución número ocho que declara infundada la demanda. 261. Expediente N° 00022-1999-281706-JR-LA-04/ Manuel Félix Vargas Morocho/ ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA el auto contenido en la resolución número ciento quince. 262. Expediente N° 00652-2008-16-1706JR-LA-01/ Luis Carranza García/ Empresa Agroindustrial Cayaltí S.A.A/Cese De Actos De Hostilidad Del Empleador/ CONFIRMA el auto apelado contenido en la resolución número veinticinco que resuelve declarar infundada la observación.

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PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV 263. Expediente N° 04283-2015-0-1706JR-LA-04/ Clemente Sánchez Espinoza/ oficina de normalización previsional/ acción contenciosa administrativa/ CONFIRMA la sentencia que declara infundada la demanda. 264. Expediente N° 00135-2015-0-1714JM-LA-01/ Kettere Alejandría Alarcón Rojas/ Municipalidad Distrital De José Leonardo Ortiz/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declaró fundada en parte la demanda. 265. Expediente N° 00376-2016-01708-JM-LA-01/ María Graciela Núñez Carbonel/ Unidad De Gestión Educativa Local De Lambayeque y otro/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada la demanda. 266. Expediente N° 05395-2010-JR-LA01/ Manuela Angélica Castillo Olazábal, Lucila Enriqueta Espinoza De Ynfante/ Gobierno Regional De Lambayeque/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la resolución número veintitrés que declara fundada en parte la demanda. 267. Expediente N° 00541-20170-1708-JR-LA-01/ Magna Karina Gutiérrez Mora/ Gerencia Regional De Educación Lambayeque Y Otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declaró fundada la demanda. 268. Expediente N° 00488-2011-01706-JR-LA-03/ Juan Pedro Medina Sisniegues/ ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declaró fundada la demanda. 269. Expediente N° 02265-2015-0-1706JR-LA-03/ Roberto Rogelio Carrasco Ballona/ ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la resolución número ocho, que declara fundada en parte la demanda. 270. Expediente N° 00342-2008-01706-JR-LA-03/ Santos Ramos Reluz/ Cooperativa De Viviendas Santa Rosa de la PNP/ Pago De Beneficios Sociales/ NULA la sentencia contenida en la resolución número cuarenta y uno que declara fundada en parte la demanda, debiendo el juez de la causa expedir nueva resolución. 271. Expediente N° 03726-2015--JR-LA05/ Luis Antonio Reátegui Vílchez/ ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia contenida en la resolución número seis n el extremo que declara fundada la demanda. 272. Expediente N° 00220-2016-01706-JM-LA-01/ Serapio Velásquez Ballena/ Unidad De Gestión Educativa De Lambayeque/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada la demanda. 273. Expediente N° 00176-2016-01708-JM-LA-01/ Ramiro Sinecio Coronel Tejada/ Gerencia Regional De Salud De Lambayeque Y Otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada la demanda. 274. Expediente N° 03088-2016-01706-Jr-La-02/ Antonia Marleni Esquivel Rojas/ Gerente Regional De Educación De Lambayeque Y Otros/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA LA sentencia que declara fundada la demanda. 275. Expediente N° 04543-2012-0-1706JR-LA-04/ Rosario Cabanillas De Rodas / ONP/ Acción Contencioso Administrativo/ DECLARA NULA la sentencia que declaró fundada en parte la demanda. 276. Expediente N° 00162-2018-791706-JR-LA-01/ Rossana Elizabeth Díaz Gamboa/ Corte Superior De Justicia De Lambayeque/ Medida Cautelar/ ESTABLECE que la señora jueza del quinto juzgado de trabajo conozca el presente proceso. 277. Expediente N° 01713-2016-01706-JR-LA-02/ Víctor Antonio Callacna Panta/ Gerencia Regional De Agricultura De Lambayeque Y Otro / Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declaró fundada en parte la demanda. 278. Expediente N° 00560-2016-01706-JR-LA-05/ Juan Manuel Saldaña Rondan/ ONP/ Proceso Contencioso Administrativo/ CONFIRMA la sentencia que declara fundada la demanda. ÁNGEL FREDDY PINEDA RÍOS JUEZ SUPERIOR PRIMERA SALA LABORAL PERMANENTE KELLY MEGO ALARCÓN

RELATORA PRIMERA PERMANENTE

SALA

LABORAL

CRÓNICA JUDICIAL DE LA SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA CIVIL DE LAMBAYEQUE CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO. CRÓNICA DEL DÍA SEIS DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO Con los señores Carrillo Mendoza, Rodríguez Tanta y Terán Arrunátegui, vieron y votaron en discordia: 00608-2016-0-1706-JR-CI-06 OSWALDO Gonzales Soifer / Emp. De Transp. Público de Pasajeros y Turismo Tierra Santa SRL. Proceso de Amparo: REVOCARON la sentencia de fecha veintiocho de marzo del dos mil diecisiete y REFORMÁNDOLA dispusieron el amparo de la demanda y DISPUSIERON que la demandada deje de impedir el ejercicio del turno que corresponde a los vehículos con unidad de placa M2A-964 (Placa anterior RC-6479) y la Unidad de placa M1G-959 ambas camionetas rurales que cubren la ruta Chiclayo-Motupe y viceversa; sin perjuicio que la empresa continué con el tramite respecto a la transferencia de las participaciones del demandante conforme lo establece la Ley General de Sociedades y Estatuto de la empresa; dejándose sin efecto el acuerdo de Junta General de Socios de fecha doce de marzo del dos mil dieciséis, respecto a la “suspensión del turno de manera definitiva” y los devolvieron... Con los señores Silva Muñoz, Rodríguez Tanta y Salazar Fernández, vieron y votaron: 03127-2009-10-1706-JR-CI-05 Segundo Pepe Alfaro Farroñan / O.N.P., Impug. Res. Adm.; Declararon NULO la resolución treinta y cinco de fecha cuatro de julio del dos mil diecisiete, copiado de folios cincuenta y siete a cincuenta y nueve, en el extremo que dispuso que los devengados se calculen hasta el mes de marzo de 2010, debiendo emitir nueva decisión; CONFIRMARON la misma resolución en cuanto dispone que la demandada cumpla con calcular la pensión de jubilación teniendo en cuenta la remuneración de referencia en la suma de S/. 857.36, con lo demás que al respecto contiene. 02302-2015-76-1706-JR-FC-01 Víctor Manuel Tolentino Agurto / Yovani Esther Ramírez Dávila, Divorcio por causalAuxilio Judicial: CONFIRMARON la resolución uno de fecha veinticinco de agosto del dos mil diecisiete, que RECHAZA el Auxilio Judicial solicitado por Yovani Esther Ramírez Dávila; con lo demás que contiene. 00326-2016-30-1706-JR-CI-07 Importaciones y Exportaciones San Francisco SRL /Tribunal Registral Trujillo y otros: Proceso Amparo. Media Cautelar: CONFIRMARON la resolución uno, de fecha dos de octubre del dos mil diecisiete que declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de anotación de demanda y de no innovar. 01068-2008-15-1706-JR-CI-07 julio OLIVOS Cabrera / O.N.P. Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución cincuenta y ocho, de fecha treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete, que declarara INFUNDADA las observaciones de pericia; con lo demás que contiene. 00907-2017-0-1706-JR-CI-04 Segundo Higinio Baldera Bances: Jueces del Juzgado Penal Colegiado Transitorio de la corte Superior de Justicia de Lambayeque y otros: CONFIRMARON la resolución uno de fecha once de mayo del dos mil diecisiete que declara IMPROCEDENTE la demanda. 0529-2003-30-1706-JR-CI-06 Interbank / Julio Diómedes Herrera Zavaleta y otro, Ejecución de Garantías: CONFIRMARON la resolución noventa, de fecha nueve de marzo del dos mil diecisiete de declara infundada la observación; con lo demás que contiene. 01082-2017-0-1706-JR-CI-06 Víctor Napoleón Gonzales Torres / SUCAMEC, Contencioso Administrativo: Declararon IMPROCEDENTE la consulta de fecha cuatro de diciembre del dos mil diecisiete, DISPONIÉNDOSE que lo autos sean devuelto al Juzgado consultante para los efectos de ley. 01830-2015-7-1706-JR-FC-01 Wilson Omar Samamé Delgado / Maribel del

