República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Universidad Bolivariana de Venezuela Centro de Estudios en Ciencias de la Energía Especialización en Seguridad Industrial Unidad Curricular: Legislación Ambiental y Ocupacional
CASO PROVEGRAN Facilitador: Prof. Eric Omaña Participantes: Ing. Willie Hernández Ing. Francisco Natera Ing. César Lárez Ing. Franklin Rivero Caracas, Junio de 2013
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OBJETIVO Conocer como se demostró la responsabilidad penal del patrono y sus representantes, según la causa signada por el juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Aragua con la nomenclatura 5JU-1172-09 (PROVEGRAM)
DESCRIPCIÓN DEL CASO • DÓNDE: Juicio Oral y Público dictado por el Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, perteneciente al Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Nº V. Por lo hechos ocurridos el día lunes 18/08/2003, aproximadamente a las 9:00 a.m., en las instalaciones de la empresa Provegran C.A., ubicada en el sector el Cañaote, en las Tejerías, Municipio Arturo Michelena del Estado Aragua, conocida comúnmente como la Huesera. • CUÁNDO: El juicio inicia el 18/04/2008, con el escrito de acusación presentado por la Fiscalía del Ministerio Público, y finaliza el 07/10/2011 con la publicación del dictámen. El Juicio Oral se celebró en 36 audiencias desde el 20/05/2010 hasta el 12/08/2011. 3
DESCRIPCIÓN DEL CASO • QUÉ: Por la comisión del delito de Muerte de Trabajador, artículo 33 de la derogada Ley Orgánica de Protección Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, artículo 131 de la vigente Ley. QUIÉNES: Víctima (Querellante): Macuare De Guerra Ana. Acusados: Ferri Difeliciantonio Gabriel; Nasir, Mounir Yussif; Ciavatta Consorti, Giancarlos; Ferri Caleca, Roberto Rinaldi. Fallecidos: Delgado Silva, Claudio Hernán; Guerra Macuare, Edgar Gilberto; Hernández Gervis Ciro; Carrillo, José Ramón; Aquino Troya, Luis Enrique; Delgado Villegas, Paúl; Quintero Quintana, Elvis Jesús; Molina Trejo, Alberto José; Ríos Solórzano, Viagny Saúl. 4
DESCRIPCIÓN DE LA EMPRESA PROVEGRAN, C.A. Empresa dedicada a reciclaje de desechos cárnicos provenientes de mataderos, carnicerías, frigoríficos y depostadoras, que mediante procesos industriales elaboran materias primas para alimentos concentrados, Jabones, Cosméticos y Lubricantes Mecánicos.
FLUJOGRAMA DE PRODUCCIÓN
PARTE EXPOSITIVA DEL CASO La empresa Provegran C.A. posee tres líneas de producción en su planta, La LINEA 1 : Producción de Sebo de Primera Calidad en ella la materia prima utilizada es grasa blanca proveniente de carnicerías, la cual pasa por el proceso de recepción y pesado, luego es depositada en las tolvas (depósitos especiales para tal fín), seguidamente se pasa a la FASE DE COCCIÓN, en la cual se procesa la grasa blanca en cookers (cocinas) calentadas con vapor de agua proveniente de la sala de calderas, de esta fase se obtienen dos productos semi-terminados: Harina de grasa blanca; que es transportada al área de prensado, y el Sebo blanco de primera calidad, que por ser líquido, se bombea hasta los silos de almacenaje, para ser finalmente despachados.
