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INFORME FINAL N° 278, DE 2008, SOBRE AUDITORIA INTEGRAL ALEATORIA REALIZADA EN LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO – EFE. ____________________________________

SANTIAGO,

Esta Contraloría General en cumplimiento de su Programa Anual de Fiscalización 2008 y considerando que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado es una empresa autónoma del Estado creada por ley, constituída como persona jurídica de Derecho Público, regida por el DFL N° 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto de su ley orgánica, efectúo una Auditoría Integral Aleatoria en esa entidad en virtud de lo establecido por el artículo 16° de su Ley Orgánica Constitucional N° 10.336.

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría a los macroprocesos relevantes de la Entidad, por las operaciones efectuadas en el período comprendido entre el 1° de julio de 2007 y el 30 de septiembre de 2008, a saber: macroprocesos de Entorno de Control, Generación de Recursos, Inversión en Infraestructura, Finanzas, Contabilidad y Presupuesto, Recursos Humanos y Tecnologia de la Informacion. La evaluación al sistema de control interno tuvo por fin verificar los procedimientos, la protección de los activos, la confiabilidad de la información y la adhesión a las políticas de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE). El examen de cuenta practicado al Macroproceso Generación de Recursos -ingresos operacionales de la empresa provenientes de la recaudación de la venta de pasajes de Largo Recorrido y Metrotren-, persiguió verificar los procedimientos de recaudación, aprobación, registro y percepción de estos ingresos, y si estas operaciones se encuentran debidamente documentadas con respaldos válidos y pertinentes. En relación con el macroproceso de Inversión en Infraestructura, la evaluación practicada involucró un análisis de aspectos financieros, contables y técnicos asociados a los Contratos de Provisión de Infraestructura Ferroviaria. A LA SEÑORITA JEFE DE LA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA PRESENTE _________

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La fiscalización del macroproceso de Finanzas, por su parte, tuvo por finalidad verificar los procedimientos contables y administrativos de la Empresa conforme a la normativa vigente, lo que implicó practicar validaciones a aspectos como la recaudación de dinero, su registro contable y el depósito en las cuentas corrientes bancarias habilitadas para tales fines. El examen al macroproceso de Tecnología de la Información, a su turno, estuvo orientado a verificar la seguridad de la información utilizada por EFE en términos de confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información, conforme a la Norma Chilena de Seguridad N° 2777/03. Con respecto al macroproceso de Recursos Humanos, la fiscalización tuvo por objetivo verificar el cumplimiento y uso de las transferencias efectuadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a EFE, la validez y pertinencia de los pagos efectuados por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado a los ex-funcionarios indemnizados de la Ley N° 19.170, y constatar que dichos beneficiarios cumplieran con los requisitos establecidos en el artículo 2° de la citada ley. Cabe agregar que la revisión efectuada por este Organismo de Control no tuvo por objeto dar una opinión técnica del actuar de la empresa ni tampoco del mérito o conveniencia de su gestionar, sino que estuvo orientada principalmente a fiscalizar la administración de los recursos de EFE y, por tanto, se hizo una revisión documental de las operaciones de la entidad y de sus registros, convenios, acuerdos, decretos y resoluciones, el examen de los gastos y de los montos involucrados, verificando, además, que el actuar de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para estos efectos estuviera de acuerdo a las políticas y procedimientos legales establecidos sobre la materia y, por ende, con los objetivos y misión institucional. METODOLOGIA El examen se realizó de acuerdo con las políticas, principios y normas de control aprobados por esta Contraloría General, mediante las Resoluciones N° 1.485 y 1.486, de 1996, y otros procedimientos de control en la medida que se estimaron necesarios en las circunstancias. UNIVERSO Y MUESTRA El universo de operaciones incluídas en los macroprocesos fiscalizados durante el período auditado, alcanzó a los M$ 48.604.958, examinándose una cifra que ascendió a los M$ 21.388.015, lo que equivale a un 44% del total. ANTECEDENTES GENERALES

La Empresa de los Ferrocarriles del Estado, EFE, es una persona jurídica de derecho público y constituye una empresa autónoma del Estado, dotada de patrimonio propio. Fue creada por ley el año 1884, y actualmente se rige por el DFL N° 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica de la Empresa.

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Su objetivo es establecer, desarrollar, impulsar, mantener y explotar servicios de transporte de pasajeros y carga a realizarse por medio de vías férreas o sistemas similares y servicios de transporte complementarios, incluyendo todas las actividades conexas necesarias para el cumplimiento de dicha finalidad. Asimismo, puede explotar comercialmente los bienes de que es dueña. El transporte ferroviario de pasajeros se desarrolla entre la zona central y sur del país, específicamente entre las ciudades de Santiago y Temuco, con algunas rutas transversales, y en la Quinta Región. El transporte de carga, lo realizan las Empresas Ferrocarriles del Pacífico S.A., -antes coligada de EFE-, y Transportes Ferroviarios Andrés Pirazolli S.A., a través de las líneas férreas de propiedad de EFE, por lo que ésta recibe un valor por el uso de la infraestructura, el cual se compone de un pago fijo trimestral, determinado en función de los sectores de línea férrea utilizados en el año y de un peaje variable mensual que se determina según el tráfico de trenes de carga por sector, dependiendo de las toneladas brutas por kilómetro transportadas. La Empresa está sujeta a normas financieras, contables y tributarias similares a las que rigen para las sociedades anónimas abiertas, siendo sus estados financieros auditados por firmas auditoras externas. Además, EFE está sujeta a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros debido a su calidad de empresa que se administra como sociedad anónima abierta. La Empresa de los Ferrocarriles del Estado a diciembre de 2008 cuenta con 7 filiales, y tiene participación accionaria menor al 50% en las siguientes empresas. Filiales Ferrocarriles del Sur Ferrocarriles de Pasajeros S.A. Ferrocarril de Arica La Paz S.A. Infraestructura y Tráfico Ferroviario S.A. Ferrocarriles Suburbanos de Concepción S.A. Inmobiliaria Nueva Vía S.A. Metro Regional de Valparaíso S.A. Coligadas Desarrollo Inmobiliario San Bernardo Empresa de Transporte Suburbano de Pasajeros S.A. Inmobiliaria Paseo Estación La Auditoría Integral Aleatoria, AIA, se inició efectuando un estudio de la situación económica y financiera de EFE al 31 de diciembre del año 2007, con el objeto de determinar las variaciones más relevantes producidas durante el período en análisis, y obtener una visión general de la situación actual de la empresa a esa fecha.

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A. ESTUDIO ECONÓMICO Y FINANCIERO DE LA EMPRESA I.- OPERACIONES

EFE tiene como objeto principal el servicio de transporte de carga y de pasajeros por medio de vías férreas que son de su propiedad. Durante el año 2006 aproximadamente un 48,4% de sus ingresos estuvo representado por el transporte de pasajeros y un 33% por el transporte de carga, y durante el año 2007, ambos servicios representaron un 78,59%, del total de los ingresos, conformando el resto de ellos, arriendos de terrenos, atraviesos, arriendos comerciales, publicidad, entre otros.

1.- Transporte de pasajeros

Para el año 2007, el ingreso por este concepto alcanzó a M$10.985.527, monto que equivale a un 41,62% del total de ingresos de operación y que es menor en un 17,48% a los ingresos por transporte de pasajeros del año anterior, los cuales ascendieron a M$ 13.308.973. 2.- Transporte de carga Los ingresos percibidos por el transporte de carga alcanzaron un monto de M$9.757.948.- durante el año 2007, un 7,39% más de lo registrado al mismo período de 2006, el que ascendió a M$ 9.086.240.

II.- EMPRESAS RELACIONADAS A.- Filiales La Empresa de los Ferrocarriles del Estado actualmente cuenta con ocho empresas filiales -con una participación superior al 50%según se detalla a continuación : 1.- Metro Regional de Valparaíso S.A., MERVAL. EFE participa en un 99,99% del capital accionario de MERVAL., siendo el 0,01% restante de propiedad de Ferrocarriles del Sur, filial de EFE. El objetivo de esta filial es establecer, desarrollar, impulsar, mantener y explotar servicios de transporte de pasajeros a realizarse por medio de vías férreas o sistemas similares, y servicios de transporte complementarios, cualquiera sea su modo incluyendo todas las actividades conexas necesarias para el debido cumplimiento de esta finalidad, preferentemente en la red ferroviaria de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado ubicada en la Quinta Región. De acuerdo a los estados financieros al 31 de diciembre de 2007, MERVAL presenta una pérdida acumulada de M$6.405.910.- y una pérdida del ejercicio de M$865.262, debido a que tuvo un resultado operacional negativo ascendente a M$ 4.070.154, lo que se explica por un aumento en los costos 4

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de explotación producto de nuevos contratos que debió suscribir la empresa para el nuevo sistema de operación ferroviaria, entre los cuales están el canon de acceso y peajes, energía eléctrica de tracción y otros gastos asociados a la mantención de automotores y gastos de explotación. Por otra parte, presentó un resultado no operacional positivo de M$ 3.204.892, debido principalmente a los gastos financieros que fueron compensados por la corrección monetaria positiva y la diferencia de cambio. 2.-Inmobiliaria Nueva Vía S.A., INVIA. La administración de INVIA está a cargo de un directorio compuesto por cinco miembros, cuya duración en el cargo es de tres años. Su propiedad accionaria corresponde en un 99,9% a EFE y un 0,10% a Infraestructura y Tráfico Ferroviario S.A., filial de EFE. La filial Inmobiliaria Nueva Vía S.A., tiene como objetivo social la explotación comercial de los bienes, muebles o inmuebles, de propiedad de la Empresa de Ferrocarriles del Estado, de sus filiales y/o de aquellos que sean aportados o traspasados en dominio a la sociedad por dicha empresa o sus filiales; como asimismo, la explotación comercial de bienes muebles o inmuebles de todos aquellos órganos y servicios de la administración del Estado, indicados en el articulo primero de la ley 18.575, incluidas las empresas públicas creadas por ley y sus filiales y/o de aquellos que sean aportados o traspasados en dominio a INVIA mediante la construcción, realización y/o de aquellos que sean aportados o traspasados en dominio a INVIA mediante la construcción, realización y/o desarrollo de proyectos inmobiliarios o de gestión, la administración de los mismos y su comercialización, ya sea actuando directamente o a través de la formación de sociedades de cualquier tipo, y la realización de todo tipo de actos o contratos que fueren necesarios para el cumplimiento de los fines sociales. De acuerdo a los estados financieros al 31 de diciembre de 2007, INVIA presenta un pérdida acumulada de M$374.919.- y una utilidad del ejercicio de M$ 261.350, debido a que la empresa tuvo un resultado de explotación positivo de M$ 590.764.- y un resultado fuera de explotación negativo por M$ 352.497. 3.- Ferrocarriles Suburbanos de Concepción S.A., FESUB. La propiedad accionaria de esta filial corresponde en un 99,9% a EFE y en un 0,1% a la empresa Infraestructura y Tráfico Ferroviario S.A., filial de EFE. Su objeto social es establecer, desarrollar, impulsar, mantener y explotar servicios de transporte ferroviarios suburbanos, urbanos e interurbanos de pasajeros, a realizarse por medios de vías férreas o sistemas similares y servicios de transporte complementarios, cualquiera sea su modo, incluyendo todas las actividades conexas necesarias para el debido cumplimiento de esta finalidad, preferentemente en lo relativo al transporte ferroviario urbano e interurbano, y la explotación comercial de las estaciones, recintos, construcciones, instalaciones, equipo tractor y remolcado y demás bienes muebles e inmuebles que vinculados al transporte de pasajeros, adquiera a cualquier título o le sean aportados en dominio, o le sean entregados en concesión, arriendo o cualquier título por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado.

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Cabe señalar que FESUB es una sociedad en período de desarrollo, por lo cual, no realiza actividades propias de la explotación de su giro; su actividad se encuentra limitada al ámbito del proyecto Biovías de Concepción. De acuerdo a los estados financieros al 31 de diciembre de 2007, la empresa presenta una pérdida acumulada de M$286.557.- y una pérdida del ejercicio de M$28.132, ya que presentó gastos por un monto de M$ 44.701, correspondientes a honorarios, auditoría de estados financieros, mantención de sistema computacional y otros, y una corrección monetaria positiva de M$ 16.569.

4.- Ferrosalud S.A. El capital social de esta empresa pertenece en un 99,84% a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, en tanto que el 0,16% restante se divide en nueve accionistas minoritarios. El objetivo de Ferrosalud S.A. es el financiamiento de las prestaciones de salud de sus cotizantes y beneficiarios, tanto de aquellos vinculados al sector ferroviario como de los nuevos afiliados que se capten de acuerdo al plan de apertura al mercado, como también velar por el cumplimiento del Convenio de Asistencia Técnica y Médica firmado con EFE para la Atención Médica de sus Accidentados. En relación a los estados financieros al 31 de diciembre de 2007, estos aún no han sido auditados, lo cual se encuentra autorizado por la Superintendencia de Salud, mediante Resolución Exenta N° 99, de 5 de marzo de 2008. 5.- Ferrocarril de Arica a La Paz S.A. La propiedad accionaria de esta filial corresponde en un 99,9% a EFE y en un 0,1% a la empresa Infraestructura y Tráfico Ferroviario S.A., filial de EFE, participación que fue vendida por el Fisco a esta empresa durante 1997. Su objeto es establecer, desarrollar, impulsar, mantener y explotar el servicio de transportes de pasajeros y de carga a realizarse por medio de vías férreas y la explotación comercial de estaciones, recintos e instalaciones muebles e inmuebles, que vinculados al transporte, adquiera o le sean aportados en dominio, arriendo o cualquier otro título por EFE. Cabe señalar que, de acuerdo con los estados financieros al 31 de diciembre de 2007, la empresa presenta una pérdida acumulada de M$55.115.- y una pérdida del ejercicio de M$6.106, debido a que se encuentra en período de desarrollo, generando gastos durante el 2007 por M$ 8.339, correspondientes a honorarios, auditoría de estados financieros y otros, y una corrección monetaria positiva por M$ 2.233.

6.- Ferrocarriles del Sur S.A. Su propiedad accionaria corresponde en un 6

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99,90% a EFE y en un 0,10% a la sociedad Infraestructura y Tráfico Ferroviario S.A, filial de EFE, participación que fue vendida por el Fisco a esta empresa durante el año 1997. Con fecha 29 de septiembre de 1995 se constituyó esta sociedad, estableciéndose como su objetivo la explotación del servicio de transporte de pasajeros a realizarse por medio de vías férreas o sistemas similares y servicios de transportes complementarios, incluyendo todas las actividades conexas necesarias para su cumplimiento, preferentemente en la atención del servicio de mediana y larga distancia. Además, podrá explotar comercialmente bienes muebles e inmuebles, adquiridos o aportados en dominio o en concesión, arriendo u otro título por EFE. De acuerdo a los estados financieros al 31 de diciembre de 2007, la empresa presenta una pérdida acumulada de M$65.181.- y una pérdida del ejercicio de M$4.800, la cual se explica debido a que esta sociedad se encuentra en período de desarrollo, por lo que sus actividades están orientadas a la implementación y desarrollo de la organización y las actividades propias de su negocio, generando sólo gastos por los conceptos de honorarios, arriendos, auditoría de estados financieros y otros por M$ 6.192, y una corrección monetaria positiva por M$ 1.419. 7.- Infraestructura y Tráfico Ferroviario S.A., ITF. Esta sociedad fue constituida con fecha 29 de septiembre de 1995 y se encuentra inscrita en el Registro de Valores. Su propiedad accionaria corresponde en un 99,90% a EFE y en un 0,10% del Fisco. El objetivo de esta empresa es establecer, desarrollar, mantener, conservar y administrar las vías férreas y su infraestructura y superestructura en general, constituida por la vía, puentes, líneas de contacto, señales y equipos, y el mantenimiento, revisión y reparación de equipos ferroviarios tales como locomotoras, vagones, automotores, motorrieles, autorrieles y otros vehículos que transiten por la vía férrea y de partes o piezas de las mismas y en general la reparación y revisión de toda clase de trenes y el desarrollo y ejecución de actividades necesarias para efectuar servicios de mantenimiento de equipos ferroviarios y de partes o piezas de éstos. Cabe señalar que esta sociedad se encuentra actualmente en periodo de desarrollo y, de acuerdo a los estados financieros al 31 de diciembre de 2007, presenta una pérdida acumulada de M$62.726.- y una pérdida del ejercicio de M$2.992, debido a que sólo generó gastos clasificados como otros egresos fuera de explotación por un monto de M$ 6.240, por los conceptos de honorarios, arriendos, auditoría de estados financieros y otros, y una corrección monetaria positiva por M$ 3.248.

8.- Ferrocarriles de Pasajeros S.A. Su propiedad accionaria corresponde en un 99,90% a EFE y en un 0,10% a la empresa Infraestructura y Tráfico Ferroviario S.A., filial de EFE, participación que fue vendida por el Fisco a I.T.F S.A. en el año1997. El objeto de esta empresa es la explotación del servicio de transporte de pasajeros a realizarse por medio de vías férreas o sistemas similares y servicios de transportes complementarios y actividades conexas 7

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para este fin. Además, podrá explotar comercialmente bienes muebles e inmuebles, adquiridos o aportados en dominio, arriendo o concesión por EFE. Ferrocarriles de Pasajeros S.A. es una sociedad en período de desarrollo y, de acuerdo los estados financieros al 31 de diciembre de 2007, presenta una pérdida acumulada de M$61.882.- y una utilidad del ejercicio de M$2.255, debido a que generó gastos por M$ 1.591.- correspondientes a gastos financieros, honorarios, arriendos y otros, y obtuvo una corrección monetaria positiva de M$ 3.846. Cabe señalar que las filiales que se presentan calificadas como en etapa de desarrollo, presentan sus estados financieros de acuerdo a lo establecido en la Circular N° 1.819, de 2006, de la Superintendencia de Valores y Seguros, la cual regula el tratamiento de los gastos de organización y puesta en marcha y donde, además, define a una empresa en esta etapa cuando destina sustancialmente todos sus esfuerzos a establecer una nueva actividad industrial o comercial, ya sea que no haya iniciado sus operaciones, o que habiéndolas iniciado no esté generando ingresos por un monto significativo. Al respecto, se debe destacar que estas empresas continuan en período de desarrollo y aún no generan sus propios ingresos, no obstante haber transcurrido más de 10 años desde su creación.

B.- Coligadas La Empresa de los Ferrocarriles del Estado además tiene participación accionaria menor al 50% en las siguientes sociedades: 1.- Empresa de Transporte Suburbano de Pasajeros S.A., TRANSUB. TRANSUB es una sociedad anónima de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Santiago, cuyo objetivo es atender servicios de transporte suburbano de pasajeros y la explotación comercial de sus bienes en actividades o servicios complementarios. Actualmente, EFE tiene una participación del 33,33% en esta empresa. 2.- Desarrollo Inmobiliario de San Bernardo S.A. Esta sociedad tiene por objeto la explotación comercial del inmueble denominado Maestranza Central de San Bernardo, correspondiendo a EFE una participación de un 35%. 3.- Inmobiliaria Paseo Estación S.A. Inmobiliaria Paseo Estación S.A. es una sociedad anónima cerrada, constituida por escritura pública de 1989, siendo su objetivo la realización de actividades que se relacionen con comercio e industria, adquirir, enajenar, dar y tomar en arrendamiento y subarrendamiento bienes muebles e inmuebles. La participación de EFE en esta sociedad corresponde a un 17%.

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4.- Ferrocarriles del Pacífico S.A., FEPASA. Al 31 de diciembre de 2006, EFE tenía una participación accionaria en FEPASA de un 19,83%, equivalente a 935.500.495 acciones, las cuales en noviembre del año 2007 fueron vendidas en su totalidad en un monto de M$5.429.449, lo que generó un efecto en el resultado de ese año por M$70.714. III.- ANALISIS ECONOMICO FINANCIERO 1.- Estado de Resultado De acuerdo con los Estados Financieros Consolidados al 31 de diciembre de 2007, EFE presentó una pérdida acumulada de M$ 1.013.776.437.- y una pérdida del ejercicio de M$ 37.773.200, las que para el año 2006 fueron de M$ 972.574.814.- y M$41.161.788.-, respectivamente. Como se puede observar, en ambos periodos los resultados operacionales son negativos, registrando una disminución de la pérdida de un 8,23% en el año 2007 en relación al año 2006. Los costos de explotación y gastos de administración y ventas totalizaron M$ 71.246.353..- en el período 2006, superando a los ingresos de explotación en un 96,22%. Para el año 2007, el mismo item totalizó un monto de M$ 76.282.187, superando a los ingresos de explotación que alcanzaron un monto de M$36.705.491, en un 107,82% durante ese año. De acuerdo a lo señalado en actas de Directorio del año 2007 y en la Memoria Anual 2006 de EFE, la situación descrita anteriormente, se debió principalmente a factores tales como disminución en la venta de pasajes provocado por la suspensión temporal del servicio de transporte de pasajeros de mediana y larga distancia, la baja en la demanda y la devolución de los pasajes por retrasos, alzas sucesivas del precio del petróleo diesel y de la energía eléctrica, ambos componentes importantes de los costos de operación, catástrofes naturales y acción de terceros, como los temporales en la VIII Región y el siniestro en el puente Ñuble, en el año 2006, lo que provocó la suspensión de los servicios de transporte de pasajeros y de carga, afectando la operación de la empresa. Con respecto a los resultados no operacionales, éste es negativo para el ejercicio 2006, presentando para el año 2007 un monto positivo de M$1.843.241, lo que implica un aumento de M$ 8.064.361, equivalente a un 129,63%. Dicho incremento se explica principalmente por una variación en la corrección monetaria y diferencia de cambio de un 469,87%, lo que afectó positivamente los ingresos para el año 2007 en M$23.911.440.

2.- Balance General Por otra parte, del análisis al Balance General se puede observar que el Activo Circulante disminuyó en M$ 17.961.650.- en el periodo 2007, lo que corresponde a un 49,32% menos en relación al 2006. 9

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Lo anterior se debe principalmente a la variación en la cuenta de “Deudores Varios”, la que disminuyó en M$14.327.080, esto es, en un 87,92%, debido a que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones pagó a la empresa el monto adeudado por el Fisco de M$13.078.260, correspondiente al proyecto Biovías, valor que fue depositado en la cuenta corriente N°000-46375-02 del Banco Chile. Además, debido a documentos y cuentas por cobrar de empresas relacionadas que disminuyó en M$2.675.355.- equivalente a un 94,22%, y otros activos circulantes que lo hicieron en un 55,08% ascendente a M$3.207.387, principalmente por el rescate de inversiones en pactos de retrocompra, cuyos fondos fueron destinados a los flujos de caja. Por otra parte, el rubro Otros Activos durante el 2007 totalizó un monto de M$ 58.059.540, un 26,52% menos que en el año 2006, lo cual se explica, en gran medida, por la venta de la totalidad de las acciones de FEPASA; por la disminución de sus gastos de emisión de bonos por un menor valor obtenido en la colocación de éstos en comparación al año 2006, y por la amortización de gastos diferidos por estudios de proyectos futuros de inversión y por capacitaciones asociadas al plan de seguridad educacional ferroviaria. En relación al Pasivo Circulante de la empresa, éste mostró un aumento en el 2007 de un 45,49%, lo que se explica, principalmente por el incremento de las obligaciones con bancos e instituciones financieras que, a esa misma fecha, totalizaron M$48.193.258, debido a que EFE, con fecha 18 de julio de 2007, celebró con BNP Paribas un contrato de préstamo de corto plazo por un monto de US$38.810.083, y reclasificó sus obligaciones con el público. Igualmente, se puede observar una disminución en Documentos y Cuentas por Pagar a Empresas Relacionadas por un monto de M$3.508.177.- durante el periodo 2007, un 98,81% menos que el año 2006. Por su parte, su Pasivo Largo Plazo, también se vió afectado por las obligaciones con bancos e instituciones financieras, las que al 2007 alcanzaron un monto de M$104.338.099.- que se comparan con el año 2006 cuyo monto totalizó M$97.641.818, debido a la contratación de un préstamo a largo plazo cuyo objetivo es obtener recursos para llevar a cabo “El Programa de Desvinculación del Personal”, por un monto de US$24.300.000. 3.- Principales Indicadores Financieros Indice Liquidez Capital de Trabajo Razón de Endeudamiento Rendimiento sobre la Inversión

Año 2006 0,57 (veces) -27.915.012 (M$) 764%

Año 2007 0,20 (veces) -75.141.864 (M$) 1.243%

-4,63%

-4,32%

De acuerdo al índice de liquidez y el capital de trabajo para ambos periodos, la empresa no tiene la capacidad para responder a

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sus obligaciones con terceros de corto plazo, es decir, no puede generar los flujos de caja necesarios para pagar sus deudas. Por otra parte, su endeudamiento es alto, toda vez que no tiene la capacidad para pagar con sus propios recursos las deudas contraídas. Es así como la empresa, del total de su patrimonio, debe un 1.243% y un 764%, para los años 2007 y 2006 respectivamente. En relación a lo anterior, el aumento en sus pasivos producido en el año 2007, se debe a que EFE ha adquirido un mayor endeudamiento con instituciones financieras y, además, una mayor pérdida acumulada proveniente de la pérdida del ejercicio 2006, la cual alcanzó a M$41.161.788. En cuanto al rendimiento sobre la inversión, se puede observar que EFE no tiene la capacidad de producir utilidades sobre sus activos totales disponibles, lo que demuestra que la empresa necesita de los aportes financieros del Fisco para hacer frente a sus necesidades de flujo de caja.

IV.- PLAN TRIENAL 2003-2005 De acuerdo a lo establecido en el artículo 47 del D.F.L. N° 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, EFE debe formular planes trienales de desarrollo y, en caso que el plan formulado requiera, en todo o parte, de financiamiento fiscal, deberá ser presentado al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para su aprobación, la que deberá prestarse mediante decreto supremo de ese Ministerio, el cual llevará la firma del Ministro de Hacienda. En este decreto se definirán las obligaciones que gobierno y empresa contraen recíprocamente. El Plan Trienal 2003-2005 tuvo como objetivo desarrollar un programa de gestión estratégica que permitiera lograr en el menor tiempo posible, una mejoría sustantiva en el servicio de transporte de pasajeros de EFE, optimizando los resultados operacionales de la empresa. Para la ejecución de este Plan Trienal, de acuerdo al Decreto Supremo N° 46, de 2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones , se contempló una inversión total de US$1.052,9 millones, de los cuales US$480 fueron financiados por el Estado a través de la colocación de bonos a 30 años plazo, US$512,6 con fondos propios de la empresa, y con recursos fiscales de US$14,6 millones otorgados al proyecto IV Etapa Merval en el año 2003 y US$45,7 millones al proyecto Biovías a partir del 2004 y hasta el año 2012. Los establecidos en este Plan Trienal fueron: •

principales

proyectos

de

inversión

Mantención de Infraestructura Ferroviaria: asociación con privados a través de los Contratos de Provisión de Infraestructura Ferroviaria (CPIF) en el desarrollo de inversiones y realización de mantenimiento por 16 años en las zonas norte, centro y sur. Para este proyecto se estimaron US$183 millones. 11

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Señalización, Electrificación y Comunicaciones (SEC): con una inversión de US$124 millones. Modernización del Material Rodante: tren a Temuco, reforzamiento a Chillán, automotor a Puerto Montt, nuevos equipos de Merval y Biovías, para lo cual se invirtieron US$197 millones. Merval: proyecto de mayor envergadura con una inversión de US$223 millones y contempló la construcción de estaciones de superficie y talleres, túnel subterráneo, 27 trenes de dos coches y recuperación del borde costero. Biovías en la VIII Región: US$135 millones destinados a la creación de vías exclusivas para microbuses y bicicletas y creación de un gran centro de gestión de tránsito.

- Informe de Avance de Cumplimiento SEP La Ley N° 19.847 autoriza al Presidente de la República a otorgar la garantía del Estado a los créditos contraídos y bonos emitidos por instituciones y empresas del sector público, para lo cual deberán suscribir previamente un convenio de programación con el Comité Sistema de Empresas Públicas (SEP) de la Corporación de Fomento de la Producción, en que se especificarán los objetivos y los resultados esperados de su operación y programa de inversiones. De acuerdo a lo anterior, el SEP debe emitir un informe de avance de cumplimiento sobre este convenio, siendo el último el correspondiente a la evaluación del año 2006, donde el Convenio de Programación 2006 tuvo como objetivo central, al igual que el año anterior, medir el avance del plan de inversión para el trienio 2003-2005, y su impacto en la gestión operacional, administrativa y comercial de EFE. Al respecto, el SEP concluye que EFE termina el año sin lograr el cumplimiento de las metas financieras y operacionales, con desviaciones en el desembolso de recursos destinados a inversión, y con importantes diferencias en los recursos planificados para su financiamiento, en particular aquellos relacionados con la venta de activos propios. Asimismo, el SEP establece que el desembolso total de los proyectos considerados para el 2006 corresponde al 103% de lo programado para el año, no obstante la existencia también de algunos proyectos con una menor velocidad de desembolsos debido al déficit de caja que ha enfrentado EFE. V. PLAN TRIENAL 2006-2008 De acuerdo con la normativa legal vigente señalada en el punto anterior, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones debe aprobar, modificar o rechazar el Plan Trienal de Inversiones dentro del plazo de sesenta días desde su presentación. Con fecha 02 de marzo de 2006, fue enviado al mencionado Ministerio el Plan Trienal 2006 – 2008 de EFE para su aprobación, el cual de acuerdo con acta de sesión ordinaria del 10 de octubre de 2006, a esa fecha se encontraba en proceso de aprobación, debido a la existencia de observaciones.