JUDICIAL Pilar Liza Pisfil, Divorcio por causal: CONFIRMARON la resolución dos, de fecha ocho de agosto del dos mil diecisiete que declara IMPROCEDENTE la excepción de prescripción. 0 3 3 5 4 - 2 0 1 7 - 6 1 - 2 7 0 6 - J R - F T- 0 2 Milagros Gutiérrez Ruiz / Diego Ernesto Izquierdo Espinoza, Violencia Familiar: CONFIRMARON la resolución dos, de fecha dieciocho de abril del dos mil diecisiete, que dicta a favor de MILAGROS GUTIÉRREZ RUIZ protección provisional mediante medidas restrictivas:a) La prohibición a DIEGO ERNESTO IZQUIERDO ESPIONOZA el uso de cualquier modalidad de violencia física o psicológica en agravio de MILAGROS GUTIÉRREZ RUIZ, con lo demás que contiene. 00293-2015-10-1707-JM-CI-01 José Salvador Aurich Mesones / AFP INTEGRA y otro, Medida Cautelar: CONFIRMARON la resolución dos de fecha veintitrés de enero del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. 07247-2003-0-1706-JR-CI-06 Inocente Puluche Cárdenas / O.N.P. Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución cincuenta y nueve, de fecha veintidós de agosto del dos mil diecisiete, que corrige la resolución cincuenta y ocho, de fecha veintitrés de junio del dos mil diecisiete, en el extremo que señala que se inicie proceso disciplinario contra el abogado Mariano Luz Lezcano; con lo demás que contiene. 00712-2016-0-1706-JR-CI-05 Carlos Antonio Pastor Palomino / Comisión de Honor del Jockey Club de Chiclayo y otros: CONFIRMARON la resolución diez, de fecha ocho de noviembre del dos mil diecisiete, que RECHAZA la demanda; con lo demás que contiene. 04875-2007-27-1706-JR-CI-02 Juan José Aguilera Troncos y otros / Direc. Reg. de Agricultura, Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución cincuenta y nueve, de fecha uno de setiembre del dos mil diecisiete, que resuelve remitir copias certificadas de piezas principales al Ministerio Público; e IMPONE multa de cinco URP a don Rivas Llanos Arnaldo Abelino. 00034-2008-44-1706-JRT-CO-08 Silvia Violeta Díaz Ortiz / Marleny de los Milagros Pisfil Granda y otros, Obligación de dar suma de dinero: Declararon IMPROCEDENTE la apelación contra la resolución cuarenta y tres del dos de mayo del dos mil diecisiete y NULO el concesorio de dicha apelación contenido en la resolución cuarenta y cuatro, del nueve de junio del dos mil diecisiete. 00846-2008-21-1706-JR-CI-03 Aníbal Antero Villalobos Ayala y otros / José Augusto Fuentes Chapoñan y otros, desalojo: CONFIRMARON la resolución cincuenta y dos, de fecha catorce de junio del dos mil diecisiete, que efectiviza el apercibimiento decretado en la resolución cincuenta y uno y RECHAZA el escrito de apelación de fecha veintiséis de octubre del dos mil dieciséis. 07333-2016-21-1706-JR-FT-05 Luca Leonardo Vogel Ríos y otros / Hans Eduardo Vogel González, y otro, Violencia Familiar: Declararon IMPROCEDENTE el recurso de apelación contra la resolución siete, de fecha veintidós de marzo del dos mil diecisiete y NULO el concesorio de apelación. 01571-2006-93-1706-JR-CI-02 Alfonso Quintana Silva / O.N.P., Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución cincuenta y tres, de fecha quince de septiembre del dos mil diecisiete que efectiviza el apercibimiento decretado e IMPONE a la ONP la multa de UNA URP. 00726-2017-0-1706-JR-CI-07 Juan García Nizama / Juez del Quinto Juzgado de Trabajo, Primera Sala Laboral Permanente, Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución uno, de fecha tres de mayo del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 06174-2017-0-1706-JR-FC-02 Henry Toribio Chau Palacios / María Amelia Benavides Bustamante / Impug. De Paternidad Extramatrimonial: CONFIRMARON la resolución cuatro de fecha veintitrés de octubre del dos mil diecisiete que declara NULO TODO LO ACTUADO en la presente causa y declara IMPROCEDENTE la demanda. De Impugnación de Paternidad Extramatrimonial, con lo demás que contiene.

