ANEXO II: TÉRMINOS DE REFERENCIA 1. INFORMACIÓN ...

19 may. 2010 - Colombia se encuentra en el extremo noroccidental de Suramérica comparte fronteras con. Panamá, Venezuela, Perú, Brasil y Ecuador, tiene ...
278KB Größe 6 Downloads 47 vistas
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

ANEXO II: TÉRMINOS DE REFERENCIA 1.

INFORMACIÓN GENERAL 1.1. País beneficiario 1.2. Órgano de Contratación 1.3. Información relevante sobre el país 1.4. Situación actual del sector correspondiente 1.5. Programas relacionados y otras actividades de los donantes

2.

OBJETIVOS DEL CONTRATO 2.1. Objetivo general 2.2. Objetivos específicos 2.3. Resultados que debe alcanzar el Consultor

3.

HIPÓTESIS Y RIESGOS 3.1. Hipótesis de base de la intervención del proyecto 3.2. Riesgos

4.

ÁMBITO DE LAS ACTIVIDADES 4.1. General 4.2. Actividades específicas 4.3. Gestión del proyecto

5.

LOGÍSTICA Y CALENDARIO 5.1. Localización 5.2. Fecha de inicio y período de ejecución operativa de las prestaciones

6.

REQUISITOS 6.1. Personal 6.2. Oficinas 6.3. Instalaciones que debe proporcionar el consultor 6.4. Equipo 6.5 Gastos imprevistos 6.6 Verificación de gastos

7.

INFORMES: 7.1. Normas sobre preparación de informes 7.2. Presentación y aprobación de los informes

8.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

60 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

8.1. Definición de indicadores 8.2. Requisitos particulares

61 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1 País beneficiario República de Colombia 1.2 Órgano de Contratación Ministerio de Justicia y del Derecho 1.3 Información relevante sobre el país Colombia se encuentra en el extremo noroccidental de Suramérica comparte fronteras con Panamá, Venezuela, Perú, Brasil y Ecuador, tiene un extensión de 1.141.748 kilómetros cuadrados y es el cuarto país más grande de América del Sur, después de Brasil, Argentina y Perú, con una población de 44.000.000 de habitantes, el 96% ubicados en las diferentes zonas urbanas del país. Tiene 2.900 kilómetros de costa, de los cuales 1.600 lindan con el Mar Caribe y 1.300 con el Océano Pacífico, lo que lo convierte en el único país de América del Sur que cuenta con Costas sobre ambos Océanos. El territorio Colombiano está atravesado de sur a norte por una gran Cordillera de los Andes, que se divide en tres cadenas Occidental, Central y Oriental. 2Colombia es considerada como uno de los países más ricos del mundo en términos de su biodiversidad, además de ser Multiétnico y Cultural donde interactúan la cultura y las tradiciones de los pueblos americanos, europeos y africanos. En ese contexto, se diferencian de la sociedad occidental cuatro sectores étnicos: los pueblos indígenas, las poblaciones afrocolombianas, incluidas las comunidades raizales de San Andrés y Providencia y la comunidad de San Basilio de Palenque, en el departamento de Bolívar y el pueblo rom o gitano. 3 Colombia se basa en un Gobierno participativo, democrático y pluralista organizado en forma de República unitaria y goza de plena libertad de prensa. Colombia cuenta con vastos recursos minerales de energía y es el quinto país abastecedor de crudo para los Estados Unidos, entre otros la producción del mejor café del mundo y sus flores tipo exportación. Su economía esta apoyada en la existencia de políticas públicas de fomento al desarrollo empresarial, regulación y trámites que coadyuvan a lograr mejorar en términos de desarrollo y productividad, la economía del país, convirtiéndola en una de las más fuertes y estable de América Latina durante el siglo XX; pese a la crisis financiera mundial, ha mantenido una estabilidad económica llegando a la reducción de su deuda externa en el presente año 2010. 2 3

ETIS: Entidades Territoriales Indígenas Constitución Política de Colombia-De los principios fundamentales.

62 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

4

El Estado Colombiano esta formado, organizado y administrado en función del servicio ciudadano, en cuya concepción, ejecución y control participa actualmente la comunidad. Con esta óptica se aborda el desempeño estatal en tres campos fundamentales; su forma de intervención económica, eficiencia y transparencia. El proceso de planeación es de naturaleza transversal o multisectorial y en consecuencia, está centralizado en una entidad responsable de garantizar la coherencia en la formulación de políticas y la evaluación de las mismas; este modelo ha mostrado ser confiable porque tiende a garantizar la coherencia entre el Plan Nacional de Desarrollo y las prioridades en la inversión, protegiendo así el largo plazo en los procesos. Colombia es un país que presenta una situación de violencia compleja, con un historial de conflicto proveniente de las organizaciones guerrilleras, narcotraficantes y grupos ilegales de autodefensas, conocidos como “paramilitares”, grupos financiados con el tráfico de estupefacientes, secuestros, cultivos ilícitos, etc., evidenciando un ataque directo a la democracia y a la sociedad colombiana. La violencia armada ha cobrado una gran cuota de vidas, incluyendo mujeres, niños, cientos de personas que se han visto obligadas a abandonar sus hogares como consecuencia de amenazas, acoso y violencia por parte de los grupos armados al margen de la ley; al respecto el Gobierno Colombiano inició un proceso de paz con las Autodefensas Unidas de Colombia desde el año 2002, con diálogos entre los voceros o representantes de este grupo armado al margen de la ley, las cuales generaron la desmovilización de los integrantes de algunos bloques y frentes, y el desmantelamiento de los mismos, en virtud de los acuerdos políticos celebrados entre las partes. Sin embargo, como la legislación vigente de ese entonces5 solo prevenía la amnistía y el indulto para delitos políticos y conexos cometidos por los miembros de la organización ilegal, era necesario una nueva ley como herramienta jurídica que facilitara la reincorporación individual o colectiva a la vida civil de los desmovilizados, y así garantizar los derechos de las víctimas, pero que a su vez no se sometiera al “perdón y olvido” las graves violaciones a los Derechos Humanos”, crímenes de guerra y delitos contra el Derecho Internacional Humanitario, razón por la cual el Congreso de la República aprueba la Ley 975 de 2005, que establece, el procesamiento y sanción de los miembros de los grupos organizados al margen de la ley, así como también la reparación integral a las víctimas. 1.4 Situación actual del sector correspondiente En primer lugar, es preciso enmarcar este proyecto en el contexto general del Sector Justicia y de forma más específica, en el marco de la Justicia Transicional, donde pretende contribuir a su fortalecimiento institucional. La Justicia Transicional en Colombia 4 5

Políticas de Estado “DNP, Plan Visión 2019, Sisben, Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional.” Ley 782 de 2002 “Prevé la amnistía y el indulto para delitos políticos y conexos “

63 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

En la actualidad, la Justicia Transicional surge como la alternativa clave para la negociación de los conflictos. Este nuevo paradigma, en el que las víctimas aparecen como protagonistas principales, “aunque no abandona la reconciliación como fin último, sí establece unos estándares de justicia, verdad y reparación aceptables para la sociedad que permiten un resarcimiento moral y una convivencia pacífica”6. A partir del año 2002, se inició la primera experiencia de Justicia Transicional en el país, cuando el Estado colombiano comenzó un proceso de negociación con los grupos de autodefensa que tenían el control de varias zonas del territorio nacional. Fue así como el Gobierno de Álvaro Uribe Vélez promovió una serie de diálogos con los dirigentes de estos grupos en los cuales se acordó la desmovilización de la totalidad de sus miembros para el 31 de diciembre de 20057. Este proceso hizo necesario acudir a procedimientos especiales que permitieran no sólo la desmovilización efectiva, sino también la reincorporación a la vida civil de los integrantes de tales agrupaciones. Al momento de la elaboración del marco jurídico que iba a permitir la desmovilización y desmantelamiento de los grupos de autodefensa, se encontraba vigente la Ley 782 de 2002, la cual prorrogaba la Ley 418 de 1997 y sólo preveía la amnistía y el indulto para delitos políticos y conexos cometidos por los miembros de una organización ilegal. Era necesaria entonces una nueva ley que abriera el camino para la paz al facilitar la reincorporación individual o colectiva a la sociedad de los desmovilizados y que, adicionalmente, garantizara los derechos de las víctimas, sin someter al “perdón y olvido” las graves violaciones a los derechos humanos, crímenes de guerra y delitos contra el Derecho Internacional Humanitario. Así pues, la Ley 975 de 2005 o Ley de Justicia y Paz creó el entorno legal necesario para la desmovilización de las Autodefensas Unidas de Colombia, constituyendo un acontecimiento de valor universal por ser “la primera vez en la historia del mundo –en cualquier época histórica y en cualquier país considerado-, que un grupo armado no derrotado militarmente en el campo de batalla se acoge a un proceso de desmovilización respondiendo ante la justicia por sus crímenes. Es decir, que se desmoviliza sin el incentivo de una ley de amnistía o un indulto para sus miembros como era común en siglos anteriores, principalmente, para las cúpulas dirigentes”8. En efecto, la Ley 975 de 2005 establece el procesamiento, sanción y beneficios judiciales de las personas vinculadas a grupos armados organizados al margen de la ley9, como autores o 6