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PARTE EXPOSITIVA DEL CASO La LINEA 2: Producción de Harina de Carne y Sebo de Segunda Calidad, en esta línea, la materia prima utilizada en este proceso la constituyen vísceras y huesos, que también son depositados en tolvas. Esta mezcla (50% vísceras y 50% huesos),se traslada al área de molienda por un tornillo sin fin y allí se trituran y son llevados a Cocción. La mezcla obtenida se traslada al área de prensado, donde se separa mecánicamente la harina de carne del sebo animal. Este último es bombeado al área de centrifugado donde se separan las impurezas (polvillo), del sebo animal para obtener el Sebo Animal de Segunda Calidad, el cual es bombeado a los silos de almacenaje y finalmente despachado. La Harina de carne obtenida es transportada al área de Molienda de Harinas. 8
PARTE EXPOSITIVA DEL CASO LINEA 3: Producción de Harina de Plumas de Pollos, en esta línea el subproducto avícola de pollos (plumas) es compactado y transportado al Silo de Disparo, con capacidad para 8 mil (8.000) Kg de plumas, se presuriza (pulveriza) con vapor de agua, se transporta hacia los cookers (cocinas) y pasa por el proceso de hidrólisis que dura 30 minutos, pulverizando las plumas, que son transportadas luego al área de secado para disminuir el porcentaje de humedad a través del intercambio térmico generado por la máquina secadora. Esta Harina de plumas de pollo, conjuntamente con la Harina de carne, son mezcladas y desmenuzadas, convirtiéndose finalmente en Harina de carne y huesos, la cual es empacada y almacenada para su comercialización. . 9
PARTE EXPOSITIVA DEL CASO ¿Que paso el lunes 18/08/2003?, el viernes 15/08/2003, llego un camión pero no fue procesado ese día ni durante el fin de semana, el día 18 como a las 9:00 hrs de la mañana, un trabajador (Alberto Molina) por estar todo muy putrefacto, era imposible usar la vía hidráulica esto motivado a que el sistema de tornillo sin fin, debido al tipo de producto que desplaza y a la inoperancia durante el fin de semana se solidifico en sus partes internas y decidió como en otras oportunidades utilizar el destapado en forma manual, esta consiste en lanzar un tobo amarrado con una cuerda denominada mecate y de esta forma extraer los sólidos de grasas, sin contar que la mencionada
cuerda se rompe y el envase queda en la fosa, debido a esto, decide bajar por la escalerilla a sacar el envase, pero cuando baja, cae por la inhalación de gases, sus compañeros de labores acuden a prestar auxilio, pensando que había resbalado. La acción de pretender salvar a sus colegas ocasiona que estos decidan comenzar a bajar, los mismos debido a la igualdad de consecuencias quedan desmayados en la fosa, al observar esta situación un trabajador de nombre Figueredo Douglas (El llanero) procedió a cubrirse sus fosas nasales con una franela en el rostro, para evitar respirar los gases, baja a la fosa logrando rescatar a uno de sus compañeros, pero es inevitable la perdida de vida por la inhalación de gases tóxicos, de otros nueve (09) trabajadores. 11
PARTE EXPOSITIVA DEL CASO En el protocolo de las autopsias se observa que mueren por inhalación de un gas letal como el sulfuro de hidrógeno, el cual es un gas tóxico, se encuentra en forma natural y es más denso que el agua. Por descomposición de la materia orgánica, este se concentro allí en un sitio confinado.
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Área de recepción de materia prima, fosa para recolección de las viseras 13
Momento en que se rescataba a una de las víctimas
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PARTE CONSIDERATIVA DEL CASO 1. Experticias Toxicológicas Forenses (+H2S). 2. Experticia Química (+H2S). 3. Informe Referencial Accidente Laboral (Bomberos – Las Tejerías). 4. Planilla de registro de actividades susceptibles de degradar el ambiente ( MARNR) 5. Registro Mercantil PROVEGRAN (Directores Gerente, Suplentes). 6. Informe de actuación Mintra (TSU Gisela Solano)
7. Registro Mercantil COSEINCA-PROVEGRAN. 8. Informe Inspección Bomberos . Capital (Presencia de gases) 9. Informe Bomberos (área de ocurrencia del accidente). 10. Informe de investigación INPSASEL (inexistencia de servicio medico). 11. Registro Mercantil Multiservicios Aventino, S.R.L. 12. Acta Constitutiva PROVEGRAN (Junta Directiva)
13. Acta constitutiva MANTENIMIENTO Y SERVICIO MD 11 S.R.L. (Henry Alberto B. Flores- Director Gerente) 14. Acta de Investigación de Accidente MINTRA – ALFAND ASESORES INDUSTRIALES 2001, C.A. – (Contratista). 15. Acta de Investigación de Accidente MINTRA – MANTENIMIENTO Y SERVICIO MD11 S.R.L. (Contratista). 16. Informe de Experticia técnica INPSASEL 13-6-2005 (+H2S, C02,HCN)
17. Sentencia TS primero para el régimen transitorio del trabajo (prestaciones sociales, indemnizaciones, lucro cesante – Contratistas).copia simple 18. Informe técnico de Monitoreo de calidad de aire en ambiente laboral (HIDROLAB TORO CONSULTORES, C.A.). 19. Declaraciones de expertos, Funcionarios Actuantes (Bomberos, CICPC; Inspectores)
PARTE RESOLUTIVA DEL CASO Se hace plena prueba en contra de los acusados Ferri Caleca, Roberto Rinaldi; Ciavatta Consorti, Giancarlo; Ferri Difeliciantonio, Gabriele; Nassir Mounir, Yussif ya identificados en la comisión del delito de Muerte de Trabajador. Efectivamente ocurrió un accidente Laboral que se tradujo en la muerte de trabajadores en la empresa PROVEGRAN, el día lunes (18) de agosto de 2003, los responsables de este hecho punible, son los empresarios dueños de la empresa quienes no dieron cumplimiento a normas laborales, de higiene y seguridad industrial establecidas en la LOPCYMAT.