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00168-2015-59-1708-JM-CI-01 Maura Karina Salinas Riojas / Ana Maritza Montalván Córdova, Interdicto: REVOCARON la resolución veintitrés de fecha seis de junio de dos mil diecisiete, en el extremo que declara IMPROCEDENTES los medios probatorios extemporáneos ofrecidos por la parte demandada referidos a Copias certificadas de las resoluciones Números. Cuatro, cinco y seis, emitidas en el expediente N° 02930-2016-74 1708-JR-PE-01 y copias certificadas de las declaraciones de los testigos María Soledad Vásquez Cárdenas y Susana Sernaqué Sandoval; REFORMANDOSE en este extremo se dispone admitir los indicados medios probatorios extemporáneos, debiendo el a quo en su momento valorarlos conforme corresponda. SE CONFIRMA la resolución antes indicada en cuanto declara IMPROCEDENTE el ofrecimiento de medio probatorio extemporáneo referido a la Constatación Policial N° 5273838. ENRIQUE EDUARDO SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA. MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC. CSJLA. GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS RELATORA SSEC. CSJLA. CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA SIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO Con los señores: Silva Muñoz, Rodríguez Tanta y Salazar Fernández, vieron y votaron: 00962-2011-0-1706-JR-CI-01 Asoc. Civil de Servicios Educativos La Católica / SUTRAN.Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la sentencia de fecha diecisiete de abril del dos mil diecisiete que declara INFUNDADA la demanda e IMPROCEDENTE con respecto de las pretensiones accesorias. 00011-2016-0-1706-JR-FC-02 Keli Jesús Roquejo Vásquez / Luis Alberto Dávila Ticlla, Divorcio por causal: Aprobaron la sentencia de fecha veinte de junio del dos mil diecisiete, que declara FUNDADA la demanda de divorcio por la causal de separación de fecha y DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges con lo demás que contiene. 00559-2015-0-1707-JM-FC-01 Augusto Garay Sánchez / Verónica María Reaño Sevilla, Régimen de Visitas: CONFIRMARON la sentencia de fecha veintitrés de junio del dos mil diecisiete, que declara FUNDADA la demanda; con lo demás que contiene. 004431-2015-0-1706-JR-FC-04 Carlos Javier Burgos Soto / Fernando Burgos Castro y otros, Reconocimiento judicial de paternidad y otros: CONFIRMARON la sentencia de fecha catorce de agosto del dos mil diecisiete , sólo en el extremo que declara IMPROCEDENTE la pretensión de declaración de coheredero del demandante, respecto de la sucesión de su extinto padre Carlos Rafael Burgos Larrea. 00963-2015-0-1706-JR-FC-02 Genaro Amaya Purizaca / Belinda Gómez Pérez, Divorcio. 1. REVOCAR la Sentencia de fecha trece de julio del dos mil diecisiete, en el extremo que resuelve declarar INFUNDADA la pretensión de alimentos formulada por la demandada en la reconvención, y dispone el cese de las obligaciones alimentarias; REFORMÁNDOSE en este extremo se declara FUNDADA en parte la demanda, y en consecuencia SE DISPONE que el demandante pague una pensión de alimentos mensual y adelantada ascendente a S/. 200.00 a favor de la demandada BELINDA GOMEZ PEREZ2. REVOCAR la misma sentencia, en el extremo que resuelve declarar INFUNDADA la pretensión de daños y perjuicios solicitada por la demandada en la reconvención; REFORMÁNDOSE en este extremo se declara FUNDADA en parte la demanda, y en consecuencia SE DISPONE que el demandante pague una indemnización a favor de la demandada BELINDA GOMEZ PEREZ, ascendente a S/. 3,000.00.- 3. APROBAR la misma sentencia en el extremo que declara FUNDADA la demanda de divorcio por causal de separación de hecho, interpuesta por GENARO AMAYA PURISACA, contra su cónyuge BELINDA GOMEZ PEREZ; DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que unía a los justiciables, con lo demás que contiene. 03345-2009-0-1706-JR-CI-05 Eugenio Linares Vásquez / Gerente

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Chiclayo, sábado 16 de febrero de 2019

del Hospital Privado Metropolitano y otros. Indemnización: REVOCARON la sentencia de fecha diecisiete de abril del dos mil diecisiete, el declara FUNDADA EN PÁRRTE la demanda e IMPROCEDENTE el extremo de la demanda referido a la pretensión indemnizatoria por daño a la persona extra patrimonial; REFORMANDO la sentencia indicada se declara INFUINDADA la demanda en todos sus extremos. 04167-2014-0-1706-JR-CI-05 Segundo Juan Blanco Zambrano / Agustín Chugden Vásquez y otros, Nulidad de acto jurídico: CONFIRMARON la sentencia de fecha primero de junio del dos mil diecisiete que declara INFUNDADA la demanda y los devolvieron. 03982-2014-0-1706-JR-CI-06 Zulmy Edelmira Pozo Benavides / Red Asistencial Lambayeque -ESSALUD y otros, Proceso de Amparo: Declararon NULA la sentencia del doce de junio del dos mil diecisiete, ORDENARON que el A QUO en el más breve plazo emita nuevo pronunciamiento. 00906-2017-0-1706-JR-CI-05 Haydee Maldonado Bermeo / Ana María Huamán García, Desalojo: CONFIRMARON la sentencia de fecha dieciocho de octubre del dos mil diecisiete, que declara FUNDADA la demanda y ordena que la demandada restituya a la demandante el inmueble materia de autos, con lo demás que contiene. 00332-2009-0-1706-JR-FC-02 Martha Silvana Mori Alván / Marco Antonio Gutiérrez Pereyra, Divorcio por causal de violencia física y psicológica: DESAPROBARON la sentencia consultada de fecha seis de setiembre del dos mil dieciséis, Declararon la nulidad de la indicada sentencia consultada y DISPUSIERON que el Juzgado proceda a emitir nueva sentencia con el pronunciamiento integro conforme a lo actuado. 00537-2017-0-1706-JR-CI-01 Esperanza Fernández Cabel Viuda de Aguilar/ O: N: P: Proceso de Amparo: CONFIRMARON la sentencia de fecha diecisiete de agosto del dos mil diecisiete, que declara FUNDADA la demanda; con lo demás que contiene. 01147-2017-0-1706-JR-CI-02 Mario Moreto García / EPSEL, Proceso de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia de fecha treinta de octubre del dos mil diecisiete, que declara FUNDADA la demanda; con lo demás que contiene. 00027-2017-0-1712-JM-FC-01 Lourdes Romero Vargas / Edder Luis Alarcón Vásquez, Autorización de Viaje de menor: CONFIRMARON la sentencia que declara INFUNDADA la demanda, con lo demás que contiene. 00432-220215-0-1714-JM-FC-01 Marino Flores Torres / Elizabeth Heredia Arroyo, divorcio por causal: DESAPROBARON la sentencia de fecha treinta y uno de octubre del dos mil diecisiete que declara fundada la demanda y la NULIDAD de dicha sentencia y DISPUSIERON que el A quo emita nueve sentencia corrigiendo lo anotado; y los devolvieron. 02748-2015-85-1706-JR-CI-05 ATC SITIOS del Perú SRL / Munic. Prov. Chiclayo, Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución ocho de fecha once de agosto del dos mil diecisiete que hace efectivo el apercibimiento dictado e IMPONE multa de una URP a la demandada; con lo demás que contiene. 00019—2006-0-1706-JR-CI-01 Lorenzo Espinoza Uceda / ONP, Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución treinta y seis, de fecha cinco de junio del dos mil diecisiete, que declara INFUNDADA las observaciones y APRUEBA su monto, con lo demás que contiene. 00413-2016-0-1706-JR-CI-03 CRV Ingenieros y Consultores SAC / Gerente General de Ingenorter SCRL, Prueba Anticipada: CONFIRMARON la resolución cinco, de fecha catorce de noviembre del dos mil diecisiete, que declara concluido el proceso sin pronunciamiento sobre el fondo. 000975-2012-0-1706-JR-FC-01 Elva Lily Llatas Contreras / Wildor Suárez Sánchez, Declaración de Unión de Hecho: Declararon NULA la resolución treinta, de fecha veintitrés de agosto del dos mil diecisiete en el extremo que resuelve dar trámite al escrito de la accionante Elva Lily Latas Contreras de fecha cinco de julio del dos mil diecisiete, con lo demás que contiene; DEBIENDO el A quo emitir nuevo pronunciamiento teniendo en cuenta lo señalado en la presente. 00784-2009-36-1706-JR-CI-04 Julián