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Al respecto, mediante oficio DAA N°187/2008 de esta División de Auditoría Administrativa, dirigido al Gerente General de EFE, se consultó sobre el estado y la formalización del Plan Trienal en cuestión, a lo cual la empresa dio respuesta a través de oficio GG-056/2008, señalando que “el referido Plan Trienal no se concretó, y no se dictó el decreto supremo correspondiente, como se establece en la Ley Orgánica de EFE. El proyecto del Plan Trienal 2006 - 2008 fue desarrollado por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y luego de diversas estapas de estudio, fue presentado a la aprobación del Sistema de Empresas Públicas, al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sin que en definitiva haya llegado a término su tramitación” Asimismo, en minuta adjunta a su respuesta, dicha gerencia general señala que “el mencionado Plan se encuentra actualmente en la Subsecretaría de Transportes con observaciones por inconsistencias de carácter técnico-económicas, las cuales fueron informadas al Subsecretario de Transportes de la época, no existiendo por parte de EFE conocimiento sobre alguna actuación formal por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones sobre la materia” VI.- PROCESOS JUDICIALES De acuerdo con informe emitido por los asesores legales de EFE, a diciembre de 2007 existían 171 juicios civiles pendientes, de los cuales, en 78 casos la empresa es demandante y en los 93 restantes es demandada, cuyas cuantías estimadas son de M$2.206.979 y M$17.530.969 respectivamente. Asimismo, existen 5 hechos que están siendo investigados por el Ministerio Público, los cuales representan un perjuicio fiscal estimado de M$306.767, y otros 26 por el Ministro en Visita don Omar Astudillo, por un monto de M$7.221.211. Al respecto, en los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2007, la empresa mantiene una provisión ascendente a M$1.294.334 para responder a posibles contingencias derivadas de los mencionados juicios. VII.- ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

La estructura organizacional de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, durante los últimos dos años ha estado sometida a constantes cambios, debido a ajustes que ha tenido que realizar la administración, tanto en la creación o eliminación de unidades, como en la plana ejecutiva a cargo de ellas, llevándose a cabo la contratación de nuevos ejecutivos. Es así como, durante los años 2006 y 2007, la Presidencia del Directorio ha sido asumida por cuatro presidentes distintos, siendo los últimos nombrados, el Sr. Vicente Dominguez Vial, y en remplazo de éste, el actual presidente don Jorge Horacio Rodriguez Grossi. Por otra parte, durante ese mismo período, la Gerencia General de la empresa ha estado a cargo de cuatro gerentes distintos, siendo uno de ellos nombrado en forma interina. Actualmente ocupa el cargo de 13

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Gerente General don Franco Facciolongo Forno, quien asumió el 14 de enero de 2008. Al respecto, en informe realizado por el SEP sobre Avance de Cumplimiento del Convenio de Programación 2006, éste señala que los cambios en la administración de EFE han provocado un elevado nivel de incumplimiento en sus compromisos de gestión. Actualmente, según consta en la decimoctava sesión ordinaria de Directorio de la empresa, se está desarrollando una nueva estructura orgánica, basada en un modelo de empresa eficiente, el cual considera la división de EFE en unidades de negocios para su mejor gestión, teniendo como principales objetivos lograr una prestación eficiente de servicios y la adecuada recuperación de los costos de los mismos, con una gestión transparente y sujeta a una debida rendición de cuentas. Además, se señala que esta nueva estructura deberá ser aprobada por el gobierno.

VIII.- ENDEUDAMIENTO

1.- Deuda con Tesorería General de La República La Empresa de los Ferrocarriles del Estado mantiene una deuda con la Tesorería General de la República por un monto de M$236.482, según se pudo constatar en Certificado de Deuda Fiscal emitido por dicha entidad recaudadora al 20 de febrero de 2008. Al respecto, cabe señalar que según consta en Acta de la vigésima segunda sesión ordinaria de fecha 22 de noviembre de 2007, esta deuda se debe principalmente por el no pago de IVA diferido de importaciones, ascendente a M$269.000 correspondiente a los meses de mayo y junio de 2007, además de otras multas por M$9.100 que considera el periodo enero a octubre de ese año. Asimismo, en dicha sesión, se expone que producto de esta deuda la Tesorería procedió a embargar la cuenta corriente de EFE N°46375-2 del Banco de Chile, con un saldo de M$365.100, lo que obra en expediente rol 579-2007, por lo que EFE solicitó a la Tesorería la posibilidad de pagar esta deuda durante el primer trimestre de 2008 y entregar como caución un bien mueble o inmueble, a cambio de liberar el embargo de la cuenta corriente, según Acuerdo de Directorio 03-Ord-22/22.11.07. Por otra parte, las filiales Inmobiliaria Nueva Vía S.A. y Ferrosalud S.A., también presentan deudas con la Tesorería General de la República, por concepto de no pago de multas aplicadas por la Dirección del Trabajo por montos totales de M$243 y M$903 respectivamente.

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2.- Obligaciones con el Público (Bonos) Al 31 de diciembre de 2007, la empresa presenta un endeudamiento de corto y largo plazo con el público ascendente a M$468.501.834, equivalente a un 57,92%, del total de sus pasivos. Este endeudamiento se debe a la emisión de bonos con garantía del Estado, los cuales fueron emitidos con fecha 8 de abril del 2005, 23 de septiembre de 2005 y 10 de mayo de 2006, con el objetivo de financiar parte del Plan Trienal 2003 – 2005.

3.- Obligaciones con Bancos e Instituciones Financieras

La empresa, según sus Estados Fiancieros al 31 de diciembre de 2007, mantiene una deuda de corto y de largo plazo con Instituciones Financieras, ascendente a M$ 152.531.357, la que equivale a un 18,86% del total de sus obligaciones. Estas obligaciones se originaron principalmente por distintos créditos bancarios obtenidos en años anteriores, para el financiamiento de la compra de los automotores ALSTOM, trenes RENFE, Proyecto Señalización, Electrificación y Comunicaciones (SEC) y para la obtención de capital de trabajo, entre otros. Asimismo, durante el año 2007, EFE con fecha 18 de julio, celebró con BNP Paribas un contrato de préstamo de corto plazo por un monto de US$38.810.083, el cual fue tomado con la autorización del Ministerio de Hacienda otorgada mediante Decreto Exento N° 335, de 2007. Este préstamo fue recepcionado por EFE, a través de un único desembolso con fecha 30/07/07, el cual fue depositado en la cuenta corriente en moneda extranjera N° 05-000-46375-07 del Banco Chile. Además, con fecha 26 de octubre de 2007, la empresa celebró un contrato de préstamo de largo plazo con el Banco Societe Generale, por un monto de US$24.300.000, con el objeto de obtener recursos para llevar a cabo “El Programa de Desvinculación del Personal”, lo cual fue autorizado por el Ministerio de Hacienda mediante Decreto Exento N° 914, de 2 de octubre de 2007, modificado por Decreto Exento N° 1307, de 11 de diciembre de 2007, en el cual se agregó al objetivo del préstamo el financiamiento de desfaces temporales de caja. La recepción de estos fondos se realizó a través de tres desembolsos, el primero con fecha 06/11/2007 por un monto de US$ 5.000.000, el segundo el 29/11/2007 por US$9.000.000 y el último el 01/03/08 por US$10.300.000, montos que fueron depositados en la cuenta corriente en moneda extranjera N°05-000-46375-07 del Banco Chile.

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IX.- PRESUPUESTO AÑO 2007 Y 2008.

La Empresa de los Ferrocarriles del Estado durante el año 2007, de acuerdo con su ejecución presupuestaria presentó los siguientes ingresos y gastos:

INGRESOS

Denominación Ingresos de Operación Renta de Inversiones Venta de Activos Aporte Fiscal Endeudamiento

Ingreso Presupuestado (M$) 29.139.700 270.000 27.971.000 52.957.000 41.012.600

Ingreso Real (M$) 28.520.700 2.833.700 7.599.700 52.976.700 51.093.600

Como se puede observar, los mayores ingresos reales de EFE corresponden al aporte fiscal, el cual fue destinado en un 50% aproximadamente al servicio de la deuda interna (amortización e intereses), y endeudamiento, que corresponde a préstamos externos adquiridos durante el 2007 para solventar las operaciones de la empresa.

GASTOS

Denominación Personal Bienes y Servicios de Producción Desahucios y Otras Indemnizaciones Transferencias Corrientes Intereses y Gastos Financieros Inversión Real Amortizaciones

Gasto Presupuestado (M$) Gasto Ejecutado (M$) 15.557.100 15.334.500 30.118.000 30.494.900 10.589.500

13.042.000

7.693.500 31.968.700

7.932.300 31.556.500

49.672.200 5.728.500

35.781.600 12.854.300

De acuerdo a lo anterior, el mayor gasto de EFE se concentra en Inversión Real y que corresponde a la ejecución de proyectos contemplados en el Plan Trienal 2003-2005. Asimismo, se pueden observar como gastos de mayor cuantía, los Intereses de Deuda Interna y Externa, Gastos Financieros, y bienes y servicios de producción destinados a la operación normal de la empresa, siendo el de mayor cuantía el de mantenimiento y reparaciones el cual alcanzó M$13.287.200.

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Para el año 2008, EFE presenta el siguiente marco presupuestario:

INGRESOS

Denominación Aporte Fiscal Libre Aporte Fiscal Servicio de la Deuda Interna Transferencias de Capital del Gobierno Central

Monto (M$) 16.679.938 29.395.598 1.223.308

GASTOS

Denominación Transferencias Corrientes a Otras Entidades Públicas Integros al Fisco, Impuestos Transferencias de Capital a Otras Entidades Públicas Servicio de la Deuda Interna, Amortización Servicio de la Deuda Interna, Intereses

Monto (M$) 8.971.620 4.431.626 4.500.000 5.269.130 24.126.468

Al respecto, la transferencia corriente a otras entidades públicas corresponde a recursos asignados a la aplicación del DFL N° 1, de 1993, sobre el personal egresado de EFE entre los años 1993 y 1995. Los recursos destinados a transferencias de capital a otras entidades públicas, y al servicio de la deuda interna, corresponden al aporte comprometido por el Fisco y el SERVIU VIII Región al financiamiento del proyecto Biovías, y al servicio de la deuda que la empresa no pueda solventar con recursos propios, respectivamente.

X.- OTRAS MATERIAS RELEVANTES

1.- Actuales Fiscalizaciones A la fecha de este Informe, en la Empresa se encontraban realizando labores de fiscalización otras entidades públicas, tales como la Superintendencia de Valores y Seguros, el Servicio de Impuestos Internos, Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados y la Brigada de Delitos Económicos de la Policía de Investigaciones de Chile. 2.- Dictamen de Auditores Externos El informe de los Auditores Externos referido a los Estados Financieros Consolidados de EFE al 31 de diciembre de 2007, fue emitido con salvedades debido a que la empresa no cuenta con un estudio técnico sobre el deterioro y uso futuro de los activos fijos, información necesaria para llevar a cabo una evaluación técnica distinta y completa de la valorización de sus activos fijos que están 17

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en operación y que no generan los flujos económicos mínimos, y porque además, no obtuvieron los estados financieros auditados de algunas inversiones permanentes al 2007. El informe, además, fue emitido con dos notas explicativas, las cuales hacen referencia a que la capacidad de la empresa para continuar como empresa en marcha dependerá de la aprobación por parte del Estado para traspasar los recursos necesarios para solventar sus operaciones, y a que EFE actualmente se encuentra en procesos de revisión e investigación por parte de diferentes organismos fiscalizadores, de los cuales aún no se conocen los resultados finales y sus eventuales efectos en los estados financieros de la empresa. 3.- Hechos esenciales comunicados a la Superintendencia de Valores y Seguros Con fecha 26 de octubre de 2007, la empresa comunica a la Superintendencia de Valores y Seguros con carácter de hecho esencial, la existencia de una demanda en juicio arbitral de incumplimiento de contrato presentada por Ferrocarriles del Pacífico S.A., FEPASA, en contra de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, respecto del contrato de porteador de carga vigente entre ambas, así como la medida precautoria de retención de pagos decretada en el mismo procedimiento, respecto de la cual se encuentran recursos pendientes de conformidad con las normas procesales. Con fecha 5 de noviembre de 2007, EFE comunica a la SVS, que se ha producido un efecto financiero concreto para la empresa, derivado de una medida precautoria decretada por el arbitro Sr. Miguel Luis Amunátegui, quien determinó que FEPASA suspenda los pagos que debe efectuar por concepto de canon y peaje fijo y variable, por el plazo de 12 meses a contar de agosto de 2007. Finalmente, el 9 de noviembre de 2007 por Oficio GG N° 336, se comunica como hecho esencial a la SVS, con el objeto de complementar el hecho anteriormente señalado, que la medida precautoria decretada por el tribunal de primera instancia establece la suspensión por parte de FEPASA de los peajes anuales que paga a EFE por concepto del Contrato de Acceso, que asciende aproximadamente a la suma de UF.320.000. 4.- Activos Fijos Según consta en la nota N°12 a los Estados Financieros, referente a Activos Fijos, el valor de los ítems de repuestos, material de reempleo y materiales obsoletos, fue rebajado en el año 2007 en M$6.309.707, correspondiente a obsolescencia y a faltantes de inventarios, para lo cual se utilizaron provisiones constituidas en años anteriores. . B. SISTEMA DE CONTROL INTERNO 1. Diagnóstico General En este ámbito cabe consignar que de acuerdo con diversa información proporcionada por personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, el sistema de control interno presenta importantes 18

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debilidades. Este hecho queda reflejado a via de ejemplo, en aspectos como el Entorno de Control Interno General, por cuanto EFE presenta alta rotación de funcionarios en labores claves de administración y falta de descripciones de cargos para el análisis de las competencias necesarias para realizar las tareas. Respecto a la Evaluación de Riesgos de la entidad, cabe señalar que la empresa no posee un sistema de gestión de riesgos empresarial que permita identificarlos y mitigarlos de acuerdo a los criterios definidos por la administración. Por otra parte, en relación con las actividades de control, información y comunicación, muestra debilidades para preparar reportes de información administrativa, operacional, contables y/o financieros exactos y oportunos. En su respuesta la Empresa de los Ferrocarriles del Estado señala que la actual Administración, en su objetivo de mejorar el Sistema de Control Interno, ha reforzado la función de Contraloría Interna readecuando su dotación, reorientándola hacia un enfoque de auditorías basadas en supervisión de riesgos. Los programas, proyectos y resultados de sus auditorías son informados y aprobados por el Directorio a través del Comité de Auditoría. En este sentido, cabe consignar que EFE está implementando un sistema de gestión de riesgos desde inicios del 2008, de acuerdo a un compromiso suscrito con el SEP. La matriz de riesgos identifica los principales procesos de mayor compromiso (ambientales, paralización de notoriedad pública, colisiones de trenes, fallos judiciales, liquidez, paralización de servicios) e incluye las medidas de control para mitigarlos. Cabe señalar, que se está reportando periódicamente al SEP (marzo, octubre y diciembre), el avance logrado en cuanto a los planes de mitigación desarrollados. Actualmente, el proyecto de gestión de riesgos en curso considera todos los elementos planteados en la recomendación de auditoría y está ingresando a su segunda etapa (de un total de 3) que finaliza en diciembre de 2009, con el establecimiento de una matriz corporativa que abarque todo los ámbitos de la empresa (operaciones, finanzas, TI, legal, personas – RRHH, abastecimientos). Sin perjucio de lo anterior, la Contraloría Interna y Auditores Externos realizan mediciones periódicas de control interno, que se traducen en recomendaciones de mejora, asumiendo la administración el compromiso de implementarlas oportunamente. 2. Activo Fijo El activo fijo, al 30 de septiembre de 2008, tiene un saldo contable de M$773.348.137, lo que representa el 82,61% del total de activos de la empresa matriz. Respecto al control ejercido por EFE sobre sus terrenos y edificaciones a través de su sistema contable, cabe consignar que éste presenta serias debilidades, toda vez que los registros maestros de esos bienes no cuentan con la información del número de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, como tampoco con el número de rol de avalúo otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, ni las modificaciones producidas por los loteos y ventas de bienes inmuebles a través del tiempo, situación que además dificulta su cotejo con la información proporcionada por los Conservadores de Bienes Raíces. Del mismo modo, cabe señalar que en el año 2003, período en que se implantó el sistema SAP, se ingresaron los bienes que en esa época se encontraban registrados en el sistema contable anterior, sin que 19

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mediara un proceso de ánalisis respecto de la existencia, propiedad y valuación de tales recursos. Al verificar registros de bienes muebles y enseres, materiales nuevos y materiales de reempleo, en el sistema SAP, se detectó que la unidad de activo fijo de la empresa no lleva un registro de inventarios para poder identificar la existencia real de cada uno de estos bienes físicamente, ni tiene un procedimiento de inventarios que ayude a llevar un control físico de estos bienes. Además, EFE no individualiza sus bienes físicos a través de una placa u otro distintivo que identifique cada uno de sus activos. Cabe mencionar, que el maestro de muebles y enseres en el sistema SAP, al 31 de diciembre de 2007, registra un saldo de M$1.449.065, con bienes que según fecha de capitalización datan del año 1959. A mayor abundamiento, en marzo de 2007, la Empresa de los Ferrocarriles del Estado suscribió un contrato, con la sociedad PriceWaterhouse Coopers, Consultores Auditores y Compañía Limitada (Consultores), para que ésta realizara la toma de inventarios en almacenes y valorización de los materiales de EFE. El trabajo ejecutado por la consultora, consistió en efectuar un inventario físico a una muestra seleccionada por EFE de los materiales que se denominan nuevos y de reempleo, los que representan más del 80% del total de materiales. Los recintos inventariados fueron el Almacén San Eugenio, Planta Chena, Almacén vía Alameda y Almacén vía Rancagua. La toma de inventario determinó las siguientes situaciones: - Baja rotación de algunos bienes incluidos en la muestra (últimos movimientos de algunos de ellos datan de 1978, 1982, 1983, 1988, 1989). - Materiales no identificados (carencia de códigos, metrajes y clasificación entre material nuevo y de reempleo). - Acceso no restringido a materiales (materiales a la orilla de la vía y que no son custodiados). - Manejo deficiente de bodega. - Clasificación de materiales para reempleo, los cuales, a criterio de la consultora no mantienen la calidad y características técnicas para ser utilizados nuevamente. - Diferencias de inventario y de valorización: Monto contable entregado por EFE Monto valorizado Consultora Diferencia

M$ 8.462.736. M$ 2.274.782. M$ 6.187.952.

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La diferencia esta constituida por: Diferencia física Diferencia por valorización

M$ 3.036.516. M$ 3.151.436. M$ 6.187.952.

Según consta en la Nota N° 12 a los Estados Financieros, referente a Activos Fijos, el valor de los ítems de repuestos, material de reempleo y materiales obsoletos, fue rebajado en el año 2007 en M$6.309.707, correspondiente a obsolescencia y a faltantes de inventarios, para lo cual se utilizaron provisiones constituidas en años anteriores. En otro ámbito, se detectó que las cuentas correspondientes al Maestro de muebles y enseres ingresados en el sistema SAP, registran saldos provenientes entre otros, de los años 1959, 1982 y 1986, que señalan en su descripción a modo de ejemplo, “impresoras HP”, “scanner”, “máquinas calculadoras”, “computadoras”, etc., las cuales a la fecha se encuentran pendientes de depreciación en el registro contable del sistema SAP. Finalmente, cabe precisar que el informe de los Auditores Externos referido a los Estados Financieros Consolidados de EFE al 31 de diciembre de 2007, fue emitido con salvedades debido a que la empresa no cuenta con un estudio técnico sobre el deterioro y uso futuro de los activos fijos, información necesaria para llevar a cabo una evaluación técnica distinta y completa de la valorización de sus activos fijos que están en operación y que no generan los flujos económicos mínimos. En relación a estas materias el informe respuesta GG N° 009 / 2009, señala lo siguiente: La Contraloría Interna de EFE ha finalizado un informe de revisión del activo fijo que será presentado en el próximo Comité de Auditoría del Directorio, en el cual se establece la necesidad de contar con una administración integral del activo fijo en general y recomienda la designación de un área responsable que centralice e implemente los procedimientos de control que permitan el adecuado resguardo de los bienes que conforman el patrimonio de EFE. Respecto del informe con salvedades de los auditores externos al 31 de diciembre de 2007, la Empresa se encuentra realizando un estudio técnico relativo a la evaluación de la valorización del activo fijo, el que considera los modelos de contabilidad tradicional (vigentes actualmente) y la aplicación de las nuevas normas IFRS, e incorporará en ellas las clasificaciones que se derivan de las externalidades sociales positivas que generan y justifican los activos de la Empresa. Para ello, se adjudicó a Ernst & Young la parte relativa al valor económico de los activos, y a CIS Consultores, la parte relativa a la valorización social de los activos. El informe final definitivo y aprobado por la Empresa deberá ser entregado antes del 31 de enero de 2009, para lo cual se están coordinando las metodologías y enfoques con los actuales auditores externos de EFE (KPMG), de modo de asegurar razonablemente, la validez del estudio para la revisión y análisis de los estados financieros de EFE del año 2008.

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C. TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN OBJETIVO 1. Objetivo general Las Auditorías de Ambiente Informático efectuadas por la Contraloría General de la República, tienen por objeto verificar la seguridad de la información utilizada por la empresa auditada, en términos de confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información, conforme a la Norma Chilena de Seguridad N° 2777; y deben estar en línea con los objetivos y facultades de este Organismo de Control de velar por el cumplimiento de las normas jurídicas; el resguardo del patrimonio público; la custodia de la probidad administrativa y garantizar la fidelidad y transparencia de la gestión financiera del Estado. 2. Objetivos específicos ◊ ◊ ◊ ◊ ◊ ◊

Conocer la naturaleza y funcionamiento de Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE). Conocer el funcionamiento y organización del área de Tecnología de la Información (TI). Revisar contratos vigentes relacionados con TI. Revisar controles generales asociados a TI. Revisar controles específicos de aplicación. Revisar cumplimiento de decretos relacionados.

3. DESCRIPCIÓN DEL AMBIENTE TI 3.1. Organización del área TI El área TI de EFE se concentra en la Subgerencia de Informática, que depende de la Gerencia de Gestión Corporativa. La dotación de la Subgerencia de Informática es de 12 personas. 3.2. Objetivos de la Subgerencia de Informática El objetivo general de la Subgerencia de Informática es incorporar proyectos TI orientados a la estrategia del negocio. Los objetivos específicos de la Subgerencia de Informática son alinear las tecnologías a las metas del negocio; integrar las políticas, personas, plataforma y procesos a lograr los objetivos del negocio administrando las inversiones, riesgo, rapidez, calidad, tiempo y alineamiento del negocio; establecer y administrar procesos formales de renegociación y negociación anual de las adquisiciones de hardware y software, mantenciones o servicios; y mejorar la calidad del soporte interno y externo. 3.3. Servicios prestados por la Subgerencia de Informática - Asesoramiento a las diferentes direcciones de la Institución para la incorporación de TI en el desarrollo de sus funciones. 22

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- Contraparte técnica frente a empresas externas tanto en la elaboración de contratos, como en la prestación de servicios (servicios técnicos, empresas desarrollo de software, etc.). - Contraparte técnica en licitaciones y proyectos. - Soporte técnico a usuarios en aplicaciones y uso de la tecnología. - Administrar los servidores de correos. En la práctica, las funciones de la Subgerencia de Informática están enfocadas a prestar soporte a los usuarios, mantener en operación los servicios en línea de EFE, monitoreo de la red y administración y monitoreo del servicio de correo electrónico. Los sistemas SAP (Systeme, Anwendungen und Produkte. N.d.t1: Sistemas, Aplicaciones y Producto) y META42 se encuentran en calidad de outsourcing, recayendo su administración y mantención de servidores en la empresa contratada Synapsis. 3.4. Red de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado –EFE-. La red de EFE se conforma a nivel general de dos estructuras: la primera es de servidores de correo y la otra de servidores para operaciones en Estación Central. Existen dos firewalls –cortafuegos- para bloquear el acceso no autorizado a los servidores, además cuenta con un servidor de antivirus, uno antispam y un servidor Proxy. Dicha configuración proporciona normas de seguridad acorde al mercado, para la protección de la información existente en los sistemas y en la red de EFE. El resultado de la fiscalización de las tecnologías de la información dio origen al Preinforme de Observaciones Nº 214, de 2008, el que fue puesto en conocimiento de la Presidencia del Directorio de EFE por oficio Nº 57.699, de 2008; dándose respuesta a dicho Preinforme por EFE mediante oficio G.G. N° 312/2008, de 2008. En este contexto se exponen a continuación, en síntesis, las observaciones aludidas contenidas en el citado Preinforme Nº 214/08, conjuntamente con las respuestas entregadas por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado en cada caso, y su correspondiente análisis y conclusiones. 4. EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO SOBRE TI Y RIESGO DE FRAUDE 4.1.Control interno Al respecto, es posible indicar que el servicio cuenta con una Contraloría Interna, sin embargo ésta no efectúa controles periódicos a la Subgerencia de Informática. A modo ilustrativo, se puede mencionar que el último 1

N.d.t: Nota del Traductor Producto de Software de la empresa Meta4, la cual fue fundada en 1991, desde entonces la compañía ha sido pionera en soluciones basadas en tecnología Web para la gestión de nómina, capital humano y gestión del conocimiento. 2

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control se llevó a efecto en septiembre de 2007. A lo anterior se agrega que, según información proporcionada en entrevistas realizada al Contralor Interno (interino), la unidad de Contraloría Interna no contaría con personal suficiente para realizar auditorías y/o controles, tomando en cuenta las continuas fiscalizaciones de otras entidades públicas tales como, Superintendencia de Valores y Seguros, Servicio de Impuestos Internos, Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados y la Brigada de Delitos Económicos de la Policía de Investigaciones de Chile, entidades que piden apoyo a la unidad. En otro orden de ideas, se pudo establecer que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado no cuenta con una matriz de riesgos de Tecnología de la Información (TI), por ende, Contraloría Interna no tiene un parámetro para establecer y priorizar sus futuras fiscalizaciones. EFE en su respuesta señala que la entrevista efectuada por la Contraloría General de la Republica se llevó a cabo a principios del año 2008, haciendo presente que a la fecha del Preinforme, Contraloría Interna ha desarrollado evaluaciones al control interno informático, finalizando dos informes que se adjuntan -Circuitos de aprobación en Workflow de SAP y Contratación de diseño y mantención de la página Web-, además de otros dos informes actualmente en elaboración. Además, se señala que en las auditorias externas a los estados financieros se incluyen evaluaciones al control interno informático. En este sentido, en el año 2006 Ernst & Young informó cuatro observaciones y en 2007 la firma KPMG reportó ocho observaciones de Tl. Contraloría Interna ha colaborado con los Auditores Externos en la gestión y seguimiento de la implementación de sus recomendaciones, así en el informe borrador de KPMG de 2008, se han identificado solo dos observaciones de Tl. Asimismo, desde mediados del año 2006, fueron incrementándose paulatinamente los requerimientos de información de organismos fiscalizadores externos, llegando a su máximo en 2007. A partir del segundo semestre de ese año 2007, la dotación de Contraloría Interna disminuyó, incluyendo la desvinculación del Contralor Interno, situación que obligó a redefinir las funciones del área, priorizando las auditorias a procesos financieros-administrativos e incorporando en estos informes las observaciones de Tl que se detectaban en los sistemas informáticos que dan soporte a los procesos. Se agrega que a partir del 24 de marzo de 2008, EFE contrató a un nuevo Contralor Interno, se han redefinido las funciones del área y el enfoque de auditoria, que actualmente es basado en la supervisión de riesgos. Las evaluaciones al control interno se han focalizado principalmente a las operaciones de Tráfico, Administración, Finanzas y Tecnologías de la Información, incorporando a partir del segundo semestre nuevos profesionales para realizar estas evaluaciones. Añade la Empresa que en relación a la matriz de riesgos, en la actualidad la Administración ha iniciado un proceso de identificación y evaluación de riesgos corporativos en virtud del convenio de programación con el SEP, incluyendo el proceso de Tecnologías de la Información.

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4.2. Riesgos del ambiente informático

Dado que los sistemas e instalaciones informáticas son soporte de la mayoría de los procesos críticos de EFE., se visualizan los siguientes riesgos en su ambiente informático:

Riesgo Consecuencia posible de no mitigar el riesgo 1. No asegurar el funcionamiento Que los servicios críticos se vean interrumpidos continuo de los servicios TI. y no se cumpla con los objetivos y las obligaciones de EFE. 2. No tener control sobre el acceso Que personas no autorizadas, ingresen física o físico a las instalaciones donde se virtualmente a las instalaciones o sistemas de alojan los servidores contratados por EFE y alteren y/o den mal uso a los recursos EFE y sobre el acceso lógico a los (sea información o recursos informáticos). sistemas. 3. No asegurar la integridad, Que las empresas proveedoras den mal uso a confidencialidad y disponibilidad de la los datos y/o información reservada o privada de información de EFE en los contratos EFE, generándose una fuga de información o fraude de TI. con empresas proveedoras.

5. EVALUACION DE CONTROLES GENERALES DE TI 5.1. Identificación de controles generales de TI La información entregada por la Subgerencia de Informática identifica los siguientes controles generales de TI, vinculados a los riesgos mencionados anteriormente: Riesgo Controles de mitigación 1. No asegurar el o Monitoreo de la red y sistemas para verificar correcto funcionamiento continuo funcionamiento. de los servicios TI. o Contratos de mantención con empresas proveedoras. o Respuesta a incidentes. o Almacenamientos de respaldos. o Generadores de respaldo. 2. No tener control sobre o Accesos restringidos a sala de servidores e instalaciones. el acceso físico a las o Mantenciones y actualizaciones de antivirus, antispam, firewall. instalaciones donde se alojan los servidores o Informes semanales de la actividad de la red. contratados por EFE y o Acceso lógico a los sistemas regulado por usuariopassword y perfilamiento. sobre el acceso lógico a o Licencias restringidas. los sistemas. o Realización de contratos con empresas proveedoras. 3. No asegurar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información de EFE en los contratos con empresas proveedoras.

