Asentamientos en Argentina: análisis de las causas de su

Contribuyentes (RS), se encuentran exen- tas del Impuesto a las Ganancias y del Im- puesto al Valor Agregado (IVA), así como de aquellos impuestos que en el ...
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El desafío de las pymes argentinas Para Claudio Pizzi -licenciado en Administración- las organizaciones viven el día a día enfrascadas en una supervivencia empresarial cortoplacista. A ello se suma la falta de profesionalización y la de un elemento central: la planificación estratégica. Pág. 6

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Suplemento Económico - II Época - Nº 327 - SEPTIEMBRE 2017 POBREZA - FALTA DE VIVIENDA - SALARIO

Asentamientos en Argentina: análisis de las causas de su multiplicación Salvador Treber analiza informes estadísticos de la UCA que dan cuenta de que el desempleo y la precariedad laboral vienen creciendo en los últimos cinco años. Impactan sobre asalariados y trabajadores por cuenta propia o microemprendedores; todos ellos población sobrante para el modelo de crecimiento vigente. u Págs. 2 y 3

CONTRIBUYENTES - TRIBUTOS - CONTROLES

La AFIP incrementará las inspecciones fiscales El especialista Marcos Sequeira considera que el ente recaudador, además de utilizar sus herramientas habituales, sumará información obtenida por diversos mecanismos. Explica cuál es el panorama posblanqueo y las acciones legales de las que dispone el contribuyente para contrarrestar el embate del Fisco, y así proteger efectivamente sus derechos y garantías constitucionales. u Págs. 4 y 5

ADEMÁS: CALENDARIO DE VENCIMIENTOS IMPOSITIVOS Y DE CAPACITACIONES/EVENTOS

u Págs. 7 y 8

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Panorama económico-social

el analista

El país aparece “sembrado” de villas de emergencia

E

l Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) divulgó para fines del año 2016 datos sobre concentración del ingreso por medio de los cuales se deja constancia que, en los primeros cinco deciles de población, el ingreso mensual se ubicaba por debajo de $8.500 mensuales; es decir, cubrían las necesidades básicas que quedaban insatisfechas en proporciones alarmantes. Dado que el total de titulares de ingresos serían 16 millones, ello significa que por tal causa no menos de ocho millones sufren grandes privaciones. En los últimos quince años se adoptó un esquema que permitió medir el grado de cobertura de los niveles mínimos imprescindibles en siete áreas básicas. Éstos se refieren a alimentación, cobertura de salud, vivienda digna, seguridad, servicios de educación, provisión de agua corriente y posibilidades de acceder a fuentes informativas y comunicación fluida. Además del colectivo antes mencionado, 75%, alrededor de seis millones, siquiera logran atender adecuadamente las necesidades alimenticias y sufren hambre. Un informe emanado de la Universidad Católica Argentina (UCA) señala que durante el año 2015

se detectó cierta mejora pero en 2016 hubo una peligrosa reversión que se extendió al primer cuatrimestre del corriente año; incluso intensificado. Por medio de un trabajo posterior verifican que tan sólo cuatro de cada diez trabajadores ocupados en relación de dependencia o monotributistas (41,4%) conservan puestos estables con reconocimiento de los respectivos derechos y elevan a 17 millones los ocupados totales. Los diez millones restantes son trabajadores precarios, subempleados y sin estabilidad alguna; además, apenas 30% registra aportes jubilatorios. La pobreza en tales condiciones se ha elevado a 32,9% y subrayan que el signo característico es "su persistencia a pesar del continuado aumento de los programas sociales de transferencia de ingresos". La señalada falta de aportes impide la adecuada cobertura de la salud y "así tres de cada diez trabajadores deben recurrir para su asistencia médica a los servicios brindados por el sistema público". En la introducción de este trabajo complementario advierten que "el desempleo y la precariedad laboral vienen creciendo en los últimos cinco años". Actualmente afecta a casi 50% del

total de trabajadores, entre ellos a más de 30% de los asalariadosy más de 70% de los trabajadores por cuenta propia o microemprendedores; todos ellos población sobrante para el modelo de crecimiento vigente. El precitado informe también enfatiza que, "en líneas generales, los ingresos reales medios se muestran por debajo del costo de vida durante todo el período. En forma similar ha evolucionado la retribución laboral horaria, lo cual implica que los trabajadores no pudieron incrementar la cantidad de horas trabajadas para obtener un salario mensual más elevado". En la parte final refieren que durante el año precedente hubo un notorio agravamiento en el ámbito social pese a que consideran no se ensayó una destrucción pero "sí tuvo lugar una mayor subocupación e inestabilidad laboral, junto a una mayor precarización del trabajo informal así como de pérdida de ingresos reales".