CRÓNICA Crispin Cabrejos Bardales / Essalud Lambayeque y otro. Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución treinta y nueve de fecha diecisiete de julio del dos mil diecisiete, que declara consentida la resolución treinta y ocho de fecha trece de marzo del dos mil diecisiete; con lo demás que contiene. 05523-2006-30-1706-JR-CI-06 Rafael Pérez Sisniegas / O.N.P., Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución sesenta y dos, de fecha veinticinco de agosto del dos mil diecisiete, que deja sin efecto el concesorio de apelación mediante resolución sesenta y uno del quince de marzo del dos mil diecisiete; con lo demás que contiene. 00500-2016-0-1714-JM-FC-01 Jhonny Ronald Calle Vallejos / Suc. De Rosa Isabel Hoyos Fernández, Impug.de Maternidad-Paternidad: REVOCARON la resolución seis de fecha trece de octubre del dos mil diecisiete, DISPONIÉNDOSE la nulidad de la referida resolución, DEBIÉNDOSE continuar con el proceso en el estadio en que se encuentra y lo devolvieron. 00837-2013-80-1714-JR-FC-01 Jhone Deivis Huamán Chuquilin / Kelly Elizabeth Cano Llamo, Tenencia: Declararon NULA la resolución treinta y seis de fecha veinticinco de agosto del dos mil diecisiete, que ordena remitir copias al Ministerio Público ; e Impone multa a la demandada; con lo demás que contiene. 00728-2016-30-1706-JR-FC-04 Sergio Chimpén Ojeda / Cuarto Juzgado Especializado de Familia de Chiclayo, Recurso de Queja: Declararon la nulidad de la resolución uno de fecha veinte de setiembre del dos mil diecisiete; DEBIÉNDOSE pronunciar de manera adecuada conforme a lo evaluado y lo devolvieron. 00111-2017-53-1706-JR-CI-04 Inocencio Troyes Torres / Municipalidad Provincial de Chiclayo, otros, Proceso de Cumplimiento: CONFIRMARON la resolución diez, de fecha veintiuno de agosto del dos mil diecisiete, que hace efectivo el apercibimiento dictado en la resolución ocho e IMPONE multa de dos URP a la demandada, con lo demás que contiene. 01907-2017-0-1706-JR-CI-04 Agropucala S.A.A. / Blanca Cervera Dávila y otros, Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución uno, de fecha veinticuatro de septiembre del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda y los devolvieron. 02000-2017-0-1706-JR-CI-02 Santos Alfonso Quiroz Quesquén / Direc.Reg.de Educación y otro, Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución uno de fecha nueve de octubre del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda y los devolvieron. 00095-2015-57-1708-JM-CI-01 Cecilia Llatas Barrios y otros / Juan Carlos Llatas Meléndez, Resolución de Contrato: CONFIRMARON la resolución cinco, de fecha dos de junio del dos mil diecisiete, que declara INFUNDADA la nulidad del acta de inspección ocular y los devolvieron. 07295.2017-52-1706.JR-FC-02 Angel Virgilio Castañeda Oliden / Susan Maricielo Dávila Vásquez, Régimen de Visitas: Declararon IMPROCEDENTE el recurso de apelación contra la resolución cuatro y NUILO el concesorio contenido en la resolución seis. 01955-20017-0 1706.JR-CI-04 Jhonny Michael Díaz Bustamante / Empresa Agroindustrial Tumán S.A, A, Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución uno del dos de octubre del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda y los devolvieron. 02426-2017-0-1706-JR-CI-02 Santiago Maldonado Guido / Empresa Agroindustrial Pomalca SA, Proceso de Amparo; CONFIRMARON la resolución uno que declara IMPROCEDENTE la demanda y los devolvieron. 01639-2009-47-1706-JR-CI-01 Manuel Rolando Delgado Samamé / O.N.P. Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución cuarenta y dos, del tres de agosto del dos mil diecisiete, que hace efectivo el apercibimiento decretado en la resolución treinta y nueve, e IMPONE multa de dos URP a la ONP; con lo demás que contiene. 01668-2017-0-1706-JR-CI-04 Wilfredo Genaro Peche Ledesma / Jueces Superiores de la Primera Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y otros, Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución uno, de