Finalmente, se puede señalar que, debido a la externalización de los sistemas SAP y Meta4, el monitoreo y control de la Subgerencia de Informática se concentra principalmente en las actividades de red y correo electrónico. 25

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5.2. Evaluación de controles establecidos En general, los controles indicados en el punto anterior están implementados como prácticas dentro de la empresa, por lo que se trabaja -meta de trabajo- en la formalización de los procedimientos correspondientes. Considerando que un ambiente de informática es evaluado como seguro, cuando implementa controles efectivos y eficientes para asegurar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información, puede estimarse que el ambiente informático de EFE, en general, es seguro. Los siguientes son algunos de los puntos más relevantes verificados con respecto a los controles del ambiente informático de EFE. 5.2.1. Proceso de contratación y desvinculación de personal En relación con dicho proceso, se comprobó la inexistencia de procedimientos formales acerca de la contratación y desvinculación de los usuarios a los sistemas informáticos. Sin perjuicio de lo anterior, se determinó que la Subgerencia de Informática, de manera tácita, revisa una vez al mes las desvinculaciones de la empresa; no obstante, carece de registros que indiquen en forma pormenorizada la fecha en la cual se efectuó dicho procedimiento. Al respecto, EFE señala que se genera un procedimiento bajo una política específica de seguridad de la información autorizado y difundido a contar del 01 de Agosto 2008, por la Gerencia Corporativa, que involucra las responsabilidades tanto para los administradores de los sistemas Sap y Meta4, como también revisiones periódicas de las vigencias de las cuentas -cada 60 días- de todo el personal activo de EFE. 5.2.2. Revisión de seguridad sala de servidores Para los sistemas SAP y META4, EFE tiene contratados los servicios de outsourcing con la Empresa Synapsis y, los servidores donde reside la aplicación, se encuentran en dependencias de ésta. Asimismo, se revisaron dichas instalaciones de acuerdo con lo recomendado en la Norma Chilena de Seguridad 2777, observándose lo siguiente: ◊ Al momento de ingresar no fueron otorgadas las instrucciones de los requisitos de seguridad ni procedimientos de emergencia del área. ◊ No se exigió llevar identificación de forma visible. EFE responde de acuerdo a lo señalado por el Proveedor de Outsourcing Synapsis que, la visita al Data Center fue del tipo guiada, las personas fueron recibidas por el Ingeniero a cargo de la Infraestructura del COS y en esa oportunidad no se consideró resaltar los elementos de seguridad previos a su ingreso, pues existen señaléticas que permiten tomar acciones sin previa instrucción. Al respecto es importante destacar que todo personal externo a Synapsis siempre está acompañado mientras dura la visita a las instalaciones. No obstante, agrega que las observaciones efectuadas serán consideradas como una oportunidad de mejora para reforzar el procedimiento logístico y el personal será instruido para exigir el porte de la identificación en forma visible. 26

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5.2.3. Otras observaciones El trabajo ejecutado permitió comprobar que la información contenida en el archivo con la dotación EFE al 30 de junio de 2008, remitido a través de la Fiscalía a esta Contraloría General, no concuerda con la realidad de la empresa. A modo ilustrativo, se puede precisar que doña Rosario Jara Cáceres, actual funcionaria encargada de Activo Fijo de la dotación Contabilidad de EFE según los registros remitidos por la aludida unidad, ya no formaría parte de la Empresa. En relación con la política de seguridad física, oficialmente no está definida; sin embargo, de acuerdo a lo señalado por el Subgerente de Informática, ésta se encuentra en desarrollo y es parte de las metas definidas por dicha Subgerencia. EFE señala en su respuesta que respecto a la entrega de la información es de responsabilidad de la Subgerencia de Personas, sin embargo, menciona que el caso citado de la señora Rosario Jara está individualizado y regularizado en términos administrativos de acuerdo a los procedimientos establecidos, necesitando a contar del 01 de Agosto 2008, autorización del Administrador de SAP y permiso especial del Gerente del área para el uso de los sistemas. Agrega la Empresa en relación a la política de seguridad física, que se cuenta con el procedimiento pertinente con fecha de vigencia desde el 01 de Agosto del 2008, el que tiene por objetivo controlar y restringir el acceso temporal a la sala de servidores, con la finalidad de brindar una adecuada protección de los datos, los equipos y sus instalaciones.

6. EVALUACIÓN DE CONTROLES ESPECÍFICOS DE APLICACIÓN Se revisó el control de accesos y de cambios al sistema SAP, el cual se considera relevante debido a los parámetros de tamaño del sistema y criticidad para el funcionamiento del negocio de EFE. En general, los riesgos de este sistema se relacionan con la escasa configuración de políticas de acceso. La empresa señala al respecto que existe una política especifica de seguridad de la información y Control interno Tl a contar del 01 de Agosto 2008, con el objetivo de establecer un marco de referencia sobre el enfoque general de la empresa acerca de la seguridad de la información, y establecimiento y mantención del sistema de control interno orientado a mejorar la protección de los recursos de la tecnología de la información, entre ellos, las políticas de acceso. 6.1. Sistema SAP SAP es un sistema ERP (Enterprise Resource Planning) el cual tiene implementados, entre otros, los módulos de FI (Contabilidad, Libro de Compras, Libro de Ventas, Libro de Honorarios), CO (Control Presupuestario, Costos), y TR (Tesorería, Conciliación Bancaria, Cuenta Corriente Clientes, Cuenta Corriente Proveedores. 27

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La creación de usuarios y asignación de permisos, es realizada por la Empresa Synapsis, por lo que cada cambio en los perfiles queda registrado en el sistema JIRA-PAF (Sistema de Gestión de Reportes de Synapsis). Los usuarios ingresan vía intranet al sistema, por lo que se deben encontrar dentro de la red EFE para poder acceder. El control de accesos aparece como el factor más vulnerable del sistema, por cuanto se carece de políticas de fortalecimiento de contraseñas, y no se han difundido normas de buenas prácticas a los usuarios acerca del cuidado y uso de éstas. Sin embargo, existen algunas restricciones para la creación de contraseñas, como la extensión establecida para éstas, además de bloqueos por intentos fallidos. Respecto de los usuarios del sistema, éstos suman 204 y 63 se encuentran bloqueados, de los cuales la mayoría de estos últimos ya no pertenecen a la empresa, pero para fines investigativos, las cuentas no han sido borradas; sin embargo, existen 9 cuentas activas asignadas a personal que se ha desvinculado de la empresa. Nº

ID

Apellidos

Nombre

1

EFEDCR

CONTRERAS ROA

DAVID

2

EFEIAC

ASCENCIO CARTES

IVAN

3

EFEJPA

PEREZ ARAVENA

JESSICA

4

EFEMCF

CASTRO FUENTES

MARIA

5

EFEMDS

DUARTE

MACARENA

6

EFEMRO

ROMERO CASTILLO

MAURICIO

7

EFEMSC

SANHUEZA CATALAN

MANUEL

8

EFENHR

HERNANDEZ ROLDAN

NELSON

9

EFERBC

BURGOS CASTILLO

RICARGO

Además se detectaron algunas inconsistencias en nombres y apellidos ingresados en los datos del user al sistema. EFE señala en su respuesta que existe un procedimiento para el alta y baja de cuentas para los sistemas Sap y Meta4. ◊

Procedimiento administrador Usuarios Sap y Meta4 (Aviso desvinculación del personal a todos los administradores de otros sistemas)



Procedimiento administración Sap y Meta4 (Revisión cada días Subgerencia de informática, cruce del personal vigente sistemas



En la configuración a los accesos Sap contraseñas, fueron fortalecidas la composición de claves y su complejidad.



Respecto a la situación de los 9 casos planteados se informa lo siguiente: EFEDCR, EFEIAC, EFEJPA, EFEMRO, EFEMSC, EFENHR y EFERBC se encuentran bloqueados con antelación. EFEMCF se encuentra trabajando a honorarios y con autorización especial del administrador del 28

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Sap y el Gerente del área, según el nuevo procedimiento autorizado y difundido a contar del 01 de Agosto 2008, EFEMDS fue entregado a solicitud de la Fiscalía para la investigación particular de una causa de organismos externos. Con fecha 15 de Agosto 2007 se encuentra expirada su cuenta lo que significa que no puede acceder al sistema desde la fecha indicada, sin embargo, con fecha de hoy se ha bloqueado en forma definitiva la cuenta en conjunto con el administrador del Sap.

7. REVISIÓN DE CONTRATOS RELACIONADOS CON TI La auditoría practicada permitió constatar la existencia de algunos contratos de servicios de TI administrados por la Subgerencia de Informática de EFE, los cuales abarcan outsourcing SAP y META4; telecomunicaciones; control de tráfico; venta de pasajes; servicios de internet, etc. Para la revisión se consideraron dos contratos, los cuales apoyan las actividades críticas del negocio, desde el punto de vista del resguardo que debe existir en estos instrumentos para cubrir la confidencialidad y disponibilidad de la información de EFE. Del análisis realizado, se puede señalar lo siguiente. 7.1. Contrato Synapsis ◊

No incluye cláusulas de protección de información y software, devolución o destrucción de la información y bienes al final del contrato.



No incluye cláusulas sobre disposiciones para informar, notificar e investigar los incidentes y las violaciones a la seguridad.



No incluye cláusulas que indiquen cómo se van a mantener y probar la integridad y confiabilidad de los bienes del negocio de la organización.



No incluye cláusulas que señalen qué controles físicos y lógicos se usarán con los usuarios autorizados, para restringir y limitar el acceso a la información sensible del negocio de la organización.

7.2. Contrato RENFE -Red Nacional de Ferrocarriles Españoles-. ◊

No otorga la posibilidad para que EFE o un tercero autorizado audite el trabajo realizado.



No incluye cláusulas de protección de información y software, devolución o destrucción de la información y bienes al término del contrato.



No incluye cláusulas sobre disposiciones para informar, notificar e investigar los incidentes y las violaciones a la seguridad.



No incluye cláusulas que regulen una eventual relación contractual de la empresa externa con un tercero, la cual asegure que todas las partes 29

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involucradas en la externalización, incluidos los subcontratistas, estén conscientes de sus responsabilidades en la seguridad.

EFE señala en su respuesta que las recomendaciones planteadas se considerarán en futuras modificaciones y/o contrataciones informáticas, sin perjuicio de adoptar desde ya las medidas tendientes a mitigar todo riesgo en los aspectos de seguridad de la información.

8. CUMPLIMIENTO DE DECRETOS La revisión practicada consistió en verificar el cumplimiento de decretos supremos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia –MINSEGPRES-, relacionados con Tecnologías de la Información, según se detalla más adelante. Acerca de los decretos aludidos se puede señalar lo siguiente: 8.1. Decreto Supremo 77 del MINSEGPRES, de 2004: Aprueba norma técnica sobre eficiencia de las comunicaciones electrónicas entre Órganos de la Administración del Estado; y entre éstos y los ciudadanos. No se observaron incumplimientos en los artículos de este decreto. 8.2. Decreto Supremo 81 del MINSEGPRES, de 2004: Aprueba norma técnica para los Órganos de la Administración del Estado sobre interoperabilidad del documento electrónico. EFE no genera, ni envía archivos a instituciones que solicitan información. 8.3. Decreto Supremo 83 del MINSEGPRES, de 2004: Aprueba norma técnica para los Órganos de la Administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos. 8.3.a. Artículo 11: No existe actualmente una política de seguridad. EFE señala que existe una política específica de seguridad de la información y control interno TI a contar del 01 de Agosto 2008 con fecha de revisión para el próximo 01 de Marzo 2009. 8.3.b. Artículo 12: No existe el cargo de Encargado de Seguridad. La Empresa manifiesta que las funciones de encargado de seguridad, en el caso de las comunicaciones y redes, las tiene el encargado de comunicaciones; en el caso de Soporte y Plataforma el encargado del área, de la misma manera controla a la Analista de los sistemas administrativos. 8.3.c. .Artículos 13, 15, 20, 28: No se cuenta con políticas de seguridad de acceso, uso, almacenamiento y distribución de los documentos electrónicos, y de los sistemas informáticos utilizados en su procesamiento.

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EFE señala que existe una política específica de seguridad de la información y control interno Tl acompañados de procedimientos, a contar del 01 de Agosto 2008, con fecha de revisión para el próximo 01 de Marzo 2009. 8.3.d. Artículo 17: No existe un procedimiento formal o política de seguridad física. La Empresa señala que procedimiento a contar del 01 de agosto sobre la seguridad física.

existe

un

8.3.e. Artículo 23: No existen documentos para los procedimientos de operación de los sistemas. No incorpora mecanismos periódicos de auditorias de la integridad de los registros de datos almacenados en documentos electrónicos. EFE señala que se encuentran levantados a la fecha todos los sistemas y documentación de la operación de los sistemas, sin embargo se están confeccionando los documentos que deben ser difundidos y autorizados por la administración.

8.3.f. Artículo 25: No existen instrucciones formales acerca del uso del correo electrónico que adviertan sobre los peligros asociados a la apertura de archivos adjuntos y/o a la ejecución de programas que se reciban por esta vía. No existen instrucciones formales, acerca de la responsabilidad de no divulgar contraseñas de acceso al correo electrónico; sobre la elección de contraseñas seguras de acceso al correo electrónico y, que recomienden que los usuarios tengan cuentas de correo distintas para efectos de su uso personal. EFE señala que en términos técnicos de sistemas, existe un bloqueo de los archivos que pueden ser peligrosos bajo un catálogo predefinido, sin embargo, se trabajará en la difusión de los peligros y precauciones sobre el medio electrónico. Añade que el 85 % de los correos que llegan a EFE son anulados y por ende no son vistos por los usuarios, los restantes, en general, son correos positivos que están a disposición de los usuarios. 8.3.g. Artículo 28: No existen instrucciones y/o recomendaciones formales para elegir identificadores (contraseñas) que tengan una longitud mínima de ocho caracteres; sean fáciles de recordar; contengan letras, mayúsculas, dígitos, y caracteres de puntuación, ni para cambiar el identificador temporal al iniciar la primera sesión. EFE señala que existe una política específica de seguridad de la información y control del 01 de Agosto del 2008, donde se incorpora mayor complejidad en las contraseñas de acceso a la red.

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8.4. Decreto Supremo 93 del MINSEGPRES, de 2006: Aprueba norma técnica para la adopción de medidas destinadas a minimizar los efectos perjudiciales de los mensajes electrónicos masivos no solicitados, recibidos en las casillas electrónicas de los Órganos de la Administración del Estado y de sus funcionarios. 8.4.a. Artículo 2: No se desarrollan y documentan políticas asociadas a los sistemas informáticos, utilizados en el procesamiento de mensajes electrónicos, por ende, tampoco se difunden. EFE indica que está en proceso de creación y validación interna un documento que indica el uso de los recursos tecnológicos de la empresa "Correo electrónico" en conjunto con la Gerencia. 8.4.b. Artículo 3: El Jefe de Servicio, no vela por el establecimiento y la adopción de una Guía de Protección de Casillas Electrónicas. No se tienen individualizados públicamente, los responsables de la implementación, aplicación y control de la Guía de Protección de Casillas Electrónicas. 8.5. Decreto Supremo 100 del MINSEGPRES, de 2006: Aprueba norma técnica para el desarrollo de sitios Web de los Órganos de la Administración del Estado. 8.5.a. Artículo 10: La diagramación del sitio web no utiliza hojas cascadas de estilo, ni separa la estructura, el contenido y la presentación. 8.5.b. Artículo 12: No se ponen a disposición programas para la correcta visualización de archivos, ni enlaces externos a éstos. 8.5.c. Artículo 4: www.efe.cl no se ajusta a las recomendaciones contenidas en la Guía de Accesibilidad para Discapacitados en Sitios Web ni a las recomendaciones contenidas en la Guía Modelo de Políticas de Privacidad. EFE expresa que los artículos mencionados serán considerados como requisitos básicos para el nuevo cambio de portal Web que está en proceso. CONCLUSIONES 1. Respecto a la Matriz de Riesgo la Empresa deberá informar cuando se defina la matriz señalada, para su validación por esta Entidad de Control. 2. La Empresa deberá mantener en sus dependencias a disposición de esta Organismo Contralor la política de seguridad implementada el 01 de Agosto de 2008, para su análisis correspondiente mediante visitas de seguimiento. 3. En relación a los contratos la Empresa deberá mantener a disposición de esta Contraloría General, la formalización de procedimientos de contratación que incluyan cláusulas que le aseguren a esa Entidad lo siguiente:

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a. Protección de información y software, devolución o destrucción de la información y destino de los bienes al final del contrato. b. Disposiciones para informar, notificar e investigar los incidentes y las violaciones a la seguridad.

c. Conocer cómo se van a mantener y probar la integridad y confiabilidad de los bienes del negocio de la organización. d. Conocer qué controles físicos y lógicos se usarán con los usuarios autorizados, para restringir y limitar el acceso a la información sensible del negocio de la organización. e. Otorgar la posibilidad para que la Empresa o un tercero autorizado audite el trabajo realizado. f. La regulación de una eventual relación contractual de la empresa externa con un tercero, la cual asegure que todas las partes involucradas en la externalización, incluidos los subcontratistas, estén conscientes de sus responsabilidades en la seguridad. 4. La Empresa deberá definir un encargado de seguridad de acuerdo a lo señalado en el Articulo 12 del DS. N° 83, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. 5. EFE deberá mantener a disposición de este Órgano de Control, los instructivos formalizados correspondientes al uso del correo electrónico para su análisis correspondiente en auditorías de seguimiento. 6. Se reitera que la Empresa debe individualizar públicamente, los responsables de la implementación, aplicación y control de la Guía de Protección de Casillas Electrónicas. Además, el Jefe de Servicio debe velar por el establecimiento y la adopción de una Guía de Protección de Casillas Electrónicas. D. REGISTROS CONTABLES

La Empresa utiliza una plataforma SAP (system, applications and products ) para el registro contable de sus operaciones. Ahora bien , el análisis a los registros contables determinó las siguientes situaciones:

1. Proveedores por pagar Esta cuenta presenta un saldo acumulado a septiembre de 2008 de M$ 9.018.164, el que se desglosa de la siguiente manera : Año 2000 2001 2002 2003

Monto M$ 3.875 41.062 84.007 148.183

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISIONES DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA Y VIVIENDA Y URBANISMO, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES AREA EMPRESAS 2004 2005 2006 2007 09.2008 Total

8.838 201.052 67.856 173.448 8.289.843 9.018.164

Al respecto, no fue posible obtener un análisis de dicha cuenta. En subsidio la empresa proporcionó un listado obtenido del sistema SAP. En relación a dicho listado, cabe señalar que las partidas de los años 2000, 2001, 2002, fueron cargadas al sistema SAP sin que existiera información pormenorizada sobre ellas. Respecto a los montos de los años 2003, 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008, contabilizados directamente al sistema SAP, en algunos casos no poseen antecedentes que validen que dichas partidas efectivamente están pendientes de pago. A modo de ejemplo, se citan operaciones pendientes por pago a compañías de teléfono, provisiones varias de corto plazo, estados de pago, energía eléctrica, comisiones por servicios asociados, aguinaldo de navidad, deudas de agua potable, credito BNP PARIBAS, pago a recursos humanos por caja, previsiones. El informe respuesta señala que contabilidad general inició un proceso de análisis de contenido y valoración que permitirá tener un diagnóstico de situaciones y propuestas de regularización. Al cierre del ejercicio a diciembre de 2008 se contará con el correspondiente plan de acción. 2. Cheques protestados Al 30 de septiembre de 2008, la entidad registra un saldo de documentos protestados por M$138.689, según información en el sistema SAP, el que está compuesto de la siguiente forma : Año 2003 2004 2005 2006 2007 2008

Monto M$ 55.595 37.112 1.396 3.098 3.787 37.700

Total

138.689

En las glosas de la cuenta contable que registra el SAP, se señala que existen cheques que ya habrían sido regularizados por un monto de M$238; por lo tanto, el saldo de la cuenta se encontraría sobrevaluada en dicho monto. Del mismo modo, el año 2006 el área de cobranza mediante oficio SGA.F N°0057,envió a Fiscalía 76 cheques protestados para su cobranza judicial, a lo que Fiscalía dio respuesta mediante oficio G.G.F N°07/1334, informando que no realizaría dicha cobranza judicial, aduciendo diversas razones para no perseguir judicialmente estos cobros. 34

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Sobre esta materia, el informe respuesta de EFE indica que M$37.301, están en cobranza judicial, que M$48.116 se encuentran en proceso de castigo contable, y que para los documentos restantes de mayor data se solicitará un procedimiento a la Fiscalía para continuar con su regularización. 3. Conciliación bancaria cuenta principal Banco de Chile El análisis practicado a las conciliaciones bancarias de la cuenta corriente del Banco de Chile N° 000-46375-02, determinó algunas observaciones de carácter general, las cuales se plantean mediante el siguiente cuadro de la conciliación bancaria a septiembre de 2008. Conciliación Bancaria Saldo Cartola Bancaria Cheques Girados y no cobrados Saldo Cargos bancarios no contabilizados Cheques protestados no contabilizados Saldo Bancario depurado Saldo según Mayor contable Diferencia

Monto M$ 1.282.091 -634.083 648.009 137.840 1.543 787.392 -127.500 659.892

La diferencia de M$ 659.892, se debe a dineros que se encuentran empozados en la cuenta corriente principal del Banco de Chile, por desconocerse el origen de dichos depósitos. Cabe señalar que estas diferencias se están imputando contablemente en la cuenta contable 1001100101 Banco de Chile – Ingreso de Efectivo y en la cuenta 1001100102 Banco Chile – Ingreso con documento. El informe respuesta de EFE señala que la cuenta principal en el Banco de Chile N°000-46345-02, en el mes de septiembre del 2008 presenta un saldo de ingresos no asignados por M$659.852, cuyo valor corresponde principalmente a ingresos efectuados por el cliente de FEPASA, los cuales por discrepancias en la interpretación de algunos aspectos de avenimiento arbitral entre las partes, quedaron pendientes de asignación en su oportunidad. A este ingreso se le suma la venta de un bien raíz, realizado por INVIA, el que no pudo ser contabilizado por no contar con la documentación pertinente. Los ingresos anteriores serán regularizados al cierre del 31 de diciembre de 2008. Es del caso manifestar que los depósitos identificados debieron ser registrados provisoriamente en la cuenta “depósitos por asignar”, procedimiento que se realiza desde noviembre a la fecha, con el objeto de no mantener saldos empozados en Bancos. 4. Deudores por ventas

El análisis practicado a este rubro permitió determinar que al mes de Agosto de 2008, la cuenta de Deudores por Ventas tiene un saldo de M$7.408.727, correspondiente a partidas pendientes de compensación registradas en el sistema SAP. Solicitado el análisis de estas partidas, el Area de Cobranza de EFE entregó un análisis con un cuadro que detalla lo siguiente:

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISIONES DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA Y VIVIENDA Y URBANISMO, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES AREA EMPRESAS Detalle

Total M$

Fiscalía

2.930.961

Fact Claudio Carreño

1.726.022

Administrador Invia Recuperables: Deudaacreedor Regularizaciones pendientes

1.233.529

Sin Información Clientes de Merval

Unidad Responsabl e

Cuadro A B

Fiscalía Adm Finanzas

C

Invia

y

D 1.148.779

Cobranza E

170.361

Contabilidad

144.246

F

54.829

G

Merval

7.408.727

De acuerdo a lo manifestado por la encargada del área de cobranza y de acuerdo al cuadro aludido, Fiscalía tiene en su poder documentos para ejecutar las acciones legales correspondientes; la Subgerencia de Administración y Finanzas, tiene en su poder documentos para su análisis y posterior envio a Fiscalía; INVIA S.A tiene documentos con la finalidad de proceder a su cobranza; hay documentos que estarían siendo cobrados por la Unidad de Cobranza; hay información que estaría siendo analizada por la Unidad de Contabilidad para su regularización en el sistema SAP; existen documentos que no registran información del deudor en dicho sistema y Merval debe gestionar la cobranza de documentos referidos a sus clientes. Al respecto, se puede señalar que en diversos casos no se cuenta con la documentación sustentatoria que avale dichos saldos. A modo de ejemplo, se pueden señalar los casos de INVIA S.A., Merval S.A., y otros cuyos saldos provienen desde el año 1987. Además, el sistema SAP en este rubro registra aproximadamente 9.400 partidas, las cuales tienen una antigüedad superior a 3 años, y que representan un monto aproximado de M$2.730.200. Efectuadas diversas consultas sobre las gestiones de cobranza de estas partidas, la Empresa no proporcionó antecedentes que dieran cuenta sobre acciones de cobranza anteriores al año 2005. Del mismo modo, se pudo observar que existe un error de imputación contable, debido a que algunas partidas fueron registradas en la cuenta 1004100020 “facturas a clientes infraestructura explotación”, en circunstancia que por sus características debieron ser imputadas en la cuenta 1004100030 “facturas a clientes infraestructura operadores”. Se adjunta un detalle sobre el particular: Cliente

Nº doc.

Ref

1696

7000001296

242510

1696

7000002147

242681

1696

7000002354

242689

1696 1696 1696

7000009886 7000016785 7000016800

242803 242931 242935

Texto Canon Vías Arrend. Transa CONSERVACION DE DESVIOS CLASE 1 Y 2 DEL AÑO 2007. CONSERVACION DE DESVIOS CLASE 1 Y 2 DEL AÑO 2007. Canon Vías Arrend. Transa Peaje Variable Transap Peaje Variable Transap

36

Fecha doc.

Importe en M$

10/01/2008

233.810

29/02/2008

33.434

29/02/2008

97.465

07/04/2008 30/05/2008 30/05/2008

236.040 34.424 59.189

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISIONES DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA Y VIVIENDA Y URBANISMO, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES AREA EMPRESAS 1696 1696 1696 1696 1696 1696 1696 1696 1696 1696

7000016801 7000016802 7000016803 7000016804 7000018502 7000018503 7000018504 7000018505 7000018506 7000018508

242936 242937 242938 242939 243023 243024 243025 243026 243027 243028

1696 Total

7000018603

243044

Peaje Variable Transap Peaje Variable Transap Peaje Variable Transap Peaje Variable Transap Peaje Variable Transap Peaje Variable Transap Peaje Variable Transap Peaje Variable Transap Peaje Variable Transap Peaje Variable Transap Canon Vías Arrend. Transa

30/05/2008 30/05/2008 30/05/2008 30/05/2008 30/06/2008 30/06/2008 30/06/2008 30/06/2008 30/06/2008 30/06/2008

3.571 3.592 2.431 1.479 58.692 3.253 3.529 2.387 1.492 36.830

10/07/2008

241.871 1.053.490

Clien te

Nº doc.

Referencia

Texto

Fecha doc.

Importe en M$

5850

1100010437

9911

09/04/2008

-40.999

5850

7000020963

9912

Peaje, Canon, multas Peaje Variable Fepasa

20/08/2008

-85.886

5850

7000022778

243227

Peaje Fijo Fepasa

09/09/2008

Total

35.989 -90.896

Sobre este punto el informe menciona que el saldo pendiente de deudores por venta por M$7.408.727, se encuentra contablemente asociado a distintas gerencias en función de las responsabilidades asignadas sobre su resolución. En cuanto a los deudores históricos, cabe señalar que durante el segundo semestre del 2008 se realizó un análisis en conjunto por los departamentos de contabilidad y cobranza. El estudio, en su primera etapa, incluyó a aquellos deudores que no reconocen los conceptos cobrados por EFE y de los cuales no se ubicaron antecedentes que avalen su cobro. El resultado de este trabajo fue presentado al directorio de EFE el 27 de noviembre de 2008, acordando éste autorizar a la Administración para castigar los créditos de que dan cuenta las facturas antes señaladas. Acerca de antecedentes sobre las gestiones de cobranza anteriores al año 2005, cabe hacer presente que el saldo pendiente de M$976.245 se encuentra debidamente respaldado e identificado. Respecto a la observación “error de imputación contable”, se señala que, efectivamente, existe un error de imputación contable que será regularizado por contabilidad al cierre de diciembre de 2008. La respuesta proporcionada por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado no entrega mayores antecedentes de los indicados en la observación formulada por esta Contraloría General, en su preinforme. 5. Cuentas corrientes entre Empresas relacionadas Dentro de las operaciones que registran estas cuentas corrientes, se encuentran partidas de los años 2003 y 2004 en adelante, las que a final de año, para efectos de presentación en los estados financieros consolidados, se llevarían a cifras netas de acuerdo a la información que proporciona EFE.