Una visión más integral En tal sentido aclaran que "al estar afectados en tres o más dimensiones, es difícil que estos ocho millones de habitantes de la Argentina salgan de esa situación de pobreza. Por mucho que se les asigne en pro-

gramas sociales, no se resuelve sus problemas de calidad de vida". Además, en marzo de este año, señalaron que en 2016 cayeron a niveles de aguda pobreza 1,5 millón; aunque en 2017 hubo un ligero alivio. En el primer trimestre de 2017 subió el porcentaje de pobreza, quizá por la vigencia nuevamente de elevados índices de inflación pues hasta mediados del año ésta volvió a trepar en los meses subsiguientes. Es obvio que esta situación reconoce causas estructurales que no se pueden resolver mediante asignaciones especiales ni comedores populares que sólo son "parches" de corto plazo. El titular del Indec, evidentemente preocupado, consideró que "la pobreza baja más cuando cae la inflación que cuando los salarios les ganan a los precios". Esta reflexión fue duramente criticada y se la tomó como mero argumento mediante los cuales en esferas oficiales se pretende justificar medidas que esperan aplicar a partir de noviembre próximo. El funcionario mencionado admitió: "Tenemos cifras de desocupación muy altas en los grupos de hasta 30 años" pero insistió en que "si uno mira las estadísticas hacia atrás, los momentos en

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el analista

Panorama económico-social

que más se logró bajar la pobreza fue cuando bajó la inflación". No aportó sobre esa hipótesis prueba alguna al respecto y resulta obvio que pretendió sólo respaldar restricciones futuras. La información del Indec permite, además, advertir que la subdivisión por deciles revela que los integrantes del primero de ellos han percibido menos de $2.800 mensuales (cubren en conjunto apenas 1,3% del ingreso total); en el segundo están los que hacen lo propio hasta $4.780 (6,9%); en el tercero llegan hasta $5.500 (8,6%); mientras en el cuarto ascienden hasta $7.000 (10,3%).y recién en el quinto se llega hasta $8.500 mensuales (12,8%). Por lo tanto, concluyen volviendo a recordar que "son más de ocho millones los que están en tal situación" y que la solución para ellos se muestra compleja y lejana. Hasta completar el total general de 17 millones de receptores la amplia franja que se extiende entre los deciles sexto y séptimo, que cubren los escalones hasta $10.000 y $12.000 respectivamente, quedan igualmente muy lejos de los siguientes deciles. En los más elevados escalones, donde se recepta 30,3% del total general, se incluyen los que perciben entre $12.000 y $15.000 mensuales (8º decil); seguidos por los que llegan a $20.000 (9º) pero el décimo sorprende pues ese segmento se extiende desde $20.100 hasta nada menos que $462.000 mensuales. Si se procede a desagregar el uno por ciento de la cúspide que comprende a los 170 mil titulares que perciben entre $100 mil y el precitado tope máximo, queda patentizado el marcado grado de superconcentración de riqueza que caracte-



Los especialistas estiman que el mercado laboral argentino es duramente incidido por carencias de orden estructural que impiden, a una elevada proporción de la población total, disponer de ingresos suficientes como para acceder a la canasta de bienes y servicios e incluso a los servicios de salud y educación



riza a la referida cima que apropia para sí 11,7% del total general.

Las causas de los múltiples asentamientos

Teniendo muy presente el esquema descripto precedentemente, no puede extrañar que haya 4.150 villas o asentamientos en el territorio nacional, donde residen 800 mil familias. De ese total, 1612 están localizadas en la provincia de Buenos Aires (39,3%). Dentro de ella, en la jurisdicción de La Plata hay 158 pero en su conurbano están 1.197, es decir, 74%; mientras en el partido de La Matanza se computaron 120; en Moreno se han registrado 85; en Florencio Varela,

70; en Quilmes, 64 y en Lomas de Zamora, 55. El segundo lugar en función de división interprovincial lo ocupa la de Santa Fe, donde ascienden a 333 y luego, entre el tercero y el sexto se alinean Chaco, con 264; Mendoza, 205; Misiones, 243 y Tucumán, 186. Recién en séptimo lugar aparece Córdoba, con 172, y, en el octavo, Entre Ríos, que registra 168. En cuanto a las provincias donde hay menor número de ellas, sorprende que se distingan cinco que se consideran de la "más pobres"; ya que se deben mencionar en primer lugar a Santa Cruz, con sólo cinco, seguida por La Rioja, que contiene 14; San Luis, 23; San Juan, 29 y Catamarca, 33. Resulta algo extraño pues casi todas estas provincias están entre las menos dotadas pero por lo visto, ello no ha sido obstáculo para que exhiban un menor número de villas de alta pobreza que las localizadas en las otras 18 provincias. Por otra parte, el reciente relevamiento realizado en el ámbito del Gobierno nacional contó con la activa colaboración de organizaciones civiles interesadas que siguieron al detalle la evolución en cada provincia. Tal tarea constituye un enorme avance de alta sensibilidad social, que brillaba por su ausencia, y se encaró a partir del último Censo Nacional (2010); estando dirigida por los funcionarios del flamante Registro de Barrios Populares junto con los de la Anses. En auspiciosa gestión coordinada y en un todo de acuerdo, han dispuesto que, cuando esta tarea concluya, se colabore activamente para que no menos de 500 mil grupos familiares puedan gestionar la documentación necesaria, de la que en la actualidad carecen, para la