PIZARRO, Eduardo y VALENCIA, León, Ley de Justicia y Paz, Bogotá, Colombia, Editorial Norma, Bogotá, 2009, p. IX. FUNDACIÓN SOCIAL, Trámite de la Ley de Justicia y Paz. Elementos para el control ciudadano al ejercicio del poder político, Bogotá, Colombia, Editora Géminis, 2006, p. 11. 8 PIZARRO, Eduardo, “Reparar el bote en alta mar”, En: PIZARRO, Eduardo y VALENCIA, León, op.cit., p. 5. 9 Por grupo organizado al margen de la ley (GOALM) debe entenderse “el grupo de guerrilla o de autodefensas, o una parte significativa e integral de los mismos como bloques, frentes u otras modalidades de esas mismas organizaciones”. CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, Ley 975 de 2005 “Por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al 7

64 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

partícipes de hechos delictivos cometidos durante y con ocasión de la pertenencia a esos grupos, que hubieren decidido desmovilizarse y contribuir decisivamente a la reconciliación nacional10, así como también el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación integral11. Fundamentalmente, la Ley reconoce los derechos de las víctimas a lograr la verdad histórica y judicial, a buscar una justicia efectiva que sancione a las personas responsables y a la reparación integral de los derechos vulnerados, así como el derecho al acompañamiento, la orientación, la asesoría, la información y al fortalecimiento de la representación judicial en la búsqueda de sus derechos. Desde su promulgación, la Ley de Justicia y Paz no sólo dotó de un marco jurídico al proceso de desmovilización y reintegración a la vida civil de los integrantes de los grupos armados al margen de la ley, sino que además ha promovido la creación y desarrollo de múltiples mecanismos, tales como el Decreto 1290 del 22 de abril de 2008 de Reparación por Vía Administrativa para las víctimas de grupos armados al margen de la ley, que hubieren sufrido afectación de algunos de los derechos fundamentales relacionados con la vida, la integridad física, salud física y mental, libertad individual y libertad sexual12. Este programa tiene por objeto conceder un conjunto de medidas de reparaciones individuales, con recursos del presupuesto nacional, a favor de estas personas. Dichas medidas de reparación tienen que ver con: rehabilitación, restitución, indemnización, satisfacción y garantías de no repetición. Es así como, para mayo de 2010, un total de 10.593 casos fueron objeto de indemnización por vía administrativa dentro del marco de este Programa, a través de 26.375 giros13. En total, doscientos mil millones de pesos (200.000.000.000,00) del presupuesto nacional fueron destinados para tal fin14. De igual manera, por medio del Decreto 3570 del 18 de septiembre 2007 ─ recientemente modificado por el Decreto 1737 de 19 de mayo de 2010─ se creó el Programa de Protección para Víctimas y Testigos de la Ley 975 de 2005, el cual tiene por objeto salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de la población que se encuentre en situación de amenaza o riesgo como consecuencia directa de su participación en calidad de víctima o testigo dentro de los procesos de Justicia y Paz, y que funciona de forma paralela a otros programas de protección tales como el Programa de Protección de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y del Derecho (Decreto 2816 del 22 de agosto de 2006 y Decreto 1740 de 19 de mayo de 2010), el Programa de Protección Específico para la Población Desplazada por la Violencia, creado por orden de la Corte Constitucional en el Auto 200 del 13 de agosto de 2007 y reglamentado por el Decreto 1740 de 19 de mayo de 2010, el Programa de Protección de la Policía Nacional y el margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios”, Bogotá, Colombia, 25 de julio de 2005, Artículo 1°. 10 Ibíd., Artículo 2°. 11 Ibíd., Artículo 4°. 12 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO; COMISIÓN NACIONAL DE REPARACIÓN Y RECONCILIACIÓN, Programa de reparación por vía administrativa, Bogotá, Colombia, Abril de 2008, p. 3. 13 OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LA PAZ, Op.cit. 14 Ibíd.

65 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

Programa de Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Fiscalía General de la Nación. Así mismo, en la ejecución del proceso penal contemplado en la Ley 975 de 2005 participan diversas instituciones de carácter estatal que tienen una especial incidencia en las diferentes etapas del procedimiento citado y que por ende cumplen con finalidades específicas señaladas por la ley como parte de una infraestructura institucional claramente definida. Así, el Comité de Coordinación Interinstitucional de Justicia y Paz (CIJYP) creado por el Decreto 3391 de 2006, constituye la instancia de articulación y coordinación para la actuación de las entidades que intervienen en su aplicación15. A efectos del proyecto vale mencionar las funciones de las principales Instituciones Beneficarias de la Ejecución al Comité y beneficiadas por esta intervención. Ministerio de Justicia y del Derecho Tal y como establece el Decreto 4530 de 2008, el Ministerio de Justicia y del Derecho a través de la Dirección de Justicia Transicional, se encarga de formular, coordinar y fomentar una política de Estado en materia de justicia transicional; teniendo entre sus funciones la de coordinar y articular los Comités y los Subcomités que se creen en este tema, ejerciendo la secretaría técnica de los mismos. Igualmente, el Ministerio apoya la coordinación de los procesos de reinserción y socialización de los desmovilizados en el marco normativo de la justicia transicional, trabajando con la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación en el diseño y ejecución del Plan Nacional de Reparación. Por otra parte, es la encargada de preparar los proyectos de las postulaciones individuales y colectivas a ser presentadas a la Fiscalía General de la Nación, los cuales podrán integrarse con los nombres e identidades de los miembros de los grupos armados al margen de la ley que se hayan desmovilizado colectivamente de conformidad con la Ley 782 de 2002. Adicionalmente, el Ministerio está obligado a recopilar y sistematizar la información sobre postulaciones, indultos y procesos judiciales que se adelanten en el marco de las Leyes 782 de 2002 y 975 de 2005. Defensoría del Pueblo De acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley 975 de 2005, por un lado la Defensoría tiene el mandato de prestar el servicio de defensoría pública a los imputados y así mismo, asistir a las víctimas en el ejercicio de sus derechos; adicionalmente, la sentencia 370 de 2006, precisa el alcance de este mandato de orientación, asistencia y representación judicial. Con base en lo 15

El CIJYP esta conformado por la Vicepresidencia de la República, el Ministerio de Justicia y del Derecho -quien lo preside-, la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional - Acción Social, la Fiscalía General de la Nación, el Consejo Superior de la Judicatura, la Corte Suprema de Justicia, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, un delegado de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación y un delegado de la Comisión Nacional de Restitución de Bienes (Artículo 21, Decreto 3391 de 2006). La Ley 975 de 2005 define las funciones que le corresponde desarrollar a cada una de las instituciones.

