Sr. Portavoz Grupo Municipal PP Ayuntamiento Puente Genil
En relación con su solicitud de información relativa a obligaciones y pagos de la Junta de Andalucía para con este Ayuntamiento, en materia de Ayuda a Domicilio, en el ámbito del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ejercicio 2016, acompaño las resoluciones semestrales de dicho ejercicio, así como listado de ingresos.
Atte.,
C/ Don Gonzalo, 2 14500 PUENTE GENIL (Córdoba) Tel.: 957 605034 Fax.: 957 600322
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Firmado por Alcalde MORALES SANCHEZ ESTEBAN el 28/11/2016 8:48:22
AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL
SALIDA
Registro general de Entrada / Salida 27-11-2016 20:50:59
9E9C CFD6 0242 CFC2 D800 9E9C CFD6 0242 CFC2 D800
Nº Reg.: 056/RE/S/2016/3444 Fecha : 28/11/2016 08:56:39
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS SOCIALES
RESOLUCIÓN
DEL DIRECTOR-GERENTE DE LA AGENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y
DEPENDENCIA DE ANDALUCÍA, RELATIVA A LA APORTACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA AL AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL, PARA LA FINANCIACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO EN EL ÁMBITO DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA.
Para garantizar la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio como prestación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Orden de la, entonces, Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, la citada Consejería y el Ayuntam iento de Puente Genil suscribieron, con fecha 3 de diciembre de 2007 un Convenio de Colaboración, al que se le incluyó una Adenda con fecha 18 de noviembre de 2010, en cuya virtud la Corporación Local se compromete a la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio y la Consejería a realizar las transferencias correspondientes a la aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la financiación del mismo, con cargo a la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio, de acuerdo con un sistema de entregas a cuenta en períodos semestrales y su posterior regularización, en los términos establecidos en la cláusula tercera del convenio.
Con fecha 29 de enero de 2016, se resolvió determinar la entrega a cuenta correspondiente al primer semestre de 2016, en un importe de 774.971,00 euros, según los datos incorporados en el sistema de información en el mes de enero, respecto de la situación de la Corporación Local a 31 de diciembre de 2015.
De acuerdo con lo convenido, en el presente semestre debe procederse a regularizar la entrega a cuenta al Ayuntamiento de Puente Genil del primer semestre de 2015, que debe ser compensada con la cuantía a abonar como aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la financiación del servicio relativa al primer semestre del ejercicio 2016.
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Código Seguro De Verificación: Normativa Firmado Por Ur1 De Verificación
Fecha
1
01/08/2016
Manu el Martin ez Domene h ttp , //www .j untadeandaluci a.e s/ag enc i adeserviciossoc i a l esyd epende ncia/ve ¡ r i f irmav2/code/c hRN4cw9mJzfAJXpLT9kTg= =
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Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firm a electrónica . 1/3
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Registro general de Entrada / Salida Nº Reg.: 056/RE/S/2016/3444 Fecha : 28/11/2016 08:56:39
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía CONSEJERÍA DE IGUALDAD YPOLÍTICAS SOCIALES
Por tanto, de conform idad con los datos que figuran en el certificado remitido y los datos incorporados por la Corporación Loca l en el sistema de inform ación establecido al efecto, el resultado de la regularización es el siguiente:
l. Entrega a cuenta del primer semestre del ejercicio 2015: 699.594,00 euros. 2. Importe aplicado por la Corporación Local: 715.440,92 euros. 3. Saldo favorab le a la Corporación : 15.846,92 euros.
Por consiguiente, una vez compensado el importe de 15.846,92 euros de la regularización relativa al primer semestre de 2015 con la entrega a cuenta del primer semestre de 2016, fijada en 774.971,00 euros, la cantidad a abonar
correspondiente a la aportación de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para la financiación del se rvicio relativa al primer semestre del ejercicio 2016 es de 790 .817,92 euros.
En relación a la forma de pago, la Orden de 15 de noviembre de 2007 establece que cada cuantía a transferir se abonará en el periodo semestral a financiar, haciéndola efectiva bien en un solo pago en el primer mes de dicho periodo o de forma fraccionada en tres pagos.
En otro orden de cosas, al amparo de lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 101/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, corresponde a la Agencia realizar la aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la financiación del servicio de ayuda a dom icilio en el ámbito del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en los térm inos establecidos en el artículo 22 de la Orden de 15 de noviembre de 2007.