obtención de un título permanente que les dé seguridad en materia de vivienda. Cabe subrayar que esta tan acertada decisión se adoptó por primea vez y pasará a llenar un vacío administrativo-legal de alta significación. Lamentablemente, el momento no es nada propicio y la desocupación ha trepado en forma inusitada pero, como lo expresa el refrán, "no hay mal que dure cien años" y esas acciones coadyuvarán a la recuperación. El referido comprobante oficial que se ha creado, además de dar plena legalidad a la posesión y uso familiar, les otorga a dichos beneficiarios la posibilidad de incorporarse a las redes troncales de cloacas, de alumbrado público y electricidad domiciliaria; así como a la red pública de agua potable. Complementariamente podrán hacer lo propio para la extensión de líneas de transporte, servicio de recolección de residuos y atención médica a través de nuevos hospitales. Es obvio que, si se cumple integralmente con este ambicioso proyecto y mejoran las condiciones de vida en esas áreas, quedará aún pendiente asegurar fuentes permanentes de trabajo y cursos de perfeccionamiento laboral. Los datos disponibles que surgen del trabajo realizado por técnicos de la UCA revela que 15,7% de la población urbana total no posee una vivienda "digna" pero dicho porcentaje se duplica y llega a 39,2% cuando abarca a los sectores laborales marginales. No existen datos recientes del Coeficiente de Gini, aunque es evidente que nuestro país ha retrocedido recientemente en términos tanto de desigualdad como de concentración del ingreso y riqueza. El último dato disponible de éste corresponde al cuarto trimestre

de 2015 en que se ubicó en 0,428. Los especialistas estiman que el mercado laboral argentino es duramente incidido por carencias de orden estructural que impiden, a una elevada proporción de la población total, disponer de ingresos suficientes como para acceder a la canasta de bienes y servicios e incluso a los servicios de salud y educación. La iniciativa antes referida apunta a mejorar el acceso a una vivienda digna -que no es poco- pero no hay que equivocarse, satisfacerla sólo implica una de las necesidades básicas fundamentales ■

u Por Salvador Treber Profesor de Posgrado, FCE-UNC

4 | Septiembre 2017 | Factor

Tributario

La Administración Federal de Ingresos Públicos intensificará las tareas de control Alberto Abad.

el especialista

A

la par de dar revista sobre el "más inofensivo" de los multi-tributos nacionales, la máxima autoridad de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, recordó que la oportunidad de regularizar la situación fiscal de los argentinos concluyó con el vencimiento del blanqueo. A partir de ahora, expresó Abad, deben esperarse procedimientos de inspección generalizados y exhaustivos en los cuales el ente fiscal, además de utilizar sus herramientas habituales, sumará información obtenida por diversos mecanismos. Recordando sus propios argumentos, en materia fiscal tenemos dos grandes períodos, "antes" y "post" blanqueo. El que no lo aprovechó, deberá enfrentar las consecuencias. Mientras que aquel que regularizó su situación, gozará de la justa indemnidad. Por medio de esta breve nota, intentaré examinar las definiciones de nuestro administrador federal de ingresos públicos, dejándole la tarea de sacar sus conclusiones al ávido lector.

1.- Sobre el "multi-tributo" Pasaron dos décadas desde la sanción de la ley de monotributo, cuya denominación, en rigor, es "Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes". Repasemos parte de su contenido. Dice el primero de sus artículos: "Se establece un régimen tributario integrado y simplificado,

relativo a los impuestos a las ganancias, al valor agregado y al sistema previsional, destinado a los pequeños contribuyentes". Más adelante: "Las operaciones de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), se encuentran exentas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como de aquellos impuestos que en el futuro los sustituyan" (Art. 6°, ambos de la Ley N° 24977/98). Se dan luego una serie de precisiones para poder ejercer "la opción" de ser "monotributista" y las consecuencias derivadas de ser excluido. Recuerdo que cuando se sancionó esta legislación, en forma prácticamente "automática" resolví excluirla de mis preocupaciones. Era improbable que tuviese que llegar a atender a un monotributista. Pensaba que este mecanismo quedaría reservado al almacén de barrio o alguno que otro pequeño comerciante o prestador de servicios. Por suerte no trabajo de estadista. Me equivoqué "mal" con mis predicciones. Hoy casi 10% de la población argentina cumple sus obligaciones tributarias bajo el régimen de monotributo. Tenemos cerca de cuatro millones de contribuyentes inscriptos.