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Al respecto, es menester señalar que conforme a la información recabada y de la documentación proporcionada por EFE, no consta que la empresa haya ejercido un control o revisión sobre las operaciones señaladas. Referente a esta observación, el informe respuesta manifiesta que para los cierres mensuales se concilian los saldos con empresas relacionadas, agregando que, igualmente, se perfeccionarán los procedimientos de control ligados al tema. Dicho informe respuesta, sin embargo, no proporciona antecedentes que permitan determinar el orígen de las partidas registradas contablemente en los años 2003 y 2004, como tampoco, un análisis de las partidas, posteriores al año 2004. 6. Contrato SYNAPSIS En el año 2002 EFE y Synapsis celebraron un convenio a fin de establecer un análisis de la información contable generada por EFE, la parametrización de los módulos a implementar, pruebas de la información imputada en el sistema, capacitación e implementación de las adecuaciones que hubiere que realizar al sistema para que cumpla con las necesidades definidas por EFE, de acuerdo con el alcance, condiciones y especificaciones fijadas en la documentación referida en las bases de licitación. Synapsis Soluciones y Servicios IT Ltda. es una empresa dedicada a la prestación de servicios de outsourcing e implementación de soluciones informáticas ERP. Los servicios de Synapsis se clasifican en asesoría técnica para la implementación de la solución SAP y Meta4 y servicios de outsourcing para la operación, upgrade y el mantenimiento de la dicha solución. El costo fijo total de la implementación

del

sistema SAP asciende a 80.264UF. Los Módulos a Implementar en sistema SAP son los siguientes: FI (Contabilidad, Libro de Compras, Libro de Ventas, Libro de Honorarios), CO (Control Presupuestario, Costos) TR (Tesorería, Conciliaciones Bancarias, Cta. Cte. Clientes, Cta. Cte. Proveedores), SD (Facturación) AM (Activo Fijo) MM (Abastecimiento y Control de Inventario) WF (Flujo de Trabajo) BW (Gestión y Generación de reportes)

El valor de los Servicios de Asistencia Técnica para la implementación de los módulos del sistema SAP, es el siguiente: Proyecto ERP (Considera el módulo de FI, CO, MM, AM, TR, SD y Nómina) 10.311 UF

Proyecto BW (Considera el módulo BW)

Total

796 UF

11.107 UF

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El precio total de los Servicios Outsourcing contratados asciende a 69.157 UF., el cual se pagará en 60 cuotas mensuales de 1.152,62 UF. Nº doc.

11/6878

Texto ASIST. TECNICA SAP

Referen c 50 % FACT 125

Lib.mayor

Fecha doc.

UF

20051000 20

13/05/200 3

10.31 1

Monto M$

171.957

Registro en el Sistema SAP del pago de Módulo ERP por los UF 10.311 El examen documental determinó una diferencia entre el monto pactado con lo realmente pagado a Synapsis de 796 UF. Al respecto, EFE informó que esta diferencia se debe a que a la fecha de la visita, el Módulo BW (gestión y generación de reportes), no se encontraba implementado. Cabe destacar que el módulo no implementado BW (gestión y generación de reportes) tiene las características de una herramienta de análisis de almacenamiento de información relevante para la organización (Datawarehouse), para apoyar la toma de decisiones a los distintos niveles de la empresa. Del mismo modo, el año 2007 EFE suscribió un acuerdo complementario con Synapsis de asistencia técnica y prestación de servicios, por tres años a contar del 1° de enero de 2008. Este contrato considera la implementación de un sistema único de información para los distintos estamentos de la empresa (BW), y según oficio GG EFE N°299, de 02 de diciembre de 2008, estaría en etapa de ejecución. Por otra parte, según lo estipulado en el contrato -Cláusula 11-, Synapsis se comprometió a entregar a EFE 17 preinformes para su aprobación correspondientes al término de cada etapa de implementación de los distintos módulos de Sistema SAP. Sobre el particular, el Gerente General de EFE, señaló en el citado oficio GG N°299/08, que no ha sido posible ubicar los antecedentes solicitados. La ausencia de estos preinformes genera un grado de incertidumbre respecto al término y calidad de la implementación de los diversos módulos de Sistema SAP. Cabe hacer presente, que el pago de dichos informes se encuentra incorporado al costo fijo del sistema. Con respecto a la capacitación considerada en el contrato en los distintos módulos del sistema SAP, no fue posible obtener antecedentes que respalden la participación de trabajadores de EFE en ella. Sobre el particular, esta Contraloría General de la Republica mediante oficio N°55.551, de 2008, solicitó información al Gerente General de EFE, respecto a los antecedentes que acrediten dichas capacitaciones, expresando éste en el ya aludido oficio 299/08, no tener información sobre las capacitaciones desarrolladas en años anteriores a 2007. No obstante, adjuntó un listado de trabajadores de EFE capacitados en el sistema SAP a partir de octubre de 2007 y hasta agosto de 2008, lo cual habría generado el desembolso de servicios adicionales, según lo establecido en el contrato de asistencia técnica y prestación de servicios respectivo. 39

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El informe respuesta hace mención a su oficio GG N° 312 de 14 de diciembre de 2008, el que, en su parte pertinente, señala que las recomendaciones planteadas sobre esta materia, se considerarán en futuras modificaciones y/o contrataciones informáticas, sin perjuicio de adoptar desde ya las medidas tendientes a mitigar todo riesgo en los aspectos de seguridad de la información. En relación a este punto, la Empresa de los Ferrocarriles del Estado no proporciona antecedentes que digan relación directa con la observación planteada, por lo tanto, la observación se mantiene en todas sus partes. E. EXAMEN DE CUENTAS 1. INGRESOS 1.1 INGRESOS POR VENTA DE PASAJES La Empresa de los Ferrocarriles del Estado actualmente percibe ingresos por la venta de pasajes de Largo Recorrido (SantiagoChillán) y Metrotrén (Santiago-San Fernando), participando en este proceso la Gerencia Comercial, Subgerencia de Informática, y las Unidades de Contabilidad y Tesorería. De acuerdo con los registros contables de la empresa (SAP), durante el período 1 de enero a 29 de febrero de 2008, los ingresos operacionales por estos conceptos ascendieron a M$2.139.031, de los cuales se revisó un total de M$1.919.665, equivalente a un 89,7%. De la revisión efectuada se debe señalar lo siguiente: 1.1.a. Ingresos por Ventas Largo Recorrido Los ingresos provenientes de la venta de pasajes se originan en las boleterías ubicadas en diferentes puntos del país, con la emisión de un boleto controlado por el sistema SIRE -sistema de reserva y venta de pasajes-, el cual fue incorporado a través del uso de aplicaciones informáticas desarrolladas por la empresa Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles, RENFE, mediante contrato suscrito el 31 de mayo de 2002, prorrogado por un año con fecha 31 de mayo de 2008, en lo relativo a las actividades y servicios del sistema SIRE, manteniendo las mismas condiciones de la prestación en sus aspectos técnicos y de funcionamiento. El SIRE registra en su base de datos la información de las ventas realizadas por cada una de las boleterías y por Internet, generando un archivo diario de ventas, el que es enviado a través de un servidor de enlace de RENFE (España) a la Subgerencia de Informática de EFE, donde se captura y procesa el archivo, para posteriormente enviarlo a Synapsis, quien finalmente, captura el archivo, lo valida y lo carga en el módulo FI del sistema SAP, generándose automáticamente el asiento contable de las ventas del día. Se verificó que en esta etapa de procesamiento y registro de la información, no existen procedimientos formalmente establecidos, lo que se ve reflejado en la falta de instancias de validación de los ingresos por ventas contabilizados automáticamente en forma diaria en el sistema SAP. 40

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En efecto, con el objeto de validar estos ingresos se solicitó a Contabilidad la documentación de respaldo de las ventas diarias de las boleterías (Formulario C1001) y el detalle de las ventas de Internet -información que previamente es revisada y aprobada por el Departamento de Ventas de la Gerencia Comercial-, y se comparó con las ventas diarias contabilizadas en forma automática en el SAP por el SIRE, obteniendo como resultado lo siguiente:

MES (2008) Enero Febrero Total

Registro Contable efectuado por SIRE en SAP (M$) 430.922 554.232 985.154

Resumen de Ingresos (C1001) + Ventas por Inernet (M$) 517.474 491.830 1.009.304

Diferencias (M$) -86.552 62.402 -24.150

Tal como se puede apreciar, para el mes de enero el SAP tenía en sus registros una venta menor por M$86.552, y en el mes de febrero una venta mayor por M$62.402, respecto de las ventas informadas por las boleterías. Dadas estas diferencias, se solicitó a la Subgerencia de Informática el archivo con las bases de datos de las ventas de ambos meses, extraído directamente del SIRE, constatándose de igual forma diferencias entre ambos registros, según el detalle siguiente:

MES (2008) Enero Febrero TOTAL

Registro Contable efectuado por SIRE en SAP (M$) 430.922 554.232 985.154

Reporte de Ventas SIRE (Informática) (M$) 518.579 484.589 1.003.168

Diferencias (M$) 87.657 -69.643 18.014

En efecto, para el mes de enero el reporte SIRE informa un mayor valor de venta en M$87.657 y el mes de febrero un menor valor de venta por M$69.643, respecto de los registros contables efectuados automáticamente, los cuales para todos los efectos deberían ser iguales. Adicionalmente, tal como se señaló anteriormente, el SIRE emite un Cierre de Terminal, documento que tiene por objeto controlar las ventas totales diarias de cada boletería. Se comparó el Resumen de Ingreso diario emitido por las Boleterías (C1001), con el Cierre de Terminal correspondiente, existiendo en algunos casos diferencias entre ambos. Por otra parte, se produce una inconsistencia respecto de las ventas efectuadas a través de Internet y lo que registra el sistema SIRE, debido a que las ventas de pasajes con tarifa diferenciada -pasajes niños y tercera edad-, son registradas por el SIRE con el valor de la tarifa normal. Para los meses de enero y febrero de 2008 la diferencia que existía entre la información obtenida del Cibercenter por la Gerencia Comercial y la entregada por el SIRE, era la siguiente:

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Mes (2008) Enero Febrero TOTAL

Ventas Según Cibercenter (M$) 29.809 27.414 57.223

Ventas Según SIRE (Informática) (M$) 38.728 33.676 72.405

Diferencias (M$) 8.919 6.263 15.181

Tal como se puede apreciar, el SIRE registra un mayor valor por M$8.919, para el mes de enero y M$6.263 para el mes de febrero del referido año. Además, existen ventas que el sistema SIRE no considera, tales como transporte de equipaje, ventas a bordo y autotrén, las que deben ser contabilizadas en forma manual en el sistema SAP. También, se pudo constatar en la revisión de la documentación de respaldo de las ventas diarias de largo recorrido, que algunos ingresos no se encuentran debidamente respaldados con las copias de la boletas de depósito timbradas por el banco, y en su lugar existen boletas de depósito originales no timbradas. Al respecto, cabe señalar que la venta de pasajes en las boleterías del servicio Largo Recorrido y el traslado y depósito del dinero correspondiente a dicha venta, las realiza la empresa externa Servicios Integrales Limitada. Todo lo anteriormente expuesto, implica una limitación para verificar las ventas reales de largo recorrido que realizó la empresa durante el período bajo revisión, toda vez que existe inconsistencia entre la información obtenida de los Registros Contables, Boleterías (C1001) y el sistema SIRE. El informe respuesta del Gerente General de la Empresa de los Ferrocarriles menciona que dado que en el sistema SIRE el proceso de interfaz funciona de manera semiautomática y que las diferencias generadas deben ser continuamente analizadas, la Subgerencia de Informática, en conjunto con Contabilidad, Tesorería y la Filial Ferrocarriles del Sur, se encuentra incorporando mejoras con relación a la cuadratura automática de la totalidad de registros y valores traspasados de un sistema a otro, que permitan finalmente garantizar una correcta contabilización de las transacciones de venta. Dicho informe si bien señala la adopción de mejoras en el sistema, en ningún caso, proporciona antecedentes válidos y pertinentes que aclaren las diferencias formuladas en el preinforme, por ende, se mantiene en todas sus partes la observación formulada. 1.1.b. Ingresos por ventas Metrotrén Los ingresos por concepto de ventas de pasajes de Metrotrén se originan en las boleterías a través de la emisión de un boleto controlado por el sistema SIGE, el que registra en su base de datos la información de las ventas realizadas por cada una de las boleterías, generando un archivo diario de ventas y un cierre de caja por cada una de ellas. 42

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En cuanto a las labores de venta de pasajes en las boleterías del servicio Metrotrén y el traslado y depósito del dinero correspondiente a dicha venta, EFE las externalizó, llevándolas a cabo la Empresa de Ingeniería en Consultoría y Servicios Internacionales S.A. El registro contable de estas ventas es efectuado en forma manual en el SAP, utilizando como respaldo el Resumen de Ingresos (C1001) enviados por cada una de las boleterías, los cuales previamente son revisados y aprobados por el Departamento de Ventas de la Gerencia Comercial. Con el objeto de comparar los ingresos registrados y percibidos por este concepto, se solicitó a la Subgerencia de Informática las ventas diarias por estación registradas en el SIGE, verificándose una diferencia de un menor valor registrada en este último sistema ascendente a M$18.530, de acuerdo con el siguiente cuadro: Mes (2008) Enero Febrero TOTAL

Ventas según Registros Contables (C1001) (M$) 485.508 482.077 967.585

Ventas Según SIGE (M$) 475.725 473.330 949.055

Diferencias (M$) 9.783 8.746 18.530

Se debe destacar que existen ventas manuales realizadas a bordo del tren, que no son registradas en el SIGE, y boleterías que no se encuentran conectadas a la red de este sistema, lo que implica problemas en la captura de información del total de las ventas por parte del SIGE. Por otra parte, la cuenta relacionada con la recaudación de boleterías, tanto para Metrotrén como largo recorrido, “Recaudación de Estaciones”, la cual es debitada al momento de registrar las ventas y abonada al momento de reconocer el ingreso en cuenta corriente, al 29 de febrero de 2008, presenta un saldo de M$189.974, y no existe análisis de éste, lo que implica que no se efectúa una conciliación entre los montos depositados en el banco y las ventas registradas, existiendo el riesgo de no detectar faltantes por concepto de estas recaudaciones. De acuerdo con la revisión efectuada, es posible señalar que tanto el sistema SIRE como el SIGE, ambos adquiridos para controlar las ventas de pasajes de Largo Recorrido y Metrotrén, respectivamente, no cumplen con su objetivo, toda vez que no es posible determinar a través de ellos los ingresos reales producto de las ventas de pasajes. Finalmente, se debe observar que no existen procedimientos formalmente establecidos tanto para el proceso de registro de estos ingresos, como para el proceso de venta y recaudación de fondos, lo cual constituye un riesgo toda vez que esto último es efectuado por empresas externas. Sobre este punto, el informe respuesta de EFE manifiesta que para el sistema SIGE, actualmente se está desarrollando el traspaso automático de las ventas directamente al módulo contable del SAP. Mientras tanto, se reforzarán los controles en el proceso de contabilización de las ventas.

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Al respecto, debe hacerse notar que la respuesta de EFE, a las observaciones formuladas en el preinforme de esta Contraloría General, no son satisfactorias, por lo tanto, se mantienen en todas sus partes. 2. EGRESOS 2.1. Intereses por atrasos en el pago de facturas En relación con el análisis de los pagos efectuados por concepto del Contrato de Provisión de Infraestructura Ferroviaria Proyecto Zona Norte (CPIF Norte), se estableció que por comprobante de pago N° 1110180, de 31 de julio de 2008, EFE, canceló la factura N° 80, emitida por la empresa "COMSA Proyecto Zona Norte S.A.", de 30 de abril de 2008, por la suma de M$ 176.783, IVA incluido, por concepto de intereses por retraso en el pago de facturas, correspondientes a rendiciones de estados de pagos, en el marco del aludido contrato de provisión de infraestructura. Cabe señalar que dicho cálculo fue efectuado por las facturas pagadas hasta el 19 de diciembre de 2007, aplicándose un interés basado en una tasa LIBOR ciento ochenta días más dos por ciento, para operaciones en dólares, correspondientes por "Pago Global por Infraestructura Ferroviaria" ( PGIF), en circunstancias que la mayoría de los pagos fueron expresados en unidades de fomento y según lo señalado en la Sección 8.3 del contrato, éstos devengan un interés diario que se calcula a una tasa TAB ciento ochenta días más dos por ciento ( TAB 180 días + 2%). Asimismo en el cálculo de intereses efectuado por EFE, no se consideró la fecha de recepción efectiva de la facturas enviadas por el contratista para computar los días de retraso, conforme lo estipulado en la Sección 8.4 del Contrato que señala que "EFE pagará al Contratista la correspondiente factura dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción”. De acuerdo a lo anteriormente expuesto y a recálculos efectuados por esta Contraloría General, el monto determinado por intereses asciende a la suma de M$ 114.478 IVA incluido, por lo cual EFE calculó y pagó en exceso la suma de M$ 62.306 . Asimismo, la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, pagó facturas con retrasos de entre 4 y 152 días, las cuales no se incluyeron en el cálculo efectuado al 19 de diciembre de 2007. Además el cálculo de intereses pendientes de rendición y pago por las facturas recibidas en los años 2006 y 2007 y hasta el 30 de septiembre de 2008, ascienden a M$ 98.689 IVA incluido. De acuerdo a lo anteriormente expuesto, los intereses pendientes de pago con la empresa "COMSA Proyecto Zona Norte S.A." ascendían al 30 de septiembre de 2008, a la suma de M$ 36.383, de acuerdo al siguiente resumen: Concepto

Monto M$

Intereses devengados por facturas pagadas con retraso. Menos: Intereses pagados en exceso

44

98.689 ( 62.306 )

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36.383

Total intereses pendientes de pago

En relación con el análisis de los pagos efectuados respecto del Contrato de Provisión de Infraestructura Ferroviaria Proyecto Zona Centro (CPIF Zona Centro), se estableció que por comprobante de pago N°119556, de 11 de agosto de 2008, EFE pagó la factura N° 100, al "Consorcio TECDRA S.A", por la suma de M$ 47.278, IVA incluido, correspondiente a intereses por retraso en el pago de facturas por estados de pagos rendidos, conforme a lo estipulado en la sección 10.3 del citado Contrato C.P.I.F. Zona Centro. Este pago se basó en el cálculo de intereses presentado en un informe de la Inspección Técnica de Obras –ITO-, "Consorcio SIGAGHD", en el cual se consideró una formula de cálculo en base a un interés compuesto -intereses sobre intereses-, correspondiendo en este caso la fórmula de interés corriente, en atención a que en el contrato las partes no pactaron la forma de cálculo empleada. De acuerdo a lo anterior, cabe señalar que la metodología de cálculo erróneo, practicada por EFE, tuvo incidencia en que se determinaran y pagaran intereses en exceso por la suma de M$ 825 IVA incluido. En el monto pagado por la Empresa, en base al cálculo efectuado por el ITO, al 16 de noviembre de 2007, se presentan saldos pendientes o facturas no canceladas en su totalidad, las que según cálculos de esta Contraloría, han devengado intereses desde dicha fecha hasta el 30 de octubre de 2008, ascendentes a la suma de M$ 22.305 (IVA Incluido). Asimismo, al 30 de septiembre de dicho año, EFE había pagado facturas con retraso de entre 25 y 136 días, rendidas por el "Consorcio TECDRA S.A. ", en estados de pagos, habiéndose devengado intereses hasta la fecha de su pago efectivo, por lo cuales el Consorcio, al 30 de octubre de 2008, no había solicitado el cobro correspondiente. De acuerdo a los cálculos efectuados por esta Contraloría General, dicho monto alcanza a la suma de M$ 143.845 IVA incluido. Por otra parte, es pertinente señalar que al 30 de octubre de 2008, EFE no había pagado cuatro facturas rendidas por el "Consorcio TECDRA S.A.", que totalizan la suma de M$ 1.381.809, las cuales tenían fecha de vencimiento el día 09 de octubre 2008. De acuerdo a los cálculos efectuados por este Organismo, los intereses devengados, acumulados, al 30 de octubre de 2008, ascendían a la suma de M$ 14.215 IVA incluido. De acuerdo a lo anteriormente expuesto, los intereses devengados y pendientes de pago por EFE con el "Consorcio TECDRA S.A.", calculados al 30 de octubre de 2008, alcanzan a la suma de M$ 179.541, de acuerdo al siguiente resumen : Concepto Intereses devengados pagados con atraso

por

facturas

Intereses devengados por saldos pendientes y facturas no canceladas

45

Monto M$ 143.845

36.520

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISIONES DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA Y VIVIENDA Y URBANISMO, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES AREA EMPRESAS Menos: Intereses pagados en exceso Total intereses pendiente de pago

(

824 ) 179.541

El informe respuesta menciona que se procedió a revisar dichos calculos, rechazando el cobro de $229.155.916, realizado por COMSA PZN, y se envió un nuevo cálculo por $148.557.633, es decir, se rebajó la suma de $80.638.284 más IVA. La diferencia que se produce en el cálculo entregado por Contraloría radica, según indica en su respuesta EFE, en la tasa de cálculo utilizada. Esta situación fue corregida, y en el nuevo cálculo realizado por COMSA PZN, se rebajó la cantidad pagada en exceso. TECDRA solicitó a EFE el pago por “Intereses N° 2” por atraso en el pago de facturas por $76.370.298. Efectuada la revisión por la empresa, y modificados los días de morosidad (se verificaron con la fecha del timbre de recepción de la oficina de partes de EFE), se rechazó el Estado de Pago anterior, enviando a TECDRA un nuevo cálculo por $74.881.103, más IVA. Posterior a la fecha del informe de Contraloría, TECDRA facturó a EFE la suma de $89.108.513 por concepto de intereses, que están pronto a ser pagados. El resto de los pagos de intereses por morosidad, (intereses N° 3) y de las cuales TECDRA ha solicitado el pago por $68.377.392, se encuentra en proceso de facturación y posterior envío a EFE.

2.2. Procedimientos de Control de Materiales en proyectos CPIF Mediante GGI.SGI N° 08-060, de 1 de febrero de 2008, el Subgerente de Infraestructura de EFE, distribuye el manual de procedimientos de control de materiales Proyectos CPIF, que establece una normativa para las coordinaciones entre EFE y el Contratista, en relación a la entrega y consumo de materiales para el proceso de rehabilitación y mantenimiento de la vía, como también de aquellos elementos retirados, productos de obras en ejecución. Dicho manual recoge lo estipulado en el Instructivo para el "Control de Materiales Proyecto CPIF", de agosto de 2006, elaborado por la Sub-Gerencia de Administración de EFE, de la época. De acuerdo a los procedimientos descritos en dicho manual, el contratista tiene la obligación de remitir mensualmente a EFE el Formulario N°4, -formulario en el que se consigna el retiro de los materiales de la vía-, con la finalidad de informar de aquellos elementos retirados y que podrían ser reutilizados, situación que en la práctica se ha cumplido en forma parcial y con retraso. Cabe agregar que la unidad contable de EFE no ha recibido información oportuna que le permita valorizar los materiales retirados de la via, lo que trae como consecuencia no actualizar oportunamente el maestro de existencias y así desconocer la disponibilidad del que pueda ser reempleado. En relación con el contrato CPIF Centro, de 28 de agosto de 2008, el área de activo fijo de la unidad de contabilidad registró bajas por los materiales retirados de la vía, rebajándose la cuenta 102210000 "Superestructura 46

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de la Vía", por la suma de M$ 856.678, con cargo a la cuenta 3240350000 "Pérdida Bienes Retirado", descontándose posteriormente de esta última la suma de M$ 805.823, por aquellos en condiciones de ser reutilizados, lo que implicó un aumento de la cuenta 1024200020 "Materiales de Reempleo", por la misma cifra. Las contabilizaciones enunciadas se basaron en los estados de entradas de materiales y Formularios 4 (Tecdra S.A.) remitidos por la Subgerencia de Infraestructura, correspondiendo dicha información a retiros de materiales efectuados en la Etapa de Rehabilitación del Contrato, finalizada en el mes octubre de 2007. Cabe señalar que este proceso corresponde a la regularización de información no registrada desde el inicio del contrato, manteniéndose pendiente a la fecha de esta visita, la contabilización de la información por los retiros de materiales efectuados en la Etapa de Mantenimiento. De acuerdo a información proporcionada por el Jefe de Almacenes Vías del “Área Gestión de Almacenes”, dependiente de la Gerencia Gestión de Infraestructura, existió un retraso en la entrega de los formularios 4, por parte de los Contratistas -en el caso del CIPF Centro "Consorcio TECDRA S.A."-, producidas por diferencias de esta última con la información aportada por la ITO, las cuales fueron subsanadas a fines del año 2007, y recibida la información en el área de almacenes en marzo del 2008, siendo contabilizada finalmente en agosto del presente año. En el caso del CIPF Norte, la baja por los retiros de materiales de la vía en la etapa de rehabilitación del contrato, fue contabilizada en el segundo semestre de 2006, no obstante se mantiene pendiente la contabilización de las bajas correspondientes a la Etapa de Mantenimiento, al no haberse recibido en la unidad contable la información necesaria para ello, de acuerdo a lo informado por la Jefa del Área de activo fijo de dicha unidad. En el informe respuesta se señala que Contabilidad General ha sostenido varias reuniones con el área de Infraestructura, que han permitido regularizar muchas de las situaciones observadas; sin embargo, aún se encuentran pendientes de registro contable las bajas de materiales asociadas al mantenimiento de vías. Sobre el particular, el Departamento de Contabilidad, efectuará las coordinaciones con el área de Infraestructura y los Contratistas, de modo que al cierre de marzo de 2009, esta situación se encuentre regularizada. El informe respuesta en forma genérica manifiesta haber regularizado algunas situaciones observadas, sin adjuntar un detalle de éstas, como tampoco, se pronuncia respecto al control y a la comunicación que debe existir entre las distintas unidades que intervienen en este tipo de operaciones, motivos centrales de la observación formulada. 2.3 Informe técnico de evaluación de cumplimiento de los contratos de provisión de infraestructura ferroviaria (CPIF). Los contratos que se analizaron fueron los correspondientes a los CPIF de las zonas norte y centro, los cuales fueron suscritos entre EFE y las empresas contratistas Comsa S.A. y Tecdra S.A. Sobre el particular, es preciso puntualizar que las actividades de auditoria técnica, en esta oportunidad, se enfocaron a tres aspectos: determinar lo sucedido a la fecha con la formalización del traspaso del sector Limache 47

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– Puerto, el cual debía ser entregado al contratista respectivo para su mantención, según lo establece el artículo 6.5 (e) del contrato respectivo; revisar el comportamiento de ambos contratistas respecto a las actividades de mantención programadas y revisar el proceso de obtención, registro y análisis de las ToneladasKilómetro Brutas Completas (TKBC), las cuales sirven de base para la determinación del monto de pago de los mencionados contratistas. Al respecto, del análisis de la documentación proporcionada por el Servicio, de las visitas a ambas áreas de concesión y de las reuniones tenidas con funcionarios de esa empresa, se concluye que: ◊







En lo relativo a la formalización del traspaso del sector Limache – Puerto al contratista Comsa S.A., por parte de EFE, cabe hacer presente que mediante el Convenio Complementario de Obras Nuevas Rehabilitación Sector Limache – Puerto, suscrito entre ambas partes con fecha 09 de septiembre de 2008, se establecen las actividades y obras que deberá realizar el contratista para llevar la actual vía férrea al estándar proyectado (estándar D y E, como se establece en la sección 6.19 del contrato y que se ratifica en el Anexo III del convenio), por un monto de UF 36.386,61 más IVA y un plazo de 240 días corridos a partir de la fecha de firma del presente convenio. Lo anterior, se fundamenta en la sección 8.2 del contrato respectivo. Durante la visita efectuada al sector Alameda – Limache, el 22 de octubre del presente año, se verificaron trabajos de rehabilitación de infraestructura ferroviaria, en el sector oriente de la estación Limache, los que se ejecutaban de conformidad con las bases técnicas del contrato y las normas de EFE. Dichas obras corresponden a parte de las faenas pactadas, del sector Limache – Puerto, contenidas en el convenio complementario de obras nuevas de rehabilitación. Cabe mencionar que las faenas en plena vía, entre Limache y el Puerto, se ejecutan en turnos nocturnos y en ventanas de trabajo diurnos muy restringidas, por cuanto el tráfico del Metro Regional de Valparaíso (Merval) no puede interrumpirse. Considerando el plazo de 240 días corridos para la ejecución de las obras de rehabilitación, la fecha de término está fijada para la primera semana de mayo del 2009. En futuras auditorias, se verificará el cumplimiento de las faenas pactadas, plazos, recepción de las obras por parte de EFE y el traspaso definitivo del tramo al contratista, para su mantención. Respecto de las actividades propias de mantención de las áreas de contrato, cabe hacer presente en primer término que tanto en el CPIF Norte (sección 2.3 del contrato) como en el CPIF Centro (sección 8.1 del contrato), se estableció la exigencia de mantener la infraestructura ferroviaria, durante todo el plazo de los contratos, en los estándares a que llevó la rehabilitación previamente ejecutada. Cabe consignar que estos contratos constan de dos etapas: Etapa de Construcción y Rehabilitación y Etapa de Mantenimiento. La primera de ellas tiene por objeto alcanzar los estándares de servicio asociado a la Clase de Vía exigida, por su parte el mantenimiento se inicia independientemente para cada uno de los sectores y sub sectores, en la fecha consignada en el Acta de Recepción por parte de EFE, de las obras de rehabilitación pactadas, de conformidad a la sección 6.20.1 (g) en el caso del contrato CPIF Norte y la sección 7.6 (g) del contrato CPIF Centro.

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En el caso del CPIF Norte, la Etapa de Mantenimiento de los sectores y subsectores, se inició en las fechas que se consigna en el siguiente cuadro:

Zona

Sectorización

Fecha Término de Obras de Construcción

Sub-Sectorización

(*)

PPuerto Limache PPuerto Alameda

LPuerto Limache

Mayo de 2009

AAlameda Montenegro

31.07.2006

MMontenegro Limache

18.11.2006

AAlameda Talagante

AAlameda Talagante

18.02.2006

TTalagante Barrancas

TTalagante Barrancas

LLimache Alameda

Alameda Barrancas

18.11.2005

APaine Talagante

APaine Talagante

Paine Talagante

(*) Las fechas aquí señaladas corresponden a las fechas consignadas en las Actas de Recepción de Obras respectivas a cada sector.

