El Peniano 15 de oetiembre de 2010
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SE RESUELVE: Artículo lo.Autorizar al Ministerio de Justicia a efectuar el pago de US$ 10.000.00 (Diez Mil y 001100. Dólares de los Estados Unidos de América) al Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD), correspondiente a la cuota del año 2010. Articulo 29- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al Dresuouesto del Ministerio de Justicia. ' ~kicul3 oO.- La &uivalencia en moneda nacional sera establecida segun el tcpo de cambio vigente a la fecha de Regístrese. comuniquese y publiquese. AUN GARCIA PCREZ Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARC~ABELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 54370648
Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores efectuar pago del aporte comunitariodel año 2010 al Parlamento
Andino RESOLUCI~NSUPREMA No374-2010-RE
Lima. 14 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que es obligación del Pen3 cumplir con el pago de las cuotas v adeudos a los oraanismos internauonales. de maneraque permita ~otencigrla capacidad de negociación en las gestiones diplomáticasy acrecentar el beneficiode los fluios de cooperación v asistencia técnica internacional: ' Que en el presupuesto del Ministerio de ~elaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuotas a oraanismos internacionales. en el aue está incluido el ~arlamentoAndino bajo el nombre del Fondo Latinoamericano de Reserva [FLAR); Que. en consecuencia. es.necesario autorizar el oaao de cuotas a organismos internacionales de a c ~ e r d oen '~ función a la disponibilidad de la Caia Fiscal; De conforniidad con lo establecido en el artículo 67, numeral 67.1 de la Ley No 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuestodel Sector Público para el aflo Fiscal 2010 y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Atiículo lo.Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de USS 50,000.00 (Cincuenta Mil y 001100 Dólares de los Estados Unidos deAmérica) al ParlamentoAndino, correspondiente al aporte comunitario del año 2010. Amculo 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el aitiuik m n t e serán w n cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinark. Función 02 Relaciones E>cteciores, Programa Funchal 002 Servido Diplomático. Sub-RogramaFuncional002Ce~Dipbm&, ActMdad 1.040249ParlamentoAndim.Componente3.112501 Parlamento Andino, Meta 00009: Amones AdminisbaüvasParlamentoAndino, Especffica2.4.12.199AObosOrganismos lntemadonales del Presupuesto del Ministerio de Rehciones Exterioreswrrespondiknte al Eje* 2010. Regfstrese, comuníquese y publiquese. A U N GARCIA P É R U Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARC~ABELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores
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Aprueban Fbrmatos de Salud que integran la Directiva No 083-2006MINSA/DGSP - V.O1
Lima, 13 de setiembre del 2010 Visto el Expediente N"10-063045-001 que contiene la Nota Informativa No 1313-2010-DGSPiMINSA de la Dirección General de Salud de las Personas y el Informe No 689-2010-OGAJiMlNSA de la Oficina General de Asesoria Jurídica, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo No032-2005-PCM, modificado por el Decreto Supremo N" 062-2005-PCM. se creó el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres - "JUNTOS". el cual tiene por finalidad ejecutar transferencias directas en beneficio de las familias más Dobres de la Doblación. rurales v urbanas. así como hcilitar a las fa'milias be&ciadas.'con su pa&icipacióny compromiso voluntario, prestaciones de salud. nutrición. de educación e identidad, orientadas a asegurar la salud y nutrición preventiva materno-infantil, la escolaridad sin desercidn así como el registro e identificación; Que, a trav6s de la Resolución Ministerial Na-4432006/MINSA, del 9 de mayo de 2006, se aprobó la DirectivaAdministrativa No083-2006-MINSNDGSP-V.01. 'Directiva para el manejo de Formatos de Salud Juntos. por el personal asistencial de los Establecimientos de Salud. comprendidos en los distritos donde inte~iene el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres - JUNTOS", con el objetivo de establecer el procedimiento que debe seguir el personal asistencial de los establecimientos de salud que atienden a la poblacibn procedente de los distritos donde i n t e ~ e n e dicho Programa, para el llenado y visado de los Formato de Salud - JUNTOS, pertenecientesal Programa; Que, mediante el Oficio No 758-2010-PCMIPNADPDE, el Director Ejecutivo Adjunto del Programa JUNTOS, manifiesta que se han revisado los procesos, procedimientos e instrumentos a favor de la eficiencia y efectividad de dicho Programa. resultando necesario la aprobación de nuevos Formatos de Salud. y, en consecuencia, procedera la actualizacióncorrespondiente de la DirectivaAdministrativa No083-2006-MINSAIDGSPV.O1, aprobada por Resolución Ministerial No 443-20061 MINSA; Que, el articulo 41' del Reglamento de Organizacibn y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo No 023-2005-SA, dispone que la Direccidn General de Salud de las Personas, es el órgano Wcnico normativo en los procesos relacionados. entre otros, a la atención Integral y servicios de salud; Que. la Dirección General de Salud de las Personas. en el marco de sus com~etencias.ha d roce di do a revisar y actualizar los ~ o n a t k sde Salud a que se refiere la DirectivaAdministrativa No083-2006-MINSAIDGSP- V o l . aorobada Dor Resolución Ministerial No443-2008lMINSA. emitiendo \a opinión técnica favorable correspondiente. ' Estando a lo propuesto por la Dirección General de . . Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Dirección ' Geneml de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministm" de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal 1).del articulo 8" de la Ley N' 27657. Ley del Ministerio de Salud;