PARTE RESOLUTIVA DEL CASO • Ferri Di feliciantonio, Gabriele (81); Mounir Nassir, Yussif (77). (Muerte de Trabajador o Trabajadores) Art. 33 LOPCYMAT 1986 (derogada). (07) años de Prisión en sus domicilios. Fecha provisional de cumplimiento de la pena principal 12-08-2019. • Ciavatta Consorti, Giancarlos (46); Ferri Caleca, Roberto Rinaldi (42). (Grado de Facilitador) Muerte de Trabajador o trabajadores según Art. 33 LOPCYMAT 1986 (derogada). (03) años de Prisión más las penas accesorias, exoneración de las costas procesales. Fecha provisional de cumplimiento de la pena principal 12-08-2014. Contra la presente sentencia procede el recurso de apelación, previsto en el Capitulo II del Titulo III del Libro Cuarto del COPP.
CONCLUSIÓN REFLEXIVA DE LOS AUTORES • El Caso PROVEGRAN, pasa a ser un caso emblemático donde se reconoce la muerte por accidente laboral de 09 trabajadores en la zona de fosas de residuos animales. • Se ejecuta sentencia contra los dueños de la empresa quienes asumen la responsabilidad de las muertes y del incumplimiento de las normas de seguridad industrial e higiene en el centro de trabajo. • Se hace justicia, con los familiares de los trabajadores quienes sufrieron los daños colaterales del hecho y son definidos como los débiles jurídicos del caso. • El caso provengan también se da un alerta nacional sobre el cumplimiento de la normativa legal vigente en cuanto a Seguridad Industrial e Higiene en el Trabajo, entendiendo que el estudio del evento genero investigaciones profundas de estos temas.
CONCLUSIÓN REFLEXIVA DE LOS AUTORES • Investigaciones de las condiciones inseguras, del incumplimiento de normas de seguridad, de la falta de formación delos aspectos de seguridad y salud laboral para con el personal de la empresa. • Así mismo este evento donde los dueños de la empresa fueron juzgados y tienen sentencias de casa por cárcel, también abrió el debate publico sobre las responsabilidades directas e indirectas de los empleadores en eventos de accidentalidad. • La prevención siempre será la solución de los problemas de Seguridad Industrial, es tarea de todos hoy más que nunca prevenir accidentes y enfermedades profesionales, por una país productivo.
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REFERENCIAS •INPSASEL(2013).http://www.inpsasel.gob.ve/moo_doc/lopcymat.pdf •Provegran. Pagina oficial (2013).http://www.stargrafic.net/provegran/ •N. García, Abgdo. TSJ Aragua. Juez Quinto de Juicio, Recusación (2013).http://aragua.tsj.gov.ve/decisiones/2010/julio/215-15-5JU-1172-09-.html •Leyes normas y reglamentos.•Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (1986).•Revisado bajo las normas APA primera edición 2002 y actualización erratas 2007.-
GLOSARIO • PROVEGRAN: Procesadora Venezolana de Grasas Nacionales C.A. • Desechos Cárnicos: Es el resultado de los cortes de animales comestibles no utilizados. • Viseras o entraña: Son órganos contenidos en las principales cavidades del cuerpo de los animales. • Gases Tóxicos: Son aquellos que pueden producir, por inhalación, efectos agudos, crónicos o irritantes, e incluso la muerte. Los gases tóxicos pueden, además, ser inflamables, corrosivos o comburentes. • Acta Expositiva: Es un documento de carácter oficial que declara la condición legal de una persona o institución.
GLOSARIO • Acta Considerativa: Es un documento en el que se expresan los fundamentos de hecho y de derecho, que contienen los argumentos de las partes y los que utiliza el tribunal para resolver el objeto del proceso, en relación con las normas que se consideran aplicables al caso. • Acta Resolutiva: Es un Documento en el que se contiene la decisión o fallo de condena o absolución del demandado o acusado. Asimismo, suele incorporarse el nombre del juez que la ha redactado y la firma de todos los que han concurrido a su acuerdo. • Experticias: Son el medio probatorio personal que busca la convicción de un juez sobre la existencia o inexistencia de ciertos hechos. • Hecho Punible: Hecho punible es el que está tipificado por la ley como un delito, un crimen, una falta o una contravención y tiene fijada una pena para quien incurra en ellos.
GLOSARIO • Débiles Jurídicos: Viene dado por el vínculo de subordinación y dependencia; vínculo esencial del contrato pero que con su existencia origina grandes desigualdades las cuales, si no fuesen equilibradas, importarían el deterioro de las condiciones laborales de los trabajadores (remuneraciones, prestaciones, vacaciones, derecho a sindicalización, etc). Es por ello que se considera como parte más débil al trabajador.