Abastecimiento y Servicios Auxiliares, que adjunta

la liquidación física y financiera respectiva y ciena el registro respectivo en el Banco de lnversiones";. Que, de acuerdo a lo señalado en el l¡teral g) del numeral ...
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No 393-2017 - MINCETURYSG/OGA

San lsidro,

22

agosto de 2017

VISTO, el Memorándum No lOO4017-MINCETUFUSG/OGA-OASA, de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, que adjunta el lnforme Técnico No 027 -2017 MINCETUR/SG/OGA-OASA-SDPCP, elaborado por la Sub Dirección de Programación y Conirol Patrimonial (Unidad Orgánica Responsable del Control Patrimonial), el Convenio Marco de Cooperación lnter¡nstitucional, suscrito entre M¡n¡ster¡o de Comercio Exterior y Tur¡smo y la Municipalidad Provincial de Tacna la Primera, Segunda y Tercera Adendas citado Convenio;

y

CONSIDERANDO:

MINCETUR, suscribió un Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Convenio de Cooperación lnterinstitucional - CONVENIO N" '18-2010-MINCETUR/DM, de fecha 27 .08.2010 y las Primera, Segunda y Tercera Adendas, respect¡vamente, con la Municipalidad Provincial de Tacna, con el objeto de aunar esfuezos, capacidades, coordinar ¡n¡ciat¡vas que contribuyan al desarrollo de la cultura ;1.. competencias '-'i exportadora de la ciudad de Tacna, creando una conciencia exportadora en las micro, .i,.f pequeñas y medianas empresas;

-

y

t.:

Que, en ejecución a dicho Conven¡o y sus Adendas, el MINCETUR, ejecutó el Proyecto de lnversión Pública - PlP "Creación de un Centro de lnformación y Servicios en Comercio Exterior. para el Desarrollo de la Oferta Exportable y la Promoción de la Cultura Exportadora de Tacna", con código SNIP No 174016, con un presupuesto de obra ascendente a S/. 379,665-59 nuevos soles, incluido impuestos general a /as yentas, el cual incluye, entre otros, la habilitación de un centro de información, así como el desarrollo de programas de sensibilización, capacitac¡ón y monitoreo para el adecuado funcionamiento del Centro de Servicios lnformación. Asimismo, el MINCETUR, transferirá, a favor de la Municipalidad Provincial de Tacna, los bienes que se adquieran por este proyecto, mediante la firma de un "Convenio de Transferenc¡a" con la finalidad de seguir brindando la oferta de servicios en comercio exterior existente para las Pymes de Tacna, al menos hasta la culminación del horizonte del PIP (10 añps);

e

Que, el Decreto Supremo No 002-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de la Ley No 27790 de'Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo", modificado por el Decreto Supremo No 002-201s-MINCETUR, en materia de Comercio Exterior, establece, entre otras func¡ones: ¡) Promover el desanollo de las act¡v¡dades en las Zcnas Francas, de Tratamiento Especial Comercial y de Zonas Especiales de Desarrotlo y de incrementar las exportaciones" y ¡i) Elaborar, coordinar y

suscr¡bir los Convenio de colaboración ¡nterinstituc¡onal, vinculados a! comercio exterior, así como dir¡g¡r y supervisar su cumplim¡ento; Que, de conformidad a lo establecido en el Reglamento del Decrelo Legislativo No 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación y Gestión de lnversiones y deroga la Ley 27293, "Ley del Sistema Nacional de lnversión Pública" articulo 9 "Un¡dades E¡ecutoras de lnversiones", numerales c)señala "Es responsable po'r la ejecución f¡s¡ca y financiera del proyecto de inversión y de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposic¡ón y de rehabilitación, sea que lo realice d¡recta o ind¡rectamente conforme a la normatividad vigente en materia presupuestal y de contrataciones (. ..)'1 Asimismo, el artículo l2 "Ejecución", del citado Reglamento, en el numeral 12.5 señala que "Culminada Ia ejecución física de las ¡nvers¡ones la UEI realiza la liquidación física y financiera respectiva y ciena el registro respectivo en el Banco de lnversiones"; Que, de acuerdo a lo señalado en el l¡teral g) del numeral 2.2 del artículo 2 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y el numeral 6.2.1 de la Directiva No 001-2015iSBN "Procedimiento de Gestión de los Bienes Muebles Estatales", aprobada por Resolución No 046-201S/SBN, en adelante la Dlrecliva, la baia de bienes muebles es la cancelación de la anotación en el reg¡stro patr¡monial de la entidad respecto de sus brenes, lo que conlleva, a su vez, la extracción contable de los mismos bienes, Ia que se efectuará conforme a la normat¡va del Sistema Nacional de Contab¡lidad;