En este contrato los estándares exigibles quedan definidos por la Clase de Vía y son los que se muestran en el siguiente cuadro: Nº

Sector/sub-sector

Clase de Vía del proyecto

Puerto – Limache - Desde 100 metros después del andén y hasta 1

Clase de Vía D

100 metros antes del próximo andén - Desde 100 metros antes del andén y hasta 100

Clase de Vía E

metros después del andén (incluido el andén) Limache – Alameda 2

a) Limache – Polpaico

Clase de Vía B Mejorada

b) Polpaico – Alameda

Clase de Vía C

3

Alameda – Talagante

Clase de Vía C

4

Talagante – Barrancas

Clase de Vía B Mejorada

5

Paine – Talagante

Clase de Vía B Mejorada

En el caso del CPIF Centro, la Etapa de Mantenimiento de los sectores y subsectores se inició en las fechas que se consigna en el siguiente cuadro:



Zona

Sectorización

Sub-Sectorización

Fecha Término de Obras de Construcción y Rehabilitación(*)

1

Alameda San Fernando

Alameda San Francisco

Alameda San Francisco

24.07.2007

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2

San Fernando Chimbarongo

3

Chimbarongo Talca

4

San Francisco Rancagua

San Francisco Rancagua

Rancagua – San Fernando

Rancagua – San Fernando

San Fernando Chimbarongo

San Fernando Chimbarongo

Chimbarongo Teno

Chimbarongo Teno

Teno – Talca

Teno – Talca

24.07.2007

Talca Longaví

Talca Longaví

23.03.2007

Longaví Parral

09.03.2007

Parral Chillán

09.03.2007

Talca Chillán Longaví Chillán

7

Hualqui Talcahuano

Hualqui Chiguayante

Hualqui Chiguayante

Chiguayante Concepción

Chiguayante Concepción

28.09.2006

24.07.2007

28.09.2006

(*) Las fechas consignadas en la presente tabla corresponden a las fechas de término de obra establecidas en las distintos Actas de Recepción de Obra.

El CPIF Centro, presenta diferentes estándares, sin embargo, para el sector Alameda – Chillán, visitado en terreno, el estándar exigible es el definido por la Clase de Vía E, que permite velocidades máximas de 100 km/hr para trenes de carga y 160 km/hr para trenes de pasajeros. Las características de las distintas clases de vía están referidas, en lo fundamental, a las velocidades máximas permitidas, tanto para trenes de carga como de pasajeros que establece el artículo 5.1 de las Normas de Seguridad de Vías Férreas de EFE.

Clase de Vía Clase A Clase B Clase B+ Clase C Clase D Clase E Clase F

Velocidades Máximas Permitidas (km/hr) Trenes de Carga Trenes de Pasajeros 20 30 40 50 40 50 65 100 100 130 100 160 100 180

Para cumplir con los estándares, los contratistas tienen implementado un sistema de autocontrol, con programas de mantención cuyas actividades se actualizan semanalmente de acuerdo a las necesidades propias de la vía de acuerdo a la información entregada por la inspección diaria de la vía. Por su parte EFE, a través del Administrador de Contrato, de conformidad con lo establecido en las bases técnicas, efectúa revisiones periódicas del cumplimiento de estándar de las vías, de tal modo que en un período no mayor de un año, se controle el 100 % de la infraestructura férrea contratada, 50

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emitiendo las no conformidades correspondientes para que el contratista efectúe las reparaciones pertinentes. En el caso del CPIF Norte, en visita a los sectores Alameda – Limache (22 de octubre de 2008) y Alameda – Barrancas (29 de octubre de 2008), en conjunto con el Administrador de Contrato, se constató en terreno, que el contratista daba cumplimiento a su programación de autocontrol efectuando los trabajos indicados en sus programas semanales. Por otra parte, en el tramo Alameda – Barrancas, se recorrió un sector de la vía (km. 107, 108, 109 y 110 al llegar a Llo Lleo) que en el informe de inspección programada de frecuencia mensual de EFE, de septiembre de 2008, presentaba no conformidades referidas particularmente a durmientes de madera en mal estado que no permitían cumplir con el estándar Clase Vía B Mejorada, en particular en sectores de curva. En la revisión efectuada en terreno se comprobó que se habían efectuado las reparaciones o sustituciones correspondientes para cumplir con la exigencia. En general, se observó que en el CPIF Norte el mantenimiento que efectúa el contratista permite preservar adecuadamente los estandares exigidos. Sin perjuicio de lo anterior, persisten sectores, en particular aquellos dentro de Santiago, que presentan basura en la vía e incluso viviendas en la faja ferroviaria. Asimismo, cabe mencionar que en muchos sectores urbanos no existe confinamiento de la vía con los evidentes peligros para la población.

BASURA Y OCUPACIÓN DE FAJA VIA EN SECTOR ALAMEDA QUILICURA

BASURA, FALTA CONFINAMIENTO Y OCUPACION FAJA VIA EN SECTOR ALAMEDA MAIPU

En el caso del CPIF Centro, con fecha 5 y 6 de noviembre del presente año, se visitó, en conjunto con el Administrador de Contrato, el sector Alameda – Chillan, en particular los tramos Talca – San Carlos y Talca – Rancagua. En terreno se constató que el contratista daba cumplimiento a su programación de autocontrol efectuando los trabajos indicados en sus programas semanales de mantención. Sin embargo, respecto de los informes de no conformidades, referidos a la mantención del estándar de servicio, se constataron retrasos por parte de Tecdra S.A. en la aplicación de las instrucciones impartidas por el Administrador de Contrato, lo que redunda en la seguridad de la vía, así como de sus usuarios. Cabe mencionar al respecto, en el Km. 316 se constató falta de balasto y en los Km. 337 y 377 balasto colmatado, no obstante haber sido observadas dichas irregularidades.

BALASTO COLMATADO KM 377

Asimismo, en el Km. 333 se observó un atravieso de alcantarillado cuya excavación compromete el terraplén de soporte de la infraestructura ferroviaria,

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lo que evidencia un deficiente control por parte de EFE para proteger la estructura soportante de las vías.

ATRAVIESO DE ALCANTARILLADO QUE COMPROMETE EL TERRAPLEN DE LA VIA KM 333



En relación con los pagos al contratista en la Etapa de Mantenimiento, cabe consignar que el único pago establecido en las bases es el correspondiente al denominado Pago Variable por Mantenimiento (PVM), (sección 8.1.2 del contrato CPIF Norte y sección 10.1.2 del contrato CPIF Centro), cada tres meses y que es función de las Toneladas Kilómetro Brutas Completas (TKBC), es decir, una variable que representa la utilización de la vía medida a través del peso total del material rodante que circula en un sector y un período determinado. La aplicación del algoritmo establecido en las bases para el cálculo del monto a pagar por concepto de PVM utiliza una sola variable que corresponde a los TKBC reales que circulan por la vía. Los componentes alfa, beta y TKBC de quiebre son constantes proporcionadas por el contratista y que formaron parte de su oferta en la licitación de los contratos.



En este entendido, el cálculo del pago por mantenimiento se reduce a conocer el TKBC real en todos los sectores del contrato en el trimestre correspondiente. Esta información es proporcionada a EFE por los operadores de carga y de pasajeros. Al respecto, se pudo constatar que si bien el registro y análisis de la información pertinente es correcto y oportuno, el procedimiento carece de un sistema de validación implementado y en funcionamiento.

Sobre la materia, cabe consignar que estos contratos en su etapa de rehabilitación consultaron la implementación de cinco básculas en el CPIF Norte y seis en el CPIF Centro, sin embargo, a la fecha de cierre del presente informe todavía no se utilizan como contraparte de EFE para verificar los pesos informados por los porteadores. Más aún, de acuerdo a lo informado por el Administrador de Contrato del CPIF Norte, las básculas de Maipú Km 11+800 y Quilicura Km 15+000 no se encuentran operativas. Lo anterior es de vital importancia, toda vez que la solicitación de carga a que se somete la vía tiene directa incidencia en el grado de mantención que se debe efectuar a la infraestructura ferroviaria y su vida útil. El informe respuesta, consignado en la Auditoría Técnica , señala lo siguiente: ◊

en

relación

a

lo

Basuras en la vía, ocupantes ilegales y falta de confinamiento Las basuras que son depositadas en la faja vía por desconocidos (el transporte ferroviario no genera basura en la vía), son retiradas con cierta regularidad por el contratista, pero hay periodos donde se hace mas recurrente la reincidencia. ◊ La ocupación ilegal de terrenos dentro de la faja es también recurrente; aún cuando se retire a los indigentes que se intalan en la vía, éstos vuelven a instalarse. Hay sectores donde EFE está verificando mediante los planos de faja de propiedad, dado que se han hecho ocupaciones

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ilegales por instalaciones de casas en la vía y se procederá conforme lo establece la ley para el desalojo si ello correspondiere. ◊

El cofinamiento existente está afecto a robos, para lo cual el Contratista está obligado a reponerlo en algunos sectores; no obstante, otros sectores no cuantan con cofinamiento y deberá instalarse un sistema conveniente que no incite al robo. Esta solución está siendo estudiada para aplicarse en toda la red y una vez aprobada se evaluará y programará su instalación.



Durante el año 2009 se llevará a cabo un mayor acercamiento a las Municipalidades respectivas y se solicitará mayor apoyo a Carabineros de Chile para la vigilancia de la faja, lo que redundará en disminuir el depósito ilegal de basura.



Retrasos de TECDRA en atender Informes de No Conformidades En general, las no conformidades resultan de una inspección conjunta y cuentan con un plazo para ser levantadas, por lo cual todo aquel plazo es aceptable de mantener la condición degradada, tomándose todas las precauciones de seguridad que corresponda. En caso de persistir las no conformidades se aplicarán las sanciones que permite el contrato. Se ha definido efectuar una auditoría técnica (contrato de Inspección Técnica de Obras) externa el año 2009, de apoyo a la Administración de Contratos de ambos CPIF para validar cumplimiento de estándares. ◊

Atravieso de alcantarillado

El atravieso mencionado se contruyó conforme al proyecto aprobado, efectuándose todos los resguardos que corresponden en esta situación constructiva. Estas construcciones son invasivas por lo cualñ afectan el terraplén y la nivelación de la vía; por ellos se toman las medidas de seguridad que evitan el colapso, pero obligan a modificar la operación normal al bajar la velocidad de los trenes. A la fecha esta obra se encuentra terminada, conforme a proyecto. Es de nuestra opinión que el control por parte de EFE es suficiente para el alcance de estas obras y de otras en ejecución. ◊

TKBC y Básculas

Sobre el particular, EFE señala que de las once básculas instaladas se encuentran efectivamente en servicio nueve de ellas. Las básulas que están fuera de servicio corresponden a Llolleo PK 107+700, las que se proyecta poner en servicio en febrero de 2009 y Quilicura PK 15+000, la cual debe estar en servicio en el mes de enero de 2009. La báscula correspondiente a Llolleo fue afectada por un desrielo que dañó las instalaciones de detección y la báscula de Quilicura fue afectada por robo de sus instalaciones. A la fecha la Gerencia de Tráfico, quién genera

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los TKBC, ha dispuesto la revisión de los datos obtenidos por aquellas básculas en servicios, generándose estadísticas que permiten hacer una validación de los datos de origen, mediante muestras de datos. Los resultado han arrojado dispersiones menores con respecto a los registros manuales de los datos. Se evalúa la implementación de un sistema de integración de la información durante el 2009, así como la verificación en línea, para obtener los datos en forma remota en la oficina de Control de Tráfico de Santiago.

3. Contratos TEMOINSA

A la fecha de este examen existían tres contratos vigentes por concepto de mantenimiento de trenes, entre EFE y la Empresa Técnicas Modulares e Industriales S.A -TEMOINSA -, a saber: contrato de prestación de servicios de asesoría técnica y mantenimiento de coches serie D-160, transportadores de automóviles y locomotoras serie 269; contrato de prestación de servicios de mantenimiento del parque de electrotrenes UTS- 444; y contrato de prestación de servicios de mantenimiento del parque de unidades UT 440-R. Se estableció que EFE no ha hecho cumplir la cláusula segunda de estos contratos, por cuanto a contar del 26 de enero de 2005, debería estar en aplicación un procedimiento de distribución entre ambas entidades, de los gastos por conceptos de agua y luz incurridos por TEMOINSA en el desarrollo de sus labores, situación que a la fecha de esta visita no ocurría, siendo de cargo de EFE los gastos ya indicados. Por otra parte, revisadas las boletas bancarias de garantía números 359093-1, 359095-7 y 359094-9 del Banco de Chile, tomadas por TEMOINSA a favor de EFE para garantizar el fiel cumplimiento de los contratos de mantenimiento de equipos ferroviarios, se verificó que la renovación de las citadas garantias no se realizó en forma oportuna, ya que de conformidad a lo señalado en la cláusula decimo cuarta de los respectivos contratos, éstas deben ser renovadas anualmente treinta días antes de su vencimiento, lo que no ocurrío en los casos sometidos a revisión, ya que la fecha de emisión de las boletas fue el día 5 de marzo de 2008, en circunstancias que la renovación debió ejecutarse el día 26 de diciembre de 2007. Por último, la revisión del pago de las facturas por mantenimiento que EFE realizó a TEMOINSA, permitió comprobar que algunas facturas no fueron pagadas dentro de los treinta días contados desde su recepción en la oficina de partes de la empresa, lo cual trae como consecuencia que la empresa debe pagar el diferencial que se produce entre el valor de la unidad de fomento entre el día 30 –vencimiento- y la fecha efectiva del pago, incrementada con los correspondientes intereses por mora establecidos por el Banco Central de Chile de acuerdo a la cláusula sexta de estos contratos. Al respecto, se puede precisar que a la fecha de este examen, EFE no había pagado los intereses señalados, por cuanto se encontraban analizando con TEMOINSA el mecanismo a aplicar para el cálculo de la cifra adeudada por EFE. En su respuesta EFE señala que respecto a los pagos de agua y luz incurridos por TEMOINSA en el desarrollo de sus labores, dichos antecedentes están siendo estudiados por ambas partes para llegar a un 54

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pronto acuerdo. En relación al atraso en la entrega de la Boleta de Garantía a favor de EFE por parte de TEMOINSA, esta situación ya ha sido regularizada y se tomarán las medidas para evitar su repetición. En este sentido se actualizó el Manual del Administrador de Contratos, siendo extensivo a todos los contratos suscritos por EFE. Con respecto al pago de intereses moratorios por el atraso en el pago de facturas, también está siendo analizado por las partes el macanismo a aplicar para el cálculo de la cifra adeudada por EFE. F. INDEMNIZACIONES OBJETIVO Verificar el cumplimiento y uso de las transferencias efectuadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a EFE, la validez y pertinencia de los pagos efectuados por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado a los indemnizados de la Ley N° 19.170, y constatar que dichos beneficiarios cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 2° de la citada ley. UNIVERSO Y MUESTRA El período sometido a examen comprendió el segundo semestre del año 2007 y el primer semestre de 2008, en el cual el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones transfirió $ 9.172.130.000.- a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para el pago de las indemnizaciones de la Ley N° 19.170, seleccionándose una muestra de $1.528.689.000.-, pagados a los beneficiarios en los meses de septiembre 2007 y marzo 2008, lo que representan un 16,66% del total. Para verificar el cumplimiento de los requisitos para obtener dicha indemnización se consideró un universo de 1841 beneficiarios del mes de octubre 2007, de los cuales se revisaron 100 carpetas que representan un 5,43 % de dicho total. ANTECEDENTES GENERALES Los artículos 1° y 2° transitorios de la Ley N° 19.170, facultan a EFE para otorgar una indemnización compensatoria a los trabajadores que, al 31 de mayo de 1991, se encontraban prestando servicios en ella, siempre que sean desahuciados por necesidades de la Empresa, dentro del plazo de tres años contado desde la publicación de esta ley. El citado cuerpo legal dispone que pueden acogerse a esta indemnización los trabajadores que tenían, a la fecha de publicación del mismo, 25 años de imposiciones acumuladas con un mínimo de 10 años en la Empresa, los que recibirán mensualmente 1/30 del promedio de las últimas tres remuneraciones, por cada año de servicio, con un máximo de 30/30, hasta que cumplan los requisitos para pensionarse por vejez, por invalidez o fallezcan. Se agrega que estos beneficios son imponibles y tributables, y los beneficiarios tendrán la calidad de imponentes, debiendo la Empresa descontar, declarar y enterar las cotizaciones e impuestos que 55

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correspondan. Además, estas indemnizaciones se reajustan en el mes de diciembre de cada año en el mismo porcentaje que el gobierno otorga a los funcionarios activos del Sector Público. Estas indemnizaciones son incompatibles con cualquier ingreso proveniente de contratos de trabajo o de prestaciones de servicios que el beneficiario celebre con la empresa o con aquellas sociedades en que ésta tenga participación, o con el Estado o con sociedades en que éste participe, o con los concesionarios. En el período auditado dejaron de percibir indemnización 217 beneficiarios: 194 por cumplir la edad para jubilarse, 17 por muerte, y 6 por incapacidad física. Cabe señalar que el pago de las indemnizaciones, en circunstancias normales, debe expirar el 30 de mayo de 2019, cuando el último beneficiario cumpla el plazo establecido en la ley para recibirlo.

Al 30 de junio de 2008, EFE tenía un total de 1.206 funcionarios activos y el total de indemnizados por la Ley N° 19.170, a la misma fecha, era de 1.709 beneficiarios. Para obtener los recursos, EFE formula un proyecto de presupuesto en base al gasto del año anterior, a la cantidad de personas que se jubilarán en el próximo año, y al reajuste que se le otorgará al sector público, el que posteriormente es remitido a la Dirección de Presupuesto para su incorporación en la ley de Presupuestos del Sector Público del año próximo, en la Partida 19, Capitulo 01, Programa 02, Subtítulo 24, Ítem 03.311, Fondos para Indemnizaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Para cumplir con el pago mensual de las indemnizaciones, EFE solicita al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que mensualmente le transfiera los fondos. Al respecto, esta Contraloría General emitió el Preinforme de Observaciones N° 192, de 2008, en el que se señalaron las observaciones producto de la fiscalización, el que fue contestado mediante oficio G.G. 298 /08, de 2008. Se exponen a continuación las observaciones consignadas en el citado Preinforme de Observaciones N° 192/2008, conjuntamente con la respuesta entregada por el Gerente General de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, y la correspondiente conclusión.

1. Revisión de carpetas De las 100 carpetas de beneficiarios seleccionadas como muestra para analizar, sólo 93 de ellas fueron proporcionadas con su respectiva documentación de respaldo; las 7 restantes no fueron habidas en las dependencias de EFE, por lo tanto, no pudieron ser examinadas.

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Realizados los cálculos aritméticos respectivos, permitieron determinar que a los titulares de las siete carpetas faltantes, durante el período examinado, se les cancelaron mensualmente sus indemnizaciones, por un monto total de $ 70.977.420.-. También se constató que 4 carpetas no tenían las liquidaciones de sueldo que permitieran calcular el monto de la indemnización que el beneficiario tiene derecho a percibir. El recálculo de los reajustes legales aplicados a las indemnizaciones pagadas no determinó diferencias con los cálculos realizados por EFE. En relación a esta materia la respuesta de EFE señala: ◊

En el articulado transitorio de la Ley N° 19.170, se estableció el pago de una indemnización compensatoria para el personal que egrese de EFE, el cual comenzó a aplicarse el año 1993.



Conforme a los programas de egresos definidos, en conformidad de la Ley y dispuesto por la Gerencia General, y hasta la vigencia de las disposiciones transitorias, esto es, el 2 de octubre de 1995, los cálculos para el pago de la indemnización compensatoria se realizaron en base a las liquidaciones de remuneraciones correspondientes a cada trabajador egresado. Dicho proceso de cálculo fue administrado por un equipo designado y conformado especialmente para ello y cuyos integrantes dependían del Departamento de Remuneraciones.



El equipo de trabajo indicado recabó toda la documentación necesaria para el proceso y abrió carpetas con los antecedentes de cada trabajador egresado. Dicha documentación original fue administrada posteriormente por distintos responsables, sin una entrega oficial de su traspaso. A contar de 1996, el actual Jefe del Departamento de Remuneraciones asumió la administración de la documentación, la cual tampoco le fue transferida por el responsable anterior a través de una entrega formal.





Durante el período señalado, se verificaron diversos cambios en las oficinas y dependencias destinadas a esta función, lo que implicó traslados de los antecedentes documentales y se creó el Centro de Documentación EFE en San Bernardo, hasta donde se remitió parte de la documentación referida a los indemnizados.



En virtud de todo lo anterior, es posible que parte de la información fiscalizada por Contraloría General haya sido más difícil de ubicar, especialmente atendida la antigua data de los antecedentes. Lo anterior, podría explicar las dificultades observadas para ubicar los antecedentes en las actuales dependencias de EFE, respecto de la totalidad de la documentación correspondiente a los actuales beneficiarios.

Finalmente se expresa que, como resultado de la revisión practicada por Contraloría General, se pudo constatar que la aplicación 57

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de la reajustabilidad anual a las indemnizaciones compensatorias no presenta observaciones. Atendida la respuesta proporcionada por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, se da por salvada la observación, debiendo precisarse, en todo caso, que todas las operaciones que realice la empresa deben contar con la documentación de respaldo respectiva.

2. Transferencias a EFE. El análisis de los recursos puestos a disposición de EFE, por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para el pago de las indemnizaciones, no determinó diferencias; no obstante, se pudo establecer que los fondos presupuestarios entregados a EFE, no son suficientes para cubrir el total de las indemnizaciones. Esta diferencia, durante el período auditado, alcanzó a $ 77.290.097.-, la que ha sido cubierta con los recursos propios de EFE.

Al respecto, EFE informó que durante el período comprendido entre enero 2003 y junio de 2008, ha tenido que solventar con ingresos propios la suma de $ 551.452.455.-, por este concepto. A lo anterior se agrega que los recursos entregados a EFE por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para el pago de las indemnizaciones otorgadas en conformidad a la Ley N° 19.170, no han sido suficientes para cubrir íntegramente las prestaciones por este concepto; situación que se arrastra desde hace varios años, pudiendo informarse que los pagos que EFE ha debido asumir con fondos propios en el período 2003 a 2006, asciende a $ 439.247.888, el déficit del año 2007 ascendió a $ 53.115.979, y por último; ese ítem durante el primer semestre de 2008 ascendió a $ 59.088.588. Asimismo, se expresa que son efectivos y correctos los montos consignados en el Preinforme, haciéndose presente que son valores nominales. A objeto de regularizar esta situación, y como consta de las copias adjuntas, la Empresa ha representado la situación al Ministerio referido, solicitando el reintegro de los montos que EFE ha debido asumir para el pago total e íntegro de las prestaciones derivadas del pago de las indemnizaciones compensatorias a sus ex trabajadores. Atendido lo expuesto y las medidas indicadas por EFE, se da por salvada la observación. 3. Pagos a indemnizados La Empresa de los Ferrocarriles del Estado para cumplir con el pago de las indemnizaciones en todo el país, suscribió un contrato con el Banco Chile. El proceso se inicia con la confección de las liquidaciones de indemnizaciones en duplicado por parte de EFE, y un listado con los nombres de los beneficiarios separados por sucursales del Banco y SERVIPAG, las que son enviadas al banco para su distribución a nivel nacional desde Arica a Puerto Montt. Al mismo tiempo, EFE gira un cheque al Banco por el total del monto a cancelar. 58

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El análisis de este proceso de pago en el mes de abril de 2008, permitió determinar que las liquidaciones de las indemnizaciones canceladas por SERVIPAG están debidamente firmadas por el beneficiario y con el respectivo timbre de caja. Con respecto a las canceladas por algunas sucursales del Banco de Chile, se comprobó que ellas no tienen el timbre de caja respectivo, y que otras no enviaron un total de 136 liquidaciones, que representan un 40,96 % del total pagado por las sucursales. Las situaciones descritas, por una parte determinan una falla de control interno y por otra, no permiten que EFE cuente con la información financiera y administrativa actualizada, por cuanto, carece de información oportuna que le permita saber cuanto es lo efectivamente pagado por mes y quienes son los interesados que no se presentaron a cobrar su indemnización. En relación a esta materia, el informe respuesta de EFE señala que: ◊

Hasta el año 2007 el Departamento de Remuneraciones disponía de una persona con dedicación exclusiva para administrar y controlar el proceso referido al pago de las indemnizaciones de la Ley N° 19.170.



Entre los años 2005 y 2008, se ha producido un egreso y reducción significativa de personal de EFE. En el caso particular del Departamento de Remuneraciones su dotación real es mínima en relación a los múltiples procesos que debe mensualmente administrar, los cuales hoy día se han incrementado por la conformación de las filiales de EFE, a las cuales también presta servicios.

No obstante lo anterior y en función de lo observado, la actual Administración de la empresa dispondrá el personal y las medidas administrativas para aplicar los mecanismos de control interno, a saber: verificar mensualmente el número de liquidaciones recibidas desde SERVIPAG y Banco Chile; contrastar el número y la relación de las liquidaciones despachadas por el Departamento de Remuneraciones a cada una de las entidades, con las devueltas por éstas; acreditar que todas las liquidaciones recibidas de tales entidades, vengan con la firma del beneficiario y con el respectivo timbre de caja; determinar las liquidaciones faltantes, a objeto de requerir de las entidades pagadoras la información sobre las razones de cada caso y registrar y controlar el monto puesto a disposición por EFE, el monto efectivamente pagado en cada mensualidad y el reembolso de la diferencia por parte de las entidades pagadoras. Conforme con lo expuesto, se da por salvada la observación.

4. Verificación del cumplimiento de requisitos 4.1 Servicio de Registro Civil e Identificación Con la finalidad de verificar la sobrevivencia de los beneficiarios, se procedió a oficiar al Servicio de Registro Civil e Identificación, comprobándose, de acuerdo con la información proporcionada por dicho Servicio que, en el período auditado, habían fallecido 17 beneficiarios. Confrontada esta información con el pago de Indemnizaciones, se pudo determinar que EFE, en algunos casos, 59

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emitió las liquidaciones de indemnizaciones, las que en ninguna de las situaciones fueron pagadas. 4.2 Trabajos desarrollados en la Administración Central del Estado. La verificación sobre la prohibición que tienen los beneficiarios de esta ley respecto a trabajar en la Administración Central del Estado, permitió establecer que seis indemnizados trabajaron en distintos Servicios de la Administración del Estado. El análisis de estos casos permite señalar lo siguiente: - El señor Víctor Muñoz Báez, Rut 4.559.228-6, se encuentra actualmente trabajando en la Universidad de Chile donde se incorporó el 1 de marzo del 2004. - La señora María Fernández Herrera, Rut 5.354.459-2, trabajó durante los años 1993 y 1999 en el Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota. - El señor Manuel Gross Osses trabajó durante los años 1981 y 1983 en la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación. No obstante lo anterior, debe considerarse que ninguna de las personas citadas precedentemente vulneró la prohibición establecida en el artículo 2° transitorio, inciso primero de la ley 19.170, ya que estos indemnizados, durante el tiempo de desempeño en los servicios mencionados, estuvieron incorporados en las plantas de personal de dichas instituciones y, por ende, no suscribieron contratos de trabajo ni de prestación de servicios, y, consecuencialmente además, percibieron remuneraciones y no pagos u honorarios derivados de ese tipo de contrataciones. Por otra parte, tres indemnizados –los señores Luis Barril Neira, Germán Ojeda Castillo y Víctor Vargas Barrías-, recibieron honorarios por distintos servicios prestados en la Administración del Estado, hecho que es incompatible con lo establecido en el artículo 2° transitorio, inciso primero, de la ley 19.170. Estas personas estarían sujetas a lo dispuesto en el último inciso del citado artículo 2° transitorio de la ley 19.170, norma conforme a la cual, “Los trabajadores que perciban indebidamente los beneficios establecidos en el artículo 1° transitorio de la ley citada anteriormente deberán restituir las cantidades percibidas por tales conceptos, reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que pudieran derivarse de tal hecho”. 4.3 Desarrollo de funciones en municipalidades. La verificación respecto a trabajar en las Municipalidades, permitió establecer que diez indemnizados trabajaron en ellas. El análisis de estos casos permite determinar lo siguiente: - El señor Carlos Gómez Quintana, Rut 4.132.376-0, trabajó en la Municipalidad de Estación Central desde el 01 de mayo 2005 hasta el 03 de septiembre del 2007. - El señor Jorge Arce Silva, Rut 4.827.908-2, trabajó desde el 21 de marzo 2005 hasta el 28 de febrero de 2007, en la Municipalidad de Puchuncaví.