¿Se trata de un régimen "simplificado"? Entiendo que la complejidad del régimen nos permite definirlo con cualquier otro

calificativo, excepto con el de "simplificado". Los cambios permanentes en la ley, sumados a las resoluciones, dictámenes y otra clase de disposiciones que en forma constante emite la DGI, sumados a la diversa postura de los Tribunales que imparten justicia, nos habilitan a opinar que estamos ante una normativa compleja. No hay nada de "simple" en esta legislación, cuya obscuridad, además, va en decidido aumento.

2.- ¿Es el blanqueo cuyo vencimiento se produjo el 31 de marzo próximo pasado, el "ultimo blanqueo"? Diríase que no. La historia nacional demuestra que, cada dos años -aproximadamente- se sancionan nuevas leyes de blanqueo. Siempre se ha divulgado, con el loable propósito de "sumar clientes", que se trata de la "última oportunidad"; el "último blanqueo". Ya nadie cree en estas afirmaciones. Es probable que, frente a situaciones determinadas o por necesidades recaudatorias, tengamos muchos más blanqueos (y oportunidades) por delante. Inclusive, el propio Gobierno nacional ya anunció la posibilidad de un blanqueo "laboral", para complementar el "blanqueo impositivo". Veamos cuál es la situación de los argentinos en vinculación con el blanqueo dictado a finales del año pasado, al que nos estamos refiriendo en estas líneas, y

sobre el cual también se pronunció Abad al anunciar que "se vienen las inspecciones". Hay grandes situaciones en que nos podemos llegar a encasillar los argentinos a partir de abril de 2017: a) Quienes adhirieron al blanqueo y pagaron "al contado" toda la deuda. b) Quienes adhirieron al blanqueo y subscribieron al mecanismo de pago en cuotas. c) Quienes no optaron por el blanqueo por considerar que no tenían "nada que blanquear". A su vez, éstos podían decidir por "confirmar sus datos" a los efectos de obtener la liberación de otras obligaciones impositivas federales (impuesto sobre los Bienes Personales, etcétera). d) Quienes no creyeron que esta era su "última oportunidad" y -pese a hallarse en estado de "pecado tributario"- decidieron correr el riesgo y esperar el próximo "puente de plata" o a que opere la prescripción. A todos aquellos que se "portaron bien" se les prometió una suerte de "tapón fiscal".

¿Existe o no ese "tapón fiscal"?

De acuerdo con la experiencia, el tapón fiscal es una ficción. Tuvimos durante muchos años una legislación sobre "bloqueo fiscal" en Argentina, semejante a la que acabamos de referir, cuyo fracaso fue lapidario. El Fisco siempre encontró la manera

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Factor | Septiembre 2017 | 5

el especialista

Tributario

Alberto Abad.

de transponerlo, con lo cual, claramente, la norma fue excusada. Las consecuencias no son pocas: Todo lo que se dijo perdonar, dejó de perdonarse, razón por la cual "renacen" las facultades del Estado para aplicar las leyes civiles y penales que castigan la evasión. Quienes creyeron -no sin cierta ingenuidad- que sus pecados habían quedado redimidos, se encontrarán con la desagradable sorpresa de inspecciones, denuncias penales, multas por defraudación, etcétera.

¿Qué pasará con quienes optaron por pagar sus deudas en cuotas? Respecto de ellos, dice la ley que la acción penal queda en suspenso hasta el pago de la última cuota. Nuestra experiencia nos enseña que esta suspensión de la acción penal conduce, no infrecuentemente, a que no se pague la obligación impositiva o previsional, sin que ello implique -necesariamente- que alguien sea privado de su libertad. El Estado no cobra y nadie padece el castigo. Una situación paradojal que alienta la evasión.

¿Qué otra cosa cambió luego del blanqueo? Es público que otros de los compromisos suscriptos por el Congreso, de mayúscula importancia al redactar la ley, tampoco se cumplió. Me refiero al denominado "secreto fiscal". Como todos sabemos, los datos de un grupo significativo de contribuyentes que adhirieron a este régimen fueron difundidos en diarios y televisión. Esto le costó el puesto a varios funcionarios de la AFIP, pero el mal ya está hecho. Ergo, una primera consideración a tener en cuenta es que, merced a esta situación, más de uno pensará muy bien en el futuro si confiesa sus ofensas tributarias, sabiendo que éstas pueden llegar a conocerse por todos. Desde otro costado, ya hay denuncias



La trasgresión de la Constitución

Nuestra legislación ofrece diversos medios para la protección efectiva de los derechos y garantías constitucionales. Según cual fuere el tema y la protección que se pretende, serán los resultados que probablemente se obtengan



civiles y penales en contra del Estado, como consecuencia de haber incumplido la clara letra de la ley. Veamos ahora que pasa con los derechos de los contribuyentes. Lo primero a tener en cuenta es que éstos alcanzan no sólo a los fieles cumplidores de la ley, sino también a quienes, por cualquiera sea la razón, la han incumplido. Como dice la Constitución, todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario. En ese "todos" estamos incluidos cumplidores y pecadores. En el caso de los monotributistas que resulten excluidos del régimen, la normativa vigente prevé la posibilidad de defenderse dentro del ámbito administrativo y judicial. Dentro de un proceso de naturaleza contencioso. No obstante, la ley también dispone de otros remedios. Desde la acción constitucional del Amparo, de raigambre constitucional según el artículo 43 de la Carta Fundacional, hasta acciones declarativas de certeza (Art. 322, CPCCN), medidas cautelares (Art. 230, CPCCN); etcétera.