66 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

anterior, la Defensoría formuló un procedimiento de intervención que regula la fase previa a la representación judicial a través de la puesta en marcha de la estrategia de orientación psicojurídica; y de otro lado, en la fase de representación judicial ha formulado una guía que señala las pautas y procedimientos para el ejercicio de representación judicial. En virtud de la estrategia psicojurídica, profesionales del derecho y la psicología aplican la ruta de orientación psicojurídica que indica la metodología encaminada a facilitar los procesos de asistencia considerando aspectos fundamentales como el acopio documental de los casos, los primeros auxilios psicológicos, el acompañamiento psicojurídico en audiencias y los procesos grupales de orientación, labor que se desarrolla en las defensorías regionales. Por su parte, la representación judicial implica, el acompañamiento en audiencias, la sustanciación de los casos, y la preparación y construcción de las pretensiones de reparación integral, para lo cual los representantes cuentan con una formación específica en este ámbito, de modo que se pueda establecer una diferencia entre el ejercicio de la representación de las víctimas para lograr la realización de sus derechos a la verdad, justicia y reparación, y, el proceso de defensa pública a un postulado, imputado, o acusado. Fiscalía General de la Nación La Fiscalía General de la Nación fue creada en 1991 con la promulgación de la nueva Constitución Política, como una entidad de la rama judicial del poder público, con la misión de garantizar el acceso a una justicia eficaz y oportuna con el fin de encontrar la verdad dentro del marco del respeto por el debido proceso y las garantías constitucionales. Es el organismo central en lo referente a la etapa de investigación que se adelanta en torno al procedimiento contemplado por la ley 975 de 2005, cuyo modelo de justicia transicional tiene dos componentes fundamentales: uno de carácter administrativo gubernamental, integrado por los actos de desmovilización y de postulación; y el otro, la fase judicial a cargo de la Unidad Nacional de Fiscalía para la Justicia y la Paz y de los Magistrados que integran las Salas de Justicia y Paz de los Tribunales Superiores. En este sentido, la Fiscalía General de la Nación es la encargada de determinar la existencia del hecho punible e identificar a los eventuales autores del mismo, haciendo énfasis en su individualización; o por el contrario, determinando el nexo causal del daño ocasionado con ocasión de las actividades del grupo armado al margen de la ley que lo cometió, con miras a reconocer la reparación de que trata el artículo 42 de la ley 975 de 2005. Entre otras funciones de la Fiscalía General de la Nación en desarrollo de la ley 975 de 2005 está la de recibir por parte del Gobierno Nacional la lista de postulados a beneficiarse de la Ley de Justicia y Paz y velar por la protección de las víctimas. A su vez, en audiencia presenta la 67 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

formulación de imputación y seguidamente la de cargos ante los magistrados de Justicia y Paz como consecuencia de lo confesado en versión libre o de las investigaciones realizadas. Así mismo, en desarrollo de otras disposiciones legales como la Ley 938 de 2004 y el Decreto 4760 de 2005 adelanta investigaciones para determinar la existencia, ubicación y estado de los bienes que correspondan a grupos armados al margen de la de la ley, los cuales deben dejarse a disposición del Fondo para la Reparación de las Víctimas. En este orden de ideas, la Fiscalía General de la Nación en virtud del mandato legal que le ha sido asignado, es una de las entidades claves para dar aplicación a la Ley de Justicia y Paz, y de esta manera, coadyuvar, junto con las demás entidades involucradas, en garantizar el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. 1.5 Programas relacionados y otras actividades de los donantes: En materia de coordinación de donantes, la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional tiene un rol protagónico en materia de alineamiento de las ayudas de la comunidad internacional. Dicha Agencia se ha ocupado, entre otros asuntos, de la elaboración de las matrices Interinstitucionales de Justicia y Paz, como vía de requerimiento para la cooperación internacional. En su función de organizar la oferta y demanda de cooperación, participa en los distintos escenarios generados a raíz del Comité Interinstitucional de Justicia y Paz y sus diversos subcomités16, con el ánimo de promover la articulación y complementariedad de esfuerzos entre los donantes y de estos con el Estado. Con un enfoque coincidente con este proyecto, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) está liderando un Fondo Canasta para el fortalecimiento de la Justicia en Colombia con un claro énfasis en mecanismos de justicia transicional. El proyecto está centrado en las víctimas aplicando un enfoque de derechos, de fortalecimiento de capacidades nacionales y territoriales, así como un enfoque diferencial. Dicho fondo cuenta con los aportes de numerosos donantes17 interesados en la aplicación de los derechos a la verdad, justicia y reparación de las víctimas y contribuir a la construcción de la paz y la reconciliación en Colombia. En el marco de este fondo y del Fondo Canasta para la Promoción de la Convivencia18, coordinado igualmente por el PNUD, la CE está participando en calidad de observador de ambos Comités Programáticos19 (uno por fondo), los cuales marcan las líneas directrices sobre las estrategias y actividades que se van a financiar. Este segundo fondo busca fortalecer las capacidades nacionales y territoriales para promover la convivencia pacífica sobre la base del reconocimiento de los derechos humanos y el restablecimiento de los derechos de las víctimas, y la promoción de la reintegración social, económica y cultural de la población desmovilizada con un enfoque comunitario y diferencial. La presencia de la CE en los Comités ya mencionados garantizará una 16

Subcomité de Atención Integral a Víctimas, Subcomité de Protección de Víctimas y Testigos, Subcomité de Memoria Histórica y Subcomité de Sistemas de Información.

68 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

adecuada coordinación y alineación entre los principales donantes presentes en el proceso de Justicia Transicional. Por su parte, USAID, la Agencia Internacional para el Desarrollo del Gobierno de los Estados Unidos, viene adelantando iniciativas de apoyo a las víctimas en varias ciudades y regiones del país. Estas iniciativas se orientan en general a consolidar procesos de búsqueda de la verdad, la justicia, la reparación y el fortalecimiento organizativo de las comunidades victimizadas a través de estrategias de capacitación, asistencia, representación legal y atención psicosocial a víctimas y organizaciones de víctimas. 2. OBJETIVOS DEL CONTRATO 2.1 Objetivo general El objetivo general del proyecto “Fortalecimiento Institucional para la atención de Víctimas”, ALA/2008/019-588, del cual forma parte el presente contrato, es contribuir al fortalecimiento del Estado de Derecho y a la lucha contra la impunidad, con el fin de que las víctimas de violaciones de DD.HH e infracciones al DIH puedan ejercer la reclamación efectiva de sus derechos a la verdad, la justicia y a la reparación. Para garantizar el desarrollo de las actividades previstas en los Presupuestos Programas y conforme a las pautas previstas en el Convenio de Financiación, en especial de las Disposiciones Técnicas y Administrativas del proyecto, se prevé la necesidad de contar con la Asistencia Técnica para contribuir y apoyar el cumplimiento del objetivo del proyecto “Contribuir al fortalecimiento del Estado de Derecho y a la lucha contra la impunidad, con el fin de que las víctimas de violaciones de DD.HH e infracciones al DIH puedan ejercer la reclamación efectiva de sus derechos a la verdad, la justicia y a la reparación” y alcanzar los siguientes resultados del Proyecto: R1: Las víctimas del conflicto participan y tienen acceso a la vía judicial administrativa para la obtención de la verdad, la justicia y la reparación a sus derechos, R2: Las instituciones del Estado proporcionan un apoyo efectivo a las víctimas sobre sus derechos y sobre sus procesos legales y administrativos, R3: Las instituciones responsables del apoyo a las víctimas, coordinan sus enfoques evitando la duplicación de sus esfuerzos, y trabajando bajo la premisa de responsabilidad conjunta a favor de las víctimas. Resultado

Actividades programadas en el Plan operativo Global

17

Hasta la fecha, dicho fondo cuenta con las contribuciones del propio PNUD, más Suecia, Holanda, España, Bélgica, Noruega y Canadá por un monto superior a los 8 millones de euros y en ejecución desde 2008. 18 Este fondo cuenta con las contribuciones del PNUD, junto con Noruega, España, Bélgica, Suiza y Canadá, con un monto superior a los 6 millones de euros, también en ejecución desde 2008. 19 Los Comités Programáticos están conformados por representantes del Estado y de la comunidad de donantes. Los acuerdos a que se llega se hacen a nombre del Estado colombiano y de la comunidad de donantes y no a título de la entidad o país que representan.