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- El señor Mario Rubio Rubio, Rut 5.004.320-7, trabajó desde el 1 de enero del 1996 al 31 de diciembre 1996, en la Municipalidad de San Antonio. - El señor Eduardo Vega Salazar, Rut 5.019.444-2, trabajó desde el 12 de febrero de 1999 hasta el 31 de diciembre del 2006, en la Municipalidad de Chillán. - El señor Mario Urra Riquelme, Rut 5.425.146-7, trabajó desde el 1 de enero de 1992 hasta el 31 de diciembre de 1996, en la Municipalidad de Bulnes. - El señor Juan Martel Salas, Rut 5.943.973-1, trabajó desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1995, en la Municipalidad de Temuco. - El señor Dagoberto Moya Rojas, Rut 5.949.813-4, trabajó desde el 2 de junio de 1997 al 12 de agosto de 1997, en la Municipalidad de Temuco. No obstante la circunstancia antes señalada, las personas citadas precedentemente no vulneraron la prohibición establecida en el artículo 2° transitorio, inciso primero, de la ley 19.170, ya que estas personas durante el tiempo que trabajaron en las respectivas municipalidades, estuvieron incorporados en las plantas de personal de dichas instituciones, y por ende, no sujetos a contratos de trabajo o de prestación de servicios, y percibieron las remuneraciones respectivas y no honorarios u otro tipo de estipendio. - El señor Pedro Figueroa Díaz, Rut 4.558.893-9, trabajó en la Municipalidad de Santiago desde el 9 de marzo 1998 hasta el 1 de junio de 2002. - Don Roberto Vásquez Ávila, Rut 5.126.264-6, trabajó en la Municipalidad de Quilicura desde el 3 de marzo de 1997 hasta el 31 de diciembre del mismo año. - El señor Gabriel Sandoval Pardo, Rut 5.765.735-9, trabajó en la Municipalidad de Villarrica desde el 12 de julio de 2005 hasta el 12 de diciembre de 2006. Estos tres indemnizados trabajaron en las municipalidades de Santiago, Quilicura y Villarrica, respectivamente, con contratos regidos por el Código del Trabajo, hecho que vulnera lo establecido en el artículo 2° transitorio, inciso primero de la ley 19.170. En el caso del señor Sandoval Pardo percibió por concepto de indemnización de parte de EFE el monto total de $ 4.220.307. En lo referente a esta materia el informe respuesta de EFE precisa que: ◊

En el año 2007, y con motivo de observaciones formuladas a ésta materia por los auditores Externos de KPMG, la Empresa aplicó la recomendación por los Auditores Externos, en orden a solicitar la información pertinente a la Contraloría General de la República, a objeto de verificar el cumplimiento de requisitos de los beneficiarios de la Ley N° 19.170.



Mediante Oficio G.G. N° 027, del 31 de enero de 2008, la Empresa solicitó a la CGR, su colaboración a objeto de verificar periódicamente si hay incompatibilidades con otros ingresos de origen fiscal que pueda tener el beneficiario de la indemnización 61

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compensatoria de la Ley N° 19.170, y que sean incompatibles a las establecidas en esa Ley. ◊

Por Oficio N° 044993, del 26 de septiembre de 2008, la CGR respondió a la petición de la Empresa, señalando que de acuerdo a la Ley N° 10.336, sobre organización y atribuciones de la Contraloría General, no corresponde que intervenga en la verificación y entrega de los antecedentes solicitados por EFE.



Se hace presente asimismo, que esta Empresa solicitó a las Administradoras de Fondos de Pensiones información relativa a iguales materias, sin tener respuesta de parte de estas entidades particulares.



En definitiva, EFE carece de facultades para obtener información de otras entidades, y tampoco hay obligación legal de éstas de entregar los antecedentes. En el hecho EFE no cuenta con los mecanismos que le permitan cruzar la información necesaria y tener la certeza que de los pagos que se están efectuando a quienes reciben indemnizaciones compensatorias, no sean incompatibles con otros ingresos obtenidos con cargo a algunas de las fuentes señaladas en la Ley.



Atendido lo expuesto, la Empresa requerirá, semestralmente y a partir de 2009, una declaración jurada ante Notario Público, por parte de los indemnizados, de no encontrarse afecto a alguna de las incompatibilidades establecidas en el artículo 2° transitorio de la Ley N° 19.170. Lo anterior como una medida preventiva, pero cuya veracidad queda entregada única y exclusivamente al beneficiario de la indemnización.



Junto con dicha declaración jurada semestral, la Empresa seguirá consignando en el formulario de liquidación mensual de la indemnización, la glosa referida a que el indemnizado declara y reconoce no estar afecto a las incompatibilidades para percibir este beneficio económico.

Finalmente, EFE informa que con respecto a las personas que han percibido indebidamente los beneficios establecidos en el artículo 1° transitorio de la Ley N° 19.170, solicitará a su Fiscalía analizar los casos mencionados en el preinforme, como asimismo, un estudio acerca de la posibilidad de ejercer acciones destinadas al reembolso de lo indebidamente pagado, si fuere el caso, teniendo especialmente en consideración los plazos de prescripción. Conforme con lo señalado por EFE y las medidas dispuestas al respecto, se da por salvada la observación. G.- OTRAS MATERIAS 1. Diagnóstico de la Empresa por el Banco Mundial El Banco Mundial a petición del Ministerio de

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Hacienda elaboró un diagnóstico estratégico de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado ( documento que se anexa al presente informe ), en el cual, en síntesis, señala que sus dos principales problemas son la situación financiera y el desempeño operativo. En materia financiera la empresa enfrenta una situación muy compleja, ya que el déficit operativo se está incrementando, la deuda de largo plazo equivale a veinte veces los ingresos anuales y la demanda de los servicios de pasajeros es muy inferior a la proyectada. Así, es poco probable que EFE pueda repagar sus obligaciones. En cuanto al desempeño operativo , en los servicios de pasajeros presenta niveles de utilización de los equipos notablemente bajos, en algunos casos por debajo de los umbrales de las prestaciones ferroviarias.

2. Incumplimiento de la normativa legal

De acuerdo a lo establecido en el artículo 47 del D.F.L. N° 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, EFE debe formular planes trienales de desarrollo y, en caso que el plan formulado requiera, en todo o parte, de financiamiento fiscal, deberá ser presentado al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para su aprobación, la que deberá prestarse mediante decreto supremo de ese Ministerio, el cual llevará la firma del Ministro de Hacienda. En este decreto se definirán las obligaciones que el Gobierno y la Empresa contraen recíprocamente. La normativa legal vigente aludida en el punto anterior, establece que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones debe aprobar, modificar o rechazar el Plan Trienal de Inversiones dentro del plazo de sesenta días desde su presentación. Con fecha 02 de marzo de 2006, fue enviado al mencionado Ministerio el Plan Trienal 2006 – 2008 de EFE para su aprobación, encontrándose aún pendiente al 10 de octubre de 2006 según se señala en el Acta de sesión ordinaria de esa misma datal, debido a la existencia de observaciones. Ante ello, mediante oficio DAA N°187, de 2008, de esta División de Auditoría Administrativa, dirigido al Gerente General de EFE, se consultó sobre el estado y la formalización del Plan Trienal mencionado, a lo cual la empresa dio respuesta a través de oficio GG-056/2008, señalando que el referido Plan Trienal no se concretó sin que se dictara el decreto supremo correspondiente, como se establece en la Ley Orgánica de EFE. Cabe agregar que el proyecto del Plan Trienal 2006 - 2008 fue desarrollado por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y luego de diversas estapas de estudio, fue presentado para su aprobación ante el Sistema de Empresas Públicas de CORFO, y al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sin que en definitiva haya llegado a término su tramitación. En su informe respuesta EFE hace presente que la normativa legal en la materia considera en la formulación y autorización de los planes trienales, a otras instancias públicas, razón por la cual no es una materia de decisión exclusiva de la Empresa. 3. Empresas relacionadas

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3.1. Mandato celebrado por EFE con Empresa Portuaria de Arica OBJETIVO Fiscalizar el cumplimiento del mandato suscrito entre la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, EFE, y la Empresa Portuaria de Arica, EPA, de fecha 29 de noviembre de 2006, con motivo del Plan de Rehabilitación del Ferrocarril Arica - La Paz. CONSIDERACIONES GENERALES

El Ferrocarril Arica - La Paz tiene su origen en el Tratado de Paz y Amistad suscrito entre Chile y Bolivia el año 1904, el cual establece en su Articulo Tercero que, “Con el fin de estrechar las relaciones políticas y comerciales de ambas Repúblicas, las Altas Partes Contratantes convienen en unir el puerto de Arica con el Alto de la Paz por un ferrocarril cuya construcción contratará a su costa el Gobierno de Chile“. No obstante, desde el año 2005 y hasta la actualidad, este servicio no se encuentra operativo debido a la declaración de quiebra de la Sociedad Administradora del Ferrocarril Arica a la Paz, decretada el día 7 de febrero de 2006, por el Segundo Juzgado de Letras de Arica, a petición del propio deudor. Esta situación deberá ser analizada por la Administración de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado a fin de determinar el eventual impacto que genere el incumplimiento de este Tratado en cuanto a la empresa y al Gobierno de Chile.

UNIVERSO Y MUESTRA

El total de recursos transferidos desde la Empresa de los Ferrocarriles del Estado hacia la Empresa Portuaria de Arica en el período auditado -1 de enero de 2007 al 30 de mayo de 2008- alcanzó a la suma de M$ 3.064.505, examinándose la totalidad de los recursos transferidos. Por otra parte, el examen practicado a los gastos del período, corresponde a la primera rendición de gastos efectuada por la Empresa Portuaria de Arica, de fecha 2 de Abril de 2008, que alcanzó a M$ 76.410.-, examinándose en su totalidad dicha rendición. En este contexto, se emitió el Preinforme de Observaciones N° 133/08, en el que se señalaron las observaciones producto de la fiscalización, el cual fue contestado mediante oficio G.G. N° 262/08, del Gerente General de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado Se exponen a continuación las observaciones consignadas en el citado Preinforme de Observaciones, conjuntamente con las respuestas entregadas por EFE y sus correspondientes conclusiones.

3.1.1. Control Interno

a) El examen practicado permitió verificar problemas de coordinación entre las diversas instancias que participan en la administración de este Mandato. A modo de ejemplo se puede señalar que, respecto a la rendición de gastos enviada por la Empresa Portuaria de Arica de fecha 2 de abril de 2008, se comprobó que a la fecha de esta visita la unidad de contabilidad de la 64

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empresa no había contabilizado esta operación ascendente a M$76.410. Esta situación se originó principalmente por el desconocimiento en dicha unidad de la existencia de este mandato suscrito entre la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y la Empresa Portuaria de Arica, así como de esta rendición de gastos. Cabe consignar que los antecedentes mencionados anteriormente los gestiona directamente un funcionario designado por la empresa en carácter de administrador de este mandato, con el cual se sostuvieron diversas reuniones en el transcurso de la visita a fin de regularizar a la brevedad este tipo de problemas que afectan la calidad y exactitud de la información contable al interior de la empresa. b) Es necesario señalar que, de acuerdo al texto del mandato bajo análisis, éste menciona en su artículo 2°, la existencia de un anexo suscrito por ambas partes, mediante el cual “se detalla el conjunto de bienes que conforman el Ferrocarril Arica – La Paz, el cual comprende la línea férrea y demás infraestructura ferroviaria con un total de 206 kilómetros, correspondiente a la sección chilena del Ferrocarril de Arica- La Paz (FCALP), además de sus equipos e instalaciones, y, en general, de todos los bienes muebles e inmuebles necesarios para la conservación y explotación de la vía férrea, y todos aquellos accesorios, aledaños y relacionados directa o indirectamente con la actual operación ferroviaria y también todos aquellos que se ubiquen en las provincias de Arica y Parinacota”. Al respecto se debe mencionar que realizadas diversas consultas a ejecutivos de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y de la Empresa Portuaria de Arica, el anexo al cual hace mención el mandato suscrito entre ambas entidades nunca se llevó a cabo, y por lo tanto nunca se suscribió. Esta situación es relevante por cuanto el mandato se suscribió en noviembre del año 2006, sin que a la fecha exista una modificación al mismo, en orden a constatar la inexistencia del citado anexo, y de esta manera evitar interpretaciones erróneas sobre la materia. c) Con motivo de la visita efectuada a la ciudad de Arica para validar algunos aspectos del Proyecto de Rehabilitación del Ferrocarril Arica - La Paz, se realizó una inspección ocular a la Maestranza Ferroviaria de Chinchorro, recinto donde se almacena el material rodante que se utilizó para prestar el servicio ferroviario Arica – La Paz. Al respecto se constató un estado de desprotección y falta de resguardo de este recinto de propiedad de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, todo lo cual significa serios riesgos para la integridad del material rodante que ahí permanece, en relación a un eventual desmantelamiento de éste. A continuación se presentan algunas imágenes captadas en la inspección practicada a las instalaciones de la Maestranza de Chinchorro:

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En relación a estas materias, el informe respuesta del Gerente General de EFE señala que por diversas situaciones internas la contabilización de esta rendición efectivamente se retrasó, no obstante, que al cierre de la FECU al mes de junio de 2008, esta situación se había regularizado, designándose además un funcionario del departamento de contabilidad para realizar un oportuno seguimiento y registro de los ingresos financieros y gastos trimestrales rendidos por la Empresa Portuaria de Arica. En lo relativo a los puntos b) y c), informa que se revisará la situación relacionada con el anexo del mandato a que se hace referencia en el artículo 2° del instrumento contractual, y se adoptarán a la brevedad las medidas necesarias para dar debido resguardo al material rodante ubicado en la Maestranza Ferroviaria de Chinchorro

3.1.2. Examen de Cuentas.

a) La transferencia de recursos efectuada desde la Empresa de los Ferrocarriles del Estado a la Empresa Portuaria de Arica en el período auditado alcanzó a los M$ 3.064.505, verificándose la debida percepción de tales recursos por parte de esta última. Del mismo modo, se puede agregar que con fecha 29 de noviembre de 2007, la Dirección de Presupuestos emitió el Oficio N° 1035, mediante el cual imparte instrucciones respecto a la administración de los recursos involucrados en este mandato, estableciéndose entre otros aspectos, los siguientes: - El punto N° 4 del citado documento establece que, mientras los recursos no sean aplicados por la Empresa Portuaria de Arica en los términos establecidos en el convenio mandato EFE-EPA, dicha empresa deberá mantenerlos invertidos en una institución del sistema financiero nacional, de modo de disponerlos para financiar un eventual subsidio a la inversión en la mencionada concesión. - Además, el punto N° 5 del documento establece que, dado que el aporte fiscal está consultado en el programa de EFE en la ley de presupuestos del año 2007, esta empresa los debe afectar como mandante a través del convenio mandato, teniendo presente que patrimonialmente pertenecen a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, así como también la rentabilidad de las inversiones con cargo a los mismos. En virtud de lo anterior, EFE debe reflejar en los estados financieros respectivos dichos incrementos patrimoniales, con una nota explicativa de los mismos. -

b) Se comprobó que en el período comprendido entre el 1º de enero y el 30 de mayo de 2008, la Empresa Portuaria de Arica mantuvo inversiones en diversos instrumentos financieros que generaron intereses que ascendieron a una cifra de M$101.134, los cuales a la fecha de esta visita se mantenían en poder de esa empresa, sin que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado hubiese instruido respecto del tratamiento y destino de los intereses generados, en virtud de lo descrito en el párrafo anterior. Del mismo modo, se debe agregar que a la fecha de esta visita, estos intereses no se encontraban contabilizados y por lo tanto tampoco se habían reflejado en los estados financieros 66

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de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, en atención a lo establecido por las instrucciones de la Dirección de Presupuestos. c) Se verificó, en relación a los gastos del período auditado que, con fecha 2 de abril de 2008, la Empresa Portuaria de Arica elaboró la primera rendición de gastos de este proyecto, la que alcanzó a M$ 76.410. Al respecto, cabe reiterar que a la fecha de esta visita se encontraba pendiente la contabilización de esta rendición de gastos por parte de EFE, así como la definición de algún procedimiento que permita establecer formalmente el estado de aprobación u objeción de las rendiciones de gasto elaboradas por la Empresa Portuaria de Arica, en concordancia con la cláusula octava del mandato celebrado por ambas entidades. En relación a las observaciones expuestas en este N° 2 -Examen de Cuentas-, la empresa reconoce las situaciones planteadas, manifestando que al cierre del primer semestre de 2008, habrían sido regularizadas. La respuesta de EFE concluye señalando que próximamente, se formalizará el actual procedimiento vigente, relacionado con la recepción y aprobación de ingresos y gastos incurridos por EPA, en concordancia a lo estipulado en la cláusula octava del Mandato.

4.-. Inmobiliaria Nueva Vía S.A.

Para cumplir con el citado Programa, este Organismo Contralor, se constituyó en las dependencias de su Filial Inmobiliaria Nueva Vía S.A. (INVIA S.A.), con el objeto de realizar una revisión a las operaciones de administración de los bienes inmuebles entregados por EFE a INVIA S.A., ya sea para sus ventas o arriendos en virtud del mandato suscrito entre las partes. Asimismo, la revisión incluyó las ventas de bienes propios de INVIA S.A., los que fueron aportados por EFE, en los años 1997 y 1999, como parte de la constitución de la Sociedad. Cabe agregar que la revisión efectuada por este Organismo de Control no tuvo por objeto dar una opinión técnica del actuar de las empresas en cuestión, sino que estuvo orientado, principalmente, a revisar los procedimientos administrativos y, por tanto, consideró la revisión documental de las operaciones de la entidad y el examen del mandato, con el objeto de verificar que el actuar de INVIA S.A. y la Empresa de los Ferrocarriles del Estado haya estado de acuerdo a las políticas y procedimientos legales establecidos sobre la materia. UNIVERSO Y MUESTRA De la totalidad de las ventas de bienes de propiedad de EFE, efectuadas por INVIA S.A., entre el mes de enero de 2007 y marzo de 2008, ascendentes a $ 1.806.441.291, se revisó el 100% de los casos, los cuales, de acuerdo a los antecedentes proporcionados por INVIA, corresponde a 68 operaciones. Respecto de las ventas de bienes propios de INVIA S.A., el examen involucró las operaciones realizadas durante el 1° de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2007, revisándose 26 carpetas de ventas efectuadas en 67

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el año 2006, y 16 correspondientes al año 2007, por un total de $ 583.656.968.- y $1.302.153.876, respectivamente. En el período auditado, comprendido entre enero de 2007 y abril del año 2008, los ingresos por concepto de arriendos de inmuebles, comerciales y habitacionales, administrados por INVIA S.A., alcanzaron a $ 832.930.790, verificándose la totalidad de las rendiciones mensuales efectuadas por INVIA S.A. a EFE. Además, para el examen se consideraron los deudores morosos por concepto de arriendos comerciales, los cuales, según registros contables de EFE, alcanzaban la suma de $ 1.218.966.728.-, al 31 de mayo de 2008. Como resultado de la auditoría se emitió el Preinforme de Observaciones N° 191, de 2008, el que fue puesto en conocimiento de la Presidencia del Directorio de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado por Oficio N° 55.711, de 2008, siendo contestado mediante oficio GG 311/2008, de 2008, del Gerente General de EFE. Se exponen a continuación las observaciones consignadas en el citado Preinforme de Observaciones N° 191/08, conjuntamente con la respuesta entregada por el Gerente General de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, y las correspondientes conclusiones. 4.1 Cuenta corriente mercantil. Con fecha 13 de marzo de 2002, la Empresa de los Ferrocarriles del Estado con su filial INVIA S.A. suscribieron un "Contrato de Cuenta Corriente Mercantil", con el objeto de aumentar la disponibilidad de recursos financieros destinados a la gestión empresarial, de tal forma de facilitar la optimización del flujo de excedentes de cajas de ambas instituciones.

Este tipo de contrato se regula por el artículo 602 del Código de Comercio, en el que se estipula que el remitente de los fondos solamente será acreedor del saldo cuando se liquide y se apruebe la cuenta. Asimismo, ninguno de los interesados será acreedor ni deudor de suma alguna, mientras dure el contrato. El examen de cuentas de las operaciones amparadas bajo este contrato permitió establecer que dicho documento sólo está firmado por el Gerente General de EFE de la época, sin que cuente con la firma del representante de INVIA S.A. El Gerente General de INVIA S.A. con fecha 03 de enero de 2008, remitió una carta al Fiscal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, indicando la necesidad de regularizar el contrato de cuenta mercantil entre EFE e INVIA S.A., de tal forma, que mantenga el procedimiento actual y que a su vez ratifique lo obrado desde la fecha del contrato original hasta ahora, situación que al mes de junio de 2008, no había sido perfeccionado. Por otra parte, cabe señalar que el plazo de dicho contrato tiene una duración de 60 meses, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Sexta del mismo, no contemplándose ninguna forma de renovación 68

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automática, lo que significa que su vigencia vencía el 13 de marzo del año 2007. Además, se pudo determinar que tampoco se ha procedido a la liquidación definitiva de dicha cuenta corriente, de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Séptima del convenio. La cuenta "Documentos y Cuentas Empresas Relacionadas Largo Plazo", de los Estados Financieros individuales de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado –Matriz- así como los de INVIA S.A. –Filial-, presentan al 31 de marzo de 2008, un saldo de $5.272.064.245, a favor de INVIA S.A. Esta cifra está compuesta por $2.646.956.221, correspondiente a cobros de comisiones de INVIA S.A. a EFE y a gastos efectuados por cuenta de esa última, relacionados con el contrato de administración de bienes celebrado entre las partes, con una antigüedad que data desde el año 2004 y no cancelados a esta fecha. La diferencia corresponde a remesas efectuadas a EFE, y devoluciones de EFE a INVIA S.A. en los años 2004 y 2005, por una suma neta total de $ 2.625.108.024, las cuales fueron autorizadas por el directorio de INVIA S.A., bajo el marco del "Contrato de Cuenta Corriente Mercantil", de 13 de marzo de 2002, desglosado en la siguiente forma: FECHA 26.01.04 23.02.04 20.05.04 11.08.05 29.12.05

DETALLE Dev. Remesa EFE Dev. Remesa EFE Remesa a EFE Remesa a EFE Remesa a EFE TOTAL

MONTO -42.500.000 -25.500.000 150.000.000 1.543.108.024 1.000.000.000 2.625.108.024

El oficio de respuesta de EFE señala que este es un contrato consensual, es decir se perfecciona por el mero consentimiento de las partes, de manera tal que su constancia escrita no constituye en ningún caso una formalidad establecida por la ley para su validez o eficacia. Por lo mismo, todas las partidas de la contabilidad de las empresas (remesas) que cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 602 y siguientes del Código de Comercio, demuestran la existencia y vigencia de dicho contrato. La respuesta proporcionada por el Gerente General de EFE, es de carácter general, sin entregar antecedentes específicos respecto a la observación que se formula en el preinforme de esta Contraloría General, situación que no permite dar ésta por salvada. 4.2. Ventas 4.2.1. Rendiciones de cuentas por concepto de Ventas La Cláusula Vigésima Quinta del contrato establece que INVIA S.A., mensualmente debe rendir cuenta documentada de los dineros que perciba por la venta de los bienes inmuebles de EFE.

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El examen a dichas partidas permitió determinar que en algunos casos INVIA S.A. ha demorado hasta 49 meses, en efectuar dichas rendiciones. Por otra parte, según los registros contables de INVIA S.A., al 31 de marzo de 2008, existen fondos empozados por $ 88.929.046.correspondientes a ingresos percibidos por la empresa entre noviembre de 2007 y marzo de 2008, los cuales no han sido rendidos. Al respecto, cabe señalar que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, desconoce el uso que INVIA S.A. le da a estos dineros. Respecto de las situaciones expuestas, la Filial INVIA S.A. señaló que no existe un procedimiento escrito sobre rendiciones de cuentas, por lo que el criterio seguido para tal efecto, es enviar las remesas una vez que los dineros están disponibles en la cuenta corriente y, en el caso que la operación se haya pactado en cuotas, la rendición se hace cuando el comprador paga la última de ellas, procedimiento al que INVIA S.A. no siempre ha dado cumplimiento. Es menester hacer presente que el precio de venta está fijado en Unidades de Fomento y, que INVIA S.A. rinde a EFE en el valor de unidad de fomento a la fecha del pago efectuado por el comprador e ingresado en su cuenta corriente, independiente de la fecha en que efectivamente le hace la rendición de cuentas. Existen nueve ventas rendidas a EFE el 31 de marzo de 2008, por un monto total de $98.559.072, correspondientes a operaciones rezagadas de años anteriores, que se detectaron a raíz de una actualización del catastro de ventas al 31 de diciembre de 2007, originada en una petición de información de la Cámara de Diputados. Este procedimiento de rendición le significó a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado un menor ingreso por $54.635.474.Por otra parte, se comprobó que las comisiones por dichas ventas, expresadas en un porcentaje de ellas, fueron cobradas por INVIA S.A. en UF, al valor de la fecha de cobro. Respecto a esta observación el informe respuesta de la Empresa señala que, conforme ha sido la práctica constante y reiterada en esta materia, INVIA ha rendido y transferido a EFE los fondos por ventas, después de que éstos dineros están disponibles en la cuenta de INVIA o, bien, en caso de pago en cuotas de precio pactado, una vez que se paga la última cuota del precio de la compraventa. Se agrega que tales remesas se efectúan mediante depósito en la cuenta corriente de EFE. Si bien, en algunos casos estas remesas han superado el promedio de tiempo razonable, atendidos los procedimientos internos de contabilización, tales ventas han sido siempre oportunamente informadas a EFE. La respuesta entregada por la Empresa, no adjunta antecedentes que permitan dar por salvadas las observaciones formuladas. 4.2.2. Incumplimiento del Contrato de Administración De acuerdo a la revisión de las cláusulas contractuales del contrato de administración suscrito por EFE e INVIA S.A., se verificó 70

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que: -INVIA S.A. no ha dado cumplimiento a lo establecido en la Cláusula Vigésima Sexta, en lo relativo a remitir informes trimestrales sobre la política que mantendrá sobre ventas, proyectos inmobiliarios de los bienes inmuebles de EFE y que ésta le entregue en administración. - Tampoco ha dado cumplimiento a la Cláusula Vigésima Séptima, respecto de entregar mensualmente a EFE un Catastro actualizado de todos bienes que mantenga en proyectos de ventas. - Además no ha dado cumplimiento a lo estipulado en la Cláusula Décima Sexta, en el sentido a enviar a EFE un Plan Trimestral sobre Estudios y Proyectos Inmobiliarios probables de contratar. Sobre esta materia, la respuesta de EFE al preinforme señala que, los mecanismos de información contemplados en las cláusulas precitadas fueron reemplazados en la práctica por comunicaciones puntuales respecto de determinados proyectos o ventas, sin perjuicio de otros acuerdos más bien generales que se tradujeron en la adopción conjunta, al cierre de cada año, de los presupuestos anuales aprobados por los Directorios de ambas compañías, así como en la elaboración de algunos informes que dan cuenta del estado de los proyectos de ventas propuestos por INVIA. Agrega que como en todo contrato de ejecución permanente o extendida en el tiempo, es usual que algunas de las estipulaciones convenidas sufran modificaciones tácitas en función de la práctica contractual, adecuando los mecanismos predispuestos a la realidad comercial. La respuesta proporcionada por EFE no es satisfactoria, ya que no se hace cargo de las situaciones concretas observadas que se le han planteado por lo que no pueden darse por superadas. 4.3. Inconsistencia de registros Con respecto a las ventas efectuadas por INVIA S.A, correspondiente a bienes que forman parte de recintos ferroviarios, y que se enajenan por lotes, se verificó que en 12 de 18 casos revisados se presentaron diferencias, entre la información contenida en el catastro de bienes entregado por EFE, y la información revisada por esta Contraloría General en INVIA S.A. También se detectó que INVIA S.A. vendió el Lote A7 del recinto "Maestranza Chinchorro", en circunstancias que dicho bien, según anexo B del contrato de administración, aparece como bien en reserva de EFE, por lo cual no debió haber sido vendido. Cabe hacer presente que tal venta fue informada por INVIA S.A. a EFE en el mes de junio de 2005 y a la fecha de la auditoría, EFE no había tomado conocimiento que dicho bien fue vendido sin su respectiva resolución de prescindencia. Las discrepancias señaladas en los párrafos anteriores, determinan la falta de actualización de los datos contenidos en el catastro de bienes entregados por EFE a INVIA S.A., al mismo tiempo que implican 71

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deficiencias en el control que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado ejerce respecto a los activos incluidos en el marco del contrato de administración suscrito entre estas empresas, y, por lo tanto, constituyen riesgos que deben ser administrados para evitar situaciones lesivas para el patrimonio de la Empresa. Por otra parte, se comprobó que los registros maestros de activos fijos, relacionados con los bienes, terrenos y edificaciones, no cuentan con la información necesaria que permita controlar estos recursos, toda vez que el área de activo fijo de la Unidad de Contabilidad, no recibe información relacionada con los bienes que han sido declarados prescindibles por el comité constituido para tal efecto, como tampoco cuenta con información de los bienes en reserva de EFE, ni de las subdivisiones efectuadas en los recintos. En efecto, el área de activo fijo actualiza la información del Maestro de Activo, sólo cuando recibe la información de rendiciones de ventas que debe entregar INVIA S.A., procediendo a efectuar las bajas contables correspondientes, en cuanto a lotes y superficies vendidas. Cabe señalar que la información disponible en el citado Maestro, corresponde sólo al nombre del recinto y superficie disponible, no identificándose a que lote corresponde ya sea prescindible bajo mandato de venta o no prescindible. Cabe agregar que, los registros maestros de los bienes señalados precedentemente, no cuentan con la información sobre número de inscripción en el conservador de bienes raíces, como tampoco el número de rol de avalúo otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, ni las modificaciones producidas por los loteos y ventas de bienes inmuebles a través del tiempo, situación que no permitió cotejar la información proporcionada por los Conservadores de Bienes Raíces, de las distintas Comunas y Regiones del País circularizados al efecto. En relación a este punto, EFE responde que ha considerado realizar un levantamiento y ordenamiento de su activo fijo, a partir de la información que mantiene la unidad de contabilidad y los informes que INVIA deberá entregar como consecuencia del término del contrato de Administración. Asimismo, se informa que internamente se creará una unidad dedicada exclusivamente a la regularización y administración del activo inmobiliario. Respecto al procedimiento de traspaso de información a la unidad de contabilidad, la empresa manifiesta que se encuentra en proceso de elaboración un nuevo “Manual de Procedimiento” del Comité de Prescindencia -órgano interno encargado de analizar y proponer la conveniencia de enajenar o conservar para la operación ferroviaria determinados activos-. Dicha normativa considerará las herramientas que permitan que la Unidad de Contabilidad esté debidamente informada de las enajenaciones de las propiedades de EFE. Asimismo, señala que las diferencias en la información que posee EFE e INVIA, están dadas en gran medida por los proyectos de Subdivisión ejecutados por la filial, y que efectivamente no fueron ingresados al sistema de datos de la Unidad de Contabilidad, situación que se resolverá adoptando las medidas indicadas en los párrafos anteriores. El informe de respuesta reconoce que existen diferencias en la información de EFE con la de INVIA S.A., sin adjuntar antecedentes en que se analicen dichas diferencias, indicando la adopción de medidas tendientes a su superación, situación que en definitiva no permite dar por salvadas las 72

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observaciones. 4.4. Arriendos La fiscalización efectuada estuvo enmarcada principalmente al contrato suscrito entre INVIA S.A. y EFE, el 19 de enero de 2004, en la que esta última le encarga la administración y la asesoría en la gestión comercial de sus inmuebles. Cabe hace presente que la administración que realiza la citada filial, incluye la gestión de los contratos de arrendamientos comerciales y habitacionales, así como todos los derechos y obligaciones emanados de los respectivos contratos celebrados por tales conceptos, y de las acciones judiciales que deriven de los mismos.