Que, en el numeral 6.2.2 de la c¡tada D¡rectiva, se encuentran tipificadas las ¡o causales de baja de bienes, las mismas que se encuentran definidas en el Glosario de l--:lTérminos de las m¡sma Directiva; para la causal de'Estado de Excedencia", que implica :hue et bien se encuentra en condiciones operat¡vas pero no serán utilizados por la -! n¡aníatan¡ nrzattmíáná¡aa 14ñ en ah la l^ m¡sma níc¡na situación cill¡¡¡iÁn por nnr tiempo tiatnnn /,,.',! que permanecerán propietaia, presumiéndose ^*;e^a rí' entidad indeterminado y para la causal de "Manten¡m¡ento o Reparación Onerosa", cuando el cosfo del mantenimiento, reparac¡ón o potenciación de un bien es demasiado elevado en relación con el valor del m¡smo (.-.). Asimismo, los Actos de Disposición se encuentran plasmados en el numeral 6.5 de la Directiva citada y es autorizada mediante la resolución administrativa de la Oficina de Administración de la Entidad; Que, en el artículo 122 del Reglamento de la Ley No 29151 , "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales", aprobado por Decreto Supremo No 007-2008VIVIENDA, establece que "la disposición de los bienes muebles dados de baja por las entidades deberá ejecutarse dentro de los cinco meses de emitida la Resolución de Baja restringida, donación, transferenc¡a, correspondiente, mediante subaste pública permuta o destrucción. Asimismo, en el artículo '124 establece que la Oficina General de Administración o la que haga sus veces, de encontrar conforme el lnforme Técnico que sustente el acto de disposición emitirá la Resolución aprobaloria respectiva;

o

Que, en el lnforme Técnico No 027-2017-MINCETUR/SG/OGA-OASA-SDPCP, de fecha 18 de agosto de 2017 , la Sub Dirección de Programac¡ón y Control Patrimonial (Unidad Orgán¡ca responsable del Control Patrimonial), luego de la evaluación de la documentación que obra en el expediente administrativo recomienda: a) La gestión mobiliaria de baja patrimonial de C¡ento cincuenta y ocho (158) bienes muebles detallados en el Anexo No 1 del lnforme, por las causales de "Estado de Excedencia" y "Mantenimiento o reparación onerosa", b) La gest¡ón mobiliaria de disposición finel en Ia modalidad de donación, de Ciento cuarenta y ocho (148) bienes muebles, que se encuentran en ópt¡mas condiciones técnicas y operativas, descr¡tos en el Anexo No 2, a favor de la Municipalidad Provincial de Tacna, de conformidad a los acuerdos señalados

@"¿rlr*¡¿rrM en el Conven¡o antes mencionado y sus Adendas, con la finalidad de que se continúe con el funcionamiento del Centro de lnformación y Servicios en Comercio Exterior de Tacna, debiéndose emitir la Resolución D¡rectoral y c) Autorizar al Coordinador del Centro de lnformación y Servicios en Comercio E)der¡or de Tacna, efectué las coordinaciones necesarias, para la d¡sposic¡ón final, de los Diez (10) bienes muebles, dados de baja por la.causal de "Mantenimiento o reparac¡ón onerosa", del MINCETUR, calificados como no Utiles para el Sistema Educat¡vo, para que identifique lnstituc¡ones Perceptoras de Donaciones, que tiene a su cargo la SUNAT, de su localidad para lo cual se debe emitir el acto resolut¡vo correspondiente por parte de la Oficina General de Administración; Que, el articulo 118 del Reglamento de la Ley No 29151, "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales", aprobado por Decreto Supremo No 007-2008-VIVIENDA, l. establece que la Oficina de Administración o la que haga sus veces en cada entidad, es 1:él órgano responsable del correcto registro, admin¡stración, supervisión y dispos¡c¡ón de ¡ - §us blenes muebles;