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SE RESUELVE: Articulo l'.-Aprobar los Formalos de Salud que int ran la Directiva Administrativa No 083-2006-MINSN D ~ P V.01, 'Direcüva para el manejo de Fonnatos de Salud - Juntos, por el personal asistencial de ,los
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EstableUmientos de Salud. comprendidos en b s disiritos donde interviene el Pmgrama Nacional de Apoyo Directo a los Mhs Pobres JUNTOS", aprobada por Resolución Ministerial No4482006/MINSA, según el detalle siguiente:
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Lima. mihlm 15 de sehanbe de 2010
de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
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DECRETA: Artículo lo.Finalidad FormatoSaludOl: Identificaciónde los representantes Establecer las wndiciones de trabajo aplicables a las personas naturales que brindan servicios de guardianía edificios de departamentos con fines de conewonsabilidad en ~ ~ l ~ d - ~- ~~ i ~f yir ~N~ROS i ~~ i ó O ~ portería en habitaci6n. quintas, condominios, entre otras unidades menores de 6 aiios. inmobiliarias con fines habitacionales. Formato 03: de cumplimiento de Corresponsabilidad en Salud Nutrición -Gestantes. Artículo P.-Amblto de a~llcaci6n Se encuentran sujetos 'a la presente norma las Artículo ZO.- Dejar sin efecto el Anexo O1 de la Directiva juntas de propietarios, asociaciones o agrupaciones de Administrativa NO08820~MINS,,,DGSPV.O, pmpietarios e inquilinos de las unidades inmobiliarias para el maMjo de Fomtos de Juntos, por el w n fines habitacionales, a las que hace referencia en el personal de EstaMecimientos de articulo l o delpresente Decreto "premo. comprendidos en los distritos donde intervieneel Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres -JUNTOS, Artículo So.- Condiciones da trabajo aprobada por Resoluci6n Ministerial No4482006lMINSA. Las juntas de propietarios,, asociaciones o Artículo 3"- Diqmner que la Oficina General de ag~pacionesde propietarios e inquilinos de las unidades Comunicacione~publiquela presente Resoluci6n Ministerial inmobiliarias con fines habitacionales, se encuentran en la direccibn electrónica ,,,,,,J~,minsa,gob.pel obligados a otorgar las siguientes condiciones de trabajo transparencialdge-noms.asp. del Pwtal de lntemet del a los guardianes o porteros: Regiatrese. comuniquese y publiquese. 3.1 Un espacio físico o área de trabajo debidamente techado destinado exclusivamente a sus labores de OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ guardianía o porteria. De prestarse el servicio permanente Ministro de Salud de guardiania o porieria en el exterior del inmueble. se proveerá de una silla y una caseta, solicitando la autorización munici~alcorresriondiente.
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Decreto Supremo que establece condiciones de trabajo apiicables a las personas naturales que brindan servicios de guardiada o portería en edificios de departamentos con fines de habitaci6n. quintas, condominios, entre otras unidades inmobiliarias con fines habitacionales
Artículo So.- Vlgancia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a los treinta (30) días de su publicación. Aitículo 6O.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima. a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil diez.
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DECRETO SUPREMO No009-2010-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:
Presidente Constitucional de la República GARCY PtRU MANUELA GARCIA COCWIGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 543706-7
Que, la Constitución Politica del Perú establece que el trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de alención prioritaria del Estado y. asimismo. reconoce que ninouna relaci6n laboral ouede limitar el eiercicio de los deiédios constitucionales, ni desconocei o rebajar la dignidad del trabajador; Que NO 00897-TR. oue aomeba el T*,y .&bel~-Deaeto h~~&Suwemo Decreto Legislat~o~;7-2va,~~~y
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Pmducüvldad y Compeaovidad Laboral. regula los derechos laboralesy condicionesde trabajo de laairabajadoressujetos gl rdgimen laboralde la acñvidad privada; Que, la finacdad es otorgar a los trabajadores que Mndan semide de guardimia o porterla en edificios de depaitamentos mñnes de habitación, quintas, condominios, adre obas unidades inmobiliarias m fmes hab'taaonales. awiicionesdebabajoquecoedywenaproteger su seguridad y d u d durante el desarrolb de sus labores; Que. resulta necesario precisar las obligaciones que se encuentran a cargo de las juntas de propietarios, asociaciones o ag~pacionesde propietarios e inquilinos de dichas unidades inmobiliarias destinadas a fines de vivienda; De conformidad w n el inciso 8) del articulo 118' de: 1 Constitución Política del Perú; el inciso 3) del articulo 11 de la Ley No 29158, Ley Orghnica del Poder Ejecutivo; y el numeral 5.2) del artículo 5O de la Ley No 29381, Ley
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representante del Estado ante , de ~ ES6ALUD ~ ~
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RESOLUCIÓN SUPREMA N' 023-2010-TR Lima, 14 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema No 025-2006-TR se design6 al seflor PIO FERNANDO BARRIOS IPENZA como representante del Estado ante el Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud ESSALUD, habiendose renovado dicha designación mediante ResolucibnSuprema No031-2008-TR; Que. de conformidad con el Artículo 5O de la Ley No 27056. señala que los mandatos de los Miembros del Consejo Directivo son ejercidos por dos anos, pudiendo ser renovados una sola vez por un periodo igual; Que, en consecuencia se hace necesario dar por concluida la designaci6n del Sr. Plo Fernando BaMs lpenza y designarse al nuevo re resentante del Estado ante del seguro gocial de salud - ESSALUD. el Consejo ~irectivo quien desempeñará el cargo de Presidente Ejecutivo;
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