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Códi!IO Sll!IUIO De Verificación: Nonnatlva Flnnado Por
Url De Verificación
chRN4cw9mJzfAJXpLT9kTq~~ Fecha 1 1 01/08/2016 Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
Manuel Martinez Domene
Resp1Aytos
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en http://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)
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Registro general de Entrada / Salida Nº Reg.: 056/RE/S/2016/3444 Fecha : 28/11/2016 08:56:39
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía CONSEJERÍA DE IGUALDAD YPOLÍTICAS SOCIALES
En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que me confiere el artículo 15.2.w) del Decreto 101/2011, de 19 de abril, en relación con el Decreto 140/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad , Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud, y con la Orden de la, entonces, Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de 15 de noviembre de 2007, a propuesta de la Dirección del Área de Dependencia y Autonomía,
RESUELVO
Determinar la cuantía a abonar al Ayuntamiento de Puente Genil relativa a la aportación de la Com unidad Autónom a de Andalucía para la finan ciación del servicio de ayuda a dom icilio como prestación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia del primer semestre del ejercicio 2016 en 790.817,92 euros, de acuerdo con los datos que figuran en esta resolución.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Presidencia de la Agencia, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.l.b) del Decreto 101/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, en relación con el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
EL DIRECTOR GERENTE P.S. El VICECONSEJERO (Orden de la Consejera de Igualdad y Políticas Sociales de 11 de mayo de 2016)
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Código Seguro De Verificación: Nonnatfva Finnado Por Ur1 De Verificación
chRN4cw9mJzfAJXpLT9kTg==
Fecha
1
01 /08/20 16
Manuel Martínez Domene http://www. juntadeanda l ucia . es/age nc i adeserviciossocialesydependencia/ve l rifirmav2/ code/chRN4cw9mJzfAJXp LT9kTg==
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en http://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos) Resp1Aytos
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Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Página
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Registro general de Entrada / Salida Nº Reg.: 056/RE/S/2016/3444 Fecha : 28/11/2016 08:56:39
f1gencia de Servicios Socialesy Dependencia de Andalucía CONSEJERÍA DE IGUALDAD YPOlÍTfCAS SOCIALES
RESOLUCIÓN
DEL DIRECTOR-GERENTE
DE
LA AGENCIA
DE SERVICIOS SOCIALES Y
DEPENDENCIA DE ANDALUCÍA, RELATIVA A LA APORTACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA AL AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL, PARA LA FINANCIACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO EN EL ÁMBITO DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA.
Para garantizar la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio como prestación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia , de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Orden de la, entonces, Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Auiónoma de Andalucía, la citada Consejería y el Ayuntamiento de Puente Genil suscribieron, con fecha 3 de diciembre de 2007 un Convenio de Colaboración, al que se le inclu)Q una Adenda con fecha 18 de noviembre de 2010, en cuya virtud la Corporación Local se compromete a la prestación del Servicio de Ayuda a Dom icilio y la Consejería a realizar las transferencias correspondientes a la aportación de la Comunidad Auiónoma de Andalucía para la financiación del mismo, con cargo a la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio, de acuerdo con un sistema de entregas a cuenta en períodos semestrales y su posterior regularización, en los términos establecidos en la cláusula tercera del convenio.
Conforme a dicho sistema, teniendo en cuenta el número de personas que a 30 de junio de 2016 tenían reconocida la situación de dependencia y se les prescribió el servicio de ayuda a domicilio en la resolución aprobatoria del Programa Individual de Atención en el ámbito territorial de esa Corporación Local, y en función de la proyección a este semestre, se determina que la cuantía de la entrega a cuenta relativa al segundo semestre del ejercicio 2016 asciende a 829.468,18 euros. De acuerdo con lo convenido, en el presente semestre debe procederse a regularizar la entrega a cuenta al Ayuntamiento de Puente Genil del segundo semestre de 2015, que debe ser compensada con la cuantía a abonar como aportación de la Comunidad Auiónoma de Andalucía para la financiación del servicio relativa al segundo semestre del ejercicio 2016.
