ADMINISTRACIÓN LOCAL

7 mar. 2016 - Ser español o ciudadano de la Unión Europea. .... su ámbito de actuación geográfico o con colectivos de personas afectadas con las mismas ...
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administraCión lOCal NúM. 570

ayuntamientO de CuenCa ANUNCIO

La Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento en Sesión Ordinaria, celebrada el día 29 de febrero de 2016 adoptó acuerdo de que se efectúe convocatoria pública, con arreglo a las Bases que se adjuntan: BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONSTITUCIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO DESTINADAS A EVENTUALES CONTRATACIONES DE PERSONAL LABORAL (PSICÓLOGOS Y EDUCADORES SOCIALES) EN EL AYUNTAMIENTO DE CUENCA PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA Es objeto de la presente convocatoria la constitución de bolsas de trabajo para eventuales contrataciones de personal laboral (psicólogos y educadores sociales) en el Ayuntamiento de Cuenca. SEGUNDA: CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES Para ser admitido a estas pruebas selectivas, será necesario: •

Ser español o ciudadano de la Unión Europea.

• Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, ambas referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias. •

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto de trabajo convocado.

• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del puesto objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. • No estar incurso en causa de incompatibilidad de las establecidas en la Ley 53/84, de 26 de diciembre y normativa de aplicación en la materia. • Estar en posesión, en cada caso, de la siguiente titulación, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación: -

Psicólogo: Licenciatura o Grado en Psicología.

-

Educador Social: Diplomatura o equivalente en Educación Social.

TERCERA: PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 1.- Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en cada caso, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se dirigirán al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2.- Los aspirantes acompañarán a la instancia fotocopia compulsada del título que corresponda según lo establecido en la base anterior. 3.- El plazo de presentación de solicitudes será de diez días a partir del siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia. CUARTA: PROCESO SELECTIVO La selección se realizará a través del sistema de oposición, que consistirá en la realización de una prueba dividida en dos partes, las cuales se celebrarán en la misma sesión, según el siguiente detalle:

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PRIMERA PARTE.- Consistirá en responder en un tiempo máximo de 20 minutos a un cuestionario de 25 preguntas con 4 respuestas múltiples (más 5 preguntas de reserva), de las que sólo una de ellas será la correcta, correspondientes a los siguientes bloques temáticos: •

Títulos Preliminar, I, II y III de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.



Títulos I, II y III de la Ley 5/2014, de 9 de octubre, de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha.



Líneas Estratégicas del Plan Integral de Apoyo a la Familia, 2015-2017.



Plan Estratégico de Ayuda a la Familia 2013-2016, de Castilla-La Mancha.



Protocolo Unificado de Intervención con niños y adolescentes de Castilla-La Mancha. Área de Servicios Sociales: Protección de niños y adolescentes e intervención en situación de maltrato a niños y adolescentes. Niños y adolescentes y violencia de género.



Manual de procedimiento y protocolos de actuación ante situaciones de riesgo en Castilla-La Mancha.



Objetivos y actuaciones del Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social 2013-2016.



III Plan Local de Integración Social del Ayuntamiento de Cuenca, 2014-2015.

La valoración de las respuestas se realizará de la siguiente forma: -

Se concederán 0´40 puntos por cada respuesta correcta.

-

Cada respuesta errónea será penalizada con 0´10 puntos.

SEGUNDA PARTE.- Consistirá en la resolución, en un tiempo máximo de 45 minutos, de un supuesto práctico planteado por el tribunal, referido a las funciones propias del puesto a cubrir, y que se relacionan en el anexo. Se calificará de 0 a 10 puntos. La puntuación total del proceso selectivo será el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas partes, y determinará la situación de los aspirantes en la correspondiente bolsa de trabajo. Se establece la página web municipal (www.cuenca.es) como medio de comunicación a los interesados de los actos, acuerdos, comunicaciones y resoluciones integrantes de este proceso selectivo. QUINTA: TRIBUNAL El tribunal del proceso selectivo, de composición exclusivamente técnica, será nombrado por la Junta de Gobierno Local y estará formado por los siguientes miembros, debiendo poseer la totalidad de sus componentes un nivel de titulación igual o superior al exigido para cada puesto: PSICÓLOGOS -

Presidenta: Directora del Área de Intervención Social Municipal.