Los numerosos tratados y convenios suscriptos con otros países -se dice que superan el número de 50-, de traspaso automático de información sensible a los propósitos tributarios y con relación asimismo al delito de lavado de dinero, nos han colocado en una sistemática agresión de la Constitución Nacional y los tratados a ella incorporados. Ya no es necesaria la "orden del juez" para transponer derechos y garantías básicos. Inclusive más puede decirse: recientemente una fiscalía de investigaciones administrativas logró que la Dirección General Impositiva (DGI) le brindase -a su pesar- datos de valor fiscal, sin necesidad de autorización judicial. Hay un fallo, confirmado en la segunda instancia, que dilucida la "innecesariedad" de ocupar al Poder Judicial en estos menesteres. De terror. Por supuesto, todo este contexto merece ser impugnado y resistido, ya que soslaya las bases sobre las cuales se edificó la República. No podemos aceptar que el fin justifica los medios.

Medios de tutela Nuestra legislación ofrece diversos medios para la protección efectiva de los derechos y garantías constitucionales. Según cual fuere el tema y la protección que se pretende, serán los resultados que probablemente se obtengan. En el ámbito estrictamente civil o económico, tanto en el ámbito federal como en el provincial (Córdoba), la norma prevé diversos mecanismos para resistir este avance endémico. La ley 11683 dispone de la posibilidad de defenderse -primero- ante la DGI, para, una vez agotada la instancia administrativa, optar por la apelación en el Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) o la de-

manda contencioso-administrativa por ante la Justicia Federal (Art. 23, ley 19549; Art. 82, ley 11683). Es usual que los especialistas opten con recurrir al TFN (Art. 76, L. 11683, en su inciso b), ya que este recurso posee efectos suspensivos. De otro modo, será necesario obtener una medida cautelar de no innovar, para evitar que, mientras se discute la obligación, la DGI la ejecute (medida de no innovar, según el Art. 322 del CPCCN antes mencionado). También existe la alternativa de "prevenir los daños" presentándose ante la Justicia por medio del amparo, la acción declarativa, alguna medida cautelar autónoma y, en forma mucho más difícil, la llamada "medida autosatisfactiva" (Art. 230, CPPN). Ahora bien, si estamos en el ámbito de pretensiones impositivas en la Provincia de Córdoba, la mencionada acción declarativa de inconstitucionalidad es de competencia originaria por parte del Tribunal Superior de Justicia. Tampoco tenemos en nuestra provincia un Tribunal Fiscal y, para peor, la ley 6006 (Código Tributario), prevé el "solve et repete": para habilitar la jurisdicción debe satisfacerse el crédito fiscal. Todo en contra de lo previsto en la Constitución Nacional y en la Constitución de Córdoba (Art. 49). En el ámbito penal, como sabemos, la evasión impositiva y previsional se encuentra tipificada en una ley especial, la ley 24769, cuyas penas llegan van de seis meses a 10 años. Según la postura adoptada por la Corte nacional, salvo que exista "riesgo procesal", independientemente del monto de la pena (Art. 26, CP y 316 a 319 del CPPN), debe privar la libertad del acriminado (Fallo "Loyo Fraire", por citar el más difundido. Hay muchos otros, anteriores y posteriores). No obstante, contemplando que las sentencias de la Suprema Intérprete de

nuestra ley constitucional (CSJN) no son vinculantes, excepto para las partes que integran el proceso; dependerá del tribunal actuante cuál sea el camino que deba transitar el imputado para obtener y/o asegurar su libertad. Que no sea esto lo que nos -y los- preocupe. De seguro habrá una nueva ley que se ocupe de perdonar lo que hoy, por medio de su Administrador Federal, se nos dice que es "imperdonable" ■

u Por Marcos Sequeira Tributarista. Director de Posgrado de la Universidad de Belgrano. Profesor de posgrado de la UNC, UCC, Siglo 21, entre otras. Fue Asesor Ad-Honorem de la Comisión de Reforma del Código Penal y de la Ley Penal Tributaria. Autor de numerosos libros.