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Que, en ese sent¡do, resulta pertinente aprobar la Baja de los Ciento cincuenta y ocho (158) bienes muebles de prop¡edad del MINCETUR y la Transferencia, a título gratuito, en la modalidad de donación, de Ciento cuarenta y ocho (148) bienes muebles, a favor de la Municipalidad Provincial de Tacna, cuyas características y valores se encuentran detallados en los Anexos 'l y 2 de la presente Resolución.

Que, el Decreto Supremo No 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organ¡zación y Funciones del MINCETUR, y sus modificatorias, establece entre otras funciones, de la Oficina General de Administración, cautelar el debido mantenimiento y conservación de los activos fijos y real¡zar el inventario físico de almaén y de bienes patrimoniales;

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Con la Visación de la Directora de la Oficina de Abastecimiento Auxiliares y la del Sub Director de Programación y Control patrimonial;

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Servicios

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sE RESUELVE:

Artículo l,- Aprobar la baja física y contable, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, de C¡ento cincuenta y ocho (158) bienes muebles de prop¡edad del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, por las causales de "Estado de Excedenc¡a" y "Mantenimiento o reparac¡ón onerosa", por el valor neto total al 30.06,2017 de Si. 55,431 .59 (Cincuenta y cinco mil cuatrocientos treinta y uno con 59/100 Soles), cuyas caracterist¡cas se detallan en el Anexo No 1, adjunto al presente, que forma parte de la presente Resolución, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

Artículo 2.- Efectuar la transferencia, a título gratuito, en la modalidad de donación, de Ciento cuarenta y ocho (148) bienes muebles, dados de ba¡a, conforme a lo señalado en el artículo 1 de la citada resolución, por un valor neto total de los activos que asc¡ende a S/. 54,731.59 (Cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y uno con 59/100 Soles), cuyas características y valores se detallan en el Anexo No 2, que forma parte de la presente Resoluc¡on, que efectúa el Min¡sterio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, a favor de la Municipalidad Provincial de Tacna, con la finalidad de que se cont¡núe con el func¡onam¡ento del Centro de lnformación y Servicios en Comercio Exterior, para el Desarrollo de la Oferta Exportable y la Promoción de la Cultura Exportadora de Tacna, al menos hasta la culminación del horizonte del PIP (10 años).

Artículo 3.- Autorizar al Coordinador del Centro de lnformación y Servicios en Comercio Exterior, para el Desarrollo de la Oferta Exportable y la Promoción de la Cultura Exportadora de Tacna", efectué las coordinaciones necesarias, para la d¡spos¡ción final, de los Diez ('10) b¡enes muebles, dados de baja por la causal de "Manten¡miento o reparación onerosa", del MINCETUR, cal¡f¡cados como no Útiles para el Sistema Educativo, cuyas característ¡cas se detallan en el anexo No 1, que forma parte del

Admin¡strac¡ón, el Coord¡nador del Centro de lnformación y Servicios en Comerc¡o Exter¡or de la Cultura Exportadora de Tacna del MINCETUR y por la Municipalidad Provincial de Tacna, la Oficina de Administración o la que haga sus veces, suscribirán el Acta de Entrega - Recepción de los bienes, materia de la presente transferencia.

Artículo 5.- Disponer que la Oficina de Contabilidad Financ¡era y la Subdirección de Programación y Control Patrimon¡ai, realicen los registros conespondientes.

Artículo 6.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Municipalidad Provinc¡al de Tacna, y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, "dentro del plazo de Cinco (05) días hábiles de emitida la Resoluc¡ón, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.2.7 de la Directiva No 001-201 S/SBN, asim¡smo, a las Oficinas de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, de Administración Financiera y al Órgano de Control lnstitucional del Minister¡o de Comercio Exter¡or MINCETUR, para los f¡nes pertinentes,

Regístrese y comuníquese.

y

Turismo

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