69 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

Resultado 1: Las víctimas del conflicto participan y tienen acceso a la vía judicial administrativa para la obtención de la verdad, la justicia y la reparación a sus derechos.

A1. Puesta en marcha de adecuados sistemas de información y orientación acerca de los derechos de las víctimas. A2. Capacitación a los servidores públicos en la adecuada asistencia integral a las víctimas. A3. Fortalecimiento del sistema de protección de víctimas y testigos

Resultado 2: Las instituciones del Estado proporcionan un apoyo efectivo a las víctimas sobre sus derechos y sobre sus procesos legales y administrativos.

A1. Capacitación en materia de asistencia legal y provisión de servicios de apoyo psicosocial. A2. Apoyo técnico, tecnológico y científico para la asistencia a las víctimas

Resultado 3: Las instituciones responsables del apoyo a las víctimas, coordinan sus enfoques evitando la duplicación de sus esfuerzos, y trabajando bajo la premisa de responsabilidad conjunta a favor de las víctimas.

A3. Provisión de una apropiada infraestructura para los centros encargados de la atención a las víctimas. A4. Mejora de las capacidades investigativas de la Fiscalia General de la Nación. A1. Apoyo a la Direccion de Justicia Transicional del MIJ y a la Secretaria Tecnica del Comité Interinstitucional de Justicia Transicional A2. Fortalecimiento del sistema de información interinstitucional de Justicia y Paz. A3. Apoyo al Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas.

2.2 Objetivo específico El objetivo específico del presente contrato es el suministro de los servicios de asistencia técnica y asesoría al Equipo de Gestión y a las Instituciones Beneficarias de la Ejecución para llevar a cabo la ejecución del proyecto “Fortalecimiento Institucional para la Atención a Víctimas”. Esta asistencia técnica consistirá en poner a disposición del proyecto a) un experto permanente que actúe como asesor del Equipo de Gestión y las Instituciones Beneficiarias de la Ejecución, en todas sus fases administrativa, de procedimiento, de gestión y técnica y b) varios expertos para misiones de apoyo que aportarán sus capacidades técnicas, experticia y conocimiento de alto nivel para que ejecuten actividades del proyecto. Las particularidades del proyecto, determinan que la Asistencia Técnica se desarrolle en distintos ámbitos temáticos –complementarios entre síy en diferentes períodos de la ejecución del proyecto. 2.3 Resultados que debe alcanzar el consultor Resultado 1 Prestación del servicio de Asistencia Técnica Permanente, para lograr una ejecución del proyecto basada sobre criterios internacionales y nacionales de planificación, ejecución y seguimiento del programa, asesorando al Equipo de Gestión y a las Instituciones Beneficarias de la Ejecución en los aspectos técnicos, metodológicos y operativos con miras a lograr los objetivos y resultados esperados del proyecto.

70 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

Resultado 2 Prestación del servicio de Asistencia Técnica de corta duración, para lograr una transferencia de conocimientos, experticia y productos concretos para impulsar las líneas de acción que sostienen el proyecto en los campos de gestión de cooperación internacional, capacitación en justicia transicional, formulación de políticas públicas en justicia transicional, derechos humanos, genética forense, restitución de bienes, atención psicojurídica, entre otros a través de misiones de corta duración, proveyendo un backstopping técnico puntual al Equipo de Gestión, a las Instituciones Beneficarias de la Ejecución en general en la gestión de acciones específicas para alcanzar el objetivo y los resultados esperados del proyecto. 3. HIPÓTESIS Y RIESGOS En el Convenio de Financiación, en particular en el Marco Lógico del proyecto se prevéen las siguientes hipótesis y riesgos: A nivel del Objetivo General: • El Estado y el Gobierno apoyan la Ley de Víctimas y del decreto de Reparación Administrativa. • La situación de violencia armada no impide la ejecuiíón del proyecto. • La reducción de la impunidad es considerada una Política de Estado. A nivel del objetivo Específico: • Existe voluntad política por parte de las Instituciones Beneficarias de la Ejecución de implementar los nuevos mecanismos de atención a las víctimas. • Las víctimas quieren participar en las audiencias de versión libre y continuar con los correspondientes procesos. A nivel de los resultados: Resultado 1 Las víctimas del conflicto participan y tienen acceso a la vía judicial administrativa para la obtención de la verdad, la justicia y la reparación a sus derechos. Hipótesis/riesgos: • • •

Las instituciones responsables se compromenten a las actividades de comuinicación y difusión y hacen lo posible por dar públicidad a sus procesos. Se establecieron criterios de armonización entre los distintos programas de protección. Los programas de protección intitucionales son eficaces respecto a víctimas y testigos. 71 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA



UNION EUROPEA

Los opreadores capacitados permanecen vinculados a la institución.

Resultado 2 Las instituciones del Estado proporcionan un apoyo efectivo a las víctimas sobre sus derechos y sobre sus procesos legales y administrativos. Hipótesis/riesgos: • Las instituciones a cargo de la representación judicial de las víctimas y de la asistencia psicológica disponen del recurso humano suficiente. • La Fiscalía General de la Nación y específicamente el CTI disponen del recuros humano suficiente. • Las instituciones disponen de espacios físicos suceptibles de adecuación para la atención a las víctimas. Resultado 3 Las instituciones responsables del apoyo a las víctimas, coordinan sus enfoques evitando la duplicación de sus esfuerzos, y trabajando bajo la premisa de responsabilidad conjunta a favor de las víctimas. Hipótesis/riesgos: • La persistencia de las tensiones y la violencia en algunas regiones no impiden las reuniones de los comités regionales. • El sistema de información interinstitucional de Justicia y Paz opera adecuadamente. 2. Se recupera la información necesaria sobre los hechos pasados en relación con violencia armada. • Las instituciones que integran la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas demuestran interés y voluntad política para desarrollar las actividades que les competen. 2. Es posible identificar y recoger muestras para la comparación de parientes de los desaparecidos cuyos restos son hallados. 4. ÁMBITO DE LAS ACTIVIDADES 4.1 General 4.1.1 Descripción de la misión El Gobierno de Colombia con la Comunidad Europea suscribió el Convenio de Financiación No. ALA/2008/019-588 denominado “Fortalecimiento Institucional para la atención de las 72 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

Víctimas”, que vinculó a las entidades del Estado que tienen entre sus funciones la atención integral de las víctimas del conflicto. El propósito del proyecto es contribuir al esfuerzo que, en general, realizan las instituciones colombianas y las agencias de cooperación internacional para conseguir que las víctimas de la violencia de los grupos armados al margen de la ley puedan hacer efectivos sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación, incluyendo el derecho a la no repetición. Teniendo en cuenta los problemas identificados en relación con este tema, los ámbitos cubiertos total o parcialmente por otras iniciativas estatales o internacionales, la relación costo/beneficio de las posibles líneas de intervención, así como la especial cualificación y el valor agregado en términos de experiencia y lecciones aprendidas de la cooperación de la Unión Europea, se plantea una lógica de intervención en la que se identifica como Objetivo Específico la puesta a disposición de las víctimas de mecanismos efectivos de orientación, atención, promoción de sus derechos, así como de un efectivo acceso a la justicia. La adecuación de espacios físicos y la puesta a disposición de tecnología que faciliten pronta y directa interlocución entre las víctimas y las instituciones competentes para recibir sus reclamos de reparación, asistencia y protección, así como la cualificación del recurso humano y el fortalecimiento de los mecanismos institucionales competentes para recibir esas demandas, se concibe como una necesidad prioritaria para garantizar el acceso de las víctimas a los procesos judiciales y administrativos que el Estado pone a su disposición para que sean reconocidos y efectivos sus derechos a la verdad, la justicia y reparación. En congruencia con lo anterior, una mejora en los cauces de acceso a la justicia de las víctimas, requiere actuar también sobre la capacidad efectiva de las instituciones del Estado para darles una respuesta satisfactoria, so pena de generar falsas expectativas que puedan contribuir a la desconfianza, al desencanto y a la revictimización; por eso, el proyecto prevé acciones puntuales dirigidas al fortalecimiento de las instituciones del Estado relacionadas con la capacitación de operadores en materia de asistencia legal y provisión de servicios de apoyo psicosocial, el apoyo técnico, tecnológico y científico para la asistencia a las víctimas, la adecuación de los espacios destinados a la atención de las mismas y la mejora de las capacidades investigativas de las instituciones encargadas. Adicionalmente, se considera imprescindible robustecer los mecanismos y las instancias de coordinación interinstitucional que operan en el Sistema de Justicia y Paz a fin de que los esfuerzos realizados no se dupliquen, generen sinergias positivas y produzcan un mayor impacto social. A tal fin, el proyecto se propone realizar acciones en apoyo de la Dirección de Justicia Transicional y al Secretariado del Comité Interinstitucional de Justicia y Paz. En la misma línea de intenciones, se prevén actividades para el fortalecimiento de iniciativas de carácter interinstitucional, como son el sistema de información de Justicia y Paz, coordinado por la Comisión Interinstitucional de Justicia y Paz y el Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, coordinado por la Comisión Nacional de Búsqueda de Desaparecidos.