6 | Septiembre 2017 | Factor

Empresas

el experto

Planificación estratégica en la pyme argentina ¿es posible?

u Por Claudio Pizzi Exclusivo para Factor Licenciado en Administración de Empresas y director de Consultoría & Capacitación (www.dorbaires.com)

L

a organización Family Firm Institute divulgó una estadística de empresas familiares en el mundo: el rango de compañías que son manejadas o que pertenecen a una familia va de 65 a 80%. En Argentina, el tejido empresarial local es débil. Tenemos entre unas 800.000 y 900.000 empresas. De todas ellas, solo 0,2% son grandes compañías. Más de 80% son microempresas. Estas últimas, que nacen con un promedio de tres empleados, son las que generan buena parte del trabajo en Argentina. Seguramente, podemos encontrar muchas justificaciones sobre este cuadro; algunas serán políticas, otras económicas, otras coyunturales. Todas ellas son válidas, hablan de realidades nacionales y regionales. ¿Quien podría negar los efectos de la inflación, el retraso cambiario, la concentración, la competitividad, el costo laboral, el logístico y el impositivo? Podríamos seguir y de seguro encontraríamos más elementos que justificarían una parte de nuestra realidad, pero ello no sería toda la verdad. Los seres humanos nacemos con el don de “soñar”. Con la capacidad de imaginar un presente y un futuro. Desde la niñez, lo hacemos en rebeldía, en libertad, sin que los riesgos inherentes a cualquier camino que emprendamos nos aparten de la idea. Con el tiempo, por diferentes cuestiones -entre ellas, las que he nombrado- no son pocas las personas y organizaciones que abandonan este saludable hábito o lo reducen a la mínima expresión, cayendo en simplificaciones, en sesgos mentales, en el “día a día” operativo, en el cortoplacismo. Cuando ello ocurre, se pierde el norte y sólo existe la alternativa de la “supervivencia empresarial”. La otra parte de la verdad tiene que ver con la falta de profesionalización de nuestras empresas y con un elemento central, imprescindible para una organización: la planificación estratégica. Necesitamos emprendedores y empresarios pyme que se atrevan a soñar y que tengan el conocimiento necesario para transformar ese sueño en estrategias, planes, políticas y acciones concretas.



Necesitamos emprendedores y empresarios Pymes que se atrevan a soñar, y que tengan el conocimiento necesario para transformar ese sueño en estrategias, planes, políticas y acciones concretas



Ésta es la forma para plasmar el sueño organizacional en una “estrategia de desarrollo y crecimiento sus-

tentable”. Dedicamos mucho tiempo a sobrevivir y poco a crear e innovar; a pensar la organización y proyectarla al futuro. La falta de planificación estratégica significa, entre otras cosas, la absorción de costos innecesarios, por ejemplo, en el manejo de la contratación de personal, en un inadecuada gestión fondos para la financiación de operaciones, en el pago de sobreprecios a proveedores, en gastos innecesarios de comercialización y en cantidades industriales de dinero mal gastado en atención al cliente, devoluciones, roturas, desmotivación, improductividad, etcétera. Cambiar nuestra realidad no es tan sólo responsabilidad de los gobiernos nacionales y/o provinciales. Debemos hacernos cargo de la parte que nos toca; de eso que no se habla en las reuniones de directorio, si es que se llevan a cabo. Yo sé que lo

primero que se le viene a la cabeza al empresario pyme, cuando le hablamos de “planear, de compartir la visión entre sus empleados” es, “cómo planificar en un país tan oscilante como Argentina”. Y yo les digo que Argentina, salvando las distancias, no es tan diferente del mundo en el que hoy vivimos. Una de las cualidades de una buena planificación estratégica debería ser su nivel de flexibilidad y adaptabilidad a los cambios.

Conclusión Es imprescindible para la pyme argentina aceptar el desafío de desarrollar, dirigir y controlar planes estratégicos. Esto es la diferencia entre “sobrevivir” y “crecer y desarrollarse de manera sustentable” en mercados cada día más dinámicos, complejos y exigentes ■

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Herramientas Ve n c i m i e n t o s e n / S e p t i e m b r e Fuente: www.afip.gov.ar Terminación CUIT 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9

IMPUESTOS NACIONALES IMPUESTO AL VALOR AGREGADO RÉGIMEN GENERAL

Presentación DDJJ e ingreso de saldo resultante de agosto/17

TARJETA DE DÉBITO

Presentación de operaciones agosto/17

18/09

19/09

20/09

21/09

22/09

14/09

Ingreso percepciones agosto/17

RÉGIMEN DE RETENCIÓN Y/O PERCEPCIÓN

11/09

Información de retenciones y percepciones agosto/17

13/09

12/09

Ingreso retenciones 2da. Quincena agosto/17 Ingreso retenciones 1ra. Quincena septiembre/17

21/09

25/09

22/09

IMPUESTO A LAS GANANCIAS, GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA Y BIENES PERSONALES

SOCIEDADES, EMPRESAS Y DEMÁS RESPONSABLES

AGENTES DE RETENCIÓN Y/O PERCEPCIÓN

GMP. Presentación DDJJ por ejercicios cerrados en Abril/2017

14/09

15/09

18/09

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20/09

Gcias. Presentación DDJJ por ejercicios cerrados en Abril/17

13/09

14/09

15/09

18/09

19/09

Gcias. Régimen de Anticipos. 10º ant. ejerc. cierre Junio/17, 9º ant. ejerc. cierre Julio/17, 8º ant. ejerc. cierre Agosto/17 , 7º ant. ejerc. cierre Sept./17, 6º ant. ejerc.cierre Octubre/17, 5º ant. ejerc. cierre Noviembre/17 , 4º ant. ejerc. cierre Diciembre/17, 3º ant. ejerc. cierre Enero/18, 2º ant. ejercicios cierre Febrero/18 , 1º ant. ejerc. cierre en Marzo/18 GMP. Ingreso saldo resultante por ejercicios cerrados en Abril/17

