Comunidad/Editoriales/2008/Registro Unico de Proveedores


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CARTA DEL MES 28 de Enero de 2008

¿REGISTRO UNICO DE PROVEEDORES? Nuestra Carta del Mes de 30 de Marzo de 2007, llevaba por título “CALIFICACION Y REGISTRO DE PROVEEDORES”. En su texto hicimos énfasis en lo absurdo, costoso e ineficiente de mantener registros de proveedores en todas y cada una de las entidades públicas, lo que se resumíamos en lo siguiente: “…..hemos revisado trescientos cincuenta reglamentos de contratación promulgados en el Registro Oficial. Todos ellos exigen la calificación y registro de proveedores, como requisito previo para celebrar contratos con cada una de las trescientos cincuenta entidades. Para la calificación y registro se publican avisos en los medios de comunicación colectiva, dando plazos fatales, avisos en los que se divulgan los requisitos indispensables para la calificación, siendo estos requisitos, para las personas jurídicas, los siguientes: 

Copia certificada de la escritura de constitución de la empresa



Copia auténtica o notariada del nombramiento del representante legal



Copia certificada o notariada de los balances financieros de la empresa



Copia certificada o notariada de cumplimiento de obligaciones con la Superintendencia de Compañías



Copia certificada o notariada de no encontrarse en la lista de contratistas incumplidos de la Contraloría General del Estado



Copia certificada o notariada de encontrarse al día en el pago de aportes y fondos de reserva al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS



Copia auténtica, certificada o notariada de no encontrarse en las listas de deudores morosos a la Agencia de Garantía de Depósitos, AGD



Copia auténtica, certificada o notariada de no encontrarse en las listas de la Central de Riesgos de la Superintendencia de Bancos.

Las empresas interesadas en la calificación deben obtener trescientas cincuenta copias certificadas o notariadas, o sea un total de dos mil ochocientas instrumentos, para presentar un juego de requisitos a cada entidad. Y este proceso se repite cada año calendario, no importa haber presentado el año anterior, documentos que son invariables…” En la edición de “El Comercio” del domingo 27 de enero del 2008 pagina 23, se publica una convocatoria del Ministerio de Industrias y Competitividad (MIC): “Con el objeto de organizar la base de datos de proveedores de obras, bienes y servicios del Estado, se CONVOCA a las

personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, a REGISTRARSE en el portal www.compraspublicas.gov.ec, de acuerdo con las instrucciones que constan en dicho sitio Web. Esta información servirá de base para conformar el REGISTRO UNICO DE PROVEEDORES DEL ESTADO, que se constituirá en el Pilar del Sistema Nacional de Compras Públicas, administrado por el Ministerio de Industrias y Competitividad.” ALELUYA !!!!!! Nuestros ruegos han sido escuchados. Al visitar la mencionada página Web, hemos constatado que es fácil registrarse, y que además existe un vínculo al sistema Contratanet, que fuera desarrollado por la CCCC y que nunca pudo ser puesto en funcionamiento por falta de voluntad política. Esto significa que en una fecha cercana, de la totalidad de instituciones públicas y del universo de proveedores registrados, cualquier ciudadano con acceso a Internet podrá saber:

QUIEN compra QUÉ, a QUIÉN, y a QUÉ PRECIO. La exposición pública de los procesos de compra (por concurso o licitación) tendrá el efecto de impedir una gran cantidad de negociados, y la alegre utilización de fondos públicos en compras absurdas (como las de insumos hospitalarios). En México, luego de inaugurado el sistema, un periodista investigador hizo público el precio en que se compraron las toallas para la residencia del Presidente: el hoy famoso escándalo “toallagate”. Pero todo sistema de compras públicas tiene una debilidad, que es el ingreso oportuno y completo de la información de TODOS los procesos de compra por TODAS las instituciones públicas. El sistema Contratanet nunca pudo ser puesto en funcionamiento porque las instituciones no ingresaron la información. Y no la ingresaron porque –de acuerdo con la Ley de Contratación Pública- no estaban obligados a hacerlo. A enero del 2008, solo 26 de las 350 instituciones públicas, han reformado sus reglamentos de contratación de modo que incluyan el registro de sus compras en el sistema. Pero existe una fórmula fácil y eficiente para que todo órgano del Estado registre la información en el sistema: Una circular del Ministerio de Finanzas, en la que se exprese que solo se transferirán fondos para las compras registradas en el sistema. Y punto. Concluyendo, el Sistema de Compras Públicas es una iniciativa eficiente y poderosa para dar transparencia a las compras del Estado, e incluso permitiría bajar los precios mediante subasta. Pero requiere de voluntad política y coordinación. Lo que sorprende, es que mismo día y en el mismo periódico en el que el MIC publica la convocatoria para constituir el REGISTRO UNICO DE PROVEEDORES, se publican DIEZ convocatorias de DIEZ instituciones públicas a presentar los documentos para calificarse como proveedores: DNTT, AME, CNTTT, SRI, Superintendencia de Bancos, Procuraduría, Ministerio de Electricidad, ISSPOL,

Ministerio de Transporte y el IEPI. ¿Falló la coordinación? ¿O tendremos que esperar que el milagro ocurra el próximo año?

Leonardo Hernández Walker, MBA PRESIDENTE EJECUTIVO

FUNDACION LEXIS