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4 sept. 2018 - Decreto de Urgencia W 037-94, de conformidad con lo señalado en la Ley W ... SENTENCIA JUDICIAL- D. U. W 037-94, a quien por dicho ...
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MIN ISTERIO DE SALU D

Visto el Informe W 614-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 16 de Abril del 2015, contenido en el Expediente N° 15-011245-001, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directora! W 1551-2012-0GGRH/SA, de fecha 09 de noviembre del 2012, se reconoció a favor de los pensionistas (cesantes y sobrevivientes) de la Administración Central del Ministerio de Salud que no contaban con sentencia judicial, los devengados generados como consecuencia del reconocimiento de la Bonificación Especial dispuesta por el artículo 2° del Decreto de Urgencia W 037-94, de conformidad con lo señalado en la Ley W 29702, entre las cuales se encuentra don HUGO ALEJOS LÓPEZ, consignado con número 18 de la relación ~.,..~o~~~~(' descrita como Anexo 02 - RELACIÓN DE PENSIONISTAS QUE NO CUENTAN CON ;,'.,. ~ SENTENCIA JUDICIAL- D. U. W 037-94, a quien por dicho concepto se le calcula la suma de Treinta Mil Trescientos Cincuenta y Seis con 50/100 Nuevos Soles (S/.30,356.50);

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Que, en ese sentido, durante los meses de diciembre del 2012, abril, diciembre del 2013 y noviembre del 2014, se efectúo a favor de don HUGO ALEJOS LÓPEZ, cinco (05) depósitos parciales con cargo a la deuda principal, habiéndose cancelado la totalidad de los devengados reconocidos en la Resolución antes mencionada, como a continuación se gráfica: MONTO RECONOCIDO DEVENGADOS

30,356.50

.,

MONTO PAGADO

2012 DICIEMBRE 4,384.34

1

1,047.99

ABRIL

1,364.89

2013 1 DICIEMBRE

J

23,099.26

2014 NOViEMBRE 460.02

TOTAl AMORTIZADO

30,356.50

Que, mediante Resolución W 8 de fecha 30 de diciembre del 2014, emitida por el 32° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, declara consentida la Resolución No 7 de fecha 22 de agosto del 201 2, recaída en el Expediente W 25787-2012-0-1801-JR-LA-69, por la cual se ordena que la entidad demandada Ministerio de pe cH. Salud, cumpla con pagar al demandante don HUGO ALEJOS LÓPEZ, los devengados de la Bonificación Especial prevista por el Decreto de Urgencia W 037-94, a partir del 01 de julio de 1994 hasta diciembre de 201 O, deduciendo lo pagado en aplicación del Decreto Supremo W 01 9-94-PCM, más los intereses legales, asimismo, declara INFUNDADA la pretensión de pago de las suma mensual de S/.300.00 por concepto de Remuneración Total Permanente en aplicación del artículo 1o del Decreto de Urgencia W 037-94, conforme a los fundamentos expuestos; Que, según Informe Situacional W 530-2015-SERL-EIE-OARH-OGGRH, de fecha 16 de Febrero del 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón, don HUGO ALEJOS LÓPEZ, figura como

pensionista de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cargo de Artesano IV Nivel STB; Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, en estricto cumplimiento de la obligación legal impuesta por el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS, dispone que "toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley señala; ha cumplido en parte con lo 1551-2012ordenado por el Órgano Jurisdiccional, mediante la Resolución Directora! W 0GGRH/SA, al haber reconocido y cancelado los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia W 037-94, quedando pendiente el reconocimiento de los intereses legales; Que, de acuerdo al Informe de Visto y a la Liquidación W 097-2015-ERP-OARH/MINSA, de fecha16 de abril del 2015, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, se ha determinado que corresponde reconocer a don HUGO ALEJOS LÓPEZ, la suma de DIEZ MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 17/100 NUEVOS SOLES (S/.10,197.17), por concepto de intereses legales laborales, del período comprendido del 01 de julio de 1994 al 31 de diciembre del 201 O, generado de los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia W 037-94; Que, a razón de las obligaciones derivadas de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, mediante Resolución Ministerial No 210-2014/MINSA de fecha 11 de marzo del 2014, se conformó el Comité para la elaboración y aprobación del listado priorizado para la atención del pago de sentencias judiciales a efectos de reducir costos al Estado, en aplicación a lo dispuesto por el artículo 5° del Reglamento de la Ley W 30137, aprobado por Decreto Supremo W 001-2014-JUS; Que, en este contexto, resulta conveniente expedir el acto resolutivo mediante el cual se cumple el mandato judicial expedido por el 32° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones y del Ejecutivo Adjunto 1 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; De conformidad con lo previsto en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS y la Ley W 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2015;

SE RESUELVE: Artículo 1°.- RECONOCER a favor de don HUGO ALEJOS LÓPEZ, identificado con DNI W 08060584, la suma de DIEZ MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 17/100 NUEVOS SOLES (S/.1 O,197.17), por concepto de intereses legales laborales derivados de la aplicación de la bonificación especial del Decreto de Urgencia W 037-94, del período comprendido del 01 de julio de 1994 al 31 de diciembre del 2010, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución , de acuerdo al siguiente detalle: W Expediente Judicial

Período

Meses y Días

Interese legales laborales del D.U. N"

195 meses y 04 d ías

10,1 97.17

037-94 25787-2012-0-1801-JR-LA-69

Del 0 1/07/ 1994 al 31/12/201

o

Artículo 2°.- El monto reconocido en el artículo precedente de la presente resolución , será abonado con cargo a la Específica de Gasto 25.51 .21 y de acuerdo a la disponibilidad presupuesta! de la Unidad Ejecutora 001 , Pliego 11 , Ministerio de Salud. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución al Director General de la Oficina General de Administración, quien preside el Comité encargado del listado de priorización de obligaciones de sentencias con calidad de cosa juzgada.

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MINIST ERIO DE SALUD

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ARTÍcuLo 4°.- REMITIR copia de la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de Salud, para su conocimiento y presentación ante el 32° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, para su aprobación. Regístrese y Comuníquese,