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV

fecha veintiocho de agosto del dos mil dieciocho, que declara IMPROCEDENTE la demanda y los devolvieron. 01912-2012-94-1706-JR-CI-01 Cupertino Alindor Alcalde Segura / Colegio Médico del Perú Consejo Regional VIII y otro, Indemnización: CONFIRMARON la resolución veinticuatro de fecha veintidós de agosto del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la nulidad de la resolución veintitrés de fecha veinte de julio del dos mil diecisiete que rechaza la apelación formulada por Empresa Agroindustrial Cayalti S.A.A. 01487-2006-76-1706-JR-CI-07 Magdalena Estela Tesen Viuda de Trelles / O.N.P., Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución cuarenta y ocho (debería ser cuarenta y nueve) de fecha veinticuatro de mayo del dos mil diecisiete, que IMPONE multa progresiva y compulsiva a la ONP de dos URP; con lo demás que contiene. 00054-2017-20-1708-JM-CI-01 Nicolasa Cajusol Zeña / Carmen Elena Cajusol Cajusol, Otorgamiento de Escritura: Auxilio Judicial: CONFIRMARON la resolución uno, de fecha diecisiete de febrero del dos mil diecisiete, que declara INFUNDADA la solicitud de auxilio judicial formulada por Nicolasa Cajusol Zeña. 00254-2017-0-1706-JR-CI-05 Gerardo Mestanza García/ Comandancia General del Ejército del Perú y otros. Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución uno, del tres de febrero del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda y los devolvieron. 00705-2017-0-1706-JR-CO-08 Scotiabank Perú, S.A.A. / Rafael Burga Saavedra y otro, Ejecución de Garantías: CONFIRMARON en parte la resolución uno, de fecha once de agosto del dos mil diecisiete, que declara inadmisible la demanda y concede tres días a la entidad demandada a fin de que subsane los defectos pero sólo en lo referente a la suscripción integra por los profesionales del informe pericial y CONCEDE plazo adecuado para que cumpla con subsanar la suscripción de ambos ingenieros el informe de tasación comercial, REVOCARON la resolución uno en los extremos que se refieren a precisa y adjuntar el documento que contiene la obligación puesta a cobro y en el que se impone multa a la entidad ejecutante de una URP, DEJÁNDOSE sin efecto alguno y los devolvieron. 00806-2009-74-1706-JR-CI-07 Luis Enrique Marrufo Pérez / 0-, Impug. Res. Adm. Declararon IMPROCEDENTE el recurso de apelación contra la resolución quince de siete de febrero del dos mil diecisiete y NULO el concesorio contenido en la resolución dieciséis, de fecha diez de marzo del dos mil diecisiete. ENRIQUE EDUARDO SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA. MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC. CSJLA. GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS RELATORA SSEC. CSJLA. CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA DOCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO Con los señores: Silva Muñoz, Rodríguez Tanta y Terán Arrunátegui, vieron y votaron: 05052-2007-94-1706-JR-CI-03 Juan Manuel Sandoval Chero / O.N.P., Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución cuarenta y uno del dos de marzo del dos mil diecisiete, en el extremo que declara IMPROCEDENTE la nulidad deducida por la ONP. 09247-2008-29-1706-JR-CI-03 Augusto Almanzor Valderrama Salazar / O.N.P., Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución cuarenta y tres, de fecha catorce de junio del dos mil diecisiete, que IMPONE multa a la ONP por incumplimiento al mandato contenido en la resolución anterior, con lo demás que contiene. 01414-2013-0-1706-JR-CI-07 Procurador Público del Gobierno Regional de Lambayeque / COFOPRI, Oficina Zonal de Lambayeque y otro, Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la sentencia del doce de abril del dos mil dieciséis, que declara INFUNDADA la demanda: con lo demás que contiene. Con los señores: Silva Muñoz, Rodríguez Tanta y Salazar Fernández, vieron y votaron: 04408-2017-32-1706-JR-FC-01 Elsa Esperanza Muñoz Rojas / Óscar Marin Carrasco Delgado, Tenencia: REVOCARON la resolución seis, del

once de octubre del dos mil diecisiete: REFIORMÁNDOA declararon INFUNDADA la oposición a la medida temporal sobre el fondo propuesta por Oscar Marín Carranza Delgado, la vigencia de la resolución tres del quince de agosto del año en curso que declara FUNDADA la medida cautelar sobre el fondo solicitada por Elsa Esperanza Muñoz Rojas contra Oscar Marín Carranza Delgado. ENRIQUE EDUARDO SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA. MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC. CSJLA. GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS RELATORA SSEC. CSJLA. CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA DIECISÉIS DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO Con los señores: Rodríguez Tanta y Terán Arrunátegui, vieron y votaron en mayoría: 01129-2017-46-I1706-JR-CI-01 Oscar Luis Cárpena Recoba / Justo Tapia Montenegro y otro, Reivindicación-Medida Cautelar: Declararon NULO el concesorio de apelación contenido en la resolución siete, debiendo el Juzgado de origen proceder conforme a lo señalado en la presente resolución. Con los señores: Silva Muñoz, Salazar Fernández y Terán Arrunátegui, vieron y votaron: 07125-2006-55-1706-JR-CI-05 Zenón Asenjo Dávila / O.N.P., Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución dieciocho de fecha uno de setiembre del dos mil diecisiete, que hace efectivo el apercibimiento decretado en la resolución catorce del cuatro de mayo del dos mil dieciséis e IMPONE multa de dos URP, con lo demás que contiene. 04234-2015-19-1706-JR-FC-04 Carmen Silvia Uriol Montero / José Alberto Peña Díaz, Divorcio: CONFIRMARON la resolución nueve, de fecha veinte de enero del dos mil diecisiete, que declara INFUNDADO al pedido de abandono del proceso. 04211-2013-0-1706-JR-CI-04 Richard Edwin Flores Salazar / Juan Nicolás Fernández Gastelumendi y otro: Nulidad de Acto Jurídico: CONFIRMARON la resolución dieciocho, del veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete, que declara el ABANDONO del proceso y dispone su archivo; con lo demás que contiene. 06168-2008-97-1706-JR-CI-03 Arturo Castillo Chirinos / Munic. Prov. de Chiclayo , Proceso de Cumplimiento: CONFIRMARON la resolución setenta y cinco del veinte de octubre del dos mil diecisiete, que CORRIGE la resolución de fecha dieciocho de julio del dos mil diecisiete que impone multa ascendente a ocho URP a la ONP, siendo la multa a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO. 06896-2007-2-1706-JR-CI-06 Pedro Izquierdo Rodríguez / O.N.P., Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución veinticinco, de fecha once de septiembre del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la solicitud de la demandada; dejándose a salvo su derecho para que lo haga valer con arreglo a ley. 00594-2017-7-1706-JR-CI-03 Ana María Huamán García / Haydee Maldonado Bermeo, Mejor derecho a la propiedad: CONFIRMARON la resolución seis, del veintidós de setiembre del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la nulidad de la resolución dos y declara IMPROCEDENTE la tacha interpuesta por la emplazada, con lo demás que contiene. 01062-2016-88-1706-JR-CI-04 Juan Carlos Lluén Sánchez / Miembros de la Comisión de Derecho de Autor y otros, Nul.de Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución dos, del veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la medida cautelar innovativa: con lo demás que contiene. CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA DIECINUEVE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO Con los señores: Carrillo Mendoza, Silva Muñoz, Salazar Fernández, vieron y votaron: 00358-2010-0-1707-JM-CI-01 Gustavo Castillo Mori y otra / Ana Luz Aguilar Ancajima, Desalojo: CONFIRMARON la sentencia de fecha tres de julio del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda; con lo demás que contiene. 04453-2011-82-1706-JR-CI-01 Fidel

PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV González Lluen / O.N.P., Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución treinta y cinco del tres de octubre del dos mil diecisiete que IMPONE multa ascendente a una URP a la ONP. 01020-2016-0-1706-JR-C0-08 Bco. Crédito del Perú /Guisela del Rosario Seminario Aranguri y otro, Ejecución Garantías: CONFIRMARON la resolución siete, de fecha veinte de noviembre del dos mil diecisiete que declara INFUNDADA la contradicción y dispone sacar a remate el bien inmueble otorgado en garantía. 00599-2013-95-1707-JM-CI-01 José Guillermo Márquez Castro / Municipalidad de Ferreñafe, Imp. Res. Adm. Cautelar: CONFIRMARON la resolución uno, de fecha veintiocho de enero del dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE por ahora la medida cautelar solicitada. 02219-2016-35-1706-JR-CI-02 Víctor José Zamora Zamora / José Iván Valdera y otros, Nul. Cosa Juzgada Fraudulenta: REVOCARON la resolución doce, de fecha diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, que declara improcedente el abandono, REFORMÁNDOLO declararon FUNDADO dicho pedido y declararon el ABANDONO del presente proceso y concluido el proceso sin declaración sobre el fondo, archivándose definitivamente el expediente. 00381-2012-7-1706-JR-CI-06 Carlos Manuel Parodi Vassallo / Suc.de Manuel Fernando Rojas Santisteban y otros, Indemnización: CONFIRMARON la resolución dos, de fecha catorce de setiembre del dos mil diecisiete, que declara FUNDADA la excepción de prescripción extintiva y NULO todo lo actuado y concluido el proceso. 00276-2015-12-1707-JR-CI-01 María Rosa Calixta Inoñan Rojas / Antero Díaz Millones, Nul. Acto Jurídico: REVOCARON la resolución tres, de fecha nueve de mayo del dos mil diecisiete, que declara INFUNDADAS las excepciones de litispendencia e incompetencia; REFORMÁNDOLA declararon FUNDADA la excepción de litispendencia; NULO todo lo actuado y CONCLUIDO el proceso, sin objeto emitir pronunciamiento de la excepción de incompetencia. 00218-2017-0-1708-JM-CI-01 WALTER Bernardo Torres Durand / Oscar Auguisto Vásquez Silva, Otorgamiento de Escritura Pública: Declararon NULA la resolución dos, de fecha veintitrés de octubre del dos mil diecisiete y ORDENARON que el Juez de la causa emita nueva resolución. 00398-2016-0-1706-JR-CI-02 José Zenobio López Zamora y otra / Roberto Clotario Pinillos Zamora y otra, Desalojo: CONFIRMARON la resolución treinta del once de setiembre del dos mil diecisiete que declara CONCLUIDO el proceso y archiva lo actuado e IMPONE multa de diez URP al demandado y a su abogado; con lo demás que contiene. 00079-2001.8-1706-JR-CI-05 Rómulo José Arbulu Buchacher / Gertrudis María Buchacher Olavarria y otros, Ejecución de Garantías: CONFIRMARON la resolución ciento treinta y uno, del veintitrés de Agosto del dos mil diecisiete INTEGRARON la resolución ciento treinta uno y declararon INFUNDADOS los pedidos de nulidad de Carlos Iván Rivera Buchacher mediante escritos de veintitrés de junio y seis de julio del dos mil diecisiete y el pedido de nulidad de la ejecutada Gertrudis María Buchacher Olavarria Viuda de Rivera del tres de julio del dos mil diecisiete. ENRIQUE EDUARDO SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA. MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC. CSJLA. GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS RELATORA SSEC. CSJLA. CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO Con los señores Silva Muñoz, Salazar Fernández Terán Arrunátegui vieron y votaron: 01966-2010-0-1706-JR-CI-03 Miguel Flores Calderón, Superintendencia de Banca y Seguros y otros, Impug. Res. Adm: CONFIRMARON la sentencia del veinticuatro de marzo del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda; con lo demás que contiene. 00292-2017-92-1706-JR-CI-04 Henry Alfredo Valverde Vega / Institución Educativa Colegio Nacional San José Chiclayo y otro, Indemnización: Declararon NULA la resolución del veintiuno de abril del dos mil diecisiete, y NULA la resolución cuatro de fecha dieciocho de julio del dos