4.5. Depósitos en cuenta corriente sin identificar Las rendiciones mensuales que efectúa INVIA S.A., presentan partidas no identificadas, que tienen su origen en el proceso de pago, a través de depósitos que deben efectuar los arrendatarios en la cuenta corriente de EFE N°155-25323-09, en que INVIA S.A. no ha recibido copia del comprobante respectivo, de acuerdo con los procedimientos establecidos, o que en dicho documento no se especificó claramente el nombre del arrendatario. Al 31 de mayo de 2008 existen depósitos no identificados en la cuenta corriente de EFE, por la suma de $ 34.865.307, de los cuales $ 18.523.284, corresponden a depósitos hechos en el año 2006, (53%), $11.141.705 del año 2007 (32%), y $ 5.200.318 el 2008 (15%).

4.6. Arriendos incobrables Según informe "Listado de Cobranza Judicial", proveniente del sistema computacional de arriendos administrado por INVIA S.A., los deudores morosos al 31 de mayo de 2008 alcanzaban a 207 que totalizaban la suma de $418.003.638, desglosándose en comerciales y habitacionales en la siguiente forma: 4.6.1 En relación a los arrendatarios comerciales los saldos deudores alcanzan a la suma de $ 361.773.424, concentrándose la mayor cantidad en 174 deudores con saldos de antigüedad de 885 días, ascendente a la suma de $258.393.630, representativa de un 71%. 4.6.2 Los arrendatarios habitacionales presentan saldos deudores que ascienden a la cifra de $ 56.230.214, correspondiendo la mayor cantidad a 94 de ellos, con saldo de antigüedad de 881 días, por la suma total de $ 41.845.105, que representa un 74%. Al respecto, INVIA S.A. informó que al 30 de junio de 2008, se habían iniciado juicios a 19 deudores (arrendatarios de recintos comerciales), los que en su conjunto tienen una deuda $ 49.893.714, según los 73

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registros contables.

4.7. Registros contables y control de deudores

Realizado un pareo entre los registros auxiliares del sistema contable de EFE llevado en plataforma SAP (Sistema, Aplicaciones y Productos), al 31 de mayo de 2008, con los saldos registrados en el sistema de administración y control de arriendos llevado por INVIA S.A., se determinó una diferencia ascendente a $ 572.123.994. El saldo contabilizado por EFE, alcanzaba a $ 1.218.966.728, y el saldo mostrado por el sistema de INVIA S.A., ascendía a $ 646.842.734. Se determinó que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, al 31 de Mayo de 2008, no había regularizado contablemente la situación de los arrendatarios que figuran como deudores morosos, en circunstancias que sus depósitos en la cuenta corriente de EFE, - por $7.688.560-, habían sido identificados e informados como tales por INVIA S.A. según la Unidad de Cobranza de la Sub- Gerencia de Tesorería, dichas partidas se mantienen pendientes de imputación debido a que la información proporcionada por INVIA S.A., se encontraba incompleta. 4.8. Circularización de deudores De un total de 207 arrendatarios morosos, según listado del sistema de INVIA S.A. al 31 de mayo de 2008, equivalentes a $418.003.638, se circularizó a 137 de ellos (66%). De 98 arrendatarios comerciales, equivalentes a $271.574 752, (65%), se obtuvo respuesta de cinco de ellos, los que en todos los casos señalaron no tener deudas pendientes con EFE. En relación a los deudores habitacionales, se circularizó a 39 con un saldo total de $39.835.622, que representa 9,5%, recibiéndose una sola respuesta, la cual señala que su canon de arriendo se le descuenta directamente de su jubilación y, por lo tanto, no tiene deuda pendiente. El análisis de la respuesta permitió verificar que, efectivamente, existen pagos a través del Instituto de Normalización Previsional – INP-, desde el año 2003 a la fecha. Al respecto, INVIA S.A. manifestó que por error había incorporado en sus registros a dicha persona. 4.9. Visitas a terreno y control de deudores En consideración a la baja respuesta a la circularización efectuada por esta Contraloría General, se procedió a visitar a 39 deudores morosos del Área Metropolitana. Dichas verificaciones en terreno permitieron establecer que la información que entregan los sistemas de INVIA S.A. y EFE no se encuentra actualizada y, además, contiene errores, es así como se determinaron: -Direcciones inexistentes, 74

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-Direcciones que corresponden al sitio en que se encontraban los recintos de estaciones, los cuales están actualmente desocupados o desarmados. -Direcciones en que no se ubicaron los arrendatarios que indica el sistema. También cabe mencionar que, en los registros de EFE aparece la empresa "Cargill Chile Limitada" con un saldo moroso de $ 34.728.440.-, la cual no fue ubicada en la dirección señalada en el sistema computacional, como tampoco tiene deuda pendiente con EFE, ya que ésta fue pagada en octubre de 2004. Los registros contables de EFE arrastran esta deuda desde agosto de 2002, la que correspondería a una morosidad por facturas pendientes que data desde el año 1997. Asimismo, INVIA S.A. registra en su sistema de información, deudores morosos, códigos SAP N°s 278, 717 y 887, por un monto total de $ 1.916.089, correspondiente al arriendo de los terrenos ubicados en Km. 29, ex Estación Los Guindos, Lote 4 , los cuales fueron vendidos por EFE en el año 1990, según consta en escritura de 25 de septiembre de 1990, inscrita a fojas 654 N° 760 año 1990, del Conservador de Bienes Raíces de Buin. 4.10. Contratos de arriendos no ubicados De 40 contratos de arriendo tanto comerciales como habitacionales revisados, de un total de 207 arriendos vigentes al 31 de mayo de 2008, no fueron habidos 19 de ellos. Sobre el particular, INVIA S.A. manifestó que dichos documentos no se encuentran en poder de esa Empresa por tratarse de contratos de antigua data. Esto evidencia que la Filial no ha dado cumplimiento a lo establecido en la Cláusula Décimo Cuarta del contrato de administración celebrado entre EFE e INVIA S.A., en que se estipula que dicha Filial deberá ejercer el control de la cartera de clientes, para lo cual deberá mantener un catastro actualizado de los contratos de arriendo vigentes e informar oportunamente a EFE de las incorporaciones y eliminaciones de la cartera. E s necesario hacer presente que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado no posee información integral respecto a la gestión efectuada por su filial INVIA S.A., con los bienes raíces entregados desde el primer contrato de administración, en 1996. En relación a esta materia, mediante oficio 24.764, de 29 de mayo de 2008, de esta Contraloría General se solicitó a EFE, que entregara a partir de sus sistemas de información, en forma integrada y relacionada, por cada uno de los contratos de administración celebrados con INVIA S.A, la siguiente información: -

Identificación de bienes entregados a INVIA S.A . Estado en que se encuentra el bien, esto es, vendido, arrendado, pendiente de rendición. En el caso de las ventas y arriendos, identificación de la rendición de INVIA S.A, indicando fecha y monto. Fecha y N° de cuenta corriente del depósito en EFE, por concepto de las rendiciones de INVIA S.A . Al respecto, la Empresa de los Ferrocarriles 75

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del Estado respondió mediante oficio GG N° 197, de 14 de Julio de 2008, que solamente podía efectuar una entrega parcial de lo solicitado, conforme a información contenida en el sistema SAP de la empresa, el que se puso en marcha el año 2003. El informe respuesta del Gerente General de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, precisa que, como ya fue informado por EFE a la CGR, por acuerdo del Directorio se determinó no renovar el contrato de administración que mantenía con INVIA, por tanto, a partir de enero de 2009, la Empresa se encargará de la administración de los arriendos dando con ello solución a varios de los temas mencionados en el Preinforme. Sobre esta materia resulta necesario puntualizar que, efectivamente, la Gerencia General de EFE, mediante oficio GG N° 300, de 02 de diciembre de 2008, informó a esta Contraloría General que está conciente de una serie de dificultades suscitadas durante la vigencia y ejecución del contrato “Administración y Gestión Comercial de inmuebles declarados prescindibles para la operación ferroviaria “, que fuera suscrito con la filial Inmobiliaria Nueva Via S.A. el 19 de enero de 2004, agregando que el Directorio de EFE en su Décima Sesión Ordinaria, celebrada el 30 de octubre de 2008, ratificó en todas sus partes el acuerdo adoptado por el Comité de Finanzas, en orden a no prorrogar el contrato referido, el que estará vigente sólo hasta el 19 de enero del próximo año. Respecto de los depósitos sin identificar y los arriendos incobrables, EFE señala en su respuesta que está gestionando la contratación de un sistema “Office Banking” mediante el cual se identificarán cada uno de los pagos y depósitos, además de emitir mensualmente informes que identifiquen a los arrendatarios morosos, para comenzar con las acciones pertinentes de cobro. En relación a los arriendos que actualmente están en condición de incobrables, se indica que INVIA S.A., está realizando las acciones necesarias para cobrar los cánones respectivos, acciones que EFE mantendrá una vez asumida en plenitud la administración de sus bienes.

En cuanto a los temas relativos a los registros contables y control de deudores, circularización de deudores, visitas a terreno y contratos de arriendos no ubicados, EFE informa que creará una Unidad interna que deberá llevar la contabilidad, control y administración de todas las propiedades en arriendo, con ésto se pretende regularizar todos y cada uno de los contratos que presenten problemas. Efectuado el análisis de lo informado por el Gerente General de EFE, se determinó que en dicha respuesta solo se señalan medidas que se tomarán a futuro, sin efectuar algún análisis que de cuenta de las diferencias cuantitativas que se señalan en el Preinforme N° 191/08; por lo tanto, se mantienen las observaciones planteadas. 4 . 1 1 . T a s a c i o n e s y ventas

OBJETIVO El objetivo general del examen consistió en efectuar una revisión y verificación de los valores estimados por los distintos tasadores a propiedades de EFE, de modo de evaluar estas valorizaciones y también 76

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su valor de venta. METODOLOGIA Para el examen se realizó una muestra selectiva, se analizaron los antecedentes que constan en poder de esta Contraloría General, se consideraron antecedentes tales como avalúos fiscales emitidos por el Servicio de Impuestos Internos y transferencias vistas en el Conservador de Bienes Raíces, se requirieron informes a las Contralorías Regionales de las regiones VIII, IX y XIV y se realizaron visitas a terreno.

MUESTRA SELECCIONADA Para el análisis descrito se practicó un examen selectivo de propiedades tasadas, cuyas ventas fueron rendidas por INVIA S.A en el período señalado. La

muestra

consultó

las

siguientes

propiedades:



ESTACIÓN

REGIÓN

LOTE

M2

FECHA TASACIÓN

1

ANGOL

IX

Lote 8

618,30

07.04.06

2

ANGOL

IX

Lote 6

3.619,25

07.04.06

3

TEMUCO

IX

Lote A-11

7.940,00

19.05.06

4

TEMUCO

IX

Lote A-12

7.294,00

19.05.06

5

GORBEA

IX

Lote 6E

3.373,88

09.05.06

6

CHOLGUAN

VIII

Retazo 1

9.033,920

22.09.05

7

CUNCO

IX

Lote 2 H

7.249,760

01.06.04

8

VALDIVIA

XIV

Lote 5

273,60

20.09.99

9

VALDIVIA

XIV

Lote 9

236,88

20.09.99

10

SAN FELIPE

V

Lote 18

503,20

21.02.05

11

SAN FELIPE

V

Lote 19

444,00

21.02.05

12

SAN FELIPE

V

Lote 12

499,50

21.02.05

4.11.1 Examen V Región

Propiedades Tasadas: - San Felipe, Lote 18 - San Felipe, Lote 19 - San Felipe, Lote 12 Luego del análisis de los antecedentes técnicos referidos a la materia tenidos a la vista, los que incluyen información referida al mercado de la época, además de los avalúos fiscales otorgados por el Servicio de Impuestos Internos, no cabe objetar el valor comercial estimado por el tasador para cada uno de los lotes. 77

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No obstante, analizados los precios de venta de estos lotes, como también, examinando otros valores de transacciones de sitios no considerados en esta muestra, se constató que la venta de los lotes 8, 9, 10 y 13, de esta estación, se efectuó a valores inferiores a los de su tasación. En efecto, el lote 8 fue valorizado en 1.420,80 UF y fue vendido en 1.220,66 UF; el lote 9 fue tasado a 700,96 UF y transado a 585 UF; el lote 10, tasado a 609,82 UF y vendido a 514 UF y el lote 13 tasado a 499, 43 UF y vendido a 441,76 UF. 4.11.2 Examen VIII Región Propiedad Tasada: -Cholguán, Retazo 1 De los antecedentes analizados y del Informe Técnico realizado por la Contraloría Regional del Bío- Bío, es posible señalar lo siguiente: ◊

Se realizó una tasación para este predio realizada por un tasador, valorización que indicó un monto superior al del avalúo fiscal otorgado en esa fecha por el SII.



Se aprecia la existencia de un mercado activo de propiedades de similares características a la valorizada, lo cual permitió recabar una mayor cantidad de antecedentes respecto al mercado de la época.



Considerando los antecedentes disponibles se realizó un análisis técnico sobre la materia y se verificó el estudio del mercado efectuado por el tasador, necesario para efectuar la valorización.



Se procedió a recabar, además, una mayor cantidad de información respecto a transacciones efectuadas en el período cercano al cual se efectuaron estas valorizaciones.



Del examen de los antecedentes que se disponen, de la verificación de las transacciones señaladas como referencias de mercado por el tasador, como también, del análisis de los nuevos antecedentes recabados, no cabe objetar la estimación del valor del predio realizada por el tasador a esa fecha.



En cuanto a su valor de venta, se constató que el lote fue vendido a un valor no inferior al valor de su tasación.

4.11.3 Examen IX Región Propiedades Tasadas: - Angol, Lote 6 - Temuco, Lotes A-11 y A-12 - Gorbea, Lote 6E - Cunco, Lote 2H De los antecedentes analizados, y del Informe Técnico realizado por la Contraloría Regional de la Araucanía, es posible señalar lo siguiente:

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Existe una tasación para cada uno de estos predios realizada por un tasador, cada una considerando montos superiores al avalúo fiscal.



Se aprecia un mercado activo en la zona, lo cual da cuenta las diversas transacciones realizadas.



Del análisis de los antecedentes disponibles, luego de verificar que las transacciones señaladas en las referencias de mercado de las distintas tasaciones corresponden a propiedades que poseen características técnicas similares a las de los predios en análisis, adicionando los nuevos antecedentes del mercado de la época recabados, no cabe objetar la estimación del valor del suelo otorgada por los peritos tasadores a los distintos lotes.



En cuanto a los valores de venta de estos predios, se constató que la venta del lote 6 de Angol y del lote 2H de Cunco se realizó pactándose montos superiores al valor de su tasación. La estación Gorbea fue comercializada al monto valorizado. No obstante, el valor al cual fueron vendidos los lotes A-11 y A-12 de la Estación Temuco es inferior en $ 53.303.597 al valor de su tasación.

4.11.4 Examen XIV Región Propiedades Tasadas: - Casa EFE, calle Federico Hettich N°320, sitio N°5. - Casa EFE, calle Toesca N°8, sitio N°9. De los antecedentes analizados que constan en poder de este Organismo, y del Informe Técnico realizado por la Contraloría Regional de los Ríos, es posible señalar lo siguiente: ◊

La venta de cada una de estas propiedades se realizó durante el año 2005 considerando informes de tasación realizados por un tasador el 20 de septiembre de 1999.



En cuanto a la valorización efectuada a la propiedad emplazada en el sitio N°9 de calle Toesca N°8, Rol 27-04, se constató que dicha tasación comercial fue inferior al avalúo fiscal otorgado a esa fecha por el Servicio de Impuestos Internos, lo cual resulta objetable. En efecto, dicha propiedad tenía un avalúo fiscal de $14.351.957 para el segundo semestre del año 1999, fecha en que se realizó dicha tasación; no obstante, su tasación comercial fue de $13.500.000.



En cuanto a los valores de venta, se constató que ambos sitios fueron vendidos en valores inferiores a los de su tasación. En efecto, el sitio N°5 de calle Federico Hettich N°320 fue vendido en $11.064.638, en circunstancias que se encontraba tasado comercialmente en $15.500.000. Asimismo, el sitio N°9 de calle Toesca N°8 se vendió en $9.546.356, no obstante estar tasado en $13.500.000.

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La venta de cada uno de estos sitios se realizó a un valor inferior al avalúo fiscal vigente para esas propiedades en el año 1999 y en el año 2005.

Del análisis técnico realizado con los antecedentes disponibles, sumado a los informes preparados por las distintas Contralorías Regionales es posible señalar lo siguiente: ◊

Los informes de tasación considerados en la muestra analizada, presentan una completa descripción del sector y entorno del lote y/o retazo valorizado, señalando y detallando las características del predio que se consideran relevantes para efectos de una tasación, tales como su localización, en zona urbana o rural, su cercanía a poblados o comunas de cierta envergadura y/o al centro de la comuna, sus accesos tanto locales como comunales, los usos de suelo permitidos, el grado de urbanización, y la topografía y forma del predio, entre otros, lo cual permite situar a los terrenos dentro del contexto en que se ubican.



Para el efecto de la valorización, los peritos tasadores aplicaron el método comparativo de transacciones de inmuebles de similares características en el período cercano a la realización de sus informes.



En las visitas inspectivas realizadas a cada uno de los sectores en análisis, y cuando fue posible, se recabaron mayores antecedentes que permitiesen precisar con mayor claridad el análisis de cada uno de los informes de tasación.



Respecto a las tasaciones de propiedades emplazadas en la V, VIII, IX y XIV regiones, y luego del análisis de los antecedentes que se disponen, no cabe objetar las estimaciones de valor de los distintos predios emplazados en la V, VIII y IX región. No obstante, la valorización comercial otorgada a la propiedad localizada en el sitio N°9, de calle Toesca N°8, de la ciudad de Valdivia, fue inferior al avalúo fiscal que le otorgó a esa fecha el Servicio de Impuestos Internos.



En cuanto a los valores de venta de los distintos predios, se constató que los lotes 8, 9, 10 y 13 emplazados en la comuna San Felipe, lotes A-11 y A-12 de la Estación Temuco y los sitios N°5 de calle Federico Hettich N°320 y N°9 de calle Toesca N°8, ambos de la comuna de Valdivia, fueron vendidos en valores inferiores a los de su tasación. En efecto, al comparar estos valores se pudo determinar una diferencia ascendente a $69.673.346.

Finalmente, es necesario mencionar, que, los sitios N°5 de calle Federico Hettich N°320 y N°9 de calle Toesca N°8 señalados, además de ser vendidos a un precio inferior a los de su tasación, se comercializaron en un monto

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inferior al mínimo establecido por el Servicio de Impuestos Internos para dichas propiedades. H. ISAPRE FERROSALUD

OBJETIVO La fiscalización tuvo por objeto realizar un examen a las operaciones realizadas entre la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y su filial Ferrosalud, durante el período comprendido entre enero de 2007 y el 31 de abril de 2008, por concepto de contratos y convenios vigentes. ANTECEDENTES GENERALES Isapre Ferrosalud S.A. es una sociedad anónima cerrada que se constituyó por escritura pública de fecha 18 de marzo de 1986, y su existencia fue autorizada por el Fondo Nacional de Salud mediante Resolución Exenta N° 3/f 1.596, de 22 de mayo de 1986, bajo Código N° 81, actuando como entidad prestadora de servicios de salud desde el 1 de diciembre de 1987. El objetivo de la sociedad es constituirse como Institución de Salud Previsional para el otorgamiento de prestaciones y beneficios de salud, ya sea directamente o a través del financiamiento de las mismas, en los términos y condiciones establecidos en el Decreto Ley N° 3.500, de 1980, y en el DFL N° 3, de 1981, del Ministerio de Salud y sus respectivas modificaciones, pudiendo, además, cooperar, colaborar o contribuir a los planes del Supremo Gobierno y especialmente a los de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado en materia de salud, en el ámbito de la investigación, la prevención, la educación, la recuperación, la rehabilitación y demás vinculados a su objeto fundamental definido. El capital social de esta empresa pertenece en un 99,85% a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, en tanto que el 0,15% restante se divide en nueve accionistas minoritarios. Su administración recae en un directorio integrado por 5 miembros representantes de EFE, quienes delegan su autoridad en el Gerente General. Ferrosalud contaba con la empresa filial Servicios Clínicos del Pacífico S.A. (SERPACIF), la cual fue creada con fecha 22 de septiembre de 1992 y cuyo objeto inicial era la prestación de servicios médicos en todas sus áreas y especialidades, siendo inicialmente de propiedad de Ferrosalud en un 99%. Con fecha 2 de mayo de 2006, en Junta General Extraordinaria de Accionistas de SERPACIF S.A., se modificó el nombre de la sociedad a Servicios del Pacífico, y su objeto a la prestación de servicios en el área inmobiliaria. A la fecha de esta revisión, los principales accionistas de SERPACIF son Ferrosalud S.A. e Inmobiliaria Nueva Vía S.A, ambas filiales de EFE, con un 50,99% y 48,99% de participación respectivamente. ANALISIS ESTADO DE RESULTADO Los Estados Financieros Consolidados al 31 de diciembre de 2006 y 2007, auditados por profesionales independientes, presentan 81

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una Pérdida Acumulada de M$947.527 y una Utilidad del Ejercicio de M$130.079 para el año 2007, un 16,11% menos que la utilidad del año 2006, la cual ascendió a M$155.052. En el siguiente cuadro se detallan los resultados obtenidos por la empresa y su filial, durante los períodos terminados al 31 de diciembre de 2006 y 2007. RESULTADO OPERACIONAL MARGEN DE EXPLOTACION Ingresos de Operación Costos de Operación (menos) Gastos de Administración y ventas (menos) RESULTADO NO OPERACIONAL Ingresos No Operacionales Egresos No Operacionales Corrección Monetaria RESULTADO ANTES DE IMPUESTO A LA RENTA Impuesto a la Renta Interés Minoritario UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO

31-12-2006 (M$) -244.337 809.180 3.838.806 3.029.626 1.053.517 449.280 815.300 -370.901 4.881 204.943 -50.154 263 155.052

31-12-2007 (M$) -591.168 757.210 4.991.826 4.234.616 1.348.378 739.556 843.159 -127.758 24.155 148.388 -20.466 2.157 130.079

Para ambos períodos, la Isapre presenta un resultado operacional negativo, el cual ascendió a M$591.168.- en el 2007, lo que representa un aumento de la pérdida en un 141,95% en relación al 2006. Durante el período 2007 los costos de operación y los gastos de administración y ventas totalizaron M$5.582.994.-, lo que representa un 11,84% más que los ingresos operacionales. Igual situación se puede observar durante el 2006, ya que este ítem totalizó un monto de M$4.083.143.-, un 6,36% más que los ingresos de explotación. Este aumento de los costos operacionales en un 36,7% respecto al año 2006, se debe principalmente a un incremento en los costos de Prestaciones de Salud y Subsidios por Incapacidad laboral en M$599.997.- y M$600.114.- respectivamente. Asimismo, los gastos de administración y ventas aumentaron durante el 2007 en un 27,99%, debido al incremento de las remuneraciones del personal de venta, indemnizaciones, encomiendas y correos, gastos computacionales, gastos en telefonía y energía, castigo de incobrables, multas e intereses, entre otros. En relación a los resultados no operacionales, éste es positivo en ambos períodos, presentando para el año 2007 un monto de M$739.556.-, un 64,61% más que el año 2006, el cual ascendió a M$449.280.-, lo cual se debe a que la empresa durante el año 2007, no incurrió en costos por “Administración Accidentados” ni en gastos por “Reservas Técnicas Futuras Eventualidades”, gastos que durante el año 2006 sumaron M$220.423.Cabe señalar que los ingresos no operacionales se producen principalmente por concepto de convenios que la Isapre mantiene con EFE, por la atención y servicios necesarios para la prevención y recuperación de las lesiones causadas por accidentes y enfermedades profesionales de sus trabajadores, la atención médica de sus ex trabajadores jubilados por 82

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accidentes de servicio y la atención médica de pasajeros accidentados de dicha empresa, al arriendo suscrito con EFE de 44 locales comerciales de propiedad de Ferrosalud, y al arriendo del Hospital Barón, ubicado en Valparaíso, contrato suscrito con el Hospital Clínico de la Universidad de Chile. Debe destacarse que los resultados financieros positivos de Ferrosalud no emanan de su resultado operacional, sino más bien de los ingresos no operacionales derivados de convenios, en su mayoría, suscritos con su accionista mayoritario EFE. En relación a lo anterior, la Superintendencia de Salud ha observado que estos contratos no se ajustarían plenamente al giro de la Isapre y además, la citada Superintendencia ha efectuado fiscalizaciones con el objeto de examinar la operación y registro contable de estos convenios médicos y ha impartido instrucciones sobre el registro en la contabilidad de los gastos de administración atribuibles a éstos. Asimismo, la Empresa de los Ferrocarriles del Estado en su Sesión Ordinaria de su Directorio N° 21, de fecha 21 de noviembre de 2007, acuerda por unanimidad, llamar a licitación los servicios de atención, prevención y mutualidad para trabajadores de EFE, autorizándose a terminar los contratos actualmente vigentes con la Isapre Ferrosalud, una vez que entren en vigencia los nuevos servicios que los reemplacen. 1.- Venta de Isapre Ferrosalud Con fecha 31 de enero de 2008, en Sesión Ordinaria N°1, el Directorio de EFE acuerda “proceder a la desvinculación del negocio de los seguros de salud, para lo cual se procederá a licitar la venta de la Isapre, ya sea como empresa en marcha o de la totalidad de su cartera de afiliados”. Por otra parte, en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de Febrero de 2008, el Vicepresidente del Directorio de Ferrosalud informa sobre la comunicación formal enviada por EFE, del acuerdo de llevar a cabo la venta o transferencia de la cartera de afiliados de la Isapre, mediante un proceso de licitación pública, para cuyo efecto se solicita al Directorio de Ferrosalud llamar a dicha licitación y realizar las demás actuaciones conducentes a este propósito. En relación a esta licitación de la cartera de afiliados y contratos de salud previsional a la que convocó la Isapre, no se presentaron oferentes, por lo que el 28 de marzo de 2008, en acta de sesión de Directorio de Ferrosalud se acuerda proponer a la Junta General Extraordinaria de Accionistas declarar desierta la licitación pública e iniciar un período de negociación directa con las tres instituciones que adquirieron las bases. Producto del fallido proceso de venta de la cartera, EFE decidió retirarse de la actividad relacionada con los seguros de salud, mediante la licitación de sus acciones en la sociedad, y con fecha 12 de junio de 2008, en Junta Extraordinaria de Accionistas de la Isapre, solicita la disminución del capital social mediante el retiro de parte de su aporte, el que se le pagará con los bienes raíces ubicados en Exposición N° 85, Estación Central, y el Hospital Barón, ubicado en Valparaíso, además de las acciones de SERPACIF S.A. de que es dueña la Isapre, y los derechos litigiosos en el juicio caratulado “Isapre Ferrosalud S.A. con Asesorías e Inversiones Transvaldivia S.A.”, y en el juicio penal contra don Ruperto Olivares 83

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Lazcano, por un valor total de M$821.114.Asimismo, se acordó aumentar el capital social en M$822.265.-, cuyas acciones serán suscritas por EFE y deberán ser pagadas por el adjudicatario de la compra de acciones que licita EFE, con el objetivo de mantener el capital mínimo que exige la Ley de Isapres. Finalmente, con fecha 9 de julio de 2008, en Séptima Sesión Extraordinaria del Directorio de EFE, se acordó aceptar la oferta de “NRG Inversiones” por la compra de la totalidad de las acciones que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado tiene en Isapre Ferrosalud S.A., por haberlas suscrito y pagado, facultando al Gerente General de la empresa para adjudicar la licitación efectuada a su respecto, suscribir el contrato y demás documentos necesarios para materializar la venta de tales acciones, así como para convenir y realizar todo cuanto sea necesario o útil para llevar a efecto este acuerdo, por un monto total de M$590.000.2.- Procesos judiciales De acuerdo con Informe emitido por el asesor legal de la Isapre don Juan Pablo Lorenzini, al 16 de mayo de 2008, existían 7 juicios pendientes, cuya cuantía estimada era de M$193.950.En este contexto, se emitió el Preinforme de Observaciones N° 135/08, en el que se señalan las observaciones producto de la fiscalización, el cual fue contestado mediante oficio G.G. N° 285/08, del Gerente General de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado. A continuación se exponen las observaciones consignadas en el citado preinforme, conjuntamente con las respuestas entregadas por el Gerente General de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, y sus correspondientes conclusiones.