73 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

El desarrollo de todas las actividades del proyecto para la consecución de sus resultados y objetivos está articulado por los siguientes ejes transversales: - Descentralización: respondiendo al clamor de todas las instituciones colombianas vinculadas a la atención a las víctimas, se considera necesario trasladar a las regiones, departamentos y municipios las estructuras e iniciativas que ya se han puesto en marcha para el fortalecimiento de las víctimas así como las que se desarrollen en adelante. - Carácter expansivo: con la ejecución del proyecto se pretende reforzar iniciativas e instancias institucionales que trabajan a favor del reconocimiento y efectividad de los derechos de las víctimas de la violencia de los grupos armados al margen de la ley, estén o no comprendidas en el marco más limitado del Sistema de Justicia y Paz. - Enfoque diferencial: la formulación del presente proyecto parte del reconocimiento del diferente efecto de la violencia sobre las víctimas por razones etáreas, étnicas y de género y de la necesidad de especializar las respuestas institucionales en función de dichas diferencias. Por esta razón, todas las actividades y estudios desarrollados por el proyecto plantearán, desde la elaboración de sus términos de referencia hasta su evaluación, el enfoque diferencial, con especial énfasis en la condición de género. Finalmente, merece la pena mencionar que la ejecución del proyecto se desarrolla de forma paralela a la implementación de los Programas de Justicia y Convivencia del Fondo Canasta constituido a través del PNUD con aportes de distintos donantes. Este Fondo Canasta y los Programas que lo integran comparten en gran medida los objetivos del presente proyecto, por lo cual, de la misma manera que en la fase de formulación se ha cuidado especialmente la complementariedad de las acciones de uno y otros, en la fase de ejecución se dará cumplido seguimiento a la evolución de los programas del Fondo Canasta y de cualquier otro que aborde objetivos relacionados con la atención a las víctimas y se irán realizando los ajustes necesarios a fin de garantizar la armonización y complementariedad de todas esas iniciativas. 4.1.2 Área geográfica que va a cubrir El proyecto estarà dirigido a instituciones cuya sede se encuentra en la ciudad de Bogotá D.C., facilitándose una cobertura que se extenderá a todo el territorio nacional. La sede del proyecto es Bogotá D.C. 4.1.3. Grupos destinatarios Las Instituciones Beneficarias de la Ejecución y directamente implicadas en la planificación y en su ejecución, así como las dependencias se resume en el siguiente cuadro: 74 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

Instituciones Beneficiarias de la Ejecución MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL • Oficina de Justicia Transicional DERECHO DEFENSORÍA DEL PUEBLO • Defensoría Pública

FISCALÍA GENERAL NACIÓN



Unidad de Justicia y Paz



Programa de Atención Integral a Víctimas



Dirección de Derechos Humanos



Unidad de Justicia y Paz



Programa de Protección a Víctimas y Testigos



Bienestar Social

COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS En la medida en que el proyecto logre mejorar el fortalecimiento institucional de las entidades que atienden víctimas del conflicto, los ciudadanos en general resultarán beneficiados de los procesos impulsados con el presente Proyecto. 4.2 Actividades específicas La principal tarea de la Asistencia Técnica será asegurar un apoyo técnico en la planificación, ejecución y seguimiento de las actividades del proyecto, asesorando al Equipo de Gestión y las Instituciones Beneficarias de la Ejecución en los aspectos técnicos, metodológicos y operativos a fin de lograr los objetivos y resultados esperados del proyecto. En este sentido, las responsabilidades del experto permanente incluye asesoría en todos los aspectos de la ejecución del proyecto: la planificación operativa, la ejecución, el seguimiento y el cierre ordenado, así como los aspectos técnicos, metodológicos y de procedimientos administrativos y financieros. Los expertos de corta duración tendrán la responsabilidad de llevar a cabo las tareas que les sean encomendadas a fin de proveer la transferencia de conocimientos y experticia necesaria para cumplir con los resultados del proyecto, según sea el caso. La Asistencia Tècnica estará a disposición del Equipo de Gestión y no asumirá tareas o responsabilidades de gestión o dirección del proyecto, funciones que incumben exclusivamente al Beneficiario, y responderá por su actividad al Ministerio de Justicia y del Derecho y a la Delegación de la Uniòn Europea. Su principal tarea será la de proporcionar un apoyo técnico al Equipo de Gestión y a las Instituciones Beneficiarias de la Ejecución en los aspectos de 75 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

planificación, ejecución y seguimiento de las actividades realizadas por el Proyecto Fortalecimiento Institucional para la Atención a las Vìctimas. El experto permanente trabajará en coordinación con la Dirección del Proyecto, el personal técnico del proyecto y su personal administrativo, a los cuales brindará todo el apoyo y las recomendaciones necesarias para asegurar el correcto cumplimiento del Convenio de Financiación. Los Expertos ejecutarán su tarea como asesores de manera profesional y aportarán, bajo coordinación de y en una relación armoniosa con el EdG y las Instituciones Beneficiarias de la Ejecución, sus conocimientos y experiencia para optimizar la gestión y la ejecución del Proyecto, sin asumir responsabilidades de dirección o gestión directa. En particular, se detallan las siguientes actividades: Resultado 1 Prestación del servicio de Asistencia Técnica Permanente, para lograr una ejecución del proyecto basada sobre criterios internacionales y nacionales de planificación, ejecución y seguimiento del programa, asesorando al Equipo de Gestión y a las Instituciones Beneficarias de la Ejecución en los aspectos técnicos, metodológicos y operativos con miras a lograr los objetivos y resultados esperados del proyecto. Actividad 1: Velar por la debida ejecución del Convenio de Financiación, los Presupuestos Programas, y por el respeto de la filosofía y objetivos de la intervención, apoyando en el direccionamiento y cumplimiento del proyecto. Actividad 2: Apoyar en la planificación, organización y supervisión de todas las actividades del proyecto en las Instituciones Beneficiarias de la Ejecución, asegurando la correcta ejecución de las acciones dirigidas a los tres resultados contemplados en el Proyecto. Actividad 3: Ayudar en la elaboración de los documentos teóricos de discusión y de los informes pactados en el Convenio de Financiación suscrito entre la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional y la DUE, cooperando en el diseño y ejecución de los Presupuestos Programas y en la preparación de los informes trimestrales, anuales y final, en relación a sus contenidos técnicos. Actividad 4: Verificar y visar junto con la Direcciòn del Proyecto todos los Términos de Referencia y dossier de licitación que se formulen antes de ser enviados para la aprobación de Acción Social y la Delegación de la Uniòn Europea. Actividad 5: Apoyar la coordinación de las labores de implementación y desarrollo de una estrategia de comunicación del proyecto para garantizar la circulación de la información, el posicionamiento y la visibilidad del proyecto en el País.