CRÓNICA

mil diecisiete y ORDENARON que el juez de la causa emita nuevo pronunciamiento. 02641-2011-7-1706-JR-CI-03 Ricardo Ramos García Blanca Isabel Bustamante Díaz y otros, Mejor Derecho a la Propiedad: Declararon NULA la resolución diecisiete, del veintidós de mayo del dos mil diecisiete, ORDENARON que el juez de la causa emita nueva resolución. 00231-2016-28-1707-JM-CI-01 Pedro Sandoval Valdera. Moisés Agustín Espinoza Sandoval y otro, ReivindicaciónMedida Cautelar: CONFIRMARON la resolución uno del veinte de junio del dos mil diecisiete, que declara IMPROQECENTE la medida cautelar solicitada. ENRIQUE EDUARDO SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA. MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC. CSJLA. GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS RELATORA SSEC. CSJLA. CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTISÉIS DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO Con los señores Silva Muñoz, Salazar Fernández y Terán Arrunátegui vieron y votaron: 01461-2017-0-1706-JR-CI-05 Walter Carpio Guerrero / Director del Hospital Las Mercedes de Chiclayo y otro, Proceso de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia de fecha doce de octubre del dos mil diecisiete, que declara FUNDADA la demanda; con lo demás que contiene. 02114-2015-0-1706-JR-CI-07 María Luisa García Urrutia Paico / ONP, Proceso de Amparo: CONFIRMARON la sentencia del veintiuno de junio del dos mil diecisiete, que declara INFUNDADA la demanda, con lo demás que contiene. 01053-2016-0-1706.JR-FC-04 Ricardo Alejandro Montalván Guzmán / Rosa Edelmira Velásquez Alejandría, Divorcio: APROBARON la sentencia del catorce de diciembre del dos mil diecisiete, que declara FUJNDADA EN PARTE la demanda, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables, con lo demás que contiene. 07945-2008-0-1706-JR-CI-03 Virgilio Fernández Campos / ONP, Impug. Res. Adm.: Declararon NULA la sentencia del treinta y uno de julio del dos mil diecisiete, DISPUSIERON que el A quo emita nueva resolución. 02960-2011-68-JR-FC-02 Jorge Ruiz Encinas / María Catalina Cabrejos Ruiz, Divorcio: APROBARON la sentencia del cuatro de diciembre del dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda y DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los justiciables; con lo demás que contiene. 01049-2015-0-1706-JR-CI-07 Representaciones Arcadio SAC / José Manuel Tesen Chávez y otros, Litis consorte Flor de María Sagastegui Rodríguez, Desalojo: CONFIRMARON la sentencia del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, que declara FUNDADA la demanda, con lo demás que contiene. 01247-2014-0-1706-JR-FT-04 Shirley Giuliana Bonilla Pinchi / Luis Antonio Sánchez Arce, Violencia Familiar: CONFIRMARON la sentencia de fecha diez de octubre del dos mil diecisiete, que declara FUNDADA la demanda; con lo demás que contiene. 00516-2014-0-1706-JM-FC-01 Amalia Quesquén de Olazabal / Baltazar Olazabal Sandoval, Divorcio: DESAPROBARON la sentencia del veinte de marzo del dos mil diecisiete, que declara fundada la demanda, REFORNMÁNDOLA declararon IMPROCEDENTE dicha demanda. 02072-2017-0-1706-JR-CI-05 Pascuala Pérez Raico / Municipalidad Provincial de Chiclayo, Proceso de cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia del quince de diciembre del dos mil diecisiete, que declara FUNDADA la demanda, con lo demás que contiene. 03241-2014-0-1706-JR-FC-01 María Luisa Colchado Montes de Oca Cesar Augusto Vidarte Mendoza, Divorcio: DESAPROBARON la sentencia del diecinueve de abril del dos mil diecisiete, que declara fundada la demanda, NULA la citada sentencia, debiendo el Juzgado de origen emitir nuevo pronunciamiento. 02126-2017-0-1706-JR-CI-01 Lidia Lane Saldarriaga de Castillo / Ministerio de Trabajo y otro, Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución uno del veintitrés de octubre del dos mil diecisiete que declara IMPROCEDENTE la demanda.

JUDICIAL 01851-2016-9-1706-JR.CI-05 Manuel Eugenio Martínez Cayle / Esperanza Cumpa Martínez, Nulidad Acto JurídicoExcepciones: Declararon NULA la resolución tres, del dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete, DEBIENDO el A quo emitir nuevo pronunciamiento. 05650-2017-96-1714-JR-FP-02 V.L.J. / L.C.L.K, Infracción contra la libertad sexual- Queja de derecho_ Declararon IMPROCEDENTE la queja interpuesta. 00110-2015-0-1707-JM-CI-01 Maritza María Espinoza Urcia / Director de la Ugel de Ferreñafe y otro, Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución uno, del primero de abril del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda, con lo demás que contiene. 00279-2015-0-1707-JM-CI-01 Sebastián Mora Chumán ONP, Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución uno, del dos de setiembre del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda, con lo demás que contiene. 00283-2016-0-1706-JR-CO-08Scotiabank Perú S.A.A. / José Aurelio Carranza Eneque y otro, Ejecución de Garantías: CONFIRMARON la resolución diez, del quince de enero del dos mil dieciocho, que resuelve 1] CARECE DE OBJETO EMITIR PRONUNCIAMIENTO respecto de la contradicción formulada por los ejecutados; y, 2] DENEGAR EJECUCION respecto del pagaré puesto a cobro por contener una obligación inexigible a la fecha de presentación de la demanda; dejando a salvo el derecho que pueda tener la ejecutante para que lo haga valer en la forma y oportunidad que corresponda. 00318-2017-29-1706-JR-CI-05 Pepe Omar Cabrera Zavaleta / Luis Vile Cabrera Zavaleta, Otorgamiento de Escritura: CONFIRMARON la resolución nueve, del catorce de noviembre del dos mil diecisiete, que declara INFUNDADA la devolución; con lo demás que contiene. 06966-2008-12-1706-JR-CI-01 Castorino Augusto Chanamé Exebio / Gob. Prov.de Chiclayo, Impug. Res Adm.: CONFIRMARON la resolución cuarenta y siete, del seis de diciembre del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE el pedido de iniciar ejecución forzada respecto a los intereses legales y aprueba cronograma de pago; con lo demás que contiene. 01639-2009-31-1706-JR-CI-01 Rolando Delgado Samamé / ONP, Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución cuarenta y cuatro, del tres de octubre del dos mil diecisiete, que HACE EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución cuarenta y dos, del tres de agosto del dos mil diecisiete y REMITE copias al Ministerio Público , con lo demás que contiene. 01272-2917-0-1706-JR-CI-07 Lidia Oritias Olivos de Tisnado / Juez Civil de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución uno del dos de julio del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda; con lo demás que contiene. 05124-2003-84-1706-JR-CI-03 José Walter Fernández Pérez / ONP y otro, Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución ciento dieciocho, del veintiocho de junio del dos mil diecisiete, en el extremo que hace EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO de la resolución ciento quince e IMPONE multa a la demandada de dos URP; Declararon NULA la misma resolución en el extremo del numeral tres, ORDENARON que el Juez emita nueva resolución sobre este extremo. 00112-2017-0-1707-JM-CI-01 Henry Percy Rodríguez Pita / Comunidad Campesina Santa Lucía, Mejor Derecho a la Posesión: CONFIRMARON la resolución uno, del dieciocho de octubre del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda, con lo demás que contiene. 02546-2015-0-1706-jr-ci-04 Juan Melesio Castro Pejerrey y otro / Oscar Antonio Arriola Zuloeta, Nulidad de Acto Jurídico: CONFIRMARON la resolución catorce, del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete, en cuanto tiene por desistida a la demandante de la pretensión y declara concluido el proceso, CONFIRMARON la resolución quince del veinticinco de setiembre del dos mil diecisiete en cuanto declara IMPROCEDENTE la nulidad formulada por los demandantes. 01376-2007-0-1707-JM-CI-01 Agropucala SAA / Aníbal Malusquis Pineda, Posición a la inscripción registral: CONFIRMARON la resolución dieciocho, del siete de octubre del dos mil catorce, que declara de oficio