13/09

15/09

Gcias. Información de las retenciones y percepciones de agosto/17 Ingreso percepciones agosto/17 Ingreso retenciones 2da. Quincena agosto/17

14/09

18/09

19/09

20/09

21/09

12/09

11/09

Ingreso retenciones 1da. Quincena septiembre/17

15/09

21/09

13/09

22/09

25/09

IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES ESCRIBANOS, ADQUIRENTES Y CESIONARIOS

Presentación de información de retenciones agosto/17 Ingreso retenciones 2da. Quincena agosto/17 Ingreso retenciones 1ra. Quincena septiembre/17

11/09

12/09

13/09

21/09

22/09

25/09

APORTES Y CONTRIBUCIONES (SIJP) Presentación e ingreso de agosto/17

07/09

08/09

11/09

12/09

13/09

Presentación e ingreso agosto/17

04/09

05/09

06/09

07/09

08/09

AUTÓNOMOS DOMÉSTICOS MONOTRIBUTO

Obligatorios. Pres. e ingreso de agosto/17. Ingreso ART septiembre/17 Voluntarios-Presentación e ingreso de agosto/17

15/09

Ingreso de septiembre/17 -Personas físicas- Suc. Indivisas

20/09

IMPUESTOS PROVINCIALES INGRESOS BRUTOS CONTRIBUYENTES LOCALES AGENTES DE RETENCIÓN Y/O PERCEPCIÓN

CONVENIO MULTILATERAL

IMPUESTOS MUNICIPALES COMERCIOS E INDUSTRIAS

Fuente: www.cba.gov.ar

Número de inscripción

CIÓN

0

1

Régimen General 1ª Quincena /17 (9) (DD JJ y pago) 2ª Quincena /17 (8) (DD JJ y pago)

2

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Presentación DDJJ y pago de agosto/17

13/09

14/09

15/09

18/09

Fuente: www.2.cordoba.gov.ar

Número de inscripción

Presentación de agosto/17 Ingreso agosto/17 GRANDES CONTRIBUYENTES Y TIPO 4 Presentación de agosto/17 Ingreso agosto/17 Presentación e ingreso agosto/17 AGENTES DE RETENCIÓN Y PERCEPCONTRIBUYENTES TIPOS 1 Y 2

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II Época Nº 327 /SEPTIEMBRE de 2017

Capacitaciones/Eventos CPCE: taller sobre liquidación de haberes para nuevos profesionales

Encuentro de Sameco

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (CPCE) dictará en la ciudad de San Francisco, en la provincia de Córdoba, los días viernes 15, 22 y 29 de septiembre, de 16 a 20, un taller sobre práctica laboral. Éste está orientado a profesionales de Ciencias Económicas matriculados que tienen escasa o ninguna experiencia y/o conocimiento en liquidación de haberes, con vistas a permitirles la capacitación para desarrollar mayor autonomía en su tarea profesional. Estará a cargo de Luis Farias, María Higinia García, Cristina Chenones y Santiago Valles. También tiende a optimizar las capacidades para un mejor desempeño en el área de las relaciones laborales de las empresas, o complementando otras áreas no laborales de la actuación profesional.

El próximo 17 de noviembre se realizará el 2º Encuentro Regional de la Sociedad Argentina Pro Mejoramiento Continuo (Sameco) en Córdoba, en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Córdoba. (FCE-UNC). La actividad es organizada por la FCE, la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de la UNC y el Instituto de Tecnología Industrial (INTI) sede Córdoba. Los trabajos podrán ser presentados hasta el próximo 10 de octubre por todo tipo de organizaciones (pequeñas, medianas o grandes, tanto del sector público como privado) y con relación a los siguientes temas: mejora continua e innovación en procesos industriales, comerciales, administrativos y de servicios, gestión de procesos. mediciones, indicadores, tablero de control, costos de la no calidad y otros más. Más in-

Temario:

n Liquidación de haberes, conforme

disposiciones de un convenio colectivo de trabajo individualizado.

n Altas y bajas empleador y trabaja-

dor (AFIP-MTEYSS-Sindicato-Obra Social-Seguros). Casos con formularios reales o facsímiles, ya sea completados o a completar.

n Documentación laboral seleccionada

(incluido Ministerio de Trabajo de la Provincia). Contratación de Seguros; liquidación de cargas sociales y sindicales. Cálculos en extinción del contrato: Certificación de servicios y remuneraciones.

n Legajo del Trabajador.