3. Examen de cuentas 3.1. Pago indemnizaciones personales Producto de la licitación de la cartera de Ferrosalud, el Directorio de la Isapre en acuerdo N°3 de Sesión Extraordinaria de 27 de febrero de 2008, conviene finiquitar a la totalidad de los agentes de venta de la Isapre, pagándoles la indemnización legal correspondiente más un premio equivalente a un 30% bruto de dicha indemnización, sujeto a determinadas condiciones. En efecto, se verificó que entre los meses de febrero y marzo de 2008 se procedió al despido de 106 trabajadores pertenecientes al área comercial, lo que significó un desembolso de M$104.152.- por pago de indemnizaciones. De la revisión selectiva a las carpetas de los trabajadores finiquitados, se observó que la empresa pagó a doña Paola Solange Torres Peña la suma total de M$9.657.-, por los servicios prestados desde el 4 de enero de 2007 al 30 de abril de 2008, por la causal establecida en el Art. N° 159, N°1, 84

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del Código del Trabajo, es decir, por mutuo acuerdo de las partes, dejando constancia en el finiquito respectivo, que renuncia expresamente al fuero laboral. Por otra parte, de la muestra seleccionada, la empresa no entregó información sobre los señores Jorge Chacano y Juan Coronado Salazar, como tampoco el respaldo contable respecto del pago de M$4.186 correspondiente al finiquito de don Jorge Chacano. En relación a esta materia la Empresa de los Ferrocarriles del Estado señala en su respuesta que, efectivamente, las carpetas referidas a estas dos personas no fueron entregadas oportunamente, por cuanto se encontraban archivadas en la bodega de inactivos de Ferrosalud, adjuntándose una copia de los documentos aludidos. Al respecto se debe señalar que los antecedentes de las personas en cuestión, serán revisados por esta Contraloría General, en futuras fiscalizaciones que se realicen a la empresa, conforme a la política de seguimiento de sus auditorías.

3.2. Término de convenios entre EFE y Ferrosalud Tal como se señaló anteriormente, el resultado positivo de Ferrosalud se debe a sus ingresos no operacionales, producto de convenios y contratos de arriendo. Al respecto cabe señalar lo siguiente: Con fecha 28 de marzo de 2008, EFE y Ferrosalud acuerdan poner término anticipado al Convenio de Asistencia Médica, Administrativa y Técnica para accidentados de EFE y al Convenio Prevención Enfermedades Profesionales y Accidentes del Trabajo a contar del 1 de mayo de 2008, por lo cual EFE pagó a Ferrosalud una indemnización de M$69.216.- y M$17.000.- respectivamente. El término de los convenios señalados se enmarca dentro del proceso de desvinculación de EFE del negocio de la salud. Con fecha 29 de abril de 2008, el Hospital Clínico de la Universidad de Chile comunicó a la Isapre el término del contrato de arrendamiento respecto del inmueble ubicado en Av. Diego Portales N° 449, Cerro Barón, Valparaíso, a partir del 1 de julio de 2008. Producto del término anticipado de este contrato, la Universidad de Chile acordó pagar a Ferrosalud la suma de UF 12.000, la que se pagará imputando a ella hasta extinguirla, deudas de Ferrosalud existentes a la fecha del término anticipado del contrato de arriendo y las deudas por existir en el futuro a favor del Hospital, con ocasión de las prestaciones médicas que preste a afiliados y beneficiarios de Ferrosalud y que la Isapre esté obligada a pagar, según se establece en contrato de fecha 30 de junio de 2008. De acuerdo con lo anterior, para la compensación de la deuda se incluyeron facturas adeudadas por un monto total de M$181.597, equivalentes a UF 8.966,55, quedando como deuda efectiva del Hospital UF.3.033,45, la que se pagará con futuras prestaciones.

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El informe respuesta no proporciona antecedentes suficientes que permitan tomar conocimiento sobre las prestaciones entregadas por el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, que den por compensadas las diferencias antes mencionadas. 3.3. Examen de los ingresos no operacionales de Ferrosalud En lo relativo a las transferencias de fondos informados por EFE y a los ingresos percibidos por Ferrosalud, durante el período comprendido entre enero y abril de 2008, se determinó lo siguiente: Ferrosalud informó haber recibido por parte de EFE, ingresos por un monto total de M$1.120.538.-, correspondientes a convenios de salud y cotizaciones previsionales. Al respecto, la Empresa de los Ferrocarriles del Estado informó haber transferido a Ferrosalud, por los mismos conceptos y durante el mismo período la suma de M$822.342.-, determinándose una diferencia de M$298.195.La información entregada por ambas empresas corresponde al siguiente detalle:

CONCEPTO Año 2007 Enero a Abril de 2008 Totales

FERROSALUD (M$) 838.370 282.168 1.120.538

EFE (M$) 613.720 208.622 822.342

DIFERENCIA (M$) 224.649 73.546 298.195

Al respecto, cabe señalar que no fue posible conciliar los ingresos informados por Ferrosalud, por un monto de M$409.755.-, con los egresos informados por EFE. Tampoco fue posible conciliar egresos de EFE por un monto de M$108.693.-, con los ingresos informados por Ferrosalud.

El examen abarcó la totalidad de los ingresos informados por Ferrosalud, verificándose que éstos efectivamente correspondían a los conceptos anteriormente señalados y que los montos fueron registrados y depositados en la cuenta corriente N°3239830 del BCI, de la empresa. Respecto de los egresos informados por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, se determinó la inconsistencia entre la información contable y la información proporcionada por la unidad de Tesorería de EFE. Es así como para el año 2007, se contabilizaron pagos efectuados a Ferrosalud por un monto de M$613.720.- y los registros de Tesorería muestran pagos por M$1.068.888.- por igual concepto y período, existiendo una diferencia de M$455.168. La respuesta entregada por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado reconoce la existencia de diferencias en los criterios de elaboración de la información relativa a la transferencia de recursos desde esta empresa hacia Ferrosalud, situación que provocó la omisión de cifras ascendentes a M$317.256 y M$18.234, por parte de EFE y Ferrosalud, respectivamente. Por otra parte, en relación a la inconsistencia 86

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detectada entre la información contable y aquella proporcionada por la unidad de tesorería, respecto a los pagos efectuados a Ferrosalud durante el ejercicio 2007, cabe señalar que EFE procedió a depurar la información entregada originalmente por la unidad de tesorería a esta Contraloría General, estableciéndose que el monto de los pagos efectuados por dicha empresa alcanzó a los M$838.119, suma que incluye M$224.399.- por concepto del pago de las cotizaciones previsionales al personal indemnizado por la Ley 19.170, el cual no fue incluido en la información contable proporcionada a esta Contraloría General.

La información que se proporciona en el informe respuesta es sólo de carácter cuantitativo, por ende, no permite salvar la observación planteada, mas aún, cuando EFE, en su respuesta viene señalando que la información que se proporcionó a la Contraloría fue extraída directamente del sistema SAP, (sistema de información contable oficial de EFE) sin análisis. 4. Observaciones de la Superintendencia de Salud De la revisión efectuada a las principales conclusiones e instrucciones de tipo financiero contable, contenidas en los oficios e Informes emitidos por la Superintendencia de Salud, es posible señalar lo siguiente: Mediante Oficio Ordinario SS/N°7378, de 20 de diciembre de 2007, la Superintendencia de Salud instruyó a la Isapre la elaboración de un Plan de Ajuste y Contingencia, debido a irregularidades observadas producto del retraso en la presentación de sus Estados Financieros y de la falta de confiabilidad de la información contenida en ellos, aplicando una multa de 500 UF. A la fecha de esta revisión, dicho Plan se encontraba en ejecución y bajo la supervisión de ese Organismo de Control. En efecto, de acuerdo con lo expuesto en las notas a los Estados Financieros al 31 de diciembre del año 2007 y lo informado por la gerencia de la Empresa, dichas irregularidades se debían a que algunos valores en el asiento de apertura del año 2007, no eran concordantes con los saldos auditados el año 2006, existiendo diferencias entre los valores registrados contablemente y los registros operacionales. 5. Adulteración de cheques Existieron irregularidades cometidas por el Contador General de la Isapre, por lo cual Ferrosalud interpuso una querella en su contra por el delito de falsificación de documentos y estafa. Las mencionadas irregularidades corresponden a la adulteración de seis cheques duplicados y cobrados indebidamente por un monto de M$1.472. 6. Contrato de permuta de bienes inmuebles entre INVIA S.A. y FERROSALUD S.A. Inmobiliaria Nueva Vía S.A. suscribió un contrato de arrendamiento con su matriz EFE, de fecha 2 de agosto de 2002, por una porción de terreno equivalente a 596,99 m2 aproximadamente, correspondiente a la superficie construida que rodea al retazo N° 3 y que forma parte del recinto denominado Alameda, comuna de Estación Central, que tiene una superficie total aproximada de 1.386 m2. La duración de este contrato es de 30 años. 87

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Con fecha 28 de agosto de 2002, INVIA S.A. traspasa mediante contrato de permuta y transacción, la propiedad descrita anteriormente a Ferrosalud S.A., y ésta, a su vez, traspasa a INVIA S.A. el inmueble que forma el lote N° 56 en el que se sitúa el Servicio Ferroviario de Salud de Coquimbo y que se encuentra ubicado en el recinto de la Estación Ferroviaria de la comuna del mismo nombre. En dicho contrato se establece que para ese efecto ambos bienes tienen un avalúo de M$157.070. Además, estipula que Ferrosalud S.A. declara conocer el contrato de arrendamiento celebrado entre INVIA S.A. y EFE, y se obliga expresamente a respetarlo íntegramente en todas sus cláusulas. Posteriormente, con fecha 13 de diciembre de 2004, se suscribe una rectificación a la permuta y transacción entre INVIA S.A. y Ferrosalud S.A., en la cual se estipula que por un error mecanográfico e involuntario, se consignó en la escritura anterior, que el rol de avalúo del inmueble ubicado en el recinto denominado Alameda, comuna de Estación Central, era el N° 575-05, en circunstancias que el N° correcto es el 575-06, lo que motivó una confusión y pago erróneo de contribuciones. Lo anterior, significó además, la modificación del avalúo del bien, de M$157.070 a M$715.762.Al respecto, corresponde señalar que de acuerdo a la respuesta elaborada por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, las situaciones antes descritas se encontraban debidamente regularizadas a la fecha de esta visita. No obstante, es necesario reiterar que los datos consignados en el preinforme de observaciones respecto a la modificación del avalúo indicado en el párrafo anterior, consta en las escrituras de permuta y transacción de 2002, foja N° 3, y en la de rectificación de 2004, foja N° 4, situación que deberá ser investigada por EFE.

I. FERROCARRILES SUBURBANOS DE CONCEPCIÓN –FESUB-.

El examen practicado a las partidas incorporadas en los Estados Financieros durante los períodos comprendidos entre los años 2004, 2005, 2006 y 2007, de la Empresa de Ferrocarriles Suburbanos de Concepción S.A. -FESUB, permitió determinar algunas inconsistencias provenientes de los estados financieros, que surgen de la comparación de la información registrada en el sistema SAP, con la presentada a la Superintendencia de Valores y Seguros, SVS. Al respecto, se verificó que tales diferencias se producen a nivel de total de activos y pasivos, producto de que el sistema SAP no incorpora en este tipo de presentación la información financiera de las cuentas de orden ni tampoco clasifica correctamente las cuentas que corresponden a activos y pasivos, tales como: “Deudores Varios”, “Gastos Anticipados”, “Otros Activos Fijos”, “Intangible”, y en las de Pasivo identificadas como “Cuentas por Pagar”, “Retenciones”, “Documentos y Cuentas por Pagar de Empresas Relacionadas” y las cuentas de Patrimonio denominadas “Utilidades Retenidas” y “Sobreprecio en Venta de Acciones Propias”. Se puede agregar que de acuerdo a lo manifestado por la funcionaria a cargo del registro contable y elaboración de los estados financieros de la empresa, ella desconocía que el sistema contable -Sistema SAP-, permitía obtener un balance clasificado directamente, ante lo cual realizaba 88

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una reclasificación extracontable de los saldos registrados en el sistema SAP, en una planilla excel, para posteriormente incorporar esa información en las Fichas Estadísticas Codificadas Uniformes –FECU-. Lo anteriormente expuesto afecta la integridad y confiabilidad de la información que emana del sistema contable –SAP- que mantiene la Empresa Ferrocarriles Suburbanos de Concepción S.A. –FESUB-. El informe respuesta señala, que si bien para el período analizado, comprendido entre los años 2004 y 2007, efectivamente existen diferencias entre lo registrado en el sistema SAP y lo informado a la SVS, los ejercicios financieros motivo de revisión fueron debidamente auditados por los Auditores Externos de la época sin presentar reparos al respecto, ya que tal cual se indica, se utilizaron informes extra sistema solamente para reclasificar las partidas mencionadas, sin alterar los datos de origen. J. CONTRATOS SUSCRITOS ENTRE EFE Y METRO REGIONAL DE VALPARAISO, MERVAL. Al verificar el detalle de contratos vigentes entre EFE y su relacionada Merval, se detectó la existencia de 9 contratos, de los cuales 5 se encontraban a la fecha de la auditoría pendientes de formalización y algunos de ellos en borrador, según el siguiente detalle: Contratos Contrato de Acceso Ferroviario Red EFE para el transporte de pasajeros EFE y MERVAL Convenio sobre reembolso de gastos de mantenimiento infraestructura ferroviaria corredor puerto Limache MERVAL Y EFE Convenio sobre financiamiento del IVA MERVAL y EFE Declaración y reconocimiento de deuda UF 10.889,10 Declaración y reconocimiento de deuda US$ 9.460.140,87 Declaración y reconocimiento de deuda UF 1.007.405. Declaración y reconocimiento de deuda US$ 57.520.332, 50

Fecha

diferido automotores MERVAL A EFE por 23.09.2005 MERVAL A EFE por 23.09.2005 MERVAL A EFE por 23.09.2005 MERVAL A EFE por 23.09.2005

Acuerdo sobre delegación de facultades EFE y MERVAL Contrato EFE Y MERVAL, mandato especial de administración, EFE asume calidad de mandante y Merval de mandataria

30.06.2005 01.12.1996

Observación Contrato formalizado Contrato borrador formalizado Contrato borrador formalizado Contrato formalizado Contrato formalizado Contrato formalizado Contrato formalizado Contrato formalizado Contrato formalizado

no en no en no no no

Analizados algunos de estos contratos suscritos entre la Empresa de los Ferrocarriles del Estado –EFE- y Metro Regional de Valparaíso –MERVAL-, se pudo determinar lo siguiente: 1. Contrato de Acceso Ferroviario Red EFE para el transporte de pasajeros EFE y MERVAL: El presente contrato tiene por objeto otorgar a Merval el derecho para usar las líneas férreas e infraestructura ferroviaria Limache – Puerto en la V región, y para efectuar transporte ferroviario de pasajeros. Asimismo, regula respecto de Merval, la aplicación del régimen y condiciones establecidas por EFE en materia de uso y conservación de las líneas férreas e infraestructura ferroviaria de su propiedad, la operación y tránsito de trenes de carga y pasajeros, los 89

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derechos y obligaciones en relación con los usuarios de dichas líneas férreas e infraestructura ferroviaria, tanto respecto de EFE, como entre si, y, en general, las demás materias propias de un escenario de concurrencia de múltiples porteadores ferroviarios independientes en una misma red. En lo específico EFE le otorga a MERVAL el derecho de circular en el corredor ferroviario de doble vía férrea comprendiendo entre las estaciones de Limache y Puerto en Valparaíso, cumpliendo con todas las condiciones económicas, de operación y de uso. Cabe señalar que a junio de 2008 este contrato no se encuentra formalizado en las dependencias de MERVAL, ni en calidad de borrador, encontrándose dicho documento en las mismas condiciones en EFE, para su debida aprobación y formalización. Al respecto, el Acta de Directorio de Merval N° 236, de 2005, y el Acta N° 238, de 2006, dejan estipulada la aprobación del Contrato de Acceso Ferroviario Red EFE para el transporte de pasajeros entre EFE y MERVAL, para que éste sea prontamente firmado. No obstante esta situación, EFE cumple mensualmente con remitir a MERVAL la facturación de cobro por el uso de las líneas férreas e infraestructura ferroviaria, sin percibir ningún pago por ello. Cabe señalar, que según registros identificados en el sistema SAP la deuda asciende a M$2.876.451, a junio de 2008.

2. Convenio MERVAL -EFE sobre reembolso de gastos de mantenimiento de infraestructura ferroviaria corredor Puerto - Limache. MERVAL celebró con terceros diversos contratos cuyo objeto es hacer el mantenimiento necesario a los diversos componentes del sistema e infraestructura ferroviaria, obligándose al pago de los servicios desarrollados por los terceros contratistas. En consecuencia, EFE concurrirá a soportar los pagos que debe efectuar MERVAL a los distintos contratistas y proveedores que desarrollan el mantenimiento de los sistemas, o, que deban suministrar los servicios necesarios para la debida operación ferroviaria. Cabe señalar, que este contrato no se encuentra formalizado en las dependencias de MERVAL, permaneciendo en calidad de borrador, encontrándose en las mismas condiciones en EFE, para su debida aprobación y formalización. No obstante, MERVAL realiza mensualmente las gestiones de cobro a EFE, sin obtener ningún pago por estos conceptos. Cabe señalar que la deuda registrada en sistema SAP asciende a M$2.817.770, a junio de 2008. 3. Declaración y reconocimiento de deuda MERVAL a EFE El año 2002 MERVAL suscribió 2 créditos con los bancos BNP Paribas y Societe Generale, con el objeto de financiar el “Contrato de provisión de material rodante y su garantía de dos años”. Mediante el decreto exento N° 403, de 2005, y sus modificaciones contenidas en decreto exento N° 574, de.2005, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y del Ministerio de Hacienda, EFE fue autorizada a prepagar la deuda que MERVAL mantenía en 90

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relación con el proyecto “IV Etapa”. Por medio del Contrato de Declaración y Reconocimiento de Deuda de fecha 23.09.2005, MERVAL reconoce adeudar a EFE, dos créditos pactados en unidades de fomento y dos créditos pactados en dólares, según el siguiente detalle: - UF 1.007.405, obligándose a pagar esta deuda en 96 cuotas mensuales a contar de septiembre de 2007. Contrato formalizado. - US$ 57.520.332, 50, obligándose a pagar esta deuda en 96 cuotas mensuales a contar de septiembre de 2007. Contrato formalizado. - UF 10.889,10 obligándose a pagar esta deuda en 14 cuotas mensuales a contar de septiembre de 2006, y la última en octubre de 2007. Contrato no formalizado. - US$ 9.460.140,87, obligándose a pagar esta deuda en 96 cuotas mensuales a contar de diciembre de 2007. Contrato no formalizado. En relación a estos contratos de declaración y reconocimientos de deuda, EFE mensualmente remite el cobro a MERVAL, según lo señalado en dichos convenios, sin obtener por parte de su empresa relacionada pago por estos conceptos. Cabe señalar que la deuda registrada en el sistema SAP, asciende a M$67.152.493, a junio de 2008. El informe respuesta menciona, que en relación a los contratos entre EFE y MERVAL, ambas partes registran contablemente los derechos y obligaciones que se generan mutuamente, conciliándose mensualmente los saldos entre empresas relacionadas. La recuperación de estos valores por cobrar o por pagar no produce efectos patrimoniales a nivel de Estados Financieros Consolidados. La respuesta de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, si bien entrega la operatoria contable, no proporciona antecedentes o analisis de cuentas, que permitan dar por salvada la observación, por lo tanto, ella se mantiene en todas sus partes. K. SITUACION FINANCIERA DE EFE AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2008 1. Estado de resultados

De acuerdo con los Estados Financieros Consolidados al 30 de septiembre de 2008, EFE presenta una Pérdida Acumulada de M$1.124.099.286, y una Pérdida del Ejercicio de M$33.468.545, las que para el periodo 2007 fueron de M$1.083.727.011 y M$40.379.551, respectivamente. En relación a los Resultados Operacionales, éstos son negativos para ambos periodos, registrando una disminución en el 2008 de un 19,01%, equivalente a M$8.040.809, que se explica por disminuciones tanto en los gastos de administración y ventas, costos de explotación, como en los ingresos operacionales, los cuales fueron de un 35,49%, 25,11% y un 37,85%, respectivamente. Con respecto a los Resultados No 91

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Operacionales, éstos disminuyeron en un 59,60% durante el periodo 2008, principalmente por una variación en el item diferencia de cambio, la cual de una utilidad de M$10.074.325, en el 2007, pasó a una pérdida de M$19.459.261, en el 2008, por variación del dólar. 2. Balance general En relación al Balance General, las principales variaciones se producen en el Activo Circulante, el cual aumentó durante 2008 en un 50,67% en comparación al 2007, debido principalmente a variaciones en las cuentas Deudores Varios, que aumentó un 121,59% en relación al 2007, ya que se recibió un aporte fiscal de M$3.064.505, contemplado en la Ley de Presupuestos para la Rehabilitación del Ferrocarril Arica - La Paz; Otros Activos Circulantes, el que aumentó en un 153,27%, debido a un aumento en los pactos de retrocompra y en el Disponible, el que presenta un saldo superior en un 272,68% en comparación al 2007. Por otra parte, durante el 2008, el rubro Otros Activos presentó una disminución de M$21.211.041, un 34,18% menos que el 2007, principalmente por una variación en los Deudores a Largo Plazo por aportes recibos durante el 2008, los cuales corresponden a M$4.500.000, para el financiamiento del componente vial efectuadas por la empresa en el proyecto BIOVIAS, y M$13.478.000 por aporte fiscal libre. Con respecto al Pasivo Circulante, las variaciones más importantes corresponden a las obligaciones con bancos e instituciones financieras que, a septiembre de 2008, totalizaron M$60.779.218, un 17,98% más en relación a diciembre de 2007, debido a que EFE, con fecha 17 de junio de 2008, suscribió un Convenio de Crédito Financiero de Enlace con la Societé Genérale por un monto total de US$ 30.000.000, el cual es parte integrante de un refinanciamiento de largo plazo por US$ 370.000.000, el cual se firmó con fecha 30 de septiembre de 2008. Su Pasivo Largo Plazo se vió afectado por la variación experimentada por la cuenta Documentos y Cuentas por Pagar a Empresas Relacionadas, la que a septiembre de 2008 alcanzó un monto de M$10.609.513, en comparación a diciembre de 2007 cuyo monto totalizó M$6.099.530, debido a los pagos por arriendo anticipado realizados por la Inmobiliaria Paseo Estación a EFE, equivalentes a 405.000 UF, de acuerdo a Modificación de Contratos y texto refundido del Contrato de Arrendamiento celebrado entre EFE e IPESA, por un plazo de vigencia de estos arriendos hasta el 31 de diciembre de 2037. Además, el patrimonio presentó una disminución de un 43,47% durante el 2008, debido a una mayor pérdida del ejercicio. De acuerdo a lo señalado en las notas a los Estados Financieros a septiembre de 2008, se suscribirán uno o más convenios de crédito con la Société Genérale por un total de US$ 33.000.000, los que cuentan con todas las autorizaciones correspondientes, para financiar determinados créditos de proveedores correspondientes a los pagos de los años 2009 y 2010 en el marco de los contratos comerciales denominados Contratos de Provisión de Infraestructura Ferroviaria, financiamiento que en conjunto alcanza los US$ 370.000.000, permitiendo disminuir la carga financiera de la empresa.

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3. Indicadores financieros Indice Liquidez Capital de Trabajo Razón de Endeudamiento o Estructura de Capital Rendimiento sobre la Inversión

31-12-2007 0,20 veces -80.326.653 (M$) 1243%

30-09-2008 0,31 veces -65.367.445 (M$) 2.272%

-4,32%

-3,59%

Los índices de liquidez y de capital de trabajo a septiembre de 2008, muestran que la empresa aún no tiene la capacidad de generar los flujos de caja necesarios para pagar sus deudas. Por otra parte, su endeudamiento aumentó a septiembre de 2008, ya que del total de su patrimonio, debe un 2.272%, variación que se vio afectada principalmente por la disminución de su patrimonio en un 43,47%, por una mayor pérdida del período, manteniéndose la incapacidad de la empresa de pagar con sus propios recursos las deudas contraídas. En relación con el rendimiento sobre la inversión, se puede observar que EFE no tiene la capacidad de producir utilidades sobre sus activos totales disponibles, lo que se ha mantenido a septiembre de 2008, demostrando que la empresa aún necesita de los aportes financieros del Fisco para hacer frente a sus necesidades de flujo de caja. La empresa señala en su respuesta que al comparar la situación económica y financiera de EFE a partir del año 2007 a septiembre de 2008, se observa claramente un deterioro en los aspectos de liquidez, endeudamiento y rentabilidad, los cuales son consecuencia, entre otros aspectos, de mayores costos ligados al alza del precio de la energía, mayor tipo de cambio, mayor inflación, mayores gastos de administración, derivados a planes de retiro y por otro lado, menor generación de ingresos operacionales por baja en la demanda de ventas de pasajes. La combinación de estos factores ha obligado a la compañía a incrementar sus niveles de endeudamiento, con los consiguientes costos financieros del caso. Agrega que en reiteradas oportunidades y por distintos medios se ha informado del problema estructural que enfrenta la Empresa. 4. Deuda con Tesorería General de la República La Empresa de los Ferrocarriles del Estado, mantiene una deuda con la Tesorería General de la República por un monto de M$35.466, según se pudo constatar en Certificado de Deuda Fiscal emitido por dicha entidad recaudadora al 10 de diciembre de 2008, habiendo firmado un convenio de condonación con dicho servicio. Por otra parte, las filiales Ferrocarriles de Pasajeros S.A. y Ferrocarriles del Sur S.A. también presentan deudas con la Tesorería General, por concepto de Giro Comprobante de Pago de Impuesto Renta, IVA y A.R. por M$149 y M$37 respectivamente. El informe respuesta hace presente que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado está cumpliendo con las obligaciones de 93

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pago para con la Tesorería General de la República y sirviendo oportunamente el convenio suscrito con esa entidad.

5. Situación judicial

De acuerdo a información entregada por la Fiscalía de la empresa, la cual se encuentra en proceso de actualización, a la fecha de este informe existían 133 juicios pendientes. En 80 de ellos la empresa es demandada; en 43 es demandante y 10 son causas voluntarias, cuyas cuantías estimadas son de M$8.259.555, M$2.578.317 y M$911.599 respectivamente. Al respecto, en los estados financieros consolidados al 30 de septiembre de 2008, EFE mantiene una provisión ascendente a M$2.784.382 para responder a posibles contingencias derivadas de los mencionados juicios. EFE manifiesta en su respuesta que la provisión de contingencia para las causas en que figura como demandada, corresponde a una mejor estimación y evaluación de las posibles obligaciones que podrían derivar de esa contingencia. Para el efecto de la determinación de dicha provisión se consideran diversos factores, tales como la naturaleza del juicio, etapa procesal, cuantía, etc., los que están siendo evaluados periódicamente, con el objeto de mantener actualizado el monto provisionado. CONCLUSIONES GENERALES La auditoría practicada a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado permitió verificar la delicada situación económica y financiera por la que ésta atraviesa, la cual fue analizada en detalle en el presente informe, evidenciando que su viabilidad operacional está condicionada a los aportes que realiza el Estado. Estos hechos exponen la necesidad de realizar todas aquellas acciones tendientes a optimizar el plan de negocios de la empresa, a fin de revertir o atenuar la situación económica que la empresa está enfrentando. Del mismo modo, en relación con el sistema de control interno de la empresa se advierten debilidades que guardan relación con los sistemas de información. En efecto, en el transcurso de esta auditoría se verificaron diversos problemas que afectan la confiabilidad, oportunidad y disponibilidad de la información contable y administrativa de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, todo lo cual compromete un adecuado control y protección de su patrimonio. Especial atención merece la situación del activo fijo de EFE, que representa una cifra superior al 80% del total de sus activos, detectándose debilidades en los sistemas que gestionan la información relativa a este rubro, tal como se detalla en el cuerpo de este informe. Esta situación plantea la necesidad que la empresa desarrolle un completo estudio tendiente a verificar la existencia, propiedad, integridad y valuación de las distintas partidas que conforman este rubro de los estados financieros de la empresa. En el mismo orden de ideas, se verificaron diversos inconvenientes que afectan a los sistemas de información que genera el proceso de contabilización de los ingresos por concepto de venta de pasajes de largo 94

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recorrido y metrotren, lo cual constituye un riesgo respecto a la confiabilidad de la información que es contabilizada automáticamente en forma diaria en el sistema SAP de la empresa. Por otra parte, se requiere analizar la forma de administración que afecta a los diversos contratos que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado suscribe con terceros. Este hecho queda en evidencia por ejemplo, a través de diversos contratos suscritos entre EFE y sus empresas relacionadas, donde se verificaron problemas relacionados con la falta de formalización en algunos casos, e incumplimiento de cláusulas en otros. Estos hechos deben ser revisados por la Administración de la empresa, con el objeto de promover una actitud proactiva en la administración de contratos, y así disminuir los riesgos de eventuales perjuicios para su patrimonio. La Empresa de los Ferrocarriles del Estado deberá implementar a la brevedad, las medidas tendientes a solucionar las deficiencias y observaciones planteadas en el presente informe final, cuya aplicación y efectividad serán revisadas y evaluadas en una próxima visita que esta Contraloría General realice a la empresa, conforme a las políticas sobre seguimiento de sus programas de fiscalización.

Saluda atentamente a Usted,

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