76 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

Actividad 6: Preparar el plan de trabajo semestral de las necesidades de Asistencia Técnica de corto plazo y coordinar las misiones de apoyo de corta duración en todos los aspectos y en general asegurar la calidad del trabajo de la asistencia técnica de corto plazo. Actividad 7: Apoyar a la Direcciòn del EdG en el manejo y fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales, incluida la Acción Social y la Delegación de la Uniòn Europea y todas aquellas instituciones necesarias para la ejecución del proyecto. Actividad 8: Apoyar y realizar labores de implementación y desarrollo del sistema de seguimiento y monitoreo y la estrategia de evaluación nacional en forma conjunta con el EdG. Actividad 9: Dar sugerencias sobre la estructura, organigrama y funcionamiento del EdG y sobre los mecanismos de supervisión de los recursos materiales, humanos y financieros del proyecto. Actividad 10: Averiguar todo otro aspecto atinente a una buena ejecución del proyecto de la manera como se prevé en el Convenio de Financiación. Actividad 11: Informar periódicamente a la Acción Social y la Delegación de la UE en Bogotá D.C. sobre la ejecución del proyecto, canalizando todas las inquietudes surgidas desde las Instituciones Beneficiarias de la Ejecución sobre el desarrollo del proyecto y brindando el tratamiento necesario para su resolución; Actividad 12: Apoyar en la coordinación de las diferentes visitas de campo y misiones de evaluación que realicen a la región y a los diferentes proyectos la UE y la Acción Social. Actividad 13: Apoyar a la Coordinación del programa en todos los trámites administrativos requeridos para la ejecución del mismo y el rápido desembolso de los fondos por parte de la UE, de la Agencia de ejecución y las Instituciones Beneficiarias de la Ejecución. Actividad 14: Asesorar a la Dirección del programa en lo que se refiere a la aplicación y respeto de las disposiciones, procedimientos y reglamentos de la UE, en particular en relación a las licitaciones de servicios y suministros, velando por el cumplimiento de los manuales y procedimientos definidos para las operaciones. Actividad 15 Apoyar al EdG en la preparación de las licitaciones y de contratos de servicios y suministros necesarios para la ejecución del proyecto (las contrataciones que se hagan con fondos europeos se harán conforme a los procedimientos establecidos por la Uniòn Europea; las que se hagan con fondos nacionales, conforme a la legislación nacional). A tal efecto, ayudar en la preparación y lanzamiento de las licitaciones correspondientes y asesorar y/o participar en el examen de las ofertas. Actividad 16: Velar por el respeto de todos los procedimientos de la UE con relación a todos los movimientos de fondos y a los procesos de licitación y contratación. 77 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

Actividad 17: Supervisar, apoyar y llevar a cabo actividades correspondientes a la preparación del cierre ordenado del proyecto, incluyendo la preparación de propuestas de transferencia, traspaso y el Acta de Cierre. Actividad 18: Todas aquellas tareas y actividades que le sean encomendadas por la Direcciòn del EdG o la Delegación de la UE para el logro del objetivo y los resultados del proyecto. Actividad 19: Incorporar al proyecto los criterios de complementariedad y coordinación con las iniciativas de otras agencias de cooperación en ejecución. Actividad 20: Apoyar en la preparación de los convenios y acuerdos con otras instituciones involucradas en el proyecto o a quienes se encomiende la ejecución de partes del mismo. Resultado 2 Prestación del servicio de Asistencia Técnica de corta duración, para lograr una transferencia de conocimientos, experticia y productos concretos para impulsar las líneas de acción que sostienen el proyecto en los campos de gestión de cooperación internacional, capacitación en justicia transicional, formulación de políticas públicas en justicia transicional, derechos humanos, genética forense, restitución de bienes, atención psicojurídica, entre otros a través de misiones de corta duración, proveyendo un backstopping técnico puntual al Equipo de Gestión, a las Instituciones Beneficarias de la Ejecución en general en la gestión de acciones especificas para alcanzar el objetivo y los resultados esperados del proyecto. Actividad 1: Dar asesorìa sobre los aspectos técnicos del proyecto y fortalecer el Equipo de Gestiòn y las demás entidades vinculadas, dentro de los límites de su competencia técnica especìfica Actividad 2: Trabajar en forma articulada con el Equipo de Gestión y las demás instancias del proyecto, manteniendo una estrecha coordinación e información sobre los avances, dificultades y retos de la ejecución del programa. La asistencia técnica pondrá especial énfasis en transferir a los homólogos nacionales el “knowhow” necesario para poder dar continuación y sostenibilidad a los resultados del proyecto. Sin embargo, la AT tiene como papel no sólo impulsar las actividades del proyecto correspondientes a su ámbito de competencia, sino también transmitir al personal local su “saber hacer” y conocimientos apropiados de modo que las entidades nacionales involucradas puedan hacerse cargo de gestionar por sí mismas estas actividades después de finalizado el Proyecto. Cabe anotar que las responsabilidades, tareas y actividades encomendadas a los expertos de corta duración se detallarán en los Términos de Referencia correspondientes.

78 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

4.3 Gestión del proyecto 4.3.1 Órgano responsable En el marco del Proyecto “Fortalecimiento Institucional para la Atención a las Víctimas” el Ministerio de Justicia y del Derecho es la autoridad Contratante. 4.3.2 Estructura de gestión Toda la ejecución del proyecto será responsabilidad del Ministerio de Justicia y del Derecho, denominada Agencia de Ejecución, AE, quién a su vez contará con el apoyo y acción de las Instituciones Beneficiarias de la Ejecución. Estas instituciones corresponden a las entidades públicas con las cuales se tendrán actividades durante el proyecto: Defensoría del Pueblo, Fiscalía General de la Nación, Comisiòn Nacional de Bùsqueda de Personas Desaparecidas y Ministerio de Justicia y del Derecho, quienes a su vez son las Instituciones Beneficarias de la Ejecución de la presente contratación de servicios. Esta estructura de gestión tendrá a su cargo la toma de decisiones y validación de todas las actividades en el desarrollo de ejecución del contrato. Cada actividad a realizar debe llevar el visto bueno de los representantes del Equipo de Gestión del Proyecto y las Instituciones Beneficarias de la Ejecución, a falta de uno de ellos la entidad contratante no certificaría el cumplimiento del contrato. Con el fin de garantizar la coordinación institucional e intersectorial necesaria para la ejecución del proyecto la AE, ha constituído Comité Consultivo y un Comité Técnico interinstitucional, presidido por él mismo. El Comité Consultivo está formado por representantes, a nivel directivo, de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, Defensoría del Pueblo, Fiscalía General de la Nación, Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas y el Ministerio de Justicia y del Derecho, así como representantes de la Delegación de la Unión Europea a título de observadores. El Equipo de Gestión del Proyecto realiza la secretaría del comité. Este Comité se reunirá al menos 2 veces por año, las opiniones emitidas por el Comité Consultivo tienen valor de recomendación. El Comité Técnico, conformado por los responsables que cada Institución beneficaria de la Ejecución designe como coordinador al interior de cada institución para la implementación de las acciones que le corresponda. Este comité se reunirá por lo menos una vez cada mes y servirá al Equipo de Gestión del proyecto de mecanismo de enlace, información, complementariedad y coordinación técnica de las actividades llevadas a cabo por las diferentes instituciones.