Más info: [email protected]

Responsabilidad social (RS) y balance social: jornadas nacionales Los próximos días 21 y 22 de septiembre se desarrollarán en la ciudad de Mar del Plata, Buenos Aires las 4ª Jornadas nacionales sobre Acciones Responsables para Sostenibilidad Global. La convocatoria será en el auditorio de la Delegación General Pueyrredón del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, calle Mitre 1952/56 de dicha ciudad. Se abordarán entre otros aspectos- el impacto económico del cambio climático, inversiones socialmente responsables, investigaciones sobre responsabilidas social (RS) y balance social. También se pasará revista a temas como la medición y comunicación de la responsabilidad social: balance social, reportes integrados, memorias de

sostenibilidad. Acciones responsables contra el fraude y la corrupción y responsabilidad social universitaria e institucional. Auspicia la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce). Tel.: 48131758/2613/ 4815-7441 - FAX 4813-8911 - E-mail: [email protected]

Jornadas sobre Finanzas Públicas en la FCE de la UNC Bajo el lema “Diagnóstico y retos de la economía mundial” se realizarán las 50ª Jornadas Internacionales de Finanzas Públicas (JIFP). La cita será entre los días 20 a 22 de septiembre, en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Córdoba. El acto inaugural será el miércoles 20 de septiembre a partir de las 10, oportunidad en la que disertará el Dr. Guillermo Calvo, de la Universidad de Columbia (EEUU),

acerca del tema Diagnóstico y Retos de la Economía Mundial. En el cierre del evento estarán presentes Osvaldo Giordano, ministro de Finanzas de la Provincia de Córdoba; Enrique Vaz Torres, ministro de Economía de la Provincia de Corrientes; Juan Sanguinetti, secretario de Hacienda de la Provincia de Buenos Aires, y Caballero Paulino, subsecretario Nacional de Provincias. Más info:www.jifp.eco.unc.edu.ar

fo: Tel: 443-7300 interno 48561.

Mar del PLata será sede del 16º Congreso Tributario Del 4 al 6 de octubre del año en curso se llevará a cabo en la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, el 16º Congreso Tributario Dr. Vicente Oscar Díaz. El Hotel Costa Galana será sede del evento, al cual está invitado el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Alberto Abad, para hablar en el acto de apertura. El temario se divide en dos partes: I) Imposición al trabajo, II) La economía digital y el proceso de creación de intangibles. Como eje de la mesa redonda se tratará el tema “El contador público como asesor fiscal y canal de información”. También participarán en el congreso Fabiola Annacondia, del International Bureau of Fiscal Documentation (IBDF), Holanda; Nadin Argañaraz, director de Investigaciones en el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf); Humberto Bertazza, presidente del CPCECBA; Jaime L. Mecicovsky, subdirector General de Operaciones Impositivas del Interior de

la AFIP; Juan C. Ferrero, Teresa Gómez, César Litvin y Antonio López Díaz (catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Santiago de Compostela, España), entre otros. Los interesados podrán obtener más información en www.consejo.org.ar - sección eventos-

Proyectos de finanzas

Debate previo a las elecciones en el Consejo Profesional (CPCE)

El Fondo de Capital Social (Foncap) lanzó junto al Banco de la Nación Argentina (BNA) el Premio FINC. Se trata de la primera edición de una distinción a la innovación en microfinanzas de alcance nacional, que tiene por objetivo fortalecer las instituciones y aumentar la inclusión financiera de los microemprendedores. Hasta el próximo 20 de septiembre está abierta la inscripción para todos aquellos emprendedores, organizaciones sociales, cooperativas, mutuales, empresas e instituciones financieras que desarrollen proyectos de innovación en microfinanzas con un enfoque inclusivo. Los postulantes podrán presentar sus trabajos en www.premiofinc. com.ar. El proyecto ganador obtendrá un premio de $150.000, se anunciará en el contexto de Foromic 2017, el Foro Mundial de Microfinanzas organizado por el Fondo Multilateral de Inversiones (Fomin), que tendrá sede en la ciudad de Buenos Aires entre el 30 de octubre al 1 de noviembre.

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (CPCE), con vistas a las próximas elecciones legislativas, organiza un panel de candidatos a diputados nacionales por la provincia de Córdoba. El evento se desarrollará en su sede central, Av. Hipólito Yrigoyen 490, el martes 19 de septiembre a las 18.30. La entrada será gratuita. Los partidos invitados son Cambiemos, Encuentro Vecinal, Frente Córdoba Ciudadana, Frente de Izquierda y de los Trabajadores, Izquierda al Frente, Primero la Gente y Unión por Córdoba. Más info: 0351-4688322, E-mail: [email protected]

DEPARTAMENTO COMERCIAL [email protected]

(0351) 4-880088 JIMENA ARREDONDO [email protected] CEL. 351 6519706 CARLOS ABRIOLA [email protected] CEL. 351 6519603