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~ódigo Seguro
De Verificación:
Normativa Firmado Por Url De Verificación
HVZ y6x ErS 1E F0pZNgeQ2eg==
Fecha
1
14/10/2016
Manuel Martínez Domene h ttp : //www.j un ta d eandal u cia .es /a ge nc i a dese r v i c iossociale syd e p ende n cia / ve r ifirmav2/co de /HVZ y6x Er S1 EFOp ZNge Q2 eg==
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en http://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos) Resp1Aytos
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Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. 1
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Registro general de Entrada / Salida Nº Reg.: 056/RE/S/2016/3444 Fecha : 28/11/2016 08:56:39
i\gencia de Servicios Socíaies y Dependencia de i\ndalucía CONSEJERÍA DE IGUALDAD YPOlÍTICAS SOCIALES
Por tanto, de conformidad con los datos que figuran en el certificado remitido y los datos incorporados por la Corporación Local en el sistema de información establecido al efecto, el resultado de la regularización es el siguiente:
l. Entrega a cuenta del segundo semestre del ejercicio 2015: 755.887,31 euros. 2. Importe aplicado por la Corporación Loca l: 753.258,18 euros. 3. Saldo favorable a la Consejería: 2.629,13 euros.
Por consiguiente, una vez compensado el importe de 2.629,13 euros de la regularización relativa al segundo semestre de 2015 con la entrega a cuenta del segundo semestre de 201 6, fijada en 829.468,18 euros, la cantidad a abonar
correspondiente a la aportación de la
Comunidad Au1ónoma de Andalucía para la financiación del servicio relativa al segundo semestre del ejercicio 2016 es de 826.839,05 euros.
En relación a la forma de pago, la Orden de 15 de noviembre de 2007 establece que cada cuantía a transferir se abonará en el periodo semestral a financiar, haciéndola efectiva bien en un solo pago en el primer mes de dicho periodo o de forma fraccionada en tres pagos.
En otro orden de cosas, al amparo de lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 101/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, corresponde a la Agencia realizar la aportación de la Comunidad Au1ónoma de Andalucía en la financiación del servicio de ayuda a domicilio en el ámbito del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en los iérminos establecidos en el artículo 22 de la Orden de 15 de noviembre de 2007.
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Resp1Aytos
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en http://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)
14/10/2016
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SALIDA
Registro general de Entrada / Salida Nº Reg.: 056/RE/S/2016/3444 Fecha : 28/11/2016 08:56:39
/\gencía de Servicios Sociales y Dependencia de i\ndalucia CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS SOCIALES
En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que me confiere el artículo 15.2.w) del Decreto 101/2011, de 19 de abril, en relación con el Decreto 140/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud, y con la Orden de la, entonces, Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de 15 de noviembre de 2007, a propuesta de la Dirección del Área de Dependencia y Autonomía,
RESUELVO
Determ inar la cuantía a abonar al Ayuntamiento de Puente Genil relativa a la aportación de la Comunidad Auiónoma de Andalucía para la financiación del servicio de ayuda a domicil io como prestación del Sistema para la Autonom ía y Atención a la Dependencia del segundo semestre del ejercicio 2016 en 826.839,05 euros, de acuerdo con los datos que figuran en esta resolución .
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Presidencia de la Agencia, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notifica ción, de acuerdo con lo previ sto en el artículo 46.l.b) del Decreto 101 / 2011 , de 19 de abril , por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, en relación con el articulo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
EL DIRECTOR GERENTE P.S. El VICECONSEJERO (Orden de la Consejera de Igualdad y Políti ca s Sociales de 11 de mayo de 2016)
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~ódigo
Seguro De Verificación: Normativa Firmado Por
Url De Verificación
HVZy 6x Er S1EFOpZNgeQ2eg==
Fecha
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14/10/201 6
Manuel Martin ez Domene http : //www . juntadeandalucia . e s /agenciadeserviciossocialesydependencia/ve rif i rmav2/code/HVZy6 x ErS l EF0pZNgeQ2eg==
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Este documento incorpora firm a electrónica recon ocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de dicie mbre, de firm a electrónica.
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Registro general de Entrada / Salida Nº Reg.: 056/RE/S/2016/3444 Fecha : 28/11/2016 08:56:39
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Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en http://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)
AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL
SALIDA
Registro general de Entrada / Salida Nº Reg.: 056/RE/S/2016/3444 Fecha : 28/11/2016 08:56:39
Resp1Aytos
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en http://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)
AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL
SALIDA
Registro general de Entrada / Salida Nº Reg.: 056/RE/S/2016/3444 Fecha : 28/11/2016 08:56:39