79 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

El Beneficiario y la AE propondrán la constitución y el reglamento interno de actuación de dichos Comités. El Equipo de Gestión del Proyecto, está compuesto por la Directora, tres coordinadores de eje temàtico, dos personas encargadas de los procesos administrativos y de procedimientos y personal de apoyo dedicado exclusivamente a la ejecución del proyecto. En lo relacionado con el Equipo de Gestión, sus principales funciones identificadas hasta el momento son: • Ejecutar los Presupuestos Programas asegurando el cumplimiento de sus objetivos y resultados bajo los principios de eficiencia, eficacia y oportunidad; • Asegurar la correcta aplicación de los fondos del proyecto; • Cumplir y hacer cumplir los procedimientos establecidos en el Convenio de Financiación, las DTAs y la Uniòn Europea y demás documentos del Proyecto; • Preparar toda la documentación operacional, técnica, administrativa y financiera del proyecto, tales como, los planes operativos, informes, presupuestos, expedientes de licitación para la adquisición de bienes, servicios, contratos, ordenes de pago etc.; • Organizar, ejecutar y supervisar la ejecución de las actividades; • La administración y la gestión contable del proyecto; • Realizar la secretaría técnica del Comité Técnico y del Comité Consultivo; • Asegurar la coordinar en forma permanente con los miembros del Comité Técnico; • Convocar y coordinar reuniones establecidas en el CdF del Comité Consultivo y brindar los insumos necesarios para su correcto funcionamiento; • Suscribir la documentación correspondiente en coordinación con el ente Beneficiario del Proyecto; • Asegurar un cierre ordenado y apropiado del Proyecto. 4.3.3 Instalaciones que debe proporcionar el Órgano de Contratación y/o otras partes Las facilidades de la oficina, incluido mobiliario, equipamiento y suministros de oficina, indispensables para realizar su trabajo serán puestas a disposición de la AT y de los expertos de apoyo por el Órgano de Contratación, a través del Ministerio del Justicia y del Derecho. No obstante lo anterior, cada experto (tanto el experto permanente como los expertos de corta duración) debe traer consigo un computador portátil como herramienta básica de trabajo.

80 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

5. LOGÍS 6. TICA Y CALENDARIO 5.1 Localización El experto de larga duración de la Asistencia Técnica (AT) trabajará a tiempo completo en el país beneficiario, con sede principal en la ciudad de Bogotá D.C. No obstante, se prevéen desplazamientos en diferentes áreas del país de acuerdo con las necesidades del proyecto. Los expertos de corta duración, según el requerimiento deberán desplazarse a otras áreas geográficas del país según las actividades previstas. 5.2 Fecha de inicio y período de ejecución operativa de las prestaciones La fecha de inicio prevista es a comienzos del año 2012 y el período de ejecución del contrato será de veintiocho (28) meses calendario a partir de esta fecha. Véanse los artículos 4 y 5 de las condiciones especiales para la fecha de inicio y el período de ejecución reales. Cabe resaltar que cada año calendario el experto de larga duración podrá tener hasta un máximo de 60 días de vacaciones. 6. REQUISITOS 6.1 Personal 6.1.1 Experto principal El experto que tienen un papel crucial en la ejecución del contrato se considerará experto principal. Su perfil para el presente contrato es elsiguiente: Experto principal 1: Experto permanente- Jefe de Misión Cualificaciones y habilidades: •

Titulo universitario en Ciencias Sociales, Derecho, Ciencia Política, Relaciones Internacionales, Sociología y/o afines.

• Titulo de Postgrado en Derechos Humanos y/o Derecho Internacional Humanitario y/o afines Experiencia profesional general:

81 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA



UNION EUROPEA

Mínimo quince (15) años de experiencia acreditada en el ejercicio profesional de Ciencias Sociales, Derecho, Ciencia Política, Relaciones Internacionales, Sociología y/o afines.

Experiencia profesional específica: •

Mínimo diez (10) años en ejecución de proyectos o trabajo en víctimas, Derechos Humanos y/o Derecho Internacional Humanitario y/o o afines



Mínimo tres (3) años Experiencia profesional en la dirección de proyectos de cooperación internacional. Preferiblemente de la CE.



Dominio de la metodología de la Gestión del Ciclo del Proyecto, preferiblemente la utilizada en los proyectos comunitarios en América Latina, así como de los correspondientes instrumentos metodológicos (Manual preparación, Presupuestos Programas, Marco Lógico, Monitoreo, Seguimiento y Evaluación).

6.1.2 Otros expertos En total se prevén 15 p/m de expertos/as de corta duración. Antes de la firma del contrato no se examinarán los CV de estos expertos, salvo el del experto principal. Por lo tanto, no deberían incluirse en las licitaciones. Durante la planificación de las DTAs y los Presupeustos Programas, las diferentes IBE identificaron una serie de necesidades de Asistencia Técnica que se enumeran a continuación de acuerdo con las subactividades del proyecto y las cuales deberán ser consideradas en la sección organización y metodología propuesta: • • • • •

Justicia Transicional, Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Protección a Víctimas y Testigos. Atención Psicojurídica a las Vícitmas. Genética Forense, laboratorios de genética. Restitución de Bienes.

Sin desmedro de lo anterior, el consultor seleccionará y contratará a otros expertos en caso de necesidad según los perfiles identificados en la sección organización y metodología y/o posteriormente, según las necesidades del proyecto. Los procedimientos de selección utilizados por el consultor para seleccionar a estos otros expertos serán transparentes y se basarán en criterios previamente definidos, incluidas las cualificaciones profesionales, los conocimientos lingüísticos y la experiencia laboral. Los

82 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

resultados del jurado de selección quedarán registrados. La selección de expertos estará sujeta a la aprobación de la autoridad contratante. Obsérvese que los funcionarios y el personal de la administración pública del país beneficiario no podrán ser contratados como expertos, salvo que la Comisión Europea haya dado previamente su aprobación por escrito. 6.1.3 Personal y servicios de apoyo El Consultor adjudicatario del contrato de asistencia técnica, desde su sede central, se responsabiliza de asegurar el máximo apoyo que sea necesario para que los expertos destinados en el proyecto puedan realizar su trabajo en las mejores condiciones posibles. Los costes del personal y/o servicios de apoyo deben incluirse en los honorarios de los expertos. 6.2 Oficinas El beneficiario, a través de la Agencia de Ejecución, facilitará un espacio para el experto permanente y los expertos de corta duración en las oficinas del Equipo de Gestión. 6.3 Instalaciones que debe proporcionar el consultor El consultor garantizará el apoyo y equipamiento (con computadoras portátiles) adecuado de los expertos. En particular, garantizará la existencia de una provisión administrativa, de secretaría e interpretación suficiente que permita a los expertos concentrarse en sus responsabilidades primarias. También debe transferir fondos, en función de las necesidades, para apoyar sus actividades al amparo del contrato y garantizar el pago a sus empleados regularmente y a su debido tiempo. Si el consultor es un consorcio, los acuerdos deberán permitir una máxima flexibilidad en la ejecución del proyecto. Deberán evitarse los acuerdos que ofrezcan a cada socio del consorcio un porcentaje fijo del trabajo que debe realizarse en virtud del contrato. 6.4 Equipo No deberá comprarse ningún equipo en nombre de la autoridad contratante/del país beneficiario como parte del presente contrato de servicio o transferirse a la autoridad contratante/país beneficiario al final del presente contrato. Cualquier equipo relacionado con este contrato que deba ser adquirido por el país beneficiario deberá adquirirse mediante una licitación de suministros independiente.

83 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

6.5 Gastos imprevistos La provisión para gastos imprevistos cubre los gastos complementarios y excepcionales elegibles contraídos en virtud del presente contrato. No podrá utilizarse para los costes que deben ser cubiertos por los consultores como parte de sus honorarios, tal como se define anteriormente. Su uso estará regulado por las disposiciones incluidas en las Condiciones Generales y las notas en el anexo V del contrato. La provisión cubre: • Gastos de viaje y dietas por misiones, fuera del lugar habitual del puesto de trabajo, que deban realizarse en virtud de este contrato. Si procede, indíquese si la provisión incluye los costes de medidas medioambientales como la compensación de emisiones de CO2. No ofrezca estimación financiera. • Apoyo logístico para la realización de talleres dentro de las actividades programadas de Asistencia Técnica que incluyen: auditorio, ayudas audiovisuales, equipos, refrigerios, almuerzos, papelería, según lo solicitado. No ofrezca estimación financiera. No ofrezca ninguna estimación financiera Las dietas que se deban pagar por misiones realizadas en virtud del presente contrato no deberán exceder las tarifas publicadas en el sitio Internet http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/index_es.htm al comienzo de cada misión. Notas orientativas sobre el cálculo de la provisión para gastos imprevistos: Todos los costes relativos a la provisión de expertos (incluido el viaje hacia/desde el país beneficiario y las dietas una vez esté allí, aparte de las misiones especificadas en estos Términos de Referencia) deberán incluirse en los honorarios. La explicación explícita en las notas al desglose presupuestario es la siguiente: - la provisión para gastos imprevistos no cubre el viaje hacia/desde el país beneficiario para expertos (con excepción de las misiones incluidas en el contrato) Estos costes de movilización y desmovilización están incluidos en los honorarios. A este respecto no debe hacerse ninguna distinción entre expertos a largo plazo y expertos a corto plazo. Las únicas dietas y gastos de viaje que deben ser cubiertos por la provisión para gastos imprevistos son aquéllos relativos a misiones que se exigen en virtud de los presentes Términos de Referencia.