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el ABANDONO del proceso; con lo demás que contiene. 01477-2017-67-1706-JR-CI-03 Miguel Ángel Chimoy Calero / Sixto Alarcón Vásquez, Nulidad de acto jurídico: CONFIRMARON la resolución dos, del once de enero del dos mil dieciocho, que declara INFUNDADA las excepciones; con lo demás que contiene. 02771-2016-89-1706-JR-FC-01 María Olga Díaz Pereyra / Mario De la Cruz Cruz, Declaración Unión de hecho: CONFIRMARON la resolución quince, del diez de julio del dos mil diecisiete, que declara INFUNDADA la nulidad y tiene bien notificado. 00069-2007-15-1708-JM-CI-01 Félix Bernabé Alfaro / Constructora Guicón S, A. y otro, Nulidad de acto jurídico: Declararon NULA la resolución cincuenta y tres del veintinueve de abril del dos mil dieciséis, que declara IMPROCEDENTE el ofrecimiento de medios probatorios; DEBIENDO el Aquo emitir nueva resolución. 00070-1996-4-1706-JR-FC-03 Maruja Burga Rojas / Jesús Peralta Imaña, Divorcio: CONFIRMARON la resolución cuarenta y seis, del dieciocho de octubre del dos mil diecisiete, que declara FUNDADA en parte la prescripción de pensiones alimenticias devengadas; con lo demás que contiene. 07292-2005-53-1706-JR-CI-04 Anunciación Vera Carrasco / ONP, Impug. Res. Adm.: CONFIRMARON la resolución cuarenta y cinco, del veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete, que HACE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO dictado en la resolución cuarenta y tres e IMPONE a la demandada multa de dos URP; don lo demás que contiene. 00152-2015-29-1707-JM-CI-01 Andrés Enrique Mozo Maeda / Paola Soto Rojas, Pago de honorarios Medida Cautelar: CONFIRMARON la resolución uno, del diecisiete de julio del dos mil diecisiete, que declara INFUNDADA la medida cautelar de embargo en forma de retención; con lo demás que contiene. 03326-2014-75-1706-JR-CI-05 Álvaro Rolando Zelada Goicochea / COFOPRI y otros, Nulidad de Título Valor: Declararon NULA la resolución cuatro del uno de setiembre del dos mil diecisiete, DISPUSIERON que el A quo emita nuevo pronunciamiento. 02258-2017-0-1706-JR-CI-04 Franco Carpio Guerrero y otra / Nelly Carmela Carpio Cortijo, Reivindicación: CONFIRMARON la resolución uno del seis de noviembre del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 01052-2917-0-1706-JR-C0-08 José Francisco Gálvez Portocarrero / EDC Ingenieros & Arquitectos EIRL, Obligación de dar: CONFIRMARON la resolución dos, del seis de diciembre del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 02456-2017-0-1707-JR-CI-03 Ana María Díaz Suárez y oros / Juan Manuel Zapata Izásiga, Otorgamiento de Escritura: Declararon NULA la resolución uno, del veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete. DEBIENDO el Juzgado de origen renovar el acto de calificación de la demanda. Con los señores: Carrillo Mendoza, Salazar Fernández y Terán Arrunátegui, vieron y votaron: 00740-2017-0-1706-JR-CI-01 José Roque Ruiz Ruesta / Carlos Silva Muñoz y otros, Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución dos, del once de julio del dos mil diecisiete, que declara IMPROCEDENTE la demanda; con lo demás que contiene. Con los señores: Carrillo Mendoza, Silva Muñoz y Salazar Fernández, vieron y votaron: 00030-2017-10-1708-JM-CI-01 Banco Agropecuario / Cia. Agrícola Jayanca SAC, Ejecución de Garantías: Declararon FUNDADO el recurso de queja contra la resolución nueve del uno de diciembre del dos mil diecisiete, ORDENARON conceder el recurso de apelación a la parte demandada en contra de la resolución número siete, con efecto suspensivo, debiendo levar los actuados a la Sala correspondiente. ENRIQUE EDUARDO SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR SSEC. CSJLA. MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC. CSJLA. GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS RELATORA SSEC. CSJLA. FP/ 16 feb.

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Propone el juez supremo Duberlí Rodríguez Tineo

“Las rondas campesinas siempre serán la reserva moral del país”

El juez supremo Duberlí Rodríguez Tineo, acompañado del juez superior Carlos Silva Muñoz, presidente de la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque participaron del Encuentro de Ronderos de la Central de Rondas Campesinas con sede en El Progreso, distrito de Pátapo y aledaños. Durante su conferencia ”Alcances e Interpretación del acuerdo plenario N° 1 -2009/CJ-116 Rondas Campesinas y Derecho Penal”, Duberlí Rodríguez Tineo defendió el trabajo que realizan los ronderos en el país calificándolos como “la reserva moral del país”. Indicó que los ronderos por el mismo trabajo que realizan tienen enemigos, especialmente los delincuentes, que no quieren ser castigados por los delitos que cometen, muchos de esos

casos los conoció de cerca como vocal Superior en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. “Tenía conocimiento que cientos de ronderos estaban denunciados y procesados por presuntos delitos de usurpación de autoridad, usurpación de funciones y por delito de secuestro. Por esa razón promoví que la Corte Suprema adoptara un acuerdo, una jurisprudencia que fuera útil para los ronderos y es ahí cuando se aprueba el Acuerdo Plenario N° 1-2009/CJ-116 Rondas Campesinas y Derecho Penal”, explicó. Rodríguez Tineo lamentó que este plenario sea ignorado por algunos jueces, fiscales y los propios policías, desconocimiento que ocasiona que los ronderos vayan presos a Picsi. A los más de 50 ronderos reunidos, el ex presidente

de la Corte Suprema les recordó que “la Ley 24571 tenía un solo artículo, era muy insuficiente, pero ya era un punto de partida. En enero del 2003 se crea una ley de más amplitud, la Ley 27908 reconoce la personalidad jurídica de las rondas campesinas como forma autónoma y democrática de la organización comunal”. Rescató la autonomía de

las rondas campesinas, porqué no deben ser mandadas por la policía, ni la fiscalía, ni el Poder Judicial. “Por ningún Poder del Estado, ni por los alcaldes, por nadie. Esta ley dice también que las rondas campesinas tienen derecho de participación, control y fiscalización de los programas y proyectos que se implementen en su jurisdicción comunal”, mencionó. Explicó que si se está construyendo una posta médica, un puente o un camino, la ronda puede fiscalizar. También están en capacidad de realizar acciones de coordinación y no de subordinación con las demás autoridades. “Los dirigentes de las rondas pueden solicitar apoyo de las fuerzas públicas y demás autoridades del Estado. Pero lo que ocurre es que las fuerzas públicas y autoridades, quieren que ustedes se conviertan en subordinados de ellos”, concluyó.

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