-

Secretario: un funcionario del Área de Intervención Social Municipal, con voz pero sin voto.

-

4 vocales, funcionarios de carrera, a propuesta de los siguientes órganos:



La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.



El Colegio Oficial de Psicólogos de Castilla-La Mancha.



La Universidad de Castilla-La Mancha.



El Comité de Empresa del Ayuntamiento de Cuenca.

EDUCADORES DE CALLE -

Presidenta: Directora del Área de Intervención Social Municipal.

-

Secretario: un funcionario del Área de Intervención Social Municipal, con voz pero sin voto.

-

4 vocales, funcionarios de carrera, a propuesta de los siguientes órganos:



La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.



El Colegio Oficial de Educadores Sociales de Castilla-La Mancha.



La Universidad de Castilla-La Mancha.



El Comité de Empresa del Ayuntamiento de Cuenca.

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SEXTA: PROPUESTA DEL TRIBUNAL Y CONSTITUCIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO Una vez valorado por el tribunal el proceso selectivo, aquél formulará la relación de los aspirantes con sus calificaciones totales según el orden de puntuación, publicándose el resultado en la página web municipal. La superación del proceso selectivo no confiere derecho a contratación alguna. Se constituirá una bolsa de trabajo para cada una de las categorías, integrada por los aspirantes que hubieran obtenido una calificación mínima de 5 puntos en alguna de las pruebas, clasificada por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo, que permanecerán vigentes durante dos años desde su publicación en la página web municipal. En el caso de que un integrante de la bolsa de trabajo fuera contratado por este Excmo. Ayuntamiento y cesara su relación laboral por motivo no disciplinario, podrá solicitar su reincorporación a la bolsa dentro del plazo de vigencia de la misma, situándose en el número de orden que ocupaba inicialmente cuando se constituyó SÉPTIMA: NORMAS APLICABLES Para lo no previsto en la presente convocatoria, se aplicarán las normas contenidas en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, que regula el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, en la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo público de Castilla-La Mancha, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la demás legislación que sea de aplicación. OCTAVA: RECURSOS La presente convocatoria y bases y los actos administrativos que de la misma se deriven podrán ser impugnados por los interesados en la forma y plazo previstos en los artículos 107 y siguientes de la Ley 20/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuenca, 29 de febrero de 2016 El ALCALDE-PRESIDENTE, Ángel Luís Mariscal Estrada

ANEXO El trabajo del psicólogo y del educador social en los servicios sociales de atención primaria se articula en una estructura organizativa en red con otros profesionales, tales como trabajadores sociales, educadores y profesionales de otras disciplinas. Serán funciones comunes de ambas figuras profesionales: •

Coordinación e intervención en red como modelo de intervención compartida.



Planificación, diseño, implementación y evaluación integrada de proyectos, programas y planes de intervención.



Elaboración de informes de evaluación y memorias de intervenciones y proyectos realizados.

FUNCIONES DEL PSICÓLOGO EN SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA •

Intervención con la población diana en la evaluación, orientación y resolución de sus necesidades.



Individualmente: valoración de capacidades, orientación individual, aprendizaje de competencias, etc.



Grupalmente: intervención basada en grupos de autoayuda, escuelas de padres, y programas de prevención y sensibilización, mediando y negociando, y proporcionando apoyo y fomento de la participación, el consenso, la motivación y los procesos organizativos.



Prestación de atención directa a personas, familias y grupos en situación de vulnerabilidad y dificultad social, con el fin de:



Informar y orientar en relación con los aspectos psicológicos que pudieran favorecer o que sostienen y mantienen las situaciones de desprotección o vulnerabilidad social, tanto a personas individuales, como a grupos o entidades privadas y públicas.