84 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

- la dieta pagada a los expertos en misiones que requieran pasar una noche fuera del lugar habitual del puesto de trabajo no deberá exceder la tarifa de dietas publicada en el sitio Internet http://ec.europa.eu/europeaid/work/procedures/index_es.htm para cada noche lejos de la base de operaciones. Recuérdese que el importe determinado en los Términos de Referencia como provisión para gastos imprevistos es simplemente un límite superior en los costes imprevistos. No necesita calcularse exactamente y no importa que los costes reales sean mayores o menores que los importes calculados de los componentes, a condición de que se haya tenido en cuenta un margen razonable del error. No deberá aparecer ningún cálculo detallado de la provisión para gastos imprevistos ni en los Términos de Referencia ni en el expediente de licitación, pues en caso contrario, los importes indicados pueden llegar a ser jurídicamente vinculantes. 6.6 Verificación de gastos La provisión de verificación de los gastos se refiere a las tarifas del auditor al que se le ha encomendado la comprobación de los gastos del presente contrato para proceder al pago de los plazos de prefinanciación y de los pagos intermedios.

7. INFORMES: 7.1 Normas sobre preparación de informes Véase el artículo 26 de las Condiciones Generales. Facultativo para los contratos de una duración inferior a 12 meses: Independientemente de los informes y documentos a preparar por el EdG, en cuya elaboración el Experto Permanente asesorará, el Consultor presentará en 3 ejemplares (1 para la Delegación de la Unión Europea para Colombia, 1 para la Acción Social y 1 para el Ministerio del Justicia y del Derecho) informes semestrales y un informe final al acabarse el contrato de ATI. Deberán ir acompañados de la factura correspondiente, el informe financiero y un informe de verificación de los gastos tal como queda definido en el artículo 28 de las Condiciones Generales. Al final del período de implementación de las prestaciones, en el expediente deberá elaborarse un informe final, y presentarse una factura final, que deberá ir acompañada del informe financiero de verificación de los gastos. El proyecto de informe definitivo deberá presentarse al menos un mes antes del fin del período de implementación de las prestaciones. Obsérvese que estos informes intermedios y finales son adicionales a los exigidos en la sección 4.2 de los presentes Términos de Referencia.

85 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

Cada informe contendrá una parte descriptiva y una parte financiera. La correspondiente al informe financiero deberá contener detalles de los tiempos de los expertos y de los gastos imprevistos, así como de la provisión de verificación de los gastos. En estos informes el Consultor expresará libremente su opinión respecto a la ejecución del proyecto (logros, problemas, limitaciones, propuestas de soluciones, etc.) y destacará, además, las actividades realizadas por cada uno de sus expertos, las actividades de “backstopping” llevadas a cabo y sus resultados. Esos informes serán, normalmente, breves. Será más detallado y extenso el informe final del Consultor. El Asistente Técnico de largo plazo presentará a la Acción Social, al Ministerio de Justicia y del Derecho y a la Delegación de la Unión Europea, un informe trimestral breve sobre sus actividades y su apreciación del desenvolvimiento del proyecto. Además cada misión de apoyo de corta duración dará origen a un informe adicional y específico. El Consultor debe informar inmediatamente a los servicios de la Delegación de la Unión Europea sobre cualquier anomalía, problema u otra circunstancia o evento de su conocimiento que pueda perjudicar o poner en peligro la buena ejecución del proyecto o su sostenibilidad. En resumen, además de los documentos, informes y resultados que deben ser especificados en las tareas y responsabilidades del experto principal, el Titular debe facilitar los siguientes informes: Nombre del informe Informe preliminar

Contenido Análisis de la situación y plan de trabajo para el proyecto Informe de progreso de las Breve descripción del actividades a los 6 meses progreso de las actividades (en materia técnica y financiera), incluyendo los problemas encontrados, las actividades planeadas para los siguientes 6 meses, acompañada de una factura y un informe de verificación del gasto.

Plazo de presentación No más tarde de 1 mes tras el inicio de la ejecución

Borrador del informe final

No más tarde de 1 mes tras el fin del período de implementación

Breve descripción de las logros, incluyendo los problemas encontrados y recomendaciones

No más tarde de 1 mes tras el fin de cada 6 meses del período de ejecución

86 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

Informe final

UNION EUROPEA

Breve descripción de los logros, incluyendo los problemas encontrados y recomendaciones; una factura final y el informe financiero acompañado por el informe de verificación de gasto.

En 1 mes desde la recepción de los comentarios al borrador del informe final realizados por el Gestor del Proyecto identificado en el contrato

7.2 Presentación y aprobación de los informes Deberán presentarse al jefe del proyecto identificado en el artículo 8 de las condiciones particulares tres (3) copias de los informes de progreso mencionados anteriormente. Los informes deberán redactarse en español. El jefe del proyecto será el responsable de la aprobación de los informes de progreso. El Consultor, o según el caso la ATI, presentará todos los informes simultáneamente a la Acción Social, al Ministerio de Justicia y del Derecho y a la Delegación de la Unión Europea, quien dará la aprobación previa consulta con los otros recipientes e informará al Consultor correspondientemente. Debe tenerse en cuenta que los informes que se presenten deberán estar en copia magnética y en físico. 8. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN 8.1 Definición de indicadores La tarea de los expertos requiere no solamente unos conocimientos técnicos de alto nivel, sino también labores de apoyo a la ejecución del proyecto. Por ello, el Consultor se responsabiliza de que sus expertos tengan conocimientos suficientes en gestión de proyectos de cooperación y, en particular, en “gestión del ciclo de proyecto”. Los indicadores para medir los resultados de la AT corresponden a los indicadores del proyecto como indicado en el Marco Lógico del mismo (que se pondrá en conocimiento del adjudicatario de este contrato) y si lo consideran pertinente aquellas otras medidas de rendimiento específicas, válidas, útiles, prácticas y comparables del progreso hacia la obtención de los resultados esperados. Pueden ser cuantitativas: medidas de cantidad, incluidas declaraciones estadísticas; o cualitativas: juicios y opiniones derivadas del análisis subjetivo 8.2 Requisitos particulares

87 de 131

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO UNION EUROPEA PROYECTO “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS”

Convenio No. DCI-ALA/2008/019-588 REPUBLICA DE COLOMBIA

UNION EUROPEA

El Consultor mantendrá informados en todo momento a la Delegación de la Unión Europea acerca de los expertos que estén trabajando en el proyecto, anunciando con antelación su llegada y partida, incluidas las vacaciones. Para los expertos que desempeñen su trabajo desplazados al país beneficiario, los certificados de presencia de cada experto deben estar firmados por el EdG. Este los remitirá a la Delegación de la Unión Europea, quien los visará y los devolverá al Consultor con el fin de que éste pueda acompañarlos a sus facturas. Nota sobre el estatuto de los expertos El personal del consultor destacado permanentemente al proyecto gozará, durante su período de trabajo en el mismo, del estatuto de “experto internacional”, de acuerdo con la legislación de la República de Colombia, país sede del proyecto. En particular, este personal podrá obtener permiso de residencia y trabajo en el país, estará exento de tributación por sus ingresos derivados de su trabajo en el proyecto y podrá importar sus efectos personales sin abonar derechos de aduana o impuestos a la importación. La Delegación de la Unión Europea asesorará a los expertos para la obtención de estas facilidades.

88 de 131