Evaluar y diagnosticar los aspectos psicológicos presentes en las diversas situaciones específicas de vulnerabilidad y dificultad social.



Trabajar con el grupo familiar para superar la situación de desprotección: desarrollo de habilidades de cuidado y educación de los hijos; mejora de las relaciones personales del grupo familiar; integración de la familia en redes de apoyo social y conexión con otros recursos sociales; desarrollo de programas de habilidades parentales para padres con dificultades en la crianza de los hijos.

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Prevenir, mediante un trabajo psicoeducativo y de atención psicológica, los factores psicológicos que pudieran favorecer o mantener las situaciones de dificultad de integración social.



Actuar sobre los factores sociales comunitarios, tanto en los que determinan situaciones de vulnerabilidad y dificultad social, como en los que generan bienestar y mejora de la calidad de vida.



Promocionar y mejorar las redes formales e informales de apoyo social.



Realización de actividades formativas orientadas tanto a la población diana como a los profesionales intervinientes, para que con su intervención puedan tener en cuenta elementos y factores de carácter psicológico, aunque no intervengan de forma directa sobre ellos.

FUNCIONES DEL EDUCADOR SOCIAL EN SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA •

Transmisión, desarrollo y promoción de la cultura.



Conocimiento, análisis e investigación de los contextos sociales y educativos.



Generación de redes sociales, contextos, procesos y recursos educativos y sociales.



Promoción y mejora de las redes formales e informales de apoyo social.



Mediación social, cultural y educativa.



Diseño, implementación y evaluación de programas y proyectos educativos.



Detección y prevención de situaciones de riesgo o de exclusión social, básicamente desde la intervención en el medio abierto.



Recepción y análisis de las demandas, desde el medio abierto y a través de entidades, instituciones y otros servicios, de personas y familias en situación de riesgo y/o dificultad social.



Elaboración, seguimiento y evaluación del plan de trabajo socioeducativo individual.



Información, orientación y asesoramiento, de las prestaciones y los recursos sociales del territorio que pueden facilitar la acción socioeducativa.



Implementación y evaluación de las acciones de apoyo para reforzar el componente socioeducativo de la intervención en cualquier edad del usuario, y prioritariamente con las personas que tienen especiales dificultades en su proceso de socialización.



Elaboración de los informes socioeducativos pertinentes.



Tramitación y seguimiento de las prestaciones individuales como apoyo en los procesos de desarrollo de las capacidades personales y de inserción social en el medio.



Tramitación de propuestas de derivación a otros profesionales, servicios municipales o servicios especializados, de acuerdo con el resto de miembros del equipo.



Elaboración de proyectos de prospección, sensibilización y dinamización.



Recepción y análisis de las demandas de entidades o de grupos vecinales.



Promoción, elaboración y seguimiento de los proyectos de prevención, promoción social o intervención comunitaria en su ámbito de actuación geográfico o con colectivos de personas afectadas con las mismas problemáticas sociales.



Actuación sobre los factores sociales comunitarios, tanto en los que determinan situaciones de vulnerabilidad y dificultad social, como en los que generan bienestar y mejora de la calidad de vida.



Participación en los grupos de trabajo que existan en su ámbito de actuación geográfico y colaboración con otras entidades y sistemas, para una mejor coordinación y atención de la demanda social.



Promoción de la organización y/o animación de la comunidad para conseguir una mejora del nivel social.



Formulación de propuestas técnicas necesarias para la mejora de la calidad del servicio.



Valoración de la pertinencia y necesidades de los servicios.



Participación en la elaboración, desarrollo y organización de los programas generales del servicio.



Coordinación con el resto de miembros del equipo para el establecimiento de criterios y prioridades.



Evaluación con el resto de miembros del equipo de los resultados de las acciones globales realizadas.